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Laws of Peru

Decreto Supremo Nº 145-2019-PCM ─ Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS)

Made 2019-08-08 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Water
Keywords
institution, legal proceedings/administrative proceedings, inspection, alternative dispute settlement, freshwater pollution, effluent waste water/discharge, sewerage, rainwater, water supply, waste disposal, pollution control, governance

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  1. 4 NORMAS LEGALES Viernes 9 de agosto de 2019 / El Peruano PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y funciones de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-SUNASS DECRETO SUPREMO Nº 145-2019-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, con fecha 19 de diciembre de 1992 se publicó el Decreto Ley Nº 25965 que creó a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento – SUNASS; Que, mediante Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, se defi ne a la SUNASS como un organismo público adscrito a la Presidencia de Consejo de Ministros; Que, los artículos 28 y 31 de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, defi nen la naturaleza de los organismos públicos, siendo la SUNASS un Organismo Público Especializado-Organismo Regulador; Que, a través del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM se aprobó el Reglamento General de la SUNASS que precisa las facultades y establece su estructura orgánica; Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 032-2006-SUNASS-CD se aprobó el Manual de Organización y Funciones de la SUNASS y con Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2009-SUNASS-CD se cambió su denominación a Reglamento de Organización y Funciones, el cual fue modifi cado mediante el Decreto Supremo Nº 076-2009-PCM; Que, con el Decreto Legislativo Nº 1280 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, se otorgan nuevas competencia y funciones a la SUNASS, garantizando a los usuarios la prestación de los servicios de saneamiento en el ámbito urbano y rural, en condiciones de calidad, contribuyendo a la salud de la población y a la preservación del ambiente; Que, mediante la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y normas complementarias, se declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, para cuyo efecto la norma establece las principales acciones y los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública; Que, conforme lo dispone el numeral 45.1 del artículo 45 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, el ROF de las entidades del Poder Ejecutivo se aprueba por decreto supremo y se estructura de acuerdo a lo dispuesto en la sección primera del artículo 44. La organización interna de sus órganos y el despliegue de sus funciones, que comprende del tercer nivel organizacional en adelante, se estructura conforme la segunda sección del artículo 44 y se aprueba por resolución del titular de la Entidad. El decreto supremo que aprueba el ROF rige a partir de la entrada en vigencia de la resolución del titular de la entidad; Que, por Resolución de Contraloría Nº 163-2015 CG se aprobó la Directiva Nº 007-2015-CG/PROCAL “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, cuya versión actualizada se aprobó mediante Resolución de Contraloría Nº 353-2015-CG, la cual contiene en su numeral 7.1.7 las funciones de los Órganos de Control Institucional - OCI; así también, dispone en la Sétima Disposición Final que las entidades que cuenten con un OCI deben realizar las modifi caciones en sus documentos de gestión institucional; Que, la Contraloría General de la República - CGR, mediante Ofi cio Nº 00114-2017-CG/DOCI, opinó favorablemente sobre la propuesta de modifi cación de las funciones del Órgano de Control Institucional de la SUNASS; Que, en ese sentido resulta necesario aprobar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASS, que defi na la estructura orgánica y funciones permitiendo cumplir las responsabilidades asignadas, de conformidad con los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018 PCM. Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Estado; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento Apruébase la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento – SUNASS, que consta de tres (03) Títulos y cuarenta y siete (47) Artículos, que forman parte integrante del presente decreto supremo. Artículo 2.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente norma se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de la SUNASS, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Vigencia El presente decreto supremo entra en vigencia al día siguiente de publicada la Resolución del Titular de la SUNASS que apruebe la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento. Artículo 4.- Publicación y difusión La Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASS, aprobada por el artículo 1 del presente decreto supremo, es publicada en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente decreto supremo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Implementación del Reglamento de Organización y Funciones Con resolución del titular de la SUNASS se emiten las disposiciones complementarias necesarias para la implementación del Reglamento de Organización y Funciones aprobado con la presente norma. Segunda.- Adecuación de documentos de gestión La SUNASS adecua sus documentos de gestión a lo establecido en el presente Reglamento de Organización y Funciones–ROF, en un plazo no mayor de 120 (ciento veinte) días calendario, contados desde su entrada de vigencia. 