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Laws of Peru

Resolución Ministerial Nº 155-2021-PRODUCE – aprueba el “Modelo de Gestión para Merados de Abastos Minoristas Competitivos”

Made 2021-06-03 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Peru
Subjects
Food and nutrition
Keywords
agricultural commodities, business/industry/corporations, consumer protection, cooperative/producer organization, disinfection/disinfestation, education, food safety and quality, inspection, internal trade, labour, local government, packaging/labelling, processing/handling, waste management
Categories
*

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  1. Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas en la siguiente dirección web: "https://edocumentostramite.produce.gob.pe/verificar/" e ingresar clave: RQSG901Q Ministerio de la Producción | Calle Uno Oeste Nº 060 - Urbanización Córpac - San Isidro - Lima | T. (511) 616 2222 | www.produce.gob.pe RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00155-2021-PRODUCE Lima, 03 de junio de 2021 VISTOS: El Memorando N° 00000631-2021-PRODUCE/DGDE, el Memorando N° 00000031 2021-PRODUCE/DAM y el Informe N° 00000013-2021-ADEL de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Memorando N° 00000590-2021-PRODUCE/DGPAR y el Informe N° 00000143-2021-PRODUCE/DN de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando N° 00000723-2021-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y el Informe N° 00000380-2021-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en su artículo 4, establece que los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo ejercen sus competencias exclusivas en todo el territorio nacional con arreglo a sus atribuciones y según lo disponga su normatividad específica y están sujetos a la política nacional y sectorial; Que, el Ministerio de la Producción es la autoridad competente en materia de industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; teniendo entre sus funciones dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, entre otros; conforme a lo establecido en el artículo 3 y el numeral 5.2 del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por Decreto Legislativo N° 1047; Que, de acuerdo al literal c) del artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 002-2017 PRODUCE, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria tiene como función proponer o aprobar normas, lineamientos, directivas, de alcance nacional sobre el desarrollo de las actividades vinculadas a la industria, MYPE, cooperativas y comercio interno, así como de las cadenas productivas, conglomerados, clúster, parques, áreas, zonas y espacios industriales , entre otros, vinculados al desarrollo industrial y productivo, en el ámbito de sus competencias; Que, de acuerdo con el artículo 1 del Decreto Supremo N° 345-2018-EF, se aprobó la Política Nacional de Competitividad y Productividad, la cual es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno; y cuenta con nueve (09) Objetivos http://www.produce.gob.pe/ Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas en la siguiente dirección web: "https://edocumentostramite.produce.gob.pe/verificar/" e ingresar clave: RQSG901Q Ministerio de la Producción | Calle Uno Oeste Nº 060 - Urbanización Córpac - San Isidro - Lima | T. (511) 616 2222 | www.produce.gob.pe Prioritarios, entre los que se encuentra el Objetivo Prioritario N° 6 denominado “Generar las condiciones para desarrollar un ambiente de negocios productivo”; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 237-2019-EF, se aprobó el Plan Nacional de Competitividad y Productividad, cuyo Objetivo Prioritario 6 denominado “Generar las condiciones para desarrollar un ambiente de negocios productivo”, tiene entre otros, la Medida Política 6.6 “Nuevo modelo de mercados de abastos”, que consiste en diseñar e implementar pilotos de mercados de abastos que cumplan con estándares de calidad en infraestructura, buenas prácticas, manejo de residuos sólidos, instalaciones y equipos complementarios, limpieza y seguridad, sanidad e inocuidad, los cual se deben realizar en diferentes regiones del Perú, tomando en consideración las condiciones geográficas, socio económicas y culturales de cada localidad; Que, mediante Resolución Suprema N° 021-2019-PRODUCE, se crea la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal para el Diseño de los Pilotos de Mercados de Abastos, en cuya Sesión N° 5 de fecha 27 de julio de 2020 se aprobó el “Informe Técnico Final que contiene la propuesta de Diseño de Pilotos de Mercados de Abastos” en el cual se definen los siguientes tres (03) componentes: i) Guía para la Gestión de Mercados de Abastos Competitivos, ii) Norma Técnica para el Diseño de Mercados de Abastos Minoritas y iii) Instrumentos para dotar de Competitividad a los Mercados de Abastos; Que, la Dirección de Desarrollo Empresarial, dependiente del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, propone la aprobación del “Modelo de Gestión de Mercados de Abastos Minoristas Competitivos”, que tiene como objetivo proponer lineamientos que permitan fortalecer la gestión de los mercados de abastos minoristas y que facilite su papel como motor de desarrollo comercial, social, económico, urbano y sostenible de las ciudades; Que, con la finalidad de generar una mayor productividad y beneficios económicos y sociales a las personas relacionadas con la gestión y operación de mercado de abastos, a través de una cultura de calidad e innovación en la atención al consumidor y en el manejo e inocuidad de los alimentos; resulta necesario aprobar el “Modelo de Gestión para los Mercados de Abastos Minoristas Competitivos”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; el Decreto Supremo N° 237-2019-EF, que aprueba el Plan Nacional de Competitividad y Productividad; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Modelo de Gestión para Mercados de Abastos Minoristas Competitivos”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- El “Modelo de Gestión para Mercados de Abastos Minoristas Competitivos” tiene carácter referencial y no es de aplicación obligatoria, por estar orientado al fortalecimiento de la gestión de los mercados de abastos minoristas con una visión de futuro. Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria efectúe las acciones necesarias para la promoción y http://www.produce.gob.pe/ Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas en la siguiente dirección web: "https://edocumentostramite.produce.gob.pe/verificar/" e ingresar clave: RQSG901Q Ministerio de la Producción | Calle Uno Oeste Nº 060 - Urbanización Córpac - San Isidro - Lima | T. (511) 616 2222 | www.produce.gob.pe difusión del “Modelo de Gestión para Mercados de Abastos Minoristas Competitivos”, aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR Ministro de la Producción http://www.produce.gob.pe/

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