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Laws of Peru

Decreto Supremo Nº 041-2011-EM ─ Requisitos para solicitar autorizaciones de uso de agua para obras o estudios de generación eléctrica

Made 2011-07-19 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Energy, Water
Keywords
hydropower generation, water quality standards, water abstraction, waterworks, environmental impact assessment (EIA), effluent waste water/discharge, legal proceedings/administrative proceedings, non-governmental entity, concession, authorization/permit, offences/penalties, pollution control, freshwater pollution, standards, renewable energy, environmental standards, protection of environment

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  1. Articulo 1°._ Derogaci6n ex presa 6.2 Los titulares de estas licenc ias se encuentran Der6guese el Decreta Supremo N° 048-2007-EM . facultados a utilizar mayores vohJmenes disponibles. sin requerir para elio titulo habilitante adicional, siempre que

  2. Articulo 2".- Cum plim iento del requisito para ex ista libre dispon ibilidad y no se afecten derechos de soli citar co nces i6n temporal uso. aguas abajo del punto de captaci6n y devoluci6n: EI requisito para el otorgamienlo de concesiones los requerimientos de orden ambiental ni los planes de temporales establecido en el literal b) del articulo 30" distribuci6n aproba dos para los otros usos, cuando del Reglamen to de la Ley de Concesiones Electricas. corresponda. se entenders cumpfido con la presentaci6n de la copia 6.3 La extinci6n y otorgamiento de nueva licencia de la Resoluci6n expedida par la Autoridad Nacionaf de usa de agua por camb io del titular de la actividad. se del Agua que autorice la ejecuci6n de estud ios para efedua a merito del titulo en et que consle la transferencia el aprovechamiento del recurso hidrico con fines de del derecho electrico EI procedimiento se desarrolla con generaci6n de energ ia electrica. conocimiento del transferente , 6.4 La extinci6n de Iicencias de uso de agua s610

