Decreto Supremo Nº 056-92-AG ─ Reglamento de organización y funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA)
Made 1992-12-22 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Livestock, Cultivated plants
- Keywords
- institution, animal health, governance, plant protection
- Categories
- agriculture
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Aprueban el Reglamento de Organiza ci6n y Funciories del Servicio Nacio nal de Sanidad Agraria (SENASA) DECRETO SUPR.EMO NO 05&-92-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBUCA CONSIDERANDO: Que par Decreta Ley N° 25902 de fecha 27 de noviembre de 1992, se ha dictado la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, cuyo Articulo 170crea, en otros Orgs nisrncs Publicos Descentralizados, el Ser vicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA); Que la Segunda Disposici6n Complementaria del citado Decreta Ley dispone que los Organismos PU blicos Descentralizados del Ministerio de Agriculture deben formular sus rcspectivos Reglamentas de Or ganizaci6n y Puncione s, que se r a n a probados por Decreta Supremo; Y, De conformidad can 10 dispuesto en el incise 11) del Articulo 211° de la Constituci6n Polftica del Peru; DECRETA: Articulo 10.-Apruebase el Reglamentc de Organi zacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), q,ue consta de siete (7) tftu!os, ae is (6) capitulos y vemtisiete (27) a rt Iculos, y una Disposici6n Transitoria, el mi srno que forma parte del presente Decreta Supremo. Articulo 29.-El presente Decreta Supremo sera refre ndado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima. a 105 vein tidr\~ .-lr~.1 'U.~5 de UIC..'<! L.~.. - "re de mil novecientos • <. ntid.6s. ALBERTO FUJThlORI FUJIMC. "RI Prcsidente Constitucional de la Re,', ";lliblica ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA Ministro de Agricultura REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA SENASA CONTENIDO TITULO r T~TULO II TITULO III Capftulo Capitulo Capitulo :::apitulo t:;apitulo Capitulo TIr~LO IV TITULO V TITULO VI TITUtO VII DISPOSICIONESGENERALES OBJETIVOS Y FINAUDAD DE LA ORGANIZACION Y FUNCIONES I Del Organa Directivo II De la Alta Direcci6n . III Del Organo de Control IV De 105 UTganos de Asesoramiento V De los Organos de Apoyo VI De los Organos de Linea D£ LOS ORGANOS DESCON CENTRADOS DEL REGIMENLABORAL DEL REGIMEN ECONOMICO DISPOSICION 'fRA,.~SIT0RlA ... I~DEO~CIONY FUNCIONES DEL SERVlCIO .'lACIONAL DE SANIDAD AGRARIA TITULO! DISPOSICIONES GENERALES ArtSeulo 1°. El Servicio de Sanidad Agraria, crea do per I)ecretaLey NO 25902 de fecha 27 de noviern bre de 1992. al que se identiflcara tarnb ien por las siglas SZNASA. es un Organlsmo PUblico Descentra fl l'trUanoPag. 112281 CAPITULO I DEL ORGANO DIREC'TTVO CAPITULO II DE LA ALTA DIRECCION JEFATURA Orge nos de Ascsora mie nto Oficina de Pla nificncidn ' . Oficina de Ascsorfa .Iurtdica Orgunoe de Apoyo Oficina de Adrninist rccidn Sistema Nncional de Laboratorios de Sanidad Agrar'is Or~Rnos de Unea Dj reccicn General de Sanidad Vegetal Direcci6n Cene ra l de Sanidad Animal Organos Desconcentrados . Se rvicios Regionales de Sanidad Agraria EI Viceministro de Agricultura, quien 10 presidio ra, con v2lO.dirir=-2.:>!.l>:r j.,.. ~ - .....