Resolución de Dirección Ejecutiva RDE N⁰ D000202-2022-MIDAGRI-SERFOR-DE- Aprueban la “Estrategia Nacional para el Desarrollo de Bambú 2022-2025”
Made 2022-09-15 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Peru
- Subjects
- Forestry
- Keywords
- non-wood forest products, agro-forestry, sustainable use, internal trade, ecosystem conservation, decentralization, capacity building, business/industry/corporations, investment, forest management/forest conservation, forest species
- Categories
- *
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RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Servicio Forestal y de Fauna Silvestre, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: Url: https://sgd.serfor.gob.pe/validadorDocumental/ Clave: GVZXOHO VISTOS: El Informe Técnico N° D000201-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Memorando N° D000576-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe N° D000098-2022 MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OPR de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº D000498-2022-MIDAGRI SERFOR-GG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° D000133-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº D000518-2022-MIDAGRI-SERFOR GG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal N° D000350 2022-MIDAGRI-SERFOR-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 13 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI (ahora, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI); Que, el artículo 14 de la referida Ley, establece como funciones del SERFOR, entre otros, formular, proponer, conducir y evaluar las estrategias, planes y programas para la gestión sostenible del patrimonio forestal y de fauna silvestre de la Nación, y emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, en el marco de la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobada por Decreto Supremo N° 009-2013-MINAGRI se contempla, entre otros, en el literal e) del Lineamiento 1 del Eje de Política 1, la promoción e institucionalización de espacios y mecanismos de participación ciudadana, para fortalecer la gestión eficiente y sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como el control y vigilancia: custodios locales, vigilancia comunitaria, veedurías forestales, Comités de Gestión de Bosques, entre otros; asimismo, en los literales g) e i) del Lineamiento 2 del mismo Eje, se contempla el fortalecimiento de las capacidades de los actores públicos y privados, con el propósito de facilitar su participación informada y proactiva en la gestión forestal y de fauna silvestre, y el acceso a los mecanismos de asistencia técnica, transferencia tecnológica y recursos financieros, para el fortalecimiento de las capacidades nacionales, regionales y locales, en el marco de los acuerdos y convenios internacionales en materia forestal y de fauna silvestre; Que, a través de los literales e) y f) del Lineamiento 1 del Eje de Política 2 de la referida Política Nacional, se contempla la promoción del comercio de productos forestales y de fauna silvestre que cuenten con sistemas legales y sostenibles de aprovechamiento, comercialización y trazabilidad, entre otros; y la promoción del comercio de productos forestales y de fauna silvestre que cuenten con sistemas legales y sostenibles de aprovechamiento, comercialización y trazabilidad, entre otros; RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Servicio Forestal y de Fauna Silvestre, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: Url: https://sgd.serfor.gob.pe/validadorDocumental/ Clave: GVZXOHO Que, a través de los literales k) y l) del Lineamiento Único del Eje de Política 3 de la referida Política Nacional, se contempla el desarrollo y articulación de inversiones públicas y privadas forestales y de fauna silvestre, en zonas de pobreza y pobreza extrema, como uno de los soportes del desarrollo local, y el fomento de diversos mecanismos de apoyo y financiamiento público y privado que respondan a las necesidades de los productores forestales formales, incluyendo la asistencia técnica y la promoción de nuevos y mejores mercados; Que, a través del literal b) del Lineamiento 1 del Eje de Política 5 de la referida Política Nacional, se contempla la promoción de la investigación científica y tecnológica, como fundamentos para la conservación, manejo forestal y de fauna silvestre y el desarrollo de la industria nacional, facilitando su difusión adecuada y oportuna mediante la educación, capacitación y asistencia técnica; Que, el artículo 111 y 131 de la Ley, señala que el Estado promueve las plantaciones forestales con especies forestales sobre tierras que no cuenten con cobertura de bosques primarios ni bosques secundarios; facilita las condiciones necesarias para promover la instalación y manejo de plantaciones forestales con fines productivos, de protección y de recuperación de ecosistemas forestales en costa, sierra y selva; y promueve el desarrollo de las actividades forestales y de fauna silvestre a nivel nacional procurando su competitividad bajo un enfoque ecosistémico que genere mayores beneficios sociales y económicos; Que, el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, establece, entre otros, que el SERFOR se encarga de establecer las condiciones técnicas, normativas y administrativas; promover el acceso a servicios financieros, a mercados y mejorar las condiciones de competitividad del sector para la gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre; Que, asimismo, el Plan Nacional de Investigación Forestal y de Fauna Silvestre 2020 - 2030, aprobado por la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000109-2020-MINAGRI-SERFOR-DE, a través del Objetivo Estratégico 1, se contempla fortalecer la articulación entre los actores vinculados a la Ciencia, Tecnología e