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Laws of Peru

Resolución Nº 013-2012-AG-SENASA ─ Cancela registros y levanta suspensión de diversos plaguicidas químicos de uso agrícola

Made 2012-01-31 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Cultivated plants
Keywords
pesticides, plant protection, registration, toxicity/poisoning, international trade, internal trade, authorization/permit
Categories
*, agriculture

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  1. VISTO, er Oficio N" 4243-2011-EFf13,01 remrtido per er seeererc General (e) del MinisteriO de Economia y Finanzas: CONSIDERANDO ' Que, er art icu lo 133" de la l ey N° 29571 , COdlgo de Protec06n 'I Defensa de l Consumidor eeteeece que er Consejo Nacional de ProtecciOn del ConsumidOl' constrtu'le un Organo de coordinaci6n en er tlmbrto de Ia Presidenoa del Con5e/O de Ministros y es presidido pot er Inst ltuto ,Naoonal de Defensa de Ia Competencia 'I de Ia Protecci6 n de Ia Propledad !nteledual INDECOPl en su cabdad de Autoridad Nacional de ProteCCi6n del ConsumidOl' 'I de ente rector del sistema ; Que, el Consejo Naciona l de PrOIea:i6n del Consumldor se encuentra conformado . entre olres, pot un represenlante del MlnisteriOde Economia 'I Finanzas: Que, Ell artlaJlo 'Z' del Reglarnento que estableoe los mecamsmos para Ia propuesta 'I deslgnaci6n de los representanles de , las ereeeoes 'I gremios al Consejo Nadonalde Protea::i6n del Consurridor,aprobado per Decreto Supremo NO 031-2011-PCM, set'ialaque para ser integrante del Con5ejO Naconal de Protecci6n del Consumidor se requere tener er pleno ejercicio de los derechos civiles: Que, el numeral 3,1 del artiaJlo 3" del Reglamento que estaoe ce los mecanismos para Ia propuesta 'I cescnscon de los representantes de las enlidades y gremlOS a! ConsejO Naa onal de Protecccn at Consumidor, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2011 -PCM na preveto que los integrantes del Consejo Nacional de Protecci6n del Consumidor sean designados mediante resoluci6n ministerial de Ia Presoenca del Conse,o de Ministros, a propuesta de las entidades 0 gremios que oonforman diche Conse;o Nacional: Que, med iante Reso luci6n Ministerial N" 194-2011 PCM se designO, entre enos . al senor cades RamOnNoda Yamada como represenlante del MinisteriOde Economia y Finanzas . ante et Consejo Nacional de Protec:ci6n de l Consumidor; Que, erseflor CarlosRamOnNodaYamada na formu lado renuncia a dieha representaci6n, por 10 que resub pertinente aceptar IarriSma, Siendo necesano deslgnar aJ representante del MlfllSterio de Economia y Fnanzas ante Ell Conse,o Nacional de Protecei6n del Constmdor; De contormidad con Ia ley NO 29571 , C6dlgO de Prote<:ci6n 'I Defensa del Consumidor: 'I, el Reglame nto que establece los rnecanismos para la propuesta 'I deSignaci6n de los represent antes de las enl ldades 'I gremios at Con seJO Naaonal de ProteCCi6n al Consumidor, aprobado por Decret o Suprem o NO 031-2011-PCM; SE RESUEl VE: Articulo 1.- Aceptar la renuncia prese ntada per el sei'lor Carlos RamOn Noda Yamada , como rep resenta nte del Minister io de Econom fa IJ Finanzas ante er Consejo Nacional de Protecci6n al Consumidor. dtlOdosele las gracias por los serv icios prestados. Art icul o 2.- Designar al sei'lor Jose Alfredo la Rosa Basurco , como represenla nle del Min islerio de Economia 'I Finanzas ante el Consejo Nacional de ProlecciOn at Consumidor. Regislrese, comunlquese 'I publ iquese . OSCAR VALDES DANCUART Presiclenle del Consejo de Ministros 747966-1 AGRICULTIJRA Deslgnan Director d e la Estacl 6n Experimental Agraria Pucal lp a - Ucayal l deilNIA RESOl UCION JEFATURA L N° 0009·2012-lN IA l ima. 31 de ene ro de 2012 CONSIDERANDO: Que , er cargo de Director de la Esla ci6n ~perimenla l Agra na Puca llpa • Ucayali del Insl ltulo Nacional de 3 Innovaci6n Agraria "":' INtA. se encoentra vacente con efedividad al 01 de dicernbre de 2011: Que, se ha vistoporconvenienledesignaralttularclelcargo de Oired Ol' de Ia Estaci6n EKPe/l1'"l8ntai Agraria precitada , cargoconsiderado comode contenza.ba~~lcanoes del regmen Iaboral prtiado regulado per el leglSlabvo N"128, aplicable al personal del INtA por disposic:j6n del Deaeto legislativo N' 060 - Decreto leglSla\JllO que le9u1a Ell Sistema Nacional de Innovaoon Agrana: De conformidad con 10 cecoesc por Ia ley Orgtlnica del Poder EjeoJtivo, l ey N" 29158. Ia ley que regula Ia participaa6n del Poder Ejecutivo en Ell nombran'llE!rlto 'I designac:i6n de funcionaros pUblicos, ley NO 27594, '11a ley de OrganiZaci6rl 'I Funciones del M" "stene de AgriCutu ra, aprobado porDecreto leglSlabvo NO 997 Ysu Reglamenlode Organizaci6n 'I Funoones aprobado por Decrel:o Supremo N" 031-2OO8-AG. Ell Oecreto leglSlalivo N, 06O - Decreto legislabvo que regula er Sistema Naaonal de Innovaci6n Agraria 'I el Reglamento de Qrganizaci6n 'I Funciones del INtA, eoeeeec per Decreto Supremo N° 031·2OQ5.AG moctificado par el Decreto Supremo N°027-2008-AG: SE RESUElVE: Articul o 1 ~· Dar per concruc a, con efedividad al 01 de febrero de 2012. la encargatura del lng. Aubert o Riese Tembladera , como Director de ta EstaciOn Experimental Agraria Pucallpa, debiendo retornar a sus funcicne s de cnqen: dandcle las gracias por los serviclos prestados durante ra encargatura Articulo 2 ~- Designar, con efedividad al 01 de febrero de 2012 , al senor Rali lTelio Suarez, en el carg o de oneecr de Ia Esla ciOn Experlmenlal Agrana Puca llpa - ucasen. ceunsnutc NaClOnal de Innovaci6n Agrana - INIA, cargo considerado como de conftanaa Reg istrese. comunique se 'I publiquese, J. ARTURO FLOREZ MARTIN EZ Je l' insmctc Nacional de Innovacion Agraria 748031·1 Cancel an rC"gistro y di sponen no registrar nuevos plagui ctdas quimicos d e usc agricola con ingred tentes activos: Endosulfan . Aldi carb y Arsentato de Plomo: y levantan suspensio n de regis tro s d e plagulc ldas q uimicos de usc agrico la co n Ingred leutes ac tivos Methamidopltos y Paraquat RESOLU CI6N JEFATURAl N° 0013-2012 -AG-SENASA la Molina, 31 de enero de 2012 VISTOS : Et Informe N° 526-11-AG-DVM-DGAAA DGA-94633-2011 de fecha 26 de setiembre de 2011 de la DirectiOn de GestiOn Ambienlal Agraria de la DirecciOn General de Asuntos Ambientales Agra rios del Minisle rio de AgriClJ ltura: los Oficios N° 1038 'I 1424-11-AG-DVM· DGAAA. de fecha 27 de setiembre IJ 28 de diciemb re de 2011 respedlvamente, de Ja D.recci6n Gene ral de Asunt os Ambientales Agrarios del Mlnislerio de AQriCultura: er Memorandum NO 650-2 011-AG-SENASA-OlA1Ade fecha 12 de octubre de 2011. los Oficios NO 690 'I 702-2011 AG-SENASA-OtAtA . de fechas 04 'I 08 de noviembre de 2011 respectivamenle. el Memorandum N" 00 18 2012-AG-SENASA-OlA tA de fecha 26 de enero de 2012 de Ia DirectiOn de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Ag roahmentana: el Infonne TeaJico N" 743-2011-AG SENA SA-OIAtA·StA de fecha 12 de odubfe de 2011; el Informe N" oo3-2012-AG-SENASA-DtAlA-S tA de fecha 26 de enero de 