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Laws of Peru

Decreto Supremo Nº 016-2016-MINEDU ─ Plan Nacional de Educación Ambiental 2017 - 2022 (PLANEA)

Made 2016-12-09 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Environment
Keywords
institution, policy/planning, ecosystem conservation, education, governance

Where to read it

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Text

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  1. 606271NORMAS LEGALESLunes 12 de diciembre de 2016 El Peruano / EDUCACION Aprueban Plan Nacional de Educación Ambiental 2017 - 2022 (PLANEA) DECRETO SUPREMO Nº 016-2016-MINEDU EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 8 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que la educación peruana se sustenta, entre otros, en el principio de la conciencia ambiental, el cual motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno natural como garantía para el desenvolvimiento de la vida; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 127.1 del artículo 127 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, la educación ambiental se convierte en un proceso educativo integral, que se da en toda la vida del individuo, y que busca generar en éste los conocimientos, las actitudes, los valores y las prácticas, necesarias para desarrollar sus actividades en forma ambientalmente adecuada, con miras a contribuir al desarrollo sostenible del país; Que, el Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, establece como uno de sus programas estratégicos, la estrategia nacional de aplicación del enfoque ambiental “Instituciones educativas para el desarrollo sostenible”, cuyo resultado esperado es desarrollar procesos de educación ambiental orientados a construir una cultura ambiental que promueva la participación ciudadana activa e informada como base de la gestión ambiental a nivel local, regional y nacional; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 017-2012 ED, que aprueba la Política Nacional de Educación Ambiental, señala que dicha política se constituye en un instrumento para desarrollar la educación, cultura y ciudadanía ambiental nacional, orientada a la formación de una sociedad peruana sostenible, competitiva, inclusiva y con identidad; asimismo, el artículo 2 del referido Decreto Supremo establece que el Ministerio de Educación y el Ministerio del Ambiente, en el marco de sus funciones y competencias, implementarán de modo coordinado, multisectorial y descentralizado la Política Nacional de Educación Ambiental, a través de sus órganos especializados, para lo cual desarrollarán, entre otros, los planes que sean necesarios; Que, con el propósito de implementar la referida Política Nacional, el Ministerio de Educación y el Ministerio del Ambiente han formulado el Plan Nacional de Educación Ambiental 2017-2022 (PLANEA), el cual ha sido elaborado con los aportes de diversos sectores y de los Gobiernos Regionales y Locales, así como de representantes de la sociedad civil; Que, la Dirección General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 399 -2016-MINEDU/VMGP-DIGEBR-UEA, ha señalado la necesidad de aprobar el Plan Nacional de Educación Ambiental 2017-2022 (PLANEA); el cual tiene como misión promover una educación y cultura ambiental que permita formar ciudadanos y ciudadanas ambientalmente responsables que contribuyan al desarrollo sostenible y a hacer frente al cambio climático a nivel local, regional y nacional; para tal efecto se plantean diversas acciones estratégicas a cargo del Ministerio de Educación, del Ministerio del Ambiente, de los Gobiernos Locales y Regionales, incluyendo a las Direcciones Regionales de Educación o quien haga sus veces, Unidades de Gestión Educativa Local e instituciones educativas, en el marco de sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y en el Decreto Supremo Nº 017-2012-ED, que aprueba la Política Nacional de Educación Ambiental; 606272 NORMAS LEGALES Lunes 12 de diciembre de 2016 / El Peruano DECRETA: Artículo 1.- Plan Nacional de Educación Ambiental 2017-2022 (PLANEA) Aprobar el Plan Nacional de Educación Ambiental 2017-2022 (PLANEA), el mismo que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Publicación del PLANEA Publicar el Plan Nacional de Educación Ambiental 2017 2022 (PLANEA) en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) y en el portal institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 3.- Supervisión y monitoreo del PLANEA El Ministerio de Educación y el Ministerio del Ambiente realizarán la supervisión y monitoreo del cumplimiento del Plan Nacional de Educación Ambiental 2017-2022 (PLANEA). Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación y la Ministra del Ambiente. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1462499-11

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