Decreto Supremo Nº 012-2015-PRODUCE ─ Texto único de procedimientos administrativos (TUPA) del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES)
Made 2015-04-17 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Fisheries and aquaculture
- Keywords
- institution, special fund, legal proceedings/administrative proceedings, governance
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550838 \1 NORMA!, LEGALES B Petuano S4bado 18 de abrll de 2015 accion y estrategias en materia de Derecho Internacional Humanitario, especialmente en el marco del Plan Nacional de Derechos Humanos, la misma que cuenta con una Secretaria Tecnica, la cual esta a cargo de la Direccion General de Derechos Humanos, encargado de brindar apoyo tecnico y adminislrativo a la Comision y depende del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el Derecho Internacional Humanitario ha alcanzado un importante nivel de desarrollo norrnativo y doctrinario, siendo el Peru Estado Parle de los principales instrumentos internacionales sobre la materia, entre ellos, los Cuatro Convenios de Ginebra de 1949, aprobados por Resolucion Legislativa N° 12412 de 31 de octubre de 1955, promulgada el 5 de noviembre de 1955 y vigente desde el 15 de agosto de 1956; y sus dos Protocolos Adicionales de 1977, aprobados mediante Resolucion Legislaliva N° 25029 de 31 de mayo de 1989, promulgada el 1 de junio de 1989 y vigente desde el 14 de enero de 1990; Que, de conformidad con las disposiciones de dichos instrumentos internacionales, el Peru tiene la obligacion, tanto en tiempo de paz como en periodo de conflicto armado, fomentar el estudio y difusion de los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales por parte de la poblacion civil y miembros de las Fuerzas Armadas; Que, de conforrnidad con la Ley N° 277 41 , se establece la obligatoriedad de la difusion y ensefianza sistematizada y permanente de la Constitucion Politica del Peru, de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario, en todos los niveles del sistema educativo civil o militar, educacion superior, universitaria y no universitaria; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2014-JUS, se aprobo el Plan Nacional de Derechos Humanos 2014 2016 el cual establece como Lineamiento Estrategico N° 1 "Promocion de una cultura de Derechos Humanos en el pais", cuyo Objetivo N° 1, consigna como actividad especifica el "Consolidar una formacion integral, a nivel descentralizado, en Derecho Internacional Humanitario, Derechos Humanos y Derecho Penal Internacional"; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2014-JUS, se aprueba el Plan Nacional de Educacion en Derechos y Deberes Fundamentales al 2021", donde se dispone en el Objetivo Estrategico N° 3 "Las personas educadas en una cultura de paz son capaces de respetar la dignidad humana, incluso en situaciones de conflicto• diversas acciones relacionadas a la forrnacion y difusion del Derecho Internacional Humanitario, en especifico, "Promover la capacitacion de operadores juridicos operacionales en materia de derechos humanos y derecho internacional humanitario"; Que, en el Plan Operativo Anual de la CONADIH y de la Direccion General de Derechos Humanos se sefiala como una de las metas a conseguir, capacitar en Derecho Internacional Humanitario a autoridades, funcionarios competentes y la sociedad civil, motivando ello la organizacion del I, II, Ill, IV, V, VI, VII, VIII, IX Curso de Derecho Internacional Humanitario "Miguel Grau", realizados los afios 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 , 2012, 2013 y 2014, respectivamente; Que, conforme al documento de visto, la Direccion General de Derechos Humanos y la CONADIH solicita autorizar la realizacion del X Curso de Derecho Internacional Humanitario "Miguel Grau• a realizarse en la Fase Virtual del 20 de abril al 15 de junio de 2015 y la Fase Presencial del 22 al 26 de junio de 2015; Que, la realizacion del sefialado evento asegura la correcta aplicacion del Derecho Internacional Humanilario por parte de los actores concernidos y contribuye, por un lado, al cumplimiento de las obligaciones intemacionales y nacionales en dicha materia y, por olro, garantiza