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Laws of Peru

Resolución Nº 003-2016-MINAGRI-SENASA-DSA ─ Categorías de riesgo de las mercancías pecuarias en función a la capacidad de vehiculizar agentes patógenos de enfermedades que representen riesgo para la sanidad animal

Made 2016-01-27 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

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About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Livestock
Keywords
animal health, pests/diseases, classification/declassification, transport/storage, internal trade, risk assessment/management

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  1. 576673NORMAS LEGALESJueves 28 de enero de 2016 El Peruano / PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO Establecen cinco (5) categorías de riesgo que agruparán las mercancías pecuarias en función a la capacidad de vehiculizar agentes patógenos de enfermedades que representen riesgo para la sanidad animal, a su nivel de procesamiento y uso RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0003-2016-MINAGRI-SENASA-DSA 27 de enero de 2016 VISTO: El INFORME-0002-2016-MINAGRI-SENASA-DSA SDCA-EMARTINEZ de fecha 20 de enero 2016; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 12° del Decreto Legislativo N° 1059-Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios organismos benéfi cos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley orgánica del Ministerio de Agricultura, crea, entre otros, organismos públicos descentralizados, al Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA, que tiene como uno de sus objetivos ser el ente responsable de la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, el artículo 9º de la Ley General de Sanidad Agraria aprobado por Decreto Legislativo N° 1059, establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictara las medidas fi to y zoosanitarias para la prevención, el control o la erradicación de plagas y enfermedades; Que, el artículo 11°de la misma norma antes acotada, dispone que la Autoridad Nacional de Sanidad Agraria SENASA, podrá inspeccionar en cualquier momento, el estado sanitario de plantas, productos vegetales, animales, productos de origen animal, insumos agrarios, nacionales o importados, y otros productos regulados, incluyendo las condiciones de los materiales de empaque, embalaje, acondicionamiento, medios de transporte, infraestructura y equipos; Que, el artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria 576674 NORMAS LEGALES Jueves 28 de enero de 2016 / El Peruano SENASA aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005 AG, señala que el SENASA tiene entre sus funciones el de establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervisión zoosanitario, tanto al comercio nacional como internacional de animales, productos subproductos de origen animal; Que, el artículo 2º del Reglamento Zoosanitario de Importación y Exportación de Animales, Productos y Subproductos de Origen Animal aprobado por Decreto Supremo Nº 051-2000-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA tiene, entre otras, la función de controlar y supervisar el estado zoosanitario de animales, productos y subproductos animales que se importen o exporten; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo Nº 238-2011 EF, de fecha 24 de diciembre de 2011, aprueba el Arancel de Aduanas 2012 con nuevos códigos de las partidas arancelarias; Que, de otro lado, mediante Convenio de Colaboración Interinstitucional suscrito entre el Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Salud y el Servicio Nacional de Sanidad Agraria de fecha 13 de enero de 2016, se acuerda una relación de colaboración y apoyo mutuo en el marco de sus respectivas competencias, con la fi nalidad de aunar esfuerzos, capacidades y recursos para el correcto y efi ciente ejercicio de sus funciones respecto al procedimiento para la importación de alimentos elaborados industrialmente de origen animal, a excepción de los pesqueros y acuícolas, destinados al consumo humano. Que, estando a las consideraciones expuestas y al Informe Técnico del visto, elaborado por la Directora (e) de la Subdirección de Cuarentena Animal, se recomienda actualizar las Categorías de Riesgo Sanitario de las mercancías pecuarias en base a las partidas arancelarias vigentes y al Anexo contenido en el Convenio, mediante Resolución Directoral, asimismo, incorporar el Anexo del Convenio como parte integrante de la presente Resolución como Categoría de Riesgo Sanitario 2, la misma que entrará en vigencia a partir de los 60 días calendarios contados desde la fecha de suscripción de dicho Convenio; y dejar sin efecto la Resolución Directoral N° 0015-2015-MINAGRI-SENASA-DSA de fecha 01 de setiembre de 2015; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1059, Decreto Supremo N° 008-2005-AG, y el Decreto Supremo-051-2000-AG; y con la visación de la Subdirección de Cuarentena Animal y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer cinco (5) categorías de riesgo, que agruparán las mercancías pecuarias en función a la capacidad de vehiculizar agentes patógenos de enfermedades que representen riesgo para la sanidad animal, a su nivel de procesamiento y uso, de la siguiente manera: 1. Categorías de Riesgo Uno (1): Productos y subproductos de origen animal, que han sido sometidos a uno o más procesos químicos o físicos, con un alto grado de transformación de su estado natural, eliminándose la posibilidad de vehiculizar agentes patógenos de importancia cuarentenaria. Para su ingreso al país no requieren de Permiso Sanitario de Importación y certifi cado sanitario de exportación; sin embargo, el SENASA se reserva la facultad de inspeccionarlos cuando lo considere necesario. 