Decreto Supremo Nº 001-2012-MINAM ─ Reglamento Nacional para la Gestión y Manejo de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE)
Made 2012-06-22 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Waste and hazardous substances
- Keywords
- waste disposal, waste domestic sources, waste management, waste non-domestic sources, solid waste, classification/declassification, hazardous waste, pollution control
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Piura-Huancabamba , son responsabes de superviser el cumphmento de 10 drspuesto mediante ra preeente gesciuccn Jefalural, debiendo informar periOdicamente a !a DirecciOnde ConservaciOnvPlaneamiento de Recurscs Hidricos . Registrese , comuniquese y publiquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNOO Jete Autoridad Nac onal del Agua 806711-2 AMBIENTE Aprueban e l Reglamentn Nactonal para 10. Gesti6n y Mane]o de los Res tduos de Aparatos Elect rtcos y Electrontccs DECRETO SUPREMO N° 001-2012-MINAM El PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante ley N° 27314 , ley General de Residuos SOlidos, modificada per Decreto l egislativo N° 1065, Y su Reglamento aprobado per Decreto Supremo NO 057-2004- PCM, se regula la gesti6n y manejo de los residuos s6lidos en el pais ; Que, la l ey Genera! de Residuos S61idos establece derechos. obligaciones, atnbuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto , para asegurar ta gesti6n y manejode los residues sobdos. sanitaria y arnbientalmen te eoecceoa . con sujeci6n a los pnncipios de minimizaci6n , prevencicn de riesgos ambientaes y protecccn de ta satud y er bienestar de la persona humana, Que, la citada norma asimismo establece que la gesti6n y manejo de los residuos s61idos se rige especialmente por lineamientos de politica que podran ser exigibles proqrarnancamente en funci6n de las posibilidades tecrucas y econ6micas para alcanzar su cumplimienlo ; Que, el numeral 3) del articulo 4" de la ley N" 27314, modificado por Decreto l egislativo N" 1065, establece como un lineamiento de counce para la gestion de los residues scncos . er establecimiento de un sistema de responsabilidad compartida y de manejo integral de los residues s6lidos, cesce su generaci6n nasta su disposici6n final, a fin de evear situaciones de riesgo e impactos negativos en la salud humana y el ambiente . sin pequico de las medidas tecmcamente necesarias para el manejo adecuado de los residuos s6lidos peligrosos . Este sistema ccrnprendera . entre otros, la responsabil idad extendida de las empresas que prccucen, importan y comercializan bienes de consumo masivo y que, consecuentemente , contribuyen a la generaci6n de residuos en una cantidad importante 0 con caraeteristicas de peligrosidad ; Que, asimismo, el numeral 6) del articulo 4" de !a referida ley consigna como politica, ef fomentar sexto lineamiento de politica contenido en la Ley General de Residuos S6lidos, modificada por Decreto Legislativo N° 1065, consigna fomenlar el reaprovechamiento de los residuos wlidos y la adopci6n complemen taria de practicas de tratamiento y adecuada disposici6n final; Que, los aparatos electricos y eleetr6nicos son bienes de consumo masivo en el pais, con tendenda a un credmiento significativo , 10 que implica la generaci6n de una cantidad considerable de Residuos de Aparatos Electricos y Electronicos (RAEE): Que, en la aclua lidad el manejo de los RAEE es inadecuado. al ser dispuestos como residuos urbanos en rellenos sanitarios 0 botaderos de residuos s61idos o redc!ados informa lmente de forma inadecuada , constituyendose en un riesgo para la salud de las personas y para el ambiente . Sin embargo , los mismos contienen componentes valiosos que pueden ser recuperados en lugar de perderse en los rellenos sanitarios 0 botaderos de residuos s6lidos , y cuyo manejo adecuado brinda 5 oportunidades de frabajo en sus etapas de recoleccicn , tratamentc y disposiocn final ; Que, el Decreto legislativo N° 1013, ley de Creaci6n, Organizaci6n y Funciones del Ministerio del Ambiente establece como su tunccn general el disefiar, establecer , ejecutar y supervisar la politica nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoria con respectc a ella; Que, el literal k) del articulo 7° del mencionado Decreto Leqisfativc establece como una de las funcicnes escecmces del Ministerio del Ambiente promover y coordinar la adecuada gesti6n de los residuos scsccs . la protecd6n de ta ceuoeo del eire vet control del ruido vde las redraccnes no iomzantes: De coorormidac con 10 dispuesto en e1meso 8) del articulo 118' de la Constituci6n Politica ; DECRETA: Articul o 1°. AprobaciOn del Reglamento Naci on al para la GestiOn y Manej o de los Residuos de Aparatos Elect ricos y Elect rOnicos Aoruebese er Reglamento Nati onal para la Gest i6n y Manejo de los Residues de Aparatos eecmccs y Eiectrcmcos que consta de cinco (5) Tilulos. veintiun (21) Artrcuros. seis (6) Disposrciones Complementaries Finales y Transitonas y cinco (5) Anexos, que forman parte del presente Decreto Supremo. Articul o 2".- Refr endo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Ambiente. Dado en la Casa de Gobierno, en lima, a los vemtisels eras de! mes de junio del enc dos mil ecce . Ol LANTA HUMALA TASSO Presidente Constituciona l de la Republica MANUEL PUlGAR VIDAL Ministro del Amb iente REGLAMENTO NACIONAl PARA LA GESTI6N Y MANEJ O DE l OS RESIDUQS gE APARATOS ElECTRICQS Y ElECTR NICOS TiTUL O I DISPOSICIQNES GENERALES Articulo 1°. Objet ivo s 1 Establecer un conjunto de derechos y obligaciones para la adecuadagestiOn y manejc ambientalde losResiduos de Aparatos Electricos y Eledr6nicos (RAEE) a traces de las diferentes etapas de manejo: generaci6n, recoeccion , nansoorte.almacenamiento. natamento.reeprovechameoto y disposici6n final, lrwclucrando a los diferentes actcres en er manejo responsable, a fin de prevemr, controtar. mitigar y evrtardarios a la satudde las personas y al ambiente. 2. Establecer las responsabitidades de fos actores involucrados en el manejo de los RAEE y que los produetores de aparatos eh!lctricos y eleclr6nicos (AEE), para que conjuntamente con las municipalidades, los operadores de RAEE y consumidores 0 usuarios de AAE, asuman algunas etapas de este maneJo, como parte de un sistema de responsabilidad compartida , diferendada y con un manejo integral de los residuos s6lidos, que comprenda la responsabi lidad extend ida del produclor {REP), y cuyo fundonamiento como sistema se regula a traves del presente Reglamento . Articul o 2".- Amb ito de aplicac i6n Este Reglamento es de aplicad6n a toda persona natural 0 juridica, pub lica 0 privada, dentro del terrrtorio nacional, que realice aetividades y acciones relativas a la gesti6n y manejo de los residuos de aparatos electricos y eledr6n icos (RAEE), en la etapa post-consumo de los aparatos eledricos y eledr6nicos (AEE). los RAEE sujetos al presente Reglamento son los residuos de AEE categorizados segun 10 establecido por la normativa de la Comunidad Econ6mica Europea y que estan detallados en el Anexo 2. REAL TIME EIRL Las categor ias de AEE, son las siguientes: 1. Grandes eiectroecmestcos. 