Decreto Supremo Nº 016-2004-EM ─ Condiciones generales para la asignación de la capacidad de transporte de gas natural por ductos
Made 2004-06-09 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Energy, Mineral resources
- Keywords
- energy conservation/energy production, oil, natural gas, contracts, fees/royalties, internal trade, international trade, transport/storage, inspection, early warning system, concession, exploration
- Categories
- *, energy
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Articulo 1°._ Aprobar las Condiciones Generales para la Asignaci6n de la Capacidad de Transporte de Gas Natural por Ductos Aprobar las Condiciones Generales para la Asignaci6n de Capacidad de Transporte de Gas Natural por Ductos, las mismas que contienen tres (3) Titulos, siete (7) Articulos y seis (6) Disposlcionee Compfementartae, cuyo texto se adjunta al presente Decreta Supremo, del que es parte integrante.
Articulo 2".- Refrendc EI presente Decreta Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Minis1ro de Energia y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve dias del mes de junio del ano dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO, Presidente Constitucional de la Republica. CARLOS FERRERO, Presidente del Conse]o de Ministros. JAIME QUIJANDRiA SALM6N, Ministro de Energia y Minas. CONDICIONES GENERALES PARA lA ASIGNACION DE lA CAPACIDAD DE TRANS PORTE DE GAS NATURAL POR DUCTOS TiTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1".- Ambito de Aplicaci6n Las presentes Condiciones seran de aplicaci6n a las asignaciones de Capacidad de Transporte de Gas Natural por Ductos. Concordancias:
Art 1" y 4" del OS N" 081-2007 EM
Art 10 del O.S, N° 042-2005-EM
Articulo 2".- Definiciones Para los fines de las presentes Condiciones se aplicaran las definiciones y siglas previstas en este articulo, las contenidas en el Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos (Reqlamento) - Decreto Supremo W 041-99-EM Y en las Normas del Servicio de Transporte de Gas Natural (Normas). Estas definiciones, sea que se utilicen en singular 0 plural, tendran el significado que en este articulo se les atribuye. En caso de discrepancia entre 10 contenido en los dispositivos mencionados y las presentes Condiciones, primara 10 contemplado en las Normas en primer lugar y luego 10 dispuesto en el Decreta Supremo N° 041-99-EM. 2.1. Ampliaciones Previstas: Son aquellas ampliaciones que el Concesionario ha decidido ejecutar al momenta de realizer una Oferta Publica de capacidad, 0 las que debe realizar de acuerdo a ley 0 a su Contrato. 2.2. Ampliaciones Propuestas: Son aquellas ampliaciones que el Concesionario ofrece realizar en una Oferta Publica de capacidad y cuya decision de Hevarta a cabo eeta sujeta a que las Solicitudes de Capacidad presentadas permitan hacer tecnica y econ6micamente viable la ampliaci6n ofrecida. 2.3. Capacidad Disponible: Es la diferencia entre la Capacidad de Transporte y la suma de las Capacidades Reservadas Diarias de los Usuarios. Esta sujeta al principio de acceso abierto contemplado en el articulo 74° del Reglamento. Concordancia: Art, 74° del 05, N° 081-2007 EM, 2.4. Capacidad Ofertada: Es ta capacidad que e! Conceelonano ofrece en una Oterta Publica. Induye la Capacidad Disponible v, de ser el caso. las derivadas de las Ampliaciones Previstas y las Ampliaciones Propuestas. 2.5. Condiciones: Son las presentes Condiciones Generales para la Asignaci6n de la Capacidad de Transporte de Gas Natural por Ductos. 2.6. ley de Prcmoclcn: Ley N° 27133, Ley de Promoci6n del Desarrollo de la Industria del Gas Natural. 2.7. Oferta Publica: Es e! acto publico convocado por el Conceslonarto, a traves del cue! se efectuaran por escrito propuestas para contratar la Capacidad Ofertada de Transporte de Gas Natural. 2.8. Pliego: Es e! Pliego de Bases y Condiciones elaborado par el Concesionario y puesto a disposici6n de los Solicitantes, que contiene los requerimientos y condiciones para poder presentarse en una Oferta Publica. 2.9. Sclicitud de Capacidad: Es la acci6n y documentaclon necesana para demander el acceso a la Capacidad Ofertada por el Concesionario. TiTULO II ACCESO ABIERTO
Articulo 3".- Acceso Abierto En los terminos previstos en el articulo 74° del Reglamento, el Concesionario esta obligado a permitir el acceso no discriminatorio de Solicitantes a la Capacidad Disponible de su Sistema de Transporte. siempre que 10 solicitado sea tecnfca y econ6micamente viable y que el Solicitante califique para contratar Servicio de Traneporte, de conforrnidad con las Normas del Servicio de Transporte de Gas Natural por Ductos. Concordancia:
Art 74" del O.S. N° 081-2007-EM
Articulo 4".- Prtnclploe eptlcabtee EI Conceelonano, en la administraci6n de la Capactdad Ofertada. debe observer fielmente los principios establecidos en el articulo 75° del Reglamento. Concordancia:
Art 75" del OS N" 081-2007 EM TiTULO III OFERTA PUBLICA
Articulo 5".- Oferta Publica EI Concesionario. cada doce (12) meses como minimo. de existir Capacidad Disponible, debera realizar una Oferta Publica a efectos de determinar la existencia de interesados en contratar dicha Capacidad Disponible 0 la capacidad que se origine por las Ampliaciones Previstas 0 Propuestas de su Sistema de Transports. En caso de existir interesados en contratar Capacidad Ofertada. la asignaci6n de esta Capacidad Ofertada se realizara bajo la modalidad de Servicio Firme (SF), conforme al procedimiento previsto en las presentes Condiciones.
