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Laws of Peru

Resolución Adminsitrativa N° 155-2013-CE-PJ -

Made 2013-08-01 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Environment
Keywords
court/tribunal, offences/penalties, protection of environment

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  1. • ~~ ~ dd'[J/J~ ~ El Oficio N° 1372-2013-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, mediante el cual se establece la factibilidad de creaci6n de 6rganos jurisdiccionales especializados en delito~ relacionados contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente (Mineria Ilegal y otros), con sede en las ciudades de Piura y Cusco; y la Resoluci6n Administrativa N° 076-2013-P-CE-PJ, del 31 de julio de 2013, mediante la cual se aprob6 el Convenio Marco de Cooperaci6n lnterins~itucional entre el Poder Judicial y el Ministerio del Ambiente. CONSIDERANDO: PRIMERO. Que de confonnidad con el numeral 22 del artfculo 2° de la Constituci6n Politica del Peru, toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de so vida. De am que el derecho a vivir en on ambiente sano sea considerado un derecho humano basico, para el ejercicio de los restantes derechos, por lo que es responsabilidad del Estado preservar el medio ambiente. SEGUNDO. Que el Poder Judicial debe garantizar las condiciones necesarias para un valido procesamiento de los delitos ambientales, dado el grave impacto que producen al medio ambiente y las nefastas conseeuencias que en ella generan, como es el caso de la mineria ilegal, en el que los elementos quimicos usados como el cianuro y el mercurio se convierten en contaminantes en e,rtr-emo di:structivos por ser altamente t6xicos y nocivos para la salud humana, la agricultura y el ecosis ·.ema en su conjunto. TERCERO. Que habiendo el Poder Judicial suscrito el Convenio Marco de Cooperaci6n Insterinstitucional con el Mi.uisterio del Ambiente, corresponde a este Poder del Estado adoptar las acciones que resulten necesarias para on procesamiento efectivo de los delitos de contaminaci6n como la mineria ilegal y delitos contra los recursos naturales y demas delitos ambientales regulados en el C6digo Penal, modificado por Decreto Legislativo N° 1102, del 29 de febrero de 2012. CUARTO. Que para tal eft.:to el articulo 82° de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, faculta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a instaurar on sistema de organizaci6n territorial que comprenda mas de un Distrito Judicial; y en tal sentido, crear determinados 6rganos jurisdiccionales especializados • //Pag. 2, Res. Adm.155-2013-CE-PJ con competencia supraprovincial, atendiendo a factores de orden geografico, demografico, y de accesibilidad al sistema de justicia. QUINTO. Que, dentro de ~ste marco legal y luego de haber realizado Ios estudios necesarios, corresponde implementar el funcionamiento de dos Juzgados Penales de la Investigaci6n Preparatoria especializados en materia ambiental, los cuales tendran caracter supraprovincial con sede en las ciudade:; de Piura y Cosco; el primero con competencia territorial en los Distrito~ Judiciales de Tllmbes, Piura, Sullana, Lambayeque y Cajamarca; y el segundo con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Madre de Dios, Cusco y Puno, respectivamente, teniendo en cuenta que las zonas con mayor actividad minera ilegal en el p~s ocurre en las regiones mencionadas. SEXTO. Que esta decisi6n permitira que en breve termino se pueda brindar ertura especializada a los delitos ambientales, en estricta consonancia con las sibilidades y ajustes presupuestarios acrnales; y conforme al diseiio judicial establecido por l nuevo sistema procesal vigente en los rcferidos Distritos Judiciales. Ello, por supuesto, sin perjuicio de los acuerdos que este 6rgano de Gobiemo pueda adoptar mas adelante en funci6n a los resultados de la labor de los mencionados 6rganos jurisdiccionales, las necesidades del servicio en otros Distritos Judiciales y las posibilidades de caracter presupuestario.

  2. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 558-2013 de la trigesimo primera sesi6n del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervenci6n de los seiiores Mendoza Ramirez, Walde Jauregui, Ticona Postigo, Meneses Gonzales, .Palacios Dextre y Ch,parro querra, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82°, incisos 25) y 26), del Textn Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero..- Crear dos Juzgados de la lnvestigaci6n Preparatoria especializados en delitos ambientales, en l:Js Distritos Judiciales de Piura y Cusco. Artfculo Segundo.- Establecer que los nuevos 6rganos jurisdiccionales especializados en materia ambiental ten4ran caracter supraprovincial para conocer delitos ambientales cometidos en los Distritos Judiciales de Tumbes, Piura, Sullana, Lambayeque, Cajamarca,. Madre de Dios, Cu.sco y Puno, siempre que no sean de competencia de la Sala Penal Nacional, en el siguiente orden: //Pag. 3, Res. Adm. 15S -2013-CE-PJ a. DISTRITO JUDICIAL DE PIURA El Juzgado de la Investigaci6n Preparatoria especializado en materia ambiental Primer Juzgado Penal Unipersonal, Juzgado Penal Colegiado y la Sala Penal d; Apelaciones, con sede en Piura, del Distrito Judicial de Piura, tendran competencia territorial para conocer los delitos ambientales cometidos en los Distritos Judiciales de Tumbes, Piura, Sullana, Lambayeque y Cajamarca. b. DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO El Juzgado de la Investigaci6n Preparatoria especializado en materia ambiental, Primer Juzgado Penal Uniper~onal, Juzgado Penal Colegiado y la Sala Penal de Apelaciones, con sede en Cusco, Distrito Judicial de Cusco, tendran competencia territorial para conocer los delitos ambientales cometidos en los Distritos Judiciales de Madre de Dios, Cusco y Puno. Articulo Tercero.- A los 30 dias de publicada la presente resoluci6n, las estigaciones y procesos jucliciales en nateria ambiental siempre que no se encuentren en ase de juicio oral de los Disajtos Judiciales de Tumbes, Piura, Sullana, Lambayeque, Cajamarca, Madre de Dios, Cusco y Puno, conforme a lo dispuesto precedentemente, se remitiran a los 6rganos jurisdiccionales especializados en materia ambiental de los Distritos Judiciales de Cusco y Piura. Articulo Cuarto.- La Gerencia General del Poder Judicial, en coordinaci6n con las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Cusco y Piura, dispondran las acciones pertinentes en cuanto a recursos bumanos y logisticos que sean necesarios para el adecuado cumplimiento de la presente resoluci6n; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo Quinto.- Disponer que el Centro de Investigaciones del Poder Judicial proceda a organizar talleres y certamenes de capacitaci6n en coordinaci6n con el Ministerio del Ambiente para los jueces y personal auxiliar jurisdiccional que estaran a cargo de los nuevos 6rganos jurisdiccionales en Piura y Cusco. Articulo Sexto.- Encargar a·la Gerencia General del Poder Judicial, realizar los estudios de factibibilidad para incorporar a la .competencia de los 6rganos jurisdiccionales creados a los Distritos Judiciales de Amazonas, San Martin, Apurimac e lea; asi como ampliar el servicio de administraci6n de ,iusticia especializado en materia ambiental en las regiones del pais en los que cobran especial incidencia los delitos ambientales. //Pag. 4, Res. Adm.155 -2013-CE-PJ Artfculo Setimo.- Transcribir la presente resoluci6n a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Publico, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Ministerio del Ambiente, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Sala Penal Nacional, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del pais y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

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