2011 de Ia Subdirecci6n de Insumos Agricolas de Ia Oirecci6n de Insumo s Agropecuarios e Inocu idad Agroalimenlaria del SENASA: el Informe CONAP NO 01-2012 de fecha 12 de enero de 2012 de la ComisiOn NacionaJde Plaguicidas; el Informe NO 009 2012-AG-SENASA.QAJ de fecha 25 de enero de 2012 de la Oficina de Asesor ia Jur idica del SENASA ; IJ el Ofici o NO 183-2012-AG-OAJ de fecha 30 de ener o de 2012 de la REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL Oflcina de Asescrta Juridica del Ministerio de Agricultura: v. CONSIOERANDO: Que, med iante Oficio N·1038~2011 ·AG- OVM-DGAAA de fecha 27 de setemcrede 2011, taDrreccon General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura (en adelante, Ia OGAAA), cornpetenle en la Evaluacicn del Riesgo Ambiental y Plan de Manejo Ambentat (PMA) de los plaguicidas qurmccs de usc agricola, comuncc que : •... de acuerdo a las evaluaciones fecnit':Xrdentificas , sabre el destine ambiental de los ingredientes activos Endosu/ftm. Aldicarb, A/aeJor. Methamidophos. Arseniato de PIomo (grupo de arsenicales), Paraquat. Formulaciones de Palvo seco que contengan una combinaci6n de: benomil al 7% 0 superior: carbofurano al 1ooj, 0 superior y Tiram al 15% 0 superior y Bromuro de metilo, se advierte que son substancias extremadamente peligrosas para el ambiente. ( ,.) Exlremadamente y altamenle /Oxico para aves, altamenle y ligeramente I6xicos para abejas, muy I6xicos para JombriZ de tierra y extremadsmenta I6xicos para organismos ecoerccs vertebrados e invertebrados y para algas {.. . j" ; por consigu iente, solicila no regislrar nuevos plaqucidas qulmcos de uso agricola {PQUAs} y cancelar e! regislro de los PQUAs que contengan los ingred ientes acl.ivos mencionados, sequn el articulo 27 de la Decsion 436 Norma Andina para er Registro y ccoucr de PQUAs y rrcorncatoras y el articulo 46 del Decreto Supremo N"016 2000-AG Y modificalorias (en adelante , el Reglamento) , debido a los efectos negativos al embiente: Que, mediante Memorandum N" 65Q-2011-AG-SENASA DIAIA de fecha 12 de octubre de 2011, la Oirecci6n de Insumas AgropecuariOS e Ir'lOOJidad Agroalimentaria (OIAIA) del Servicio Nacional de Sanidad Aqrana - SENASA, adjunta el Informe 'recncc N" 743-2011-AG-SENASA-DIAIA-S1A de fecha 12 de octubre de 2011, por el coer la Subd irecciOn de Insumos Agricolas de la DIAIA del SENASA man ifestO que: '~ ... ) es importante obsetvar que el Bromuro de Metilo es una sustanda que seencuentraincJlJida en elProtocotode Montreal (. . .) precisflndose que, sagun io senaiado en el numeral 6 del Articulo 2H, su usa esta permilido "para aplicaciones de cuarentena y previes al envio" (.. .), manifestando que no se cuenta con registro de plaguicJdas en base de Bromuro de Metito, Aladar Y formulaciones de poIvo seco que contengan 18 combirJaci6n de. Benomyl 7%, Garoofuren 1ooJ1, y Tlf8m 15%": y recomend6 Inidar el proceso de cancelaci6n de acuerdo a la normatividad que resu~e aplicable: Que, atendiendo a 10 soliatado por la DGAAA, con fecha 14 de octubre de 2011 se emili61a Reseluci6n Jefalural N" 307-2011·AG-SENASA, ta cual fue debidamenle notiflcada a los titulares de los registros, a fin que pueda n expresar 10 conveniente a su derecho , en observancia del debido procedimiento; quienes presentaron sus comenlarios y observaciones, los cuales fueron remrtidos mediante Oficios N" 690 y 702-2011-AG-SENASA-DIAIA, de fechas 04 y 08 de noviembre de 2011, respecl.ivamente, a la DGJ\AA a fin que esla entidad