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Laws of Peru

Decreto Supremo Nº 008-2005-AG ─ Reglamento de organización y funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA)

Made 2005-02-09 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Livestock, Food and nutrition, Cultivated plants
Keywords
animal health, institution, legal proceedings/administrative proceedings, governance, food safety and quality, hygiene/sanitary procedures, plant protection
Categories
agriculture

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  1. REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES 1 CONTENIDO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES TITULO II OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES TITULO III LINEAMIENTOS DE POLITICA TITULO IV ORGANIZACION Y FUNCIONES Capitulo I Alta Direcci6n Capitulo II Organo Consultivo Capitulo III Organo de Control Capitulo IV Organos de Asesoramiento Capitulo V Organos de Apoyo Capitulo VI Organos de Linea Capitulo VII Organos Desconcentrados TITULO V REGIMEN LABORAL TITULO VI RECURSOS ECONOMICOS TITULO VII RELACIONES INTERINSTITUCIONALES DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA - SENASA. TiTULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1°.- Naturaleza EI Servicio Nacional de Sanidad Agraria, creado por Decreto Ley N° 25902, en adelante SENASA, es un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura, con personeria juridica de derecho publico interno, con autonomia tecnica, administrativa, econ6mica y financiera. Constituye un Pliego Presupuestal y forma parte del Gobierno Nacional. EI SENASA es la Autoridad Nacional en materia de Sanidad Agraria, Semillas y Producci6n Organica. Articulo 2°. Ambito, domicilio y aplicacion EI ambito de acci6n del SENASA es nacional y su domicilio legal es en la ciudad de Lima. Las normas contenidas en el presente Reglamento son de aplicaci6n a todos los 6rganos del SENASA. 2 Articulo 3°.- Contenido El presente Reglamento de Organizaci6n y Funciones es el documento tecnico normativo de gesti6n institucional que formaliza la estructura organica del SENASA. Establece sus lineamientos de gesti6n institucional, estructura organica, funciones y las relaciones de coordinaci6n entre sus dependencias y las que desarrolla con otras instituciones de derecho privado y publico. TiTULO II OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES Articulo 4°. Objetivos Estrategicos a. Reducir los impactos directos e indirectos de las principales plagas y enfermedades presentes en la producci6n agraria. b. Proteger el patrimonio agro sanitario del ingreso 0 dispersi6n de plagas y enfermedades reglamentadas y del incremento de plagas y enfermedades de importancia econ6mica. c. Ve1ar por la calidad sanitaria y contribuir ala inocuidad agroalimentaria. d. Lograr excelencia en la prestaci6n de servicios de competencia institucional. e. Emitir disposiciones que no constituyan barreras injustificadas al comercio, observando los tratados internacionales y la normatividad interna. Articulo 5°.- Funciones y Atribuciones a. Organizar y asegurar la prestaci6n de servicios tendientes al logro de sus objetivos. b. Proponer, establecer y ejecutar, segun el caso la normatividad juridica, tecnica y administrativa necesaria para la aplicaci6n de la Ley Marco de Sanidad Agraria, sus Reglamentos y disposiciones complementarias, a efectos de prevenir la introducci6n, establecimiento y diseminaci6n de plagas y enfermedades; controlarlas y erradicarlas. c. Mantener y fortalecer el sistema de cuarentena, con la finalidad de realizar el control e inspecci6n fito y zoosanitario, segun sea el caso, del flujo nacional e internacional de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, capaces de introducir 0 diseminar plagas y enfermedades. d. Mantener y fortalecer los sistemas de vigilancia y diagn6stico de plagas y enfermedades. e. Realizar los Analisis de Riesgo de Plagas y Enfermedades previos al establecimiento de las regulaciones fito y zoosanitarias necesarias. f. Establecer las medidas fito y zoosanitarias para la importaci6n, usa y otras actividades que se realicen con Organismos Vivos Modificados. g. Ordenar la destrucci6n, retorno 0 disposici6n final de productos de riesgo fito y zoosanitario. h. Dec1arar areas libres 0 de baja prevalencia de plagas y enfermedades. 1. Prom over la suscripci6n y asegurar el cumplimento de convenios con instituciones nacionales y extranjeras, de los sectores publico y privado, destinados ala promoci6n de la sanidad agraria; y participar en representaci6n del Peru en las negociaciones tecnicas de convenios y acuerdos internacionales sobre la materia. l Conducir y mantener el Sistema de Registro y Actividades Post registro de Insumos Agropecuarios, y coordinar cuando sea procedente, con las Autoridades 3 competentes de Salud y Ambiente, los aspectos relacionados con la evaluaci6n y el manejo de los riesgos. k. Dec1arar e implementar el estado de emergencia fito y zoosanitaria ante la presencia de plagas 0 enfermedades de interes cuarentenario 0 econ6mico. 1. Establecer y conducir el Sistema de Aprobaci6n Intema para la delegaci6n de funciones a personas naturales 0 juridicas, debidamente calificadas en sanidad agrana. m. Coordinar con instituciones publicas y privadas las acciones pertinentes para la aplicaci6n de la Ley Marco de Sanidad Agraria, Ley General de Semillas sus Reglamentos y disposiciones complementarias sobre la materia. n. Prom over, orientar y colaborar con los organismos responsables en programas de investigaci6n y extensi6n en materia de sanidad agraria, con especial enfasis en programas de manejo integrado de plagas yen materia de inocuidad alimentaria. o. Promover y participar en la armonizaci6n y equivalencia intemacional de normas y medidas sanitarias y fitosanitarias. p. Formular y ejecutar programas integrales de educaci6n y capacitaci6n en sanidad agraria dirigidos a sus servidores, colaboradores y a usuarios del sistema. q. Mantener el sistema de comunicaci6n, informaci6n y estadistica, elaborando y ejecutando programas de divulgaci6n tecnica y comunicaci6n social en materia de sanidad agraria. r. Gestionar, en concordancia con el marco normativo vigente, la asistencia tecnica y financiera de organismos nacionales e intemacionales para fortalecer la sanidad agraria nacional y, de ser el caso, ejecutar los respectivos proyectos. s. Contribuir, en coordinaci6n con organismos publicos y privados, al desarrollo sostenido del medio ambiente, evitando el deterioro que pueda derivarse de las actividades agropecuarias y sanitarias. 1. Conducir el sistema nacional de producci6n organica, en tanto Autoridad Nacional en Producci6n Organica. u. Conducir el sistema nacional de semillas, en tanto Autoridad Nacional en Semillas. v. Las demas contenidas en las normas vigentes. TITULO III LINEAMIENTOS DE POLITICA Articulo 6° Lineamientos de Politica Establecida en el marco de las normas nacionales que regulan el accionar del SENASA en su calidad de Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, Semillas y Producci6n Organica, concordados con los principios y directrices establecidos por los organismos intemacionales de referencia. Dentro de los principales lineamientos se encuentran: a. Sobre la competencia institucional • Ejecutar directa 0 indirectamente, acciones para prevenir, controlar, combatir y erradicar las plagas que el SENASA considera de control obligatorio y que por su peligrosidad 0 magnitud pueden incidir en forma significativa en la economia nacional y bienestar social, 0 que, por la naturaleza de la plaga, el sector privado no pueda asumir dichas acciones, constituyendose en responsabilidad del Estado. 4 • Ejecutar directa 0 indirectamente acciones de registro, control y fiscalizaci6n de insumos agrarios. • Contribuir al control de la inocuidad agroalimentaria. • Conducir el sistema nacional de semillas. • Conducir el sistema nacional de certificaci6n de la producci6n organica. b. Sobre la gestion institucional • Desarrollar el planeamiento tecnico y presupuestario en el corto, mediano y largo plazo como eje central del desempefio institucional, propendiendo agilidad, oportunidad y eficiencia en la aplicaci6n de los recursos publicos. • Consolidar la institucionalidad, estableciendo mecanismos formales de toma de decisiones de alcance intemo y extemo, respetando los procedimientos y flujos de informaci6n en los diversos niveles jerarquicos. • Mantener el principio de centralizaci6n normativa y descentralizaci6n operativa. • Desarrollar capacidades de manej0 y control oportuno y eficaz de las situaciones de emergencia agrosanitaria. c. Sobre la participacion del sector publico y privado • Establecer alianzas estrategicas de participaci6n, coordinaci6n y complementaci6n con instituciones del sector privado y publico en sus distintas instancias, con la finalidad de maximizar los beneficios en los ambitos de intervenci6n. • Articular al sector privado de manera efectiva a los procesos de protecci6n y mejora de la sanidad agraria e inocuidad agroalimentaria, consolidando instancias formales de participaci6n en los distintos foros nacionales e intemacionales. d. Sobre el desarrollo de recursos humanos • Desarrollar mecanismos de reconocimiento al desempefio individual y grupal, basados en indicadores de gesti6n. • Perfeccionar y capacitar de manera permanente al personal, con la finalidad de contar con recursos humanos altamente capacitados y motivados. • Fomentar en el personal el pensamiento estrategico para desarrollar areas de excelencia, capacidad y competitividad. e. Sobre la calidad del servicio • Promover la mejora continua del desempefio institucional. • Alcanzar niveles de excelencia en la calidad y oportunidad con que se atienden a los usuarios, beneficiarios y c1ientes. TiTULO IV ESTRUCTURA, ORGANIZACION Y FUNCIONES Articulo 7°.- Estructura La estructura del SENASA es la siguiente: Alta Direccion Consejo Directivo 5 Jefatura Nacional: Secretaria Tecnica Organos Consultivos Organos Consultivos Organo de Control Oficina de Control Institucional Organos de Asesoramiento Oficina de Planificaci6n y Desarrollo Institucional Unidad de Planeamiento y Presupuesto Unidad de Estudios y Cooperaci6n Unidad de Gesti6n de la Calidad y Autorizaciones Unidad de Informatica y Estadistica. Oficina de Asesoria Juridica Organos de Apoyo Oficina de Administraci6n Unidad de Contabilidad Unidad de Gesti6n de Recursos Humanos Unidad de Logistica Unidad de Ejecutoria Coactiva Oficina de Centros de Diagn6stico y Producci6n Unidad del Centro de Diagn6stico de Sanidad Vegetal Unidad del Centro de Diagn6stico de Sanidad Animal Unidad del Centro de Control de Insumos y Residuos T6xicos Unidad de los Centros de Producci6n de Moscas de la Fruta Organos de Linea Direcci6n de Sanidad Vegetal Subdirecci6n de Cuarentena Vegetal Subdirecci6n de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria Subdirecci6n de Moscas de la Fruta y Proyectos Fitosanitarios Subdirecci6n de Control Biol6gico Direcci6n de Sanidad Animal Subdirecci6n de Cuarentena Animal Subdirecci6n de Analisis de Riesgo y Vigilancia Epidemiol6gica Subdirecci6n de Control y Erradicaci6n de Enfermedades Direcci6n de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria Subdirecci6n de Semillas y Viveros Subdirecci6n de Insumos Agricolas Subdirecci6n de Insumos Pecuarios Subdirecci6n de Producci6n Organica Subdirecci6n de Inocuidad Agroalimentaria 6 Organos Desconcentrados Direcciones Ejecutivas CAPITULO I ALTA DlRECCION Articulo 8°. Consejo Directivo Es la maxima autoridad del SENASA y cumple las siguientes funciones: a. Establecer la politica y estrategia nacional e intemacional en las materias de competencia del SENASA. b. Supervisar y evaluar el cumplimiento de la politica y la estrategia nacional e intemacional en las materias de competencia del SENASA. c. Establecer la politica institucional para el cumplimiento del mandato y objetivos institucionales. d. Aprobar el Plan Estrategico y Plan Programatico del SENASA. e. Fortalecer al SENASA para asegurar la sostenibilidad de sus procesos. f. Aprobar los Informes de Gesti6n con periodicidad bimestral, asi como la memoria institucional anua1. g. Elevar al Ministerio de Agricultura el Proyecto de Reglamento de Organizaci6n y Funciones del SENASA para el tramite que corresponda. h. Proponer al Ministerio de Agricultura la designaci6n 0 remoci6n del Jefe Nacional del SENASA. 1. Aprobar la propuesta del Jefe Nacional del SENASA para la designaci6n 0 remoci6n de los Directores Generales 0 de los Directores Ejecutivos de los Organos Desconcentrados. J. Aprobar la creaci6n de comisiones nacionales temporales para apoyar la gesti6n de la Instituci6n, de ser el caso. k. Evaluar el cumplimiento de los compromisos nacionales e intemacionales por parte del SENASA. 1. Aprobar el Reglamento Intemo del Consejo Directivo m. Aprobar la politica de autorizaci6n a terceros. n. Elevar al Ministerio de Agricultura los proyectos de reglamentos en materias de competencia del SENASA, para el tramite que corresponda. o. Todas aquellas que sean pertinentes para el cumplimiento de los fines de la Instituci6n. Articulo 9°. Integrantes del Consejo Directivo El Consejo Directivo del SENASA esta integrado por: a. Un representante del Ministro de Agricultura, quien 10 presidira y tendra voto dirimente. b. Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. c. Un representante del Ministerio de Economia y Finanzas. d. Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores. e. Cinco (5) representantes que formen parte integrante del Consejo Nacional para la Concertaci6n Agraria - CONACA, de los cuales dos (2) representaran al subsector agricola exportador, uno (1) al subsector pecuario exportador, uno (1) al subsector agricola que orienta su producci6n al mercado nacional, y uno (1) al subsector pecuario que orienta su producci6n al mercado naciona1. 7 f. EI Jefe Nacional del SENASA, quien ademas tendra a su cargo la Secretaria del Consejo Directivo. Articulo 10°.- Designacien e Instalacion del Consejo Directivo Los integrantes del Consejo Directivo del SENASA son designados mediante Resoluci6n Suprema, instalaran el Consejo Directivo dentro de los quince dias (15) calendario siguientes a la fecha de publicaci6n del mencionado dispositivo y elegiran a su Vicepresidente de entre los miembros que representan al Sector Privado. EI Reglamento Interno del Consejo Directivo, debera ser aprobado dentro de los treinta (30) dias calendarios siguientes ala fecha de su instalaci6n. Articulo 11°. Periodo de Designacion del Consejo Directivo EI periodo de designaci6n de los representantes del Sector Privado, tendra una duraci6n de dos (2) afios, pudiendo ser renovado s6lo por un periodo adiciona1. Los representantes del Sector Publico mantendran su condici6n de miembros en tanto dure la designaci6n efectuada por el Titular del Sector correspondiente. Articulo 12°. Jefatura Nacional Esta a cargo del Jefe Nacional del SENASA, quien es la maxima autoridad despues del Consejo Directivo, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquia de la Entidad. Tiene las funciones y atribuciones siguientes: a. Representar legalmente a la Instituci6n ante las personas naturales 0 juridicas nacionales 0 extranjeras, sean de naturaleza publica 0 privada. b. Ejercer la titularidad del pliego presupuestal, constituyendose en la maxima autoridad administrativa. c. Proponer al Consejo Directivo la politica institucional para el cumplimiento del mandato y objetivos institucionales, acordes con la politica nacional e internacional en las materias de su competencia. d. Presentar al Consejo Directivo los Informes de Gesti6n con periodicidad bimestral, asi como la memoria institucional anua1. e. Proponer al Consejo Directivo el Plan Estrategico y Programatico del SENASA. f. Proponer al Consejo Directivo los proyectos de Reglamentos en materias de competencia del SENASA. g. Proponer al Consejo Directivo las modificaciones al Reglamento de Organizaci6n y Funciones, la politica de recursos humanos, el programa anual de autorizaci6n a terceros, la adecuaci6n de los ambitos geograficos de los Organos Desconcentrados y la creaci6n de Organos Consultivos. h. Aprobar el Plan Operativo Anua1. 1. Dirigir y supervisar el cumplimiento de los objetivos y actividades del SENASA. J. Aprobar la celebraci6n de convenios, acuerdos y contratos que se requieran para el cumplimiento de los fines institucionales, pudiendo delegar facultades. k. Emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia, pudiendo delegar facultades. 1. Designar a los Directores Generales y Directores Ejecutivos de los Organos Desconcentrados, previa aprobaci6n del Consejo Directivo. m. Aprobar el Manual de Organizaci6n y Funciones, el Presupuesto Analitico de Personal y el Reglamento Interno de Trabajo del SENASA. n. Dirigir y supervisar las negociaciones en el ambito de las competencias del SENASA. 8 o. Delegar las facultades que considere pertinente para el mejor desempefio institucional, salvo aquellas que se encuentran restringidas al Titular del Pliego y a la maxima autoridad administrativa. p. Las demas que le asigne el Consejo Directivo y las que le correspondan de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Articulo 13°. Secretaria Tecnica Es una unidad organica dependiente de la Jefatura Nacional encargada de prestarle apoyo en la gesti6n institucional, cumpliendo las siguientes funciones: a. Coordinaci6n general con los 6rganos de la instituci6n en asuntos que la Jefatura Nacionalle encomiende, elaboraci6n de la memoria institucional, asi como de la conducci6n y supervisi6n de los sistemas de archivo, tramite documentario y de las actividades de comunicaci6n, relaciones publicas y capacitaci6n hacia terceros, y otros que le asigne la Jefatura Nacional; de acuerdo a las politicas impartidas por esta. b. Apoyo al Jefe Nacional del SENASA en las negociaciones sanitarias y fitosanitarias, para una eficaz conducci6n de las negociaciones orientadas al levantamiento de las restricciones sanitarias y fitosanitarias; para 10 cual debera: • Preparar, en coordinaci6n con las dependencias del SENASA, los planes (agenda) de las negociaciones sanitarias y fitosanitarias de corto, mediano y largo plazo. • Coordinar y dirigir la ejecuci6n de los planes de negociaciones sanitarias y fitosanitarias. • Coordinar la participaci6n del Peru en el desarrollo de la Agenda de los Organismos Intemacionales de referencia en medidas sanitarias y fitosanitarias. • Coordinar el Comite Tecnico de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias conformado con el sector privado y publico. • Participar, de ser el caso, en las negociaciones bilaterales y multilaterales de medidas sanitarias y fitosanitarias. • Administrar y mantener actualizada la base de datos nacional de los acuerdos, convenios y protocol os sanitarios y fitosanitarios • Coordinar con las dependencias pertinentes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y con el Ministerio de Relaciones Exteriores, en los asuntos de su competencia, respecto a las funciones antes sefialadas. • Establecer las coordinaciones con las demas dependencias del SENASA derivadas de las relaciones bilaterales e intemacionales, orientadas a la superaci6n de barreras sanitarias y fitosanitarias. c. Otras que le asigne el Jefe Nacional del SENASA. CAPITULO II ORGANOS CONSULTIVOS Articulo 14°. Organos Consultivos Son Comisiones Nacionales constituidas por personas naturales 0 juridicas, publicas 0 privadas, vinculadas a las competencias institucionales, cuya funci6n es asesorar al SENASA en temas especificos de su competencia. 9 EI SENASA, a traves del Consejo Directivo, podra constituir Comisiones Nacionales de caracter temporal para atender asuntos especificos. Cada Comision se sujetara al Reglamento Interno de las comisiones nacionales, aprobado por resolucion de la Jefatura Nacional. La participacion de los miembros en las Comisiones Nacionales tendra caracter ad honorem. EI cargo de Secretario de las Comisiones Nacionales sera desempefiado por un funcionario designado por el Jefe Nacional del SENASA. CAPITULO III ORGANO DE CONTROL Articulo 15°.