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Laws of Peru

Decreto Supremo Nº 007-2011-MINAM ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas

Made 2011-05-10 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Wild species and ecosystems
Keywords
protected area, protection of habitats, institution, legal proceedings/administrative proceedings, biodiversity, governance

Where to read it

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  1. Sistema Peruano de Informacion Jurfdica AMBIENTE Modifica el Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG, en 10 referido a los Contratos de Administracion DECRETO SUPREMO N° 007-2011-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que, el articulo 68 de la Constituci6n Polltica del Peru establece que el Estado este obligado a promover la conservaci6n de la diversidad biol6gica y de las Areas Naturales Proteqidas: Que, el articulo 8 de la Ley de Areas Naturales Protegidas - Ley N° 26834, Y el articulo 3 de su Reqlamento. aprobado par Decreta Supremo N° 038-2001-AG, establecen que el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) es el ente rector y autoridad nacional competente del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas par el Estado (SINANPE): Que, la Segunda Disposici6n Complementaria Final del Decreto Legislativo N" 1013, dispone la creaci6n del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado SERNANP, como organismo publico tecnlco especializedo. con personerla [urldica de derecho publico intemo, constituyendose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente: Que, el SERNANP es el ente rector del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINAN PE Y se constituye en su autoridad tecnico-norrnativa. Dentro de sus funciones basicas tiene la de aprobar las normas y establecer los criterios tecmcos y admlnistrativos. est como los procedimientos para el estableclrniento y gesti6n de las Areas Naturales Protegidas: Que, en el marco del derecho de participaci6n en la gesti6n ambiental contemplado en el articulo III de la Ley General del Ambiente - Ley N° 28611, el articulo 17 de la Ley de Areas Naturales Protegidas - Ley N° 26834 establece que el Estado reconoce y promueve la participaci6n del sector privado en la gesti6n de las Areas Naturales Protegidas, para 10 cue! el INRENA, hoy SERNANP, podra suscribir u otomar. entre otras modalidades. Contratos de Administraci6n: Que, el objeto del Contrato de Administraci6n es contribuir a una gesti6n mas eficiente de las Areas Naturales Proteqidas. con el apoyo de personas jurldicas sin fines de lucro. quienes asumen por euo, un conjunto de obligaciones establecidas expresamente en el articulo 120 del Reglamento de la Ley os Areas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo N" 038 2001-AG: Pagina 4 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica Que, de acuerdo a 10 establecido par el articulo 125 del citado Reglamento, las Reservas Comunales cuentan con un regimen especial de administraci6n el que establece las pautas para su administraci6n y que son determinadas en los termtnos del Contrato de Administraci6n respectlvo: Que, el Reglamento de Organizaci6n y Funciones del SERNANP, aprobado par Decreta Supremo N° 006-2008-MINAM preve en su arttculo 3, inciso ll. que el SERNANP tiene entre sus funciones generales, la de otorgar derechos de usa y aprovechamiento a traves de concesiones, autorizaciones y permisos U otros mecanismos para realizar actividades inherentes a los objetivos y tunciones de las Areas Naturales Protegidas de administraci6n nacional. Asimismo el articulo 23, en sus incisos m) y n), establecen como funciones de la Direcci6n de Gesti6n de las Areas Naturales Protegidas, el facilitar los procesos de participaci6n y de gesti6n compartida y, el promover la suscripci6n de concesiones. contratos a convenios de administraci6n de las Areas Naturales Protegidas de administraci6n nacional para el usa sostenible de los recursas naturales y acetones conjuntas de conservaclcn. respectlvemente: Que, con la finalidad cE adecuar el marco normativo vigente sobre la materia de contratos de adrnlnlstracion. resulta necesario modificar el Capitulo IV, Subcapltulo 1 del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2001-AG, con el objetivo de contar con una norma que responda a! nuevo marco institucional ambiental, particularmente en 10 referido a los mencionados contratos. En usa de las facultades conferidas en el numeral 8) del articulo 118 de la Constituci6n Polltica del Peru y la Ley Orqanica del Poder Ejeculivo, dada par Ley N° 29158. DECRETA· Articulo 1.- Modificaci6n de articulos del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas Modiflquese los artlculos 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 126, 127 Y 128 del Subcapltulo I, Capitulo IV del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo NO 038-2001-AG, los que quedaran redactados con el siguiente texto: Articulo 117.- Disposiciones Generales 117.1 EI SERNANP es la autoridad competente para otorgar y supervisar los contratos de administraci6n en representaci6n del Estado en las Areas Naturales Protegidas de administraci6n nacional. asl como aprobar sus modificaciones 0 su resolucion 117.2 En un Area Natural Protegida de adrninistracion nacional. el SERNANP puede. mediante un Contrato de Adrnlnletraclcn. encargar a una persona jurldica sin fines de lucro de derecho privado. de manera individual a asociada denominada Ejecutor, la implementaci6n de las acciones de mane]o y administraci6n requeridas para lograr resultados especlficos priorizados del Plan Maestro. Los contratos de administraci6n se otorgan por un minima de cinco (5) y un maximo de veinte (20) alios contados a partir de la techa de euscrlpclcn En caso el plazo de ejecucton otorgado sea inferior a veinte (20) alios, las partes podran extender dicho plazo de comun acuerdo hasta alcanzar los velnte (20) alios, slernpre y cuando obtenga un Informe Tecnlco Favorable del SERNANP y la conformidad del Cornlte de Gesti6n. Concluldo el Contrato de Adrnlnlstracion. el Elecutor de un Contrato de Administraci6n, puede volver a solicitar acceder a un nuevo concurso. 117.3 En el supuesto que el Area Natural Protegida no cuente can Plan Maestro aprobado o con Comite de Gestion. el Contrato de Administraci6n incluira una clausula que comprometa al Elecutor a financiar la elaboracion del Plan Maestro y la conformaci6n del comte de Gestlon. sequn corresponda. Siendo de aplicaci6n 10 dispuesto en el acapite h) del numeral 24.3 del articulo 24 del presente Decreto Supremo. EI plazo otorgado para la elaboraclcn del Plan Maestro esta lncluldo dentro el plazo de vigencia del Contrato de Adrnmlstraclcn Pagina 5 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica 117.4 En las Areas Naturales Protegidas con Contrato de Administraci6n el SERNANP mantiene sus facultades de regulaci6n y tiscalizacion de la gesti6n del Area Natural Protegida y de sanci6n que les corresponden. EI otorgamiento de derechos para el aprovechamiento de recursos naturales y para la prestaci6n de servlclos econ6micos en Areas Naturales Protegidas bajo contrato de administraci6n es otorgado par el Estado. de acuerdo a las competencias sectoriales. 117.5 No son objeto de Contratos de Administraci6n las Areas Naturales Protegidas que hayan side declaradas par la UNESCO, como Sitios ce Patrimonio Mundial, sequn los criterios aprobados par la Convenci6n para la Protecci6n del Patrimonio Mundial Cultural y Natural. 117.6 La ejecuci6n de los Contratos de Administraci6n sera analizada de manera integral cada cinco (5) anos, 0 cada vez que el Plan Maestro sea revlsado 0 retorrnulado. La conclusion de dicho analisis puede originar la resoluci6n del instrumento contractual. Articulo 118.- Requisitos para ser Ejecutor del Contrato de Administraci6n Para ser Ejecutor de un Contrato de Administraci6n se requiere ser persona juridica sin fines de lucro, de derecho privado, con experiencia minima de cinco (5) aries en el lagro de resultados asociadas a los temas materia del contrato a naves de convenios de cooperaci6n con la autoridad competente, ala fecha de convocatoria del concurso respective: adernas de cumplir con aquellos requisitos que establezca la autoridac competente para el otargamiento del contrato. Articulo 119.- Del otorgamiento del Contrato de Administraci6n 119.1 EI Procedimiento de otorgamiento de un Contrato de Administraci6n en un Area Natural Protegida del SINANPE puede ser iniciado de oficio por el SERNANP mediante la convocatoria a un concurso de mentes, 0 a pedido de parte. EI procedimiento de los contratos de administraci6n no se encuentra dentro de los supuestos de aplicaci6n de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 119.2 EI procedimiento de convocatoria a concurso de meritos se inicia con la confarmaci6n, par parte del SERNANP, de una Comisi6n Ad Hoc encargada de aprobar las Bases y conducir el proceso hasta su adjudicaci6n. La convocatoria debe ser publicada en el Diario Oficial EI Peruano y en otro diario de circulaci6n en la circunscripci6n donde se ubica el Area Natural Protegida. 