2. Categoría de Riesgo Dos (2): Productos y subproductos de origen animal, que han sido sometidos a uno o más procesos químicos o físicos durante su elaboración, disminuyendo la posibilidad de vehiculizar agentes patógenos de importancia cuarentenaria. Para su ingreso al país no requieren de Permiso Sanitario de Importación, pero deberán contar con el Certifi cado Sanitario de Exportación original cumpliendo con los requisitos sanitarios que se establezcan y serán inspeccionados en el punto de ingreso al país. 3. Categoría de Riesgo Tres (3): Productos y subproductos de origen animal, cuyo proceso de elaboración o industrialización no garantiza la destrucción de agentes patógenos de importancia cuarentenaria. Para su ingreso al país deben contar con el Permiso Sanitario de Importación y el Certifi cado Sanitario de Exportación original y serán inspeccionados en el punto de ingreso al país. 4. Categoría de Riesgo Cuatro (4): Productos primarios de origen animal, de uso directo o sin transformación. Para su ingreso al país deben contar con el Permiso Sanitario de Importación y el Certifi cado Sanitario de Exportación original y serán inspeccionados en el punto de ingreso al país. 5. Categoría de Riesgo Cinco (5): En esta categoría se agrupan animales, material de reproducción u otros productos de origen animal considerados de mayor riesgo sanitario para la introducción de agentes patógenos de enfermedades. Para su ingreso al país deben contar con el Permiso Sanitario de Importación y el Certifi cado Sanitario de Exportación original y serán inspeccionados en el punto de ingreso al país. Artículo 2º.- La clasifi cación de las mercancías pecuarias por categorías de riesgo sanitario se establecerán conforme al Anexo de la presente Resolución. Artículo 3º.- Incorporar las subpartidas del Anexo que forman parte del Convenio de Colaboración Interinstitucional suscrito entre el Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Salud y el Servicio Nacional de Sanidad Agraria en la Categoría de Riesgo Sanitario 2, la cual entrará en vigencia a partir de los 60 días calendarios contados desde la fecha de suscripción. Artículo 4°.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral N° 0015-2015-MINAGRI-SENASA-DSA de fecha 01 de setiembre de 2015. Artículo 5°.- El SENASA, a través de la Dirección de Sanidad Animal, podrá adoptar las medidas sanitarias complementarias a fi n de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL QUEVEDO VALLE Director General Dirección de Sanidad Animal ANEXO CATEGORIAS DE RIESGO DE MERCANCIAS PECUARIAS Nº SUBPARTIDA CODIGO DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO Categoría de riesgo 1 0101.21.00.00 Caballos reproductores de raza pura 5 2 0101.29.10.00 Caballos para carrera 5 3 0101.29.90.00 Los demás caballo 5 4 0101.30.00.00 Asnos 5 5 0101.90.00.00 Los demás mulos y burdéganos 5 6 0102.21.00.00 Bovinos domésticos reproductores de raza pura 5 7 0102.29.10.00 Bovinos domésticos para lidia 5 8 0102.29.90.00 Los demás bovinos domésticos 5 9 0102.31.00.00 Búfalos reproductores de raza pura 5 10 0102.39.00.00 Los demás búfalos 5 11 0102.90.00.00 Los demás bovinos 5 12 0103.10.00.00 Porcinos reproductores de raza pura 5 13 0103.91.00.00 Los demás porcinos de peso inferior a 50 kg 5 14 0103.92.00.00 Los demás porcinos de peso superior o igual a 50 kg 5 15 0104.10.10.00 Ovinos reproductores de raza pura 5 16 0104.10.90.00 Los demás ovinos 5 17 0104.20.10.00 Caprinos reproductores de raza pura 5 18 0104.20.90.00 Los demás caprinos 5 19 0105.11.00.00 Gallos y gallinas de las especies domésticas de peso inferior o igual a 185 g 5 20 0105.12.00.00 Pavos (gallipavos) de las especies domésticas de peso inferior o igual a 185 g 5 576675NORMAS LEGALESJueves 28 de enero de 2016 El Peruano / Nº SUBPARTIDA CODIGO DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO Categoría de riesgo 21 0105.13.00.00 Patos de las especies domésticas de peso inferior o igual a 185 g 5 22 0105.14.00.00 Gansos de las especies domésticas de peso inferior o igual a 185 g 5 23 0105.15.00.00 Pintadas de las especies domésticas de peso inferior o igual a 185 g 5 24 0105.94.00.00 Los demás gallos y gallinas de las especies domésticas 5 25 0105.99.00.00 Los demás patos, gansos, pavos (gallipavos) y pintadas de las especies domésticas 5 26 0106.11.00.00 Primates 5 27 0106.13.11.00 Llamas (Lama glama), incluidos los guanacos 5 28 0106.13.12.00 Alpacas (Lama pacus) 5 29 0106.13.19.00 Los demás camélidos sudamericanos 5 30 0106.13.90.00 Los demás camellos y camélidos (camelidae) 5 31 0106.14.00.00 Conejos y liebres 5 32 0106.19.00.00 Los demás mamíferos 5 33 0106.20.00.00 Reptiles (terrestres) 5 34 0106.31.00.00 Aves de rapiña 5 35 0106.32.00.00 Psitaciformes (incluidos los loros, guacamayos, cacatúas y demás papagayos) 5 36 0106.33.00.00 Avestruces, emúes (dromaius novaehollandiae) 5 37 0106.39.00.00 Las demás aves 5 38 0106.41.00.00 Abejas, vivas 5 39 0106.90.00.00 Los demás animales, vivos 5 40 0201.10.00.00 Carne de animales de la especie bovina en canales o medias canales, fresca o refrigerada 4 41 0201.20.00.00 Carne de animales de la especie bovina en los demás cortes (trozos) sin deshuesar, fresca o refrigerada, 4 42 0201.30.00.10 Carne de animales de la especie bovina deshuesada (cortes nos), fresca o refrigerada 4 43 0201.30.00.90 Las demás carnes de animales de la especie bovina deshuesada, fresca o refrigerada 4 44 0202.10.00.00 Carne de animales de la especie bovina en canales o medias canales, congelada 4 45 0202.20.00.00 Carne de animales de la especie bovina en los demás cortes (trozos) sin deshuesar, congelada 4 46 0202.30.00.10 Carne de animales de la especie bovina deshuesada en cortes nos, congelada 4 47 0202.30.00.90 Las demás carnes de animales de la especie bovina deshuesada, congelada 4 48 0203.11.00.00 Carne de animales de la especie porcina en canales o medias canales, fresca o refrigerada 4 49 0203.12.00.00 Piernas, paletas y sus trozos sin deshuesar de la especie porcina, fresca o refrigerada 4 50 0203.19.10.00 Carnes sin hueso de animales de la especie porcina, fresca o refrigerada 4 51 0203.19.20.00 Chuletas, costillas de animales