Resolución de Dirección Ejecutiva N⁰ 134-2017-SERFOR/DE – Aprueba los “Modelos de contratos entre comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de recursos forestales”
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Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Forestry
- Keywords
- contracts, Indigenous Peoples, smallholders/peasants, community management, business/industry/corporations
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RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA NO J)34 - 2017-SERFOR/DE Lima, 2 4 MAYO 2017 VISTOS: El Informe Técnico N* 151-2016-SERFOR-DGPCFFS-DPR de fecha 26 de septiembre de 2016 y el Informe Técnico N* 031-2017-SERFOR-DGPCFFS-DPR de fecha 28 de marzo de 2016, emitidos por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y , de Fauna Silvestre; y el Informe Legal N* 88-2017-SERFOR-OGAJ de fecha 19 de mayo de 2017 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; / CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley N* 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de “+ Agricultura y Riego; Que, el artículo 14 de la referida Ley N* 29763, establece que una de las funciones del SERFOR, es a de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, dministración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; SES Que, el artículo 77 de la Ley, establece que es obligación del Estado para con los pueblos indígenas, de manera directa o a través de sus organizaciones representativas promover el fortalecimiento de sus capacidades de negociación con terceros; Que, el artículo 83 de la cita Ley, señala que a solicitud de la comunidad, el Estado, a través de la autoridad regional forestal y de fauna silvestre, asiste a la comunidad en la negociación de contratos con terceros; Que, en ese sentido el artículo 96 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado por Decreto Supremo N” 021-2015 MINAGRI, establece que el SERFOR, en coordinación con la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre - ARFFS, Ministerio de Cultura y las organizaciones representativas, aprueba modelos de contrato que contengan condiciones mínimas, los cuales pueden ser considerados en el proceso de contratación entre comunidades y terceros; Que, por otro lado, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N* 227-2016-SERFORI/DE de fecha 07 de octubre de 2016, se dispuso la prepublicación de la propuesta de "Modelos de contratos entre comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de recurso forestales”, con el propósito de recibir comentarios y/o aportes a las disposiciones contenidas en dicho proyecto normativo por un plazo de quince (15) dias hábiles; y que ello coadyuve a optimizar su aplicación y alcance; Que, en ese sentido y mediante los documentos de Vistos, el Director de Políticas y Regulación de la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, sustenta la propuesta normativa denominada "Modelos de contratos entre comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de recurso forestales”, que recoge los comentarios y/o aportes considerados pertinentes como consecuencia del proceso de participación ciudadana dispuesto mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N* 227-2016-SERFOR/DE, recomendando su aprobación, la cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoria Jurídica - OGAJ; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo N* 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; y las normas expedidas por dicha autoridad son aprobadas mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Con el visado del Director de la Dirección de Politica y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Dirección General de Politica y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley N* 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y sus modificatorias, el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N* 018-2015-MINAGRI, el Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades my, Campesinas, aprobado por Decreto Supremo N* 021-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N* 007-2013 <]MINAGRI, modificado por Decreto Supremo N” 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los “Modelos de contratos entre comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de recursos forestales”, los cuales podrian ser utilizados por las comunidades nativas o campesinas que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. La referida Resolución y los lineamientos serán publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuniquese y publíquese. John Leigh Vefter Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre “Modelos de contratos entre SERFOR comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los [| a recursos forestales” Página: 1 de 23 “Modelos de contratos entre comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales” Informes (Wserfor.gob.pe www.serfor.gob.pe “Modelos de contratos entre SERFOR : : comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales" Página: 2 de 23 ÍNDICE 1. MODELO DE CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN............... 3 tl MODELO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA. .cocccccccccnncn crono nc rana 10 III, MODELO DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS ....ooooccciocccccoccco 17 InformesBserfo!.gob:pe wen serfor gob.pe OS N % PY ¿EN > wep "Modelos de contratos entre SERE OR 0 comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales" Página: 3de23 MODELO DE CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN! (Este modelo de contrato puede ser utilizado cuando la comunidad requiera realizar el aprovechamiento forestal en asociación con un tercero) Conste por el presente documento, el Contrato de Asociación en Participación, que celebran de una parte LA COMUNIDAD............ , identificada con RUC NP -............, con domicilio legal en O ap rn rana razo , del sector/anexO ..ooomoocorcccoo ooo, distrito de ....................., Provincia de API departamento de .....................; debidamente representada por su Jefe(a), SOMA orion identificado(a) con DNINO occccccs. ,elegido(a) por acuerdo de Asamblea General de la Comunidad de fecha ............... inscrita en la partida registral NO ooo roo, del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de....................., quien en adelante se le denominará la COMUNIDAD ASOCIADA; y por la otra LA EMPRESA? 0 oooccoicccccoooo: , con RUC Niuciiónaaas con domicilio legal en ...............o..oo.. de la ciudad de ..ooooociocccccco so, distrito de ..................... , provincia de ............... , departamento de ........., debidamente representada por su gerente ............... SMA). cooocciccrcccnncnnnss , identificado con DNI (o Carnet de Extranjeria) NO ooo, cuyos poderes se encuentran inscritos en la partida registral Worms del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de ..............., a quien en adelante se le denominará la EMPRESA ASOCIANTE, en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES 1.1 DELA COMUNIDAD ASOCIADA La COMUNIDAD ASOCIADA es una persona jurídica, autónoma en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco de la legislación vigente. La COMUNIDAD ASOCIADA es titular del bien ubicado en el anexo .................. distrito VEIS y provincia ..................... departamento................... Inscrito en la Partida Registral NO iniiiioicoccciiiocaos , de la Oficina Registral de ..oooooocociocioccorcoo en donde están descritos los linderos y medidas perimétricas La COMUNIDAD ASOCIADA es titular del permiso (indicar código del permiso forestal) otorgado por (indicar la autoridad que otorgó el permiso). (Este párrafo se utiliza solo cuando la comunidad cuenta con un permiso a la firma del contrato) 1.2 DELA EMPRESA ASOCIANTE La EMPRESA ASOCIANTE, es una persona jurídica constituida bajo el régimen de.............., CUYO Objeto social principal es ....oooooncinconcccconccorosccrnss CLÁUSULA SEGUNDA: DEL OBJETO DEL CONTRATO 2.1. Por la suscripción del presente contrato la COMUNIDAD ASOCIADA y la EMPRESA ASOCIANTE se comprometen a asociarse con el objeto de realizar el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales maderables en las tierras de la COMUNIDAD ASOCIADA y la venta de los productos forestales resultantes, así como a distribuir de común acuerdo las ganancias y utilidades. ' Este modelo de contrato puede ser considerado por las comunidades y terceros:en su proceso de contratación, según lo dispuesto por el artículo 96 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Campesinas, aprobado por Decreto Supremo N” 021-2015-MINAGRI. * Sila comunidad nativa o comunidad campesina decide contratar con una persona natural, se debe adecuar este párrafo con la información de ésta. InformestWserfor.gob.pe www.serfor.gob,pe “Modelos de contratos entre SE REFOR comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales" Página: 4 de 23 2.2, El presente contrato de asociación en participación se establece en virtud de los artículos 438 al 444 de la Ley N” 26887, Ley General de Sociedades; adicionalmente se debe tener en cuenta las disposiciones generales para contratos previstas en el Código Civil. CLÁUSULA TERCERA: REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 3.1 Forman parte del presente contrato los documentos que deben presentarse como condición para su suscripción y que se detallan en los numerales siguientes. 