Ley Nº 28790 - Excluye del cobro por concepto de alumbrado público a los suministros de energía eléctrica de los predios agrícolas
Made 2006-07-14 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Agricultural and rural development, Energy
- Keywords
- agricultural development, irrigation, subsidy/incentive, financial agricultural measures, energy conservation/energy production
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Sistema Peruano de Informacion Juridica Ley que excluye los suministros de predios agricolas para uso de la producci6n agraria del pago por concepto de alumbrado publico LEY N° 28790 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA PORCUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE EXCLUYE LOS SUMINISTROS DE PREDIOS AGRiCOLAS PARA usa DE LA PRODUCCION AGRARIA DEL PAGO POR CONCEPTO DE ALUMBRADO PUBLICO Articulo Unico.- Objeto de la Ley Excluyese del cobro por concepto de alumbrado publico, a que se refiere el articulo 94 del Decreto Ley N° 25844, a los suministros de energia electrica de los predios ubicados en zonas rurales que se requiera para el bombeo de agua para uso agricola. PORTANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, insistiendo en el texto aprobado en sesi6n de la Comisi6n Permanente realizada el dla dos de febrero de dos mil seis, de conformidad con 10 dispuesto por el articulo 108 de la Constituci6n Polftica del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los catorce dias del mes de julio de dos mil seis. MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO Presidente del Congreso de la Republica RONNIE JURADO ADRIAZOLA Cuarto Vicepresidente del Congreso de la Republica