proceda a evaluar y pronunciarse respecto a 10 manifestado por las empresas; Que , atendiendo a 10 solicitado por la DIAIA, con Oficio N° 1424-11-AG-DVM-OGAAA de fecha 28 de diciembre de 2011, la DGAAA comunica sus conduslones y recomendaciones respecto a los ingredientes acl.ivos: Endosulfan, Ald lcarb , Arseniato de Plomo (grupo de arsenicales), Melhamidophos y Paraquat; Que, mediante Informe CONAP N" 01-2012 de fecha 12 de enero de 2012, la ComisiOn Nadonal de Plaguicidas (CONAP) comunea al SENASA los acuerdos adoptados en su sesiOn llevada a cabo el dia 11 de enero de 2012, con relaciOn a IesuspensiOnde los registros de PQUAs dispuesta por la Resoluci6n Jefatural W 307-2011-AG-SENASA; Que , mediante Memorandum W 0018·2012·AG SENASA-DIAIA de fecha 26 de enero de 2012, la OIAIA hace suyo el Informe N° oo3-2012-AG-SENASA-DIAIA SIA de fecha 26 de enero de 2012 , el cual contiene la evaluaci6n concerniente a la medida de suspensi6n dispuesta por el SE NASA; Que , de conformidad con 10 dispuesto por el articulo 140 de la ley General de Sanidad Agraria , aprobada por Decreto legislativo N° 1059, la AUloridad Nacional en Sanidad Agraria establecera y conducira e! control, registro y fiscalizaciOn a nivel nacional de : a) Plaguicidas qulmicos de uso agrario, b) Fabricanles, formuladores, importadores, exportadores, envasadores y distribuidores; Que , por su parte, el articulo 50 de! Reglamento 4 estaoece que el SENASA es laAutoridad Competente en materia de Reg istro y Control de plaquicidas quimicos de uso agricola; y, de acuerdo con 10 dispuesto en el articulo 70 del Reqtarrentc. ta CONAP es el 6rgano de caracter consultivey de asesoramiento del SENASA, en accicnes derivadas de ta aplicaciOn de la legislaci6n naeional viqente; Que, er articulo 27" de ta Decision 436 y moomcatonas establece que : "La AutoOOed Nacional Competente, de onoo. a soIidtud del sector Salud, sector Ambiente, 0 a so/icitud de parte interesada , suspendera al Registro de un producto par razones fundamentadas en Cfiterios tea-cos y cientificos de indole agricola, ambiental 0 de sena. La AlJroridad tomara una decisi6n sabre Ie validez del Registro dentro de un plezo que no excedera de noventa (90) dies Mbiles de comuniCada 18 suspensi6n. y de acuerdo con la avaluaci6n del case padra ievantar Ie suspensiOn, modificar o cancelar el registro del producto en cuesti6n "; Que, en ese mismo senuoo. er articulo 460 del Reg lamento establece que: "EI SENASA, de csco. en ccosuue. a so/icitud del sector Selud, sector Ambienle, de parte interesada 0 del titular del registro, suspendera al Registro de un prodliClO por rezones tvnaememeaes en crueros recscos y cientificos de indole agricola, ambiental 0 de selud. EI SENASA, an base al informe ae la Comisi6n Nacional de PlaglJicidas (CONAP) tomafi~ una decisi6n sobre la validez del Registro dentro de un plazo que no exceoers de noventa (90) dias uti/es , y de acuardo con la evaluaci6n del caso podra levanlar la suspensi6n, modifieer 0 restringir el usa, cancelar el registro y prohibir el use del producto en cuesti6n ~ Que.aterdendc a Iasolicitudde IaDGAAAmediante Oficio N"1038-2011·AG- DVM-OGAAAde fecha 27 de setierrtlre de 2011, y de comormoao cone normativa aplicable,se emiliOIa Resolud6n Jefalural N° 307-2011-AG-SENASA, modificada por Resoluci6n Jefatural N° 359--2011-AG-SENASA, a «aves de la coerse resolvi6 suspender er reqtstrc de los PQUAs con ingredientes activos: Endosulfan, A1dicarb, Methamidophos, Arseniato de Plomo (grupo de arseneales) y Paraquat, segun e! anexoque forma parte de dicha Resoluci6n, porun plazode hasta noventa (90) dias habiles; Que , durante el periodo de suspensi6n de los PQUAs, se recibieron las observaciones y comentarios de los tilulares de los reg islros de PQUAs suspendidos , asi como el Oficio W 1424-11·AG-SENASA-OVM-OGAAA que contiene la opini6n tecnica de la OGAAA, el lnforme CONAP N° 01-2012 de la CO NAP, el Memorandum W oo18·2012-AG-SENASA-DIAIA, ef Informe N° 003 -2012 AG-SENASA-DIA1A-SIA de la Subdirecci6n de Insumos Agrfcolas, el Informe N° 009-2012-AG-SENASA-OAJ de la Oficina de Asesorfa Juridica del SENASA y el Oflcio N" 183-2012-AG-OAJ de la Oficina de Asesoria Ju ridica del Ministerio de Agricultura; documentos referidos a la suspensiOn y cancelaci6n de regisl ros de los PQUAs; Que, median te Oficio N" 1424-11-AG-DVM-DGAAA, la DGAAA remile la opiniOn tecnica de la Direcci6n de Gesti6n Ambiental referidos a las observaciones y comentarios presentados par las empresas y comunica , ademas: "(. .. ) en relaci6n a los ingredientes activos AldicartJ y Endosulfan esta Direcci6n General se ratifica en io mendes/ado en el documentode la referencia c) [Oflcio N° 1038-20 11-AG-DVM DGAAA}, ya que dichas sustandas san extremadamente peligrosas para el ambiente , rezones par las cuales estan incllJides en los Convenios de Rotterdam y Estocolmo y de igual modo se ralifica para el Arseniato de Piomo (Gropo de Arsenicales) ( ... ). ; Que, asimismo, a traves de l Oflcio antes ind icado , la DGAAA sugiere, en 10 que respecta a los ingredienles activos Melhamidophos y Paraquat, que estos sean evaluadoslrevaluados por la Autoridad en Salud (Direcci6n General de Salud Ambiental - DIGESAj, la Autoridad Ambiental (Direcci6n General de Asuntos Ambienla les Agrarios - OGAAA) y por la Autoridad Nacional Compelente (SENASA); recomendando al SENASA fljar el plazo para dicha evaluaciOn! revaluaci6n ; Que , respecto a Ja suspensi6n de PQUAs efectuada par Resoluci6n Jefalural N" 307-2011-AG-SENASA Y modilicatoria, la CONAP, en calidad de Organo consu~ivo y de asesoramiento del SENASA, en su sesi6n del 11 de enero de 2012 , luego de revisada , analizada y debalida la opiniOn tecnica de la OGAAA, la normalividad aplicable, y otros documentos relacionados, acord6 por unanimidad, 10 siguienle: "(I 1. Recomendar a la Autoridad Nacional Competente SENASA te caocezscon de los registros de los Plaguicidas quimicos de uso agricola que contengan los ingredientes acevos. aldicerb , andosulfan y arsanialo de plomo (grupo da arsenieaias). 2, Recomendar a la Autoridad Nacional Competente SENASA el lavantamiento de la suspensi6n de los registros de los plaguicidas quimicos de uso agrfcola que contengan los ingredientes activos: paraquat y metamidophos, a fin de que la Autoridad Nacional Competente y las eutotaeaes:DirelXi6n General de salud ambiental y Direcei6n General de Asuntos Ambientales Agrarios realicen la evaluaci6n1revaluaci6n tecnica, cient{fica e integral de los PQUAs senalados, para 10 cual la ANC determinara el plazo correspondiente. 