2. PequeFios electrodomestlccs 3. Equipos de informat ica y teleccm umcaclones. 4 , Aparatos electroniccs de consume. 5. Aparatos de alumbrado. 6. Herramientas eiectncas y electronicas. 7. Juguetes 0 equipos deportivos y de tiempo fibre. 8. Aparatos medicos . g. lnstrumentos de vigilancia y control. 10, Mequmas expendedores Art ic ulo 3°, Lineamientos para la ges tio n ambiental de los RAEE. Son Lineamienlos para la qestion ambiental de los residuos de aparatoseject-cos y electr6nicos, los siguientes: 1. Promove r el manejc responsable de los RAEE , canoe prioridad a tarninirruzecon y ar reaprovecnarmentc mediante la reutilizaci6n , reciclaje y recuperaci6n . 2, Promover que las autcnda des compelentes se involucren en la sens ibilizaci6n , promocic n. difusi6n, control y fiscalizaci6n del manejo adecuado de los RAEE . 3. Promover et enfoque de la responsabilidad compartida para la qestion integral de los RAEE , Que comprende la responsabilidad extendid a del productor para er manejo post-consume de los AEE hasta su reaprovechame nto 0 disoosicion final. 4. cromcv er fa asociatividad publico privada para et manejo ambienta lmente aceccaoo de los RAEE , pcnderando el rot de los diterentesactores (autondaces qubemamentales, prcductores, operadores de RAEE y usuaries), que intervienen en el ceo de vida de los AEE. TiTULO II DE LOS ACTORES INSTITUCIONAlES Art ic ulo 4°,- Autoridades competentes Conforme a sus compelencias , Ia regulaci6n de la qesncn y manejo de RAEE corresponde a las siguientes entidades: 1. Ministerio del Ambienle (MINAM). 2. Organismo de Evafvacicn y Fiscalizaci6n Ambien lal (OEFA). 3. Autoridades sectoriales competentes . 4, Ministerio de Salud - DIGESA. 5, Gobie rnos locales (provinCiales vdislri lales), Artic ulo 5".- Ministe rio de l Ambiente Es la Autoridad Ambiental Naccnat y 6rgano rector del Sistema Nacional de Geston Ambiental , encargado de regular y promover la eoecoece gesti6n de los residues s61idos en el pais , incluyendo los residuo s de aparatos eiectnccs y electr6nico s, asi como coord inar con las autoridade s seclo riales y municipales la deb ida apficaci6n de ta normaliva nacional en maleria de residuos s6lidos , inclu ido el presente Reglamento, Las funciones especi flcas del MINAM en maleria del presente Reglamenlo. son las siguientes ' 1. Normar la gestion y manejo ambiental a nivel nacional de los RAEE. 2, Incorporar en la planificaci6n de la geslion naciona l de los res iduos solidos a la gesti6n y manejo de los residuos de aparalos elec\ficos y electr6nicos , 3. Promover la responsabi lidad extendid a de los productores en la etapa de post consumo de los AEE. 4. Apro bar las metas anuales de manejo de los RAEE y la gradualidad de su aplicaci6 n en el pais . 5. Sistemat izar la informaci6n sobre gestion y manejo de los RAEE para su inclusiOn en el Sistema Nacional de lnformaci6n Ambien lal (SIN1A) y su difusi6n respectiva . Inc/uir en su portal web informaci6n acerca de los RAEE; campaFias de sensibilizaci6n ; logros, esladislicas y metas anuales del manejo de los RAEE ; enlre otros, 6, Promover 0 brindar la asistencia lecnica para los gobiernos locales a fin de facililar la gesti6n y el manejo ambiental adecuado de los RAEE. 7. Coordinar con la Supe rintendencia Nacional de Bienes Estatales, el manejo adecuado de los RAEE del sector publico a lraves de operadores de RAEE, 8. Oelermina r la autoridad sectorial competente para la aprobaci6n del Plan de Manej o de RAEE de un productor 6 en el case de Que este no haya soc identificado como perteneciente a un determinado sector 0 en case. Quecos o mas seclores se irroguen la compelencia sobre alguna actividad de! productor. Art iculo 6°. Del Orga nis mo de Evalua ci 6n y stscauzacron Ambien tal (OEFA) 1. Etectuar er sepuimiento. vigilancia , supervi sion, neceueecco. control y sanclon en materia ambiental correspcndiente a los sectores que se ercuentran bajo su ccrrceteocre . 2. Presentar al MINAM ta informaci6n seterranzaoa de los resuaedos del sequmento, vigilancia, supervision, fiscalizaci6n,controlysanci6n enmateria ambienlal realizada par el OEFAy por las autoridades sectoriales competentes. Art ic ulo 7".- De las Autoridades Sec to r iales Co mpete ntes Son las autoridades naccnales encargadas de ncrma r, evaluar, fiscalizar 0 sancronar la gesti6n y manejo de los RAEE correspondientes a los productores de los AEE consoeraoosen etambito de su competencta sectorial en materia ambiental, sin perjuicio de las tuncrooes tecnrco normat ivas y de vigilanci a sanltana que ejerce taDIGESA del MINSA y las competencas, funciones de sequimiento. vigitancia, supervision, neceneecoo, control y sancion en materia ambienlal que ejerce el OEFA, La definicion de la auloridad sectoria l competente en materia ambienlal correspondiente a un productor de los AEE dependera dellipo de actividad econ6mica principal que realice dicho productor en erpais . Enlre sus funciones especificas se tiene: 1. Aprobar, ecce-veer y neceneer er curnpurmento de los Planes de Manejo de los RAEE presentados por los productores. 2. Evaluar peri6dicamente los sistemas de manejo de los RAEE eslablecidos y los niveles de recuperaci6n de los RAEE presen lados por los produc lores . 3. Presentar al MINAM, la informacion sistemalizada respecto a la geslion , manejo y fiscalizaci6n ambiental de los RAEE correspcndientes a! ambito de su competencia. Art iculo 8°, Minister io de Satud Aoemas de sus competencias establecidas en la Ley General de Residuos S6lidos y su Reglamento, la Direcci6n General de Salud Ambien lal (DIGESA), l iene la funcicn de supervisar e! cumplimiento de las disposiciones de fa Ley General de Residuos S61idosy su Reglamenlo en los aspectos tecmco-sanitancs y los correspondientes a los operadores de RAEE. Arti culo go. Gobiernos locales Los Gobie rnos Locales nenen las siguientes tcncones . 1. Apoy ar la implementacion de los Planes de Manejo de los RAEE generados por la poblaci6n en el ambito de su jurisdicci6n municipal, 2. Promover los principios de Responsabilidad Extendida del Productor, fomentando y faci litando en sus jurisd icciones la implementad6n de sistemas de manejo de RAEE individua les y colectivos . 3. Promover campanas de sens ibilizaci6n y de acopio de RAEE conjunlamente con los productores. operado res de RAEE y otres . 4,En el marco de sus competenciasen maleria de gestion de residuos OOll:1os, promover Ia segregaci6n de los RAEE del resl:luo OOlido en la fuente de generaci6n para su manejo diferenciado por medio de operadores de RAEE y otros. TiTULO III DE LA RESPONSABILIDAD DE l OS GENERADORES. PRODUCTORES Y OPERADORES CAPiTULO I Generadores de RAEE Articulo 10°. Obli gaci ones de los Gene radores de RAEE se considera generador de RAEE a toda persona natural 0 ju ridica Que en razon de sus actividades proouctrvas. ccrnerciates. ocrreencee 0 de services gene ra estos residues. Son obligaciones de los Generadores, las siguientes: 1 Segregar los RAEE de los residuos s61idos municipales. 