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Laws of Peru

Decreto Supremo Nº 026-2020-SA ─ Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 - Perú, País Saludable

Made 2020-08-21 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Food and nutrition, Water, General
Keywords
policy/planning, human rights, public health, gender, cultural heritage, Indigenous Peoples, social protection, local government, community management, hazards, breastfeeding/infant food, nutrition, water supply, sewerage

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  1. Artículo 1. Aprobación de la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 Apruébese la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 “Perú, País Saludable”, la cual, como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

  2. Artículo 2. Ámbito de aplicación La Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 “Perú, País Saludable”, es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del sector público, sector privado y la sociedad civil, en cuanto les sea aplicable.

  3. Artículo 3. Conducción de la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 La conducción de la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 “Perú, País Saludable”, está a cargo del Ministerio de Salud.

  4. Artículo 4. Seguimiento y evaluación 4.1. El Ministerio de Salud tiene a su cargo el seguimiento y evaluación de la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 “Perú, País Saludable”. 4.2. El Ministerio de Salud es el responsable de remitir los reportes de cumplimento, de seguimiento y evaluación ante el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN). 4.3. Las entidades del Estado que son responsables del cumplimiento de los objetivos prioritarios de la política en mención, brindan información al Ministerio de Salud, a fin de realizar el seguimiento y evaluación de la implementación de la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 “Perú, País Saludable”.

  5. Artículo 5. Implementación de la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 Las entidades del Estado responsables de los objetivos prioritarios, lineamientos y proveedores de los servicios de la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 “Perú, País Saludable”, están a cargo de la implementación y ejecución de la misma, conforme a su funciones y competencias a través de los diferentes planes del SINAPLAN. Para tal efecto, dichas entidades coordinan con el Ministerio de Salud la implementación de los servicios identificados y otras intervenciones que contribuyen al cumplimiento de los objetivos prioritarios de la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 “Perú, País Saludable”.

  6. Artículo 6. Financiamiento La implementación de la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 “Perú, País Saludable” se financia con cargo al Presupuesto Institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

  7. Artículo 7. Publicación Disponer la publicación del presente Decreto Supremo y su anexo en el Diario Oficial El Peruano; así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y en los portales institucionales de los ministerios comprendidos en el artículo 8 del presente Decreto Supremo, el mismo día de su publicación en el diario oficial.

  8. Artículo 8. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Salud, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro de Cultura, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Educación, la Ministra del Ambiente, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior, la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única. Elaboración del Plan Estratégico Multisectorial de la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 “Perú, País Saludable” El Ministerio de Salud, de acuerdo a lo establecido en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, deberá aprobar el Plan Estratégico Multisectorial de la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 4 NORMAS LEGALES Lunes 24 de agosto de 2020 / El Peruano “Perú, País Saludable” mediante Decreto Supremo, en un plazo máximo de ciento ochenta (180) días hábiles contados desde el día siguiente de la vigencia del presente Decreto Supremo, para cuya formulación se debe contar con la participación de los Ministerios, Poderes del Estado, Organismos Constitucionalmente Autónomos, los diferentes niveles de Gobierno, organizaciones del sector privado y sociedad civil. El Plan Estratégico Multisectorial es desarrollado de acuerdo a lineamientos establecidos por el CEPLAN. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de agosto del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República WALTER MARTOS RUIZ Presidente del Consejo de Ministros JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego KIRLA ECHEGARAY ALFARO Ministra del Ambiente ALEJANDRO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa PATRICIA ELIZABETH DONAYRE PASQUEL Ministra de Desarrollo e Inclusión Social CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación JORGE EDUARDO MONTOYA PÉREZ Ministro del Interior ANA C. NEYRA ZEGARRA Ministra de Justicia y Derechos Humanos ROSARIO SASIETA MORALES Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables PILAR E. MAZZETTI SOLER Ministra de Salud JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo CARLOS ESTREMADOYRO MORY Ministro de Transportes y Copmunicaciones CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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