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Laws of Peru

Decreto Supremo Nº 028-2015-EM ─ Precisiones al procedimiento de concesión de beneficio que impulsen proyectos de inversión

Made 2015-09-01 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Mineral resources, Water
Keywords
authorization/permit, industrial water use, water abstraction, freshwater pollution, pollution control, exploration, mining, business/industry/corporations, concession, legal proceedings/administrative proceedings
Categories
*, metals-base, metals-precious, minerals-critical

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  1. Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica que regula la Que, para el caso de la actividad minera en cuanto a la creación de las Unidades de Gestión Educativa Local en autorización de la Ejecución de Obras de Aprovechamiento el ámbito nacional, así como la inscripción en el Registro Hídrico y la autorización de Uso de Agua solo es necesario Nacional de Direcciones Regionales de Educación, o las contar con la aprobación del Instrumento de Gestión que hagan sus veces, y de Unidades de Gestión Educativa Ambiental, toda vez que dicho instrumento contiene el Local – RENDUGEL, que en calidad de Anexo forma parte pronunciamiento de la autoridad competente sobre la de la presente resolución. cantidad y calidad del recurso hídrico;

  2. Artículo 2.- Crear el Registro Nacional de Direcciones Que, en virtud de dichas modificaciones resulta Regionales de Educación, o las que hagan sus veces, y necesario efectuar precisiones sobre el procedimiento de Unidades de Gestión Educativa Local – RENDUGEL, de concesión de beneficio modificado por el Decreto cuya administración se encuentra a cargo de la Unidad Supremo Nº 001-2015-EM, teniendo en cuenta el nuevo de Estadística de la Oficina de Seguimiento y Evaluación marco normativo que regula el otorgamiento de licencia Estratégica de la Secretaría de Planificación Estratégica. de uso de aguas;

  3. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la resolución, así como su Anexo, en el Sistema de Constitución Política del Estado y el numeral 3 del artículo Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Normas Legales del 02.09.2015 12 DECRETA: VISTOS:

  4. Artículo 1.- De la autorización de uso de agua en el La Resolución Jefatural Nº 0031-2015-ONAGI-J de procedimiento para concesión de beneficio fecha 26 de enero de 2015, el Informe Nº 545-2015-ONAGI- DGAP-DSAP de fecha 17 de agosto de 2015, emitido 1. En caso el Instrumento de Gestión Ambiental presentado por la Dirección de Selección de Autoridades Políticas para la construcción de la planta de beneficio no contara de la Dirección General de Autoridades Políticas de con la opinión técnica favorable de disponibilidad hídrica, el la Oficina Nacional de Gobierno Interior, el Oficio Nº titular minero debe gestionar la resolución de Aprobación de 227-2015-ONAGI-J de fecha 24 de agosto de 2015, Disponibilidad Hídrica, conforme a lo dispuesto en el artículo emitido por la Jefatura de la Oficina Nacional de Gobierno 82 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobada Interior; y, por el Decreto Supremo Nº 001-2010-AG. Aprobado el Instrumento de Gestión Ambiental, CONSIDERANDO: el titular se encuentra facultado para tramitar ante la Autoridad Nacional del Agua la autorización de vertimiento Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1140, publicado de aguas residuales tratadas. en el diario oficial “El Peruano” el 10 de diciembre de 2. El titular minero debe presentar, para la autorización 2012, se creó la Oficina Nacional de Gobierno Interior de funcionamiento de la planta de beneficio: como Organismo Público Ejecutor, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, a) La resolución que otorga la licencia de uso de agua funcional, técnica, económica y presupuestaria en para fines mineros expedida por la Autoridad Nacional del el ejercicio de sus funciones, con calidad de pliego Agua; y, presupuestal y adscrita al Ministerio del Interior; b) La resolución que otorga la autorización de vertimiento Que, el artículo 14º del Decreto Legislativo Nº de aguas residuales tratadas, otorgada por la Autoridad 1140, señala que la designación de los Gobernadores Nacional del Agua. Cuando en el Instrumento de Gestión Regionales se realiza mediante Resolución Suprema; Ambiental se contemple la recirculación, reutilización o reúso Que, conforme a lo previsto en el numeral 3 del artículo para el mismo fin para el cual le fue otorgado el derecho de 10º del referido Decreto Legislativo, en concordancia con uso de agua no se requerirá la presentación de la resolución el literal h) del artículo 8º del Reglamento de Organización de autorización de vertimiento de aguas residuales y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, tratadas, ni de documento adicional alguno vinculado con la aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2013-IN de fecha recirculación, reutilización o reúso. 04 de abril de 2013, establece entre las funciones del Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior proponer la