- . •.............. , 1 • v,l representante de los proo u~t..cres agranos; EI Presidente de la Asociacidn a,~ ~groexportado. res 0 su representnnte; ". " EI Presidente de la Asociacion Nacionr;l,de Fon gales, en represcntaci6n de los producUJre:\.gnna deros; Un representante del Ministerio de Economfa"'Y Finanzas; . Un representnnte del Ministerio de Salud; y EI Jere del SENASA, quien desempeIiara las runciones de Secretario TeC"nico Articulo 7"., EI Consejo Directivo e s el or ga no su pe nor de I SENASA cuya sa tribucio n e s so n Ias siguientcs: b. f. a. c. d. e. Proponer al Despacho Ministerial las politicas y cstratcgias a cstablecer en el SENASA, a sf como cva lua r la ejccuci6n de las rnismas: Aprobar las polfticas, planes, de co rto, mediano y largo plazo; asi como las estrntcgias y progrn mas del SENASA, que seran elevados al Dcspa cho Ministerial para su aprobaci6n linal; Aprobar y supervisar la ejecuci6n de los planes, presupuestos, me rno r ia s y estados financieros del SENASA; Aprobar Ia escala de remuneraciones del pe rso nal: . Ap;obar el Manual de Organizaci6n ;:.Funciones del SENASA; Todas aquellas que sean pert incntcs para el cum plimiento de los fines de la Inslituci6n. Articulo 8".- EI Consejo Directive esta integrado por: tl. 1:'>roponer las politicas, planes de corto, mediano y largo plazo; asf como estrategias del SENASA para su aprobaci6n por el Consejo Directivo; P.epresenlar legalmente a la Inslitucion; Dirigir y col}trolar las actividades del SENASA; Froponer at Consejo Directivo del SENASA las p'Jlfticas y estrategias de la Instituci6n; E}ercer la titularidad del pliego presupuestal; Proponer 81 Consejo Directivo los planes y pro grnmas de cOrU:!, mediano y largo plazo del SE· NP\sA; Ap,robar la celebracion de convenios y los contra· un que se requieran para el rumplimiento de los fi nes instiluClonales, dando cuenta oportunamen te al Consejo Directivo; b. c. d. Articulo 1()Q.- EI Jefe del SENASA es la maxima alftori.d~dejec~tivade la In~titucion, can r.ango de Vlcemlnlstro. Tiene las funclones y atnbuclones si. guientes: g. e. r. Artfculo 90.- EI Consejo Directivo es designado Inediante Re301ucion Suprema. Sc inslalanl. dentro de los treinta (30) dras siguientcs ala publicacion del , p rescnlc Decreto Supremo y aprobani suReglllmento dentro de los treintn (30) dfa~ contRdlJs n partir de In recha de su instn lacion. TITULO II oB.TE'TIVOS Y FINALIDAD TITULO III DE LA ORGANIZACION Y FUNCIONES Organo Directivo Conscjo Directivo Alta Direccion Jeratura Organo de Control Olicina de Control Interno Uma, domingo 17 de enero de 199J Articulo 4'.- EI SENASA, con In participnci6 n del Sector Privcdo, tiene por objetivo lograr uno con, stan te mcjorn de In Sanidad Agrtco lc y Pecuaria en a poyo ala produccicn, procesa rme nto y co rne rcia liz aci- 5n de productos y subproductos agrn rios. El SENASA, tiene por finalidad dotar ala f' .ctivi dad agraria nacional de un marco de mayor s eguri dad y menores riesgos sanitarios, contribuyen- do a su desarrollo sostenido y par cnde a l bienesta r de Is: poblacion. Articulo 5"'.- Son funcio ne s del SENASA: a. b. lizado del Ministerio de Agriculturu. con personertr ! jurtdica de de rccho publico interne. autonomia tecni en adrninist rativa, cconornica y finn ncie rn, Consriu l ye Plicgo Presupuesta l. Articulo 2".- EI SENASA 5C rige por la Ley Org. i nica del Ministe rio de Agricultura, el Eresent.e Reg]:,l mento de Orgunizacion y Funcioncs (ROF), y dorn. is disposicioncs leK!! les perti nen tes. Articulo 39.- EI domicilio legal del SENASA cs la ciudad de Lima, y tiene durncio n indelinida. d. e. c. Articulo 6".