Resolución Nº 018-2012-MINAM ─ Directiva para fortalecer el desempeño de la gestión ambiental sectorial
Made 2012-01-27 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Environment
- Keywords
- institution, legal proceedings/administrative proceedings, ecosystem conservation, noise pollution, environmental audit, capacity building, environmental planning, policy/planning, pollution control, governance
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SE RESUELVE: Artic ul o Prlmer c., Dar por conctcce. a part ir del era 01 de febrer o de 2012 , la encarga tura de funciones en la Administraci6n Local de Agua Bajo Apurimac - Pampas , que fue olorgada al senor Miguel Angel Ruiz Ventocilla, med iante ta Resoluci6n Jefalural N" 07S-2011-ANA oanooseie las gracias per los services prestaoos. A rt ic ulo Segundo,- Declarar la terminaci6n del proceso de nnpiementecon de ta Admin istraci6n Local de Agua Huari , perteneciente a la Autoridad Administrativa del Agua VI Marai'l6n . A rti c ulo Ter cerc. . Encargar, a partir del dia 01 de febrero de 2012 , las funciones de las Administraeiones Locales de Agua, a los profesionales siguientes: Decreta Supremo N" 06-2010-AG, las Aominrstracrones Locales del Agua son unidades orqanlcae que administran las aguas de usa agrario y no agrario en sus respectivos ammtcs temtcnatee: Que , mediante ResoluciOn Jefalural N" 075-2011 -ANA, se encarqo lasfunCiones de taAdministr~Ci6n Localde AguaBaja Apurimac - Pampas al senor Miguel Angel Ruiz Ventocilla ; Que , mediante Resoluci6n Jefatural N" 807-2011-ANA , se aprob6 Ia creacion de la AdministratiOn Local de Agua Huari. oertereciente a la eutonoao Administrativa del Agua VI MaraMn, encerqardose a las Oficinas de Acrrunetractcn y Ptanearmento y Preeocoeetc la Imorernentacicn de ra referida Administraci6n Local de Agua ; Que, mediante Memoranda N°100-2012-ANA-OPP UDP, ta Oficina de Planearmento y Presupueslo. ccnnrma la disponibilidad oresuouestarta para la implementaciOn de la precitada Admin istraciOn Local de Agua : Que , en tat sentido , es conveniente declarar la termmacen del proceso de imptementac on de la Administracion Local de Agua Huari, y consecuentemente encarga r a! oroteslonar que asuma las funciones de dicha Admirustracion Local de Agua : asimismo se ha visto por conveorente dar cor conccroa ta encargatura a que se refiere 1.11 segundo conslderando de la presente rescluocn y encargar a! nuevo profesicnal que asurna las funcicnes de la Aomorstracon Local de Agua Bajo Apurimac - Pampas : Que , conto rme a 10 estabrecioo en fa Primera Disposiccn Complementana Trans itoria del Reglamento de Orqanizacon y suooones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado con Decreto Supremo N° 006-2010 -AG , la Jefatura de la entidad esta facultada transitoriamente, para encargar mediante aesoiucon Jefaturat las hmciones de las Adminislraciones Locales de Agua : Con los vistos de las oncroee de Adminrsfracion, Planeamiento y Presupuesto,Asesoria Juridica y Secre taria General, de coororrmoao con 10 dispuesto en ra Ley N° 27594, Ley que Regu la la Pamcipacon del Poder Ejecutivo en 1.11 Nombramienlo y Desiqnacion de Funcionarios Pubncos . 