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Laws of Peru

Decreto Supremo Nº 052/10/EM - Establece compromiso previo como requisito para el desarrollo de actividades mineras

Made 2010-08-17 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Mineral resources
Keywords
mining, exploration, soil pollution/quality, institution, concession, legal proceedings/administrative proceedings, registration, contracts, data collection/reporting, authorization/permit, governance, pollution control
Categories
metals-base, metals-precious, minerals-critical

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  1. er perUlIltO Sistema Peruano de Informacion Jurfdica ENERGIA Y MINAS Modifican articulos del 0.5. N° 042·2003-EM, que estableci6 compromiso previa como el requisito para el desarrollo de actividades mineras y normas complementarias DECRETO SUPREMO N° 052·2010-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA GONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los articulos 7 y 8 de la Ley Orpanfca para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, aprobada mediante Ley N° 26821, es responsabilidad del Estado promover el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, a traves de las Leyes especiales sobre la materia, las politicas del desarrollo sostentble. la qeneraclon de la infraestructura de apoyo a la producci6n, fomento del conocimiento cientifico tecnoloqico. la libre iniciativa y la innovaci6n productiva; Que, el Estado debe velar para que dicho aprovechamfento se realice en armonia con el Interes de la Naclon, e! bien comun y dentro de los Iimites y prtnclptos contenfdos en dicha Ley; Que, en dicho marco y siendo necesario asegurar el desarrollo de las actividades mineras como uno de los mas importantes medios con que cuenta el pais para el fortalecimiento econ6mico y mejoramiento del btenestar social, mediante D,S, N° 042-2003-EM, se eetabteclo e! compromise previa como requisite para el desarrollo de actividades mtneras. ffjandose en el, sets compromfsos basicos que establecen un marco de referencia en el cual deben desenvolverse las actividades mineras en su relacionamiento con las poblaciones del entomo: Que, dichos compromisos se constituyen en requisito para la presentaci6n de la solicitud de petltorto mlnero. y para la solicitud de conceston de beneflcio, estableciendose la obliqacion para todos los titulares de la ac1ividad mlnera. de reflejar el compromiso previo en los respectivos Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y de presentar un informe escrtto como declaraci6n jurada anual, sobre las actividades de desarrollo sostenible realizadas en el ejercicio anterior; Que, si bien es cierto los principios contenidos en el OS, N° 042-2003-EM, mantienen su vigencia, es necesario ampliar sus alcances, a fin de orientar las actividades de los tltutares mineros. con una estrategia de gesti6n social, que promueva y procure la participacion. equidad e Inclusion. contribuya a la mejora de la calidad de vida de las poblaciones involucradas en las actividades mineras y la promoci6n de las relaciones armoniosas entre los actores, buscando una armonizaci6n con el marco de las politicas publlcas sociales; privilegiando la coordinaci6n y articulaci6n publico - privada para potenciar el impacto de dichas acetones: Que, de otro lado, mediante Resotuclon Ministerial N° 192-2008-MEMIDM, se aprobo e! nuevo formato de Dedaraci6n Jurada Anual de Actividades de Desarrollo Sostenible a que se refiere el articulo 5 del D,S, N° 042-2003-EM, integrando dicha declaraci6n a la Declaraci6n Anual Gonsolidada - DAG; Que, estando a que la Declaracion Jurada Anual de Actividades de Desarrollo Sostenible - Anexo IV, se integra y utiliza la herramienta de recojo de informaci6n en la DAC, es preciso adecuar la fecha de presentaci6n de dicha Declaracion Jurada contenido en el Anexo IV, fijada Paqina 16 er perUlIltO Sistema Peruano de Informacion Jurfdica para el 30 de setiembre de cada arto, a la de presentaclon de la Declaracton Anual Consotldada que se fija cada ana, mediante Resoluci6n Directoral de la Direcci6n General de Mineria: Que, es preciso indicar que de acuerdo al articulo 3 del D,S, N° 042-2003-EM, los titulares de la actividad minera deben reflejar los compromisos de la norma en la presentaci6n de los respectivos estudios ambientales: sin embargo, no se especific6 la forma en la que dichos compromfsos deben traductrse en los instrumentos de gesti6n ambtental. por 10 que es neceeano modificar dicho articulado a efecto de establecer ciertos lineamientos generales que permitan mejorar los planes de relaciones comunitarias de los estudios ambientales:

  2. Que, finalmente resulta necesarto informarse sobre e! cumplimiento de los cornpromisos con el desarrollo sostenible por parte de los titulares mineros en base a la informaci6n contenida en las Declaraciones Juradas, a efecto de generar confianza y un mejor relacionamiento entre los titulares de la actividad minera y la poblaci6n del area de influencia: Que, de conformidad con 10 senalado anteriormente, resutta necesario modificar el D,S, N° 042-2003-EM; De conformidad con 10 dispuesto en el numeral 8 del articulo 118 de la Constituci6n Politica del Peru: DECRETA: Articulo Pnmero.. De la Modificaci6n del articulo 1 del D.S. N° 042-2003-EM. Modifiquese el articulo 1 del D,S, N° 042-2003-EM, can el siguiente texto: "Articulo 1,- Del requisito para la presentaci6n de la solicitud de petitorio minero. Aqrequese como literal i) del numeral 1) del articulo 17 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado par Decreto Supremo N° 018-92-EM, can e! siquiente texto: "l) Compromiso Previo en forma de Declaraci6n Jurada del peticionario, mediante el cual se compromete a: a) Enfoque de Desarrollo Sostenible Contribuir al desarrollo sostenible de la poblacion tbicada en e! area de influencia de la actividad mtnera. procurando de manera conjunta con ella, el desarrollo y el fortalecimiento de la institucionalidad local, principal mente y la articulaci6n con los proyectos de desarrollo productive, que conlleven a la diversificaci6n econ6mica y la sostenibilidad local mas alia de la vida uti! de las acttvldades mtneras. b) Excelencia Ambiental y Social Realizar las actividades mineras en el marco de la politica ambiental del Estado. en su interdependencia con el entomo social, buscando la gesti6n social y ambiental con excelencia y el uso y manejo responsable de los recursos naturales para impulsar el desarrollo sostenible. c) Cumplimiento de Acuerdos Cumplir con los compromisos sociales asumidos en convenios. aetas, contratos y estudios ambtentales. d) Relacionamiento Responsable Respetar a las personas e instituciones. autoridades, cultura y costumbres locales, Promover acciones que fortalezcan la confianza entre los actores involucrados con la actividad mtnera. a traves del establecimiento y vigencia de procesos participativos y favoreciendose la prevenci6n y gesti6n de conflictos y la utilizaci6n de mecanismos alternativos de soluclon de contlictos. Paqina 17 er perUlIltO Sistema Peruano de Informacion Jurfdica e) Empleo Local Fomentar preferentemente la contrataci6n de personal local, para realizar labores de la actividad minera 0 relacionadas con la misma seqnn los requerimientos del titular en las diversas eta pas del ciclo minero y de forma consensuada con la poblaci6n del area de influencia. pudiendo brindar para el efecto las oportunidades de capacitaci6n requertdas. f) Desarrollo Econ6mico Contribuir al desarrollo econ6mico local y/o regional a traves de la adquisici6n preferente de bienes y servicios locales y/o regionales en condiciones razonables de calidad, oportunidad y preclo para ambas partes y la promoclon de iniciativas empresartates: que busquen la diversificaci6n de las actividades econ6micas de la zona. g) Dialogo Continuo Mantener un dlaloqo continuo y oportuno con las autortdades regionales y locales, la poblaci6n del area de influencia de la actividad minera y sus organismos representatives. bajo un enfoque intercultural, proporctonanooles informaci6n transparente, oportuna y acceslble sobre sus actividades mineras mediante ellenquaje y los medics de comuntcacton adecuados. de modo que permita el intercambio de opiniones. manifestaci6n de sugerencias y participaci6n de todos los actores tnvolucrados, de conformidad con las normas de partlctpaclon cludadana aplicables.