- La Estructura del SENASA es la siguiente: r. g. Controlar y su pe rvi sa r In sanidad de 10911 produc tos y subproductos agre rios en el comercio nacio nal e internacional; Proponer al Ministro de Agricultura la~,' normas de alcance nacional y regional en relaC":i6n a las acti vidades de vi g i le nci a. inspecci6n, 1'/ e g istro, control, supervision yevnluaciones saDiL~nasdel agro; , Dar directamente a a traves de te rce ros. y coordi nar los servicios de prexencion. protecci: 6n y sani dad agrtco la. animal y forestal a nivel , ..egional y nacional; ! PIa near y o r gan iz a r proyectos y pro 19raOlas de sanidad agra ris a dcsarrollnrse en e l f.Jafs, ya sea a traves de cntes est ata les 0 privadcs , con recur-: 30Snaciop:<lles y npoyo de In Coope rac Ion Tecnica rllt.::::,acional; Prornover ia pa;ticipacion de ~a iniciiativa priva da en las act.ivida des i;;: nitarias, e st: a blcciendo rnecanisrnos cstablcs de cooper.:;::!in.:c OP.~':'~t~, to res agra rios. asociaciones y sociedades cie nttfl- ~ cas re lacio nnda s con III su nidud agraria; Realizar anrilisis de ries~o~ sanilarios a fin de generar informnci6n lCCOlco-cconomica necesa ria para predecirel nivel de impacto y riesgo sanitaria real 0 potencial que resullc de la co mercializaci6n de d.cterminados producUJs 0 sub Eroductos agrarios; Reorganizar y conducir el sistema cuarcntenario nacional evitando la introduccion de nuevas pro blemas sanilarios y la dispersi6n de los existen· tes hacia otras regiones y paises libres de ellos; h. DesarrolIar y mantener un sistema de control e inspeccirin snnitaria de carne~ a nivel de malade· ros (camales); Norma r los aspectos sa nita rios de n lro de Ia~ actividades de Importacion, exportacion, comer cializacion, tninsito interno de ani males y vegc tales; asi como productos e insumoB agrarios; 1 Conducir el regislro de empresas producUJras y distribuidoras de pesticidas y produclos saruta rios utilizados en las actividadcs agrarias; k. Promover actividades decapacitacion en sanidad agraria; y, Las demas que Ie asigne el Consejo Nacional de SanidadAgraria y las disposiciones legale~ en vigencia 30bre Ia materia. i. j. 1. ~~g1i1!£J-------------:;,;==== p3g. 112282 fllJtrUClltO Llrna, domingo 17de enere de 1"3 a. c. f. e. CAPITULO VI DE LOS ORGANOS DE LINEA Articulo 1~.- La Direcci6n General de Sanidad Vegetal tienc las siguientes funciones: Conducir, directamente 0 Dtroves de tcrccros un mecanismo de control y supervision filosanit~na al comercio tanto nacional como internacional de productos a subproductos agricolas; b. Estab lecer yconducir, directamente 0 a tr avds de ter,;=eros, unidades de analisis de riesgos fitosani tanos, que genere informaci6n tCcnico~con6mica necesar-ia pa:a predecir el nivel de impacto y/o nesgo litosarutano real 0 potencial que represen te la produccidn, transformaci6n y ccmercializa ci6n de productos 0 subproductos agricolas; Prcrnover la .p,:,rticipaclCin dt; Ia i.niciativa priva da en las ectividedes Iltosanita rias, establecien do los mecanismos de cco per-acion con producto res a!P'a rios, asociaciones y sociedades cie ntfficas re lacio nudas con la fitosanidad; d. Evaluar y priorizar los prograrnas fitosanitarios internacionales que conciernen a I pais; asirnis mo, los programas nacionales y regionales de sanidad agricola; Dtrigir las actividades de preteccicn.rregulecion e inspeccidn y de servicios de sanidad vegetal en el ambito regional y nacional; Et~borarplanes, programas y. proyectos de cam panas fitosamtanas en coor dinacion con la Uni dad de Pluniflcaclon; g. Establecer mecanismos de control, registro y fiscnliaacidn respecto de insumos de usa agncola tales como serrullas y agrcqufmicos: igualmente ~"nducirel registro de las empresas productoras ylo comercializadoras do estes insurnos: h. Las de mds que Ie asigne la Jefaturn del SE..."'I'ASA y las que le corrcsporide de acuerdo a disposicio nes legales en vigencia. c. Rcllllzar por euenta propia 0 por intermedio de terceros, mediante acreditaci6n, e l control de pesticidas: y d. Las demas que Ie corrcsponde de acuerdo a Ley. Artf=.lo 18".