- Oficina de Control Institucional La Oficina de Control Institucional esta encargada de programar, ejecutar y evaluar las actividades de control interno posterior de la gestion administrativa, tecnica y financiera del SENASA, de conformidad con la normativa del Sistema Nacional de Control y la Politica Institucional. Articulo 16°.- Vinculacion con la Contraloria General de la Republica La Oficina de Control Institucional esta a cargo de un Jefe, quien depende funcional y administrativa de la Contraloria General de la Republica, en su condicion de ente tecnico del Sistema Nacional de Control, sujetandose a los lineamientos y disposiciones vigentes. Articulo 17°.- Funciones y Atribuciones La Oficina de Control Institucional tiene las funciones y atribuciones establecidas en las normas, disposiciones, lineamientos y directivas que rigen el Sistema Nacional de Control, siendo estas las siguientes: a. Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la Entidad, sobre la base de los lineamientos y cumplimiento del plan anual de control, a que se refiere el articulo 7° de la Ley del Sistema Nacional de Control y el control externo a que se refiere el articulo 8° de la ley acotada, por encargo de la Contraloria General. b. Efectuar auditorias a los estados financieros y presupuestarios de la Entidad, asi como a la gestion de la misma, de conformidad con las pautas que sefiale la Contraloria General. Alternativamente, estas auditorias podrian ser contratadas por la Entidad, con Sociedades de Auditorias Externas, con sujecion al reglamento sobre la materia. c. Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la Entidad, que disponga la Contraloria General, asi como, las que sean requeridas por el titular de la Entidad. Cuando estas ultimas tengan caracter de no programadas, su realizacion sera comunicada ala Contraloria General por el Jefe del OCI. Se consideran actividades de control, entre otras las evaluaciones, diligencias, estudios, investigaciones, pronunciamientos, supervisiones y verifi caciones d. Efectuar control preventivo sin caracter vinculante, al organo del mas alto nivel de la Entidad, con el proposito de optimizar la supervision y mejora de los procesos, practicas e instrumentos de control interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinion que comprometa el ejercicio de su funcion, via el control posterior. 10 e. Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloria General, asi como, al titular de la Entidad y del sector cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia. f. Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la Entidad, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisi6n 0 de incumplimiento, informando al Titular de la Entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes. g. Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios, servidores publicos y ciudadanos, sobre actos y operaciones de la entidad, otorgandoles el tramite que corresponda a su merito y documentaci6n sustentatoria respectiva. h. Formular, ejecutar y evaluar el plan anual de control aprobado por la Contraloria General, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto. 1. Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopten la Entidad, como resultados de las acciones y actividades de control, comprobando su materializaci6n efectiva, conforme a los terminos y plazos respectivos. Dicha funci6n comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control. J. Apoyar a las comisiones que designe la Contraloria General para la ejecuci6n de las acciones de control en el ambito de la Entidad. Asimismo, el Jefe del OCI y personal de dicho 6rgano colaboraran, por disposici6n de la Contraloria General, en otras acciones de control extemo, por razones operativas 0 de especialidad. k. Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa intema aplicable a la Entidad, por parte de las unidades organicas y personal de esta. 1. Formular y proponer el presupuesto anual del Organo de Control Institucional para su aprobaci6n correspondiente por la Entidad. m. Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la Contraloria General. n. Otras que establezca la Contraloria General. o. Adicionalmente al cumplimiento de las funciones asignadas, el Organo de Control Institucional ejercera las atribuciones que le confiere el articulo 15° de la Ley del Sistema Nacional de Control. CAPITULO IV ORGANOS DE ASESORAMIENTO Articulo 18°.- Oficina de Planificacion y Desarrollo Institucional Es la unidad organica responsable de formular, implementar y efectuar el seguimiento de las actividades de planeamiento, presupuesto, inversi6n publica, gesti6n de la calidad, racionalizaci6n, informatica, estadistica y cooperaci6n nacional e intemacional, que el SENASA desarrolle. Las funciones de la Oficina de Planificaci6n y Desarrollo Institucional son las siguientes: a. Asesorar a la Jefatura Nacional en la formulaci6n de las politicas y estrategias del SENASA; asi como en la evaluaci6n de su aplicaci6n, en el marco de las funciones y atribuciones contenidas en la normativa aplicable al SENASA. b. Conducir el sistema de planificaci6n a traves de la formulaci6n y evaluaci6n de los planes estrategicos, programaticos y operativos. c. Promover, desarrollar, organizar y coordinar la participaci6n de los agentes de sanidad agraria para contribuir allogro de los objetivos institucionales, tales como los convenios y la cooperaci6n tecnica y financiera, nacional e intemacional. 11 Efectuando la evaluaci6n correspondiente sobre la participaci6n del SENASA en los distintos organismos internacionales. d. Establecer en coordinaci6n con las demas dependencias del SENASA, lineamientos en sanidad agraria para el cumplimiento de las funciones establecidas en las disposiciones vigentes para los Gobiernos Regionales. e. Conducir la formulaci6n y evaluaci6n de proyectos de competencia institucional; asi como la evaluaci6n de los impactos de proyectos y actividades que se ejecuten. f. Proponer politicas y estrategias que garanticen la sostenibilidad econ6mica financiera del SENASA. g. Establecer, organizar y conducir, la adecuaci6n y la armonizaci6n de los procesos tecnicos, administrativos y gerenciales del SENASA, sobre la base de normas de calidad reconocidas. h. Establecer y conducir el sistema de costeo de los servicios que brinda el SENASA, sea en los de cumplimiento obligatorio y de aquellos en competencia. 1. Conducir el proceso de autorizaci6n de aquellos servicios identificados por el SENASA que puedan ser sujetos a este proceso. J. Definir, organizar y conducir las actividades relacionadas con el desarrollo, implantaci6n y mantenimiento de los sistemas informaticos y estadisticos. k. Conducir la formulaci6n de los siguientes instrumentos de gesti6n: Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), Reglamento de Organizaci6n y Funciones (ROF), Cuadro para Asignaci6n de Personal (CAP), Manual de Organizaci6n y Funciones (MOF) de la Instituci6n, entre otros. 1. Otras que le asigne el Jefe Nacional del SENASA. Articulo 19°.- Responsable y Estructura Organica de la Oficina de Planificacion y Desarrollo Institucional La Oficina de Planificaci6n y Desarrollo Institucional esta a cargo de un Director General, el cual depende jerarquicamente de la Jefatura Naciona1. Tiene la estructura organica siguiente: Oficina Unidades: Unidad de Planeamiento y Presupuesto: Tiene como objetivo conducir el sistema de planificaci6n a traves de la formulaci6n y evaluaci6n de los planes estrategicos, programaticos y operativos. Asimismo, propone las politicas y estrategias que garanticen la sostenibilidad econ6mica - financiera del SENASA, en virtud ala normativa vigente sobre la gesti6n presupuestaria del Estado. Unidad de Estudios y Cooperacion: Tiene como objetivo conducir la formulaci6n y evaluaci6n de proyectos sobre los asuntos de competencia institucional; asi como la evaluaci6n de impactos de los proyectos y actividades que se ejecuten. Promover, desarrollar, organizar y coordinar la participaci6n de los agentes de sanidad agraria para contribuir al logro de los objetivos institucionales, tales como los convenios y la cooperaci6n tecnica y financiera, nacional e internaciona1. Efectuando la evaluaci6n correspondiente sobre la participaci6n del SENASA en los distintos organismos internacionales, regionales y subregionales. Unidad de Gestion de la Calidad y Autorizaciones: Tiene como objetivo propender a la implementaci6n de sistemas de gesti6n de la calidad y a la 12 obtenci6n del reconocmuento internacional de los principales servicios del SENASA; mantener actualizado los documentos de gesti6n en 10 relacionado a los procesos, metodologias y procedimientos con fines de proponer acciones de racionalizaci6n administrativa y optimizaci6n de los recursos; establecer y conducir el sistema de costeo de los servicios que brinda el SENASA, sea en los de cumplimiento obligatorio y de aquellos en competencia; y, conducir el proceso de autorizaci6n de aquellos servicios identificados por el SENASA que puedan ser sujetos a este proceso. Unidad de Informatica y Estadistica: Tiene como objetivo conducir el desarrollo, implementaci6n, operaci6n, mantenimiento y seguimiento de los sistemas informaticos y de brindar soporte tecnico a los usuarios de los equipos informaticos. Asimismo, proporcionara informaci6n relevante a las distintas areas sobre datos consignados en la base de datos y otras fuentes de informaci6n. Articulo 20°.- Oficina de Asesoria Juridica Es la unidad organica responsable de asesorar a las dependencias del SENASA en asuntos de naturaleza juridica, estando facultada a emitir opini6n y absolver las consultas sobre asuntos administrativos, contencioso administrativo, judiciales, asi como cualquier otro asunto juridico relacionado con el SENASA. Las funciones de la Oficina de Asesoria Juridica son las siguientes: a. Prestar asesoria legal a la Jefatura Nacional y las demas dependencias del SENASA sobre los aspectos juridicos relacionados con sus actividades. b. Elaborar y opinar sobre proyectos de dispositivos que permitan al SENASA cumplir con sus objetivos institucionales. c. Compilar, concordar y sistematizar la legislaci6n vinculada al SENASA. d. Las demas que le asigne el Jefe Nacional del SENASA y las que le corresponda segun las disposiciones legales en vigencia. Articulo 21°. Responsable de la Oficina de Asesoria Juridica La Oficina de Asesoria Juridica esta a cargo de un Director General, el cual depende jerarquicamente de la Jefatura Nacional. CAPITULO V ORGANOS DE APOYO Articulo 22°.- Oficina de Administracion Es la unidad organica responsable de la oportuna y eficiente gesti6n de los recursos humanos, financieros y fisicos del SENASA. La Oficina de Administraci6n tiene las funciones siguientes: a. Conducir y controlar las acciones de recursos humanos, abastecimiento, servicios generales, mantenimiento, procesos coactivos, contabilidad y tesoreria. b. Efectuar la ejecuci6n presupuestal en coordinaci6n con la Oficina de Planificaci6n y Desarrollo Institucional. c. Formular y ejecutar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones en sujeci6n a las disposiciones legales vigentes. d. Formular y ejecutar el Plan Anual de Mantenimiento en sujeci6n a las disposiciones legales vigentes. 13 e. Elaborar y presentar anualmente el Balance General y los Estados Financieros del SENASA, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. f. Conducir las acciones de ejecutoria coactiva. g. Las demas que le asigne el Jefe Nacional del SENASA y otras que por Ley le corresponda. Articulo 23°.- Responsable y Estructura Organica de la Oficina de Administracion La Oficina de Administracion esta a cargo de un Director General, el cual depende jerarquicamente de la Jefatura Nacional; teniendo la estructura organica siguiente: Oficina Unidades: Unidad de Contabilidad: Tiene como objetivo formular los estados financieros del Pliego, participando en el proceso de ejecucion del presupuesto en virtud a las normas vigentes. Unidad de Gestion de Recursos Humanos: Tiene como objetivo garantizar un recurso humano altamente calificado, permanentemente motivado y capacitado, para el cumplimiento de los fines institucionales del SENASA, conduciendo los procesos tecnicos de administracion de Recursos Humanos. Asimismo, mantendra actualizado el Presupuesto Analitico de Personal (PAP) en coordinacion con la Oficina de Planificacion y Desarrollo Institucional. Unidad de Logistica: Tiene como objetivo garantizar la provision eficiente y oportuna de los bienes y servicios requeridos por el SENASA para el cumplimiento de sus fines institucionales. Asi como garantizar el eficiente y oportuno mantenimiento y control patrimonial de los bienes e infraestructura con que cuenta el SENASA para el cumplimiento de sus fines institucionales. Unidad de Ejecutoria Coactiva: Tiene como objetivo garantizar la recuperacion de las acreencias institucionales que se encuentran en la via coactiva. Articulo 24°.- Oficina de Centros de Diagnostico y Produccion Es la unidad organica responsable de mantener y acrecentar la capacidad de diagnostico oficial del pais, asi como de proveer con material para la implementacion de la tecnica del insecto esteril por parte de los organos desconcentrados del SENASA. La Oficina de Centros de Diagnostico y Produccion tiene las funciones siguientes: a. Realizar por cuenta propia 0 por intermedio de otros laboratorios -mediante autorizacion- diagnosticos agrosanitarios, el control de calidad de farmacos y biologicos de uso veterinario, el control de calidad de plaguicidas y sustancias afines, semillas y el control de residuos toxicos en productos agroalimentarios. b. Organizar y supervisar el Sistema Nacional de Laboratorios de Diagnostico Agrosanitari o. c. Propender a la implementacion de sistemas de gestion de la calidad y a la obtencion de reconocimiento internacional de los Centros de Diagnostico y Produccion de Moscas de la Fruta. d. Planificar y conducir los Centros de Produccion de Moscas de la Fruta, en coordinacion con la Direccion de Sanidad Vegetal, a fin de lograr que el material cumpla con las condiciones de calidad, cantidad y oportunidad requeridas. 14 e. Comunicar y coordinar con los Organos de Linea los resultados de los diagn6sticos y analisis de muestras, cuando estos esten vinculados a los programas y actividades de control oficial por el SENASA. f. Propender a implementar en forma complementaria, servicios orientados al mercado nacional e internacional. Articulo 25°.- Responsable y Estructura Organica de la Oficina de Centros de Diagnostico y Produccion La Oficina de Centros de Diagn6stico y Producci6n esta a cargo de un Director General, el cual depende jerarquicamente de la Jefatura Nacional; teniendo la estructura organica siguiente: Oficina Unidades: Unidad del Centro de Diagnostico de Sanidad Vegetal: Tiene como objetivo mantener y acrecentar la capacidad de diagn6stico fitosanitario oficial, asi como brindar servicios en condici6n de competencia. Unidad del Centro de Diagnostico de Sanidad Animal: Tiene como objetivo mantener y acrecentar la capacidad de diagn6stico zoosanitario oficial, asi como brindar servicios en condici6n de competencia. Unidad del Centro de Control de Insumos y Residuos Toxicos: Tiene como objetivo mantener y acrecentar la capacidad de control oficial de insumos agrarios y de detecci6n de residuos t6xicos en productos agroalimentarios, asi como brindar servicios en condici6n de competencia. Unidad de los Centros de Produccion de Moscas de la Fruta: Tiene como objetivo garantizar la calidad, cantidad y oportunidad en la producci6n de moscas de la fruta esteriles, de acuerdo a los requerimientos de los Organos Desconcentrados de la Entidad, asi como brindar servicios en condici6n de competencia. CAPITULO VI ORGANOS DE LINEA Articulo 26°.- Direccion de Sanidad Vegetal Es la unidad organica responsable de proteger y mejorar el estatus fitosanitario del pais. La Direcci6n de Sanidad Vegetal tiene las funciones siguientes: a. Establecer y conducir el Sistema de Control Cuarentenario, orientado a prevenir el ingreso de plagas reglamentadas en envios materia de importaci6n, transito internacional y hacia areas reglamentadas, asi como asegurar la calidad fitosanitaria de los envios materia de exportaci6n. b. Establecer, mediante Resoluci6n, los requisitos fitosanitarios aplicables a los procesos de ingreso al pais y transito internacional, de plantas, productos vegetales 0 otros articulos reglamentados. c. Conducir los analisis de riesgos de plagas, que sustenten las medidas fitosanitarias aplicables a las plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados 15 materia de comercio internacional, que aseguren un nivel adecuado de proteccion fitosanitaria. d. Promover la participacion de la iniciativa privada en las actividades de su competencia, estableciendo los mecanismos de cooperacion con productores agrarios, asociaciones y sociedades cientificas relacionadas. e. Conducir la ejecucion de proyectos fitosanitarios de prevencion, control, supresion 0 erradicacion de plagas cuarentenarias 0 aquellas que por su naturaleza excede la capacidad de control del productor y sean dec1aradas como de importancia nacional, utilizando en el control el Manejo Integrado de Plagas, con enfasis en el metodo de control biologico. f. Establecer y conducir el sistema de vigilancia fitosanitaria, mediante la captacion y procesamiento de informacion de plagas de importancia nacional e internacional. g. Ser el punto focal de informacion y notificacion ante la Organizacion Mundial del Comercio (OMC) en medidas fitosanitarias. h. Las demas que le asigne el Jefe Nacional del SENASA y las que le corresponde de acuerdo a disposiciones legales en vigencia. Articulo 27°.- Responsable y Estructura Organica de la Direccion de Sanidad Vegetal La Direccion de Sanidad Vegetal esta a cargo de un Director General, el cual depende jerarquicamente de la Jefatura Nacional; teniendo la estructura organica siguiente: Direccion Subdirecciones: Subdireccion de Cuarentena Vegetal: Tiene como objetivo establecer y conducir el Sistema de Control Cuarentenario, orientado a prevenir el ingreso de plagas reglamentadas en envios materia de importacion, transito internacional y hacia areas reglamentadas, asi como asegurar la calidad fitosanitaria de los envios materia de exportacion, en respaldo de la produccion nacional y de las agroexportaciones. Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria: Tiene como objetivo mantener actualizado un eficiente sistema de informacion fitosanitaria, nacional e internacional, que le permita conducir los estudios de Analisis de Riesgo de Plagas con apropiado sustento tecnico cientifico, que a su vez sirva de soporte a las decisiones que tomen las dependencias institucionales vinculadas, asi como al sector privado. Subdireccion de Moscas de la Fruta y Proyectos Fitosanitarios: Tiene como objetivo garantizar la eficiente y eficaz implementacion de acciones de prevencion, control y erradicacion de plagas priorizadas por el SENASA, tendientes a mejorar el status fitosanitario del pais, en respaldo de la produccion nacional y de las agroexportaciones. Subdireccion de Control Biologico: Tiene como objetivo contribuir a la sostenibilidad del uso de controladores biologicos en el control de plagas, desarrollando metodos de produccion y uso de los mismos para su transferencia a los laboratorios 0 centros de produccion a cargo del sector privado; asi como efectuar la fiscalizacion y control de la calidad de dicha produccion. 16 Articulo 28°.- Direccion de Sanidad Animal Es la unidad organica responsable de proteger y mejorar el status de la sanidad animal del pais. La Direcci6n de Sanidad Animal tiene las funciones siguientes: a. Establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervisi6n zoosanitaria tanto al comercio nacional como internacional de productos y subproductos pecuanos. b. Conducir los analisis de riesgo de enfermedades, a fin que la informaci6n tecnico econ6mica permita predecir el nivel de impacto y riesgo sanitario, real 0 potencial que representen las enfermedades para la producci6n, transformaci6n y comercializaci6n de productos 0 subproductos pecuarios. c. Promover la participaci6n de la iniciativa privada en las actividades de salud animal, estableciendo los mecanismos de cooperaci6n con productores agrarios, asociaciones y sociedades cientificas relacionadas con la salud animal; d. Ser el punto focal de informaci6n y notificaci6n ante la OMS en medidas zoosanitarias. e. Conducir los programas nacionales y regionales de sanidad animal. f. Establecer, mantener y supervisar un sistema nacional de control e inspecci6n de carnes en el ambito de centros de beneficio (camales). g. Las demas que le asigne el Jefe Nacional del SENASA y las que le corresponde segun las disposiciones legales en vigencia. Articulo 29°.- Responsable y Estructura Organica de la Direccion de Sanidad Animal La Direcci6n de Sanidad Animal esta a cargo de un Director General, el cual depende jerarquicamente de la Jefatura Nacional; teniendo la estructura organica siguiente: Direcci6n Subdirecciones: Subdireccion de Cuarentena Animal: Tiene como objetivo establecer y conducir el Sistema de Control Cuarentenario, orientado a prevenir el ingreso de enfermedades reglamentadas en envios materia de importaci6n, transito internacional y hacia areas reglamentadas, asi como asegurar la sanidad de los productos y subproductos de origen animal en los envios materia de exportaci6n. Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Epidemiologica: Tiene como objetivo mantener actualizado un eficiente sistema de informaci6n de la sanidad animal, nacional e internacional, que le permitan conducir los estudios de Analisis de Riesgo de Plagas con apropiado sustento tecnico cientifico, que a su vez sirvan de soporte a las decisiones que tomen las dependencias institucionales vinculadas, asi como al sector privado. Asimismo ejecutara las actividades necesarias para establecer, mantener y supervisar un sistema nacional de control e inspecci6n de carnes en el ambito de centros de beneficio (camales). Subdireccion de Control y Erradicacion de Enfermedades: Tiene como objetivo garantizar la eficiente y eficaz implementaci6n de acciones de prevenci6n, control y erradicaci6n de enfermedades priorizadas por el SENASA, 17 tendientes a mejorar e1 estado de la sanidad pecuaria del pais, en respaldo de la producci6n nacional y de las exportaciones. Articulo 30°.- Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria Es la unidad organica responsable de contribuir a la calidad e inocuidad agroalimentaria del pais. La Direcci6n de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria tiene las funciones siguientes: a. Establecer mecanismos de control, registro y fiscalizaci6n respecto a insumos de uso animal, asi como bio16gicos y farmacos; y, conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insumos. b. Establecer mecanismos de control, registro y fiscalizaci6n de insumos de uso agricola y forestal tales como semillas y agroquimicos; y, conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insumos. c. Realizar las funciones establecidas para la Autoridad Nacional de Productos Organicos. d. Realizar las funciones establecidas para la Autoridad Nacional de Semillas. e. Conducir el sistema de verificaci6n de la calidad de plaguicidas quimicos de uso agricola, productos bio16gicos para el control de plagas agricolas; productos farmaceuticos, bio16gicos de uso veterinario y alimentos para animales; asi como de semillas, en apoyo a las acciones de registro y control de los mismos. Complementariamente conducira un sistema de verificaci6n de residuos en apoyo a las acciones de registro. f Desarrollar en coordinaci6n con las demas unidades organicas del SENASA, el plan de residuos t6xicos, asi como realizar el monitoreo correspondiente. g. Las demas que le asigne el Jefe Nacional del SENASA y las que le corresponde segun las disposiciones legales en vigencia. Articulo 31°.- Responsable y Estructura Organica de la Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria La Direcci6n de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria esta a cargo de un Director General, el cual depende jerarquicamente de la Jefatura Nacional; teniendo la estructura organica siguiente: Direcci6n Subdirecciones: Subdireccion de Semillas y Viveros: Tiene como objetivo supervisar la producci6n, certificaci6n y comercializaci6n en semillas de buena calidad, asi como 10 dispuesto en la normatividad aplicable en tanto autoridad nacional en semillas. Subdireccion de Insumos Agricolas: Tiene como objetivo establecer y conducir el sistema de registro y control de plaguicidas quimicos de uso agricola y productos bio16gicos para el control de plagas agricolas, de acuerdo a 10 establecido en los dispositivos legales en vigencia sobre la materia. Subdireccion de Insumos Pecuarios: Tiene como objetivo establecer y conducir el sistema de registro y control de productos farmaceuticos, bio16gicos de uso 18 veterinario y alimentos para animales, nacionales e importados, de acuerdo a 10 establecido en los dispositivos legales en vigencia sobre la materia. Subdireccion de Produccion Organica: Tiene como objetivo autorizar, registrar y supervisar la actuaci6n de los Organismos de Certificaci6n y de sus operadores, con la finalidad que los productos denominados organicos cumplan con 10 establecido en los reglamentos vigentes. Subdireccion de Inocuidad Agroalimentaria: Tiene como objetivo contribuir a la protecci6n de la salud de los consumidores y a la competitividad del sector agropecuario, mejorando la inocuidad de la producci6n agropecuaria. CAPITULO VII ORGANOSDESCONCENTRADOS Articulo 32°.- Direcciones Ejecutivas Son 6rganos desconcentrados que colaboran con la Jefatura Nacional para ellogro de los objetivos del SENASA. Constituyen el nivel operativo de la instituci6n, realizan la gesti6n para el logro de objetivos establecidos en los instrumentos de planificaci6n, tienen competencia en su ambito geografico, estando encargados de ejecutar los programas, proyectos y actividades establecidos para su ambito. Son creados, fusionados, reestructurados 0 desactivados por la Jefatura Nacional del SENASA, previa informe elaborado por la Oficina de Planificaci6n y Desarrollo Institucional. Estan a cargo de un Director Ejecutivo, quien es la maxima autoridad en el ambito geografico de su jurisdicci6n, con dependencia tecnica y funcional de las Oficinas y Direcciones del Nivel Central en el ambito de su competencia y dependencia jerarquica de la Jefatura Nacional. Articulo 33°.- Funciones de las Direcciones Ejecutivas Las Direcciones Ejecutivas tienen las siguientes funciones, en el ambito geografico de su jurisdicci6n: a. Representar legalmente a la Instituci6n en su jurisdicci6n en materia de su competencia. b. Dirigir y coordinar la ejecuci6n de los planes operativos anuales. c. Celebrar, por delegaci6n de la Jefatura Nacional, convenios, contratos y demas acuerdos que se requiera para el cumplimiento de los objetivos y fines institucionales. d. Coordinar con los Gobiernos Regionales la implementaci6n de los lineamientos de asistencia tecnica a cargo de estos ultimos. e. Realizar, en cooperaci6n con la actividad privada acciones de prevenci6n, control y erradicaci6n de plagas bajo control oficial. f. Prom over alianzas estrategi cas con autoridades, productores agranos, asociaciones y sociedades cientificas. g. Ejecutar las directrices emanadas por el nivel normativo. h. Efectuar supervisiones e inspecciones en los lugares de origen 0 establecimientos autorizados. 1. Las demas que le correspondan de acuerdo a las normas legales en vigencia. 19 Articulo 34°.- Areas de las Direcciones Ejecutivas Las Direcciones Ejecutivas cuentan con Areas de Gesti6n, Sanidad Vegetal, Sanidad Animal e Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria. a. Area de Gestion tiene la funci6n de implementar en el ambito geografico de su competencia las acciones administrativas, legales, logisticas, tramite documentario, ejecuci6n presupuestal y soporte informatico, en el marco de las Directrices y demas instrumentos emanados por las Oficinas del Nivel Central. b. Area de Sanidad Vegetal tiene la funci6n de implementar en el ambito geografico de su competencia las funciones, directrices y demas instrumentos emanados por la Direcci6n de Sanidad Vegetal. c. Area de Sanidad Animal tiene la funci6n de implementar en el ambito geografico de su competencia las funciones, directrices y demas instrumentos emanados por la Direcci6n de Sanidad Animal. d. Area de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria tiene la funci6n de implementar en el ambito geografico de su competencia las funciones, directrices y demas instrumentos emanados por la Direcci6n de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria. Articulo 35°.- Puestos de Control y Centros de Tramite Documentario Las Direcciones Ejecutivas cuentan, segun las caracteristicas agrosanitarias y geograficas propias de su jurisdicci6n, con Puestos de Control y con Centros de Tramite Documentario, en el ambito de su jurisdicci6n. Los Puestos de Control son las dependencias encargadas de prevenir, controlar 0 ejecutar acciones orientadas a proteger y mejorar el estado agrosanitario y contribuir a la seguridad e inocuidad agroalimentaria, de los riesgos relacionados al comercio nacional e intemacional de mercancias, ubicados en los pasos fronterizos y dentro del territorio nacional, cuando exista justificaci6n tecnico - econ6mico. Podran tambien ejercer control de semillas, plaguicidas agricolas y de productos organicos, de acuerdo a la normatividad vigente. Tienen dependencia funcional de las Oficinas y Direcciones del Nivel Central, en los ambitos de su competencia, y dependencia jerarquica de la Direcci6n Ejecutiva. La creaci6n 0 desactivaci6n se aprueba mediante Resoluci6n Jefatural, previa informe tecnico - econ6mico de las Oficinas y Direcciones competentes. Los Centros de Tramite Documentario son creados 0 desactivados, previa informe tecnico - econ6mico de la Oficina de Planificaci6n y Desarrollo Institucional, mediante Resoluci6n de la Direcci6n Ejecutiva, con la finalidad de lograr eficiencia, eficacia, cobertura y oportunidad en la prestaci6n de servicios para dar cumplimiento a las competencias del SENASA. TITULO V REGIMEN LABORAL Articulo 36°.- Regimen Laboral EI personal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, esta comprendido dentro del regimen laboral de la actividad privada; rigiendose, asimismo, por las demas normas juridicas aplicables al regimen laboral de los servidores publicos que se dicten en forma sustitutoria, complementaria 0 modificatoria. 20 TiTULO VI RECURSOS ECONOMICOS Articulo 37°.- Recursos Economicos Constituyen recursos econ6micos del SENASA los siguientes: a. Los Recursos Publicos autarizados en la Ley Anual de Presupuesto. b. Los provenientes de operaciones de credito intemo y extemo. c. Los Recursos Directamente Recaudados par la prestaci6n de servicios y venta 0 subasta de bienes; asi como par la aplicaci6n de sanciones pecuniarias. d. Los provenientes de los Convenios celebrados con Instituciones nacionales y extranjeras, asi como de Organismos Intemacionales. e. Los que se obtengan par venta de activos dados de baja. f. Otros que le corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. TiTULO VII RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Articulo 38°.- Relaciones Interinstitucionales EI SENASA podra establecer relaciones de coardinaci6n con entidades publicas y privadas nacionales y extranjeras, para el cumplimiento de los objetivos y fines de la Instituci6n. Estos ultimos son creados, previa infarme tecnico - econorruco de la Oficina de Planificaci6n y Desarrollo Institucional, con la finalidad de lograr eficiencia, eficacia, cobertura y oportunidad en la prestaci6n de servicios para dar cumplimiento a las competencias del SENASA. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA.- Facultad de Disposicion por Comiso Administrativo EI Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, podra disponer de los bienes, semovientes, animales, productos y subproductos de arigen animal, plantas, productos y subproductos vegetales y otros articulos reglamentados, que se encuentren en su poder como producto del comiso administrativo, derivado del incumplimiento de las narmas agrosanitarias vigentes 0 de la aplicaci6n de una medida sanitaria. SEGUNDA.- Representacion y Defensa Judicial La representaci6n y defensa judicial del SENASA ante los 6rganos jurisdiccionales en los procesos civiles, penales, labarales, contencioso administrativo, constitucionales y demas, en los que se actue como demandante, demandado, denunciante 0 parte civil en el ambito nacional; se sujetara a las normas aplicables ala Defensa Judicial del Estado, asi como a las narmas procesales y disposiciones especiales aplicables a los Organismos Publicos Descentralizados sobre la materia. 21

Decreto Supremo Nº 008-2005-AG ─ Reglamento de organización y funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) · Nelum