Skip to content
Nelum
Laws of Peru

Decreto Supremo Nº 127-2019-PCM ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil

Made 2019-07-12 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
General
Keywords
agricultural development, institution, access-to-information, capacity building, governance

Where to read it

    No source link is recorded for this law.

Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. Artículo 1.- Modificación de los artículos 25, 32, 35, establezca, factores asociados a: 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 45 y 233 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil a) Metas, con las que se evalúa el cumplimiento de Modifícanse los artículos 25, 32, 35, 36, 37, 38, 39, logros asignados bien sea a cada uno de los servidores 40, 41, 42, 43, 45 y 233 del Reglamento General de la Ley civiles o al área o unidad orgánica: N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, con el siguiente tenor: i. Metas individuales: son aquellas relacionadas con la misión y funciones del puesto y deben formularse

  2. “Artículo 25.- De la Gestión del Rendimiento en términos de contribución a los objetivos y líneas de La gestión del rendimiento identifica, reconoce y actuación de la unidad de trabajo, de conformidad con el promueve el aporte de los servidores civiles a los objetivos Plan Operativo Institucional o, complementariamente, en 4 NORMAS LEGALES Lunes 15 de julio de 2019 / El Peruano los instrumentos de gestión que reflejen las prioridades sobre metas individuales o grupales y compromisos estratégicas de las políticas de Estado y políticas individuales que asumirán los servidores civiles para el nacionales. Deben corresponder a productos, servicios período de rendimiento y que serán objeto de evaluación o resultados mensurables y alcanzables en el período del desempeño. evaluable. Las entidades dispondrán la aplicación progresiva de ii. Metas Grupales: son aquellas trazadas de compromisos, atendiendo al desarrollo de la capacidad manera conjunta y para un área, unidad orgánica o institucional para realizar adecuadamente la identificación entidad. Estos deben ir alineados al Plan Operativo de aspectos conductuales de los servidores. La Institucional, de acuerdo con el artículo 23 de la Ley, o progresividad puede ser determinada por áreas, equipos, complementariamente, en los instrumentos de gestión periodos, etc. según sea adecuado para la estrategia de que reflejen las prioridades estratégicas de las políticas de desarrollo institucional de la entidad.” Estado y políticas nacionales. Se considera la evaluación del área, unidad orgánica o entidad en conjunto a la “Artículo 40.- Consideraciones para la definición hora de valorar dichos objetivos, independientemente de los factores de evaluación de la participación de cada servidor. La constatación de De conformidad con el Artículo 35 y el Artículo 36 del su cumplimiento no hace parte del ciclo individual de presente reglamento, podrán incorporarse como factores gestión del rendimiento en los términos establecidos en el de evaluación las metas grupales, metas individuales y los presente reglamento. compromisos en el marco de la gestión del rendimiento de una determinada entidad. b) Compromisos, referidos al comportamiento Las metas grupales se establecen por parte de los del servidor, sobre los cuales se califican aspectos responsables de área y por aquellos que tengan asignados conductuales del servidor civil en relación tanto a la funcionalmente servidores y deben ser ratificadas por los ejecución de la misión y a las funciones de su puesto, jefes de unidades orgánicas en los términos que defina como al cumplimiento de las metas establecidas. Deben SERVIR al efecto. soportarse en indicadores observables y verificables.” Las metas individuales y compromisos se establecen respondiendo a los objetivos de la unidad orgánica y de

  3. “Artículo 36.- Adecuaciones o modelos alternativos la entidad, reflejado principalmente en el Plan Operativo Las entidades pueden plantear metodologías, Institucional o, complementariamente, en los instrumentos instrumentos o procedimientos alternativos a los que de gestión que reflejen las prioridades estratégicas establezca SERVIR para la gestión del rendimiento o de las políticas de Estado y políticas nacionales. Para proponer adecuaciones de los mismos, siempre que su definición, se tomarán en cuenta las siguientes sea justificable conforme a los criterios establecidos en consideraciones: la directiva que desarrolla el subsistema de gestión del rendimiento. a) Deberán relacionarse de manera inequívoca con la Las alternativas o adecuaciones deberán ser función que desempeña el servidor evaluado, así como previamente validadas por SERVIR quien de conformidad ser específicos, medibles, alcanzables, relevantes y con lo dispuesto en el literal b) del Artículo 27 del presente prever un plazo para su cumplimiento, dentro del período Reglamento podrá recomendar ajustes o medidas a evaluar. correctivas sobre la implementación de las mismas.” b) Deberán considerar los resultados alcanzados por el servidor evaluado en el proceso de evaluación del