3.2 Ala firma del contrato, la COMUNIDAD ASOCIADA debe presentar: Vigencia de poder actualizado del representante legal. Copia del DN] del representante legal, debidamente legalizado. Copia de la ficha RUC vigente de la COMUNIDAD ASOCIADA. Copia del Acta de la Asamblea que autoriza la suscripción del presente contrato. Copia de la Resolución N” (indicar número) que aprueba el permiso y plan de manejo. (Este literal se utiliza solo cuando la comunidad cuenta con dichos documentos) P Q o S » 3.3 Ala firma del contrato, la EMPRESA ASOCIANTE debe presentar:: a. Vigencia de poder actualizado del representante legal. b. Copia del DNI del representante legal, debidamente legalizado. c. Copia de la ficha RUC vigente de la EMPRESA ASOCIANTE. d, Carta fianza, CLÁUSULA CUARTA: DISTRIBUCIÓN DE LAS GANANCIAS Y UTILIDADES 4,1, La distribución de las ganancias o utilidades resultantes de la comercialización de los productos forestales materia del presente contrato será: (indicar porcentaje) % a favor de la COMUNIDAD ASOCIADA y (indicar porcentaje) % a favor de la EMPRESA ASOCIANTE. 4.2. Para el cálculo del volumen de madera rolliza puesta en patio de trozas u otro lugar acordado, se utilizará la "Tabla de cubicación de Smalian". La cubicación la realiza el personal capacitado ("cubicadores”) designados por ambas partes. CLÁUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES 5.1. Durante la vigencia del contrato, la COMUNIDAD ASOCIADA asume las siguientes obligaciones: a. Aportar los recursos forestales maderables que son materia del presente contrato, conforme al título habilitante otorgado y plan de manejo aprobado. b. Brindar el acceso al recurso forestal y las facilidades necesarias para que la EMPRESA ASOCIANTE realice las operaciones forestales programadas con el fin de cumplir el objeto del presente contrato. c. Emitir y entregar las guias de transporte forestal para el transporte del volumen de madera comprometido en el presente contrato, conforme a lo establecido en la cláusula décimo primera. d. Designar al regente forestal, el mismo que será contratado con fondos provistos por la EMPRESA ASOCIANTE. e. Autorizar a la EMPRESA ASOCIANTE, conforme al plan de manejo forestal, la construcción de vias de arrastre, rodeos, caminos de extracción y puentes; diseñados, planificados y consensuados con la COMUNIDAD ASOCIADA. (Anadir otras que se acuerden) Infotmes(Bserfor.gob.pe www.serfor.qob.pe 5:2. 5.3. 5.4. Cas us O, | comunidades nativas o campesinas con “Modelos de contratos entre SERFOR. ¡ z terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales” Página: 5 de 23 Durante la vigencia del contrato, la EMPRESA ASOCIANTE asume las siguientes obligaciones: a. Financiar la elaboración de los expedientes técnicos (incluye la información de trabajos de campo como censos, inventarios, procesamiento de la información, elaboración de documentos de gestión y su suscripción) necesarios para contar con el permiso correspondiente y/o la aprobación del plan de manejo. (Este literal se utiliza solo cuando la comunidad no cuenta con el permiso forestal y/o el plan de manejo) Financiar la contratación del Regente Forestal para elaborar y/o implementar los planes de manejo, así como los documentos de gestión forestal necesarios para la ejecución del presente contrato. Financiar y realizar las actividades de aprovechamiento forestal (tala, trozado, arrastre, carguío, transporte u otras), en el marco del presente contrato. Elaborar, socializar y consensuar el plan de negocio o documento que haga sus veces, con la COMUNIDAD ASOCIADA. Comercializar los productos forestales, conforme al plan de negocios o documento que haga sus veces, que como anexo forma parte del presente contrato. Informar escrita y oralmente en forma periódica a la COMUNIDAD ASOCIADA acerca de la ejecución del plan de negocios o documento que haga sus veces, así como rendir cuentas sobre el mismo. Entregar las ganancias y utilidades a la COMUNIDAD ASOCIADA, conforme a lo establecido en la cláusula cuarta. Contratar personal idóneo cumpliendo con las obligaciones laborales que por ley corresponden, priorizando la contratación de personal de la comunidad de acuerdo a las capacidades de éstas. Minimizar, reducir y reparar los daños que pudiera causar, aplicando para ello las consideraciones técnicas necesarias en caso se realicen obras como apertura de vía de acceso, puentes, alcantarillas, entre otros, que puedan afectar las tierras y la salud de la población de las comunidades. Realizar el aprovechamiento del bosque conforme a los planes de manejo forestal aprobados. Asumir los gastos administrativos y tributarios generados por el aprovechamiento de los recursos forestales, en el marco del presente contrato. Respetar los usos y costumbre de la comunidad nativa o comunidad campesina, debiendo elaborar un código de conducta para sus trabajadores. (Añadir otras que se acuerden) Durante la vigencia del contrato, ambas partes asumen las siguientes obligaciones: a. Elaborar el expediente técnico de los planes de manejo forestal, los que deben estar socializados y aprobados en asamblea general de la COMUNIDAD ASOCIADA. (Este literal se utiliza solo cuando la comunidad no cuenta con el permiso forestal y/o el plan de manejo) Designar al personal capacitado para la cubicación de los productos, quienes tendrán capacidad para determinar los descuentos por defectos en las trozas y otros. Legalizar sus firmas estampadas en el presente contrato, ante notario o juez de paz. Remitir una copia legalizada del presente contrato a la ARFFS, en un plazo no mayor alos 15 días hábiles de suscrito el contrato. Facilitar a las autoridades competentes el desarrollo de las actividades de control, supervisión y fiscalización. (Añadir otras que se acuerden) La EMPRESA ASOCIANTE tiene conocimiento que a la firma del presente contrato se constituye en responsable solidario de la COMUNIDAD ASOCIADA respecto a las obligaciones o compromisos asumidos en el presente contrato. Informes (Bserfor.qob.pe www.serfor.qob.pe “Modelos de contratos entre SERFOR comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales” Página: 6 de 23 CLÁUSULA SEXTA: INICIO DE OPERACIONES 6.1 La EMPRESA ASOCIANTE estará habilitada para iniciar las operaciones dirigidas al aprovechamiento forestal correspondiente, tala de árboles y/o extracción de madera, asi como la venta de productos forestales resultantes de ésta, en el marco del presente contrato, una vez (señal si es a la aprobación del plan de manejo o a la firma de presente contrato) 6.2 En caso que el aprovechamiento sea perjudicado por caso fortuito, fuerza mayor o demoras en la aprobación de los respectivos documentos por parte de la autoridad u otros que perjudiquen el inicio de las operaciones y fuera necesaria una ampliación del plazo de este contrato, ésta debe ser aprobada en asamblea comunal, suscribiendo una adenda al presente contrato. 6.3 La EMPRESA ASOCIANTE debe entregar a la COMUNIDAD ASOCIADA el plan de actividades, que incluye el balance de extracción respectivo, como parte del plan de negocio o documento que haga sus veces: CLÁUSULA SÉPTIMA: DE LA SUPERVISIÓN DE LAS OPERACIONES 7.1. La EMPRESA ASOCIANTE se compromete a mantener informada a la COMUNIDAD ASOCIADA sobre el desarrollo de las operaciones forestales. 