Decreto Supremo Nº 080-2018-EF ─ Modifica el Reglamento de la Ley Nº 29125, que implementa el Fondo de promoción a la inversión pública regional y local (FONIPREL)
Made 2018-04-27 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Agricultural and rural development
- Keywords
- institution, agricultural development, financial agricultural measures, legal proceedings/administrative proceedings, less favoured areas, governance
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14 NORMAS LEGALES Sábado 28 de abril de 2018 / El Peruano N° CUODE SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCIÓN 404 850 9028.20.90.00 - - Los demás 405 850 9028.30.10.00 - - Monofásicos 406 850 9028.30.90.00 - - Los demás 407 850 9029.10.20.00 - - Contadores de producción, electrónicos 408 850 9029.10.90.00 - - Los demás 409 850 9029.20.10.00 - - Velocímetros, excepto eléctricos o electrónicos 410 850 9029.20.90.00 - - Los demás 411 850 9106.10.00.00 - Registradores de asistencia; registradores fechadores y registradores contadores 412 850 9106.90.90.00 - - Los demás 413 850 9107.00.00.00 Interruptores horarios y demás aparatos que permitan accionar un dispositivo en un momento dado, con mecanismo de relojería o motor sincrónico. 414 850 9405.40.19.00 - - - Los demás ANEXO II I. LISTA DE SERVICIOS 1 Servicios de suministro de productos de limpeza personal 2 Servicios de Procura 3 Servicios de administarción y capacitación de personal 4 Servicios de Instalación 5 Servicios de elaboracióny diseño del sistema de iluminación 6 De arqueología y recuperación de restos arqueologícos 7 De servicios de carpinteria y ebanistería 8 De pintado de instalaciones interiores y exteriores 9 De asesoría fi nanciera y contable 10 De servicio de eliminación de desmonte 11 De Instalación de equipos de audio y videos 12 Servicios de telefónia fi ja, móvil y radios de corto alcance 13 De asesoría legal 14 Sevicio de logista 15 Servicio de operación y administración hotelera 16 Servicio de supervisión de obras 17 Servicio de alquiler de equipo de construcción 18 Contrato de polizas de seguro de cobertura durante la etapa preoperativa II. LISTA DE CONTRATOS DE CONSTRUCCION 1 Contrato de Construcción General EPC necesario para la ejecución del proyecto. 1641333-1 ECONOMIA Y FINANZAS Modifica el Reglamento de la Ley Nº 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local FONIPREL DECRETO SUPREMO Nº 080-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28939, Ley que aprueba Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, se creó el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL, cuya fi nalidad es el fi nanciamiento o cofi nanciamiento de proyectos de inversión pública de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, para lo cual podrán destinarse los recursos al fi nanciamiento o cofi nanciamiento de estudios de preinversión; Que, la Ley Nº 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del FONIPREL y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 204-2007-EF, establecen que los estudios de preinversión o proyectos de inversión pública deben estar orientados a reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básicos, que tengan el mayor impacto en la reducción de la pobreza y pobreza extrema en el país; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 29125 estipula que para acceder al cofi nanciamiento del FONIPREL, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales participan en concursos públicos de proyectos convocados por el citado Fondo a nivel nacional, de acuerdo al procedimiento establecido en las bases del concurso; Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29125 establece que el FONIPREL es administrado por un Consejo Directivo, el cual cuenta con una Secretaría Técnica; Que, de acuerdo a los numerales 11.1 y 11.2 del artículo 11 del Reglamento de la Ley Nº 29125, la Secretaría Técnica elabora las bases de la convocatoria y el Consejo Directivo las aprueba; asimismo, el numeral 12.8 del artículo 12 del referido Reglamento señala que la Secretaría Técnica suscribe convenios con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para cofi nanciar la ejecución del proyecto de inversión pública o estudio de preinversión seleccionado; Que, durante la vigencia de los convenios suscritos para el fi nanciamiento de estudios de preinversión o proyectos de inversión, con cargo al FONIPREL, se ha evidenciado que el Consejo Directivo no cuenta con las facultades que le permitan modifi car las condiciones o compromisos contenidos en los convenios, cuando se presentan hechos o circunstancias ajenas al Fondo que difi cultan la ejecución de los mismos; Que, en ese sentido, resulta necesario modifi car las funciones del Consejo Directivo a efectos que dicho órgano colegiado tenga la facultad de revisar, y de corresponder, modifi car los convenios; actualizando las condiciones y compromisos contenidos en los mismos, en aras de impulsar la provisión de servicios e infraestructura básica en las regiones de país; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 204-2007-EF; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi cación del Reglamento de la Ley Nº 29125 Modifi car el artículo 6 del Reglamento de la Ley 29125, Ley que establece la implementación y funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local –FONIPREL, aprobado por Decreto Supremo Nº 204-2007-EF, incorporando un párrafo fi nal de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 6.