- La Direcci6n ~neral de Sanidad , imal tiene las siguientes funciones: a. Conducir, direetamente 0 a traves de terceros un mecanisme de control y supervision zoosanit~no tanto al comercio nacional como internacional de j:lroducUls y subproducros pecuarios; b. Establecer y conducir. directa 0 a traves de terce· ros. unidades de analisis de nesgos zoosanitanos que proporcione informaci6n tecnica econ6mica n.ecesaria para Jlredecir el nivel de impacto y nesgo zoosanltano real 0 potencial que represen t?- la producci6n, transformaci6n y comercializa ·::16n de producros 0 subproductos peeuarios; c. Promover la participacion de-la iniciativa priva- . cia en IllS acttvidades ZOOsanitarillS, estableciendo los mecanismos de cooperaci6n con producrores a gTarios. asociaciones y sociedades cientlficas re lacionadas con la zoosanidad; d. ~" aluar y prionzar los programas zoosanitanos mt'!l"nllctonales que conciernen al pais; asimis mo t los programas nacionnles y regionales de sa~ldad pecuaria; e. Dir gir las actividades de protecci6n. regWaci6n e lTdpeccion y de servicios de sanidad animal en el ambito regional y nllcional; f. Elaborar planes, proKTamas Y proyecros de cam panas zoosanitllTias, en coodinacion con la Olici· na de Planilicacion; g. Establccer mecanismo~ de control, registro v fiscal,zacion respecUl de insUInOSde uso animar asi como biologicos y farmacos; igualmente coo: ducir eI registro de las empresas productoras y/o comerdalizadoras de estos insumos; h. Est:"blecer, mantener y supervisar un sistema nacloltal de control e inspeccion de carnes a nivel de mstllderos (camales) para efecUl de consumo humDno;y i. Las dl~mrisque Ie asigne la Jefatura del SENASA y las lue Ie corresponde de acuerdo a disposicio nes hgDle~ en vigencin. CAPITULO V DE LOS ORGANOSDEAPOYO a. Asesorar ala Jefatura en la formulacicn, aplica cion y evaluacion de las polfticas del Servicio: £'."nduC?it la formulaci6n Y evaluaci6n del Plan Anual de VIJ'=. ",-.'"ionesy del Presupuesto, en eoor dinacion con las Wl1<1ilaL~qde ltnea y I<.,s somete a la coneideracicn de la Jefatura; Programar y coordinar las acttvidades de Coope racicu Tecnica Nacional e Internacional; y Otras que Ie asigne la Jefatura. CAPITULO III DEL ORGANO DE CONTROL CAPITULQrv DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIRNTO Articulo 11".- EI Jefe del SENASA cuent. . ccn un Gabinete de Asesores, quienes 10 asiaten en ,,1 cum pllmiento de sus funciones y Ie brindan asesol'amien W en loa asuntoa especfflcos que lea encargu-a. Articulo 13".-La Olicina de Planilicaci6n tiene las funciones siguientes: Articulo l2".- La Olicina de Control Inte-rne es la encargada de programa r y r e e liz a r las acdones de inspeccidn, auditorias e investigaciones adrninis trativaa en los Organos del SENASA.. de com'crmidad con el Sistema de Control y los que Ie eorres ponde de aeuerdo a las disposiciones vigentes sobre la materia. EI Inspector depende de III Jefatura del SE:NASA y en el ejercicio de sus funciones tiene la rcpresenta ci6n de este. h. Proponer al Consejc Directive el Presupu .esto y Plan Anual Operative de la Institucion\ lal Ierno ria Anunl, el Balance General y Eatadoe . ''inan eieros: Designer a los re~rcsentantes del SENi\E ~ ante las respectivas Direcciones Regionales A~ -rarias del Ministerio de Agricultura y sus Or' .a no s, debiendo estos informer mensualmente; .. Las demas que Ie correspondan de acuerc lo a las disposiciones