5NORMAS LEGALESViernes 9 de agosto de 2019 El Peruano / Tercera.- Mención a Unidades de Organización Para todo efecto y de acuerdo a la nueva organización, toda mención a las gerencias en las normativas de la SUNASS, entiéndase ahora a las direcciones y ofi cinas, según detalle: Gerencia de Usuarios, ahora Dirección de Usuarios Gerencia de Políticas y Normas, ahora Dirección de Políticas y Normas Gerencia de Regulación Tarifaria, ahora Dirección de Regulación Tarifaria Gerencia de Supervisión y Fiscalización, ahora Dirección de Fiscalización Gerencia de Asesoría Jurídica, ahora Ofi cina de Asesoría Jurídica Gerencia de Administración y Finanzas, ahora Ofi cina de Administración y Finanzas DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Encargo de Funciones En tanto se apruebe el Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la SUNASS el titular de la entidad queda facultado para encargar, mediante resolución, las competencias, funciones y atribuciones de los órganos de línea y de administración interna establecidas en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Derógase la Resolución de Consejo Directivo Nº 032-2006-SUNASS-CD que aprobó el Manual de Organización y Funciones de la SUNASS, la Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2009-SUNASS-CD que cambia su denominación a Reglamento de Organización y Funciones, el Decreto Supremo Nº 076-2009-PCM que modifi ca este último. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1795966-1 Autoriza transferencia financiera de recursos a favor del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), para la ejecución del Proyecto “Acercando el Estado al Ciudadano” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 272-2019-PCM Lima, 8 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 434 2002-PCM se aprueba la suscripción del Convenio de Administración de Fondos, entre la Presidencia del Consejo de Ministros y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), con el propósito de establecer mecanismos de coordinación, cooperación y asistencia para la implementación de actividades orientadas a brindar asistencia técnica y profesional para el Proceso de Modernización y Descentralización de la Gestión del Estado; Que, en virtud al referido Convenio se viene ejecutando el Programa de “Fortalecimiento del Proceso de Descentralización y Modernización del Estado”, destinado a fortalecer la capacidad técnica y administrativa para la modernización del Poder Ejecutivo, el mismo que tiene prórroga vigente hasta el 31 de diciembre del 2021, bajo el cual se enmarca el Proyecto N° 00087555 – ID 00094512 “Acercando el Estado al Ciudadano”; Que, la Décima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza a la Presidencia del Consejo de Ministros para aprobar transferencias fi nancieras a favor del PNUD, a fi n de continuar con la ejecución del Programa de “Fortalecimiento del Proceso de Descentralización y Modernización del Estado”, precisando que las citadas transferencias se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, resolución que se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, mediante Memorando N° D000161-2019-PCM SCS, la Secretaría de Comunicación Social solicita la transferencia de recursos fi nancieros a favor del PNUD por un importe de S/ 9´093,652.87 (nueve millones noventa y tres mil seiscientos cincuenta y dos con 87/100 Soles), de acuerdo al Plan de Trabajo 2019 suscrito por el Representante Residente del PNUD y el Presidente del Consejo de Ministros; Que, mediante Informe N° D000253-2019-PCM OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto emite opinión favorable para el trámite de la transferencia fi nanciera de recursos a favor del PNUD para la ejecución del Proyecto N° 00087555 – ID 00094512 “Acercando el Estado al Ciudadano” y; asimismo, remite para este fi n la Nota de Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 00000000912, por la suma de S/ 9´093,652.87 (nueve millones noventa y tres mil seiscientos cincuenta y dos con 87/100 Soles), con cargo a los recursos autorizados de la Meta 0036: “Implementación de la Estrategia Comunicacional del Poder Ejecutivo”, Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios – Rubro: 00 Recursos Ordinarios y Específi ca de Gasto 2.4.1.2.1.99 A Otros Organismos Internacionales, para fi nanciar las actividades del referido Proyecto, previstas para el año 2019; Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor del PNUD, conforme a lo dispuesto en la Décima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, de conformidad con el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces es responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección General de Presupuesto Público, para cuyo efecto, organiza, consolida, verifi ca y presenta la información que se genere en sus respectivas unidades ejecutoras y en sus centros de costos, así como coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus modifi caciones, los que constituyen el marco límite de los créditos presupuestarios aprobados; Con la visación de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y la Ofi cina General de Administración; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), para la ejecución del Proyecto Nº 00087555 - ID 00094512 “Acercando el Estado al Ciudadano” por un importe de S/ 9´093,652.87 (nueve millones noventa y tres mil seiscientos cincuenta y dos con 87/100 Soles), de acuerdo al Plan de Trabajo 2019 suscrito por el Representante Residente del PNUD y el Presidente del Consejo de Ministros.

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