2. Entregar los RAEE a los sistemas de manejo establecocs, a una EPS-RS 0 a una EC-RS que se encoentreadebidamente autonzadas. 3 En er caso de los generadores del sector publico, reahzar los trarmtes necesarios para tabaja administra tiva de los RAEE, previo a su entrega a los sistemas de manejo estabreccos. 0 a una EPS-RS 0 a una EC-RS autorizada. Son responsables de los RAEE desde su generaci6n hasta su entrega , de manera segura, a los sistemas de manejo individuales 0 colectivos reg istrados. Una vez entregado los RAEE a los sistemas de manejc establecidos, a una EPS-RS 0 a una EC-RS debidamente autor izad as, los generadores quedan exentos de responsabilidad por los danos que ccastone er inadecuado manejo de los RAEE , salvo que se demuestre que su neglig encia 0 dolo , ormsjon u ocultamientc de mrormacicn score er manejo, origen , cantidad y caractensucas de peligrosidad de drcnos residues, contribuy6 a ta generaci6n del cane. Los generadores peroen sus derechos score la informaci6n que puedan contener los RAEE una vez entregados a los sistemas de manejo estabtecoos. a una EPS-RS 0 a una EC·RS debidame nte autorizadas. Es su responsabilfdad, la destruccon de los datos contenidos en los dispositivos de almacenamiento de informacion . CAPiTULO II Productor es de AEE Art iculo 11°, Obligac iones de los Productores de AEE Se considera como Productor de AEE a toda persona natural 0 juridica que realiza acwdaoes vinculadas a los aparatos eiectnccs y eiectroncos sea como fabricante 0 ensamblador, importador , distr ibuidor 0 comeroanaaocr. Son obtigaciones de los Productores de AEE , de manera individual 0 como aqrupacion entre vanes productores. las siquientes: 1 prsenar. implementar y acministrar un sistema de manejo de RAEE , el cuar cuece ser individual, coecnvc o ambos, confo rme se estrpuia en el Articulo 16° del presente Reglamento. 2. Recibir , sin coste , los RAEE de sus c!ientes centre del area qeoqrafca correspondien te al sistema de manejo de RAEE establecido. 3, Garantizar el manejc ambiental adecuado de los RAEE , mediante su entrega a operado res de RAEE debidamente registrados. Entregado los RAEE a los operadcres. los productores quedan exentos de responsabil idad cor los canes que ocasioneet inadecuado manejo de los RAEE, salvo que se demuestre que su negligencia, do lo, cmision u ocultamiento de informaci6n score el manejo, origen , cantidad ylo caracteristicas de peligroSidad de dichos residuos, contribuy6 a la gene raci6n del dario. 4. Presentar un Plan de Manejo de RAEE (de manera individual 0 como agrupaci6n de productores) a la autoridad sectorial competente en eJ formate del Anexo 3 seglin corresponda, para su aprobaci6n. En caso que el productor tuviera una actividad que no haya sido identificada como perteneciente a un determ inado sector o. en caso que dos 0 mas sectores se irroguen la competencia sobre alguna actividad del generador, correspondera al MINAM determinar \a autoridad sectorial competente. 5. Implementar el Plan de Manejo de RAEE aprobado . 6. Proveer a sus clientes informacion , al momento de la venta de sus equipos , acerca de la forma de manejo ambiental de los RAEE que se generen , haciendo hincapie en que deben ser separados de los residuos s6lidos municipales y manejados por operadores de RAEE. As imismo, proveer datos del portal electronico donde encontraran mayor informaci6n. 7 7. Intormar a sus cneotes. at momento de ta vente de sus AEE, que los RAEE gene rados seran recciccs. sin coste. en los respectivos sistemas de manejo de RAEE implementados. 8. Jnlormar a los operadores de RAEE, cuaes componen tes contienen material pelqrosc. 9. En caso de exporter RAEE deberan cumplir los procedimientos establecidos por la autoridad competente en concorcancta con la normawoao viqente. Subcapitulo I Planes de Manejo Articul o 12",- De los planes de manejo de RAEE El Plan de Manejo de RAEE es un instrumen to de qesnon ambien tal mediante el cuat el productor 0 una aqrupacicn de productores presen ta a la autoridad competente las acclcnes a desarrollar para e! manejc adecua do de los residues de aparatos eiectncos y electroniccs. El Plan de Manejo de RAEE comprende: a) Ncmbre de l prcductor 0 earocecon de productores deAEE. b) Sistema (individual 0 coiecnvo) con erque manejara los RAEE : Si correspondsat sistema corectivo, la lista de operadores de RAEE y munici palidades que intervienen , considerando 10 seria lado en el articulo 15' del presente Reglamento. En caso se cote por el sistema colectivo debera precisa rse la responsabilidad individual de cada actor integ rante del sistema . c) Nombre del representante y datos de ccntacto. d) la(s) mercers)que maneja(n) e) oescnccoo de las etecee de recoreccicn . trareporte. amacenanuento y reaprovecnarnento, y de los cperadcres que utnzaran. f) Meta anval de manejo de RAEE (en unidades de peso) , ccnsneranoo los hneamientcs que senaie er MINAM al respecto g) Forma de financiamiento del manejo de los RAEE. h) Destinode los RAEE: centro de acop io,beneficiarios, centros de tratamiento 0 dispcelcicn nnar, seglin sea el caso. Nombre y dlrecclcn de los servlcos que utillzaran 0 de los beneficiarios. i) Desceipcion de la estrategia de comcnicacon y sensrcnzacicn para promover y/o mcennvar er acopio de los RAEE Subcaphuto II uecraracfon Anual Articu lo 13°,- De la necraracrcn Anual de los Productores Presentar una cectaracron anual a la autoridad sectorial competen te en los formatos del Anexo 4 , sequn corresponda. que contenga : a) Sistema de manejo de RAEE. b) ceoucee de RAEE recorectaco. c) Operador de RAEE registrado utilizado. d) Cantidad de RAEE entregado para su manejo . e) Formas de disposicion de los RAEE: Iratamiento y disposicion final. f) Cantidad de RAEE exportados (si es el caso) y destino . En caso se opte por la el sistema colectivo de manejo de RAEE. en la declaraci6n anual debera precisarse la responsab ilidad individual de cada actor integrante del sistema CA PiTULO III Ope rado res de RAEE Articul o 14°,- Ob lig ac iones de los Operadores de RAEE Son obligaciones de los operadores de RAEE : 1. Estar debidamente registrados por la autoridad competente como EPS·RS 0 EC·RS 2. Priorizar el mane]o de los RAEE consceranoo cualquiera de los procesos siguientes: • Reut ilizaci6n . • Reciclado. • Recuperaci6n 0 Valorizaci6n . • Disposici6n final. las mstalaciones deberan cump lir los requisites tecnicos que se exigen en la Ley General de Residues S61idos y su Modificatoria. as! como, considerar los requisites tecnicceque se sellalen en las normas tecoces peruanas respecnvas 3. En caso que no se disponga de tecocccre aoecuaoa de iratarmentc para el reaprovecnarmentc 0 reducci6n de peligrosidad , los componentes que prcvienen de la operaci6n de descontaminaci6n de los RAEE deben disponerse en lugares de dispos ici6n final autorizados, de acuerdo a la ley General de Residuos S6lidos . Tales componentes son: • Pilas y baterlas 0 acurrctaoores • Cornponentes que ccntenqan PCBs (bifenilos oolictorados). • Componentes que contengan mercurio. • Componentes que contengan hidrccarburosvolatiles halogenados e morocarouros volati les. • Tubos de Rayos cat6dicos . • Otros cornponentes que ccntenqan sustancias peligrosas. 