  3. EI enunciado de los Pttnciplos no responde a un orden [erarqufco. destacando su interrelaci6n y complementariedad, asi como su integralidad para alcanzar el desarrollo sostenible de las poblaciones de las areas de influencia mineras. Articulo Segundo.- De la Modificaci6n del articulo 3 del D.S. N° 042-2003-EM. Modifiquese el articulo 3 del Decreto Supremo N° 042-2003-EM, con el siguiente texto: "Articulo 3.- Del cumplimiento de los pnnclplos en los estudlos ambientales Los estudtos ambientales para la reatlzacton de actlvdades mineras deberan contener los planes 0 programas a traves de los cuales se detallen las actlvidades para el cumplimiento de los compromisos senalados en el articulo 1 del presente decreta supremo. Las propuestas y el detalle de las actividades a desarrollar, estaran en funci6n a las caracteristicas y alcance del proyecto y a las caractertsticas de la poblaclon considerando una clara identificaci6n de la poblaci6n tnvotucrada, cronoqramas de ejecucion, reeponsabtltdades y montes estimados de Inversion EI Ministerio de Energia y Minas establece criterios mas espectftcos en las Guias Ambientales 0 de Relaciones Comunitarias correspondientes." Articulo 'rercero.. De la Modificaci6n del articulo 5 del D.S. N° 042-2003-EM. Modifiquese el articulo 5 del Decreto Supremo N° 042-2003-EM, con el siguiente texto: "Articulo 5.- De la Declaraci6n Jurada Anual Todos los titulares de la actividad minera, sin distinci6n de la fase 0 ciclo en el que se encuentren, estan obligados a presentar anualmente, una declar acton jurada de compromiso con el desarrollo sostenible del ejercicio anterior, a traves del Anexo IV de la Declaracion Anual Consolidada (DAC). Dicho Anexo IV sera presentado en e! mismo plazo y bejo las mlsmas diaposiciones referidas al procedimiento cs presentaci6n de la Declaraci6n Anual Consolidada (DAC): conforme a 10 sefialado mediante Resolucion Directoral de la Direcclon General de Mineria." Articulo Cuarto.- De los deberes de las partes interesadas Es deber de todas las partes interesadas. el cumplimiento y respeto de los compromisos y acuerdos asumidos, a traves de convenfos, aetas, contratos. entre otros actos juridicos, que se celebren en el marco de los compromises con el desarrollo sostenible y de la legislaci6n vigente. Paqina 18 er perUlIltO Sistema Peruano de Informacion Jurfdica A efectos de objetar la valtdez. cumplimiento, interpretacion, ejecucion u otro aspecto relacionado con los actos juridicos antes senalados, las partes interesadas debe ran, en primer lugar, fomentar el dialoqo bajo el principle de buena fe. 0 la implementacion de mecanismos alternativos de resolucion de conflictos, a fin de lIegar a un consenso; sin perjuicio que estas recurran a la via judicial y/o administrativa respectiva de acuerdo a la leqislacion sobre la materia. EI cumplimiento de los compromisos se fundamenta en el respeto de los principles de derecho. responsabilidad social y valores etico morales. perrnitiendose de esta manera. la materializacion de las acciones y compromisos adoptados. Articulo Quinto.- De la dlfuslon de la informacion contenido en la Declara cion Jurada Anual de Actividades de Desarrollo Sostenible. La informacion presentada por los titulares mineros a traves de la Declaracion Jurada Anual de Actividades de Desarrollo Sostenible (Anexo IV de la DAC) estara a dtepostclon de todas las personas, una vez vencido el plazo de presentaci6n de la DAC, en la paqina web del Ministerio de Energia y Minas, Articulo Sexto.- Del refrendo EI presente Decreto Supremo sera refrendado par e! Ministro de Energia y Minas, Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete dias del mes de agosto del ana dos mil diez.

  4. ALAN GARCiA PEREZ Presidente Constltuclonal de la Republica PEDRO SANCHEZ GAMARRA Ministro de Enerqfa y Minas Paqina 19

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