Articulo 6".- Capacidad Ofertada En cada Oterta Publica e! Concesionario ofertara la Capactdad Disponible mas ta capacidad que pueda resultar de una Ampliaci6n Prevista. EI Concesionario tambien podra ofrecer capacidad que pueda resultar de una Ampliaci6n Propuesta.
Articulo 7°._ Procedimiento de Oferta Publica EI procedimiento de asignaci6n de la Capacidad Ofertada del Sistema de Transporte. estara suieto a las siguientes reqlas y condiciones: a) comunlcaclon al OSINERG: EI Concesionario debera poner en conocimiento del OSINERG su intenci6n de convocar cualquier Oferta Publica de Capactdad de Transporte, por 10 menos con treinta (30) dias calendario de anticipaci6n a la fecha de publicaci6n de la convocatoria acompafiando el Pliego. EI Plieqo debera indicar e! criteria de evaluacion a ser utilizado para astqnar ta Capactdad Ofertada del Sistema de Transporte entre los Solicitantes que se presenten a la convocatoria. Asimismo, debera establecer la forma en que resolvera cuestiones vinculadas can paridades de ofertas, elecci6n del sistema de deeempate ya sea por valor preeente neto de la oferta presentada. prorrateo de las capacidades soltcitadas. ronda de negociaci6n entre las partes a un proceso de Iicitaci6n de la capacidad demandada por igual, entre otras formas posibles. En caso de que el OSINERG, una vaz notificado de la convocatorta a! proceso de Oferta Publica, no realice una observaci6n formal en relaci6n a dicha convocatoria con una anticipaci6n no menor de cinco (5) Dias de la fecha de la publicaci6n de la convocatoria. se entendera que esta ha sido aprobada. De producirse retraeos en los plazos previstos en estas Condiciones producto de dichas observaciones, se suspenderan todos los plazos legales del Concesionario afectados por dicho retraso. por el tiempo que dure el misrno. b) Publicacion: EI Concesionario debera publicar la convocatoria a Oferta Publica. como minima durante dos (2) dias calendarios consecutivos en el Diario Oficial EI Peruano y en un (1) diario de difusi6n nacional, par 10 menos con diez (10) dias calendario de anttclpaclon a ta fecha prevteta para la recepci6n de Solicitudes de Capacidad, contados a partir de la ultima publicaci6n. La publicacion de la Oferta Publica debera eepecificar los siguientes datos: (i) Lugar, fecha y hora de presentaci6n de las Solicitudes de Capacidad, asi como del acto de apertura de los sabres respectivos: (ii) Capacldad Ofertada expresada en Metros Cubicos Estandar por dia (m3 etd/d.): (iii) Origen de la Capacidad Ofertada; (iv) EI 0 los Puntos de Recepci6n y Entrega; (v) Otros criterios propios del proceso de Oferta Publica en particular; (vi) Fecha probable de inicio de la prestaci6n del Servicio de Transporte. c) Recepclcn y Contenido de las Solicitudes de Capacidad: Las Solicitudes de Capacidad deben ser presentadas por escrito, en sobre cerrado, firmado y sellado por los Sotlcltantes. en e! tuqar, fecha y hora indicados en la convocatoria a ta Oferta Publica, No se recibiran Solicitudes de Capactdad presentadas tuera del plazo establecidc para su recepci6n. C.1) Informaci6n a ser conelqnada en la Sotlcltud de Capacidad: Los interesados en adquirir capacidad deberan consignar en su solicitud los siguientes datos: (i) Nombre 0 raz6n social y domicilio; (ii) Punto 0 Puntos de Recepcton y Entrega entre los que solicita el eervicio; (iii) Reserva de Capacidad de Transporte solicitada 0 volumen solicitado expresados en m3 std/d; (iv) Fecha de inicio de la prestaci6n del servicio; (v) Plazo por el que solicita e! servlcto expresado en enos: (vi) La decisi6n de condicionar 0 no la Solicitud de Capacidad a que el Concesionario adjudique el total de la Capacidad de Transporte consignada en la Solicitud de Capacidad; (vii) La decision de condlctonar 0 no ta Sotlcltud de Capacldad a que el Conceslonarto adjudique la Capacidad de Transporte consignada en la Solicitud de Capacidad unicamente en la fecha de inicio del