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Laws of Peru

Resolución Nº 008/02/PRO - Creación de unidades productivas de acuicultura unifamiliares

Made 2002-07-25 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Fisheries and aquaculture, Food and nutrition
Keywords
aquaculture, freshwater fishes, subsidy/incentive, aquatic animals, food security

Where to read it

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Text

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  1. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 008-2002-PRO Aprueban Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional para la creación de unidades productivas de acuicultura unifamiliares Lima, 25 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, norma la actividad pesquera con la finalidad de promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad; Que asimismo, el Artículo 64 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que el órgano rector en Pesquería norma las acciones propias de la actividad pesquera y coordina con otros Ministerios y demás organismos competentes, las acciones que le correspondan; Que es política del sector producción contribuir con la seguridad alimentaria, a través de la promoción del consumo de productos hidrobiológicos para mejorar la calidad de vida de la población y el desarrollo sostenible de la acuicultura como fuente de alimentación, empleo e ingresos para el país; Que considerando la afinidad de los objetivos institucionales del Despacho Presidencial, del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS y del Ministerio de la Producción, de contribuir al crecimiento económico y social de las poblaciones originarias, especialmente en zonas alto andinas del país, a través de diversos programas de desarrollo, es necesario consolidar esfuerzos dentro del ámbito de actividades que realiza cada uno de estos organismos, mediante la suscripción de un Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional; En concordancia a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27779 y el Decreto de Urgencia Nº 036-2002; Con las visaciones de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, de Administración y de Planificación y Presupuesto; Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Convenio Marco de Cooperación lnterinstitucional entre el Ministerio de la Producción, el Despacho Presidencial y el Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS, para la creación de unidades productivas de acuicultura unifamiliares a través de la optimización del uso del recurso hídrico existente, contribuyendo a la seguridad alimentaria y al mejoramiento de la calidad de vida de la población en situación de extrema pobreza, especialmente en zonas alto andinas del país. Artículo 2.- Autorizar al Viceministro de Pesquería para que, en representación del Ministerio de la Producción, suscriba el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de la Producción, el Despacho Presidencial y el Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos PRONAMACHCS, que se aprueba en el artículo precedente y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- La Dirección Nacional de Acuicultura, las Oficinas Generales de Administración y de Planificación y Presupuesto, y los Órganos Regionales del Sector Producción en el ámbito de los Consejos Transitorios de Administración Regional (CTAR), dentro de su competencia, quedan facultadas a adoptar las acciones, para asegurar el cumplimiento del objetivo del Convenio Marco que se aprueba en el Artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción

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