4. Conta r con almacenes para los componentes desmontados y recipientes adecuados para almacena r pilas . acumuladores y otros componentes que denven de la descontaminaci6n RAEE. 5. Realizar la dispos icl6n final en lugares destinados para tal nn de acuerdo a la ley General de Residuos S6lidos y su Reqlarnento 6. En caso de exporter RAEE deberan cumplir los procedimientos estabiecoos per ra autoroac competente en ccncorcancta con la normauvioac vqente. Subca p itulo I Decl araci 6n Anua l Articulo 15°. De la Decla raci 6n Anual de los Ope radores de RAEE Reporter anualmente a ra autoridad comcetente. en er formate de l Anexo 5, sequn correspcnoa. la inrormacon siquiente : a) Cantidad de RAEE que ingresa segun los sistemas de manejode RAEE. b) Cantidad de RAEE recccc de otras fuentes. c) cenucec y desunc de los RAEE trataoos para reaprovechamiento (mercado local 0 externa l y disposici6n Imal. d) Cantidad y clase de los RAEE destruidos y dispuestos. TiTULO IV SISTEMAS DE MANEJO DE RAEE Articu lo 16°. los s istemas de man ejo de RAEE Los sistemas de manejo de los RAEE pueden ser de dos tipos: 1 Sistema Individual: Es aquel en el cual un productor o agrupaci6n de productores establece su proplo Sistema de Manejo de RAEE , en cuyo caso la formulaci6n , presentaci6n, financiaci6n e implementaci6n del sistema es de su exclusiva responsabilidad. los productores que elijan este sistema deberan : a) Presentar un Plan de Manejo de RAEE ante la autoridad sectorial competente. b) Garantizar facilidades de entrega de los RAEE por parte de sus clientes en la jurisdicci6n elegida. c) Garantiza r el cumplim iento de las metas estipuladas en su Plan de Manejo . 8 dl Garannzar el nnancramentcde su Plan de Manejo de RAEE. 2. Siste ma Colect ivo : Es equet que involucra a un conjunto 0 agrupaci6n mixta entre prcductores. operadores de RAEE ylo gobiernos locales ylo gobiernos regionales para la implementacl6n conjunta del sistema de manejo de RAEE, en el que raformulaci6n , presentaci6n e implementaci6n de! sistema es cofinanciadalcompartida per los o'rerentes actores, los misrncs que deben elegir un representante 0 vocerc para las gestiones ante las autoridades competentes, y precisar la resccosecnoec asumoa por cada una de las partes involecracas. los productores de AEE que enen este sistema mchnran dentro del Plan de Manejo de RAEE la siguien te informaci6n: a) Ellistado de miembros que integran este sistema b) los lugares de aplicaci6n del sistema. c) EI nombre de la persona designa da como representante ante ra autordad sectorial comcetente. as! como sus datos de contactc. d) l as obligaciones que asume caoa miembro integrante del sistema en su gesti6n y nnancamentc reececnvc en las dive rsas etapas del sistema de maneio de los RAEE. CAPiTULO I De la recolecci 6n Articu lo 17".- De la recol ecci6n serecnva Se reauaara fa recoleccicn se lecliva de los RAEE generados cor las diterentes fuentes 0 usuaries de AEE . cor medic de ooeradores de RAEE 0 por los medics loqisticos del productor 0 generador, bajo su responsabitidad. para ser transportados y entregados de manera segura a los productores, centros de scopic 0 a operadores de tratamiento 0 ceccsrcoo final de RAEE registrados, sequn los Sistemas de manejo 0 planes de manejo autorizados. Articulo 18°. De los Centros d e Acopio RAEE l os centros de scopic pueden ser municipa les, privados , mixtos u otros y ser temporales 0 permanentes, de acuerdo a los sistemas de manejo de RAEE Deben contar con seguridad e instalacones adecuadas. La informacion de los centros de acopo sera provista por los productores 0 los operadores de RAEE. eecco el sistema de manejo de RAEE elegido . a) Cent ros de Acopi o Temporal es : Son los que se implementan s610 durante lascampallas y su duraci6n eeta limitada al tiempo que dure la misma . Requieren de coordinaci6n con la municipalidad donde se realiza. EI organizador de fa campana mrcrmara al MINAM sobre los resultados de dicho evento . b) ce ntres de Acopio Perm anen tes: Son los centros instalados en lugares destinados at scopic permanente de RAEE , dotados de pisos impermeables y que cuentan con seguridad y tacuoaoes para recbir RAEE de diferentes fuentes: residenclas, pequenas empresas 0 RAEE proveniente de la recolecci6n hecha por los productores. c) A lmacenes Pri vados : Son los almacenes de los produclores que trabajan con el sistema individual. los almacenes permanentes deben tener pisos impermeables y seguridad . l os centros de acopio temporal, permanente y los almacenes privados deben considerar los requerimientos dados en la ley Gene ral de Residuos S61idos y su Reglamento. Arti culo 19".- De los requisitos lecn icos del manej o de RAEE Los requisitos tecnicos de manejo de los Residuos de Aparatos Electricos y Electr6nicos (RAEE) seran establecldos considerando el cumplimien to de 10 senalado en fa ley General de Residuos S61idosy su modifica toria, as! como los requisitos tecnicos que se senalen en las normas tecnicas peruanas . TiTULO V INCENTIVOS, INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo 20°. De los incentivos Por el adecuado manejo ambiental de los RAEE , se ccnsideraran los incentivos siguientes : 1. Difusion de listados con los nombres de los productores. operadores de RAEE, gobiernos locales e institueiones que hayan demostrado un buen desempelio en et manejo arnbiental de RAEE. 2. Distinei6n y reconocmiento publico de experiencias exnosas de manejo ambientat de RAEE por parte del MINAM. EI otorgamiento de estos benefices cetera nacerse de acuerdo con las normas legales correspcnoientes y en funcicn de la Ley General de! Ambien te, de la Ley de Creaci6n , Organ izaci6n y Funeiones del Min isterio del Ambiente y el Reglamento de Orqamzacion v Funeiones del Organismo de Evaluacicn y Fiscalizaei6n Amb iental (OEFAl · Articulo 21°. De las infracciones y sanc iones La autoridad sectorial, en cocrcmacon con er MINAM tiplficarll las lntracclones e lmoondra las sanoones ccrtespondentes dentro del marco de sus facultades contenoas por Ley, observando ta debida prcporcon entre los canes ocasionados por el infractor y la sanci6n a imponer en ecuceccn de los principios de tipificidad y razonab ilidad establecidos en la Ley N° 27444 , Ley de Procedimiento Administrativo General . OISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Y TRANSITQRIAS Primera.