legales en vigencia. i. j. c. a. Prestar asesoriajuridica a la Jefatura y las otras dependencies del SENASA sabre los aspectos legales reladonados con sus actividades; b. Elaborar y opinar sobre prcyectos de normas y demlis disposiciones legales que Ie encomiende la Jefatura; Compilar, concordar y sistematizar la legislaci6n vinculada al SENASA; y Las demlis que Ie aeigne la Jefatura y las que Ie c?rt'esponda segtin las disposiciones legales en VtgenCla. Articulo 14°. La Olicina de Ase so rta Juridica desarrolla las siguiente8 funciones: Articulo 159.- Corresponde sIs Oficina de Admi nistraci6n las funciones siguientes: a. Apoyar a las dependencias del Servicio en 10 relscionado a personal, abastecimienUl, servicios Kenerales, contabilidad y tesoreria; b. Elaborar los balances generales y estados finan cieros, de conformidad con las disposiciones lega les vigentes; y c. Las demas que Ie asigne Ia Jefatura y otras que por Ley Ie corresponde. Articulo 16".- Correspondc al Sistema de Labora torioa de Sanidad Agrllria: a. Realizar, por euenta propia 0 ~r in~rmedi? de terceros, mediante acrcditaclon\ dlagn6stlcoa 5anitarioS,que avaleny regulende egaClonesque se efectuenen eSUlscampos, emitiendo los corres pondientes certifiendos sanitarios; b. Conducir una unidad de control biol6gico y pro mover el funcionamlento de otras a cargo del Secror Privado; e. c. d. TITULO VII DISPOSICION TRANSITORIA TITULO VI DEL REGIMEN ECONOMICO Artfc:ulo 27".- Constituyen recursos economieos del SENASA los sizuientas: a 'J'trtJCUU) Pag. 112283 e. f. Proporcionnr se!'vldos s~ nHarios y pecuarlos~ entre ~"tos 01 de informacidn zoosanitaria' g.. Desarrollar progrurnns de capacitacion' y' h Las dernds que lc corrosponde de acuerdo a Ley. .Art.f~o 25".-La cjccucion de los programas aani tarios, baSlcnment~aquellcs de naturnleza endemlca seran de reapcnsubj lidad del Sector Privado, quedan do a cargo del SENASA Ia atencion principalmen~ de aquellos de naturaleza cpi ddrnicu. Entre estos programas de prioridad nacional se encuentran 01 de la mOSCR do la [r u t a , s i gato k a n e g r o del pllitano broca del cafeto y otrns: pl agu s erncrgcntcs como l~ langosta y cl gusnno rosado d~1 algodonero; y proble mas de. en rueter cuar~nt.cnano.En el caso pccuario se ccnsidcruran la fieore aftosa, brnce losrs, tubercu IO~ls y otr.:ls que ~r.sus carnctcrfst icas de presenta cro n y dano eco no rmco-socra I, se consideren de res ponsabilidad del Estado. EI Estado supervisarri y controlara las acciones que. delegue, como es cl C:lSO de vacunaciones fumi gacrones. pulverizaciones, etc. ' Lns acciones sanitartas para reducir 0 erradicar las pl agas y cnfcrrncdadas cndcrnicas, sera n de res ponsab il idud del Sector Privndo. b. TITULO V DEL REGIMEN LABORAL AJ:tfculo 269.-El personal del SENASA, est:i com pr~!ndldo dcntro del regimen labora! de la actividad priva da regida por fa Ley N" 4916 Y en oloSistema Nacion~1 de Pc nsio ne s del Dccrcto Ley ~ 19990, sin exccpcton n lguna a partir del 1 de cnero de 1993. d. Las transfe rc nci as cerrientes y ",-I..... capital del Tesoro PUblico, consignadas en el Pre"l.o·ouesto Gener-a l de la Republica; . Los provenientes de opcraciones de credito ink,r no yexterno; Los ingresos propi.os que p~edan generar par el cobro de sus servlclos agranos, venta de infonna cion especiolizada, puhlicaciones tecnicas, germo olasma y otros: d. ;~s provenientes de los com'enios celobrados con I nstit11dones nadonales y extranjor:ls asC como de organismos internacionales; , 1.