Resolución Nº 019-2014-OEFA ─ Sistema del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA)
Made 2014-02-07 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Energy, Mineral resources
- Keywords
- energy conservation/energy production, financing, transport/storage, institution, taxes, business/industry/corporations, legal proceedings/administrative proceedings, fees/royalties, governance, mining, oil, inspection
- Categories
- *, energy
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Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha de establece que la declaración tributaria es la manifestación publicación, la designación del Lic. José María Francisco de hechos comunicados a la Administración Tributaria en Chiappe Gutiérrez en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel la forma establecida por Ley, Reglamento, Resolución de F-3 de la O¿cina Ejecutiva de Logística de la O¿cina Superintendencia o norma de rango similar, la cual podrá General de Administración del Instituto Nacional de Salud, constituir la base para la determinación de la obligación efectuada mediante Resolución Jefatural Nº 300-2013-J- tributaria; OPE/INS de fecha 27 de noviembre de 2013, dándosele Que, asimismo, el referido Artículo 88° faculta a la las gracias por los servicios prestados a la Institución. Administración Tributaria para autorizar la presentación
Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha de publicación, de la declaración tributaria por medios magnéticos, fax, al Econ. Carlos Humberto Sialer Horna, en el cargo de transferencia electrónica, o por cualquier otro medio que Director Ejecutivo, Nivel F-3 de la O¿cina Ejecutiva de señale, previo cumplimiento de las condiciones que se Logística de la O¿cina General de Administración del establezcan mediante Resolución de Superintendencia o Instituto Nacional de Salud. norma de rango similar;
Artículo 3º.- Encargar a la O¿cina General de Que, mediante Informe N° 002-2014-OEFA/OTI, la Información y Sistemas, la actualización del Directorio O¿cina de Tecnologías de la Información señala que ha Institucional de la página www.ins.gob.pe, en atención a desarrollado el Sistema del Aporte por Regulación del lo dispuesto en la presente Resolución. OEFA, que constituye la herramienta informática a través
Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a de la cual los obligados al pago del Aporte por Regulación todas las unidades orgánicas de la Institución, al personal podrán realizar su inscripción, así como presentar la comprendido, y a sus legajos personales. Declaración Jurada, la Declaración Sustitutoria y la Declaración Recti¿catoria, entre otras; Regístrese, comuníquese y publíquese. Que, la O¿cina de Tecnologías de la Información señala que el Sistema del Aporte por Regulación del CESAR A. CABEZAS SÁNCHEZ OEFA comprende los siguientes módulos: i) Módulo Jefe de Mantenimiento de Usuarios y Per¿les, ii) Módulo de Registro de Obligados y iii) Módulo de Declaración 1050329-1 Jurada; Que, mediante Informe N° 010-2014-OEFA/OA, la O¿cina de Administración señala que ha validado ORGANISMOS TECNICOS los referidos módulos, veri¿cando que cumplen con los requerimientos necesarios para los procesos de mantenimiento de usuarios y per¿les, registro de obligados ESPECIALIZADOS y la realización de la declaración jurada de los obligados al pago del Aporte por Regulación; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el ORGANISMO DE EVALUACION Sistema del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, así como los Lineamientos que regulen las condiciones de acceso y Y FISCALIZACION AMBIENTAL uso del referido sistema; Contando con el visado de la Secretaría General, la Aprueban el Sistema del Aporte por O¿cina de Administración, la O¿cina de Tecnologías de la Información y la O¿cina de Asesoría Jurídica del OEFA; Regulación del OEFA De conformidad con lo establecido en el Artículo 88° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL por el Decreto Supremo N° 133-2013-EF, la Segunda CONSEJO DIRECTIVO Disposición Complementaria Final del Procedimiento Nº 019-2014-OEFA/PCD de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental Lima, 7 de febrero de 2014 – OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 009-2014-OEFA-CD, y en ejercicio de las atribuciones VISTOS: El Informe N° 002-2014-OEFA/OTI de la conferidas en el Literal t) del Artículo 15° del Reglamento O¿cina de Tecnologías de la Información y el Informe N° de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por 010-2014-OEFA/OA de la O¿cina de Administración; y, Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; CONSIDERANDO: SE RESUELVE: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° Artículo 1°.- Aprobar el Sistema del Aporte por 009-2014-OEFA/CD publicada el 31 de enero de 2014, Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización se aprobó el Procedimiento de Recaudación y Control Ambiental - OEFA que comprende: el Módulo de del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación Mantenimiento de Usuarios y Per¿les, el Módulo de y Fiscalización Ambiental - OEFA (en adelante, el Registro de Obligados y el Módulo de Declaración Procedimiento); Jurada. Que, el Numeral 6.1 del Artículo 6° del Procedimiento Artículo 2°.- El Sistema del Aporte por Regulación señala que los sujetos obligados al pago del Aporte por del OEFA, disponible en el Portal Institucional, constituye Normas Legales del 14.02.2014 48 la herramienta informática que permite a los sujetos f) Usuario: Sujeto obligado al pago del Aporte por obligados al pago del Aporte por Regulación realizar Regulación que le corresponde al OEFA, inscrito en el la inscripción en el registro y la presentación de las Registro a que se re¿ere el Artículo 6° del Procedimiento Declaraciones Tributarias de forma virtual. de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del
Artículo 3°.- Aprobar los Lineamientos para el acceso y Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA. uso del Sistema del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, que Artículo 4°.- Ingreso al Sistema del Aporte por forma parte de la presente Resolución. Regulación del OEFA
Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente El Usuario debe ingresar al Sistema del Aporte por Resolución en el diario o¿cial el Peruano y en el Portal Regulación del OEFA a través del Portal Institucional de esta Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización entidad, registrando su Código de Usuario (número de RUC) y Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). la Contraseña a que se re¿ere el Artículo 6° del Procedimiento. Es requisito indispensable realizar el cambio de contraseña Regístrese, comuníquese y publíquese. solicitada por el Sistema del Aporte por Regulación del OEFA para continuar con el acceso a dicho sistema. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo Artículo 5°.- Inscripción en el registro de sujetos obligados LINEAMIENTOS PARA EL ACCESO Y USO DEL Para la inscripción en el registro de sujetos obligados al SISTEMA DEL APORTE POR REGULACIÓN DEL pago del Aporte por Regulación, el Usuario debe ingresar ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN los datos requeridos en el Anexo II del Procedimiento. Al AMBIENTAL - OEFA ¿nalizar, el Sistema del Aporte por Regulación del OEFA permite imprimir una constancia de conclusión del proceso
Artículo 1°.- Objeto de inscripción. Los presentes Lineamientos tienen por objeto regular el acceso y uso del Sistema del Aporte por Regulación Artículo 6°.- Declaración jurada y pago del Aporte del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental por Regulación - OEFA. El Sistema del Aporte por Regulación permite al Usuario efectuar la Declaración Jurada (autoliquidación) referida
Artículo 2°.- Alcance en el Artículo 7° del Procedimiento. El referido sistema Los Lineamientos son de aplicación obligatoria para: asigna a la Declaración Jurada un Código Autogenerado que equivale a la constancia de la presentación ante el 2.1 La O¿cina de Administración y la Coordinación OEFA. Este Código Autogenerado permite a su vez que el General de Recaudación y Control del Aporte por Usuario realice el pago correspondiente ante las entidades Regulación, o la o¿cina que haga sus veces. ¿nancieras autorizadas a que se re¿ere el Numeral 7.3 del 2.2 Los sujetos obligados al pago del Aporte por Artículo 7° del Procedimiento. Regulación que le corresponde al OEFA, tratándose del desarrollo de las siguientes operaciones: Artículo 7°.- Responsabilidad sobre el Código de Usuario y la Contraseña a) Inscribirse en el registro de sujetos obligados al Es responsabilidad del Usuario tomar las medidas de pago del Aporte por Regulación que le corresponde al seguridad en el uso del Código de Usuario y la Contraseña OEFA; entregados por el OEFA. Se entenderá que la operación b) Presentar declaraciones juradas referidas a la ha sido efectuada por el Usuario en todos aquellos determinación de la contribución (Aporte por Regulación); casos en los que, para acceder al Sistema del Aporte por c) Presentar declaraciones juradas sustitutorias o Regulación del OEFA, se haya utilizado el referido Código recti¿catorias; de Usuario y la Contraseña, así como las contraseñas d) Realizar la corrección y/o actualización de datos del generadas por el Usuario con posterioridad. usuario; e) Presentar la información que solicite el OEFA en Artículo 8°.- Obtención de una nueva Contraseña forma virtual cuando así lo indique en el requerimiento; y, El Usuario, ante la pérdida, olvido o extravío de su f) Presentar solicitudes de compensación, devolución contraseña, podrá obtener una nueva, para lo cual deberá y otras que se pongan a disposición de los usuarios. apersonarse a las o¿cinas del OEFA. Para este efecto, el representante legal deberá presentar una solicitud
Artículo 3°.- De¿niciones requiriendo la nueva contraseña. Para efecto de los presentes Lineamientos se tendrán El otorgamiento de una nueva contraseña implicará en consideración las siguientes de¿niciones: automáticamente la anulación de la contraseña anterior generada por el OEFA y aquellas generadas por el propio a) Código de Usuario: El número del Registro Único de Usuario, de ser el caso. Contribuyente (RUC), que permite identi¿car al Usuario que ingresa al Sistema del Aporte por Regulación del OEFA. Artículo 9°.- De la Seguridad del Sistema del Aporte b) Contraseña: Texto conformado por números por Regulación del OEFA de cuatro (4) hasta ocho (8) dígitos, de conocimiento El Sistema del Aporte por Regulación está diseñado exclusivo del Usuario, que asociado al Código de Usuario para prevenir, detectar e impedir violaciones a la seguridad otorga privacidad en el acceso al Sistema del Aporte por durante el envío de información. Para este ¿n cuenta, Regulación del OEFA. entre otras, con las siguientes medidas de seguridad: c) Procedimiento: Procedimiento de Recaudación a) El uso de un Código de Usuario y una Contraseña y Control del Aporte por Regulación del Organismo de para efectos de identi¿car al Usuario que acceda al Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, aprobado Sistema del Aporte por Regulación del OEFA; y, por Resolución de Consejo Directivo N° 009-2014-OEFA/ b) El monitoreo de la red privada del OEFA, a través CD, publicada el 31 de enero de 2014. de dispositivos de seguridad que permitirán proteger a los usuarios contra cualquier trá¿co no autorizado. d) Sistema del Aporte por Regulación del OEFA: Sistema informático disponible en el Portal Institucional Artículo 10°.- Administración y mantenimiento del del OEFA, que permite al Usuario realizar la inscripción Sistema y la presentación de las declaraciones juradas, entre La O¿cina de Tecnologías de la Información del OEFA otras, en forma virtual. es el órgano responsable de supervisar la administración del Sistema del Aporte por Regulación del OEFA, así como e) Solicitud de Acceso al Registro: Formato que de garantizar su adecuado mantenimiento y funcionalidad, será utilizado por el solicitante para requerir al OEFA la brindando el asesoramiento técnico necesario a las áreas asignación de un Código de Usuario y una Contraseña y usuarios del sistema. para acceder al Sistema del Aporte por Regulación del OEFA. 1050717-1