Servicio Firme requerida por el 0 los interesados en las respectivas Solicitudes de Capacldad. (viii) Cualquier informaci6n propia del proceso de la Oferta Publica en Particular. c.2) Documentaci6n complementaria para la Solicitud de Capacidad: Aelmtemo. el lnteresado debera adjuntar a la solicitud la siquiente documentacton 0 ta que en su defecto establezca el Concesionario en su oportunidad: (i) Los tres (3) ultimos estados financieros debidamente auditados, 0 del 0 los ultimos enos sequn ta fecha de constituci6n de la Sociedad: (ii) Resumen de deudas y ventas correspondiente al ultimo ejercicio con apertura mensual. En caso la empresa no contara con esa informaci6n, debera adjuntar un documento sustentando las razones que 10 justifique, debidamente suscrito por el representante legal de la empresa: (iii) Testimonio de la Constltuclon y Estatuto de la Sociedad con sus modiftcactones, si las hubiera, debidamente inscritos en la Oficina Registral respectiva y copia literal de la Partida Registral de la Sociedad con una antiglledad no mayor a un (1) mes; (iv) La documentacton que respalde razonablemente los votumenes que eotlctta. como per ejemplo: copia de un contrato de compraventa de Gas Natural, memoria tecnica descriptiva de las instalaciones industriales que seran abastecidas con Gas Natural, historial de consumo de combustibles alternatives. etc.: v, (v) La documentaci6n que acredite la oersonerra del apoderado 0 representante legal del Solicitante. EI Solicitante que no satisfaqa los requerimientos exigidos por e! Concestonano sera notificado de tal circunstancia y perdera los derechos resultantes dentro del proceso de Oferta Publica, sin que ello de lugar a reclamo alguno; salvo que dentro de los cinco (5) dias calendario siguiente a ta notttlcaclon, presente a! Concesionario documentos que satisfaqan los requenmtentos exiqidoe por este. Salvo cuando sea necesarto atender un pedido de OSINERG, el Concestonano no revelara el contenido de ninqun documento presentado por los Solicitantes en el proceso de Oferta Publica (excepto la capacidad, volumen, plazo y fecha de inicio del servicio 0 servicios solicitados) a una persona distinta a los empleados 0 consultores del Concesionario que intervienen en la evaluaci6n de las Solicitudes de Capacidad. d) Acto de Apertura: Las Solicitudes de Capacidad seran abiertas en acto publico en la que se debe elaborar un acta ante Notario Publico a ser firm ada por los presentes que deseen hacerlo y donde conste 10 actuado. e) lmpuqneclon: Los Solicitantes podran impugnar alqun 0 algunos de los puntos relacionados con el acto de apertura de las solicitudes. Dicha impugnaci6n debera quedar asentada en el acta de apertura. EI Concestonano debera resolver las impugnaciones planteadas centro de los stete (7) eras contados desde la fecha de apertura de las solicitudes. debiendo notificar al Interesado y al OSINERG su decision. 1) Evaluaci6n de las solicitudes: f.1) Asignaci6n de Capacidad Disponible y de la capacidad proveniente de Ampliaciones Previstas: Una vez realizada ta aperture de las Solicitudes de Capactdad, el Conceslonarlo debera proceder a evaluarlas conforme a los criterios previstos en el Pliego, debiendo adjudicar la capacidad dentro de los quince (15) dies contados a partir de la fecha de aperture. 1,2) Asignaci6n de Capacldad provenlente de Ampliaciones Propuestas f2,a) Decisi6n de realizar la Ampliaci6n: EI Concesionario realizara un analtsis de las Solicitudes de Capacidad presentadas y en base a ello sustentara ta reauzacton 0 no de la Arnpliacicn, que podra ser mayor, manor 0 igual que la capacidad solicitada. La decisi6n de ejecutar la Ampliaci6n debe ser notificada a los interesados en el domicilio sefialado en la solicitud, dentro de los treinta (30) dias calendario contados a partir del acto de aperture, lndlcando: (i) EI incremento de capacidad que se haya determinado: (ii) La fecha 0 fechas en que estaran