3, Recomandar a la ANC realizar les consultas receseaes para la correcta apiieaci6n de se recomendaci6n W 0 1, ( ... )" {sic) Que, de acuerdo al Informe N° 0003 -2012·AG SENASA-DIAIA-SIA, ta Subdirecci6n de lnsumos Agricolas de ta DIA IA, .man tnesta que la Informacion tecnrca arnoten tet rem rMa por la DGAAA, a traves de los oncce N° 1038 Y 1424-2011-AG-DVM-DGAAA, se sustentan en argumentos fundamentalmente de tipo ambiental: sin embargo, advierte que para ateooer ra sugerencia de evaiuarzrevaiuar los PQUAs con ingred ientes actives: methamidophos y paraquat, de manera conjunta por las tres Autoridades Ccmpetentes ea necesano tener en cuenta que dicho proceso resu lta comp lejo , dado que se debe considerar aspectos toxicol6gicos, eco toxicol6gicos y aqroncrmcos: infcrmando !a necesrcac de ievantar la suspensi6n de dichos PQUAs establecida mediante Resoluci6n Je fatural N° 307 -2011-AG·SENASA, para luego proceder a su evemecrcwrevemecioo. dentro de un plazo de hasta dieciocho (18) meses, debido a la compl ejidad del proceso antes descrito: Que, atendiendo a las opmiones tecnicas de ra DGAAA , los acuerdos adoptados por la eONAP, asi como 10 sel'ialado por la Subdirecei6n de Insumos Agricolas de la DIAIA, fuego de la evaluaci6n de los actuados, resulta conveniente disponer la cance laci6n de los registros y no regist rar nuevos PQUAs con ingred ientes activos Endosulf~m , Aldicarb , y Arsenia to de Plomo, debido a los efectos negativos al ambiente; Que , respecto a la cance laci6n de los PQUAs, et articulo 28° de la Decisi6n 436 y modificatoria , establece 10 siguiente: "Cancelado el Registro Nacional de un producto por razones de daflos a la salud 0 al ambiente, queda prohibida eutomaticamenta su importaci6n, fabricaci6n. formulaci6n , venta y uso en ese pais. La Autoridad Nacional Competente comunicara de esta medida a la Secretaria Ganeral en un plazo no mayor de cinco (5) dfas htJbiles de adoptada la medida , ia que a su vez 10hara conocer de inmediato a las Autoridades Nacionales Competentes de lOS otres Pafsas Miembros. La Autoridad Nacional Competen/e concedera a su titular un plaza, de acuerdo con la gravedad del caso, para retirar el producto del mercado, informar a los usuarios sobre la prohibici6n de su uso y proceder a su disposici6n final (.., )": Que , asimismo, el articulo 50° del Reglamento, dispone que: "Cancelado el registro de un plaguicida qufmico de uso agricola por razones de daflos a la salud 0 el ambiente, queden prohibidos su importaci6n, fabricaci6n. formulaci6n y comercializaci6n en ei pais a partir de la fecha de pubJicaci6n de la resoluci6n respecliva en el Diario Oficial -EI Peruan o", EI titular del registro , debera proceder al retire del prQduc/o del mercado en un plazo establecido por el SENASA de acuerdo a Is grsvedad del ceso , el mismo que no excedera de noven/a (90) dias utiles , e informar a los usuarios sobre la medida de prohibici6n y la decisi6n tomada por el SENASA sobre la disposici6n final del preducto -; Que, a travesdellnforme N° 0009·2012·AG·SENASA OAJ de fecha 25 de enero de 2012, la Oficina deAsesoria Juridica del SENASA emite opini6n legal precisando que la importaci6n , fabricaci6n, formulaci6n , venta y uso en el pais del PQUA, quada automaticamente prohibido desde la cancelaci6n de su Registro y surte efeelos a partir de la fecha de pub!icaci6n en el Diario Ofic ial EI Peruano, de acuerdo a 10 establecido en nuestra normativa nacional: y 5 sera ccmumcaoa a tasecreterre General de taComunidad Andina en un plazo no mayor de cinco (5) oreshabiles de adoptada : Que, en ese memo sentido , mediante e! Oficio N° 183 2012-AG-OAJ de fecha 30 de enero de 2012, fa Oficina de Asesoria Jurjdica del MINAG emite op ini6n sel'ialando que: "(... ) La facha a partir de la cual opera la prohibici6n de importar, faMear y comercializar an el pafs al plaguicida