Decreto Supremo Nº 023/01/AG - Texto único de procedimientos administrativos (TUPA) del Proyecto especial de promoción del aprovechamiento de abonos provenientes de aves marinas (PROABONOS), sobre acceso a la información
Made 2001-04-24 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Wild species and ecosystems
- Keywords
- institution, legal proceedings/administrative proceedings, access-to-information, governance
Where to read it
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Text
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DECRETO SUPREMO Nº 023-2001-AG Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos del PROABONOS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM, se dispone que las entidades del Sector Público incorporen en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA, un procedimiento para facilitar a las personas el acceso a la información que posean o produzcan, estableciéndose las normas que regirán dicho procedimiento; Que, el Proyecto Especial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS, es un órgano técnico desconcentrado dependiente del Ministerio de Agricultura, que constituye una Unidad Ejecutora dentro del citado Pliego, que tiene a su cargo las actividades de extracción, procesamiento y comercialización del guano de las islas, como actividad empresarial subsidiaria del Estado, con autonomía técnica, administrativa, financiera y de gestión para los fines que establece la Ley Nº 26857; Que, PROABONOS no genera procedimientos administrativos derivados de la relación con particulares, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones establecidas en su ley de creación, razón por la cual no cuenta con un Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, habiéndose establecido un procedimiento administrativo relativo al acceso de la información a que tienen derecho los particulares, el mismo que es de carácter obligatorio, resulta necesario aprobar el indicado Texto Unico de PROABONOS; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del Artículo 118 de la Constitución Política del Perú, Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25902, Decreto Legislativo Nº 757 Decreto Supremo Nº 094-92-PCM y el Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM; DECRETA: Artículo 1.- Apruébase el Texto Unico de Procedimientos Administrativos TUPA del Proyecto Especial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS, según el Anexo adjunto, que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Califíquese como información de PROABONOS disponible a la ciudadanía, conforme al numeral 5) del Artículo 2 de la Constitución Política del Perú, la siguiente: * Planes de Extracción, Procesamiento y Comercialización de PROABONOS. * Estados Financieros de PROABONOS. * Donaciones recibidas y efectuadas. * Convenios suscritos con diferentes instituciones. * Procesos de Selección y contratos de adquisición de bienes y servicios. * Información sobre remuneración de los servidores y funcionarios de PROABONOS. * Directivas Administrativas Internas. Artículo 3.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República CARLOS AMAT Y LEON Ministro de Agricultura MINISTERIO DE AGRICULTURA PROABONOS ANEXO TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE PROABONOS UNIDAD ORGANICA: TODOS LOS ORGANOS DE PROABONOS