disponibles las Capacidades Reservadas Diarias praadjudicadas de cada etapa si las hubiera; (iii) Las capacidades preasignadas a cada Solicitante por cada etapa de la Ampliacion. La referida preasignaci6n se determinara sequn el procedimiento previsto en el Pliego: v, (iv) Las condiciones que debera induir la oferta de caracter irrevocable: (v) La Tarifa aplicable. La intenci6n de realizar la Ampliaci6n es de caracter preliminar y se encuentra sujeta a la condici6n de que el Concesionario reciba ofertas de caracter irrevocable de Contrataci6n del Servicio Firme que asequren ta factibilidad de la Amptlaclon. tomando en cuenta tanto los aspectos tecnicos como econ6micos y ftnancieros. Los interesados dentro de los veinte (20) dlas calendario de recibida la notificaci6n que exhibe la decisi6n del Concestonano de realizar ta Ampliaci6n Propuesta, debe ran presenter a eete su oferta de caracter irrevocable de contrataci6n de Capacidad de Transporte. Las ofertas de caracter irrevocable, en las que el plazo. los Puntos de Recepci6n y/o Entrega 0 las cantidades solicitadas, no coincidan con los previa mente establecidos en las Solicitudes de Capacldad oriqinales. podran no ser constderadas por e! Concestonano. Se tendra por desistida la Solicitud de Capacidad del interesado. si transcurrido el plazo antedicho unfco e improrrogable, el Concesionario no hubiese recibido la oferta de caracter irrevocable respecttva. En ese caso el Concestonano podra ofrecer ta Capacldad de Traneporte no aceptada por el interesado respectivo a los demas interesados en la forma que establezca al definir el criterio de asignaci6n de la capacidad. f2.b) Rechazo 0 Modificaci6n de la Ampliaci6n Propuesta: En caso que se decidiese no realizar totalmente la Ampliaci6n Propuesta, el Concesionario podra proponer a los tnteresados alternatives que tomen viable ta Ampliaci6n. En caso que alqun interesado desistiese de su Solicitud de Capacidad 0 no aceptase la alternativa propuesta. el Concesionario podra modificar su proyecto y eventualmente cambiar total 0 parcialmente su decision. f2.c) Modificaci6n de las condiciones de la Ampliaci6n Propuesta Ofertada: En caso de modificarse las condiciones de la Ampliaci6n Propuesta ofertada. el Concesionario otorqara a los Solicitantes un plazo de diez (10) dias para evaluar las nuevas condiciones y presenter una nueva oterta de caracter irrevocable. AI cabo de dicho plazo evatuara las nuevas ofertas de caracter irrevocable y adiudicara la capacidad dentro de los treinta (30) dias calendario, 0 de ser el caso. presentara a los Solicitantes nuevas condiciones. g) Adjudicaci6n: g.1) Capactdad Disponible y capacidad proveniente de Amptlaclones: EI Concesionario debera notificar al OSINERG y a los Solicitantes que hubiesen participado de la Oferta Publica mediante la presentaci6n de una Solicitud de Capacidad, la adjudicaci6n final de dichas capactdades. g.2) Capacidad proveniente de Ampliaciones Propuestas: Dentro de los quince (15) dias poetenores a ta recepci6n de las ofertas de caracter irrevocable, el Concesionario notificara los resultados de la adjudicaci6n de la Capacidad de Transporte de Servicio Firme resultante de la Ampliaci6n a: (i) Los Solicitantes que resuttaron adludtcatarlos: (ii) los Solicitantes que no hubieran recibido asignaci6n, lndicandoles que sus ofertas han quedado sin efecto y que se encuentran liberados de cualquier obligaci6n que surja de las mtemas: v. (iii) OSINERG. g.3) Reemplazo 0 retiro de la oferta de caracter irrevocable: EI Solicitante, al que se Ie haya adjudicado una capacidad inferior a la solicitada, debera reemplazar ta oterta de caracter irrevocable presentada originalmente por una nueva que indique la capacidad realmente asignada 0 retirarla. h) Objeciones et Proceso de Oferta Publica: En caso de existir objeciones al proceso de Oferta Publica. estas seran resueltas de acuerdo a 10 previsto en las normas que sobre la materia expida