Innovación del sector forestal y de fauna silvestre; asimismo, a través del Objetivo Estratégico 3 se contempla el incrementar la transferencia tecnológica en el sector forestal y de fauna silvestre; Que, en el marco de lo expuesto, mediante el documento del Vistos, la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre manifiesta su conformidad al Informe Técnico N° D000201-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR de la Dirección de Política y Regulación y de la Dirección de Promoción y Competitividad, en el marco de sus funciones, proponen y sustentan la propuesta de “Estrategia Nacional para el Desarrollo del Bambú 2022 2025” señalando que el problema público identificado que motiva la formulación de la Estrategia es el débil desarrollo de la cadena productiva del bambú en el país, causado principalmente por la insuficiente promoción integral y sostenible de la cadena productiva del bambú; por lo cual sustentan la necesidad de contar con un documento estratégico que posibilite superar el problema identificado; asimismo, señalan que la implementación de la Estrategia estará a cargo de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, en virtud a sus funciones; Que, por su parte, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante el documento del Vistos, hace suyo el Informe N° D000098-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OPR, a través del cual la Oficina de Planeamiento y Racionalización, en el marco de sus funciones, otorga su opinión favorable a la propuesta “Estrategia Nacional para el Desarrollo del Bambú 2022-2025”; la misma que se encuentra alineada con la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre respecto al Eje RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Servicio Forestal y de Fauna Silvestre, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: Url: https://sgd.serfor.gob.pe/validadorDocumental/ Clave: GVZXOHO de Política 1. Institucionalidad y Gobernanza, al Eje de Política 2. Sostenibilidad, al Eje de Política 3. Competitividad, y al Eje de Política 5: Conocimientos, Ciencia y Tecnología; al Plan Nacional de Investigación Forestal y de Fauna Silvestre 2020 – 2030; asimismo, al Plan Estratégico Sectorial Multianual Actualizado – PESEM, 2015-2027, del Sector Desarrollo Agrario y Riego, respecto al Objetivo Estratégico 1, y al Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019-2024 del SERFOR, respecto al Objetivo Estratégico Institucional (OEI) 1; asimismo, señala que las acciones programadas en la Estrategia serán implementadas por los actores públicos y privados que participan en la Estrategia; Que, al respecto, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° D000133-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OP opinó que la implementación de las acciones previstas en la citada Estrategia se financiará con cargo al presupuesto institucional del SERFOR, en el marco de las Leyes Anuales de Presupuesto y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y respecto a las intervenciones previstas para otras entidades se financiará con cargo a los recursos y/o presupuestos de las entidades involucradas, según corresponda; Que, por su parte, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del documento del Vistos, señala que, en atención a lo propuesto por la Dirección de Promoción y Competitividad y por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y por la Oficina de Planeamiento y Racionalización y la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, se advierte que la propuesta es un instrumento de gestión vinculada a la gestión sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, elaborada en el marco de lo establecido de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015 MINAGRI; el Reglamento para la Gestión Sostenible de las Plantaciones Forestales y Sistemas Agroforestales, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2015-MINAGRI; por lo que resulta jurídicamente viable que el Director Ejecutivo del SERFOR en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional, conforme a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, emita el acto resolutivo que apruebe la propuesta “Estrategia Nacional para el Desarrollo del Bambú 2022-2025”; Que, en consecuencia, corresponde aprobar mediante Resolución Dirección Ejecutiva la “Estrategia Nacional para el Desarrollo del Bambú 2022-2025”; Con el visado del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal; el Decreto Supremo Nº 020-2015-MINAGRI que aprueba el Reglamento para la Gestión de Plantaciones Forestales y los Sistemas Agroforestales; y el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, y modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la “Estrategia Nacional para el Desarrollo del Bambú 2022-2025”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR la implementación de la “Estrategia Nacional para el Desarrollo del RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Servicio Forestal y de Fauna Silvestre, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: Url: https://sgd.serfor.gob.pe/validadorDocumental/ Clave: GVZXOHO Bambú 2022-2025”, debiendo informar a la Dirección Ejecutiva sobre los resultados de dicha gestión. Artículo 3.- Disponer se realice la notificación de la presente Resolución a la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, para su conocimiento y fines pertinentes Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así también, se publica la presente Resolución y sus Anexos en la sede digital del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR (https://www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese. Documento firmado digitalmente NELLY PAREDES DEL CASTILLO Directora Ejecutiva (e) SERVICIO NACIONAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE SERFOR https://www.gob.pe/serfor