Skip to content
Nelum
Laws of Peru

Decreto Supremo Nº 009-99-PROMUDEH ─ Modifica el Reglamento de la Ley Nº 27060, a fin de que PRONAA adquiera recursos y/o productos hidrobiológicos al ITP

Made 1999-08-19 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

research.laws.repealedOn

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Food and nutrition
Keywords
food security, internal trade, agricultural commodities

Where to read it

    No source link is recorded for this law.

Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. Lima, viemes 20 de agosto de 1999 LUISA MARIA CUCULlZA TORRE Ministra de Promoci6n de la Mu.Jer y del Desarrollo Humane pag. 177059 Modiflean Re~lamento de la Ley Nil 27060 a tln que el PRONAA adquierareeursos y/o productos hidrobiologleos allTP para ejecucion del Proyeeto Especial "PESCAMESA" DECRETO SUPREMO N" 009·99-PROMUDEH EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Estado dentro del marco de lucha contra la pobreza ha priorizado el desarrollo de programas de apoyo alimentario, a fin de promover, proteger y elevar los niveles alimentarios y nutricionales de la poblaci6n; Que, el Ministerio de Pesqueria ha establecido un sistema de seguridad alimentaria sectorial denominado Proyecto Espe cial "PESCAMESA", en el que participe activamente el Institu to Tecnol6gico Pesquero del Peru - ITP, adqniriendo pescado fresco 0 congelado de diversas especies a fin de brindar un abastecimiento sostenido de productos hidrobiol6gicos a diver sas organizaciones sociales de base; Que, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria PRONAA, tiene por finalidad contribuit a elevar el nivel alimentario y nutricional de la poblaci6n en situaci6n de pobreza extrema, ejecutando acciones de apoyo y seguridad alimentaria dirigidas preferentemente a la poblaci6n vulnera ble y en alto riesgo nutricional, en especial a los ninos y madres gestantes y lactantes; estando facultado a adquirir directamen te productos alimenticios nacionales a los pequefios producto res locales, de conformidad con la Ley N' 27060 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremd N° 002-99-PROMUDEH; Que, se requiere que el Programa Nacional de Asistencia AJimentaria - PRONAA, a traves de las Comisiones de Adqui sici6n, adquiera recursos y/o productos hidrobiol6gicos al Ins tituto Tecno16gicoPesquero del Peru- ITP, para la ejecuci6n del Proyecto Especial "PESCAMESA", a efectos de promover un mayor apoyo a los gremios de los pescadores y procesadores artesanales, otorgar alimentos de alto contenido nutricional e incrementar en nuestro pals el consumo per-capita de pescado; Que, en consecuencia, es necesario modificar el Reglamento de la Ley N° 27060, aprobado por Decreto Supremo N° 002-99 PROMUDEH; De conformidad con 10dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118° de la Constituci6n Polftica del Peru; DECRETA: Articulo 1°,· Modifiquese la Segunda Disposici6n Comple mentaria del Reglamento de la Ley N' 27060, aprobado por Decreto Supremo N° 002-99-PROMUDEH, la cual quedara redactada de la siguiente manera: "Se priorizara las adquisiciones de alimentos que proceden de programas de producci6n que efectuen los Sectores de Agricultura, Presidencia y Pesqueria, localizados en ambitos de pobreza que se orienten al desarrollo de dichas zonas. Para tal efecto, el Sector correspondiente a traves de sus oficinas locales y regionales certificara en cada casu esta condici6n, alcanzando la lista de los productores por grupo de producci6n a las Comisiones de Adquisici6n. Asimismo, se priorizara las adquisiciones de recursos y/o productos hidrobio16gicos que se requieran para Iii ejecuci6n del Proyecto Especial "PESCAMESA" del Ministerio de Pes queria; a traves del Instituto Tecno16gicoPesquero del Peru ITP, para tal fID, las Comisiones de Adquisici6n podran realizar dichas adquisiciones direetamente a traves del Institute Teeno 16gicoPesquero del Peru- ITP perteneciente al Sector Pesque ria, el cual debera presentar la lista de los pescadores 0 procesadores artesanales que abastezcan del recurso y/o pro ducto hidrobio16gico, segun corresponda." Articulo 2"••El presente Deereto Supremo sera refrendado por los Ministros de Promoci6n de la Mujer y del Desarrollo Humano, Agricultura, Pesquerfa y de la Presidencia. Dado en la Casa de Gobierno, a los diecinueve dfas del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica BELISAAIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura GUSTAVO ·CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria EDGARDO MOSQUElRA MEDINA Ministro de la.Presidencia 10757

Decreto Supremo Nº 009-99-PROMUDEH ─ Modifica el Reglamento de la Ley Nº 27060, a fin de que PRONAA adquiera recursos y/o productos hidrobiológicos al ITP · Nelum