Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA ─ Reglamento de organización y funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS)
Made 2014-06-18 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Land and soil, Water
- Keywords
- institution, cadastre/land registration, urban land, land tenure, registration, data collection/reporting, access-to-information, governance, waste disposal, waste domestic sources, water supply, waterworks, sewerage, pollution control, potable water, freshwater pollution
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Normas Legales del 19.06.2014 33 a Ejecutivo/a de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Mentales; Director/a Ejecutivo/a de la O cina Ejecutiva de Administración y Director/a Ejecutivo/a de la O cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico se encuentran cali cados como de con anza; el cargo de Asesor/a de la Dirección General se encuentra cali cado como Directivo Superior de Libre Designación y el cargo de Jefe/a de O cina de la O cina de Personal de la O cina Ejecutiva de Administración se encuentra cali cado como Directivo Superior; Que, con los documentos de vistos, la Directora de Instituto Especializado (e) del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” Amistad Perú Japón, solicita dar por concluida la designación de los funcionarios antes mencionados en los cargos señalados en los considerandos precedentes, y asimismo, propone a sus reemplazantes; Que, a través del Informe Nº 220-2014-EIE-OGGRH/ MINSA, remitido mediante Memorando Nº 1101 2014-OGGRH-OARH-EIE/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Directora de Instituto Especializado (e) del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” Amistad Perú – Japón, señalando que procede designar a los profesionales propuestos, indicando que los cargos de Director/a Adjunto/a de la Dirección General, Director/a Ejecutivo/a de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Mentales, Director/a Ejecutivo/a de la Oficina Ejecutiva de Administración y Director/a Ejecutivo/a de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico se encuentran calificados como de confianza y el cargo de Asesor/a de la Dirección General se encuentra calificado como Directivo Superior de Libre Designación; Que, en mérito a lo señalado en las consideraciones precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones de personal necesarias a n de asegurar el normal funcionamiento del citado Instituto; Con el visado de la Directora General de la O cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O cina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005 90-PCM; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación efectuada en el Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” Amistad Perú – Japón del Ministerio de Salud, de los profesionales que se detallan a continuación, dándoseles las gracias por los servicios prestados: Nombres y Apellidos Cargo Nivel Médico Cirujano Carmen Consuelo Cifuentes Granados Directora Adjunta de la Dirección General F-4 Médico Cirujano Víctor Manuel Rivas Díaz Asesor de la Dirección General F-4 Médico Cirujano Carlos Aníbal Béjar Vargas Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Mentales F-4 Contador Público Colegiado Ricardo Antonio Begazo Cornejo Director Ejecutivo de la O cina Ejecutiva de Administración F-4 Médico Cirujano Luis Martín Botton Estrada Director Ejecutivo de la O cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico F-4 Nombres y Apellidos Cargo Nivel Licenciado en Administración Cesáreo Nolasco Oré Jefe de O cina de la O cina de Personal de la O cina Ejecutiva de Administración F-3 Artículo 2º.- Designar en el Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” Amistad Perú – Japón del Ministerio de Salud, a los profesionales que se detallan a continuación: Nombres y Apellidos Cargo Nivel Médico Cirujano Luis Miguel Farro Uceda Director Adjunto de la Dirección General F-4 Médico Cirujano Juan Daniel Guillen Cabrejos Asesor de la Dirección General F-4 Médico Cirujano Jaime Cusihuaman Álvarez Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Mentales F-4 Economista Aida Graciela Salas Gamarra Directora Ejecutiva de la O cina Ejecutiva de Administración F-4 Ingeniero Economista Luisa Hilda Vera Cárdenas Directora Ejecutiva de la O cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico F-4 Regístrese, comuníquese y publíquese, MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1098356-3 VIVIENDA Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento DECRETO SUPREMO Nº 010-2014-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30156 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la cual señala en su Primera Disposición Complementaria Transitoria, que el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio se debe someter para consideración al Consejo de Ministros en un plazo no mayor a sesenta (60) días hábiles posteriores a la publicación de la citada Ley; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de conformidad con lo regulado en los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública” aprobados por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros; y, En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Normas Legales del 19.06.2014 34 DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Apruébase el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; que consta de cuatro (4) Títulos, ciento dos (102) Artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias Finales y un (01) Anexo, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Efectos Presupuestales La implementación del presente Decreto Supremo se efectuará con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3º.- Publicación El Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el artículo 1, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O cial El Peruano. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Normas Complementarias El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, podrá emitir las disposiciones complementarias que sean necesarias para el cumplimiento e implementación del presente Decreto Supremo. Segunda.- Adecuación del Cuadro para Asignación de Personal El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento presentará su Cuadro para Asignación de Personal (CAP) en un plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles, contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. Tercera.- Referencia en normas anteriores a Direcciones u O cinas Toda referencia en normas anteriores a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio que no formen parte del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el presente Decreto Supremo, deben identi carse con los nuevos órganos y unidades orgánicas de acuerdo con sus funciones. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Derógase el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, y las normas modi catorias aprobadas por el Decreto Supremo N° 045-2006-VIVIENDA y las Resoluciones Ministeriales N° 175-2003-VIVIENDA, N° 103-2009 VIVIENDA, N° 211-2009 VIVIENDA, N° 106-2009-VIVIENDA, N° 076-2010-VIVIENDA, N° 160-2010 y N° 201-2011-VIVIENDA. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1099116-1 Conforman Comité de Control Interno de, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 185-2014-VIVIENDA Lima, 17 de junio de 2014 VISTOS, Las Actas N° 001-2014-VIVIENDA y N° 002 2014-VIVIENDA del Comité de Control de Interno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado, tiene por objeto establecer las normas para regular la elaboración, aprobación, e implantación, funcionamiento, perfeccionamiento y evaluación del control interno en las entidades del Estado, con el propósito de cautelar y fortalecer los sistemas administrativos y operativos con acciones y actividades de control previo, simultáneo y posterior, contra los actos y prácticas indebidas o de corrupción, propendiendo al debido y transparente logro de los nes, objetivos y metas institucionales; estableciéndose en su artículo 6 las obligaciones del Titular y funcionarios de la entidad, relativas a la implantación y funcionamiento del control interno; Que, el Sistema de Control Interno - SCI es el conjunto de acciones, actividades, planes, políticas, normas, registros, organización, procedimientos y métodos, incluyendo la actitud de las autoridades y el personal, REALT Rectángulo