qufmico de uso agricola, es desde el dia en que se publica an el Diario Oficial "EI Peruano" la resoluci6n que dispone su cencetecon. Este cn'terio esta repaldado eaemes por elarticulo 28 de la Declsl6n 436 (".) ; Que, de ctro raoo. mediante lnfcrme N° 0003-2012 AG-SENASA-OIAtA-SIA, la Subdirecci6n de Insumos Agricolas de la OIAIA recomienda otorgar un plazo de basta noventa (90) eras utnes. a los utulares de los registros de PQUAs , para et renro de sus productos del mercado: Que , respecto de los registros de los PQUAs con inqredientes actives Methamtooohos y Paraquat, ra OGAAA , a traves del Oficio 1424-11-AG·DVM-DGAAA; ta CONAP, a traves de su Informe CONAP N" 01 2012: v. ta Subdirecci6n de fnsumos Agricolas , a naves del Informe N° 0003·2012·AG·SENASA·DIAIA· SIA , coincioen en que resul ta oeceeerrc levantar ra suspensi6n de dichos PQUAs establecida mediante Resoluci6n Jefa tural N° 307·2011·AG-SENASA de recne 14 de cctubre de 2011, y modificatoria: y proceder luego a su evaluaci6nfreva luaci6n en un plazo de has ta d ieciocho (18) meses, sequn 10 informado por la Subdirecci6n de InsumosAgricolas: De conformidad con 10 dispuesto por la Decision 436 y moditicatonas. el Decretc Supremo N° 016·2000 AG y rrcemcetcnes. en el ejerccc de las racunaoes establecid as en el Decreto Legislativo NO 1059 Y con el visado de la Direcci6n de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria y de ta Oncna de Asesorra Juridica; SE RESUElVE: Articulo 1°,· Cancelar los registros y no registrar nuevos plaguicidas quim icos de uso agricola con ingredientes activos: Endosulfan , Ald icarb y Arseni ato de Plomo (Grupo de Arsenicales), por los fundamentos expuestos en la parte consideral iva de !a presente Resoluci6n. Articulo :ZO.' Otorgar a los titula res de los registros de plaguicidas quim icos con ingredienles activos Endosulfan, Aldicarb y Arsen iato de Plomo (Grupo de Arsenicales) , el plazo de hasla noventa (90) dias utiles, contados a partir de la vigencia de la presente Resoluci6n, para que procedan al retiro de sus productos del mercado. Artic ulo 3°." Comunicar a !a Secreta ria General de la ComunidadAndina, en un plazo no mayor de cinco (5) dias M.biles, la medid a de cancelaci6n de los registros de p!aguicidas quimicos de uso agricola dispuesta en el Articulo 1° de la presente Resoluci6n: encargandose a la Direcci6n de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria realizar d icha comunicaci6n, Articulo 4°, l evanlar la suspensi6n de lOS regisl ros de plaguicidas quimicos de uso agricola con ingredientes activos Methamidophos y Paraquat dispuesta mediante Resoluci6n Jefatura l N° 307-2011-AG-SENASA y modificatoria, para proceder con la eva luaci6n toxico16gica, ecotoxicol6gica y agron6m ica, segun 10 recomendado por !a Direcei6n General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y la Comision Nacional de Plaguicidas, en un plazo de hasta dieciocho (18) meses , contados a partir de la vigencia de la presente Resoluci6n. Articulo 5°,- Encarga r a la Direcci6n General de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del SENASA las acciones necesarias para el mejor cumplimienlo de la presen te Resoluci6n , incluyendo la disposici6n fina l del prOducto. Registrese, comuniquese y publiquese. OSCAR M. DOMINGUEZ FALCON Jefe Servfcio Nacional de Sanidad Agraria 748057-1

Resolución Nº 013-2012-AG-SENASA ─ Cancela registros y levanta suspensión de diversos plaguicidas químicos de uso agrícola · Nelum