de la especie porcina, fresca o refrigerada 4 52 0203.19.30.00 Tocino con partes magras de animales de la especie porcina, fresca o refrigerada 4 53 0203.19.90.00 Las demás carnes de la especie porcina, fresca o refrigerada 4 54 0203.21.00.00 Carne de animales de la especie porcina en canales o medias canales, congelada 4 55 0203.22.00.00 Piernas, paletas y sus trozos, sin deshuesar de la especie porcina, congelada 4 56 0203.29.10.00 Carne sin hueso de animales de la especie porcina, congelada 4 57 0203.29.20.00 Chuletas, costillas de animales de la especie porcina, congelada 4 Nº SUBPARTIDA CODIGO DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO Categoría de riesgo 58 0203.29.30.00 Tocino con partes magras de animales de la especie porcina, congelada 4 59 0203.29.90.00 Las demás carnes de animales de la especie porcina, congelada 4 60 0204.10.00.00 Canales o medias canales de cordero, frescas o refrigeradas 4 61 0204.21.00.00 Las demás carnes de animales de la especie ovina en canales o medias canales, frescas o refrigeradas 4 62 0204.22.00.00 Las demás carnes de animales de la especie ovina en cortes (trozos) sin deshuesar frescas o refrigeradas 4 63 0204.23.00.00 Las demás carnes de animales de la especie ovina deshuesadas, frescas o refrigeradas 4 64 0204.30.00.00 Canales o medias canales de cordero, congeladas 4 65 0204.41.00.00 Las demás carnes de animales de la especie ovina en canales o medias canales congeladas 4 66 0204.42.00.00 Las demás carnes de animales de la especie ovina en cortes (trozos) sin deshuesar, congeladas 4 67 0204.43.00.00 Las demás carnes de animales de la especie ovina deshuesadas, congeladas, 4 68 0204.50.00.00 A Carne de animales de la especie caprina sin deshuesar, fresca, refrigerada o congelada 4 69 0204.50.00.00 B Carne de animales de la especie caprina deshuesada, fresca, refrigerada o congelada 4 70 0205.00.00.00 A Carne de animales de las especies caballar, asnal o mular, sin deshuesar; fresca, refrigerada o congelada 4 71 0205.00.00.00 B Carne de animales de la especies caballar, asnal o mular, deshuesada o molida; fresca, refrigerada o congelada 4 72 0206.10.00.00 Despojos comestibles de la especie bovina, frescos o refrigerados 4 73 0206.21.00.00 Lenguas de la especie bovina, congelados 4 74 0206.22.00.00 Hígados de la especie bovina, congelados 4 75 0206.29.00.00 Los demás despojos comestibles de la especie bovina, congelados 4 76 0206.30.00.00 Despojos comestibles de la especie porcina, frescos o refrigerados 4 77 0206.41.00.00 Hígados de la especie porcina, congelados 4 78 0206.49.00.00 Los demás despojos comestibles de la especie porcina, congelados 4 79 0206.80.00.00 Los demás despojos comestibles de animales de la especie ovina, caprina, caballar, asnal o mular; frescos o refrigerados 4 80 0206.90.00.00 Los demás despojos comestibles de animales de la especie ovina, caprina, caballar, asnal o mular; congelados 4 81 0207.11.00.00 Carne de gallo o gallina, sin trocear, frescos o refrigerados 4 82 0207.12.00.00 Carne de gallo o gallina, sin trocear, congelados 4 83 0207.13.00.11 Cuartos traseros de gallo o gallina sin deshuesar, frescos o refrigerados 4 84 0207.13.00.12 Cuartos traseros de gallo o gallina deshuesado, frescos o refrigerados 4 85 0207.13.00.90 Los demás trozos y despojos de gallo o gallina, frescos o refrigerados 4 86 0207.14.00.10 Carne mecánicamente deshuesada de gallo o gallina, congelados 4 87 0207.14.00.21 Cuartos traseros sin deshuesar de gallo o gallina, congelados 4 88 0207.14.00.22 Cuartos traseros deshuesados de gallo o gallina, congelados 4 89 0207.14.00.90 Los demás trozos y despojos de gallo o gallina, congelados 4 90 0207.24.00.00 Carne de pavo (gallipavo) sin trocear, frescos o refrigerados 4 91 0207.25.00.00 Carne de pavo (gallipavo) sin trocear, congelados 4 576676 NORMAS LEGALES Jueves 28 de enero de 2016 / El Peruano Nº SUBPARTIDA CODIGO DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO Categoría de riesgo 92 0207.26.00.00 Trozos y despojos de carne de pavo (gallipavo), frescos o refrigerados 4 93 0207.27.00.00 Trozos y despojos de carne de pavo (gallipavo), congelados 4 94 0207.41.00.00 Carne sin trocear de pato, frescos o refrigerados 4 95 0207.42.00.00 Carne sin trocear de pato, congelados 4 96 0207.43.00.00 Hígados grasos de pato, frescos o refrigerados 4 97 0207.44.00.00 Las demás carnes y despojos comestibles de pato, frescos o refrigerados 4 98 0207.45.00.00 Las demás carnes y despojos comestibles de pato, congelados 4 99 0207.51.00.00 Carne sin trocear de ganso, frescos o refrigerados 4 100 0207.52.00.00 Carne sin trocear de ganso, congelados 4 101 0207.53.00.00 Hígados grasos de ganso, frescos o refrigerados 4 102 0207.54.00.00 Las demás carnes y despojos comestibles de ganso, frescos o refrigerados 4 103 0207.55.00.00 Las demás carnes y despojos comestibles de ganso, congelados 4 104 0207.60.00.00 Carne y despojos comestibles de pintadas; frescas, refrigeradas o congeladas 4 105 0208.10.00.00 Carne y despojos comestibles de conejo o liebre; frescas, refrigeradas o congeladas 4 106 0208.30.00.00 Carne y despojos comestibles de primates; frescas refrigeradas o congeladas 4 107 0208.50.00.00 Carne y despojos comestibles de reptiles; frescas, refrigeradas o congeladas (excepto las serpientes y tortugas de mar) 4 108 0208.60.00.00 Carne y despojos comestibles de camellos y demás camélidos (Camelidae); frescas, refrigeradas o congeladas 4 109 0208.90.00.00 Las demás carnes y despojos comestibles; frescas, refrigeradas o congeladas 4 110 0209.10.10.00 A Tocino sin partes magras de cerdo, frescos, refrigerados o congelados. 