7.2. La COMUNIDAD ASOCIADA, su representante o regente tendrán la facultad de inspeccionar, evaluar y supervisar las operaciones forestales generadas por la EMPRESA ASOCIANTE, como consecuencia del desarrollo de la actividad materia del presente contrato, 7.3. En caso la COMUNIDAD ASOCIADA tuviera observaciones o reclamos, podrá dejar constancia de ello en el acta correspondiente cuya copia será enviada a la EMPRESA ASOCIANTE para los respectivos descargos. De considerarlo, la COMUNIDAD ASOCIADA puede enviar copia del acta a las unidades técnicas de manejo forestal comunitario o la que haga sus veces en la ARFFS. CLÁUSULA OCTAVA: DEL PAGO DEL DERECHO DE APROVECHAMIENTO Las partes acuerdan que el pago del derecho de aprovechamiento estará a cargo de la EMPRESA ASOCIANTE. CLÁUSULA NOVENA: AFECTACIÓN A LOS RECURSOS 9,1. La EMPRESA ASOCIANTE y la COMUNIDAD ASOCIADA identifican el costo aproximado de los productos forestales provistos por la COMUNIDAD ASOCIADA que serán aprovechados en el marco del desarrollo de las operaciones del contrato. Dicho costo se adjunta al presente contrato. 9.2. En anexo adjunto al presente contrato se debe identificar el valor de compensación por afectación de áreas por derecho de vía, aprovechamiento de fauna y otros que pudieran acordarse. (Las partes deberán acordar la forma de hacer efecto la compensación) CLÁUSULA DÉCIMA: RESTRICCIONES PARA EL APROVECHAMIENTO 10.1. La COMUNIDAD ASOCIADA se compromete a no realizar aprovechamiento forestal igual o similar a las operaciones forestales acordadas con la EMPRESA ASOCIANTE, directa o Informes serfor.qub. pe www.serfor.qob.pe "Modelos de contratos entre SERFOR sE comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales” Página: 7de23 ey 3 indirectamente (a través de terceros) con fines comerciales, mientras dure la vigencia del contrato. 10.2. La EMPRESA ASOCIANTE se obliga, dentro del período de duración del presente contrato, a no realizar en forma individual o a través de terceros actividad empresarial idéntica o similar de la que es materia del presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: DE LAS GUIAS DE TRANSPORTE FORESTAL 11.1. La COMUNIDAD ASOCIADA, su representante o regente, es el emisor de la guía de transporte forestal, siendo el único facultado para su llenado y emisión, conforme a lo establecido en el artículo 107 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Campesinas, aprobado por Decreto Supremo N*021-2015 MINAGR!. 11.2. Ambas partes deberán designar a sus representantes para efectos de la entrega y recepción de las guías de trasporte correspondientes al volumen de madera comprometido a favor de la EMPRESA ASOCIANTE. 11.3. La EMPRESA ASOCIANTE debe presentar el balance, mediante un informe escrito y oral en asamblea comunal, de las guías y comprobantes de pago emitidas. CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: CAUSALES DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO Son causales de resolución del contrato, sin necesidad de intervención judicial, las siguientes: a. Atribuibles a la COMUNIDAD ASOCIADA: + Vender a terceras personas el producto forestal comprometido en el presente contrato, salvo que se hubiera resuelto el contrato. + Negarse a entregar oportunamente las guías de transporte forestal debidamente llenadas y firmadas, sin justificación alguna, cuando se trate del transporte de los volúmenes de madera comprometidos a favor de la EMPRESA ASOCIANTE. * Incumplir una o más obligaciones contempladas en el presente contrato. b. Atribuibles a la EMPRESA ASOCIANTE: e Paralizar el aprovechamiento de árboles por más de (indicar número de dias) días una vez aprobado el documento de gestión respectivo, por razones que no estén vinculadas a situaciones de caso fortuito o fuerza mayor. e Incumplir los plazos establecidos para el pago respectivo a la COMUNIDAD ASOCIADA en razón del aprovechamiento forestal. e Incumplir con las medidas ambientales detalladas y determinadas en la Evaluación de Impactos que contiene el Plan de Manejo. + Realizar aprovechamiento de árboles semilleros, fuera de la parcela de corta anual respectiva al documento de gestión aprobado; árboles con diámetros por debajo del mínimo de corta. e Realizar acciones que afecten de forma grave los usos y costumbre de la comunidad. * Incumplir una o más obligaciones contempladas en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Toda controversia suscitada entre las partes será sometida en primera instancia a la vía de acuerdo directo entre la EMPRESA ASOCIANTE y la COMUNIDAD ASOCIADA; en caso de no encontrar una solución satisfactoria, la controversia, diferencia o reclamación generada se someterá a la competencia jurisdiccional de los jueces de la provincia de (indicar provincia). Informes Bserfor.aob.pe www.serfor.qob.pe “Modelos de contratos entre SERFOR > $ E pp A comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los Si recursos forestales” Página: 8 de 23 CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO En garantía del cumplimiento de todas sus obligaciones la EMPRESA ASOCIANTE otorga una carta fianza por el (indicar porcentaje) Y del valor del plan de negocio o documento que haga sus veces, aprobado entre la EMPRESA ASOCIANTE y la COMUNIDAD ASOCIADA, el mismo que asciende al monto de (indicar valor en soles). La garantía es emitida por la entidad financiera de primer nivel inscrita en la Superintendencia Nacional de Banca, Seguros y AFPs (indicar nombre) mediante Carta NO oiniicicccccocos AR ECHA noir , debiendo ser renovada por la EMPRESA ASOCIANTE. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD SOLIDARIA La EMPRESA ASOCIANTE es responsable solidario con la COMUNIDAD ASOCIADA por el debido cumplimiento de la legislación forestal y de fauna silvestre. LA EMPRESA ASOCIANTE es responsable solidario respecto de las obligaciones o los compromisos asumidos en el contrato, pudiendo ser sujetos de infracción y sanción. Las partes acuerdan, que se asume la responsabilidad del pago de sanciones de carácter pecuniario respecto a las actividades forestales que se realicen a consecuencia de la firma del presente contrato, correspondiendo (indicar porcentaje) % a la EMPRESA ASOCIANTE y (indicar porcentaje) % a la COMUNIDAD ASOCIADA. Este acuerdo solo es vinculante entre las partes y no libera de la responsabilidad solidaria que tienen LA EMPRESA ASOCIANTE y LA COMUNIDAD ASOCIADA ante el Estado. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: ADMINISTRACIÓN DEL NEGOCIO La EMPRESA ASOCIANTE y la COMUNIDAD ASOCIADA declaran expresamente que corresponde a la EMPRESA ASOCIANTE la gestión, administración y realización del negocio materia del presente contrato. En tal sentido, la EMPRESA ASOCIANTE deberá proceder con la diligencia, prudencia, buena fe y lealtad de un ordenado comerciante. CLÁUSULA DÉCIMO SEPTIMA: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR De acuerdo al artículo 1315 del Código Civil el caso fortuito o la fuerza mayor es la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso. Para efectos de este contrato se comprende en esta definición a aquellas acciones del hombre o de las fuerzas de la naturaleza que no hayan podido ser evitadas obrando con el grado de cuidado y previsión requeridos y que afecten las operaciones de la COMUNIDAD ASOCIADA y de la EMPRESA ASOCIANTE, (Ambas partes acordarán la suspensión de actividades en los alcances del marco legal vigente) CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO El presente contrato de asociación en participación es de duración determinada. En ese sentido, el período de duración del presente contrato es desde su suscripción hasta el (indicar fecha de término del contrato). InformestOserfor.qob.pe www.serfor. gob. pe "Modelos de contratos entre SERFOR pS comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales” Página: 9 de 23 Z » $ Y CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES INDÍGENAS En el presente contrato participa la Federación u Organización Indígena (indicar nombre) a la que pertenece la COMUNIDAD ASOCIADA. La Federación u Organización Indígena está debidamente representada por su presidente (indicar nombre), quien firma como testigo. (Esta cláusula se coloca en caso participe en su suscripción la federación u organización indígena a la cual pertenece la comunidad asociada) CLÁUSULA VIGÉSIMA: LEGISLACION APLICABLE 20.1. El presente contrato está regido por la Ley N” 26887, Ley General de Sociedades. En armonía con la Ley anteriormente citado, las partes dejan constancia que el presente contrato de Asociación en Participación no genera la creación de una persona jurídica ni tampoco tiene razón social ni denominación alguna. En consecuencia ambas partes actuarán en nombre propio con respecto a las relaciones comerciales y tributarias que se originen a propósito del presente contrato. 