119.3 EI procedimiento a pedido de parte, se inicia con la presentaci6n de una solicitud de la instituci6n interesada al SERNANP. De cumplir la solicitud con los requisitos establecidos por el SERNANP, se publica un resumen de la sollcltud en el Diario Oficial EI Peruano y en otro diario de circulaci6n en la circunscripci6n donde se ubica el Area Natural Protegida. De presentarse otros interesados en el Contrato de Administraci6n solicitado. dentro de los treinta (30) dlas calendario posterior a la publlcaclon de la sclicrtud. se lnlcla un concurso de mentes entre aquellos interesados cuya documentaci6n califique para participar. 119.4 De no presentarse otro interesado en el Contrato de Adrnlnlstraclon. 0 que los interesados sean descalificados por no reunir su solicitud con los requisitos mlnimos, el SERNANP puede lnlclar un procedimiento de otorgamiento directo del Contrato de Administraci6n al solicitante lnlclal. conformando una comisi6n ad hoc encargada conduclr el proceso hasta su adjudicaclcn en caso la propuesta eel solicitante cumpia con el puntale mlnimo requerido seoun los Terrninos de Referencia respectivos. 119.5 EI resultado del concurso de mentes 0 del procedimiento de otorgamiento directo alcanzado por la Comisi6n Ad Hoc es torrnallzedo por el SERNANP. Articulo 120. - Obligaciones del Ejecutor del Contrato Pagina 6 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica a) Cumplir con los lineamientos establecidos en el Plan Maestro, Planes especlficos y demas instrumentos de rnanelo aprobados par el SERNANP senun corresponda para el area, as! como con las tareas especlficas que son objeto de su Contrato: b) Administrar los recursos economicos asignados 0 que obtengan en beneficia del area; cj Promover la participaci6n activa de las poblaciones locales en la gesti6n del Area Natural Proteqida; d) Brindar las facilidades para la realizaci6n de auditorfas tecnicas y contables sabre su adrnlnletracion: e) Elaborar su Plan de Trabajo y Presupuesto Anual en coordinaci6n con el Jefe del Area Natural Protegida y el Cornrte de oeenon: f) Informar oportunamente al Jete eel Area Natural Protegida acerca de la comisi6n de lntracclones que atentan contra el Area Natural Protegida, g) Desarrollar e impulsar programas de promoci6n y difusi6n de las Areas Naturales Proteqidas: h) Proporcionar a las Comisiones de Seguimiento y de Supervisi6n y Evaluacion. toda la informaci6n que Ie sea requerida, de acuerdo a 10 establecido par el Contrato de Administraci6n correspondiente: i) Para el caso de la habilitaci6n 0 construcci6n de infraestructura con caracter permanente, debe cumplir con los requisitos establecidos por el SERNANP sequn correspond a; J) Proporcionar al SERNANP, sequn correspond a, recursos econorrucos y/o materiales necesarios para el cumplimiento de sus tunciones en relaci6n al Area Natural Protegida correspondiente. de acuerdo a los terrninos del Contrato de Administracion: v. k) Las demas que especifique su Contrato de Administraci6n, el presente Reglamento, y otras disposiciones pertinentes. Articulo 121.- De la suscripci6n de los contratos 121 1 Los Contratos de Administraci6n son suscritos par el Jete del SERNANP en el caso de las Areas Naturales Protegidas del SINANPE. EI SERNANP como autoridad competente que otorga el Contrato de Administraci6n debe Ilevar el registro otlclal de cada uno de los contratos de administraci6n otorgados 121.2 Los contratos de administraci6n incluyen clausulas que impiden la ceston de posicion contractual 0 la novacion. Articulo 122. - Incumplimiento en la ejecucrcn del Contrato de Administraci6n EI incumplimiento, grave 0 reiterado, de las obligaciones asumidas por el Elecutor mediante el Contrato de Administraci6n, dara lugar a la resoluci6n del Contrato de pleno oerecto. sin perjulclo de las acciones legales pertlnentes. Articulo 123. - Acciones de prevenci6n 123.1 EI Elecutor del Contrato de Administraci6n as! como su personal debidamente ldentltlcado. en aplicaci6n del Articulo IX del TItulo Preliminar de la Ley General del Ambiente - Ley N° 28611, puede realizar las acciones necesarias destin adas a cooperar con las autoridades en la prevenci6n de la comisi6n de delitos ambientales u otras lntracciones administrativas consideradas por el ordenamiento jurtdlco. como atentatoria a los fines y objetivos de creaci6n del Area Natural Protegida. Pagina 7 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica 123.2 En tal sentido. ttene las facultades y Iimitaciones establecidas en el articulo 920 del C6digo Civil y el numeral 4) del articulo 20 del C6digo Penal, en el termmo de la dlstancla, hasta la intervenci6n de la instancia lIamada par ley. Articulo 124. - Recursos Econ6micos 124.1 EI Elecutor del Contrato de Administraci6n presenta al SERNANP, el presupuesto anual del Area Natural Protegida que admlnlstra. informando sobre las fuentes de financiamiento del mismo. 124.2 Los recursos econ6micos asignados a! Area Natural Protegida, as! como los que se generen par su gesti6n deben ser utilizados exclusivamente en beneficia del Area Natural Protegida. Articulo 126.- De los resultados de los Contratos de Administraci6n 126.1 Los Contratos de Administraci6n deben precisar el conjunto de resultados encargados al Ejecutor, as! como el ambito del Area Natural Protegida en que se implementan 126.2 EI SERNANP puede otorgar contratos de administraci6n adicionales en un area natural protegida si las clausulas del contrato de administraci6n previa no 10 impide y en tanto los ambitos 0 los resultados a ser encargados al nuevo contrato de administraci6n no entran en conflicto con el contrato previo. 126.3 En el caso de predios de propiedad de particulares que se encuentren en un Area Natural Protegida con un Contrato de Administraci6n vigente, el Ejecutor debe establecer mecanismos de coordinaci6n para que dichos propietarios puedan elercer su derecho en armonla con los objetivos de creaci6n del Area. Articulo 127.- De la Comisi6n de Seguimiento 127.1 Con la entrada en vigencia del Contrato de Administraci6n del Area Natural Proteqida. se constituye una Comisi6n que realiza el seguimiento al cumplimiento de los compromisos asumidos par el Eiecutor, el SERNANP y los miembros del Comite de Gesti6n en el Contrato de Administraci6n 0 en las sesiones de la Comisi6n. 127.2 La Comisi6n se encuentra integrada par un representante del Jefe del SERNANP, quien la preside con voto dirtrnente. el Jefe del Area Natural Proteqida. el Elecutor del Contrato y el Presidente del Cornrte de Gesti6n del Area Natural Protegida. 127.3 Para casos 0 temas especlficos. la Comisi6n puede invitar a sus sesiones a los especialistas u organizaciones que considere necesarios. 127.4 La Comisi6n se reline al menos dos veces al ano para revisar los informes trimestrales y anuales presentados por el Elecutor. est como proceder a reallzar el seguimiento a las actividades que se desarrollan dentro del Area Natural Proteqida. para 10 cual el Ejecutor otorga las facilidades del caso. 127.5 EI detalle de la informaci6n a entregar por parte del Elecutor. asi como las metodologlas de analisis y seguimiento, seran materia del Contrato de Administraci6n. Sus labores son financiadas con los recursos destinados por el Ejecutor para las actividades de monitoreo y sequirniento. 127.6 A partir de su trabajo, la Comisi6n puede recomendar al SERNANP, modificaciones al contrato de administraci6n suscrito. Pagina 8 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica Articulo 128.- De la Comisi6n de Supervisi6n y Evaluaci6n de los Contratos de Administraci6n 128.1 La supervision, evaluaci6n del cumplimiento de los objetivos de los contratos de administraci6n Ie corresponde al SERNANP. Para este efecto el Titular del Pliego correspondiente emite una Resoluci6n conformando una Cornlslcn de Supervision y Evaluaci6n de Contratos de Administraci6n. 128.2 La Comisi6n de Supervisi6n y Evaluaclon de Contratos de Administraci6n emite un reporte anual de la supervision y evaluaci6n del curnplirniento de los objetivos de los Contratos de Administraci6n y cada cinco (5) alios reallza una Evaluaci6n Integral de los resultados logrados par el Ejecutor del Contrato de Administraci6n proponiendo las medidas que correspondan a dicha evaluacion. Tambien corresponde esta evaluaci6n del Ejecutor cada vez que el Plan Maestro sea actualizado. 128.3 La conclusi6n de 10 estipulado en el numeral anterior puede originar la resoluci6n del instrumento contractual, de acuerdo a los procedimientos establecidos para tal fin, Mediante Resoluci6n de la Direcci6n de Gesti6n de as Areas Naturales Protegidas se aprueban los Terrninos de Referencia para la evaluaci6n anual y quinquenal indicadas 128.4 Las medidas propuestas por la Comisi6n de Seguimiento, son evaluadas por la Comisi6n de Supervisi6n y Evaluaci6n de Contratos de Administraci6n y propuestas sequn corresponda a las competencias de las distintas dependencias que forman del SERNANP. Articulo 2.- Refrendo EI presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Ambiente. DISPOSICION COMPLEMENTARIA unrca.. En el caso de los Gobiernos Regionales la aplicaci6n de la presente norma se realizara acorde a su normatividad como autoridad competente en el ambito de las Areas de Conservaci6n Regional. Dado en la Casa de Oobierno. en Lima, a los diez dlas del mes de mayo del arto dos mil once. ALAN GARCiA PEREZ Presidente Constitucional de la Republica ANTONIO JOSE BRACK EGG Ministro del Ambiente Pagina 9

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