1.11 Reglamento de Organizaci6n y Funciones (ROF ) de ta Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decre to Supremo N° 006-2010-AG . ADMINISTRACI6N LOCAL DEAGUA BajoApiJfimac • P""pas Huai PROFESlONAL ENCARGAOO Prew ~ero Wilber10 Pacherres MenOOla Joo6Luis LJIIoa RO<ii<)Je.1 2 veto. 1.11 Memorando N° 412-2011-DVMDERN/MINAM de 29 de diciembre de 2011: y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluci6n Suprema NO 081-201Q-PCM de 18 de marzo de 2010, se cree ta Comisi6n de Supervisi6n Multisectorial de caracter temporal , oependiente de ta Autoridad Nacional delAgua (ANA) , con 1.11 objeto de apoyar 1.11 sequirrnento de ta ejecuci6n del Plan de Operaciones de la Cooperacmn tecotca y aprobar los remunos de aererercra del Estudio ' Un Entoque Integral para Evafuar 1.11 Valor zconorncc del Agua en Cuencas Hidroqraficas Priori tarias del Peru", en 1.11 marco de la Cooperaci6n Tecruca No Reembolsable N" ATN/OC-11691-PE , suscrito entre et Mmlsteno de Economla y Finanzas y 1.11 Banco tnteramencanc de Desarrollo; Que, 1.11 articulo 'Z' de la cnaoa Resoluci6n Suprema dispone que la Comis i6n de Supervisi6n Multisectorial estara conformada, entre once . por un (1) representante de! Minislerio oet Ambente, quien sera oesqnaoc por resoluci6n del Titular del sector, agregando que podra consoerarse un representante titular y un representante attemo: Que, con Resoluccn Minis terial N° 041-2010-MINAM de 24 de mane de 2010 , se design6 a los representantes titular y atterno del Ministerio del Ambiente ante la referida Com isi6n de Supervision Multisectorial , siendo necesanc designar a los nuevos representantes en raz6n al documento del vistc del Viceministro de Desarrollo Estrateqico de los Recursos Naturales; per 10 que se debe emitir la respective resorucion. Con 1.11 visado del Vicem inislro de Desarrollo Eetreteqlcc de los Recursos Naturales, ta Secreta ria General y la Oficina de Asesoria Juridica: y De conformidad con 10 establecdo en ra Resoluci6n Suprema N" 081-2010-PCM, 1.11 Decre to Legislativo W 1013, Ley de Creaci6n, Organizaci6n y Funciones del Ministe rio del Ambiente y 1.11 Decretc Supremo N° 007-2008-MINAM Que aprueba su Reglamento de Organizaci6n y Funciones; SE RESUELVE: Art iculo 1°, Designar a los representantes del Ministerio del Ambiente ante ta comrscn de Supervisi6n Multiseclorial creada mediante la Rescludcn Suprema N" 081-2010-PCM , sequn ceteue . Director General de Ia Direcci6n General de Evaluacicn. vatoracion y Finaneiam iento del Patrimonio Natural , representante Titular. Director General de ta Oneccon General de Cambio cimanco. neseruncecon y Recursos Naturales. representenre Altemo . Arti culo 2·,- Dejar sin etecto ra Resoluci6n Ministerial N° 041-2010-MINAM de 24 de marzo de 2010 . Arti culo 3°,· Disponer la publicaciOn de la presente Resolucion Min isterial en 1.11 Diario Oficial EI Peruano y en Portal de Transpareneia del Minis terio del Ambiente. Registrese y comuniquese y publ iquese. Registrese, comuniquese y publiquese , HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 746616·1 AMBIENTE Designan representantes d el Ministerio ante la Comision de Supervision Multisectorlal creada mediante R.S . N" 081-2010-PCM RESOL UCI6N MINISTERIA L N1l17-2012-MINAM Uma , 26 de enero de 2012 MANUEL PULGAR-VIDAL Ministro del Ambiente 746 525·1 Aprueban Directiva para fortalecer el desempeiio de la gestion ambiental sectori al RESQLUCI6 N MINI STERIAL N° 018· 2012·MINA M Lima, 27 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que , resulta prioritario para 1.11 cumplimiento de los objetivos nacionales de desarrollo sos tenib le y de los compromisos internaciona les, integrar las variables socla les , economicas y ambienta les en 1.11 proceso de loma de decisiones; REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL Que. es de interes nacional er tortaiecsraento del desempelio amb iental con la finalidad de reducir la pobreza ocasionada par la degradaci6n ambiental. mejorar Ia competitividad. as! como prevem- y reduce ta conmcnvicao