- EI MINAM, en un plazo no mayor de 45 ctee. a partir de raaprobaci6n de! presente Reglamento. convocara a ra lnstatacrcn y tuncronarnrentc de un ccmne de Apoyo recorcc para ra gesti6n y manejo de los RAEE , de naturaleza temporal , el cual estara integrado por representantes del MINAM, DIGESA, SUNAT, Superintendencia Nacional de Bienes Eslatales, reoresentantes de los productores de AEE , representantes de los operadores de RAEE , representante de los gobiernos loca les, representante de ta sociedad civil. Segunda.- Las autoridades corroetentes en mater ia de las responsabilldades establecidas en er presente Reglamento ceberan eoeccer sus respectivos procedimientos acrnrnsnauvos a fin de recmer er cumplimento de las obligaciones senataoas para los actores del sector privado, en un plazo no mayor de 60 dias a partir de la aprobacicn del presen te dispositivo. 'rercera- t.cs productores de 10sAEEcorrespondientes a las categorias "equipos de informatica y telecomunicaciones" y "aparatos eiectroeicos de consume" selia lados en e l anexc 2 del presente Reglamento , oecerao presen tar ante su respectiva autoridad sectorial competen te (Ministerio de la Producei6n 0 Ministerio de Transportes y Comunicaciones , segun corresponda a ta actividad econ6mica principa l del productor de los AEE ) el Plan de Manejo de RAEE en un plazo no mayor de 12 meses a partir de la aprobaci6n del presen te Reglamento . EI Plan de Manejo de los RAEE deberll considerar un plazo no mayor de 06 meses a partir de la aprobaci6n de dicho Plan, para dar inieio a la implementacion de las acciones respectivas. Los productores de los AEE correspondientes a las demlls categorias selia ladas en el Anexo 2, presentaran su Plan de Manejo de RAEE en un plazo a ser establecido por el MINAM, cons iderando el gradual desarrollo en el pais de las cond iciones adecuadas para el tratamiento y disposici6n final de los RAEE respectivos. Cua rta,-Los productores de RAEE considerados como micro 0 pequeno empresarios de acuerdo a la normativa vigente , podrlln agruparse para implementar un sistema de manejo de RAEE colectivo 0 integrarse en los sistemas de manejo de RAEE a ser implementados en el marco del presente Reglamento . Quinta.- EI Ministerio del Ambiente queda facultado para dictar las disposiciones compfementarias que 9 sean necesarias para ra mejor ecucecon del presente Reglamento . sexta.. EI presente Reglamenlo entrara en vigencia at dia siguiente de su publicacicn en el Diario Oficial EI Peruano . ANE XQ 1 DEFINICIONES Para efectos del presente Reglamento, la palabra "Reqlamentc" estara rereroa at Reglamento Naconat para ra Gestion y Manejo de los Residues de Aparatos Elect-cos y Electrcniccs . As imismo. et acr6nimo RAEE esta referido a los 'Residues de Aparatos Eiectricos y Electronicos" 1. Aparalos erectncoa y electr6nicos (AEE) : Aparatos que para funcionar necesitan corriente eiecmce o campos eectromaqneticos. asi como los disposilivos necesarios para generar, transmitir y medir tales corrientes y campos . 2. Acopiode RAEE:Acccn para reun irtransitoriamente los RAEE en un lugar determinado denom inado centro de acopic, de manera segura y ambientalmente adecuada. con la finalldad de tacnar su posterior manejo a traves de Operadores de RAEE. 3, Almacenamiento de RAEE : Operacon de acumulaci6n de RAEE en condiciones errcentemente adecuadas y seguras 4, Autoridad competente para RAEE : Entidad que regula, conlrola , fiscaliza 0 emite las autorizaciones correspondientes conforme a ley de las activldades concernientes a la qesticn y manejo de RAEE. En materia ambiental , su identiflcaci6n depende deltipo de actividad econ6mica principal que realice el administrado sequn sea er caso {productor de AEE. operador 0 generador de RAEEl · 5. Centro de acopio de RAEE : Lugar acondicionado para recbrr y almacenar RAEE de forma sesura y ambien talmente adecuada hasta que sean entregados a los operadores de RAEE para continuar su manejo . 6, Comercializador de AEE : Persona natural 0 juridica que compra , vende AEE . Se incluyen las cadenas de tiendas . 7. Consumidor de AEE : Persona natural 0 juridica que adquiere aparatos electrjccs y electr6nicos (AEE) para su uso como destinatario final, Pueden ser diferenciados en tres segmentos: sector publ ico, sector privado y hogares 8. Descontaminaci 6n de RAEE : Operacion que comprende ta separacicn de los componen tes que ccnneoen sustancias 0 materiales peligrosos presentee en er RAEE como primer paso del desmantetarmento. Los componen tes separados deben ser oecoestcs en ruqares adecuadosde disposiei6n finatde acuerdo a la Ley General de Residuos S61idosy su reglamen to, 0 reciclados, en el pais (si existe la tecno logia ) 0 en el exterior. 9. DesmantelamientolDesensamblaje de RAEE : Operaci6n que consiste en desmontar los diferentes componentes del RAEE para el reaprovechamiento de los diferentes materiales. 10. Distribuidor de AEE : persona natural 0 juridica que vende 0 suministra al por mayor 0 al por menor comercialmente aparatos electricos y electr6nicos destinados finalmente al consumidor, aun cuando ello no se desarrolle en establecimientos abiertos al publico . 11. Generador de RAEE : Persona natural 0 juridica que en raz6n de sus actividades productivas. comerciales, domest icas 0 de servicios genera RAEE. TambiE1n se considerara generador al poseedor de RAEE , cuando no se pueda identificar al generador real. Asimismo incluye a los usuarios dornesticos de los AEE que tuego se conviertan en RAEE . 12. Importador es de AEE : Empresas que se dedican a la importaci6n de AEE completos de primer 0 de segundo USO, 0 de partes para el ensamblaje local. para su posterior comercializaci6n. 13. Marca de AEE : Simbolo, palabra 0 dist intivo que identifica un AEE 0 alguno de sus componentes en el mercado de consumo . 14. Meta anual de maoejo de RAEE : Cantidad de RAEE {en unidades de peso) aprobada por MINAM como meta anual del pais que debe ingresar a los sistemas de manejo de RAEE individual 0 coectvo. En er case del productor de AEE , es ta canuoao de RAEE (en umoaoes de peso ) eenataea en su respectivo plan de manejo aprobado por la autoridad cornpetente. 15. Operadores de RAEE : Empresas registrada s y autorizadas por la Direcci6n General de Salud Ambien la l DIGESA como Empresa Prestadora de Servicios de Residuos S6lidos (EPS-RS) 0 Empresa Comerci alizadora de Residues S61idos (EC-RS) ,que se encargandel manejo total 0 caree r de los RAEE en instalaciones adecuadas geanz an acnvcaces de recoleccion, nansoorte. almacenamien to. segregaci6n ylo tretamento para el reaprovechamiento 0 disposici6n final de los RAEE. 16. Plan de Manejo de RAEE : Instrumento de gesti6n ambiental mediante el cue! el productor de manera individual 0 un conjunto de produclores de manera coecuva presentan a la autcndad competen le las acciones a desarrollar para el manejo adecuadc de los residuos de aparatos eiectncos y electr6 nicos. 