20.2. En todo lo no previsto en el presente contrato, ambas partes se someten a lo establecido por la Ley N* 26887, Ley General de Sociedades, el Código Civil, Ley N* 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, sus normas reglamentarias, y demás normas de la legislación vigente que resulten aplicables. En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de (indicar nombre) alos (indicar día) días del mes de (indicar mes) de (indicar año). LA EMPRESA ASOCIANTE LA COMUNIDAD ASOCIADA FIRMA DE TESTIGOS FIRMA DE TESTIGO (Si lo creen conveniente) (Si lo creen conveniente) Informesfserfor.qob.pe www.serfor.gob.pe “Modelos de contratos entre SERFOR comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales" Página: 10 de 23 e D2) ES dls PAN MS MODELO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA? (Este modelo de contrato puede ser utilizado cuando la comunidad requiera vender árboles en pie o de árboles al pie del tocón. Debe escogerse una de las dos opciones.) Conste por el presente documento, el Contrato de Compra Venta (indicar si es de árboles en pie o árboles a pie del tocón), que celebran de una parte LA COMUNIDAD. coouniicccnccioco, identificada con RUC NL ccinoninincnono con domicilio legal € ....mmencmons+... , del SECHOFMÍANnexO coccorianccccnaoroos distrito de ................ cen PrOMINCIO: (dO- seccornnrccnercoronos departamento 1de cmmmii..oo. debidamente representada por su Jefe(a), señor(a) INEERAEREFR FIRES identificado(a) con DNI NC iii... Elegido (a) por acuerdo de Asamblea General de la Comunidad de fecha .........o..ooooocco.. inscrita en la partida registral N* PRO ansias», del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de....................., a quien en adelante se le denominará la COMUNIDAD VENDEDORA; y de otra parte, LA EMPRESA * - srronmerro CER ¡RUE NN? uo con domicilio legal en ÓN de la ciudad de ....................., distrito de ....................., Provincia de SAO departamento de ....................., debidamente representada por su gerente ARRE AN S (Ad cinco...) Identificado con DNI (o Carnet de Extranjeria) N* LOPERA cuyos poderes se encuentran inscritos en la partida registral NO ooo del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de ......o..m.o.m......, a quien en adelante se le denominará la EMPRESA COMPRADORA en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES 1.1. DE LA COMUNIDAD VENDEDORA La COMUNIDAD VENDEDORA es una persona jurídica, autónoma en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece. La COMUNIDAD VENDEDORA es titular del bien ubicado en el anexo 0... o PIOVINCIA ooccooconcioncco ron departamento. ..ooooconcccno oo. inscrito en la Partida Registral NC ooo , de la Oficina Registral de .........oooooccccomoo. en donde están descritos los linderos y medidas perimétricas. La COMUNIDAD VENDEDORA es titular del permiso de aprovechamiento forestal en tierras de Comunidades Nativas y Campesinas NO oidiciciniccincoos otorgada por la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre de ................ 1.2. DE LA EMPRESA COMPRADORA LA EMPRESA COMPRADORA, ha decidido comprar (indicar si es de árboles en pie o árboles a pie del tocón) provenientes del permiso (indicar código del permiso forestal otorgado por la autoridad a favor de la comunidad vendedora) otorgada por (indicar la autoridad que otorgó el permiso). ! Este modelo de contrato puede ser considerado por las comunidades y terceros en su procesa de contratación, según lo dispuesto por el articulo 96 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Campesinas, aprobado por Decreto Supremo N” 021-2015-MINAGRI. 3 Si la comunidad nativa o comunidad campesina decide contratar con una persona natural, se debe adecuar este párrafo con la información de ésta | InformesfOserfor.qób.pe | www.serfor.gob.pe [ z £ es LN “Modelos de contratos entre SERFOR : comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales” Página: 11de 23 l CLÁUSULA SEGUNDA: DEL OBJETO DEL CONTRATO Por la suscripción del presente contrato la COMUNIDAD VENDEDORA se obliga a vender a la EMPRESA COMPRADORA (indicar si es de árboles es en pie o a pie del tocón) de las especies descritas en el Anexo que forma parte del presente contrato (árboles objeto de la compra venta). CLÁUSULA TERCERA: REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 3.1 3.2 3.3 Forman parte del presente contrato los documentos que deben presentarse como condición para su suscripción y que se detallan en los numerales siguientes. A la firma del contrato, la COMUNIDAD VENDEDORA debe presentar: . Vigencia de poder actualizado del representante legal. . Copia del DNI del representante legal, debidamente legalizado. . Copia de la ficha RUC vigente de la COMUNIDAD VENDEDORA. . Copia del Acta de la Asamblea que autoriza la suscripción del presente contrato. . Copia de la Resolución N* (indicar número) que aprueba el permiso y plan de manejo. oO o C c 0 o 0 c 0 y A la firma del contrato, la EMPRESA COMPRADORA debe presentar:: a. Vigencia de poder actualizado del representante legal. b. Copia del DNI del representante legal, debidamente legalizado. c. Copia de la ficha RUC vigente de la EMPRESA COMPRADORA. d. Carta fianza. CLÁUSULA CUARTA: DEL MONTO A PAGAR 4.1, 4.2. 4.3. Las partes acuerdan que el monto total a pagar por los árboles que son materia del aprovechamiento del presente contrato (sea en pie y/o a pie del tocón) es (indicar el valor en soles, el cual debe ser determinado considerando el precio por metro cúbico rollizo y el volumen obtenido). La lista de precio por especie será propuesta por el regente y aprobada en Asamblea, siendo parte del presente contrato. Para el cálculo del volumen de madera rolliza, se utilizará la “Tabla de cubicación de Smalian", siendo la cubicación realizada por personal capacitado ("cubicadores”) de ambas partes. Cabe resaltar que los descuentos por defectos en las trozas y otros serán realizados previo acuerdo entre los cubicadores de ambas partes. CLÁUSULA QUINTA: DE LA FORMA DE PAGO 5.1. 82. Las partes acuerdan que el pago se realizará en moneda nacional. Asimismo, acuerdan que este se efectiviza por el monto (señalar si es total / parcial). De ser parcial se establecerá un cronograma de común acuerdo, que forma parte del presente contrato. La forma de pago podrá realizarse en efectivo y/o depósito a la cuenta corriente de la COMUNIDAD VENDEDORA, conforme al siguiente detalle: a. Cuando el pago se realice en efectivo, este será efectuado por la EMPRESA COMPRADORA a la COMUNIDAD VENDEDORA en asamblea general de la comunidad, debiendo emitir el comprobante de pago correspondiente, dejando constancia en el acta de asamblea general. InformesfHserfor.qob.pe www.:serfor.gob. pe "Modelos de contratos entre SERFOR: Las Y nd terri AAA comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales" Página: 12 de 23. o b. Cuando el pago se realice a través de depósito, la EMPRESA COMPRADORA depositará el monto del pago en la cuenta N* (indicar número) del Banco (indicar nombre) cuyo titular es la COMUNIDAD VENDEDORA. CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES 6.1 Durante la vigencia del contrato, la COMUNIDAD VENDEDORA asume las siguientes obligaciones: a. Entregar copia, del plan de manejo forestal y mapas de dispersión de las especies que serán sujetas a aprovechamiento en el marco del presente contrato y que figuran en el Anexo). (Este literal se utiliza solo cuando la venta es de árboles en pie) b. Implementar y monitorear las actividades que se realicen en el marco del plan de manejo forestal aprobado. c. Cumplir con las obligaciones establecidas en la resolución que otorga el permiso de aprovechamiento