social; Que. e! rnejorarmento del desempei'io de gest i6n ambiental debe efectuarse en los rnterentes niveles de gobiemo sectonai. regional y local; coosoerancc los principios, mecanismos de coordinaci6n e instrumentos ccntenioos en er Sistema Nacionat de oeenon Arnbientat (SNGA); Que, erarticulo670 de la Constituci6nPclitica del Peru establece que el Estado delermina la Politica Nacional de! Ambiente y crornueve et uso sostenible de los recursos naturales; Que, el articulo 8 0 numer al 2 de la l ey Genera l del Ambiente estaorece que las pcltticas y normas arnbtentaies de caracter nacional , sectorial, regiona l y local se disef'ian y apfican de contcrmloac con 10 estacrecoo en la Pcnnca Nacional del Amcente y deben guardar ccncoroancra entre st; Que, et articulo 9" de la ley N' 28611 ley General del Ambien te dispone que ta Pctltica Nacionat de l Ambiente liene por objetivo mejorar la cenoao de vida de las personas, garantizando ta existenca de ecceetemes saludabies. viables y funcicnales en el largo plazc; y el desarrollo sostenible del pa is; mediante ta c revencen. protecocn y -ecocerecon del errceote y sus componentes, Ia conservacicn y el aprovechamiento scsrenble de los recursos natura les, de una manera responsable y congruen te con el respeto de los derechcs fundamenta les de la persona ; Que,el numeral 16,2 del articulo 16°de la ley N° 28611, ley General del Ambiente. senara que los instrumentos de gesti6n ambiental const ituyen medios operat ivos que son cnsenaocs. normados y apbcados para efectivizar et cumplimiento de la Politica Nacicnal del Ambiente y las normas ambientales que rigen en el pa is; Que, los amcutos 17" y 18° de ra ley N' 28611, ley General delAmbiente,determinan los tipos de instrumentos de gesti6n ambientat ast como los mecamsmcs para su disef'io y apftcacicn , a fin de asegurar su cumplimiento; Que, en el articulo 23· de ta ley orcance del Peder Ejecutivo, ley N" 29158, establece. ent re otras tuncones de los Mmrsterics. cumpl ir y hacer cumplir er marco norma tivo retaconeoc con su ambito de competencia, ejerciendo la potestad sancionadora correspond iente; asi como realizar seguimiento respecto del desempef'io y logros alcanzados a nivel nacional, regiona l y local , y tomar las medidas correspondientes: Que, de conformidad con el articulo 7" literal b) del Decreto legislativo N° 1013, l ey de Creaci6n, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente (MINAM) , et MINAM es el ente rector del Sistema Nacional de Gestion Ambiental (SNGA). En esta condicion el MINAM dirige el ejercicio de las funciones ambientales a cargo de las entidades gubernamenta les que conforman dicho Sistema; Que, de conformidad con el art iculo 6· , numeral 6,2 " litera l a), del Decreto legislativo N" 1013, ley de creaci6n del Ministerio del Ambiente, el MINAM puede aprobar las dispos iciones normalivas de su competencia; Que, el art icuto g. , Irteral j), de la ley Marco del Sistema Nacional de Gesti6n Ambiental, l ey N" 28245 , establece que el Ministerio del Ambiente (MINAM), debe emitir opinion previa como requ isito para la aprobacion de proyectos de legislaci6n con implicancias ambientales en los casos de instrtucionalidad , inst rumentos de gestion ambiental 0 de politicas ambienta les; Que, la ley N" 27446 , ley del Sistema Nacional de Evaluaci6n de Impacto Ambiental (SE IA), moo iflcada por el Decreto legislativo N" 1078, establece que el SEIA es el sistema unico de identificacion, prevencion, superv ision, control y correcci6n anticipada de impactos ambientales nega tivos y que , ademas, regula la deb ida aplicacion de