la adopcion de medidas nacionales de aplicacion que se lraducen en politicas publicas sectoriales; por lo que resulta de interes institucional oficializar el referido evento; Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el literal j) del articulo 7° de la Ley N° 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es funcion de este Sector sislematizar la legislacion e inforrnacion juridica de caracter general y promover su estudio y difusion, por lo que corresponde autorizar la realizacion de dicho evento; De conforrnidad con lo dispuesto en la Constitucion Polilica del Peru; la Ley N° 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Resolucion Suprema N° 234-2001-JUS por la cual se eslablece la Comision Nacional de Estudio y Aplicacion del Derecho Internacional Humanitario; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la Direccion General de Derechos Humanos y a la Comision Nacional de Estudio y Aplicacion del Derecho Internacional Humanitario (CONADIH) la realizacion del X Curso de Derecho Internacional Humanitario "Miguel Grau", que se realizara en la ciudad de Lima, del 20 de abril al 26 de junio de 2015. Regislrese, comuniquese y publiquese. GUSTAVO L. ADRIANZEN OLAYA Minislro de Justicia y Derechos Humanos 1226478-1 PRODUCE Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos TUPA del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES DECRETO SUPREMO N° 012-2015-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que, el Fonda Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES es un organismo publico ejeculor adscrito al Ministerio de la Produccion, con personeria juridica de derecho publico, cuya finalidad es promover, ejecutar y apoyar tecnica, economica y financieramente el desarrollo de las actividades y proyectos de pesca artesanal y de acuicultura; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2007 PRODUCE seaprobo la fusiondel CenlrodeEnlrenamiento Pesquero de Paita - CEP Paita con el FONDEPES, bajo la modalidad de fusion por absorcion, correspondiendole al FONDEPES la calidad de incorporante; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 669-2008 PRODUCE se declaro la desactivacion y extincion del Centro de Enlrenamiento Pesquero de Paita - CEP Paita al haber concluido el proceso de fusion, por lo que toda referenda que hubiere a la Entidad absorbida debera entenderse como hecha al FONDEPES; Que, los articulos 37 y 38 de la Ley del Procedimiento Adminislrativo General disponen la obligatoriedad de las enlidades de la Adminislracion Publica de elaborar y aprobar o gestionar la aprobacion, segun el caso, de su Texlo Unico de Procedimientos Adminislrativos - TUPA, cumpliendo los requisitos eslablecidos para tal fin ; Que, por otro lado, la Ley N° 29060 - Ley del Silencio Administralivo establece las disposiciones sobre la evaluacion por parte de las entidades del Estado de los procedimientos adminislrativos considerados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM; Que, por Decreto Supremo N° 064-2010-PCM se aprobo la melodologia de delerminacion de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Unicos de ProcedimientosAdministrativos de las Entidades Publicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del articulo 44 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 007 2011-PCM se aprobo la Metodologia de Simplificacion Adminislraliva y establece disposiciones para su implementacion, para la mejora de los procedimientos adminislrativos y servicios prestados en exclusividad por las entidades de la Administracion Publica; BPetuaro S4bado 18 de abrll de 2015 fl NORMJ"5 LEGALES 550839 Que, teniendo en cuenta la normatividad citada en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el nuevo TUPA del FONDEPES, cuya propuesta cuenta con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producci6n, en observancia de lo dispuesto por el numeral 11.2 del articulo 11 de los Lineamientos para elaboraci6n y aprobaci6n del TUPA y disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, aprobados por Decreto Supremo N° 079-2007-PCM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM que aprueba los lineamientos para la elaboraci6n y aprobaci6n del TUPA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; y el Decreto Supremo N° 062-2009-PCM que aprueba el formato del Texto Unicode Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece precisiones para su aplicaci6n; DECRETA: Articulo 1.