Resolución Nº 032/00/INDECOPI/CRT - Reglamento para la autorización de empresas de servicios metrológicos
Made 2000-05-31 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
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- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
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- General
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- standards
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Articulo 3°._ EI regimen de autorizaci6n s610 involucra Lima, 31 de mayo de 2000 servicios metrol6gicos en las magnitudes, precisi6n e instru- CONSIDERANDO: mentos establecidos en las Normas Metrol6gicas detalladas en el Capitulo II. Que, el Articulo 26° de la Ley N° 25868, Ley de Organiza- ci6n y Funciones del INDECOPI, establece que la Comisi6n de Participaci6n del Servicio Nacional de Metrologia Reglamentos Tecnicos y Comerciales es el Organismo Nacio- Articulo 4°._ La Comisi6n de Reglamentos Tecnicos y nal de Acreditaci6n encargado de calificar y autorizar a las Comerciales, es el6rgano funcional del INDECOPI encargado empresas e instituciones a fin de facultarlas para ejercer las de la administraci6n del regimen de autorizaci6n. La partici- funciones de certificaci6n de cali dad de los productos y de su paci6n del Servicio Nacional de Metrologfa se circunscribe a la conforrnidad con normas tecnicas; evaluaci6n tecnica del solicitante 0 de las empresas autoriza- Que, dentro del Sistema de Acreditaci6n los servicios prestados das en su calidad de 6rgano especializado en materia de por los Laboratorios de Calibraci6n constituyen la base para una metrologfa. certificaci6n confiable, ya que entre otros aspectos permiten a los laboratorios de ensayo contar con equipos, instrumentos y mate- Vigencia de la Autorizaci6n riales adecuados para el analisis de los productos; Articulo 5°._La autorizaci6n tiene alcance nacional, y una Que, mediante Resoluciones N" 026-97/INDECOPI-CRT y N" 002-98/INDECOPI-CRT, la Comisi6n aprobo el marco vigencia de tres anos al termino del cual no procede renovaci6n regulatorio necesario para la acreditaci6n de Laboratorios de alguna. Calibraci6n y la prestaci6n de dichos servicios; Las empresas que deseen continuar brindado dichos servi- Que, no obstante la importancia de estas entidades a la cios, deben solicitar su acreditaci6n como Laboratorios de fecha existe un escaso numero de Laboratorios de Calibraci6n Calibraci6n, tres meses antes del vencimiento de la autoriza- acreditado, siendo necesario revertir dicha situaci6n, median- ci6n, a fin de no interrumpir la prestaci6n de servicios con valor te la implementaci6n de mecanismos transitorios que impul- oficial. sen la acreditaci6n de este tipo de entidades; Que, el numoro de Laboratorios de Calibraci6n existente Contenido de la Evaluaci6n 'I'ecnica se ha tornado mas crftico, por la creciente demanda del sector Articulo 6°._ La evaluaci6n tecnica del solicitante com- publico de servicios de calibraci6n especfficos, que no se prende la revisi6n de su Manual para la prestaci6n del servi- encuentran comprendidos dentro del alcance de los servicios cio, de los equipos y del perfil de los profesionales 0 tecnicos prestados por las entidades acreditadas; presentados para efectos de la autorizaci6n, asf como una Que, uno de los principales problemas observados para la evaluaci6n y verificaci6n en sus instalaciones, conforme a los acreditaci6n de Laboratorios de Calibraci6n es el cumplimien- requisitos scnalados en los Artfculos 8° y 9°. to de los requisitos de cali dad que exige la Guia Peruana ISOI IEC25, ya que los requisitos de orden tecnico, tales como Definiciones equipos y personal generalmente