-)S que se obtongan por venta de activos dados d~ baja; f. 1o,s provenientes de donaciones; y g. Otros que Ie corresponda de acuerdo a las dispo SIl~ones legales en vigencia. c. EI 8e rvicio Nadonal do Sanidad Agraria (SENA SA), asumini la ejecuci6n de Proyectos, Coovenios y ComprolTlisos de 'Cooperaci6n Tecnica, Interna y Externll "eferidos a Sanidad Agraria. ArtfOIlo 21q. - EI Laboratorio Regional deSanidad Agraria tiene a este nivel las misrnas funcicies esta .: '--;-las parael nivel naciona!. Adicionalmote, apo ya r a n en e 1 c·:;.'e,• ...... I"!ci miento y conducci6 a nivel regional del registro de pe ......ti"idas, cmpres3Slroduc teras y comercializudcras de estes m:'~-.J.!""'OS. Artfeulo 22'1.- La Estaci6n Cuarentcnaria ejerce el control sanitario en el ingreso y salida de produc tos agrarios, 11 fin de disminuir el riesgo de inj:lTe>!o de problemas sanitarios al paCs. Articulo 23'l.- La Umdad de Scrvicios de Protec cion, Inspeccion y Regulaci6n Vegetal tiene las si guientes funciones: a. Representar-legalmente a la Instituci6n en el nivel regional; b. Dirigir Ycoordinar lu ejecuci6n de la p,lftica general y los planes do los SERESA; c. Proponer, a la Jefatura, el Plan Regional, a sf como la Memoria Anual, el balance geleral y estados financieros de los SERESA para sa apro bacion; d. Celebrar, por delegacion de 1a Jefatura lei SE NASA co nve nio s, contratos y de mas acre r doa <1,ue se ~equiern para cl cumplimient.o de os obje tivos y fines institucionales; y e. Las dernas que Ie correspondnn de acuerio a las normae legales en vigencia. Articulo 20".- Los SERESAS del Scrvicio Nacio nal de Sanidad Agruria tienen las siguicntes funcio nes: Articulo 19".- Son Organos Desconcentrud.oa del SENASA los Se rvicios Regionales de Sanidad' ~a ria (SERESA) que estaran a cargo de un Espccualiata en Sanidad Agraria. Para el cumplimiento de sus funciones contara c<.>n una unid~d minima ?e 'lEOYo, un Laboratorio Regional de Sanidad Agraria Y Eata clones Cuarentenerius donde existan. Asirnismc cuent a con dos unidades operat.ivas: 1) Servicio de Proteccion, Inspeccio n y Regulacion Vegetal; 2) Servicio de Protcccicn, Inspecci6n y R.cg--uacion Animal. a. Realizar, en cooperacion con la actividad priva da, acciones de prevencion y campanas fitosani tarias. a fin de minimizar los problemas sanita rios de los cuJtivos; b. Promover la cooperacion y asistencia litosanita ria con productores agricolas, asociaciones y so ciedades cientflicas; c. Promover la realizacion de campanas de divulga cion litosanitaria; d. Conducir la.normatividad relacionada con las regulaciones cuarentenarias; e. Realizar supervisi6n en puertos y fronteras; f. Efectuar supervision y pre-inspeccion en lugares de origen; . g. Proporcionar servicios sanitarios agrfcolas, entre estes, 01 de informacion fitosanitaria; h. Promover el desarrollo de programas de capaci taci6n litosanitaria; y i.' Las demas que Ie corresponde de acuordo a Ley. Articulo 24".- La Unidad de Scrvicios de Protec ci6n, Inspoccion y Regulaci6n Animal tiene las si guiontes funciones: ' TITULO IV DE LOS ORGANOS DESCONCFNI'RAD<')S Urns, domloco 17de eoer'!. de 1993 a. Desarrollar, en cooperacion con la actividad pri vada, a traves de sus unidades locnles, acciones de provencion y campanas zoosanitarias, a fin de reducir 0 e!iminar la incidencia de problemas sanitarios en la actividad pecuaria: b, Promover la cooperncion '! asistencia 7.oosanita ri a con ga naderos, a SOCI aciones y sociedades cient(ficas; c. Promover In realizaci6n de campanas de divulga cion zoosanitaria; . d. Conducir la normatividad rell1cionada con las regulaciones cuarentenarias; e. Rcalizar supervision en puertos y fronteras;