forestal (indicar código del permiso forestal). d. Emitir y entregar las guías de transporte forestal necesarias para el transporte de los productos aprovechados en el marco del presente contrato y que figuran en Anexo. e. Garantizar la participación del regente forestal en las actividades materia del presente contrato. f. Brindar las facilidades a la EMPRESA COMPRADORA para el ingreso de equipos, maquinarias y medios de transporte para la tala y/o retiro de las trozas cuando corresponda. g. Cumplir con lo establecido en la legislación forestal y de fauna silvestre, y demás normas ambientales vigentes. (Añadir otras que se acuerden) 6.2 Durante la vigencia del contrato, la EMPRESA COMPRADORA asume las siguientes obligaciones: a. Tumbar y extraer los árboles objeto de aprovechamiento de acuerdo al presente contrato y que figuran en Anexo. (Este literal se utiliza solo cuando la venta es de árboles en pie) b. Contar con mano de obra calificada, maquinaria y equipo forestal necesario, y medios para tumbar, extraer y transportar las especies forestales, materia del presente contrato, a fin de garantizar la correcta y oportuna ejecución de las actividades materia del presente contrato. (Este literal se utiliza solo cuando la venta es de árboles en pie) c. Extraer los árboles objeto de aprovechamiento de acuerdo al presente contrato y que figuran en Anexo. (Este literal se utiliza solo cuando la venta es de árboles a pie de tocón) d. Pagar a la COMUNIDAD VENDEDORA por los árboles aprovechados de acuerdo a la forma de pago establecida en el presente contrato. e. Cumplir con las disposiciones establecidas para el aprovechamiento de productos forestales de acuerdo al plan de manejo forestal aprobado y para el cumplimiento del objeto del presente contrato, tales como: e Construir vías de arrastre, rodeos, caminos de extracción y puentes; diseñados, planificados y consensuados con la COMUNIDAD VENDEDORA. e Realizar la corta de árboles utilizando las técnicas, maquinarias y equipos permitidos. e Utilizar medios de transporte permitidos. Tomar las acciones necesarias a fin de minimizar los impactos ambientales derivados del aprovechamiento de los productos forestales materia del presente contrato. Informes (Bserfor.aob.pe www.serfor.qob.pe "Modelos de contratos entre SERFOR y comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los | recursos forestales” Página: 13 de 23 e Prohibir al personal de la empresa la caza de animales silvestres, pesca, recolección de animales vivos, huevos, plumas, etc., que estuvieran restringidos. f. Asumir los gastos y operaciones que impliquen el aprovechamiento y/o el transporte de los árboles descritos en el Anexo que forma parte del presente contrato hacia el depósito o aserradero que la empresa disponga. g. Cumplir con las obligaciones laborales que por ley corresponden al personal contratado para las diferentes fases de aprovechamiento, así como también con la legislación de seguridad y salud en el trabajo. h. Proporcionar medios logísticos para garantizar la participación del regente y el representante forestal de la comunidad en las acciones de seguimientos, supervisión y monitoreo. ¡. Priorizar la contratación de personal de la comunidad, de acuerdo a las capacidades de éstas, en las actividades materia del presente contrato. j. Asumir las sanciones administrativas, pago de multas y amonestaciones como consecuencia de las infracciones y sanciones que se hayan impuesto por contravenir lo establecido en la legislación forestal y de fauna silvestre y que fueran atribuibles a la EMPRESA COMPRADORA. k. Entregar a la COMUNIDAD VENDEDORA un plan de actividades e informe de ejecución de las actividades de aprovechamiento materia del presente contrato, incluyendo el balance de extracción respectivo. |. En el caso, que las partes acuerden que el contrato sea suscrito adicionalmente por una organización representativa, esta deberá ser puesta de conocimiento de la misma. m. Cumplir con lo establecido en la legislación forestal y de fauna silvestre, y demás normas ambientales vigentes. (Añadir otras que se acuerden) 6.3 Para la firma del contrato, ambas partes asumen las siguientes obligaciones: a. Legalizar sus firmas estampadas en el presente contrato, ante notario o juez de paz. b. Remitir, una copia legalizada del presente contrato a la ARFFS, en un plazo no mayor alos 15 días hábiles de suscrito el contrato. (Añadir otras que se acuerden) 6.4 La EMPRESA COMPRADORA tiene conocimiento que a la firma del presente contrato se constituye en responsable solidario de la COMUNIDAD VENDEDORA respecto a las obligaciones o compromisos asumidos en el presente contrato. CLÁUSULA SÉPTIMA: CAUSALES DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO Son causales de resolución del contrato, sin necesidad de intervención judicial, las siguientes: a. Atribuibles a la COMUNIDAD ASOCIADA: + Vender a terceras personas el producto forestal comprometido en el presente contrato, salvo que se hubiera resuelto el contrato. + Negarse a entregar oportunamente las guías de transporte forestal debidamente llenadas y firmadas, sin justificación alguna, cuando se trate del transporte de los volúmenes de madera comprometidos a favor de la EMPRESA ASOCIANTE, * Incumplir una o más obligaciones contempladas en el presente contrato. b. Atribuibles a la EMPRESA ASOCIANTE: * No concluir con la tala y extracción de árboles acordados en el presente contrato. (Este literal se utiliza solo cuando la venta es de árboles en pie) + No concluir con la extracción de árboles acordados en el presente contrato. (Este literal se utiliza solo cuando la venta es de árboles a pie de tocón) InformestOserfor.gob.pe www.serfor.gob.pe Direct ¿7 Mos Mini a “Modelos de contratos entre SERFOR , comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales” Página: 14 de 23 e Paralizar el aprovechamiento de árboles por más de (indicar número de días) días, una vez firmado el presente contrato, que no estén vinculados a situaciones de caso fortuito o fuerza mayor. « Incumplir los plazos establecidos para el pago acordado entre las partes: + Causar daños ambientales detallados y determinados en la Evaluación de Impactos que contiene el Plan de Manejo. e Incumplir una o más obligaciones contempladas en el presente contrato. CLÁUSULA OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Toda controversia suscitada entre las partes será sometida en primera instancia a la via de conciliación verbal entre la COMUNIDAD VENDEDORA y la EMPRESA COMPRADORA; eén caso de no encontrar una solución satisfactoria, la controversia, diferencia o reclamación generada se someterá a la competencia jurisdiccional de los jueces de la provincia (indicar provincia), CLÁUSULA NOVENA: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR De acuerdo al artículo 1315 del Código Civil el caso fortuito o la fuerza mayor es la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso. Para efectos de este contrato se comprende en esta definición a aquellas acciones mayores a la acción del hombre o de las fuerzas de la naturaleza que no hayan podido ser evitadas obrando con el grado de cuidado y previsión requeridos y que afecten las operaciones. (Ambas partes acordaran suspender actividades en los alcances del marco legal vigente) CLÁUSULA DÉCIMA: DE LAS GUÍAS DE TRANSPORTE FORESTAL 10.1. La COMUNIDAD VENDEDORA, su representante o regente, es el emisor de la guía de transporte forestal, siendo el Único facultado para su llenado y emisión, conforme a lo establecido en el artículo 107 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Campesinas, aprobado por Decreto Supremo N* 021-2015 MINAGRI. 10.2. Ambas partes deberán designar a sus representantes para efectos de la entrega y recepción de las guías de trasporte correspondientes al producto forestal comprometido a favor de la EMPRESA COMPRADORA. 10.3. La EMPRESA COMPRADORA debe presentar el balance, mediante un informe escrito y oral en asamblea comunal, de las guías y comprobantes de pago emitidas. CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: INICIO DE OPERACIONES 11.1. La EMPRESA COMPRADORA estará habilitada para iniciar las operaciones dirigidas al aprovechamiento forestal correspondiente, a la firma del presente contrato. 