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Laws of Peru

Decreto Supremo Nº 010/97/AG - Normas reglamentarias del trámite de los procedimientos sobre denuncio de tierras eriazas iniciados con anterioridad a la Ley Nº 26.505

Made 1997-06-09 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Land and soil
Keywords
land tenure, abandoned land/unoccupied land, legal proceedings/administrative proceedings, ownership, transfer rights, soil conservation/soil improvement, environmental impact assessment (EIA), environmental audit, property rights

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  1. Aprueban normas reglamentarias del tramtte de los procedimientos sobre denuncio de tierras eriazas iniciados con anterioridad a la Ley Nil 26505 DECRETO SUPREMO N° OlO·97·AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que en virtud de la Segunda Disposici6n Complemen taria de la Ley N°26505, Ley de Tierras, sustituida por la pag. 149948 Lima, martes lOde junio de 1997 Ley N°26681, se ha dispuesto que a partir de la vigencia de aquella Ley, 19 dejulio de 1995, el Estado procedera a la venta 0 concesi6n de las tierras eriazas de su dominio en subasta publica; Que es necesario reglamentar el tramite de los proce dimientos sobre denuncio de tierras eriazas iniciados con anterioridad a la Ley N° 26505; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118° de la Constituci6n Politica del Peru; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1°.- El Ministerio de Agricultura, a traves del Proyecto Especial Titulaci6n de Tierras y Catastro Rural, proseguira con el trarnite de los expedientes sobre den un cio de tierras eriazas con arreglo a la legislaci6n anterior a la Ley N° 26505, iinicamente de los que, a la fecha de publicacion de esa Ley, 18 de julio de 1995, reunen, como requisito minimo, estudios de preinversi6n presentados en el caso de los expedientes de adjudicaci6n para fines de irrigaci6n y/o drenaje 0 de proyecto de factibilidad tecnico econ6mico en los expedientes para otros usos agrarios. El numero de esos expedientes es el que aparece discri minado a nivel nacional en el anexo adjunto, que forma parte de este Decreto Supremo. Articulo 2°. Dentro del plazo de quince (15) dias de publicado este dispositivo, las Direcciones Regionales y Subregionales Agrarias y la Unidad Agraria Departa mental Lima-Callao remitiran a la Direcci6n Ejecutiva del Proyecto Especial Titulaci6n de Tierras y Catastro Rural, los expedientes considerados en el anexo, para su procesa miento y expedici6n del pronunciamiento respectivo. Articulo 3°. El Proyecto Especial de Titulaci6n de Tierras y Catastro Rural - PETT, previo a su pronuncia miento sobre denuncio de tierras eriazas, solicitara a la Direcci6n General de Aguas y Suelos la opinion favorable sobre la disponibilidad de recurso hidrico solicitada por cada expediente. El pronunciamiento de la Direcci6n Ge neral de Aguas y Suelos no significa el otorgamiento del respectivo derecho administrativo de aguas. De no existir disponibilidad del recurso hidrico, el tramite se declarara improcedente, pronunciamiento que se efectuara mediante Resoluci6n Directoral del PETT. En caso, de disponibilidad parcial del recurso hidrico el pro nunciamiento se expedira sobre el area beneficiada; el saldo del area se declarara improcedente. Articulo 4°. En los expedientes donde no se haya llegado a la etapa sefialada en el Articulo Primero, el respectivo 6rgano desconcentrado del Ministerio de Agri cultura, sin mas tramite, declarara la caducidad del proce dimiento. Articulo 5°. El presente Decreto Supremo sera re frendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve dias del mes de junio de mil novecientos noventa y siete. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros RODOLFO MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 6546

Decreto Supremo Nº 010/97/AG - Normas reglamentarias del trámite de los procedimientos sobre denuncio de tierras eriazas iniciados con anterioridad a la Ley Nº 26.505 · Nelum