- Funciones del Consejo Directivo 6.1 El Consejo Directivo tiene las siguientes funciones: (...) 6.2 El Consejo Directivo evalúa, y de corresponder, autoriza las modifi caciones a las condiciones y compromisos contenidos en los Convenios y los documentos que estos comprendan, en aspectos tales como, la suspensión del uso o transferencia de 15NORMAS LEGALESSábado 28 de abril de 2018 El Peruano / recursos, cambios de cronograma, vigencia, acciones de seguimiento de ejecución física y fi nanciera, resolución, responsabilidades, así como cualquier otra materia que impida la ejecución del Convenio o su adecuada culminación. Para dicho efecto, la Secretaría Técnica suscribe las adendas que sean necesarias.” Artículo 2.- Publicación Publicar el presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano; así como en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob. pe) el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros DAVID ALFREDO TUESTA CÁRDENAS Ministro de Economía y Finanzas 1642389-2 Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSIÓN a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 152-2018-EF/10 Lima, 25 de abril de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 1 de febrero de 2018, el Gerente General Adjunto del BBVA Continental cursa invitación al Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN a fi n de que participe como panelista en la sesión denominada “Regaining momentum for Infraestructure Latin America” de la 8ª edición de la conferencia anual “BBVA Latin America Conference” que tendrá lugar los días 2 y 3 de mayo de 2018 en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; Que, la participación de PROINVERSIÓN servirá para difundir la imagen del país como destino de inversiones, dar a conocer el marco normativo para el desarrollo de proyectos en la modalidad de Asociaciones Público Privadas (APP) y promover la cartera de proyectos en infraestructura y servicios públicos a cargo de PROINVERSIÓN ante potenciales postores y agentes proveedores de fi nanciamiento; Que, de acuerdo al numeral 38.1 del artículo 38 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo N° 254-2017-EF, PROINVERSIÓN es el organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, encargado de diseñar, conducir y concluir el proceso de promoción de la inversión privada mediante la modalidad de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos bajo el ámbito de su competencia; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la participación del señor Alberto Paolo Ñecco Tello, Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN, en el citado evento, toda vez que permitirá asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de dicha entidad; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos por pasajes aéreos y viáticos serán fi nanciados con cargo al presupuesto de PROINVERSIÓN; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Alberto Paolo Ñecco Tello, Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada PROINVERSIÓN, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 1 al 4 de mayo de 2018, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo al Presupuesto de PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 1,260.57 Viáticos (2+1) : US$ 660.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID ALFREDO TUESTA CÁRDENAS Ministro de Economía y Finanzas 1641442-1 Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSIÓN a México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 155-2018-EF/10 Lima, 26 de abril de 2018 CONSIDERANDO: Que, los días 3 y 4 de mayo de 2018 se llevarán a cabo reuniones bilaterales en los Estados Unidos Mexicanos, país en el que existen empresas del sector construcción que vienen desarrollando importantes proyectos de obras públicas y que participan en procesos de Asociaciones Público Privadas (APP), las cuales tienen gran interés en internacionalizarse ante lo cual el Perú resulta una alternativa interesante, siendo necesario proveer a los empresarios de información relevante para la toma de decisiones; Que, PROINVERSIÓN con el apoyo de la Ofi cina Comercial del Perú en México (OCEX México) ha organizado una agenda de reuniones bilaterales con las principales empresas constructoras de los Estados Unidos Mexicanos siendo el objetivo de las reuniones profundizar el acercamiento con potenciales inversionistas mexicanos e incentivar su participación en los procesos de promoción de la inversión privada a cargo de PROINVERSIÓN;