son mas asequibles a empre- Articulo 7°._Para los prop6sitos del presente Reglamento sas que vienen prestando estos servicios 0 aquellas que de seen son de aplicaci6n las definiciones del Vocabulario Internacio- incursionar en este mercado con personal experimentado; nal de Terrninos Basicos y Generales en Metrologia (VIM) Que, considerando esta problernatica, la Comisi6n aprob6 siguientes: . el Proyecto de Reglamento para la Autorizaci6n de Empresas Metrol6gicas, el mismo que establece un regimen transitorio a) instrumento de medida: Dispositivo destinado a orientado a la acreditaci6n que flexibiliza los requisitos de utilizarse para hacer mediciones, s6100 asociado a uno 0 varios cali dad que aquella exige, y que establece como alcance, dispositivos anexos. (VIM 4.1). servicios metrol6gicos especfficos, a fin de atender con dicha b) sistema de medida: Conjunto completo de instrumen- medida algunos servicios de metrologia requeridos por el tos de medida y otros equipos ensamblados para ejecutar sector publico e impulsar a partir de ella el ingreso de las mediciones especfficas. (VIM 4.5). empresas que los presten al Sistema de Acreditaci6n; c) patr6n: medida materializada, instrumento de medi- Que, el Proyecto de Reglamento antes sefialado fue publicado da, material de referencia 0 sistema de medida destinado a el 8 de mayo de 2000, con el objeto de obtener observaciones y definir, realizar, conservar 0 reproducir una unidad 0 uno 0 sugerencias de las entidades interesadas en incursionar en estos varios valores de una magnitud para que sirvan de referencia. servicios, 0 de aquellas que desde ya vienen prestandolos, Las (VIM 6.1). observaciones presentadas fueron evaluadas y consideradas por la d) trazabiIidad: propiedad del resultado de una medici6n Comisi6n para la aprobaci6n del presente Reglamento; o de un patr6n tal que pueda relacionarse con referencias De conformidad con la Ley de Organizaci6n y Funciones del determinadas, generalmente a patrones nacionales 0 interna- . INDECOPI y con el acuerdo unanime de sus miembros reunidos en su sesi6n de fecha 31 de mayo de 2000; cionales, por medio de una cadena ininterrumpida de compa- raciones teniendo todas las incertidumbres determinadas.(VIM RESUELVE: 6.10) e) ajuste (de un instrumento de medida): Operaci6n
Articulo 1°._APROBAR el Reglamento para la Autoriza- destinada a llevar un instrumento de medida a un estado de ci6n de Empresas de Servicios Metrol6gicos constituido por 30 funcionamiento conveniente para su utilizaci6n. (VIM 4.30). Articulos comprendidos en ocho Capitulos, y un Anexo. f) indice de clase: numero 0 sfrnbolo adoptado por conve-
Articulo 2°._ EI presente Reglamento entrara en vigencia nio y que indica la clase de exactitud de un instrumento de al dia siguiente de su publicaci6n en el Diario Oficial EI medida. Peruano. g) procedimiento: manera especificada de realizar una actividad. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Notas: Presidente de la Comisi6n de Reglamentos Tecnicos y Comerciales a) En muchos casos los procedimientos se expresan por medio de documentos (porejernplo: procedimientos de un REGLAMENTO DE EMPRESAS DE sistema de calidad) SERVICIOS METROLOGICOS b) Cuando un procedimiento se expresa por medio de un documento es frecuente usar el termino "procedimiento escri- CAPITULO I to" 0 "procedimiento documentado". c) Un procedimiento escrito 0 documentado generalmente DISPOSICIONES GENERALES contiene: el objeto y el alcance de una actividad; que debe hacerse y quien debe hacerlo; cuando, d6nde y c6mo debe hacerse; que materiales, equipos y documentos deben utilizar- Objeto del Reglamento se; y c6mo debe controlarse y registrarse.