los criterios , instrumentos y procedimientos de la evaluaci6n de impacto ambiental, asi como el aseguramiento de la participaci6n ciudadana ; Que, mediante la Reso lucion del Consejo Directivo N° 023-2003-MINAM del Consejo Nacional del Ambien te • CONAM, del 31 de enero de 2003, se aprobO la Guia de GestiOnAmbiental Sectorial ; Que, mediante articulo 7· , literal d) , del Decreto Supremo N" 019-2009-MINAM , Reglamento de la Ley N° 27446 , Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental (SEIA) , se estab lece que el MINAM 3 emne opinion previa favorable, segun corresponda. y coord ina con las autoridades competentes respecto de los proyectos de regtamentos u ctrcs oieccemvce lega les de caracter general. relacionados a los procesos de eveicecco de impacto ambiental y sus rnodincaciones: Con el visado del viceminetertc de cesuon Ambiental, ta se cretana General y la Oficina de Asesorra Juridica . De conformfdad con et pee-etc Legislativ o W 1013, Ley de c reeceo. Orpanizacon y Funciones del Mimsteric del Ambiente y e! Decreto Supremo N° 007~2008-M INAM que aprueba su Reglamenlo de Orqanizacion y Funciones : DECRETA: Articu lo 1°. De la Ap rcbec jcn de la Directiva para tcrtalecer el desemoenc de la gestion ambiental sector ia l Apruebese ta Directiva para fortalecer er oesempeno de la gestion ambiental sectorial que consta de siete (7) eruccice y dos (2) Anexos. que forma parte Inteqrante de la presente Resclucicn Ministe rial. La presente Directiva no exime a las Autcrktades Ambientales Sectoriales del cumplimiento de otras obligaciones ambientales establecidas en la normat iva vigente . Articulo 2".- De la Publi caci 6n La presente Reeclucion Ministerial sera publicada en et Diane Oficial EI Peruaro. en et Porta l del Estado Peruano (www .peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente - MINAM httpllwww.minam. gob .pe}jJ:tdex.,p.bPL.opJiQn.:;:G9IJLdoGJJJaJJ.&task= GaL view&gid:;:6?&t1ernid=39 Articulo 3°. De la in formacion sobre el desempeflo ambienta l secto rial Las Autoridades Ambien tales Sectoriales deberan entrejar cada cuatro (04) meses un repone de cump imiento conforme al Formato del Anexo N' 01 de la rnrecnve : eer como er lntorme de desempeac ambiental sectorial cada seis (06) mesas . considerando las metas establecidas en er Plan Nac onal de AcGi6n Ambiental, PLANAA . Esta info rmaci6n sera remitida al Viceministerio de Gesti6n Ambiental del MINAM EI desempelio de ra ceenon amcrentet de las autoridades sectoriales sera materia de un Reporte de Desempelio Ambiental Sectorial, consolidado y publicado por el MINAM semestralmente. Articu lo 4".- De los Plazos las Autoridades Ambientales Sectoria les, en el marco de 10 dispuesto en la presente resolucion , deberan formu lar 0 adecuar su norma tiva sectorial en un plazo no mayor a seis (06) meses . sin perjuicio de los plazos legalmente establecidos para el desarrollo normativo de los instrumentos de gesti6n amb iental respect iva Articu lo 5°. De la Vigenci a La presente Resoluci6n Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publ icaci6n en el Diario Oficial EI Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese . MANUEL PULGAR-VIDAL Ministro del Ambiente OIRECT IVA PARA FORTA LECER EL DESEMPENO DE LA GEST I6N AMBIENTAL SECTORIAL Articulo 1°. Del Objeto y Final idad La presente Directiva tiene per objeto fortalecer la gesti6n ambiental sectorial para el desarrollo sostenible del pais, unifermizar el desempelio ambiental de los diversos sectores con competencias ambien tales, asegurar el disef'iOy apl icacion efectiva, coherente y complementaria de los inslrumentos de planeamiento y gesti6n ambien tal, en concordancia con las ex~encias establecidas en la Polit ica Nacional del Ambiente (PNA) y el Sistema Nacional de Gestion Ambiental (SNGA) , cuya rectoria esta a cargo del Ministerio del Ambiente (MINAM) . Articu lo 2".