Ley Nº 30421 - Ley Marco de Telesalud
Made 2016-04-01 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- General
- Keywords
- institution, public health, social protection, innovation, public private partnership (PPP), smallholders/peasants, governance
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Artículo 3. Definiciones PODER LEGISLATIVO Para los efectos de la presente Ley se entiende por: a. Telesalud. Servicio de salud a distancia prestado por personal de salud competente, a CONGRESO DE través de las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC), para lograr que estos LA REPUBLICA servicios y los relacionados con estos sean accesibles a los usuarios en áreas rurales o ley nº 30421 con limitada capacidad resolutiva. Este servicio se efectúa considerando los siguientes ejes EL PRESIDENTE DEL CONGRESO de desarrollo de la telesalud: la prestación DE LA REPÚBLICA de los servicios de salud; la gestión de los servicios de salud; la información, educación y POR CUANTO: comunicación a la población sobre los servicios de salud; y el fortalecimiento de capacidades al EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; personal de salud, entre otros. Ha dado la Ley siguiente: b. Telemedicina. Provisión de servicios de salud a distancia en los componentes de promoción, prevención, diagnóstico, recuperación o LEY MARCO DE TELESALUD rehabilitación prestados por profesionales de la salud que utilizan tecnologías de la información TÍTULO PRELIMINAR y de la comunicación (TIC), con el propósito de facilitar el acceso a los servicios de salud a la Artículo único. Principios de telesalud población. Los principios que sustentan la telesalud son los c. Interoperabilidad. Es la capacidad de los siguientes: sistemas de diversas organizaciones para interactuar con objetivos consensuados a. Universalidad. A través de los servicios de y comunes con la finalidad de obtener telesalud se garantiza el acceso de toda la beneficios mutuos. La interacción implica población a los servicios de salud. que los establecimientos de salud compartan b. Equidad. Los servicios de telesalud se brindan con información y conocimiento mediante el igual calidad y similares opciones a la población, intercambio de datos entre sus respectivos reduciendo la brecha existente en su acceso. sistemas de tecnología de información y c. Eficiencia. Los recursos del sistema nacional de comunicaciones para, finalmente, optimizar el salud se utilizan de manera racional, optimizando uso de los recursos en los servicios de salud. la atención en los servicios de salud por medio de los distintos ejes de desarrollo de la telesalud. Artículo 4. Ente rector d. Calidad del servicio. A través de los servicios de El Ministerio de Salud, en su calidad de ente rector telesalud se promueve una mejora en la calidad del sector salud y de acuerdo a sus funciones, formula, de la salud y se fortalecen las capacidades planea, dirige, coordina, ejecuta, supervisa y evalúa la del personal de salud teniendo como eje la política nacional y sectorial de telesalud. Bajo dicho marco satisfacción del usuario. elabora el Plan Nacional de Telesalud. Asimismo, define e. Descentralización. La telesalud es una los estándares de calidad de la provisión de los servicios estrategia de utilización de recursos sanitarios de telesalud. que optimiza la atención en los servicios de salud fortaleciendo el proceso de descentralización CAPÍTULO II del sistema nacional de salud valiéndose de las tecnologías de la información y de la COMISIÓN NACIONAL DE TELESALUD comunicación (TIC). f. Desarrollo social. A través de los servicios de Artículo 5. Comisión Nacional de Telesalud telesalud se promueve el desarrollo de la sociedad, (Conatel) permitiendo a la población tener un mayor acceso Créase la Comisión Nacional de Telesalud (Conatel), a la información en salud, al conocimiento de adscrita al Ministerio de Salud, como órgano de carácter sus deberes y derechos en salud, impulsando el multisectorial de naturaleza permanente encargada de empoderamiento de las personas como sujetos proponer y promover las mejoras continuas, así como principales del cuidado de su propia salud, la de dar seguimiento a las acciones del Plan Nacional de su familia y su comunidad, creando espacios para Telesalud, en el marco de los lineamientos de las políticas nuevas prácticas de participación ciudadana. nacionales y sectoriales del sector salud. TÍTULO I Artículo 6. Conformación de la Comisión Nacional de Telesalud (Conatel) GENERALIDADES La Comisión Nacional de Telesalud (Conatel) está integrada por los siguientes representantes: CAPÍTULO I 1. Un representante del Ministerio de Salud, quien la DISPOSICIONES GENERALES preside. 2. Un representante del Ministerio de Transportes y
Artículo 1. Objeto de la Ley Comunicaciones. La presente Ley tiene el objeto de establecer 3. Un representante de la Presidencia del Consejo los lineamientos generales para la implementación de Ministros, a través de la Oficina Nacional de y desarrollo de la telesalud como una estrategia de Gobierno Electrónico e Informática (Ongei). prestación de servicios de salud, a fin de mejorar su 4. Un representante del Ministerio de Educación. eficiencia y calidad e incrementar su cobertura mediante el 5. Un representante del Seguro Social de Salud. uso de tecnologías de la información y de la comunicación 6. Un representante del Ministerio de Defensa. (TIC) en el sistema nacional de salud. 7. Un representante del Ministerio del Interior.
Artículo 2. Ámbito de aplicación El ámbito de la presente Ley comprende a todos los La Oficina General de Estadística e Informática del establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo, Ministerio de Salud actuará como Secretaría Técnica de públicos, privados y mixtos del sector salud. la Conatel. El Peruano / Sábado 2 de abril de 2016 NORMAS LEGALES 582203 Las entidades del Estado que conforman la Conatel intercambiar, transferir y utilizar datos, información y podrán designar a un representante alterno. documentos por medios electrónicos, a través de los La Conatel, de acuerdo al criterio discrecional, sistemas de información. puede convocar a participar en calidad de invitados a representantes de otras entidades públicas, privadas, así Artículo 12. Seguridad de la información como de los órganos colegiados para que coadyuven con El Ministerio de Salud (Minsa), en coordinación el objetivo de la Conatel. con la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) —a través de la Oficina Nacional de Gobierno
Artículo 7. Funciones de la Comisión Nacional de Electrónico e Informática (Ongei)—, establece normas Telesalud (Conatel) complementarias sobre seguridad de la información Son funciones de la Conatel las siguientes: para la implementación de la telesalud en el sistema nacional de salud. 1. Proponer los mecanismos técnicos para la implementación, seguimiento y evaluación del Artículo 13. Fortalecimiento de capacidades en Plan Nacional de Telesalud, sugiriendo las líneas telesalud de intervención prioritarias en el marco del referido El Ministerio de Salud (Minsa) implementa las Plan Nacional. políticas de formación y fortalecimiento de capacidades 2. Proponer las normas y procedimientos sobre en telesalud en instituciones de educación superior que el uso, desarrollo e implementación de nuevas forman profesionales de la salud. tecnologías de información y comunicación. DISPOSICIONES 3. Proponer indicadores y estándares del Plan COMPLEMENTARIAS FINALES Nacional de Telesalud a nivel nacional, en coordinación con los niveles conductores PRIMERA. Declaración de interés nacional regionales de acuerdo al sector, vigilando su Declárase de interés nacional la incorporación de la adecuada implementación. telesalud en el sistema nacional de salud. 4. Proponer programas de capacitación y formación de los recursos humanos en el SEGUNDA. Designación de miembros de la uso, desarrollo e implementación de nuevas Comisión Nacional de Telesalud (Conatel) tecnologías de información y comunicación. Las entidades señaladas en el artículo 6 designan a 5. Emitir informes técnicos y recomendaciones su representante en un plazo de treinta días calendario sobre el uso, desarrollo e implementación contados a partir de la vigencia de la presente Ley. de nuevas tecnologías de información y comunicación de acuerdo a los avances tecnológicos de información y comunicación TERCERA. Vigencia del Decreto Supremo 028- que se presenten. 2005-MTC En tanto se apruebe el nuevo Plan Nacional de CAPÍTULO III Telesalud, continúa vigente el Decreto Supremo 028- 2005-MTC, que aprueba el Plan Nacional de Telesalud. SERVICIOS DE TELESALUD CUARTA. Reglamentación
Artículo 8. Ejes de desarrollo de la telesalud El Poder Ejecutivo reglamenta la presente Ley en un Los ejes de desarrollo de la telesalud incluyen plazo de ciento veinte días calendario contados desde la la prestación de los servicios de salud; la gestión de fecha de su entrada en vigencia. los servicios de salud; la información, educación y comunicación a la población sobre los servicios de salud; QUINTA. Financiamiento y el fortalecimiento de capacidades del personal de salud, La implementación de la presente norma se financia entre otros. con cargo al presupuesto institucional de las entidades El ente rector del sector salud define la organización involucradas, según corresponda, sin demandar recursos de los servicios de salud. adicionales al tesoro público.
Artículo 9. Prestaciones de los servicios de telesalud SEXTA. Plazo para elaborar el Plan Nacional de Las instituciones prestadoras de servicios de salud Telesalud (Ipress) deben incorporar, en forma progresiva, en su El Plan Nacional de Telesalud, a que se refiere el cartera de servicios la prestación de los servicios de artículo 4, es elaborado por el Ministerio de Salud en un telesalud, garantizando su sostenibilidad. plazo de noventa días calendario, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Ley.
Artículo 10. Financiamiento de las prestaciones Las instituciones administradoras de fondos de POR TANTO: aseguramiento en salud (Iafas) y otras modalidades de aseguramiento garantizan el financiamiento de los Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso servicios de telesalud. de la República, aceptándose las observaciones formuladas por el señor Presidente de la República, de TÍTULO II conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique MEDIDAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN y cumpla. DE LA TELESALUD CAPÍTULO ÚNICO En Lima, al primer día del mes de abril de dos mil dieciséis. INTEROPERABILIDAD, SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y EDUCACIÓN EN TELESALUD LUIS IBERICO NÚÑEZ Presidente del Congreso de la República
Artículo 11. Interoperabilidad El Ministerio de Salud (Minsa), en coordinación con la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) —a través de NATALIE CONDORI JAHUIRA la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática Primera Vicepresidenta del Congreso (Ongei)—, establece las normas técnicas y estándares de de la República interoperabilidad para la implementación de la telesalud en el sistema nacional de salud, con el propósito de 1363168-1