  4. “Artículo 37.- Ciclo de la Gestión del Rendimiento desempeño del ciclo anterior, si lo hubiera, y tomar en La gestión del rendimiento es un ciclo continuo dentro cuenta los recursos materiales y tecnológicos disponibles de una entidad y contempla las siguientes etapas: para la ejecución del trabajo. c) Se asociarán a productos, servicios o resultados a) Planificación que debe entregar el servidor evaluado en ejercicio de b) Seguimiento la misión y funciones asociadas a su puesto de trabajo, c) Evaluación debiendo quedar consignada la forma como se observará su cumplimiento a través de evidencias. Asimismo, la gestión del rendimiento incluye el proceso de retroalimentación el cual es permanente en cada una Las metas individuales y compromisos se definirán de las etapas del ciclo y que consiste en el intercambio de a propuesta del evaluador y deberán estar acordes con opiniones y expectativas entre el evaluador y el servidor el plan de mejora del servidor evaluado. El instrumento evaluado. para la consignación de metas y compromisos de los En razón a su naturaleza y características propias, las servidores es definido por SERVIR y deberá ser suscrito entidades podrán contar con alternativas de calendario, por el evaluador y el evaluado. que no necesariamente tenga a enero como mes de El evaluador comunica al servidor evaluado las inicio, siempre que se asegure como mínimo la sujeción metas y compromisos asignados. Sin perjuicio de ello, a las etapas previstas en el presente reglamento y el servidor evaluado podrá dejar constancia por escrito asegurando que de conformidad con el artículo 22 de la y debidamente fundamentadas las observaciones que Ley la evaluación de desempeño se realice anualmente. tenga sobre las metas y compromisos asignados a él. La El titular de la entidad mediante resolución aprueba el disconformidad del servidor evaluado debe responder a calendario de la entidad y sus modificaciones.” causales justificadas de imposibilidad de cumplimiento, asociados a la no adecuación de los compromisos y

  5. “Artículo 38.- De la Etapa de Planificación metas con las consideraciones mínimas establecidas por La Etapa de Planificación abarca todas aquellas el artículo siguiente del presente reglamento.” acciones necesarias para preparar a la entidad para la ejecución de las etapas del ciclo, asegurando “Artículo 41.- Modificación de las metas la información y participación de todos los actores Las metas fijadas solo podrán modificarse a solicitud involucrados. del evaluador o evaluado, de presentarse alguna de las Contempla la elaboración del cronograma institucional, siguientes condiciones sobrevinientes: acciones de comunicación y sensibilización, la planificación de las acciones de capacitación a cargo de la a) Cambios en el Plan Operativo Institucional oficina de recursos humanos, así como el establecimiento que afecten indiscutible y directamente a las metas de las metas grupales e individuales y los compromisos establecidas. individuales para cada servidor.” b) Cambio de puesto por razones de movilidad temporal o definitiva.

  6. “Artículo 39.- Establecimiento de Metas y c) Reasignación significativa de recursos. Compromisos d) Cambios en el Reglamento de Organización y El establecimiento de Metas y Compromisos, que Funciones, Manual de Operaciones u otros documentos forma parte de la Etapa de Planificación, corresponde al de gestión institucional que afecten las metas establecidas momento del proceso en el que se concretan los acuerdos inicialmente. El Peruano / Lunes 15 de julio de 2019 NORMAS LEGALES 5 e) Por casos fortuitos o fuerza mayor que afecten selección o alguna de sus etapas, para la designación directamente el cumplimiento de las metas asignadas. de los funcionarios públicos de designación o remoción regulada, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 30057, La modificación debe justificarse documentalmente, Ley del Servicio Civil, salvo las excepciones previstas ante la oficina de recursos humanos o la que haga sus en la Constitución Política del Perú y sus normas de veces, con la firma del evaluador y evaluado y ratificarse desarrollo constitucional. En igual sentido, a petición de por parte del superior jerárquico del evaluador.” las entidades, en aquellos casos en que se considere realizar un proceso de selección para la designación de

