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Laws of Peru

Decreto Supremo Nº 050-2007-EM ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 006-2005-EM, Reglamento para la instalación y operación de establecimientos de venta de gas natural vehicular

Made 2007-09-21 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Energy
Keywords
natural gas, transport/storage, internal trade, legal proceedings/administrative proceedings, environmental standards, environmental audit, standards, protection of environment
Categories
energy

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Text

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  1. Articulo 1",- Modlflcacl6n del articulo 24" del touoos y GLP de usc Automotor para frnes de mciur Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 006- equrpos y eccesonos para re veote de GNV, se exceotuera 2006-EM del curnprrrueoto de las ostences rrumrnes eocoes en el Modificar el articulo 24° del Reglamento para la numeral 3 del articulo 110 del Repternento de seconoec Instalaci6n y Operaci6n de Establecimientos de Venta para Esteblecrrruentcs de veote al Puonco de lOl PUblico de Gas Natural Vehicular (GNV), eprobedo Combustibles Denvaoos de tnorocerouros. aprobado por Decreto Supremo N° 006-2005-EM, por el siguiente mediante Decreto Supremo N° 054-93-EM Y elliteral b) texto del articulo 19° del Reqtarnento de Establecimiento de vente de Gas Licuado de Petr61eo para Uso Automotor

  2. "Articulo 24°_ Distancias de los Establecinuenlos de - Gasocentros. aprobado mediante Decreto Supremo vente lOl Publico de GNV a Estaciones y Subestacione s N° 019-97 -EM, siempre y cuando los puntos de ernanacion Electricas. a centros de eruencra masiva de publico y a de Gas Natural se ubiquen a una distancia iqual 0 rnavor a Establecinuentos de vente de Combustibles 1101 que se encuentran los puntos de ernanacion de gases Se exipra las distancias rrunmas siguientes provenientes de los Combustibles Llquidos y GLP para Uso Automotor a) Siete metros con sesenta centlmetros (760 m) de los linderos de las estaciones y subestaciones

  3. Articulo 4".- Del Refrendo erectncas y centros de trenstormacron y irensjormaoores EI presente Decreto Supremo sera refrendado por el electricos. Las medidas seran tornaoas a los puntos de Ministro de 1101 Produccion. 1101 Ministra de Transportes y ernanacion de gases Dichas Estaciones y Subestacione s Comunicaciones y el Ministro de Enero!a y Minas deberan encontrarse dentro de una cas eta de material no intlamable b) Siete metros y ses enla centlmetros (760 m) desde Dado en 1101 Cas a de Gobiemo, en Lima, a los veintiun 1101 proveccion horizontal de las subestaciones erectness 0 dlas del mes de setiembre delano dos mil siete transformadores erectncos eereos hacia donde se puedan producir ernanacion de gases ALAN GARCiA PEREZ c) Cincuenta (50) metros del limite de propiedad de Presidente Constitucional de 1101 Republica instituciones educativas, rnercaoos supennerceoos, establecinuento s de salud con internarniento. tempi os, RAFAEL REY REY iglesias, Cines, teatros cuarteles. zonas rnilitares. Ministro de 1101 Producci6n comrsarras 0 zonas policiales , establecinuento s perutenciarios y luqares de espectaculos publicos. que VERON ICA ZAVALA LOMBARDI cuenten con Licencia Municipal 0 proyecto aprobado por Ministra de Transportes y Comunicacione s 1101 Murucipalidad En el caso de los establecimienlos para los cuale s no se requiere 1101 Iicenci a de funcionamiento. JUAN VALDIVIA ROMERO estos deberan contar con el proyecto aprobado por Ministro de Enerqe y Minas 1101 Murucipalidad 0 con eutortaacron equivalente para su funcionamiento emitida por 1101 autondad 0 entidad competente 111890-3 Dicha medici6n se hara en forma radial desde los puntos donde se pueden producir gases La distancia que debe existir entre Estacione s de Servicics. Grifos, oasocenros de GLP para usc autornotor y Establecirnienlos de vente lOl Publico de GNV o entre establecinuento s de ambos tipos, se reqira por 1101 normalividad del municipio correspondiente "

  4. Articulo 2".- Modlflcacl6n del articulo 38" del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 006- 2005-EM Modificar el articulo 38° del Reglamento para 1101 lnstalacion y Operacion de Establecinuenlos de vente lOl Publico de Gas Natural Vehicular (GNV), aprobado por Decreto Supremo N° 006-2005-EM, por el siguiente texto

  5. "Articulo 3SO- Distancia de los puntos de ernanacion de gases a las nneas erectncas eereas Los puntos de emanacion de gases deben ubicarse a una distancia minima con respeclo a 1101 proyeccion horizontal de las llneas aereas que conduz can eleclncidad segun el siquiente cuadro

Decreto Supremo Nº 050-2007-EM ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 006-2005-EM, Reglamento para la instalación y operación de establecimientos de venta de gas natural vehicular · Nelum