4 111 0209.10.10.00 B Tocino sin partes magras de cerdo salados o en salmuera secos o ahumados, excepto esterilizado 2 112 0209.10.90.00 A Las demás grasas de cerdo sin fundir ni extraer de otro modo; frescos, refrigerados o congelados 4 113 0209.10.90.00 B Las demas grasas de cerdo sin fundir, salados o en salmuera, secas o ahumados; excepto esterilizado 2 114 0209.90.00.00 A Las demás grasas de aves sin fundir ni extraer de otro modo frescos, refrigerados o congelados 4 115 0209.90.00.00 B Las demas grasas de aves, sin fundir ni extraer de otro modo, salados o en salmuera, secas o ahumados; excepto esterilizado 2 116 0210.11.00.00 Jamones, paletas y sus trozos, sin deshuesar de la especie porcina, salados o en salmuera, secos o ahumados; excepto esterilizado 2 117 0210.12.00.00 Tocino entreverado de panza (panceta) y sus trozos de la especie porcina; salados o en salmuera, secos o ahumados; excepto esterilizado 2 118 0210.19.00.00 Las demás carnes de la especie porcina; saladas o en salmuera, secas o ahumadas; excepto esterilizado 2 119 0210.20.00.00 Carne de la especie bovina; salada o en salmuera, seca o ahumada; excepto esterilizado 2 120 0210.91.00.00 Las demás carnes y despojos comestibles de primates; saladas o en salmuera, secas o ahumadas; excepto esterilizado 2 121 0210.93.00.00 Las demás carnes y despojos comestibles de reptiles (excepto las serpientes y tortugas de mar); saladas o en salmuera, secas o ahumadas; excepto esterilizado 2 Nº SUBPARTIDA CODIGO DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO Categoría de riesgo 122 0210.99.10.00 Harina y polvo comestibles, de carne o de despojos de animales, excepto los acuaticos y especies marinas. 3 123 0210.99.90.00 Las demas carnes y despojos comestibles, saladas o en salmuera, secas o ahumadas; excepto esterilizado 2 124 0401.10.00.00 Leche y nata (crema) sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, con un contenido de materias grasas inferior o igual al 1% en peso. Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 125 0401.20.00.00 Leche y nata (crema) sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, con un contenido de materias grasas superior al 1% pero inferior o igual al 6% en peso; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 126 0401.40.00.00 Leche y nata (crema) sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, con un contenido de materias grasas superior al 6% pero inferior o igual al 10%, en peso. 2 127 0401.50.00.00 Leche y nata (crema) sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, con un contenido de materias grasas superior al 10%, en peso; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 128 0402.10.10.00 Leche y nata (crema) concentrada o con adición de azúcar u otro edulcorante, en polvo, gránulos o demás formas sólidas con un contenido de materias grasas inferior o igual al 1,5% en peso; en envases de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 129 0402.10.90.00 Leches y nata (crema) concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante, en polvo, gránulos o demás formas sólidas con un contenido de materias grasas inferior o igual al 1,5% en peso; en envases de contenido superior a 2,5 kg; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 130 0402.21.11.00 Leche y nata (crema) en polvo gránulos o demás formas sólidas sin adición de azúcar u otro edulcorante, con contenido de materias grasas superior o igual a 26% en peso, sobre producto seco; en envases de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 131 0402.21.19.00 Leche y nata (crema) en polvo gránulos o demás formas sólidas sin adición de azúcar u otro edulcorante, con contenido de materias grasas superior o igual a 26% en peso, sobre producto seco; en envases de contenido superior a 2,5 kg; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 132 0402.21.91.00 Leche y nata (crema) en polvo gránulos o demás formas sólidas sin adición de azúcar u otro edulcorante con un contenido de materia grasa superior al 1,5 % en peso pero inferior al 26% en peso, sobre producto seco; en envases de contenido neto inferior o igual a 2,5kg; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 133 0402.21.99.00 Leche y nata (crema) en polvo, gránulos o demás formas sólidas sin adición de azúcar u otro edulcorante con un contenido de materia grasa superior al 1,5 % en peso pero inferior al 26% en peso, sobre producto seco en las demás formas de presentación; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 134 0402.29.11.00 Leche y nata (crema) en polvo granulo o demás formas sólidas con adición de azúcar u otro edulcorante, con contenido de materias grasas superior o igual a 26% en peso sobre producto seco en envases de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 576677NORMAS LEGALESJueves 28 de enero de 2016 El Peruano / Nº SUBPARTIDA CODIGO DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO Categoría de riesgo 135 0402.29.19.00 Leche y nata (crema) en polvo gránulos o demás formas sólidas con adición de azúcar u otro edulcorante, con contenido de materias grasas superior o igual a 26% en peso sobre producto seco, en las demás formas de presentación; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 136 0402.29.91.00 Leche y nata (crema) en polvo gránulo o demás formas sólidas con adición de azúcar u otro edulcorante, con contenido de materias grasas superior a 1,5% pero inferior a 26% en peso sobre producto seco, en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 137 0402.29.99.00 Leche y nata (crema) en polvo, gránulos o demás formas sólidas con adición de azúcar u otro edulcorante, con contenido de materias grasas superior a 1,5% pero inferior a 26% en peso sobre producto seco, en las demás formas de presentación; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 138 0402.91.90.00 Las demás leche y nata, sin adición de azúcar ni otro edulcorante; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 139 0402.99.90.00 Las demás leche y nata, con adición de azúcar u otro edulcorante; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 140 0404.10.10.00 Lactosuero parcial o totalmente desmineralizado; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 141 0404.10.90.00 Los demás lactosueros incluso concentrados o con adición de azúcar u otro edulcorante; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 142 0404.90.00.00 Los demás productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante, no expresados ni comprendidos en otra parte; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 143 0406.10.00.00 Queso fresco (sin madurar), incluido el del lactosuero, y requesón; Excepto enlatados, UHT o esterilizados. 