  3. Articulo 3°,· Cum pli m iento del requisito para proceders por las causales de extinci6n de derechos de solicitar co nces i 6n definitiva de generaci 6n usa de agua , contempladas en los articulos 70", 71° Y 72° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hidricos, previo 31 Tanto el reqUisito para el otorgamientode concesi6n procedimiento sancionadof, establecido en el Titulo IV defin itiva, establecido en el literal b) de! articulo 25° de de la Ley N" 27444 . l ey del Procedimiento Adm inistrativo !a Ley de Concesiones Electricas. como ef requisito para Genera l. el otorgamiento de concesi6n definitiva de gener aci6n 6.5 La extinci6n de la concesi6n definitiva, en la fase con Recurso Energetico Renovable, estab lecido en el operaliva da merito a la caducidad de la licencia de usa de segundo pllffafo del articulo 66° del Reglamento de la ley agua por la causal de conclusi6 n de! objelo, de Concesiones Electricas, se entenders cumpl ido con la presentaci6n de !a copia de la Resoluci6n expedkla par Arti cul o 7".- Referenda !a Autoridad Nacional del Agua que apruebe el estudio EI presente Decreto Supremo sera refrendado par los hklro16gico, a nivel deflOitivo. con el que se acredit a la Minislros de Energia y Minas y de Agricultura , 28 OlSP QSlCI6N CQMPLEMENTARIA Que , en la actualidad, las empreaas concesionarras TRAN SITQRIA de dtstribucicn de propiedad estate! 0 ADI NELSA no uevae contabilidad por centro de cos to para cada Pnmera- Los procedmuentcs administrativos para ta Sistema eiectrtcc Rural y por centro de ututoao para obtencicn de autorizaciones para ejecucion de estudios er con jun to de Sistemas mecmcce Rurales. 10 que na u cbras. asi como ucencas de uso de agua con fines de generado que dichas empresas perciban la existencia generaci6n de energia erectrica. lniceocs antes de la de perdidas ccereuvee y de inversion , por ra operaci6n entrada en vigen cia de la presente norma, se sujetaran y mantenimiento de los Sistemas Etectncos Rurales : a las disposiciones contenidas en el presen te Decreto por 10 que es preciso que se es tablezca un plazo para Supremo . que se implemente un sis tema de conteotudao que aoernas recnne er proceso de fijaci6n de taruas y de Dado en ta Casa deGobierno, en Lima, a los diecinueve fiscalizaci6n por parte de OSI NERGMI N, y posibihte dias del mes de julio del enc dos mil once . que crones empresas cuenten co n informacion crecree de ingresos y egresos por la expfotaclcn de los ALAN GARCIA PtREZ Sistemas Electricos Rurales: Presidente ccnetaoccoer de ra Republica Que , en el articulo 20" de ra Ley General de Electnficacicn Rural se creo er Regimen Especial PEDRO SANCHEZ GAMARRA de la Concesi6n Elec trica Rura l, estableciendo que Ministro de Enerqia y Minas estara basado en un procedimiento acminetrauvc que privilegie ra ecucecco de los pr incipios de s implicidad, JORGE VILLASANTEARANIBAR encecta y celeridad y que la estructuracion de dicho Ministro de Agricultura prccedimiento sera estamectda por el recrementc de Ia citada Ley: 667899 -3 Que , en ese sentido , con el objeto de recoger los rerertoos pnncpios de simpficidad, encece y ceenoac que , en aplicacion de la Ley N" 27444 , Ley del Decreto Supremo que modifica e1 Procedmuentc Administrativo Gene ral. deben mccmca rse Reglamento de la Ley General de los arucuios pertmentes del Reglamento de ra Ley General de ElectriflcaciOn Rural en materia del otorgamien to Blectrtflcacfon Rural de los derechos eiectncos rurales . a fin de coadyuvar a la consecuccn de los objetivos de ra ley General de DECRETa SU PREMO Electrjficacicn Rural en relaci6n a la Conces i6n Electrica N"042·2011· EM Rural ; Que, las empresas de l Estado. ADI NElSA y EL PRESIDEN TE DE LA REPUBLICA cualquier otra dependencia del Es tado que cuenten con instalaciones erectncas rura les deben regularizar CONSIDERANDO: ta obtencion de ccncesicn eiecmce rural que corresponda , a fin de que realicen la actividad electnca Que , mediante Ley W 28749 se aprob6 la ley Genera l en el marco de la l ey General de Electrificaci6n Rural de Electrificacrcn Rural , con el objeto de establecer y su secrementc: er marco normative para ta promoci6n y er desarrollo De con form idad al inciso 8) del art iculo 118" de encente y sostenible de la erectrtncaccn de zonas rurales , la Consti tuci6n Politica del Peru , la Ley 29158 - Ley localidades aisladas y de trontera del pa is; omaorce del Poder Ejecutivo , er Decreto Ley N" Que, mediante er Decreto Supremo N" 025-2007- 25962 - ley Organica del Sector Energi a y Minas , y EM , se aprob6 el Reglamento de la Ley General de el Decreto Supremo N" 031 ·2007·EM , Reglamento de Electrificaci6n Ru ral , con el objeto de generar la omencecron y Funciones del Ministerio de Energla y sos tenibitidad del desarrollo de ra eiectntrcaclcn rural Minas. en terrmnos econ6micos par a el usuanc, la obtenci6n de una mayor sostenibilidad ins titucional de las DECRE TA: empresas coocesicnartas de crstnbocrcn de propiedad estatat 0 ADI NELSA Y cc auyuv ar a ra consecuci6n Art ic ulo 1 ~· Mod ifiquese los articulos 4", 11", ultimo de los objetivos de Ia Ley General de Electrificaci6n parrafc del articulo 19", 27", 28", 29", 30", 31" , 32", Ru ral : 43" ,52° 61", 62" Y 63" del Reqlamentc de la Ley Gener al Que , en relacicn conla determinacion y la canncacicn de Electrificaci6n Rural, aprobado mediante el Decre to de los Sistemas Electnccs Rurales, contenidas en el Supremo N" 025-200 7-EM , en los termocs siguien tes: Reglamento de ra Ley General de Electrificaci6n Rural , y dado que ra canncaccn determina la aplicabilidad del " A rt ic ulo 4" ,· Sistemas Electriccs Rurales (SER ) subsidio a la inversi6n del Estado que incluye e! subsidio a 'tooas las instalacones uctcadas en zonas ruraes . ta conexon y que se ecuce et metodc de tantacion para et localidades aisladas y de frontera del pa is, que slrven cafculo de las tarifas a los consumidores finales del Servicic para abastecer al Servicic PubliCXl de Electricidad sequn Publ iCXl de Electricidad, es necesario modificar varios de 10 estacecoo en el articulo 2" de ta l ey de ccnceecnee sus artlculos con la fina lidad de reglamentar la aplicacion Electricas. CXlnstituyen los Sistemas ElectriCXls Rurales de varios de los principios y objetivos establecidos en la por su condici6n de neces idad nacional , utilidad publica y ley General de Electrificacion Rural ; de preferente inleres social. Que, resu~a necesario establecer la autoridad l os Sistemas Electricos Ruraies incluyen las adm inistrativa que debera abocarse a CXlnocer la conexiones domicil iarias con cua lquier tipo de equipo de califlcacion de los Sistemas Electricos Rura les, recayendo medici6n , Asimismo, ademas de las redes de distribucion, dicha labor en la Direcci6n General de Electricidad toda pueden comprender las redes de transm ision, asi como vez que de acuerdo al Reglamento de Organizaci6n y generaci6n ubicada luera de la zona de concesi6n Funcio nes del M lnlsterio de Energia y Minas , la Direcci6n o distribuida embebida en las redes de distribuci6n General de Electricidad cumple funClOnes concedentes y electrica . norma tivas : los Sistemas ElectriCXls Rurales con Suministros No Que , es necesario establecer un procedimiento que Convencionales, a los que se aplica la Tarila Electrica establezca el actuarde la Direcci6n Generalde Electricidad Rural para Sistemas FotovoltaiCXls, incluyen el propio y de los recurrentes en el proceso de calificaci6n. sistema fotovoltaiCXl y la cone)(i6n domiciliana sin equipo Dicho procedimiento debe incluir los criterios y las de medici6n " consideraciones para 1a califlcacion de las instalaciones electricas rurales como un Sistema Electrico Rural ; " A rt ic ulo 11".- Ca lificaci6n de los Sistemas Electricos Que , de otro lado, debido a que las empresas Rurales encargadas de la operaci6n y mantenimiento de los l a Direccion General de Electricidad efectua !a Sistemas E!l~ctricos Rurales perciben todos los costos eslificacion de las instalaciones electness y proyectos eCXln6micos correspondientes a la explotaci6n del SeNicio de instalaciones electricas como Sistemas Electricos Publ ico de Electricidad, resulta necesario que registren en Rurales, conforme al procedimiento aprobado para tal una cuent a especi al de sus estados financleros los act lvos fin, Las ampl iaciones de los Sistemas ElectriCXls Rurales recibidos , fijos 0 intang ibles: tambien son objeto de cal iflcaci6n .

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