11.2, En caso que el aprovechamiento sea perjudicado por caso fortuito o de fuerza mayor o demoras en la aprobación de los respectivos documentos por parte de la autoridad u otros que perjudiquen el inicio de las operaciones y fuera necesaria una ampliación del plazo de este contrato, ésta debe ser aprobada en asamblea comunal, suscribiendo una adenda al presente contrato. Informestdserfor.qob.pe wwwserfor.aob:pe "Modelos de contratos entre SERFOR ; comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales" Página: biela » PERÚ | Ministerio de Agricultura y Riego CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: DE LA SUPERVISIÓN DE LAS OPERACIONES 12.1 La EMPRESA COMPRADORA se compromete a mantener informada a la COMUNIDAD VENDEDORA sobre el desarrollo de las operaciones forestales. 12.2 La COMUNIDAD VENDEDORA, su representante o regente, tendrá la facultad de inspeccionar, evaluar y supervisar las operaciones forestales de la EMPRESA COMPRADORA, generadas como consecuencia del desarrollo de la actividad. 12.3 En caso la COMUNIDAD VENDEDORA tuviera observaciones o reclamos, podrá dejar constancia de ello en el acta correspondiente cuya copia será enviada a la EMPRESA COMPRADORA para los respectivos descargos. De considerarlo la COMUNIDAD VENDEDORA puede enviar copia del acta a las unidades técnicas de manejo forestal comunitario o la que haga sus veces en la ARFFS. 12.4 La EMPRESA COMPRADORA y la COMUNIDAD VENDEDORA son responsables solidarios del cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato para con el Estado. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO En garantía del cumplimiento de todas sus obligaciones la EMPRESA COMPRADORA otorga una carta fianza por el (indicar porcentaje) % del valor del plan de negocio o documento que haga sus veces, aprobado entre la EMPRESA COMPRADORA y la COMUNIDAD VENDEDORA, el mismo que asciende al monto de (indicar valor en soles). La garantía es emitida por la entidad financiera de primer nivel inscrita en la Superintendencia Nacional de Banca, Seguros y AFPs (indicar nombre) mediante Carta ÑN? ooo... oo. DETOCHA comimos , debiendo ser renovada por la EMPRESA COMPRADORA. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD SOLIDARIA La EMPRESA COMPRADORA es responsable solidario con la COMUNIDAD VENDEDORA por el debido cumplimiento de la legislación forestal y de fauna silvestre. LA EMPRESA COMPRADORA es responsable solidario respecto de las obligaciones o los compromisos asumidos en el contrato, pudiendo ser sujetos de infracción y sanción. Las partes acuerdan, que se asume la responsabilidad del pago de sanciones de carácter pecuniario respecto a las actividades forestales que se realicen a consecuencia de la firma del presente contrato, correspondiendo (indicar porcentaje) % a la EMPRESA COMPRADORA y (indicar porcentaje) % a la COMUNIDAD VENDEDORA. Este acuerdo solo es vinculante entre las partes y no libera de la responsabilidad solidaria que tienen LA EMPRESA COMPRADORA y LA COMUNIDAD VENDEDORA ante el Estado. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO El presente contrato de asociación en participación es de duración determinada. En ese sentido, el período de duración del presente contrato es desde su suscripción hasta el (indicar fecha de término del contrato). CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES INDIGENAS En el presente contrato participa la Federación u Organización Indigena (indicar nombre) a la que pertenece la COMUNIDAD VENDEDORA. La Federación u Organización Indigena está debidamente representada por su presidente (indicar nombre), quien firma como testigo. InformesOserfor.gob.pe www.serfor.qob:pe “Modelos de contratos entre SERFOR. comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales” Página: 16 de 23 (Esta cláusula se coloca en caso participe en su suscripción la federación u organización indigena a la cual pertenece la comunidad asociada) En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de (indicar nombre) a los (indicar día) días del mes de (indicar mes) de (indicar año). LA COMUNIDAD VENDEDORA LA EMPRESA COMPRADORA FIRMA DE TESTIGOS FIRMA DE TESTIGO (Si lo creen conveniente) (Si lo creen conveniente) informestserfor:qob.pe www.serforigob.pe “Modelos de contratos entre SERFOR E comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales" Página: 17 de 23 A MODELO DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS* (Este modelo de contrato puede ser utilizado cuando la comunidad requiera contratar los servicios de un tercero.) Conste por el presente documento, el Contrato de Locación de Servicios que celebran de una partes LA¡GCOMUNIDAD:. o. 05m identificada con RUC NO ocicccccccinccooos , con domicilio legal eN coconncncicccanoos , del sector/anexO ..oooconcococcccocco 0, distrito de -..ooooononnncco...., provincia Da , departamento de cc debidamente representada por su Jefe(a), o identificado(a) con DNINO iccicicciaccios , elegido (a) por acuerdo de Asamblea General de la Comunidad de fecha .............o....... inscrita en la partida registral N* AN , del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de....................., A quien en adelante se le denominará EL COMITENTE; y de otra parte, LA EMPRESAS UNNE con RUCNO nnniciio roo: ., CON domicilio legal en ..................... dela ciudad Oreiro distrito de ...ooooocoocccc coo... y Provincia de +.0ococcconocoroonos , departamento de AN debidamente representada por su gerente ...mm.<.m.......... Sr (a). RASTAS , identificado con DNI (o Carnet de Extranjeria) N? ....................., CUYOS poderes se encuentran inscritos en la partida registral NO o... del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de ...........m......... , a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES 1.1 DEL COMITENTE El COMITENTE es una persona jurídica, autónoma en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, asi como en lo económico y administrativo, dentro del marco de la legislación vigente. El COMITENTE es titular del bien ubicado en el anexo ........cooc..o... USUAL arremete PIOVINGCÍA ii departamento. c.o.cccoc ooo inscrito en la Partida Registral NO IA , de la Oficina Registral de ........................ en donde están descritos los linderos y medidas perimétricas El COMITENTE es titular del permiso (indicar código del permiso forestal) otorgado por (indicar la autoridad que otorgó el permiso), (Este párrafo se utiliza solo cuando la comunidad cuenta con un permiso a la firma del contrato) 1.2 DEL LOCADOR La LOCADOR es una persona jurídica constituida bajo el régimen de............... cuyo objeto social principal €sS ...........oooororocornccononorno: CLÁUSULA SEGUNDA: DEL OBJETO DEL CONTRATO 2.1. Por la suscripción del presente contrato el COMITENTE, al amparo de lo establecido en los art. 1764" y siguientes del Código Civil, contrata los servicios del LOCADOR, para que éste realice la actividad de (definir el servicio, por ejemplo, elaboración del plan de manejo forestal, tala de árboles, extracción de madera hasta la puesta en patio de acopio u otro lugar de almacenamiento, transporte, etc.). (En caso el servicio a contratar consista en la * Este modelo de contrato puede ser considerado por las comunidades y terceros en su proceso de contratación, según lo dispuesto por el articulo 96 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Campesinas, aprobado por Decreto Supremo N” 021-2015-MINAGRI, * Sila comunidad nativa o comunidad campesina decide contratar con una persona natural, se debe adecuar este párrafo con la información de esta. informes Oserfor.qob.pe www.serfor.gob:pe “Modelos de contratos entre SERE OR comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales” Página: 18 de 23 ¿tura y Riego tala de árboles y extracción de madera, se debe consignar que la implementación del servicio debe cumplir las obligaciones del permiso forestal y plan de manejo correspondiente). 2.2. ElLOCADOR debe prestar personalmente el servicio, aun con auxiliares y sustitutos bajo su propia dirección y responsabilidad. CLÁUSULA TERCERA: REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 3.1 Forman parte del presente contrato los documentos que deben presentarse como condición para su suscripción y que se detallan en los numerales siguientes. 