2 144 0406.20.00.00 Queso de cualquier tipo, rallado o en polvo; Excepto enlatados, UHT o esterilizados. 2 145 0406.30.00.00 Queso fundido, excepto el rallado o en polvo; Excepto enlatados, UHT o esterilizados. 2 146 0406.40.00.00 Queso de pasta azul y demás quesos que presenten vetas producidas por Penicillium roqueforti; Excepto enlatados, UHT o esterilizados. 2 147 0406.90.40.00 Quesos con un contenido de humedad inferior al 50 % en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada; Excepto enlatados, UHT o esterilizados. 2 148 0406.90.50.00 Quesos con un contenido de humedad superior o igual al 50% pero inferior al 56 % en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada; Excepto enlatados, UHT o esterilizados. 2 149 0406.90.60.00 Quesos con un contenido de humedad superior o igual al 56 % pero inferior al 69 % en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada; Excepto enlatados, UHT o esterilizados. 2 150 0406.90.90.00 Quesos con un contenido de humedad superior o igual al 69 % en peso, calculado sobre una base totalmente desgrasada; Excepto enlatados, UHT o esterilizados. 2 151 0407.11.00.00 Huevos fecundados para incubación de gallina de la especie Gallus domesticus 5 152 0407.19.00.00 Los demas huevos fecundados para incubación de aves 5 Nº SUBPARTIDA CODIGO DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO Categoría de riesgo 153 0407.21.10.00 Huevos frescos de gallina de la especie Gallus domesticus para la producción de vacunas (libres de patogenos especí cos) 5 154 0407.21.90.00 Los demas huevos frescos de gallina de la especie Gallus domesticus 5 155 0407.29.10.00 Los demás huevos frescos de aves para la producción de vacunas (libres de patogenos especi cos) 5 156 0407.29.90.00 Los demás huevos frescos de aves 5 157 0408.19.00.00 Yemas de huevo de ave frescos, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante 2 158 0408.99.00.00 Huevos de ave sin cáscara (cascarón) frescos, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante. 2 159 0409.00.10.00 Miel de abeja en recipientes con capacidad superior o igual a 300kg, excepto las pasteurizadas 2 160 0409.00.90.00 Miel abeja en las demás formas de presentación, excepto las pasteurizadas 2 161 0410.00.00.00 Productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte 2 162 0501.00.00.00 Cabello en bruto de animales, incluso lavado o desgrasado; desperdicios de cabello 3 163 0502.10.00.00 Cerdas de cerdo o de jabalí y sus desperdicios 3 164 0502.90.00.00 Pelo de Tejón y demás pelos para cepillaría; desperdicios de dichas cerdas o pelos 3 165 0504.00.10.00 Estómagos de animales (excepto de pescado) enteros o en trozos, salados o en salmuera, secos o ahumados, frescos, refrigerados o congelados. 3 166 0504.00.20.00 Tripas de animales (excepto de pescado) enteros o en trozos, salados o en salmuera, secos o ahumados, frescos, refrigerados o congelados 3 167 0504.00.30.00 Vejigas de animales (excepto de pescado) enteros o en trozos, salados o en salmuera, secos o ahumados,frescos, refrigerados o congelados 3 168 0505.10.00.00 A Plumas (incluso recortadas) de las utilizadas para relleno, plumón; en bruto, limpiados, desinfectadas o preparados para su conservación. 3 169 0505.10.00.00 B Plumas (incluso recortadas) de las utilizadas para relleno, lavadas, desinfectadas y sometidas a tratamiento térmico. 2 170 0505.90.00.00 Las demás pieles y demás partes de aves con sus plumas o plumón; en bruto limpiados, desinfectados o preparados para su conservación; polvo y desperdicios de plumas o de partes de plumas 3 171 0506.90.00.00 Los demás huesos y núcleos córneos, en bruto, desgrasados, simplemente preparados (pero sin cortar en forma determinada), acidulados o desgelatinizados, polvo y desperdicios de estas materias. 3 172 0507.90.00.00 Las demás concha (caparazón) de tortuga (terrestre), cuernos, astas, cascos, pezuñas, uñas, garras y picos, en bruto o simplemente preparados, pero sin cortar en forma determinadas; polvo y desperdicios de estas materias 3 173 0511.10.00.00 Semen de bovino 5 174 0511.99.30.00 Semen animal (excepto de bovino) 5 175 0511.99.40.00 Embriones de animales 5 176 0511.99.90.90 Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte impropios para la alimentación humana 3 177 1501.20.00.00 Las demás grasas de cerdo. 3 178 1501.90.00.00 Las demás (grasa de ave). 3 576678 NORMAS LEGALES Jueves 28 de enero de 2016 / El Peruano Nº SUBPARTIDA CODIGO DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO Categoría de riesgo 179 1502.10.10.00 A Sebo desnaturalizado de las especies bovina, ovina o caprina. 3 180 1502.10.90.00 A Los demás sebos de animales de las especies bovina, ovina o caprina 4 181 1502.90.10.00 A Los demás grasas desnaturalizadas de animales de las especies bovina, ovina o caprina. 3 182 1502.90.90.00 Las demás grasas de animales de las especies bovina, ovina o caprina. 3 183 1505.00.10.00 Grasa de lana en bruto (suarda o suintina). 3 184 1505.00.99.00 A Las demás grasas de lana y sustancias grasas derivadas. 