- Aprobaci6n del Texto Unico de Procedimientos Administrativos Apruebese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo Articulo 2.- Aprobaci6n de Formulario Apruebese el Formulario N° 001 - Solicitud de Acceso a la lnformaci6n Publica, correspondiente al procedimiento de Acceso a la lnformaci6n publica que posea o produzca el FONDEPES, el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 3.- Publicaci6n El presente Decreto Supremo sera publicado en el Diario Oficial El Peruano Asimismo, el TUPA y el Formulario a que se refieren los articulos 1 y 2 del presente dispositivo deberan ser publicados en el Portal lnstitucional del FONDEPES (www.fondepes.gob.pe) yen el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe), el mismo dia de la publicaci6n del presente Decreto Supremo Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de la Producci6n. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Derogatoria Der6guese el Decreto Supremo N° 007-2006 PRODUCE que aprueba el Texto Unicode Procedimientos Administrativos - TUPA del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES; y, el Decreto SuP,remo N° 006-2002-PRODUCE que aprueba Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita. Dado en la Casa de Gobiemo, en Lima, a los diecisiete dias del mes de abril del afio dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica PIERO GHEZZI SOUS Ministro de la Producci6n 1226477-1 Aprueban Reglamento de la Ley N° 30078 - Ley que promueve el desarrollo de Parques lndustriales Tecno Ecologicos DECRETO SUPREMO N° 013-2015-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, a traves de la Ley N° 30078, Ley que Promueve el Desarrollo de Parques lndustriales Tecno-Ecol6gicos, en adelante la Ley, se promueve y regula la creaci6n de parques industriales tecno-ecol6gicos mediante propuestas publicas o privadas; Que, de conformidad con el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley, la creaci6n de los parques industriales lecno-ecol6gicos forma parte de la estrategia nacional de promoci6n de la competitividad, asociatividad y rentabilidad de las unidades productivas del sector industrial en general, incluido el agroindustrial, en un contexto de desarrollo econ6mico y social de las regiones y de descentralizaci6n de las actividades econ6micas; Que, en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley se senala que son fines de los Parques lndustriales Tecno ecol6gicos (PITE) garantizar el crecimiento y desarrollo ordenado de las industrias a nivel nacional con enfoque de cluster, en concordancia con el cuidado del ambiente, el uso eficiente de la energia, la responsabilidad social y el cuidado def agua, de conformidad con la legislaci6n vigente sobre la materia; ademas, desarrollar emprendimientos productivos agroindustriales con base tecno-ecol6gica, con la finalidad de incorporar valor agregado a su producci6n primaria en las distintas regiones naturales del pais; Que, mediante laSegunda Disposici6n Complementaria Final de la Ley se encarga al Minislerio de la Producci6n, al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y al Ministerio del Ambiente la elaboraci6n de su reglamento; Que, el Ministerio de la Producci6n es la autoridad rectora en materia industrial, encargada de fomentar el desarrollode las empresas e incremento de competitividad; asi como de promover y orientar en el ambito del subsector industria, la innovaci6n tecnol6gica y la transferencia de tecnologias, fomentando alianzas tecnol6gicas dentro y fuera del pais; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del articulo 118 de la Constituci6n Politica del Peru, y la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo DECRETA: Articulo 1°.