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Laws of Peru

Decreto Supremo Nº 307-2016-EF ─ Modifica el Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) y el Reglamento de la Ley que promueve la eficiencia de la actividad empresarial del Estado

Made 2016-11-11 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Agricultural and rural development
Keywords
institution, special fund, public private partnership (PPP), legal proceedings/administrative proceedings, governance

Where to read it

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Text

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  1. Artículo 11, incorporando la posibilidad de que se realicen sesiones del Directorio de FONAFE no presenciales mediante el uso de cualquier medio tecnológico que permita a los intervinientes, a través de una comunicación Àuida, la deliberación, intercambio de ideas y votación respectiva, en virtud de cumplir con la frecuencia, e¿ciencia y e¿cacia para la toma de decisiones estratégicas en el marco de la Actividad Empresarial del Estado, teniendo en consideración la agenda de los ministerios conformantes del Directorio; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del

  2. Artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA:

  3. Artículo 1.- Modifíquese el Artículo 11 del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - Ley N° 27170, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2000-EF, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera:

  4. “Artículo 11.- Sesiones de Directorio y Convocatoria El Directorio se reúne por lo menos una vez al mes. Las sesiones de Directorio pueden ser presenciales y no presenciales, y la convocatoria la efectúa el Presidente del Directorio. Por excepción puede ser convocada una sesión de Directorio a solicitud de cualquiera de los miembros o por iniciativa de la Dirección Ejecutiva, cuando lo estimen necesario. En caso de ausencia del Presidente del Directorio, lo reemplazará el Ministro con más tiempo en el cargo de Director.”

  5. Artículo 2.- Vigencia.- Lo dispuesto en el presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O¿cial El Peruano.

  6. Artículo 3.- Refrendo.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1453085-1

Decreto Supremo Nº 307-2016-EF ─ Modifica el Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) y el Reglamento de la Ley que promueve la eficiencia de la actividad empresarial del Estado · Nelum