3 185 1506.00.90.00 Las demás grasas animales, y sus fracciones, incluso re nados, pero sin modi car químicamente 2 186 1516.10.00.00 Grasas y aceites animales y sus fracciones parcial o totalmente hidrogenado interesteri cados, reesteri cados o elaidinizados, incluso re nados pero sin preparar de otro modo. 2 187 1517.90.00.00 Mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites animales (excepto marinos), o de fracciones de diferentes grasas o aceites de este capítulo, excepto las grasas y aceites alimenticios y sus fracciones de la partida 1516 2 188 1521.90.10.00 A Cera de abejas 3 189 1522.00.00.00 Degrás; residuos procedentes del tratamiento de grasas o ceras animales 3 190 1601.00.00.00 Embutidos y productos similares de carne, despojos o sangre; preparaciones alimenticias a base de estos productos. Excepto enlatados 2 191 1602.10.00.00 Preparaciones homogenizadas de carne, despojos o sangre. Excepto enlatados 2 192 1602.20.00.00 Preparaciones y conservas de hígado de cualquier animal. Excepto enlatados 2 193 1602.31.10.00 Preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre de pavo (gallipavo) en trozos sazonados y congelados; excepto enlatados 2 194 1602.31.90.00 Preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre de pavo (gallipavo); excepto enlatados 2 195 1602.32.10.11 Preparaciones y conservas de cuartos traseros sin deshuesar de gallo o gallina, en trozos sazonados y congelados; excepto enlatados 2 196 1602.32.10.12 Preparaciones y conservas de cuartos traseros deshuesados de gallo o gallina, en trozos sazonados y congelados ; excepto enlatados 2 197 1602.32.10.90 Preparaciones y conservas de gallo o gallina, en trozos sazonados y congelados; excepto enlatados 2 198 1602.32.90.11 Preparaciones y conservas de cuartos traseros sin deshuesar de gallo o gallina; excepto enlatados 2 199 1602.32.90.12 Preparaciones y conservas de cuartos traseros deshuesados de gallo o gallina; excepto enlatados 2 200 1602.32.90.90 Preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre de gallo o gallina; excepto enlatados 2 201 1602.39.10.00 Preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre de aves de la partida 01.05 en trozos sazonados y congelados; excepto enlatados 2 202 1602.39.90.00 Preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre de aves; excepto enlatados 2 203 1602.41.00.00 Jamones y trozos de jamón de la especie porcina; excepto enlatados 2 204 1602.42.00.00 Paletas y trozos de paleta de la especie porcina; excepto enlatados 2 205 1602.49.00.00 A Preparaciones y conservas de procesamiento primario de carne, despojos o sangre de la especie porcina, incluido las mezclas. 3 Nº SUBPARTIDA CODIGO DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO Categoría de riesgo 206 1602.49.00.00 B Preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre de la especie porcina, incluidas las mezclas; excepto enlatados 2 207 1602.50.00.00 A Preparaciones y conservas de procesamiento primario de carne, despojos o sangre de la especie bovina. 3 208 1602.50.00.00 B Preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre de la especie bovina; excepto enlatados 2 209 1602.90.00.00 A Preparaciones y conservas de procesamiento primario de carne, despojos o sangre de cualquier animal (excepto de origen marino) 3 210 1602.90.00.00 B Preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre de cualquier animal (excepto origen marino); excepto enlatados 2 211 1603.00.00.00 Extractos y jugos de carne; excepto enlatados 2 212 1901.90.90.00 Las demás preparaciones a base de leche; Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 213 2106.10.19.00 Los demás concentrados de proteínas de origen animal (excepto proteínas de origen marino) 2 214 2106.10.20.00 Sustancias proteicas texturadas de origen animal (excepto proteínas de origen marino) 2 215 2106.90.99.00 Las demás preparaciones conteniendo productos de origen animal 2 216 2106.90.30.00 Hidrolizados de proteínas de origen animal para el consumo animal (excepto proteínas de origen marino) 3 217 2301.10.10.00 Chicharrones 2 218 2301.10.90.00 Harina, polvo y pellets, de carne o despojos impropios para la alimentación humana 3 219 2309.90.90.00 Las demás preparaciones alimenticias de origen animal para alimentación de los animales, que no contengan carne. 2 220 3002.90.10.00 Cultivos de microorganismos (excepto los lácticos) considerados exóticos para los animales 2 221 3002.90.90.00 A Sangre de origen animal para uso terapéutico, pro láctico o diagnóstico 2 222 3002.10.39.00 A Las demás fracciones de sangre de origen animal para alimentación animal 2 223 3101.00.10.00 Guano de aves marinas 3 224 3101.00.90.00 Abonos de origen animal, incluso mezclados entre sí o tratados químicamente y los procedentes de la mezcla o del tratamiento químico de productos de origen animal. (Excepto los abonos elaborados con pieles de animales) 2 225 3502.11.00.00 Ovoalbúmina seca; excepto las esterilizadas 2 226 3502.19.00.00 Las demás ovoalbúminas; excepto las esterilizadas 2 227 3502.20.00.00 Lactoalbúmina, incluidos los concentrados de dos o más proteínas del lactosuero. Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 228 3502.90.10.00 Las demás Albúminas;Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 229 3502.90.90.00 Los demás albuminatos y derivados de las albúminas;Excepto enlatados o tetrapac, UHT o esterilizados. 2 230 3503.00.10.00 A Gelatinas y sus derivados de pieles y cueros 2 231 3503.00.10.00 B Gelatinas de huesos de animales y sus derivados 3 232 35.03.00.20.00 Demás colas de origen animal 2 233 4101.20.00.00 A Cueros y pieles enteros de bovinos (incluido el búfalo) o de equino, frescos o salados verdes (húmedos) pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma, sin dividir, de peso unitario inferior o igual a 16 kg 4 576679NORMAS LEGALESJueves 28 de enero de 2016 El Peruano / Nº SUBPARTIDA CODIGO DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO Categoría de riesgo 234 4101.20.00.00 B Cueros y pieles enteros de bovinos (incluido el búfalo) o de equino, salados secos , pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma, incluso depilados o divididos, de peso unitario inferior o igual a 10 kg. 3 235 4101.20.00.00 C Cueros y pieles enteros de bovinos (incluido el búfalo) o de equino, encalados piquelados o conservados de otro modo, incluso depilados o divididos, de peso unitario inferior o igual a 08 Kg 2 236 4101.50.00.00 A Cueros y pieles enteros de bovinos (incluido el búfalo) o de equino, frescos o salados verdes (húmedos) pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma, sin dividir, de peso unitario superior a 16 kg 4 237 4101.50.00.00 B Cueros y pieles enteros en bruto de bovinos (incluido el búfalo) o de equino (salados, secos o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos, de peso unitario superior a 16 kg 3 238 4101.50.00.00 C Cueros y pieles enteros en bruto de bovinos (incluido el búfalo) o de equino (encalados piquelados), incluso depilados o divididos, con peso unitario superior a 16 kg 2 239 4101.90.00.00 A Los demás cueros y pieles enteros en bruto incluidos los crupones, medios crupones y faldas de bovinos (incluido el búfalo) o de equino (frescos), incluso depilados o divididos. 