-Aprobaci6n Apruebese el Reglamento de la Ley N° 30078, Ley que Promueve el Desarrollo de Parques lndustriales Tecno Ecol6gicos, el cual consta de nueve (9) lilulos, cuarenta (40) articulos, cuatro (4) Disposiciones Complementarias Finales, dos (2) Disposiciones Complementarias Transilorias y cinco (5) Anexos, que forman parte inlegrante del presenle Decreto Supremo. Articulo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de la Producci6n, el Ministro del Ambiente y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo Dado en la Casa de Gobiemo, en Lima, a los diecisiete dias del mes de abril del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Conslitucional de la Republica PIERO GHEZZI SOUS Ministro de la Producci6n MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente MAGALI SILVA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y T urismo REGLAMENTO DE LA LEY N° 30078 LEY QUE PROMUEVE EL DESARROLLO DE PARQUES INDUSTRIALES TECNO-ECOLOGICOS TiTULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias de la Ley N° 30078, Jtt: .{',. ..... TEXTO UNICODE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS • FONDO DE DESARROLLO PESQUERO - FONDEPES RGANO O UNIDAD ORGANICA : OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACl6N • REQUISITOS · DERECHODE • CALIFICACl6N DEL PROCEDIMIENTO TRAMITACl6N , , EVALUAC16N PREVIA PLAZOPARA DENOMINACl6N DEL RESOLVER (en INICIODEL N• PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO ' ' ' dlas hllblles) • Fonnularlo. Automitlco N' • Denomlnacl6n • •. Codigo' (en% UITJ (en S/) Posltlvo Negatlvo 1 Acceso a la informacl6n 1 Sollcltud en documento lmpreso o Formularlo Por HojaA4 X 7 T ramite Documentario de la piibllca que posea 0 a !raves def correo electr6nlco 001 en bin Oficina General de produzca el FONDEPES lndlcado en la Pagina Web de! Slete dfas Administraci6n FONDEPES dlrlgldo al Jefe de la 0.0026% UIT $/. 0.10 prorrogables Ofii::lna General de Admlnlstracl6n hasla cinco (5) .; .. .· segtln formularlo. \' dfas adiclonales en forms 2 Pago def costo de reproduccl6n excepcional. luego de aprobada la procadencla de la lnforn\acl6n sollcllada - Tasa En CD correspondlente. 0.0260% UIT • Copla Simple b/n por unldad $/. 1.00 • CD (Unidad) Av. Petit Thouars N° 115 119-Llma Por Correo Gratullo Basa Legal: Electr6nlco Ley N" 27444, Artfculos 29", 37",42", 110· numeral 110.1·, 113•, 12s•y 1s4• ·i T exto Onlco Ordenado de la Ley N' 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 043 2003-PCM (Artfculos 3', 10•, 11', 13", 15" y 17") y SU modlflcatorla par Ley N" 27927. • Reglamenlo de la Ley de Transparencla y Acceso a la lnformaci6n Ptlbllca, aprobado ,por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM (Artlculos 3\,10' al 16'). ' 2007/CAM-IN!j)ECOPI, numeral 21 ·--· -NOTAS: AUTORJDAD INSTANCIAS DE RESOLUCl6N DE REC.URSOS • COMPETENTE PARA RESOLVER RECONSIDERACl6 N APELACl6N Jefe de la Oficina NOAPLICA Jefe def FONDEPES General de Admlnlstraci6n . Plazo para presenter el recurso es de quince (15) dfas hablles ' El recurso debe resolverse en un plaza de diez (10) habiles de presentado el recurso ' :: '. \ • FONOEPES reproduclra la lnfonnacl6n cuando iea lilular del derecho de autor o gooe del consenlhnlento prevlo y e,alto dal lilular do! dered,o da autor para la reproducol6n, comunlcachln, dlslrlbuckln de la lnlonnaclln u obra o cualquler modalldad de e,plolaol6n do la obra yon los demh casoa contomplados en el Oecrelo l.eglalatlvo N" 822 - lay aobre el derecho de autor. • ' -A,. • ' B Fonnato de Sollcllu~,Hr• pn,pomlonado por el equlpo de lramHe dooumenlarlo de la Oflclna General de Admlolakackln deJ FONDEPES. y podr• aer de8"8fgedo desde el Porlal de Transp8"'ncla de FONDEPES: www.fondepes.gob.pe. ' la llquldacl6n del r:oeJo1de reproducol6n quo conllene lo lnformackln requeilda, eslari a dlspoalol6n de! aollollanlo a partlr del 1Bldo dla de p,.senlada I~ sollollud. El sollcllanlo deberi aceroanie a FONOEPES y canceler eslo monlo, a efeoloa que la Enlldad efec!tie la reproducolon r:om,spondlenlo y pueda poner a su dlsposlcl6n la lnfonnacl6n denlro dot plazo eslablecldo por la Ley. B pago aa elecluar,1 en' •~, 'en la venlanlla delArea de Teaorerla ublcada en la aede admlnlslrallva de FONOEPES, silo en Av. Petit ThouBII N" 115-119 • Lima. . • ... - .. ~;soi:s;j:;~, ~ "-1~- ,.-·---.!:·•<..} ,,, ey· , .... < ,;.,ii~ ~ DE b~-"-' .,. 2<!2.11!!:.s!