3.2 Ala firma del contrato, el COMITENTE debe presentar: Vigencia de poder actualizado del representante legal. Copia del DNI del representante legal, debidamente legalizado. Copia de la ficha RUC vigente del COMITENTE. Copia del Acta de la Asamblea que autoriza la suscripción del presente contrato. Copia de la Resolución N” (indicar número) que aprueba el permiso y plan de manejo. (Este literal se utiliza solo cuando la comunidad cuenta con dichos documentos) D a p u m 3.3 Ala firma del contrato, el LOCADOR debe presentar: Vigencia de poder actualizado del representante legal. Copia del DNI del representante legal, debidamente legalizado. Copia de la ficha RUC vigente del LOCADOR. Carta fianza. a n o CLÁUSULA CUARTA: DEL MONTO A PAGAR 4.1. Como contraprestación por los servicios que el LOCADOR realice a favor del COMITENTE, se fija de común acuerdo una retribución económica dineraria de S/. (indicar monto) o su equivalente en madera, conforme al precio por metro cúbico de madera rollizo y el volumen obtenido. 4.2. Para el pago equivalente en madera se considerará el precio por metro cúbico rollizo, según la lista de precio por especie aprobada en Asamblea y que se adjunta el presente contrato. Asimismo, para el cálculo del volumen de madera rolliza, se utilizará la "Tabla de Cubicación de Smalian”. Siendo la cubicación realizada por personal capacitado ("cubicadores”) de ambas partes. Cabe resaltar que los descuentos por defectos en las trozas y otros serán realizados previo acuerdo entre los cubicadores de ambas partes. (Esta numeral se incluye solo si el servicio se pagará con madera) CLÁUSULA QUINTA: DE LA FORMA DE PAGO 5.1. Las partes acuerdan que el pago por retribución económica dineraria se realizará en moneda nacional. Asimismo, acuerdan que este se efectiviza por el monto (señalar sí es total / parcial). De ser parcial se establecerá un cronograma de común acuerdo, que forma parte del presente contrato. (Esta numeral se incluye solo si el servicio se pagará con dinero) 5.2: La forma de pago por retribución económica dineraria podrá realizarse en efectivo y/o depósito:a la cuenta corriente del LOCADOR, conforme al siguiente detalle: a. Cuando el pago se realice en efectivo, este será efectuado por el COMITENTE al LOCADOR en asamblea general de la comunidad, debiendo emitir el comprobante de pago correspondiente, dejando constancia en el acta de asamblea general. Informes Giserfor.qob.pe www,serfor:qob.pe “Modelos de contratos entre SERFOR E comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales” Página: 19 de 23 5:3. b, Cuando el pago se realice a través de depósito, la COMITENTE depositará el monto del pago en la cuenta N” (indicar número) del Banco (indicar nombre) cuyo titular es el LOCADOR. (Esta numeral se incluye solo si el servicio se pagará con dinero) Las partes acuerdan que el pago en madera se realizará conforme se realice la extracción de los árboles aprobados en el correspondiente plan de manejo. (Esta numeral se incluye solo si el servicio se pagará con madera) CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES 6.1 6.2 Durante la vigencia del contrato, el COMITENTE asume las siguientes obligaciones: a. b. f. Cumplir con el pago por los servicios prestados por el LOCADOR, en la forma y plazos acordados en el presente contrato. Entregar copia, del plan de manejo forestal y mapas de dispersión de las especies que serán sujetas a aprovechamiento en el marco del presente contrato y que figuran en el Anexo). (Este literal se utiliza solo cuando se considere necesario para el cumplimiento del servicio por parte del LOCADOR) Emitir y entregar las guías de transporte forestal necesarias para el transporte de los productos aprovechados en el marco del presente contrato y que figuran en Anexo. (Este literal se utiliza solo cuando el pago por los servicios será en madera) Garantizar la participación del regente forestal en las actividades materia del presente contrato. (Este literal se utiliza solo cuando se considere necesario para el cumplimiento del servicio por parte del LOCADOR) Brindar las facilidades al LOCADOR para el ingreso de equipos, maquinarias y medios de transporte para la tala y/o retiro de las trozas cuando corresponda. (Este literal se utiliza solo cuando se considere necesario para el cumplimiento del servicio por parte del LOCADOR) Cumplir con lo establecido en la legislación forestal y de fauna silvestre, y demás normas ambientales vigentes. (Añadir otras que se acuerden) Durante la vigencia del contrato, el LOCADOR asume las siguientes obligaciones: a. b. C. Cumplir con servicio objeto del presente contrato. Contar con mano de obra calificada, maquinaria y equipo forestal necesario, a fin de garantizar la correcta y oportuna ejecución del servicio objeto del presente contrato. Cumplir con las obligaciones laborales que por ley corresponden al personal contratado para la realización del servicio objeto del presente contrato, así como también, cumplir con la legislación de seguridad y salud en el trabajo. Priorizar la contratación de personal de la comunidad, de acuerdo a las capacidades de éstas, en las actividades materia del presente contrato. Asumir las sanciones administrativas, pago de multas y amonestaciones como consecuencia de las infracciones y sanciones que se hayan impuesto por contravenir lo establecido en la legislación forestal y de fauna silvestre y que fueran atribuibles al LOCADOR. Tumbar y extraer los árboles objeto de aprovechamiento de acuerdo al presente contrato y que figuran en Anexo. (Este literal se utiliza solo cuando sea necesario para el cumplimiento del servicio por parte del LOCADOR) | InformesEserfor.qob.pe www.serfor.qob.pe "Modelos de contratos entre SERE OR : comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales" Página: 20 de 23 g. Cumplir con las disposiciones establecidas para el aprovechamiento de productos forestales de acuerdo al plan de manejo forestal aprobado y para el cumplimiento del objeto del presente contrato, tales como: e Construir vías de arrastre, rodeos, caminos de extracción y puentes; diseñados, planificados y consensuados con el COMITENTE. e Realizar la corta de árboles utilizando las técnicas, maquinarias y equipos permitidos. Utilizar medios de transporte permitidos. Tomar las acciones necesarias a fin de minimizar los impactos ambientales derivados del aprovechamiento de los productos forestales materia del presente contrato, e Prohibir al personal de la empresa la caza de animales silvestres, pesca, recolección de animales vivos, huevos, plumas, etc., que estuvieran restringidos. (Este literal se utiliza solo cuando sea necesario para el cumplimiento del servicio por parte del LOCADOR) h. Proporcionar medios logísticos para garantizar la participación del regente y el representante forestal de la comunidad en las acciones de seguimientos, supervisión y monitoreo. (Este literal se utiliza solo cuando sea necesario para el cumplimiento del servicio por parte del LOCADOR) ¡. Entregar al COMITENTE un plan de actividades e informe de ejecución de las actividades de aprovechamiento materia del presente contrato, incluyendo el balance de extracción respectivo. (Este literal se utiliza solo cuando sea necesario para el cumplimiento del servicio por ) parte del LOCADOR) rl j. En el caso, que las partes acuerden que el contrato sea suscrito adicionalmente por una organización representativa, esta deberá ser puesta de conocimiento de la misma. ] k. Cumplir con lo establecido en la legislación forestal y de fauna silvestre, y demás A normas ambientales vigentes. (Añadir otras que se acuerden) 6.3 Durante la vigencia del contrato, ambas partes asumen las siguientes obligaciones: a. Legalizar sus firmas estampadas en el presente contrato, ante notario o juez de paz. b. Remitir, una copia legalizada del presente contrato a la ARFFS, en un plazo no mayor alos 15 días hábiles de suscrito el contrato. (Añadir otras que se acuerden) 6.4 El LOCADOR tiene conocimiento que a la firma del presente contrato se constituye en / a responsable solidario del COMITENTE respecto a las obligaciones o compromisos ¡ AN asumidos en el presente contrato. CLÁUSULA SÉPTIMA: CAUSALES DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO Son causales de resolución del contrato, sin necesidad de intervención judicial, las siguientes: a. Atribuibles a la COMUNIDAD ASOCIADA: * Incumplir los plazos establecidos