Resolución Nº 016/08/AG/SENASA - Requisitos sanitarios para la importación de huevos fértiles provenientes de los Estados Unidos de América
Made 2008-12-05 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Livestock
- Keywords
- hygiene/sanitary procedures, animal reproduction, poultry, animal by-products, international trade, animal health, certification, vaccination, pests/diseases, animal production, birds
- Categories
- *
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Itl peruono Sistema Peruano de Informacion .luridica Establecen requisitos zoceanltarics especificos de cumplimiento obligatorio en la importaci6n de Huevos Fertllee SPF procedentes de EE.UU RESOLUCION DIRECTORAL N° 16·2008·AG·SENASA·DSA La Molina, 5 de diciembre de 2008 VISTOS La Carta SIN° con registro 919541 de fecha 13 de novtembre de 2008 emitido par el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de America, en la que se comunica la intenci6n de formalizar el acuerdo sabre el protocolo para exportar al Peru Huevos Perfiles SPF: Ellnforme N° 744-2008-AG-SENASA-SCA-DSA de fecha 01 de diciembre de 2008, el cual recomienda se publiquen los requisites zoosanitarios establecidos para la importaci6n de Huevos Fertiles SPF teniendo como arigen y procedencia Estados Unidos de America; y. CONSIDERANDO: Que, el articulo 12 del Decreta Legislativo N° 1059 - Decreta Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Aqraria, expresa que el ingreso a! pais, como lmportaclon, transite internacional a cualquier otro regimen aduanero de plantas y productos vegetales. animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benefices. materiales de empaque. embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir 0 propagar plagas y enfermedades. asi como los medios utilizados para transportarlos. se sujetaran a las disposiciones que establezca en el ambito de su competencia el Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA: Que. asi tambien el articulo 9 de la referida norma establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA dictara las medidas fito y zoosanitarias para la prevencion. el control a ta erradlcaclon de plaqas y enfermedades. Dichas medidas seran de curnplirniento obligatorio par parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier titulo, del predio a establecimiento respective. y de los propietarios a transportistas que se trate: Que. el articulo 12 del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo W 018-2008-AG. establece que los requisitos fito y zoosanitarios se publican en el Diario Oficial EI Peruano y se notifican a la Organizaci6n Mundial del Comercio OMC; Que. la Carta SINo can registro 919541 de fecha 13 de noviembre de 2008 emitida par el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de America, comunica la intenci6n de formalizar e! acuerdo sabre e! protocolo para exporter a! Peru Huevos Fertiles SPF; Que. el Informe N° 744-2008-AG-SENASA-SCA-DSA de fecha 01 de diciembre de 2008 recomienda que se publiquen los requisitos zoosanitarios para la importaci6n de Huevos Fertiles SPF teniendo como origen y procedencla Estadcs Unidos de America, y se inicie ta emtelon de los correspondientes Permisos Zoosanitarios de Importaci6n: De conforrnidad can 10 dispuesto en e! Decreta Leqislativo N° 1059 Y el Decreta Supremo N° 018-2008-AG: y con la visaci6n del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE; Paqina 9 Itl peruono Sistema Peruano de Informacion .luridica Articulo 1.- Establecer los requisites zooeanttanos especrflcos de cumplimiento obliqatorio en la importaci6n de Huevos Fertiles SPF teniendo como origen y procedencia Estados Unidos de America, de acuerdo al Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resoluci6n. Articulo 2.