Decreto Supremo Nº 017/01/PE - Modifica el Reglamento de organización y funciones del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP)
Made 2001-04-12 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Fisheries and aquaculture
- Keywords
- institution, research, legal proceedings/administrative proceedings, governance
Where to read it
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Text
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DECRETO SUPREMO Nº 017-2001-PE Modifican el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 002-2001-PE de fecha 21 de enero de 2001, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP; Que el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP requiere ajustar su estructura orgánica a los lineamientos de política del Sector y a los criterios administrativos de los demás organismos públicos descentralizados del sector pesquero, respondiendo de modo eficiente a los requerimientos de los usuarios; De conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Final de la Ley Nº 27427 - Ley de Racionalidad y Límites en el Gasto Público para el año fiscal 2001 y el Artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 92, Ley del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1.- Modifícanse los literales D, E y F del Artículo 5, el segundo párrafo del Artículo 27, el segundo párrafo del Artículo 32 y el Artículo 38 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP, aprobado por D.S. Nº 002-2001-PE, en los términos siguientes: “Artículo 5. D.- ORGANOS DE ASESORAMIENTO Oficina de Planeamiento Oficina de Asesoría Jurídica Oficina de Cooperación Técnica E.- ORGANOS DE APOYO Oficina de Administración Oficina de Relaciones Públicas Oficina de Mantenimiento F.- ORGANOS DE LINEA Dirección General Técnica Dirección de Investigaciones Dirección de Desarrollo Industrial y Servicios Dirección de Transferencia Tecnológica Dirección de Inspección y Control Sanitario” “Artículo 27. La Oficina de Planeamiento; La Oficina de Asesoría Jurídica; y, La Oficina de Cooperación Técnica” “Artículo 32. La Oficina de Administración; La Oficina de Relaciones Públicas; y, La Oficina de Mantenimiento.” “Artículo 38.- La Dirección General Técnica está integrada por las Direcciones siguientes: Dirección de Investigaciones Dirección de Desarrollo Industrial y Servicios Dirección de Transferencia Tecnológica Dirección de Inspección y Control Sanitario.” Artículo 2.- Incorpóranse en el D.S. Nº 002-2001-PE los siguientes textos: a) El Artículo 31 como segundo párrafo del Artículo 30; b) El Artículo 36 como segundo párrafo del Artículo 35; c) Los Artículos 50 y 51 como primer y segundo párrafos, respectivamente, del Artículo 31; y, d) Los Artículos 48 y 49 como primer y segundo párrafos, respectivamente, del Artículo 36. Artículo 3.- Deróganse los incisos g) y h) del Artículo 39, así como los Artículos 48 a 51 del D.S. Nº 002-2001-PE. Dado en la Casa de Gobierno a los doce días del mes de abril del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería