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Laws of Peru

Ley Nº 30709 - Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres

Made 2017-12-26 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Act
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Agricultural and rural development, General
Keywords
human rights, labour, gender, social protection, education

Where to read it

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Text

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  1. Artículo 3. Remuneración de categorías sin PODER LEGISLATIVO discriminación Las remuneraciones que corresponden a cada categoría las fija el empleador sin discriminación. CONGRESO DE LA REPUBLICA Artículo 4. Capacitación laboral La entidad empleadora asegura que en sus planes LEY Nº 30709 de formación profesional y de desarrollo de capacidades laborales de sus trabajadores se garantice la igualdad EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA entre mujeres y hombres. POR CUANTO: Artículo 5. Condiciones de trabajo en el ámbito público y privado EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; La entidad empleadora garantiza un trato digno, un clima laboral con base en el respeto y la no discriminación, Ha dado la Ley siguiente: la compatibilidad de vida personal, familiar y laboral. Se garantiza particularmente la prevención y sanción del hostigamiento sexual, para estos casos se aplica las LEY QUE PROHÍBE LA DISCRIMINACIÓN medidas establecidas en la Ley 27942, Ley de Prevención REMUNERATIVA ENTRE VARONES Y MUJERES y Sanción del Hostigamiento Sexual.

  2. Artículo 1. Objeto de la Ley Artículo 6. Prohibición de despido y no renovación Prohibir la discriminación remunerativa entre varones de contrato por motivos vinculados con la condición y mujeres, mediante la determinación de categorías, del embarazo o el período de lactancia funciones y remuneraciones que permitan la ejecución del Queda prohibido que la entidad empleadora despida o principio de igual remuneración por igual trabajo. no renueve el contrato de trabajo por motivos vinculados La presente ley está en concordancia con el con la condición de que las trabajadoras se encuentren mandato constitucional de igualdad de oportunidades embarazadas o en período de lactancia en el marco de sin discriminación en las relaciones laborales, así como lo previsto en el Convenio OIT 183 sobre protección de del lineamiento de idéntico ingreso por trabajo de igual la maternidad. valor indicado en la Ley 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

  3. Artículo 2. Cuadros de categorías Primera. Vigencia Las empresas que cuenten con cuadros de categorías La presente ley entra en vigencia el día siguiente de su y funciones mantienen dichos cuadros, siempre que publicación en el diario oficial El Peruano. guarden correspondencia con el objeto de la presente ley. Las empresas que no tengan cuadros de categorías y Segunda. Fiscalización funciones, los elaboran dentro de los ciento ochenta (180) La Superintendencia Nacional de Fiscalización días de entrada en vigor de la presente ley. Laboral y las gerencias regionales de trabajo acorde a sus 4 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de diciembre de 2017 / El Peruano competencias, fiscalizan el cumplimiento de la presente LUIS GALARRETA VELARDE ley. Presidente del Congreso de la República Tercera. Reglamentación MARIO MANTILLA MEDINA El Poder Ejecutivo mediante decreto supremo Primer Vicepresidente del Congreso de la República refrendado por el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, dentro de los sesenta (60) días de su entrada AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en vigor, aprueba la norma reglamentaria pertinente. POR TANTO: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS Mando se publique y cumpla. PRIMERA. Modificación de la Ley de Productividad Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis y Competitividad Laboral días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. Modifícase el artículo 30.b) del TUO del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Laboral, el que queda redactado con el siguiente texto: Presidente de la República

  4. “Artículo 30.- Son actos de hostilidad equiparables al despido, los siguientes: MERCEDES ARáOZ FERNáNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros […] b) La reducción de la categoría y de la remuneración. 1600963-1 Asimismo, el incumplimiento de requisitos objetivos para el ascenso del trabajador. PODER EJECUTIVO […]”. SEGUNDA. Modificación de la Ley 26772, modificada por la Ley 27270 PRESIDENCIA DEL CONSEJO Agrégase un segundo párrafo al artículo 2 y modifícase el artículo 3 de la Ley 26772, modificada por la Ley 27270, DE MINISTROS en los términos siguientes:

  5. “Artículo 2.- Se entiende por discriminación, la Designan representantes de la PCM ante anulación o alteración de la igualdad de oportunidades la Comisión Multisectorial de la Acción del o de trato, en los requerimientos de personal, a los Estado en el Ámbito Marítimo (COMAEM) requisitos para acceder a centros de educación, formación técnica y profesional, que impliquen RESOLUCIÓN MINISTERIAL un trato diferenciado basado en motivos de raza, Nº 377-2017-PCM sexo, religión, opinión, origen social, condición económica, estado civil, edad o de cualquier índole. Lima, 26 de diciembre de 2017 Los empleadores están obligados a informar a sus trabajadores la política salarial del centro de trabajo. CONSIDERANDO: Se considera práctica discriminatoria brindar un trato salarial distinto a hombres y mujeres que cumplan los Que, mediante Decreto Supremo N° 118-2017- mismos requisitos de acceso al empleo y desempeñen PCM, se crea la Comisión Multisectorial de la Acción del las mismas labores. Estado en el ámbito Marítimo (COMAEM), de naturaleza permanente, dependiente de la Presidencia del Consejo

  6. Artículo 3.- Las personas naturales o jurídicas de Ministros; que, en el ejercicio de su actividad a través de Que, de acuerdo a los artículos 4 y 6 de la citada sus funcionarios o dependientes, incurran en las norma, la referida Comisión Multisectorial está conductas que impliquen discriminación, anulación, conformada, entre otros, por un representante titular y un alteración de igualdad de oportunidades o de trato, alterno de la Presidencia del Consejo de Ministros, cuyas en las ofertas de empleo y durante la relación designaciones se efectúan mediante resolución del Titular laboral, serán sancionadas por el Ministerio de de la Entidad; Trabajo y Promoción del Empleo; y cuando se Que, resulta necesario designar a los refieran al acceso a centro de formación educativa, representantes titular y alterno de la Presidencia del serán sancionadas por el Ministerio de Educación. Consejo de Ministros, ante la mencionada comisión La sanción administrativa será de multa no mayor multisectorial; de tres (03) Unidades Impositivas Tributarias o De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, cierre temporal del local que no excederá de un año. Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de En los casos antes mencionados se podrá sustituir Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo la sanción de cierre temporal por el doble de la de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022- multa impuesta, si las consecuencias que pudieran 2017-PCM; seguir a un cierre temporal lo justifican. La sanción se aplica sin perjuicio de la indemnización a que SE RESUELVE: hubiere lugar a favor de la persona afectada”.

  7. Artículo 1.- Designar a los representantes de la DISPOSICIÓN Presidencia del Consejo de Ministros ante la Comisión COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Multisectorial de la Acción del Estado en el ámbito Marítimo (COMAEM), de acuerdo al siguiente detalle: ÚNICA. Deróganse o déjanse sin efecto las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la - Viceministro (a) de Gobernanza Territorial de la presente ley. Presidencia del Consejo de Ministros, representante titular. Comuníquese al señor Presidente de la República - Secretario (a) de Descentralización de la Presidencia para su promulgación. del Consejo de Ministros, representante alterno. En Lima, a los treinta días del mes de noviembre de Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a dos mil diecisiete. la Secretaría Técnica de la citada Comisión, y a los

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