- Disponer ta emisi6n de los Permiscs zoosanltartos de tmportaclon a partir de la fecha de publicaci6n de la presente Resolucion. Articulo 3.- EI Servicio Naclonal de Sanidad Aqraria -SENASA, a traves de ta Direcci6n de Sanidad Animal, podra adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese y publfquese. GLEN HALZE HODGSON Director General (e) Dtreccton de Sanidad Animal Servido Nacional de Sanidad Agraria ANEXO REQUISITOS ZOOSANITARIOS PARA LA IMPORTACION DE HUEVOS FERTILES SPF PROCEDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS Los huevos libres de patoqenos espedficos (SPF) estaran amparados por un certificado sanitario de exportacion. expedido por la Autoridad OfidaI de Sanidad Animal de los Estados Unidos de America, en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisitos: Que: 1. Proceden de aves criadas en Estados Unidos y de la granja 0 granjas cuyo nombre y ublcaclon se indican. 2. Proceden de un estado libre de INFLUENZA AVIAR de notiticacion obligatoria. ENFERMEDAD DE NEWCASTLE VELOGENICA VISCEROTROPICA Y SINDROME DE LA CAIDA DE LA POSTURA (EDS 76) 0 cuenta con zonas que por analieis de riesgo han sido reconocidas por el Peru como aptos para lIevar a cabo la fmportacion. 3. La granja 0 granjas de oriqen mantlenen un programa de control zoosanttano bajo control ofidaI, las cuales cuentan con el estatus de "Limpias' de las enfermedades de Influenza Aviar de cualquier tipo y Newcastle. otorgado por el Programa Nacional de Mejoramiento Avfcola NPIP. 4. La granja 0 granjas de origen de los huevos SPF, se dedican exclusivamente a esta actividad, cuentan con las instalaciones para operar bajo las condiciones de aislamiento necesarfas. cuentan con los servicios de personal adecuadamente preparado y mantienen un proqrama de control zoosanltano bajo supervision oficial y curnplen con las normas nacicnales estableddas para este tipo de planteles SPF. 5, La qran]a 0 granjas de donde proceden los huevos. y estes son fibres de los siguientes agentes patoqenos: ADENOVIRUS AVIAR GRUPO I (Celo. Tipos 3. 4 Y7) ADENOVIRUS AVIAR GRUPO II (Enteritis Hemorraqtca) ADENOVIRUS AVIAR GRUPO III (Adenovirus 127) NEFRITIS AVIAR Paqina 10 Itl peruono Sistema Peruano de Informacion .luridica PARAMIXOVIRUS AVIAR TIPO 2 ANEMIA INFECCIOSA AVIAR BRONQUITIS INFECCIOSA: Mass y Conn, Arkansas. JMK ENFERMEDAD INFECCIOSA DE LA BURSA (Enfermedad de Gumboro) ENFERMEDAD DE MAREK SEROTIPOS 1, 2 Y 3 HAEMOPHILUS PARAGALLINARUM (Avibacterium paragallinarum) INFLUENZA AVIAR TIPO A LARINGOTRAQUEITIS INFECCIOSA Mycoplasma gallisepticum Mycoplasma synoviae REOVIRUS AVIAR ROTAVIRUS AVIAR TUBERCULOSIS AVIAR Salmonella gallinarum Salmonella pullorum VIRUELA AVIAR ENCEFALOMIELITIS AVIAR ENFERMEDAD DE NEWCASTLE LEUCOSIS L1NFOIDE GRUPOS A B, C, D, E RETICULOENDOTELIOSIS RINOTRAQUEITIS AVIAR Salmonella enteritidis 6. Los huevos fueron acondicionados en cajas y embalajes nuevas que exhiben clara mente identificaci6n de granja de origen, numero de huevos y fecha de empaque, y presentan el sello ofidaI respective. 7. Los contenedores 0 vehiculos de transporte fueron lavados y desinfectados utilizando productos autorizados por Estados Unidcs y fueron prectntados de forma que s610 puedan eer retirados por la Autoridad Competente del Peru. ESTOS REQUISITOS ZOOSANITARIOS, DEBEN SER REMITIDOS A SU PROVEEDOR EN LOS ESTADOS UNIDOS A FIN DE QUE LOS CERTIFICADOS SANITARIOS EMITIDOS POR LOS SERVICIOS VETERINARIOS INCLUYAN LAS EXIGENCIAS ANTES DESCRITAS. DE NO COINCIDIR LA CERTIFICACION CON ESTOS REQUISITOS LA MERCANCIA SERA DEVUELTA, SIN LUGAR A RECLAMO. Paqina 11