para el pago acordado al LOCADOR. e Vender a terceras personas el producto forestal comprometido en el presente contrato, salvo que se hubiera resuelto el contrato. (Esta viñeta se incluye solo si el servicio se pagará con madera) * Negarse a entregar oportunamente las guías de transporte forestal debidamente llenadas y firmadas, sin justificación alguna, cuando se trate del transporte de los volúmenes de madera comprometidos a favor del LOCADOR. (Esta viñeta se incluye solo si el servicio se pagará con madera) InformesOserfor.gob. pe www.serfor.qob.pe "Modelos de contratos entre SERFOR Ñ comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales" Página: 21 de 23 EAN) + Incumplir una o más obligaciones contempladas en el presente contrato. b. Atribuibles a la EMPRESA ASOCIANTE: + No cumplir con el servicio objeto del presente contrato. + No concluir con la tala y extracción de árboles acordados en el presente contrato. (Este literal se utiliza en caso la acción sea parte del servicio) + Paralizar el aprovechamiento de árboles por más de (indicar número de días) días, una vez firmado el presente contrato, que no estén vinculados a situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, (Este literal se utiliza en caso la acción sea parte del servicio) + Causar daños ambientales detallados y determinados en la Evaluación de Impactos que contiene el Plan de Manejo. + No cumplir con el plan de manejo forestal aprobado. (Este literal se utiliza en caso la acción sea parte del servicio) * Incumplir una o más obligaciones contempladas en el presente contrato. CLÁUSULA OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Toda controversia suscitada entre las partes será sometida en primera instancia a la vía de conciliación verbal entre el COMITENTE y el LOCADOR; en caso de no encontrar una solución satisfactoria, la controversia, diferencia o reclamación generada se someterá a la competencia jurisdiccional de los jueces de la provincia (indicar provincia). CLÁUSULA NOVENA: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR De acuerdo al artículo 1315 del Código Civil el caso fortuito o la fuerza mayor es la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso. Para efectos de este contrato se comprende en esta definición a aquellas acciones mayores a la acción del hombre o de las fuerzas de la naturaleza que no hayan podido ser evitadas obrando con el grado de cuidado y previsión requeridos y que afecten las operaciones. (Ambas partes acordaran suspender actividades en los alcances del marco legal vigente) CLÁUSULA DÉCIMO: DE LAS GUIAS DE TRANSPORTE 10.1. El COMITENTE, su representante o regente, es el emisor de la guía de transporte forestal, siendo el único facultado para su llenado y emisión, conforme a lo establecido en el artículo 107 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Campesinas, aprobado por Decreto Supremo N *021-2015-MINAGRI. 10.2. Ambas partes deberán designar a sus representantes para efectos de la entrega y recepción de las guías de trasporte correspondientes al producto forestal comprometido a favor del LOCADOR. 10.3. El LOCADOR debe presentar el balance, mediante un informe escrito y oral en asamblea comunal, de las guías y comprobantes de pago emitidas. (Esta cláusula se incluye en caso el servicio incluya la movilización de los recursos forestales o se haya elegido como medio de pago la entrega de madera.) informes(Oserfor.gob.pe www.serfor.gob.pe "Modelos de contratos entre SERFOR comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales" Página: 22 de 23 | CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: INICIO DE OPERACIONES 11.1, El LOCADOR estará habilitada para iniciar las operaciones dirigidas al aprovechamiento forestal correspondiente, una vez aprobado el documento de gestión, debiendo reportar el inicio de las operaciones al COMITENTE. 11.2. En caso que el aprovechamiento sea perjudicado por caso fortuito o de fuerza mayor o demoras en la aprobación de los respectivos documentos por parte de la autoridad u otros que perjudiquen el inicio de las operaciones y fuera necesaria una ampliación del plazo de este contrato, ésta debe ser aprobada en asamblea comunal, suscribiendo una adenda al presente contrato. (Esta cláusula se incluye en caso el servicio incluya el aprovechamiento de los recursos forestales o se haya elegido como medio de pago la entrega de madera.) CLÁUSUAL DECIMA SEGUNDA: DE LA SUPERVISIÓN DE LAS OPERACIONES 12.1 ElLOCADOR se compromete a mantener informada a la COMITENTE sobre el desarrollo de las operaciones forestales materia del presente contrato. 12.2 El COMITENTE, su representante o regente, tendrá la facultad inspeccionar, evaluar y supervisar las operaciones forestales del LOCADOR, generadas como consecuencia del desarrollo de la actividad que se ha contratado. 12.3 Encaso el COMITENTE tuviera observaciones o reclamos, podrá dejar constancia de ello en el acta correspondiente cuya copia será enviada al LOCADOR para los respectivos descargos. De considerarlo el COMITENTE puede enviar copia del acta a las unidades técnicas de manejo forestal comunitario o la que haga sus veces en la ARFFS. 1244 El LOCADOR y el COMITENTE son responsables solidarios del cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato para con el Estado. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO En garantía del cumplimiento de todas sus obligaciones la EMPRESA ASOCIANTE otorga una carta fianza por el (indicar porcentaje) Y% del valor del plan de negocio o documento que haga sus veces, aprobado entre la EMPRESA ASOCIANTE y la COMUNIDAD ASOCIADA, el mismo que asciende al monto de (indicar valor en soles). La garantía es emitida por la entidad financiera de primer nivel inscrita en la Superintendencia Nacional de Banca, Seguros y AFPs (indicar nombre) mediante Carta ÑN? ocio cos de fecha ...ommccoc.... , debiendo ser renovada por la EMPRESA ASOCIANTE. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: DE LA RESPONDABILIDAD SOLIDARIA EL LOCADOR es responsable solidario con LA COMITENTE por el debido cumplimiento de la legislación forestal y de fauna silvestre. EL LOCADOR es responsable solidario respecto de las obligaciones o los compromisos asumidos y del pago de las sanciones o multas impuestas por ejecución inadecuada de las actividades forestales que realicen como consecuencia de la firma del presente contrato. Las partes acuerdan, que se asume la responsabilidad del pago de sanciones de carácter pecuniario respecto a las actividades forestales que se realicen a consecuencia de la firma del presente contrato, correspondiendo (indicar porcentaje) % al LOCADOR y (indicar porcentaje) % Informes (Oserfar.qob.pe www.serfor.qob.pe “Modelos de contratos entre SERFOR comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de los recursos forestales” Página: 23 de 23 al COMITENTE. Este acuerdo solo es vinculante entre las partes y no libera de la responsabilidad solidaria que tienen EL LOCADOR y LA COMITENTE ante el Estado. CLÁUSULA DECIMO QUINTA: DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO El presente contrato de asociación en participación es de duración determinada. En ese sentido, el periodo de duración del presente contrato es desde su suscripción hasta el (indicar fecha de término del contrato). CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES INDÍGENAS En el presente contrato participa la Federación u Organización Indigena (indicar nombre) a la que pertenece el COMITENTE. La Federación u Organización Indigena está debidamente representada por su presidente (indicar nombre), quien firma como testigo. (Esta cláusula se coloca en caso participe en su suscripción la federación u organización indígena a la cual pertenece el comitente) CLÁUSULA DÉCIMO SÉPTIMA: LEGISLACIÓN APLICABLE El presente contrato está regido por la Ley N* 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, sus Reglamentos, el Código Civil y demás normas de la legislación vigente que resulten aplicables. En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de (indicar nombre) a los (indicar día) días del mes de (indicar mes) de (indicar año). LA COMUNIDAD O EL COMITENTE LA EMPRESA O EL LOCADOR FIRMA DE TESTIGOS FIRMA DE TESTIGO (Si lo creen conveniente) (Si lo creen conveniente) informesBserfor.qob.pe www:serfor:qob.pe