17. Productor de AEE : Para etectos del presente Reglamento, se define como tal a toda persona natural 0 jundica que realiza actividades vinculadas a los aparatos electriccs y electrcnicos en ccalquiera de las siguientes modalidades: a) Fabricantes 0 ensarroracores que ccmercializan AEE sin marca 0 con maroa propia. b) Importadores de AEE con marca propia del tabncame. c) Importadores de componen les de AEE que ensamblan y venden AEE con marca propia del vendedor. d) Distr ibuidores de AEE . e) comercauzacores deAEE 18. RAEE htstorrcos: Son ecoeuce que proceden de productos puestos en er mercado con anterioridad a ra vigencia del Reglamento RAEE . 19. RAEE huerfanos: RAEE de marcaa que han desaparecido 0 ya no !rabajan mas en el pais, sin que exista una empresa que se responsabilice de los rrnsrncs . 20. RAEE ensamblado s s in marca ni identificaci 6n : Residuos de AEE ensambla dos en el pais cuyos productores no se pueden identificar ni se responsabilizan per su manejo . 21. Reaprovechamiento de RAEE : vorver a obtener un beneficic del RAEE 0 parte del mismo que constituye residue eoucc. Se reconoce como tecnica de reaprcvechamientc el recclaje. recuperacicn 0 reutihzacion. 22. Recic laje de RAEE : Toda acl ividad que permite reaprovechar un RAEE mediante un proceso de trans formaci6n en instalacion es autorcaces. locales 0 en el exterior, para cumplir su nn inicial u otros fines. 23. Recolecci 6n se lec t iva de RAEE : Recolecci6n de RAEE de forma diferenciada de ct ros flujos de resid ues. para tacmtar su manejo por los cperadcres de RAEE . 24. Recuperaci 6n de RAEE : Toda actividad que pemute reaprovechar parte de sustancias 0 componentes de un RAEE , como marenares 0 energ ia, para uso 0 peocesarrnento. 25. Residuos de Aparatos Eilktricos y Electr6ni cos (RAEE): Apara los eiectncos 0 eleclr6nicos que han alcanzado el fin de su vida ulil por usa u obsolesce ncia y que se convierten en residuos. Comprende lambien los componentes, subconjuntos, perifericos y consumibles de algunas categorias de aparatos. 26. Respon sabilidad Compartida sobre RAEE : Enfoque de politica ambienlal med ianle et cual se atribuye a cada persona fa responsabilidad por los RAEE que genera 0 maneja en las dist inlas elapas de la vida de un AEE 0 del desarrollo de una actividad en las que este interviene. 27, Responsabilidad Ext endida del Produ ct or de AEE: Enfoque de politica ambienta l medi ante el cual , la responsa bilidad del productor de AEE se amplia a la fase post·consumo del Cicio de vida de un producto, en las etapas de reco lecci6n, transporte, tratamiento y disposici6n f lOal de forma ambientalmente adecuad a, 28. Reutilizac i6n 0 Reuso de RAEE : Toda actividad que permi le reaprovechar d ireclamente los RAEE 0 10 alguno de sus componen tes. con et cbjeto de que cumpla er memo fin para el que fue tabccacc originalmente, conlemp lando estaoceres ambienlales . 29, Sistema de manejo de RAEE: Conjunto de entidades que Interactuan en las diversas etapas de la gestiOn de los RAEE, para asegurar su control y manejo ambien lalmente adecuado , bajo el marco de la responsabilidad compartida que comprende la responsabilidad extendida del prcductor . Se conscera sistema individua l ccanoo un solo productor establece su propio sistema y se responsabttza del mtsmo, y sistema coiecnvocuanoo una agrupaci6n de productores ccerecc ree ylo gobiemos locales eeteaece y se responsabifiza del sistema , 3D, Tratamiento de RAEE: Actividades que se realizan en las instalacion es de los operadores de RAEE que comprenden: descontaminaci6n, desensamblaje, reacondicionamienlo, trilu rad6n, recuperaci6n 0 preparaci6n para disposici6n flOal de los RAEE. 31. Transporte de RAEE : Etapa que cons isle en tras ladar los RAEE desde las instalacones del generador o del centro de acopioa las instalaciones del operador que tratara estos resc ues. Tambien comp rende ertrastaoc at exterior del pais. ANEXO 2 CATEGORiAS DE AEE 1. Gr and es eiectrcdcmesucos: • Granoes equipos refrigeradores • Frigorificos • Congel adores •otrce grandes aparatos utilizados para tarefrige raci6n, ccnserv accn y amacenamento de alimentos • taveooras • Secadora s • Lavavajillas • Cocinas • Estufas electrtcas • Placas de calor eectncas • Homos de microondas • Otros grandes aparatos utilizados para cocmar y en ctros procesos de franstormacon de alimentos • Aparatos de calefacccn ejectriccs • Racraccres eiectncos • Otros creooee aparatos utilizados para calentar neceecrcoes. camas, muebes para sentarse • Ventiladore s eiecmcos • Aparatos de aire acondicionado • Ot ros aparatos de aireaci6n, ventilaci6n aspiranle v aire acondicion ado 2. Pequenoe eie ctrcdcmesucos : • Aspiradoras • Otrcs aoaratos y difusores de limpieza y mantenumento • Aparatos unnzados para ccser, hacer punto. teter y para otros procesos de tratamientc de textiles • Planchas votros aparatos utilizados para planchar v para dar otro tipo de cuidados a fa ropa • Tostadoras • Freidoras • Cafete ras y aparatos para abrir 0 precintar envases o paquetes • Cuchillos electricos • Aparatos para cortar el pelo, para secar el pelo, para cep illarse los dientes . maquinas de afeitar, aparalos de masaje y otros cuidados corporales • Relojes , relojes de pulsera y aparatos destinados a medir . indicar 0 registrar el !iempo • Balanzas 3, Equipos de informatica y telecomunicaciones: a) Proce so de datos centrali zado: • Grandes computadores • Mini comput adores • Unidades de impresi6n b) Sistemas informat icos per sonales: • Computad ores pe rsona les (inclu yendo unidad central. raton oantalta y teelado) • Comp utadores po rtatiles (incluyendo unidad central. raton pentalla y tecladc ) • Computador es portatiles tipo notebook • ccrrccteccree po rtatiles tipo notepad • Impresora s • Copiadoras • MaQuinas de escrtlir eledricas 0 eecroncas • cascctacoras de mes a 0 de OOlsillo • Otros prod uctos y aparatos para ta recogida. almacenamiento . prcceseme ntc, presentaciOn 0 comunicaci6n de informaciOn de manera eectrcoca • Sistemas y terminales de usuario • Term lna les de lax • Terminales de telex • Telefonos fijos • Telefonos inalambocos •'reercocs ce lulares • Contestadores automalicos • Otros productos 0 aparatos de transmiSi6n de sonido. Inagenes u wa informaciOn por telecomunicaci6n 4 . Aparatos eleetr6rllcos de consumo: • Rad iOs • ree veees • voeccameras • Vi deos • Cadenas de alta fidel idad • Ampllficadores de scncc • Instrume ntos m usica les • Otros prod uctcs 0 apa ratos ulilizados pa ra registr ar o reproducr sonido 0 imagenes. inctuidas las seeeiee y tecnolog ias de distribuci6n del sonido e imagen etsuotee de rate lecomun icac i6n 5. Aparatos de al umbrado : • Luminarias para temperas nocreeceetee. excmcas las luminarias de hogares parbculares • La mparas fluorescentes rectee • Lamnaras fluorescentes compactas • Lamparas de descarga de alta mtenadec. incluidas las tamparas de sod io de presion y las lamparas de halurosmetanccs • Lamparas