- Del Ambito La presente Directiva es de obligatorio cumplimiento per las Autoridades Ambientales que poseen compelencias de requlacion amoreotar sectorial , a las Que se denomina Auto ridad Ambienlal Secto rial. Art iculo 3",· Del Ministerio del Amblente EI Ministerio del Ambiente (MINAM) es la Auloridad Ambe ntat Nacional y ente rector del Sistema Nacicnat de Gesti6n Ambiental (SNGA). Entre las lunciones de! MINAM estan las siguienles: a) Dirigir, planificar, ejecutar, coordinar. supervis ar y evatua r la Polilica Nacional del Ambienl e aplicable a todos los niveles de gobierno: b) Coordinar la implementaci6n de la politica nacional del ambiente con los sectores. los gobiernos regionales y los gobiernos locales: c) Cumpli r 'I hacer cumplir el marco normativo retactonacccon su ambito de competencia, ejercendo ta polestad sancionadora correspondienle; d) Reanzar sequimiento respecto del desempei'io v logros alcanzados a nivel nacionat, regional y local, y tomar las medidas correspondientes. Articul o 4°. De las po li ticas ambtent ales sectoriales En virtud de 10 estaorecoo en la l ey General del Ambiente. lasAutoridadesAmbientales Sectcnales deberan aprobar ta politica ambiental de su sector, para 10 que deberan identificar y describir los aspectos ambientales relaCionados con suscompetenCias y actividades asi como las estimacones y carac terrstlcas de los nuevos prcyectos de su sector. l a politica ambientat sectorial debera incluir las meccas y plazcs en los que se atenderan los aspectos ambienlales priorizados , en conco rdancia con la Politica Naclonat de! Ambiente (PNA) y otros Instrumentcs de planificaCi6n ambiental nacic na! Art ic ulo 5°, So bre las normas ambientales secto riales 5.1.- l a Autoridades Ambientales Sectoriales deberan aprobar 0 actuauzar, prev ia opinion favorable del MINAM, et Reglamento de Protecd 6n Ambiental sectorial, que es ej documento sectorial que define los pnncipio s. lineamientos, derechos, obfigaciones v procedimientos, apl icables a las personas y a los titutares de las actividades eectcnales. as! como sobre los instrumento s de gesti6n ambiental resp ectivos EIReglamentodeProtecci6nAm bientalS ectorialdebera considerar los principio s y disposiciones establecidos en ta ley Gene ral del Ambiente, l ey N° 28611, en fa Politica Nacional del Ambiente (PNA) aprobada mediante Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM y en la ley del Sistema Nacional de Evaluaci6n de Impacto Ambiental (SEIA), ley N° 27446 modificada por el Decreto l egislativo W 1078. EI Reglamento de Protecci6n Ambiental Sectoria l debara inclu ir, como minimo, los aspectos sena lados en el Ane)(o N° 02 de la presente Directiva , con la finalidad de alcanzar los objetivos de protecci6n ambientaL Cada autor idad ambiental sectorial , de acuerdo con su 4 escecreucec y crcvecccoes de inversiones de su sector, pcdra incorporar ctras consideraciones adlcionales . En los casos en que lOS Reqtamentcs Ambientales Sectoriales cuya aplicaci6n se encuentre cond icionada a ta aprcbacicn de disposttrvos sectcrtares adicionales. tas Auto ridades Ambientale s Sectoriales ueberan completarlos previa opini6n favorab le de l MINAM . 