4 240 4101.90.00.00 B Los demás cueros y pieles enteros en bruto incluidos los crupones, medios crupones y faldas de bovinos (incluido el búfalo) o de equino (salados, secos o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos. 3 241 4101.90.00.00 C Los demás cueros y pieles enteros en bruto incluidos los crupones, medios crupones y faldas de bovinos (incluido el búfalo) o de equino (encalados piquelados), incluso depilados o divididos. 2 242 4102.10.00.00 A Cueros y pieles en bruto de ovinos (frescos) con lana 4 243 4102.10.00.00 B Cueros y pieles en bruto de ovinos (salados, secos o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma) con lana 3 244 4102.10.00.00 C Cueros y pieles en bruto de ovinos (encalados piquelados) con lana 2 245 4102.21.00.00 Cueros y pieles de ovinos piquelados, sin lana (depilados) 2 246 4102.29.00.00 A Las demás cueros y pieles en bruto de ovinos (frescos) sin lana (depilados) 4 247 4102.29.00.00 B Las demás cueros y pieles en bruto de ovinos (salados, secos, encalados o lana conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma) sin (depilados) 3 248 4102.29.00.00 C Las demás cueros y pieles en bruto de ovinos (encalados) sin lana (depilados) 2 249 4103.20.00.00 A Cueros y pieles en bruto, de reptil (frescos). 4 250 4103.20.00.00 B Cueros y pieles en bruto, de reptil (salados, secos conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma). 3 251 4103.20.00.00 C Cueros y pieles en bruto, de reptil (encalados, piquelados). 2 252 4103.30.00.00 A Cueros y pieles en bruto, de porcino (frescos), incluso depilados o divididos 4 253 4103.30.00.00 B Cueros y pieles en bruto, de porcino (salados, secos o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos 3 Nº SUBPARTIDA CODIGO DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO Categoría de riesgo 254 4103.30.00.00 C Cueros y pieles en bruto, de porcino (encalados, piquelados), incluso depilados o divididos 2 255 4103.90.00.00 A Los demás cueros y pieles en bruto (frescos), incluso depilados o divididos 4 256 4103.90.00.00 B Los demás cueros y pieles en bruto (salados, secos o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos 3 257 4103.90.00.00 C Los demás cueros y pieles en bruto (encalados, piquelados), incluso depilados o divididos 2 258 4206.00.20.00 A Tripas para embutidos 3 259 4206.00.90.00 Las demás manufacturas de tripas, vejiga o tendones 2 260 4301.10.00.00 Peletería en bruto de visón, enteras, incluso sin la cabeza cola o patas 3 261 4301.30.00.00 Peletería en bruto de cordero llamadas “Astracan”, “Breitschwanz”, “Caracul”, “Persa” o similares, de corderos de indias, de China, de Mongolia o del Tibet, enteras, incluso sin la cabeza cola o patas 3 262 4301.60.00.00 Peletería en bruto de zorro, enteras, incluso sin la cabeza cola o patas 3 263 4301.80.00.00 Las demás pieles en bruto enteras, incluso sin la cabeza cola o patas excepto las pieles en bruto de las partidas 41.01, 41.02 ó 41.03 3 264 4301.90.00.00 Cabezas, colas, patas y demás trozos utilizables en peletería 3 265 5101.11.00.00 Lana esquilada sucia o lavada 4 266 5101.19.00.00 Las demás lanas sucias o lavadas 4 267 5101.21.00.00 Lana desgrasada, sin carbonizar, esquilada 3 268 5101.29.00.00 Las demás lanas desgrasadas, sin carbonizar 3 269 5101.30.00.00 Lana carbonizada 3 270 5102.11.00.00 Pelo no de cabra de Cachemira, sin cardar ni peinar 4 271 5102.19.10.00 Pelo no de alpaca o de llama, sin cardar ni peinar 4 272 5102.19.20.00 Pelo no de conejo o liebre, sin cardar ni peinar 4 273 5102.19.90.00 Los demás pelos nos, sin cardar ni peinar 4 274 5102.20.00.00 Pelo ordinario, sin cardar ni peinar 4 275 5103.10.00.00 Borras del peinado de lana o pelo no 3 276 5103.20.00.00 Los demás desperdicios de lana o pelo no 3 277 5103.30.00.00 Desperdicios de pelo ordinario 3 278 5104.00.00.00 Hilachas de lana o de pelo no u ordinario 3 279 5105.10.00.00 Lana lavada cardada, excepto tops 2 280 5105.21.00.00 Lana lavada y peinada a granel, excepto tops 2 281 5105.29.90.00 Las demás lanas peinadas, excepto tops 2 282 5105.31.00.00 Pelo no cardado o peinado de cabra de cachemira, excepto tops 2 283 5105.39.10.00 Pelo no cardado o peinado de alpaca o de llama, excepto tops 2 284 5105.39.20.00 Pelo no cardado o peinado de vicuña, excepto tops 2 285 5105.39.90.00 Los demás pelos nos cardados o peinados, excepto tops 2 286 5105.40.00.00 Pelo ordinario cardado o peinado, excepto tops 2 287 9705.00.00.00 A Colecciones y especímenes para colección de zoología o anatomía o que tengan interés histórico, arqueológico, paleontológico, etnográ co o numismático. Excepto cuernos sin médula ósea 3 288 9705.00.00.00 B Colecciones y especímenes para colección de zoología o anatomía o que tengan sin interés histórico, arqueológico, paleontológico, etnográ co o numismático.Sólo cuernos sin médula ósea 2 576680 NORMAS LEGALES Jueves 28 de enero de 2016 / El Peruano Nº SUBPARTIDA CODIGO DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO Categoría de riesgo 289 9803.00.00.00 Muestras de mercancias pecuarias sin valor comercial. Excepto enlatados, UHT o esterilizados 2 290 9804.00.00.00 Mercancias pecuarias que cuentan con Resolucion Liberatoria o Nota Protocolar. Excepto enlatados, UHT o esterilizados 2 MERCANCIAS PECUARIAS DE LA CATEGORIA DE RIESGO 1 N° SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCION DEL PRODUCTO 1 0402.91.10.00 Leche evaporada sin adición de azúcar ni otro edulcorante. 