Skip to content
Nelum
Laws of Peru

Decreto Supremo Nº 135/02/PCM - Plan nacional de contingencia para el fenómeno El Niño 2002-2003

Made 2002-12-20 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Environment
Keywords
institution, hazards, coastal zone management, climate change, flood, governance

Where to read it

    No source link is recorded for this law.

Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. DECRETO SUPREMO Nº 135-2002-PCM Aprueban el “Plan Nacional de Contingencia para el Fenómeno El Niño 2002 - 2003” EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es necesario normar y orientar el planeamiento, preparación y accionar del Sistema Nacional de Defensa Civil, en las fases de prevención específica, atención y rehabilitación, sistematizando los procedimientos de coordinación, alerta, movilización y respuesta ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño, pronosticado para los meses finales del año 2002 y período de verano del 2003; Que, por Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM, modificado por Decretos Supremos Nºs. 104 y 113-2002-PCM, se conformó la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres generados por fenómenos de origen natural o tecnológico, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas de prevención de daños, atención y rehabilitación en las zonas del país que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastres de gran magnitud; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en coordinación con los Sectores, ha formulado el Plan Nacional de Contingencia para el Fenómeno El Niño 2002 2003, sobre la base de los lineamientos aprobados por la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres, mediante el cual se articulan un conjunto de acciones intersectoriales orientadas a diseñar y normar las medidas para la prevención, atención y reparación de daños a las personas y patrimonio público y privado, que pudiera causar la presencia del Fenómeno El Niño en el Perú, propiciando la acción planificada, integrada y coherente de los organismos integrantes del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI; Que, para concretar dichas acciones, es necesario aprobar el Plan Nacional de Contingencia señalado precedentemente; De conformidad con el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Aprobar el “Plan Nacional de Contingencia para el Fenómeno El Niño 2002 - 2003”. Artículo 2.- Encargar a la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres, la difusión, supervisión, control y evaluación de la implementación y ejecución de las acciones contempladas en el Plan Nacional de Contingencia señalado precedentemente. Artículo 3.- Disponer que los Sectores involucrados y los Organismos y Entidades del Estado formulen y aprueben sus planes de contingencia en el marco del Plan Nacional de Contingencia aprobado mediante el presente Decreto Supremo, dentro de los treinta (30) días naturales de la vigencia del presente dispositivo. Articulo 4.- Los gastos que demande el desarrollo de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, se atenderán con cargo al presupuesto del Pliego correspondiente y no demandará recursos adicionales del Tesoro Público. Artículo 5.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Salud, Ministro de Educación, Ministro de Agricultura, Ministro de Economía y Finanzas, Ministro de Transportes y Comunicaciones, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ministro de la Producción, Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, Ministro del Interior, Ministro de Defensa, Ministro de Relaciones Exteriores y Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior AURELIO LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas

Decreto Supremo Nº 135/02/PCM - Plan nacional de contingencia para el fenómeno El Niño 2002-2003 · Nelum