5,2,- LasAutoridadesAmbientales Sectoriales debe ran aprobar, previa opinion del MINAM, er Reglamento para lOS procesos acmrmstrauvos sanctonaoores. asr como el Cuadro de tipificaci6n y escala de sanciones, conslceranoo los principios de o ternauzaccn de costos y de respons abilidad ambiental contend idos en la ley General del Ameente. Ley N° 28611, as! como las disposiciones contenid as en la Ley del Sistema Nacional de Evaluacicn y secene econ Ambientat, Ley N° 29325 y en la ley del Procedimiento Administra tivo General, Ley N° 27444 5,3,- Las Autoridad es Ambientales Sectoriales oeteran aprobar. previa opini6n favorable del MINAM. et Reglamen to de Participaci6n Ciudad ana, conside rando las disposiciones contenidas en fa Ley General del Ambiente , el Reg lamento scoreTransparencia ,Acceso a la InformaciOn Publica y Participaci6n y Consulta Ciudadana en asunlos amtnentaies. aprobaco por Decreto Supremo N" 002-2009-MINAM Yoemas normas complementarias, inccrporanoo. cuanoo corresponda. las consceraciooes que se deriven de la Ley del Derecho a la Consutta Previa a los Pueblos Ind lgenas u Driginarios reconocido s en et Convenio N° 169 de fa Organizaci6n Intemacional del Trabajo (OIT) l ey N° 29785. Articulo 6°. De ra snuacrcn de los in strumentos de gesti6n ambiental las Autoridades Ambientales Sectoriales deberan remitir at Ministerio del Ambiente las resoucrones administrativas en las que se concede 0 deniega las certificaciones errcenteee. de acuerco con 10 crevetc en el art. 17" literal e) del Decreto legislativo N" 1078. Esta misma obligaci6n se ecuce a los Programas de AdecuaciOn y Manejo Ambiental (PAMA), Planes de cerre. Planes de Abandono, u ctro s planes de manejo ambiental exiqible s para el inicio, ejecuci6n 0 termmc de actividades 0 proyectos de nverson. Articulo 7°. De los Regi stros de Certi fi caci ones Am bienta les y de Entidades auto r izadas para elabo rar Evalu aci one s Ambientales Estrategicas y Estudios Ambientales. l as Autoridades Ambientale s Sectoriales uebe ran remitir al Ministerio de! Ambiente las resotuciones administrativasqueconceden 0rechazan las certificaciones ambientale!!, en versi6n digital, las que seran incluidas en el Registro Unico de Certificaciones Ambientales . Las Autoridades Ambientales Sectoriales debenln remitir al Ministerio del Ambiente los regisl ros sectoriales de las entidades autorizadas para elaborar las evaluaCiones qe impacto ambiental, los que seran incluidos en e1 Registro Unico de Entidades autorizadas para elaborar EvaluaCiones Ambientales Estrategicas y Estudios Ambientales ANEXO 01 FORMATO PARAEL REPORTE AMBIENTAL SECTORIAL SECTOR:- - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -·FECHA- - - - - - - - - - - - - - . SUBSECTOR -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - OFICIAUORGANOQUEREPORTA - - - - - - - - - - - - - - --- - - - - - - - - - - - INSTIlUMENTO DEPLANEAMIENTO YGESTION AMBIENTAL POLmCA AMBIENTAL SECTORIAL SISTEMA NACIONAL DEEVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL - SEIA INSTIlUMENTOS DEGESTI6N AMBIENTAL COLECTIVOS •••11111 PROXIMOS PASOS (INCl UYA PLAZOS 5 PROXIMOS PASOS (INCLUYA PLAZOS SUSTENTO BLlGACI6N META INDICADOR DE PORCENTAJE AVANCE =:J D ESTANDAR DECAUDADAMBIENTAL·ECA LIMITE MAxIMO PERMISIBLE- LMP REGLAMENTO DEPARTICIPACION CIUDADANA TRANFERENCIA DEFUNCIONES A NIVEL REGIONAL0 LOCAL REALlZADAlEN PROCESO REGLAMENTO DEPROTECCI6N AMBIENTAL INsmUMENTO DEPLANEAMIENTO YGESTION AMBIENTAL REGLAMENTO PARA PROCESOS SANCIONADORES CUADRO DETlPIFICACION Y SANCIONES RESIDUOS SOUDOS DELAMBITO NO MUNICIPAL OTROS INSTRUMENTOS DERIVADOS DE NORMAS AMBIENTALESSECTORIALES REPORTE OBUGATORIO EN LOS MESES DE MARZO, JULIO, Y NOVIEMBRE FIRMA AN EXO 02 ESTRU CTURA 0 CO NTENIOO BAslCO DEL REGLAMENTO DE PROTE CCI6N AM BIENTAL SECTORIA L Oisposidones Genera les Instrumentos de gesti6n aroorentat Cr nenos. procedimientos y responsabilidades sobre ta evaluad6n de impacto ambiental -EIA Crnenos. procedimientos y responsabilidades score e! Programa de Adecuad6n y Manejo Ambiental - PAMA Seguimiento, supervision y control de ta autoroad sectorial Coteries . procedimientos V reeccneeonoeoee sobre la instrumentos de remedtaclcn. compensad6n V descontaminaci6n arrorentar Criterios V procedim ientos sobre los instrumentos eccncmicos V mecanismos nnanceros para ta gesti6n amoentar Criterios , procedimientos V responsabili dades sobre rnecamsrnos de participad6n ciudadana as! como de consutla previa en los cases que corresponda. cntenos. proced imientos V responsabilidades score instrumentos de gesli6n ambiental complementarios , tales como instrumen tos de gesti6n ambiental coecnvos V de Plan de compensaci6n ambiental) Cntencs. procedirmentos V responsabilidades score et Plan de Cierre ylo Plan de Abandono Criterios y tineamientos para ta promocron de tecnolog ias limpias seeccreecmoeoee y couneccoee del titular Responsabilidades de los prolesionales. de las empresas V/o ennoaoes encargadas para etaecrar estudios ambientafes Regislro unlco de empresas V'o enl idades encargadas para etabcrar estud ios arnbientales Fiscal izaci6n VSanci6n en materia ambienla l Cntencs. procedimientos y responsabilidades para los incenlivos ambienlales oeoceccree ccrnplementartas frans.tcnas V finales Anexos Otras consceracrcnes arrorentaies sectonaies relad onadas 747132-1 Aceptan renuncia de Asesor Hidrometeorolcgtco del Presidente Ejecutivo del SENAMHI RESOLUCION PRESIDEN CIAL EJECUTIVA N° 0021-5ENAM HI-PREJ-OGA-OPEl20 12 Meteorologia e Hidrotogia del Peru - SENAMH I que venia oeeerrceneooc: De conrcmuoao con la l ev N" 24031. ley de! Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrolog ia del Peru - SENAMHI ; su Reglamento, aprobado por Decrelo Supremo N° 005-85 AE; V con las tacunaoes conferidas mediante Resclucicn Suprema N" 018-2011-MINAM de lecha 4 de noviemtire de 2011: Lima , 24 de enero de 2012 SE RESUE lVE: Visto : el ottcic N° 04 SENAMHI-.-MGBGI2012 de fecha 20 de enero de 2012 del Asesor de la Presidencia Ejecutiva del severo Nacooat de Meteorofogia e Hidroloqla de! Peru - SENAMHi, sobre renunda a! cargo de Asesor Hidrometeorof6gico; CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluci6n Pres idencial Ejecutiva N" 0336 SENAMHI -PREJ -OGA-OPEI2008 de recne 02 de diCiembre de 2008 . se designa en e! cargo de confianza de Asesor Hidrometeorol6gico. Nivel 0 -4. del Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia del Peru - SENAMHI a! Coronet FAP (r) MARCIAL ABELARDO GARCIA BLASQUEZ GARCIA, a partir del 01 de diciembre de 2008 ; Que . con documento de visto er Coronel FA? (r) MARCIA L ABELARDO GARCIA BLASQUEZ GARCIA presenta su renunda al cargo de Asesor Hidrometeorol6gico de ta Presidents Ejecutiva del Service Naciona t de Articulo 1°, ACEPTAR la renuncia lormulado por el Coronel FAP (r) MARCIAL ABElAROO GARCIA BlASQUEZ GARCIA. a! cargo de connanza de Asesor Hiorometeorotoqico . Nivet 0 -4 de! Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia del Peru - SENAMHI a partir del 25 de eoerc de 2012, cancosere las gracias por los servrctos prestados. Articulo 2~- EI personal indicado en el arucuo anterior de la presente aesoiucon cebera haoor entrega del puesto de acuerdo a las normas viqentes . Reg istrese, comuniquese, publfquese V arcnrvese . AMELIA DIAl PABLO Pres identa Eiecutiva del SENAMHI 746110-1 REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL