Decreto Supremo Nº 017-2009-PRODUCE ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre límites máximos de captura por embarcación
Made 2009-05-15 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Fisheries and aquaculture
- Keywords
- institution, marine fisheries, marine fishes, fishing vessel, allocation/quota, total allowable catch, equipment, inspection, special fund, subsidy/incentive, seasons, registration, legal proceedings/administrative proceedings, offences/penalties, fishing authorization, fishery management and conservation, authorization/permit, aquatic animals, governance
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MINISTERIO DE LA PRODVCCION DECRETO CONSIDERANDO: 5 U PRE M 0 NQ 017-2009-PRODUCE A. MIRANDA E. Que, mediante Decreto Legislativo W 1084, se promuIg6 la Ley sobre Umites Maxirnos de Captura por Embarcaci6n, estableciendose un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extracci6n de los recursos de anchoveta y anchoveta blanca destinada al Consumo Humano Indirecto, con el fin de mejorar las condiciones para su modernizaci6n y eficiencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentaci6n, empleo e ingresos; y, asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiol6gicos, en arrnon la con la preservaci6n del medio ambiente y la conservaci6n de la biodiversidad; Que, por Decreto Supremo W 021-2008-PRODUCE, se aprob6 el Reglamento del Decreto Legislativo W 1084 - Ley sobre Umites Maximos de Captura por Embarcaci6n; Que, con la finalidad de una adecuada aplicaci6n de las normas que regulan los Umites Maxirnos de Captura por Embarcaci6n, es necesario efectuar algunas precisiones y modificaciones a la normativa contenida en el citado Reglamento; De conformidad con 10 dispuesto en la Ley General de Pesca - Decreto Ley N° 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 012-2001 -PE, la Ley Orqanica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales - Ley N° 26821, los articulos 66°, 6]0 , 68° Y 1180 de la Constituci6n Politics del Peru y la Cuarta Disposici6n Final del Decreto Legislativo W 1084; DECRETA: Articulo 10 . Adicionar al Articulo 11° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084, - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcaci6n, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2008-PRODUCE, el siguiente parrato. ( ...) "En el proceso de los calculos de los Porcentajes Maximos de Captura (PMCE) y de los Umites Maxirnos de Captura (LMCE), el Ministerio de la Producci6n considera una reserva de contingencia la misma que sera constituida por los PMCE que corresponden a autorizaciones de incremento de flota via sustituci6n de capacidad de bodega , saldos , procesos judiciales y a caducidades 0 extinciones del permiso de pesca. Dicha reserva de contingencia sera utilizada para dar atenci6n a 10 serialado por el numeral 3 del presente articulo. Agotada dicha reserva, se procedera conforme las causales de recalculo del PMCE, contempladas en el presente art iculo" \ Articulo 3°. Refrendo EI presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de la Produccion. Articulo 2°. Modificacion de terminologia Modificar la terminologia "II Sub Total - Reservas por Contingencias Judiciales" de la parte final del Anexo I Preasiqnacion de Porcentajes Maxirnos de Captura por Ernbarcacion PMCE del Reglamento del Decreto Legislativo W 1084, aprobado por Decreto Supremo N° 021 -2008-PRODUCE, por "II Sub Total - Reservas por Contingencias Varias". Toda referencia en este extrema se entendera hecha a la nomenclatura modificada de acuerdo con el presente articu lo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima,a los quince mas del roes de mayo de afio dos mil nueve. A.MIRANDA e.