2 0402.99.10.00 Leche condensada. 3 0403.10.00.20 Yogur, aromatizado o con frutas u otros frutos o cacao, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante 4 0403.10.00.90 Los demás yogurt 5 0403.90.10.00 Suero de mantequilla. 6 0403.90.90.10 Leche y nata cuajadas, ke r y demás leches y natas (crema), aromatizados o con frutas u otros frutos o cacao, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante. 7 0403.90.90.90 Las demás leches y natas ke r, fermentadas o acidi cadas, incluso concentradas con adición de azúcar u otro edulcorante 8 0405.10.00.00 Mantequilla (manteca de grasa de leche). 9 0405.20.00.00 Pastas lácteas para untar . 10 0405.90.20.00 Grasa láctea anhidra 11 0405.90.90.00 Las demás materias grasas de la leche. 12 0507.10.00.00 Mar l, polvo y desperdicios de mar l. 13 0510.00.10.00 Bilis, incluso desecada; glándulas y demás sustancias de origen animal utilizadas para la la preparación de productos farmacéuticos 14 0510.00.90.00 Las demás castóreo, algalia y almizcle para la preparación de productos farmacéuticos, frescos, refrigerados, congelados o conservados provisionalmente de otra forma 15 1503.00.00.00 Estearina solar, aceite de manteca de cerdo, oleoestearina, oleomargarina y aceite de sebo, sin emulsionar, mezclar ni preparar de otro modo. 16 1505.00.91.00 LANOLINA 17 1505.00.99.00 B Alcoho de la Lanolina y derivados de la Lanolina 18 1506.00.10.00 Aceite de pie de buey. 19 1702.11.00.00 Lactosa y jarabe de lactosa con un contenido de lactosa superior o igual al 99% en peso, expresado en lactosa anhidra, calculado sobre producto seco. 20 1702.19.10.00 Lactosa 21 1702.19.20.00 Jarabe de lactosa. 22 1702.90.90.00 Maltodextrina 23 1901.10.10.00 leche con formula para bebe 24 1901.90.20.00 Manjar blanco o dulce de leche 25 1901.90.90.00 Las demás preparaciones a base de leche. 26 1902.20.00.00 Pastas alimenticias rellenas de carne (excepto cárnicos de origen marino), incluso cocidas o preparadas de otra forma 27 1902.30.00.00 Las demas pastas alimenticias, excepto las que contienen carnicos de rumiantes 28 2103.90.90.00 Las demás preparaciones que no contengan carne. 29 2104.00.00.00 Preparaciones para sopas , potajes o caldos; sopas, potajes o caldos, preparados; preparaciones alimenticias compuestas homogenizadas. 30 2106.90.10.00 Founde Tigre y de Chocolate 31 2106.90.50.00 Mejoradores de pani cación a base de productos lácteos 32 2309.10.10.00 Alimentos para perros o gatos conteniendo productos de origen animal (excepto de origen marino) presentados en latas herméticas 33 2309.10.90.00 Alimentos para perros o gatos conteniendo productos de origen animal (excepto de origen marino) 34 2309.90.20.00 Premezcla a base de productos de origen animal excepto de origen marino (incluido lacteos). 35 2309.90.30.00 Sustitutos de leche para alimentación animal a base de productos lácteos. N° SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCION DEL PRODUCTO 36 3001.20.10.00 Extracto de hígado de origen animal para uso opoterápico, desecados, incluso pulverizados 37 3002.90.10.00 B Cultivos de microorganismos (incluidos los cultivos o fermentos lácticos) 38 3001.20.20.00 Extracto de bilis de origen animal para uso opoterápico, desecados, incluso pulverizados 39 3001.20.90.00 Los demás extractos de glándulas o de otros órganos o sus secreciones de origen animal para uso opoterápico, desecados, incluso pulverizados 40 3002.10.19.00 Los demas antisueros (sueros con anticuerpo) de origen animal, excepto los antisueros o dicos, antidiftericos y antitetanicos 41 3002.10.39.00 B Las demás fracciones de sangre de origen animal uso diagnostico e investigación 42 3101.00.90.00 Abonos de origen animal, incluso mezclados entre sí o tratados químicamente y los procedentes de la mezcla o del tratamiento químico de productos de origen animal. (Solo los abonos elaborados con pieles de animales) 43 3501.00.00.00 Caseina, caseinatos y demàs derivados de la caseina; colas de caseina. 44 3504.00.10.00 Peptonas y sus derivados; las demas materias proteinicas y sus derivados, no expresados y comprendidos en otra parte; polvo de cueros y pieles; incluso tratados al cromo 45 3504.00.90.00 Los demas, peptonas y sus derivados; las demas materias proteinicas y sus derivados, no expresados y comprendidos en otra parte; polvo de cueros y pieles; incluso tratados al cromo 46 3505, 3506, 3507 Dextrinas, colas enzimas 47 41.04, 41.05, 41.06, 41.07, 4112, 41.13, 41.14 y 41.15 Cueros y pieles 48 4205.00.90.10 Artículos, para usos técnicos, de cuero natural o cuero regenerado 49 4205.00.90.90 Los demás artículos de cuero natural o cuero regenerado 50 4206.00.10.00 Cuerdas de tripa 51 51.05.10.00.00 B Lana lavada cardada, solo tops 52 51.05.21.00.00 B Lana lavada y peinada a granel, solo tops 53 5105.29.10.00 Las demás lanas enrrolladas en bolas (tops) 54 51.05.29.90.00 B Las demás lanas peinadas, solo tops 55 51.05.31.00.00 B Pelo no cardado o peinado de cabra de cachemira, solo tops 56 51.05.39.10.00 B Pelo no cardado o peinado de alpaca o de llama, solo tops 57 51.05.39.20.00 B Pelo no cardado o peinado de vicuña, solo tops 58 51.05.39.90.00 B Los demás pelos nos cardados o peinados, solo tops 59 51.05.40.00.00 B Pelo no cardado o peinado, solo tops 60 96 Manufacturas diversas 61 0407.90.00.00 Los demás huevos de ave con cáscara (cascarón) cocidos 62 0506.10.00.00 Oseína y huesos acidulados. 63 1502.90.10.00 B Sebo desproteinado con contenido máximo de impurezas insolubles de 0,15% del peso y productos derivados del mismo. 1502.10.10.00 1502.10.90.00 1338842-1

Resolución Nº 003-2016-MINAGRI-SENASA-DSA ─ Categorías de riesgo de las mercancías pecuarias en función a la capacidad de vehiculizar agentes patógenos de enfermedades que representen riesgo para la sanidad animal · Nelum