  5. Artículo 2.- Refrendo designación de Gobernadores Regionales; El presente Decreto Supremo será refrendado por los Que, mediante Resolución Jefatural Nº Ministros de Energía y Minas y de Agricultura y Riego. 0031-2015-ONAGI-J de fecha 26 de enero de 2015, se encargó las funciones de Gobernador Regional de DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL LIMA METROPOLITANA, a la señora JUANA ELVIRA PASQUEL GONZALES, Gobernadora Distrital de San Primera.- Autorización de ejecución de obras de Isidro, Provincia de Lima, Departamento de Lima; aprovechamiento hídrico para el sub sector minería Que, mediante Informe Nº 545-2015-ONAGI-DGAP- Para el trámite de la autorización de ejecución de obras DSAP de fecha 17 de agosto de 2015, el Director General de aprovechamiento hídrico y de la autorización de uso de de la Dirección General de Autoridades Políticas de la agua, el requisito de la autorización para el desarrollo de Oficina Nacional de Gobierno Interior, recomendó DAR la actividad se entiende cumplido con la aprobación del POR CONCLUIDA LA ENCARGATURA, de la señora Instrumento de Gestión Ambiental. JUANA ELVIRA PASQUEL GONZALES, en el cargo de Gobernadora Regional de LIMA METROPOLITANA; Segunda.- Precisiones sobre el Decreto Supremo y, pone a consideración de la Jefatura Nacional las Nº 001-2015-EM propuestas de ciudadanos para ocupar el cargo de Gobernador Regional de Lima Metropolitana; 1. Toda mención efectuada en el Decreto Supremo Que, a través del Oficio Nº 227-2015-ONAGI-J de Nº 001-2015-EM respecto al Decreto Supremo Nº 014- fecha 24 de agosto de 2015, emitido por la Jefatura de la 2011-EM, referida a la autorización de uso de agua en el Oficina Nacional de Gobierno Interior, propone DAR POR procedimiento para concesión de beneficio, se entenderá CONCLUIDA LA ENCARGATURA, en las funciones de efectuada a la presente norma. Gobernadora Regional de LIMA METROPOLITANA, a la 2. Los requisitos señalados en los literales c. y d. del señora JUANA ELVIRA PASQUEL GONZALES; y, adjunta inciso 1 del numeral 3.1. del artículo 3 del Decreto Supremo proyecto de Resolución Suprema con la propuesta de Nº 001-2015-EM se deben entender en concordancia con candidata al cargo de Gobernadora Regional de Lima el artículo 11 de la Ley Nº 26505. Metropolitana, a fin de que el Despacho Presidencial Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día designe a la autoridad política en el marco de su del mes de setiembre del año dos mil quince. competencia; Que, a fin de garantizar el adecuado funcionamiento OLLANTA HUMALA TASSO de la Gobernación Regional de Lima Metropolitana y Presidente de la República en atención a lo propuesto por la Jefatura de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; JUAN MANUEL BENITES RAMOS De conformidad con lo dispuesto en la ley Nº 29158, Ministro de Agricultura y Riego Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; Ministra de Energía y Minas el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1140, que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior; 1282169-1 el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2013- IN; y, el Reglamento de Organización y Funciones de INTERIOR la Oficina Nacional de Gobierno Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2013-IN. Designan Gobernadores Regionales de SE RESUELVE: Lima Metropolitana, Amazonas, Cajamarca, Cusco, Madre de Dios y Puno Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA LA ENCARGATURA, de Gobernadora Regional de LIMA RESOLUCIÓN SUPREMA METROPOLITANA, a la señora JUANA ELVIRA PASQUEL Nº 180-2015-IN GONZALES.

  6. Artículo 2.- DESIGNAR a la señora MARINA Lima, 1 de setiembre de 2015 DELGADO ANDRADE, identificada con DNI Nº 09022330,

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