>· ""P • :... , TEXTO ONICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS -FONOO DE DESARROLLO PESQUERO • FONDEPES 6RGANO D UNIDAD DRGANICA: SECRETARIA GENERAL REQUISITDS DERECHO DE TRAMITACt6N CAUFICACil>N DEi PROCODIMIENTO Pt.AZOPARA DENDMINACl6N DEL EVALUACION PREVIA N' PRDCEDIMIENTD Fonnularlo Aulomitlco RESOLVER (en dla1 N' Oenomlnacl6n (eol\Ull) (ens~ PoslUvo Negatlvo hiblles) COdl o 2 Recurso de apelad0n de actos 1 Recurso de apelacllln dlrlgldo at Jefe del FONOEPES, Gralullo X 12 dlctados en los procesos de seleccl0n conlenlendo lo slgulente: Doce dlas hAbll ... de de Ad)udlcacl6n Dlrecta Selectlva Pf816Jllado o aubsanacb (ADS) y Ad)udlcactones de Menor el reourso Cuanlla (AMC). Base Legal: •l ldonUllc .. tlm del lmpugnante doblando conslgnat su non-b<e y numBfO de documanto de kientidad O SU denominac\6n 0 razbn social En caso de actuacl6n mediante representante, se OCllflll80aril la clJcumentadon qua acradlle la ,epresantact6o. 'Ley 27444, Atlculoa, 113', 206", 200" y T ratandose de oonsorcios et repcasenlante comull debe 211' lnlal]lOOor at l8CUl10 de epetac16n • nomble da lodos to, consorclados, acredllflOO •us faca.ilades d& represenlacl6n ' Dacrelo Lagillatlvo N' 1017 • Ley do medlanle la prasenlacion de copla shll:>lo dl!I la promesa ionnal daoonsoo:lo. Coolralaclon&s del Estado, ArtlWos 53•, En el caso da Subasla y su modlllcalOJla Ley N' 29873. lnva11a 10 615 das • o-1o Suprorno N' 1114-200!1-EF, b} Sei\alar como domlclllo procesal una direca16n eleclronlca habllessegun Artloulos, 94'. 104', 107', 109', 112' y propla. COJ18Sponda m·. y modt1oal0Jla o, ... 1o Supremo o) El poUlollo qua "°"""'nda la dalBIITilnaol6n olara y OOOOlBla N' 138-2012-EF. de lo'fJ&,~ollclla. d) Los fundam&olos de hecho y do deracho que suslenlan su petllorto, asl como las pruebas lnstrumenlalas penlnentes. a) La garMlla aqulvalanla el tres por clanlo (3%) dal valo1 referenclal def procaso do selacol6n ~- En los procuos da aalec:ci6n segllll relacl6n da llama, etapas, lramoa, loln y paquetes el monlo de la garantla 58f'B eqtjvalanle al tru por danlo (3%) del valor reforanolel dal 1•-"vo !tam, alapa. tramo, lote o paquele. En nlngUfl caso, la garantla sera mano, al cino1Janla por olanlo (50%) da la Unldad lmposlllva Tll>ulalfa (Ull),Aganla. ' ij La finna det lmpugnante o da su representanle. En el caso do eonsorolos baslari la fuma dal reprasantanlo comun aefialado como lal en la promesa fonnal de conson:lo. g) SI se presentan anexos, astos saran lrdcado! y menctonados en el escdto, deblendo eatar folladol y ord8nados O!DOOl6gicamanlB. h) Coplas silfl'I•• dal a&orilo y sus receudos pera la olnl part,, sllolul>lare. NOTAS: • Medianta r&ClnO de apehtcl6n se ~n los atlas dciados duranto el desam>llo dal proceso de seleccl6n. desda la oonvooatorla hasta aquelos emltldos antes do la celebracion del contra lo. c'o "' • En los procasoa de aelecd6n de acijud1cac\6n cir8cla nlecllva y &4udcacl6n de menor cuantla. el l'BClAO de apelacl6n se presenta en la Enlldad que I.OfW006 el p,ooeao de seleccl6n que se knpugna y sera conocldo y resuelto por su tllular de la entldad. .,.~,,.. ;7··~~ I c,~t.'.i '.;~i EALAf1C6N "•" AUTORIDAD INSTANCIAS DE RESOLUCl6N DE RECURSOS INICID DEL PRDCEDIMIENTO COMPETENTE PARA RESOLVER RECDNSIDERAC16N APELACI6N T,amite Oocumantano J•I• de FONDEPES NoAplica NoApllca deleOGA Av. PeUI Thooat1 N' 115-119 Lima .. , ,· FORMULARIO 001 SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA (Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la lnformaci6n Publica, aprobado par Decreto Supremo N° 043-2003-PCM} I. FUNCIONARIO RESPONSABLE DE ENTREGAR LA INFORMACION: II. DATOS DEL SOLICITANTE: APELLIDOS Y NOMBRES / RAZON SOCIAL DOCUMENTO DE IDENTIDAD D.N.1./LM./C.E./OTRO DOMICILIO AV/CALLE/JR/PSJ. N ° /DPTO./INT. DISTRITO PROVINCIA DEPART AMENTO CORREO ELECTRCNICO ( Ill. INFORMACION SOLICITADA: N° DE REGISTRO URBANIZACICN TELEFONO ti '---------------------------------------------------'-(,t,~i~~ IV. DEPENDENCIA DE LA CUAL SE REQUIERE LA INFORMACION: . :: J IV. FORMA DE ENTREGA DE LA INFORMACION (MARCAR CON UNA "X") • COPIA SIMPLE D co □ FAX □ E·MAll D OTROS APELLIDOS Y NOMBRES FECHA Y HORA DE RECEPCION FIRMA OBSERVACIONES /