Articulo 1".- EI presente Reglamento establece el regimen de autorizaci6n de empresas prestadoras de servicios metrol6- (NTP-ISO 8402 1.3) pag. 188194 Lima, Junes J9 de junio de 2000 CAPITULO II Si en la presentaci6n de la solicitud se observan deficien- cias u omisiones, la Secretaria Tecnica otorgara un plaza de 5 ALCANCE DE LA AUTORIZACION dias para su subsanaci6n, bajo apercibimiento de declarar inadmisible la solicitud. Alcance del Regimen de Autorizacion
Articulo 8°._ La Autorizaci6n debe solicitarse en funci6n Evaluacion Tecnica Documentaria a las magnitudes, precisi6n e instrumentos establecidos en las Articulo 11°._Admitida la solicitud la Secretaria Tecnica Normas Metrol6gicas detalladas a continuaci6n, asi como en pondra a disposici6n del Servicio Nacional de Metrologia la funci6n al alcance que apruebe progresivamente la Comisi6n solicitud y recaudos presentados, a efectos que realice la en coordinaci6n con el Servicio Nacional de Metrologia, consi- evaluaci6n tecnica sobre la documentaci6n presentada por el derando la existencia de norma metrol6gica nacional 0 en su solicitante en un plazo de 10 dias. ausencia, las normas internacionales, extranjeras 0 de asocia- ciones, existentes: Notdficacion de Resultados y Subsanacion de obser- vaciones INSTRUMENTO NORMA NIVELDE Articulo 12°.- El Servicio Nacional de Metrologia remibra ACALIBRAR METROLOGICA ALCANCE EXACTITUD a la Secretaria Tecnica un informe con los resultados de la evaluaci6n documentaria, a fin que estos se notifiquen al Tolvas NMP-010-99 2000 ka >1 % solicitante. Balanzas de NMP 003·96 0/80000 kg III; 1111 De existir observaciones con respecto al cumplimiento de funcianamiento los requisitos de autorizaci6n, estas deberan subsanarse en un no automafico plazo de 10 dtas, bajo apercibimiento de declarar en abandono Estufas DIN 12880 2S QC/200 QC ~±2QC el procedimiento. El Servicio Nacional de Metrologia debera evaluar la subsanaci6n de las observaciones inicialmente Parte2 detectadas en un plazo de 5 dias y comunicar los resultados Incubadoras DIN 12880 1SQC/1S0 QC ~± 1 QC mediante informe escrito a la Secretaria Tecnica, Si al termino Parte2 de la evaluaci6n se verifica el mantenimiento de dichas obser- Homos ('J DIN 12880 100QC/1QOOQC ~ ± 10QC vaciones, la Cornision denegara la solicitud y archivara el Parte2 Expediente. Autoclaves (') DIN 12880 2S QC/1S0 QC ~± 1 QC De no existir observaciones 0 habiendose subsanados es- tas, la Secretaria Tecnica notificara conjuntamente con el Parte2 informe del Servicio Nacional de Metrologia, la fecha de la Manornetros, LFP 004·1984 . 1 bara 600bar 1,6% evaluaci6n tecnica en las instalaciones del solicitante. La Vacuornetros a4,0% evaluacion en las instalaciones se debera llevar a cabo dentro Manovacuometros de los 20 dias posteriores a la notificaci6n. de trabajo de detormacion Evaluacion Tecnica en las instalaciones
Articulo 13°._ La evaluaci6n en las instalaciones del elastica solicitante bene por finalidad verificar in situ la situaci6n Medidores LVD -<J02-84 200 LlSOOO L ~±0,1 % declarada por el solicitante en la documentaci6n presentada Volumefricos acerca de sus equipos, su personal y su organizaci6n. El Metalicos de Servicio Nacional de Metrologia presentara un informe deta- grancapacidad llado de dicha evaluaci6n a la Secretaria Tecnica. (*) Se usa como referencia Decisi6n de la Autortzacion