  7. “Artículo 42.- De la Etapa de Seguimiento funcionarios públicos de libre designación o remoción, La Etapa de Seguimiento inicia inmediatamente SERVIR podrá brindar asistencia técnica respecto del después de la definición de metas y compromisos prevista proceso o alguna de sus etapas. en la Etapa de Planificación y conlleva responsabilidades 233.5 Los procesos de selección llevados a cabo por para el evaluado y el evaluador. SERVIR, descritos en el presente artículo, no incluyen la El seguimiento implica la continua orientación, evaluación de la entrevista final y la elección del candidato. retroalimentación, motivación y apoyo del evaluador, 233.6 SERVIR propone el perfil del puesto y aprueba así como la responsabilidad y esfuerzo del servidor las Bases del correspondiente proceso de selección evaluado, de acuerdo con las metas trazadas y con el en el marco de lo que disponga la ley de creación y plan de mejora definido como resultado del ciclo anterior. funcionamiento, y los documentos de gestión de la Durante el seguimiento, pueden desarrollarse reuniones respectiva entidad pública. de retroalimentación para contribuir a la identificación de 233.7 La realización de los procesos no modifica la necesidades y mejoras del rendimiento de los servidores naturaleza del puesto seleccionado establecida en la Ley públicos. Orgánica del Poder Ejecutivo o la ley de creación de la Sin perjuicio de la observación continua a lo largo entidad pública. Si el puesto seleccionado es calificado del ciclo, el evaluador debe realizar seguimiento y como de confianza, mantiene dicha condición.” registro del desempeño del servidor evaluado en al menos una oportunidad, incluyendo la retroalimentación Artículo 2.- Refrendo correspondiente, dentro del periodo programado para El presente decreto supremo será refrendado por el esta etapa en el calendario de la entidad, con el objetivo Presidente del Consejo de Ministros. de identificar oportunamente las dificultades para el cumplimiento de metas, reforzar positivamente los DISPOSICION COMPLEMENTARIA logros parciales y ejecutar acciones de mejora cuando FINAL corresponda. Dicho monitoreo y registro debe constar en el legajo Única.- Adecuación personal de cada servidor, debiendo dejarse constancia Corresponde a las entidades públicas adecuar de su comunicación a este.” las etapas, hitos o actividades de los procesos y/o procedimientos descritos en el presente Decreto

  8. “Artículo 43.- De la Etapa de Evaluación Supremo, que se encuentren pendientes de ejecución, La Etapa de Evaluación corresponde a la valoración con posterioridad a la actualización de los instrumentos del desempeño que deberá efectuar el evaluador a partir que regulan la Gestión del Rendimiento por parte de la del seguimiento realizado a las metas y compromisos Autoridad Nacional del Servicio Civil. establecidos y concluye con la notificación de la calificación otorgada a los evaluados y la retroalimentación Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce correspondiente, de acuerdo con el Cronograma días del mes de julio del año dos mil diecinueve. Institucional de Gestión del Rendimiento de la entidad. En esta etapa, se constatan y verifican, a partir de MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO las evidencias registradas, los logros alcanzados y el Presidente de la República cumplimiento de los compromisos y metas establecidos al principio del ciclo. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE La calificación se realiza al final de cada ciclo y sin Presidente del Consejo de Ministros excepción, se realiza con carácter previo al establecimiento de metas de la etapa de planificación del siguiente ciclo.” 1788551-2

  9. “Artículo 45.- Proceso de Retroalimentación La retroalimentación es un proceso permanente Designan Vocal de la Sala Especializada que se realiza desde la Etapa de Planificación hasta el en Propiedad Intelectual y Vocal de la Sala cierre de la Etapa de Evaluación. Como resultado de la retroalimentación al finalizar la evaluación, se formula Especializada en Eliminación de Barreras un plan de mejora para el servidor, que identifica Burocráticas del Tribunal de Defensa de recomendaciones de capacitación y otros aspectos que la Competencia y de la Protección de la coadyuven a la mejora de su desempeño.” Propiedad Intelectual del INDECOPI

  10. “Artículo 233.- Incorporación, permanencia y término para funcionarios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 123-2019-PCM 233.1 La incorporación, permanencia y término del servicio civil para los funcionarios se realiza de acuerdo Lima, 12 de julio de 2019 con lo establecido en el artículo 52 de la Ley. 233.2 La designación y término de los funcionarios de VISTAS: Las Cartas N° 523-2019/PRE-INDECOPI los literales b) y c) del artículo 52 de la Ley, se realiza y N° 524-2019/PRE-INDECOPI, del Instituto Nacional mediante Resolución del nivel y fuente previstos en la de Defensa de la Competencia y de la Protección de la normatividad de la materia. Propiedad Intelectual - INDECOPl; 233.3 Para el caso de funcionarios del gobierno nacional, la designación y término surte efectos a partir CONSIDERANDO: del día de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo que el propio acto determine una fecha distinta. En Que, el numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley de el caso de los funcionarios de los gobiernos regionales y Organización y Funciones del Instituto Nacional de locales, la designación y término surte efectos a partir de Defensa de la Competencia y de la Protección de la la correspondiente notificación al funcionario. Propiedad Intelectual - INDECOPI, aprobada por el 233.4 A solicitud del titular de la entidad o del Decreto Legislativo N° 1033, establece que el Tribunal sector correspondiente, SERVIR convoca, organiza, de Defensa de la Competencia y de la Protección de brinda asistencia técnica y/o ejecuta el proceso de la Propiedad Intelectual es un órgano con autonomía

Decreto Supremo Nº 127-2019-PCM ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil · Nelum