el OSINERG. i) Finalizaci6n del proceso y publicaci6n de resultados: Una vez notificadas las adjudicaciones de Servicio Firme se firma ran los Contratos de Transporte respectivos y se dara por cerrado el proceso de Oferta Publica. los resultados del proceso de ta Oterta Publica deberan eer pubtlcados en la paqina Web del Concesionario y del OSINERG, cuando menos por un periodo de sesenta (60) dlas calendario. contados a partir de la fecha de concluido el referido proceso. EI Concesionario solicitara la aprobaci6n de la Autoridad Competente para construir y poner en operaci6n las instalaciones que se requieran para brindar el servicio adjudicado, quedando sujeta la fecha de inicio de la prestaci6n del Servicio de Transporte a la obtenci6n de las aprobaciones y autonzactones par parte de ta Autondad Competente. DI$POSICIONE$ COMPLEMENTARIAS Primera.- Ambito de Aplicaci6n. las presentes Disposiciones Complementarias seran de aplicaci6n de manera exciusiva a los Conceslonartos que a la fecha de viqencia de la presente norma cuentan con Contrato de Concesi6n de Transporte suscrito al amparo de la Ley N° 27133. Ley de Promoci6n del Desarrollo de la Industria del Gas Natural. Segunda.- Restricciones al Libre Acceso. Respecto a las restricciones al Libre Acceso. seran de aplicaci6n las previstas en el Contrato de Concesi6n, aprobado mediante Resoluci6n Suprema N° 101-Z000-EM. Tercera.- Cesi6n de Capacidad de Transporte. los Usuarios del Sistema de Transporte comprendido en un Contrato de Concesi6n suscritos al amparo de la Ley de Promoci6n, no podran efectuar transferencias de capacidad mientras se encuentre viqente ta Garant!a prevista en la citada Ley de Promoci6n. Cuarta.- Ofertaa Semeetralee. las presentee Condiciones Generales seran de aplicacion a las ofertas semeetrales de capacidad que realice Transportadora de Gas del Peru SA y Gas Natural de Lima y Callao S.R.L., de acuerdo a sus respectivos Contratos BOOT de Ooncesfon, durante la vigencia de la Garantta otorqada por la ley de Promoclon y su reqlamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-99-EM. Durante dicho perfodo. el Servicio Interrumpible se contratara sfmultaneamente al proceso de Oferta Publica. Quinta.- Nueva demanda. De acuerdc a 10 prevteto en los Contratos BOOT de Concesi6n euscntos a! amparo de ta Ley de Promoci6n y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-99-EM, se entendera como "nueva demanda" a las Capacidades Reservadas Diarias resultantes del proceso de Oferta Publica. Sexta.- Derecho de Transformaci6n. Los Usuaries con Contrato de Transports de Servicio Interrumpible pueden ejercer e! derecho de transformer. total 0 parcialmente. su servicio en uno de Servicio Finne. para 10 cual debera seguirse el siguiente procedimiento: a) En el caso que ta suma de las Canttdades Maxlmas Diarias viqentes mas las Solicitudes de Capacidad y las solicitudes de Servicio Interrumpible supere la Capacidad de Transporte. los Concesionarios deberan, antes de la asignaci6n definitiva de capacidad, notificar a los Usuarios con Contratos de Servicio Interrumpible vlqentes. la exletencla de Solicitudes de Capactdad de Servicio Firme y de Servicio Interrumpible a los efectos de que puedan ejercer su derecho de transformaci6n b) Notificadoa los usuaries de conformidad a 10 dispuesto en el Incise precedente tendran un plazo de cinco (5) dias para presentar sus pedidos de transformaci6n a Servicio Firme. c) Presentadas las nuevas Solicitudes de Capacldad. los Concesionarios asiqnaran a los Usuarios que hubiesen ejercido el derecho de transformaci6n, el Servicio Firme que hubiesen solicitado. en forma prioritaria e independiente a las nuevas Solicitudes de Capacidad de Servicio Firme. d) Los Usuarios que hayan ejercido el derecho de transformaci6n. deberan cumplir con las reglas del proceso de Oferta Publica en curso. respetando el Concesionario los derechos de los Usuarios dispuestos en el parrafo anterior.