Articulo 14°._ La Comisi6n contando con la recomenda- El personal de las empresas que postulen a la autorizaci6n ci6n de la Secretaria Tecnica evaluara la procedencia de la debe ser id6neo en funci6n a las actividades tecnicas que autorizaci6n solicitada, en un plazo de 15 dias contado a partir desarrolle para la prestaci6n del servicio de acuerdo al alcance de la culminacion de la evaluaci6n. La Comisi6n emitira la solicitado. Resoluci6n correspondiente, detailan do los motivos que sus- tentan su decision. La Secretaria Tecnica notificara al solici- CAPITULO III tante la Resoluci6n. PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACION CAPITULO IV Admision DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS
Articulo 9°._ La solicitud debora dirigirse a la Secretaria EMPRESAS AUTORIZADAS Tecnica de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Cornercia- les suscrita por el representante legal de la empresa, adjun- Derechos tando la Memoria Descriptiva, de acuerdo al Formato com- Articulo 15°,_ Los derechos que asisten a las empresas prendido en el Anexo I, asi como los siguientes documentos: autorizadas son: a) Copia simple de la Escritura de Constituci6n Socia!. a) Brindar servicios metrologicos con valor oficia!. b) Manual para prestar los servicios metrol6gicos dentro b) Establecer el costo de sus servicios metrol6gicos. del alcance solicitado. Este manual debera incluir los procedi- c) Publicitar la autorizaci6n de los servicios metrol6gicos mientos 0 etapas que se llevaran a cabo para: la atenci6n del que presta, siempre que no exceda el alcance de la autoriza- servicio, el calculo de la incertidumbre, la realizaci6n de la cion, conforme al Articulo 8°. evaluaci6n metrol6gica, el mantenimiento, calibraci6n y con- d) Participar de manera preferencial en cursos y progra- servaci6n de patrones, la emisi6n de los Informes Metrol6gi- mas de capacitaci6n. Esta preferencia no comprende la cober- cos, y el manejo y archivo de los registros. Estos procedimien- tura de los costos que irrogue la participaci6n de las empresas tos pueden estructurarse en conjunto 0 ser presentados en autorizadas. forma independientemente. Para la estructuraci6n del Manual los solicitantes pod ran Obligaciones emplear la "Guia para la Elaboraci6n del Manual para Empre- Articulo 16°._Son obligaciones de las empresas autoriza- sas de Servicios Metrologicos" asf como otros documentos que das: elabore el Servicio Nacional de Metrologta, sin que dicho empleo sea obligatorio. a) Mantener las condiciones tecnicas por las cuales fue c) Copia de los certificados de calibraci6n de todos los autorizada en cuanto al numero y perfil del personal, cali bra- equipos utilizados en la prestaci6n del servicio metrol6gico cion e idoneidad de los equipos e instrumentos y procedimien- conforme al alcance solicitado. Los certificados de calibraci6n tos aprobados para la prestaci6n del servicio; podran ser los emitidos por el Servicio Nacional de Metrologia, b) Contarcon respaldo financiero y una cobertura de por Laboratorios de Calibraci6n acreditados 0 por la propia seguros que respalden sus servicios. La entidad autorizada empresa siempre que cuente con las condiciones tecnicas para debe informar y consignar el monto de esta cobertura en los tal efecto conforme a la Disposicion Transitoria. Los equipos informes metrol6gicos que emita; declarados deben mantenerse permanentemente calibrados. d) Constancia de pago de los derechos administrativos correspondientes de acuerdo a la tasa establecida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del INDECOPI. Admisi6n de la Solicitud
Articulo 10°._La Secretaria Tecnica adrnitira en un plazo Este documento comprende lineamientos que debe contener un Manual de 5 dias, la solicitud de autorizacion, evaluando para tal de Calidad. Asimismo comprende orientaciones acerca del contenido de efeeto la documentaci6n presentada por el solicitante a fin de losprocedimientos paralaprestaci6n delservicio. Los aspectos detallados verificar que esta se encuentre completa. enlaGuiaabarcan otrosrequisitos noexigidos enelpresente Reglamento. Lima, lunes 19 de junio de 2000 pag. 188195 c) Emitir informes metrol6gicos identificando el instru- La Secretaria Tecnica de la Comisi6n notifieara oportuna- mento evaluado, y las condiciones evaluadas en el , preci- mente a las empresas autorizadas la realizaci6n de las visitas sando en sus conclusiones la incertidumbre estimada del de seguimiento. resultado de la evaluaci6n efectuada y su periodo de vigen- cia; Requerimientos de Informaci6n d) Brindar informacion completa y detallada acerca de los Articulo 21°._La Comisi6n podra solicitar a las empresas servicios metrol6gicos autorizados que presta, distinguiendo- autorizadas informacion acerca de los servicios metrol6gicos los de otros servicios similares que pudiese brindar; prestados, y de la observancia de sus procedimientos en la e) Brindar informacion detailada a sus clientes acerca de prestaci6n de estos servicios. sus derechos y obligaciones; D Someterse a la supervision permanente efectuada por la Reclamos contra empresas metrol6gicas autoriza- Comisi6n poniendo a su disposici6n toda la documentaci6n e das informacion que sean requeridas para tal fin; Articulo 2T - Cuando se presenten reclamos de los g) Informar por escrito a la Comisi6n sobre cua.lq';lier usuarios de los servicios metrol6gicos, con respecto al cumpli- cambio en la estructura organizativa 0 en los procedimien- miento, por parte de la entidad autorizada, de los requisitos 'I tos aplicados que puedan afectar su normal funcionamien- obligaciones establecidos en el presente Reglamento, la Comi- to' sion efectuara las verificaciones preliminares y de considerar- , h) Atender las solicitudes de prestaci6n de servicios metro- 10 necesario podra iniciar un procedimiento administrativo a l6gicos para los cuales esta autoriz~do manteniendo el orden fin de investigar los reclamos presentados. de ingreso de las solicitudes de servicio, sin diseriminacion de Las denuncias que formal mente se presenten contra las indole alguna (tales como plazos y costos); empresas metrol6gicas autorizadas, se rige,n e~ cuan~ sea i) Mantener las condiciones de imparcialidad, transparen- aplicable por el Titulo V del Decreto Legislative N 807 cia y confidencialidad en la informacion que maneje; conforme a su Sexta Disposici6n Transitoria. Esta norma j) Remitir trimestralmente a la Comision, la relaci6n de tambien es aplicable a los procedimientos iniciados de oficio. informes metrol6gicos emitidos detallando los instrumentos evaluados y el nombre de la empresa a la que se extendi6 el CAPITULO VI Informe; INFRACCIONES Y SANCIONES Contenido de los Infonnes Metrol6gicos
Articulo 17".- La informacion minima que debe compren- Supuestos de infracci6n der un Informe Metrol6gico es la que ha continuaci6n se Articulo 23° - Constituyen supuestos de infracci6n a las detalla: normas que rigen la actuaci6n de las empresas metrol6gicas autorizadas, los siguientes: a) titulo: "INFORME METROLOGICO", el termino VA- LOR OFICIAL y referencia al No. de Resoluci6n que autoriza a) Prestar servicios metrol6gicos con valor oficial en un el uso de dicho termino. alcance distinto al autorizado; b) nombre y direcci6n de la entidad autorizada. b) Negativa a prestar las facilidades necesarias para una c) Identificaci6n dellugar 0 ubicaci6n donde se llev6 a cabo adecuada supervisi6n y control de la autorizaci6n. Esta nega- el servicio; tiva implica la dilataci6n de las vistas de seguimiento; d) identificaci6n del informe metrol6gico (numeroo c6digo) c) Utilizar equipos sin la calibraci6n correspondien~.. y de cada pagina, asi como la indicaci6n del mimero total de d) Emisi6n de informes metrol6gicos con resultados distin- paginas en cada una de las mismas; tos a los resultados obtenidos en el proceso de evaluaci6n; e) nombre y direcci6n del cliente; e) Suspension 0 modificaci6n de algunos de los requisitos f) descripci6n e identificaci6n precisa del instrumento por los cuales se otorg6 la autorizaci6n evaluado; D Inobservancia de su Manual. g) descripci6n del estado y condici6n del instrumento al g) Incumplimiento de las demas obligaciones establecidas momenta de la evaluaci6n; en el presente Reglamento. h) fecha (s) de ejecuci6n de la evaluaci6n; i) identificaci6n de la Norma Metrol6gica utilizada; AI margen de los supuestos antes citados la Comisi6n man- j) identificaci6n de los Patrones utilizados; tiene competencia para evaluar el correcto empleo de la autori- k) una declaraci6n de la incertidumbre estimada del resul- zacion otorgada, sin perjuicio de que los efectos generados por tado de la evaluaci6n; algunas practicas configuren supuestos de infracci6n suscepti- I) nombre, firma y cargo de la(s) personals) que acepta(n) bles de ser evaluados por otras instancias administrativas. la responsabilidad del contenido del informe; m) indicaci6n que los resultados se refieren solamente a los Clasificaci6n de Infracciones instrumentos evaluados; Articulo 24° - Las infracciones se clasifican en leves, n) fecha de emisi6n del Informe Metrol6gico. graves 0 muy graves, y dependiendo de su gravedad son pasibles de las siguientes sanciones: CAPITULO V a) Infracciones leves: Amonestaci6n escrita, 0 multa hasta SUPERVISION DE LA EMPRESA 2UIT. METROLOGICA AUTORIZADA b) Infracciones graves: Suspensi6n temporal de la autori- zaci6n hasta por 30 dias, 0 multa de 2 a 10 UIT. Acciones de Fiscalizaci6n y Control c) Infraciones muy graves: Cancelaci6n, 0 suspension tem-
Articulo 18".- La Comisi6n supervisara el continuo cumpli- poral de la autorizaci6n de 31 a 60 dias, 0 multa de 10 a 25 UIT. miento de las condiciones bajo las cuales otorg6 la Autorizaci6n. En cumplimiento de su funci6n de supervision la Comisi6n podra Criterios de gravedad llevar a cabo acciones de fiscalizaci6n y control, sin perjuicio de las Articulo 25° - La Comisi6n determina la gravedad de las evaluaciones regulares descritas en el Articulo 19". infracciones cometidas aplicando los siguientes criterios: Visitas de Seguimiento a) El grado de afectaci6n generado por la infracci6n en los
Articulo 19" .- La vigencia de la autorizaci6n otorgada usuarios de los servicios metrol6gicos autorizados. esta condicionada a la realizaci6n de visitas de seguimiento b) El beneficio obtenido con la infraccion, posteriores a fin de asegurar el cumplimiento perma~e~te de c) La reincidencia. los requisitos que Ie dieron ongen. La pnmera visita de d) La conducta de la infractora a 10largo del procedimiento. seguimiento debera realizarse a los seis (6) meses de otorgada e) La intencionalidad de la infractora. la autorizaci6n. Las visitas de seguimiento posteriores ten- dran una periodicidad anual. Formalidad de las sanciones Las visitas de seguimiento se llevaran a cabo en las Articulo 26° - Las sanciones especificadas en el Arti- instalaciones de la entidad autorizada, y en elias debera culo anterior son impuestas por la Comisi6n mediante darse prioridad a la evaluaci6n de las observaciones que Resoluci6n motivada. La Comisi6n puede decidir la publi- hubiesen quedado pendientes al otorgarse la autorizaci6n. caci6n de la Resoluci6n, de acuerdo al tipo y gravedad de la Asimismo, debera darse prioridad a la evaluaci6n de los infracci6n. aspectos que hayan generado la presentaci6n de quejas 0 En caso de la imposicion de multas debora tenerse en reclamos y a las supuestas irregularidades comunicadas cuenta el tamano 0 magnitud de la entidad infractora. por los usuarios de los servicios prestados por la entIdad autorizada. CAPITULO VII Participaci6n del Servicio Nacional de Metrologia COSTOS DE LA AUTORIZACION
Articulo 20°._ El Servicio Nacional de Metrologia del Derechos Administrativos por concepto de Autori- INDECOPI llevara a cabo las visitas de seguimiento sefiala- zaci6n das en el Articulo anterior. El costo de estos servicios se rige Articulo 27° • El solicitante debe cubrir los costos de por 10 dispuesto en el Articulo 28". la autorizaci6n solicitada. El monto de los derechos admi- Page 188196 I.ima, luncs I') de junio de 200n . nistrativos por concepto de la autorizaci6n es el estable- cido en el Texto Unico de Procedimientos Administrati- vos del INDECOPI, en el apartado correspondiente a la Comisi6n de Reglamentos Tecnicos y Comerciales. Los gastos generados por el desplazamiento para la evalua- cion de las instalaciones del solicitante no se encuentran comprendidos dentro de los derechos administrativos. Costos de las Visitas de Seguimiento
Articulo 28°._ Los costos de los servicios de evaluaci6n de las visitas de seguimiento no estan comprendidos dentro de la tasa abonada por concepto de autorizaci6n. El importe de estos servicios debera ser cancelado directamente al Servicio Nacio- nal de Metrologta. Derechos Administrativos por concepto de presen- taci6n de denuncias
Articulo 29° - Los derechos administrativos correspon- dientes a las denuncias presentadas por los particulares contra las empresas autorizadas seran cubiertos por aquellos. Los derechos administrativos por este concepto son los previs- tos para las denuncias por infracciones a las normas de acreditaci6n consignados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del INDECOPI, en el apartado correspon- diente a la Comisi6n de Reglamentos Tecnicos y Comerciales. CAPITULO VIII DISPOSICION TRANSITORIA
Articulo 30°._ Los patrones de trabajo podran ser calibrados por las propias empresas siempre que cuenten con patrones de mejor nivel de exactitud, procedimientos de calibraci6n y las condiciones necesarias para tal efecto (incluyendo personal calificado y condiciones ambientales de ser necesariasl conforme a las normas metrol6gicas declaradas para llevar a cabo dichas calibraciones. Estos procedimientos de calibraci6n aplicados por la empresa estaran sujetos a la evaluaci6n realizada por el Servicio Nacional de Metrologia dentro del proceso de Autoriza- cion. ANEXOI MEMORIA DESCRIPTIVA 1. RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA: 2. DIRECCION: 3. TELEFONO / FAX: 4. ALCANCE PARA LA CUAL SE SOLICITA LA AUTORIZACION. Conforme al Articulo 8" del Reglamento 5. ORGANIZACION: Departamento 0 Area a cargo de la prestaci6n del servicio metrol6gico, de ser el caso (cuando la empresa se dedique a otras actividades y cuente con una departamentos especificos para cada una de ellas). Se debera adjuntar copia del organigrama. Asimismo deberan precisarse las funciones y responsabilidades de cada uno de los cargos dentro de la organizaci6n. 6. NOMBRE Y CARGO DEL RESPONSABLE DEL SERVICIO METROLOGICO. 7. DETALLES DEL PERSONAL TECNlCO (considerar a todo el personal relacionado con la prestaci6n del servicio) Especificar: Nombre Cargo Calificaci6n Experiencia Otros 8. RELACION DE INSTRUMENTOS Especificar: Nombre Modelo / Tipo Rango / exactitud Servicio en el que se utiliza Frecuencia de calibraci6n Otros Se debora adjuntar copia de los Certificados de Calibracion vigentes de los instrumentos, conforme inciso c) del Articulo 9" del Reglamento. 9. ESTIMADO DEL NUMERO DE SERVICIOS METROLOGICOS QUE PODRIA EFECTUAR ALMES. 6908