Skip to content
Nelum
Laws of Peru

Resolución Nº 016/10/AG/SENASA/DSV - Requisitos fitosanitarios para la importación de plantas de palto de Estados Unidos de América

Made 2010-03-23 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Cultivated plants
Keywords
plant protection, pests/diseases, seeds/planting material, fruits/edible nuts, international trade, plant production
Categories
*, agriculture

Where to read it

    No source link is recorded for this law.

Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. Sistema Peruano de Informacion Jurfdica Establecen requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importaci6n de plantas de palto de origen y procedencia EE.UU. RESOLUCION DIRECTORAL N° 16-2010·AG-5ENASA·DSV La Molina, 23 de marzo de 2010 VISTO EI ARP N° 32-2009-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 22 de abril de 2009, el cual busea establecer los requisites fitosanitarios para la importaci6n de plantas de palto (Persea americana) de oriqen EEUU (California) y procedencla EE.UU: v. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreta Leqislativo N° 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al pais como tmportacton. transite lntemaclonal 0 cualquier a1ro regimen aduanero. de plantas y productos veqetalee, animales y productos de oriqen animal, insumos agrarios, organismos beneftcos. materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir ° propagar plagas y enfermedades. asi como los medios utilizados para transportarlos. Paqina 6 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica 58 suietaran a las disposiciones que establezca. en el ambito de su competencla la Autoridad Nactonal en Sanidad Agraria; Que, en el Articulo 12 del Reglamento IE la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreta Supremo N° 018-200B-AG, establece que el SENASA publtcara los requisitos fito Y zoosanttanos en e! Diane Oficial EI Peruano y S8 notiflcaran a la OMC; Que, ante el lnteres en importar al pats plantas de palto (Persea americana) de origen y procedencia EE.UU (California); la Subdirecci6n de Anaftsls de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, inici6 el respective estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importaci6n del mencionado producto: Que, como resultado de dicho estudio la Subdirecci6n de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protecci6n al pais, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenartas: De ccnformidad con 10 dlspuesto en e! Decreto Legislativa N° 1059, e! Decreta Supremo N° 018-2008-AG, el Decreta Supremo N° 032-2003-AG, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, la Resoluci6n Directoral N° 34-2007-AG-SENASA-DSV Y can el visto bueno del Director General de Asesorta Juridica: SE RESUELVE Articulo untco.. Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importaci6n de plantas de palto (Persea americana) de origen EE,UU, (California) y procedencia EEUU" de la siguiente manera: 1, Que e! envia cuente con e! Perrnisc Fitosanitario de tmportacton emitido par el SENASA, obtenido por el importador 0 interesado. previa a la certificaci6n y embarque en el pais de origen 0 procedencia. 2, EI envio debera venir acompatiado de un Certificado Fitosanitario oficial del pais de oriqen. en el cual se consigne: 2,1 Declaraci6n adicional: 2,1,1 Las plantas proceden de un lugar de producci6n oficialmente inspeccionado por la Organizaci6n Naclona! de Protecclon Fitasanitaria del pais de crlqen. durante el pertodo de crecimiento activo del cultivo y encontrado libre de: Pseudomonas syringae pv. svrinpae. Maconeltlcoccus hirsutus y Teqolophus perseafloree 2,1,2 Producto libre de: Eotetranychus sexmaculatus, Oligonychus perseae. Aonidiella aurantii, Ceroplastes ceriferus, Ceroplastes rubens. Paracoccus marginatus, Parthenolecanium persicae, Scirtothrips perseae, Botryosphaeria dothidea, Botryosphaeria riots. Pythium vexans. Rosellinia necatrtx. Paratrichodorus porosus. Pratylenchus penetrans y Pratylenchus vulnus. 2,2 Tratamiento de destntecclon pre embarque: Spiridiclofen (0,14%0) + Abamectina (0,018%0) 6 cualesquiera otro producto de acci6n equivalente registrado por la ONPF del pais de proceoencla. 3, Si e! producto viene con eustrato, este debera ser un medic libre de plagas, cuya condlclon sera certificada por la ONPF del pais de arigen y consignada en e! Certiflcadc Fltosanitar!o. Paqina 7 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica 4. Los envases seran nuevas y de primer usa. Ubre de tierra y de cualquier material extrano al producto. 5. EI importador debera contar con su Registro de Importadores, lugares de producci6n y responsables tecntcos de material sujeto a cuarentena posentrada vigente. 6. Inspecci6n fitosanitaria en el punta de ingreso al pais. 7. EI Inspector del SENASA tamara una muestra para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagn6stico de Sanidad Vegetal del SENASA, con el fin de descartar la presencia de las plagas enunciadas en la declaraci6n adicional. EI costo del diagn6stico sera asumido par el importador. 8. EI proceso de cuarentena posentrada tendra una duraci6n de dieciseis (16) rneses. En dicho lapse. el material instalado en el lugar de producci6n sera sometido por parte del SENASA a dos (2) inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena posentrada. y a una (1) inspecci6n obligatoria final para el levantamiento de la cuarentena posentrada. de cuyos resultados se dispondra e! destine final del producto. Registrese, comuniquese y publfquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General Direcci6n de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria Paqina 8

Resolución Nº 016/10/AG/SENASA/DSV - Requisitos fitosanitarios para la importación de plantas de palto de Estados Unidos de América · Nelum