de sodio de baja prea on • Otros aparatos de alumbrado utilizados para difundir o controiar luz . excluidas las bombillas de filamentos 6. Herramientas elect ricas y electr6nicas : • tataorecoras • S ierras • MaQuinas de coser • Herramienta s para tornea r. molturar. enarenar. pulir. aserrar. cortaroceauar . taladrar. perforar, punzar. plega r. enCONar 0 trabajar la mad era . el me tal u otros materiales de manera similar • He rram lCntas para remachar. cla var 0 atom il1ar 0 para saca r remaches. clavos. tom illos 0 para apl icaCiones sm lares • Herramientas pa ra soIdar (con 0 sin aleaci6 n) 0 pa ra aplicaCiones Simllares • Herramientas para rodar. espa ror, propagar 0 aplicar otros tratamientos con sus tancias IiQuidas 0 gaseosas po r otros medlOS • Herram ientas para cort ar cesped 0 para otras Iabores de jardi neria • Otras herramientas (excepto las herramientas 11 industriales fijas cermanentemerue de gran envergadura . instaladas por orcjesionales) 7. Juguetes 0 equtpos cepcrnvos y de Iiempo Iibre : • Trenes eectnccs 0 coches en pista eecece • Consol as po rlat iles • Videoju egos • Ordenado res pa ra realiz ar cictismo, submariniSmo. ccrrer. rernar. etc. • Materia l depo rtrvo con componentes eectrccs 0 electrOnicos • MaQuinas traga monedas . maquines de juego en general • Otros juguetes 0 equipos eeccmvcs y de tiempo libre eecmccs 0 eeereecee 8. Aparatos medicos (excepto tcc cs los productos im plantados e infeetades): • Apa ratos de radlOlerapia • CardiOlog ia • OiaiiSis • ventlladores pulmonares • Aparatos de Iaboratooo para d'agn6s1 ico in vnrc • An alizadores • Congeladores • Pruebas de fertiliZaci6n • Otros ace ratos pa ra eeteear. prevenir, SlJpervisar . tratar 0 alivia r enfermedades . eecoee0 drscapacidades 9. Inslrumentos de vigi lancla y control: • Detector de humos • Reg uladores de calefa0ci6n • Termostatos • Ap aratos de mediCi6n , cesare 0 regla,e pa ra el hagar o comomateria l de laboratOfiO • Otros insl rumentos de vlQilancia y control ee ctrcos y elect r6nicos unuzaocs en mstalacones industriales (per ejernplo . en paneles de control) 10 . MaQui nas expendedoras : • MaQuinas expendedcras de bebidas canent es • MaQuinas expendedoras de botelias 0 iates. tr ias 0 carentes • MtiQuinas expended c ras de prcd uctos souocs • MaQuinas expended oras de dinero • 'tooos los eoaratos pa ra sumini str o actcmatcc de toda erase de produetos ANEXO3· 51 RE5Ut.£ N DE PLAN DE fMNEJO DE RAEE (515TEMo\ INDIVIDUAL) 1. PROOUCTOR: , , . a)NO DE REG ISTRQ . b)DIRECCION " . C)CONTACTO CARGO.. TELEFONO N' CELULAA N' . 2. t.'ETAANUAL: RECOLECCON . TRATAMIENTO .. GRADUALIlAO .. 3.FOAMo\ a;:TRANSACc ION: a)MANEJO PflOPO . b) I.WIEJO CON OPERADOF£5 DE RAEE (nacionales 0 extra njeros~ .. c)OTRAS FORMAS DE TAANSACCON .. 4. RfCOLECCIONDERAEE .. .. I-OGARf5 EPoFAESAS .. . CENTR)S a;. ACQPO .. .. . . .. (En case sus rrarcas hayan sidorecoecacas por los sennas colectivos} al RECOLECCON PRQPlA b) SERVCO DATOSDEl SERVCO . 5. CENTRO DE ACOPIO a) PRQPO •.••. b)OPERAOOR DE RAEE c)TEOCEROS DIAECCON . 6. TRANSPORTE . a) PROf>O b)OPERAOOR DE RAfE c) TEFCEAOS .. DIRECCION . 7.0PERAOOR DE RAEE: TRATAt.ENTO: . REGISTAO " . •. .. DIRECCON . .. .. .. .. .. .. 8.OPERAOOR DE D1SP05CION FINAL: .. .. REGISTRO Nt . . . . . .. . DIRECCON.. .. . . . •• . •• .. . 9.FORMAS DE FINANCIAIotENTO DEL MAfEJO DE RAEE PROf>O . . OT005 .. . 10.~FORJNl,CION Al ClENTE w.NUAUGUlA IJ.PRESOS .. PORTALM B . 11 . ESTRATEGIADE CO!dJNICACION YSENSIBlllZA C16NA UTIllZARSE . Firma Representante legal $ellode Ia Encresa ANE XO 3 ·SC RESUt.£N DE PLAN DE MANEJO DE RAEE (SISTEMACOl ECTIVOj 1.SISTEMA COlECTIVO: .. Apendiee: Docurrenlode acreditaci6n de representante y ls taoo de integrantes. N9 DE REG ISTRQ DEl CONTACTO . DIRECCON .. CONTACTO CAAGO . TElEFONO N· CEWLARN· .. 2. Io£TA ANUAl : (Oetatlar eilras corresponclientes acada produclof de aparatos eeceece yeIedr6nlcos): RECOLECCON . TRATAMlENTO .. . GRAOUALDAD .. . 3. FORMADE TRANSACCI6N: aj WJ£J() PROPO . 12 b) MANEJO CON OPERADORES DE AAEE (nackxlales 0 eKlranjeros}... .. .. c)OTRAS FORMASDE TRANSACCON . 4. RECOLECCIQN DE RAEE: . !'OGARE5 EJ.PRESAS .. a) RECOLECCONPROPIA b)SERVCO .. DATOSDEl SERVCO .. 5. CENTRO DE ACOPIO: a] WN CIPAL .. b}OPERAOOR DE RAfE .. c}TEFCER05 .. DIRECCON. . .. .. 6. TRANSPORTE: . .. .. .. ajPROPO . ..b)OPERAOORDE RAfE c) TEFa:ROS..... . .. DIRECCON . . . .. 7. OPERAOOR DE RAEE: TRATAIotENTO: • .. REGlSTRO N".. . . . . •• . . •• •• .. OIRECCON •• .. •• . 8.0PERAOOR DE OlSPOSlClONFINAL: .. REGISTAO" .. .. DIAECCON . 9.FORM6.S DE FINANCIAI,tENTO DEL MAtEJO OE RAEE: PRQPO .. OTRQS .. 10.INFORMACIQNAl ClENTE: MANUAL I""RESOS . PORTAL 'NEB . CA""ANAS . 11 . ESTRATEGIAS DE COt.IJNICACI6N Y SENSIBIllZACION A UTllIZARSE: 12.OBLIGACIONES DE CADA INTEGRANTE DEL SISTEMA: FINAt..eIAMENTO (INDCAR PARTIC IPANTES V toDNTO A ASUMIR) ETAPAS DE MANEJJ (INDCAA PAATClPANTES EN CADA HAPA) Firma de RepreS&f1lanle SC So" AtEXO 4·51 FORMATO DE DECLARACION ANUAl PRODUCTORES (SlSTElM ~DlVlDUAL) 1. PRODUCTOR: . . .. .. N"DE REGlSTRO .. .. .. .. DIRECCION , . CONTACTO , CARGO . TELEFONO W CELUIJIRW . 2. TRANSACCION: a) MtlNEJOPROPIO .. b) eee .o CON OPERAOORES CE RAEE (nacionaies 0 extranjeros) .. c)OTRAS FORI/ASCE TRANSACC ON .. 3. RECOLECCION a:: RAEE: a) I-()GARES TM b)EtoPRESAS TM cjCENTROSCE ACOPO TM (En caso sus «areas hayan side recoI9cladas pot los sislemas I 4.CEtmlOa:: ACOPIO: ajPOOPO bjOPERAOORCE RAEE •• .. c)TERCC OOS OI~CCON .• ..• 5.OPERADOR[E RAfE: TRATAIotENTO: . FEGISTRO tf' ---- - ..- - - -.- - DIRECCON .. . .. . .. . 6.0 PERADOR[E DlSPOSlC1ON FINAL: . REGISTRO tf' . .. . . . .. . . . ........ .. OIRECCON .•• . . . .. . .. 7.INFORI.'ACIONREOl.t:RJOA: a)GantJtlalllle RAEE IeCOlectaOos .TM b)GanbllalllleRAEE lfatackls enel pais .TM cj Ganbdalllle RAfEenviallos alenria' TM 1I1Gantidalllle RAEE lIeslfuillos .. TM 8. tlFORMACION CUALITATIVA a:: SUS SISTHMS a:: COWNICACION YCAWANAS: . ...................... Firrre Representante legal sellode Ia E~resa 13 5. INFORMACION REQUERIDA: a}Cantidad lie RAEE reccecaoos .., TM b}Cantidadde RAEEtratados enel pais TM c) Canbdad de RAEE enviados a!exterior TM d}CantidaddeRAEEdeslruklos TM 6. INFORMAC ION CUAUTATlVA ce SUS SISTEMAS Of COKINICAC16N Y CAf.IIANAS: . 7. PARTICIPACIONOf INTEGRANTES DEL SISTEMA: (Metas de recoIecdOn y lratamienlo de RAEE CIJ~s pew parE de cada producD' de AfE participame del seeee. asi com> participaticin enel linanciamientod&I siste lTlEl demB l'Wtjol. NotI.: Deoo pecserse taresponsat:6iall iIIivOJal de cadaacD' i1~nIe lIel sislema cdeclivo. AP£XOS-A FORMATO a:: DECLARAC16N ANUAL OPERADORES [E RAEE PARA TRATA NTO 1.0 PERADORDE W E: NOI.tiRE DE IJIE""RESA . DIR:CCON . REGISTRO tf' .. CONTAClO CARGO . TELEFOOO tf' .cEWIJIRN· .. 2.INSTALACIOHES DE MAtE JODE RAEE: DIRE;CCON . TEL£FONO " , . CONTACTO CARGQ .. TELEFONO N· CEWlARN· . 3.0PERAClOtES AtE XO4·SC FORtMTO DE a::CLARACION ANUAL PRODUCTORES (SISTEPM COLECTlVO) 1. SISTE PM COLECTlVO: Apencl ice: Documentode acreditaci6n de representarse y Listado lie iltegrantes. WOE REGISTOO OE LCQNTACTO .. DIRECCON•...., , . CONTACTO ., CARGO . TELEFONO N· CE WIJIRN· . 2. RECOLECCIONDE RAEE: . a) I-()GARES TM b)Et.flRESAS TM cj CENTROS DEACOPO TM 3.0PERADOR a:: RAEE: TRATAIotENTO: .. REGISTRO N' .. . . OIRECCON..• •• •• •• •• .. •.. .. 4.OPERADOR DE DISPOSICIOHFINAL: .. FEGISTRO N' . .. . .. . . . . . DIRECCON .. . . •• . .. a) Descontaminaci6f1 b) Desrnanlelamiento .. c}Prensado d)Errbaia je , e)Disposickln final de reeooce " ,,, .. 4. INFORMACION REQUERIDA: a.ceraeeo deRAEE recbdopor servcc (B28) TM b.Canlidad de RAEE recibdoenIapanta " TM c. Canlidad de RAEErececc par Sistema cce ctvo TM d.Cantidad de RAEE na uoo , TM e.Cantidad de producto conercalzado (rrercadointemo) TM I,Cantidad de produao conercalzaec(rrercadoexterior) TM g. Canlidad de RAfE destruiOOS directarrente y preparados para disposici6n linal TM h. Cantidad de Jmteria~s y lesiduos peligrosos dispuesl06 TM 5.INFORMAC16N a:: SERVICIOS: a. Cliente B29 . b. Cliente seene Colectivo .. c.Clienle Destrueei6n Directa . 6.OPERADOR DE DISPOSICIOHFINAL: . REGISTRO tf' . DIPECC ON ~..•~.••~•••~ .. Firrre RepresenlanlB Legal 5eIodB iii EI11l'E!sa ANE XO 5-8 FORMATODE DECLARACION ANUAL OPERAOORES DE RAEE PARADISPOSICION FINAL 1. OPERADOR DE RAEE: tfJt.EFE DE LAEt.f>RESA . . H H.H••• ••• ••• . DIFECCI6N L£GAl .. ••• •• .. . F£GISTRO Nt . .. . . CONTACTO .. CARGO •.H .. . TEL£FONO NO .CEWLAR N· . 2. UBICACION DELRELLENO DE SEGURIDAD: DlFECCIQN.. .. ... ... ... ... ... ... .. .. .. ... ... TEliFoNO N' H ••• ••• • ••• •••• •••••••• .. • •• ••• CON,TACTQ .H• • •••• • •• • • •••••••••••••••• CARGO H . TElffONO N" CEWLAR N· H •• • • • •• • • •• • • 3. INFORMACION REQUERIOA: a. Cantidad de RAEE recibidopol' servicio (828) TM b. Cantidad de RAEE recibido por Sistem:lColedivo .TM c,Cantidad de naareesy re scues peligrosos dispuestos TM d. Geoorador ycantdad de RAEE dispuestodireclamenle TM .................... Fuma Pepresentante legal Sellode a E/Tllresa 14 Articulo 2".- Disponer la cobuceccn de ta presente Resoluci6n Ministerial en ermane oecerEI Peruano y en el Portal de "rransparenca del Ministerio del Ambiente. Registrese. comuniquese y publiquese . MANUEL PUlGAR·VtDAL OTALORA Ministro de l Ambienle 806829-1 DEFENSA Auto rizan vt a]c de oftctal de la Mart na de Guerra a S uecta. en m tsto n de e s tud ios RESOLUCI6 N SUPREMA N" 298·2012·DElMGP lima, 26 de jur uc de 2012 veto. el Oficic N 1000-685 del Director Genera l de aoucacrcn de la Marina, de fec ha 26 de marz o de 2012; CONSIDERANOO 807070·5 Dest gnan represen tante alterno del Mlnls tcrto ante la Comtsfon Multt sect ortal creada por R S . N0 189 20 12 -PCM RESOLUCI6N MINISTERIAL N" 159-2012-MINAM l ima. 26 de junio de 2012 CONSIOERANDO : Que. med iante Reso luci6n Suprema N° 189·2012· PCM . publ icad a e l 24 de junio de 2012. se erea ta Comisi6n Mumsectc na rencargada de dise"ar y etaeerar las propuestas nc rrnenvss y ccuuces cnenteuas a ra mejora de las condiciones ambtentale s y socrates bajo las que se dee arrcltan las ec uvrcecee econ6micas. especialmente. las indu strie s extractives: la misma que eeta integrada. entre otros. por e l Ministe rio del Amb ient e - MINAM: Que. el arti culo 40 de la men cionada seecrccren Suprem a, dispon e que los Ministros designar.!ln a sus repr esentantes anemcs med iante aescrocen Minister ial. stencc que ta designaci6n del represenlanle altemo reeeera en un vrcemrn fstrc de l seclor conesccncrente: Que. en ccosecueoce . corresconce designar al representaete altemo del Ministro del Ambienle ante Ia otada ComiSi6n Multisec:toria l; Con el visado de Ia 5ecrelaria Genera l y la Oficjna de Asesoria Jurida; y. De conformidad con 10 establecido en el Decreto LegislatNo N" 1013. L ey de Creaci6n. Orga nizaei6n y Funoones del MlnlSteno delAmbl≰ el Decreto Supremo N" 007·2OQ8-M INAM que aprueba so Reglamento de OrganizaCi6n y Funciones; y, Ia Resoluci6n Suprema N" 189-20 12-PCM. SE RESUElVE: Art icul o 10 . Des ignar al ser.o r abogado Jorge Mariano GUillermo Castro Sanchez-Moreno . Vicem inistro de Gesti6nAmbiental . como representante altern o de l Minisle rio de l Ambiente anle la Com isi6n Mull isec10r ial cre ada por la Resoluci6n Sup rema N° 189·2012· PCM , Que. Ia Marina de Guerra del Peru ha conaceraoc dentro de sus pr ioridades para erenc 2012. la designaCi6n y aulorizaci6n de viaje de UN (1) OtiCial Superior para que participe en er Curso de Especializaci6n en Asuotcs Maritimos ,a impart irse en ta u nv ersd ac Maril ima Mundial de Malmo. Reinode sceee . del 1 dejuliOde 2012 al24de ncve rrcre de 2013: Que. la des ignaci6n de Personal Navar para que pamcpe en el referido Curse. resccroe a la necesidad de adquirir mayor expe rienoa en este tipo de especia hzaci6n. a tin de actualuar y complementar los ccoccsnentcs tee-cos y operativos adquiridos en los diversos curses del sistema de ensellanza naval. permitiendo al Oficial designado elevar eI nivel profesiOnal de Is Marina de Guerra del Peru . dentro del ambito accat co: Que. el citado lliaje ha side induido en el Rubfo 3: Instrucci6n Mllilar Superior (Perfeccionamienlo). hem 7. Anexo 2 (ROR) del Plan Anua l de Via}es ar Exterior del Sector Defensa Ar.o Fiscal-2012. aprobado medianle ResoluCi6n Suprema N· 014·2012·0E, de 13 de enerode 2012; Que. teoenoc en cuenta que ta durac on de ra Misi6n de Esludios abarca mas de un eje-ccc presupueatal. los pagos corresoonoentes at pencdc comprendido del 1 de julio a! 31 de diciembre de 2012. se erectuaran con cargo at Presupuesto del Sector Publ ico para elAflo Fiscal 2012; y. para corroietar er pertc cc de duraci6n de ra MIsi6n de estuetos del 1 de enero al24 de novembre de 2013 . sera con carac a! Presupuesto del Sedor Publico para et Ar.o Fiscal 2013 ; Que. es ccn vement e para los intereses institucio na les autorizar e l lIiaje a! exterior en Misi6n de Esl udios de l Capitan de cceere Oscar Arturo GA RRIOO· LECCA Hoyle . para que participe en el Curso de EspeelaliZaci6n en Asunlos Marit imos. a llevarse a cabo en la Unillersidad Ma ritima Mund ia! de Malmo, Re ino de Sueci a ; por cuanlO los conocimientos y expe rl&nc ias a adq ulnrse redu ndaran en bene fiClo de la 5eguridad Naelonal dentro del ambito de competenci a de la Marina de Guerra del Peru : Que . los gastos que ocasione Ia presen!e aulOriZaci6n de viaJ8. se efectuaran con cargo al PreSUpueslo Instl!ueional del Ar.o Fiscal 2012 de Ia Unidad Ejecutora 004 : Marina de Q.lerra del Peru. de conformidad con el Articulo 13° del Decrelo Supremo N° Q47·2002·PCM. de techa 5 de jun io de 2002; Que. el Articulo SO del Reg!amenl o de ViaJes al Exterior del Personal Milila r y Civil del sector Defensa. aprobado con el Decreto Supremo N° 002·2004-0ElSG, de fecha 26 de enero de 2004 . seriala que cuando la Misi6n de Estudios sea pOf un periodo mayor a un (1) REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL