Decreto Legislativo Nº 1451 - Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las entidades del gobierno nacional, del gobierno regional o del gobierno local, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones
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About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Agricultural and rural development
- Keywords
- institution, legal proceedings/administrative proceedings, capacity building, local government, governance
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108 NORMAS LEGALES Domingo 16 de setiembre de 2018 / El Peruano información o registros, bajo responsabilidad del Titular de en la presente Ley, puede cubrir los puestos de directivos la entidad.” con: (…) Artículo 4.- Modificación de la Ley N° 30057, Ley 3. Hasta la culminación del proceso de implementación del Servicio Civil del régimen del Servicio Civil, SERVIR está facultada Modifíquese los artículos 4 y 60, la Cuarta Disposición para llevar a cabo el proceso de selección de directivos Complementaria Final y la Primera, Tercera y Novena públicos, en los casos que se determine en el Reglamento Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° General. También lo podrá hacer, incluso en entidades 30057, Ley del Servicio Civil, y deróguese el numeral 60.5 que hayan culminado el proceso de implementación, en del artículo 60 de la misma, quedando redactados de la los supuestos que señale dicho Reglamento. siguiente manera: SERVIR promoverá el desarrollo de capacidades de las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades “Artículo 4.- Sistema administrativo de gestión de públicas para mejorar la realización de concursos públicos recursos humanos de directivos y, para ello, podrá validar a las Oficinas de El sistema administrativo de gestión de recursos Recursos Humanos que acrediten la capacidad adecuada humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de y la experiencia necesaria conduciendo procesos de Estado respecto del Servicio Civil, a través del conjunto selección meritocráticos, quedando habilitada para emitir de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos los lineamientos correspondientes”. y técnicas utilizadas por las entidades públicas en la gestión de los recursos humanos. Artículo 5.- Refrendo El sistema está integrado por: El presente Decreto Legislativo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. a) La Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR). b) Las oficinas de recursos humanos de las entidades DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL o las que hagan sus veces. c) El Tribunal del Servicio Civil. Única. Reglamentación d) La Dirección General de Gestión Fiscal de los La modificación del Reglamento General de la Ley N° Recursos Humanos del Ministerio de Economía y 30057, Ley del Servicio Civil, se emite un plazo no mayor Finanzas.” a treinta (30) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación del presente decreto legislativo, “Artículo 60.- Características de la contratación de a propuesta de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. directivos públicos POR TANTO: 60.1 Los directivos públicos son designados por un periodo de tres (3) años, renovables. Mando se publique y cumpla, dando cuenta al 60.2 Las renovaciones se realizan considerando los Congreso de la República. resultados favorables de su evaluación anual. (…)” Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de setiembre del año dos mil dieciocho. “Cuarta.- Aprobación del cuadro de puestos de la entidad (CPE) MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Créase el cuadro de puestos de la entidad (CPE) Presidente de la República como instrumento de gestión. El CPE de cada entidad se aprueba mediante resolución del Consejo Directivo de CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO SERVIR con opinión favorable de la Dirección General Presidente del Consejo de Ministros de Presupuesto Público y la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio 1692078-25 de Economía y Finanzas. Este instrumento reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y al Presupuesto Analítico de Personal (PAP). DECRETO LEGISLATIVO Las entidades nuevas y, las que no siendo nuevas Nº 1451 tengan puestos que, por mandato de la ley, deban regirse por el régimen del servicio civil, solo requieren cumplir EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA con la valorización de los puestos propuestos para implementar dicho régimen. La Dirección General de POR CUANTO: Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con SERVIR, Que, el Congreso de la República, por Ley N° 30823, aprueba la valorización”. ha delegado en el Poder Ejecutivo, la facultad de legislar en materia de gestión económica y competitividad, de “Primera.- Implementación progresiva de la Ley integridad y lucha contra la corrupción, de prevención La implementación, por las entidades públicas, y protección de personas en situación de violencia y del régimen previsto en la presente Ley se realiza vulnerabilidad y de modernización de la gestión del progresivamente, conforme a las reglas de gradualidad Estado, por un plazo de sesenta (60) días calendario; que establecen las normas reglamentarias, en el marco Que, a través del literal e) del numeral 5 del artículo 2 de de la programación de las leyes anuales de presupuesto. la citada Ley se ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad (…)” de legislar en materia de modernización a fin de fortalecer el funcionamiento de las entidades del gobierno nacional, “Tercera.- Proceso de transición de las entidades del gobierno regional o del gobierno local, a través de públicas al régimen del Servicio Civil precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones, La presente Ley y su reglamento establecen las reglas, de acuerdo, entre otros, con las recomendaciones de la procesos y metodologías que deben seguir las entidades Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos seleccionadas para el traspaso al régimen del Servicio (OCDE), y sin afectarse la Ley 27867, Ley Orgánica de Civil. Estas incluyen al menos los siguientes pasos: Gobiernos Regionales, ni la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, ni la Ley 27783, Ley de Bases de la a) Análisis Situacional respecto a los recursos Descentralización. Tales medidas no incluyen materias humanos y al desarrollo de sus funciones. relativas a la aprobación de leyes orgánicas, conforme el b) Propuesta de reorganización respecto a la artículo 104 de la Constitución Política; estructura de recursos humanos. Que, el numeral 4 del artículo 19 de la Ley N° c) Valorización de los puestos de la entidad pública.” 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como función del Presidente del Consejo de Ministros “Novena.- Ingreso de Directivos Públicos el formular, aprobar y ejecutar las políticas nacionales de modernización de la Administración Pública y las 1. La entidad pública hasta la culminación del proceso relacionadas con la estructura y organización del Estado, de implementación del régimen del Servicio Civil previsto así como coordinar y dirigir la modernización del Estado; El Peruano / Domingo 16 de setiembre de 2018 NORMAS LEGALES 109 Que, de conformidad con el artículo 41 del Reglamento Modifícanse los artículos 1, 2 y 4 del Decreto de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo Legislativo N° 92, Ley del Instituto Tecnológico Pesquero, de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 022- en los términos siguientes: 2017-PCM, la Secretaría de Gestión Pública es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional “Artículo 1.- El Instituto Tecnológico de la Producción rector del Sistema Administrativo de Modernización de (ITP) es un Organismo Técnico Especializado adscrito la Gestión Pública, el cual comprende la materia de al Ministerio de la Producción, con personería jurídica organización, estructura y funcionamiento del Estado. de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la Bajo dicha rectoría y en coordinación con los sectores coordinación, orientación, concertación y calificación de competentes, ha conducido el proceso de elaboración los Centros de Innovación Productiva y Transferencia de la propuesta de decreto legislativo en materia de Tecnológica-CITE.” modernización que consolida el conjunto de precisiones “Artículo 2.- El ITP tiene competencia en materia propuestas por los sectores en distintas normas con rango de investigación, desarrollo, innovación, adaptación, de ley, en el marco de la facultad delegada en el literal e) transformación y transferencia tecnológica, a fin de del numeral 5 del artículo 2 de la Ley N° 30823; contribuir al incremento de la competitividad, productividad Que, en ese sentido, a fin de generar un marco y calidad de las empresas y los sectores productivos, normativo claro, coherente y predictible, fortaleciendo el fomentando el aprovechamiento racional de los recursos funcionamiento de las entidades y brindando seguridad del sector producción. Asimismo, promueve el consumo jurídica a los operadores, se busca resolver imprecisiones, de recursos hidrobiológicos, productos agroindustriales inconsistencias o vacíos en las competencias, funciones y y otros productos industriales de competencia del sector regulaciones de los tres niveles de gobierno, a través de producción; y, cuando fuera necesario, la comercialización precisiones que, adoptando la forma de modificaciones, y distribución de los mismos.” incorporaciones, derogaciones o propiamente precisiones, “Artículo 4.- Son funciones del ITP: actualizan la normativa; reasignan competencias y funciones como consecuencia de transferencia de a. Planear, dirigir, coordinar, orientar, fomentar y funciones, procesos de fusión o creación de entidades; ejecutar sus investigaciones tecnológicas. aclaran el alcance de determinadas competencias o b. Promover y realizar acciones de capacitación, funciones para mejorar su cumplimiento; coadyuvan a la perfeccionamiento y especialización de personal para la mejor aplicación de la regulación; y, adecuan la regulación a investigación tecnológica, en materia de sus competencias estándares, recomendaciones o convenios internacionales; y actuando en coordinación con los Organismos Que, de conformidad con lo establecido en el literal correspondientes cuando sea necesario. e) del numeral 5 del artículo 2 de la Ley N° 30823, Ley c. Difundir y brindar servicios tecnológicos. que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar d. Coordinar con el INACAL el establecimiento de en materia de gestión económica y competitividad, de normas técnicas, a través de la participación en los integridad y lucha contra la corrupción, de prevención Comités Técnicos de Normalización. y protección de personas en situación de violencia y e. Proponer y desarrollar planes de intercambio vulnerabilidad y de modernización de la gestión del Estado; de conocimientos y de transferencia tecnológica, y el artículo 104 de la Constitución Política del Perú; mediante programas de cooperación técnica nacional e Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; internacional. Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; f. Celebrar convenios y/o contratos con personas Ha dado el Decreto Legislativo siguiente: naturales o jurídicas nacionales, extranjeras o internacionales para promover el desarrollo técnico- científico nacional en los asuntos de su competencia, con DECRETO LEGISLATIVO QUE FORTALECE sujeción a las disposiciones legales pertinentes. EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ENTIDADES g. Articular, alinear y coordinar a los CITE conforme a las políticas nacionales y sectoriales aplicables. DEL GOBIERNO NACIONAL, DEL GOBIERNO h. Apoyar y coadyuvar a que los CITE cumplan con sus funciones, metas y objetivos de manera eficiente, REGIONAL O DEL GOBIERNO LOCAL, A TRAVÉS eficaz y oportuna. DE PRECISIONES DE SUS COMPETENCIAS, i. Promover la consolidación de la Red de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, así REGULACIONES Y FUNCIONES como conducirla. j. Aprobar lineamientos de organización estándar y/o CAPÍTULO I modelo para los CITE. k. Supervisar el cumplimiento de los requisitos y DISPOSICIONES GENERALES obligaciones de los CITE. l. Promover, proponer y opinar sobre la creación de Artículo 1.- Objeto CITE públicos y ampliar la capacidad de los ya existentes, El presente decreto legislativo tiene por objeto fortalecer alineando sus servicios a las necesidades de las empresas el funcionamiento de las entidades del gobierno nacional, y productores de las diversas regiones del país. gobierno regional y local, a través de precisiones que: m. Proponer al Ministerio de la Producción la suspensión o extinción de un CITE público. a) Actualicen denominaciones, competencias y n. Realizar las acciones conducentes a hacer efectiva funciones, conforme lo dispuesto en la normativa vigente. la responsabilidad de los funcionarios involucrados en el b) Reasignen competencias y funciones, como incumplimiento de las obligaciones de los CITE públicos. consecuencia de la transferencia de funciones, procesos o. Calificar a los CITE privados como tales, siempre de fusión o creación de entidades. que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto c) Aclaren el alcance de determinadas competencias o Legislativo N° 1228 y su Reglamento. funciones, haciendo más eficaz su ejercicio. p. Retirar la calificación de los CITE privados, cuando d) Coadyuven a la mejor aplicación de la regulación, corresponda, por el incumplimiento de sus obligaciones, en concordancia con su ratio legis o razón se ser. condiciones exigidas y aquellas otras causas que se e) Adecúen la regulación a estándares, determinan en el Decreto Legislativo N° 1228 y su recomendaciones o convenios internacionales. Reglamento. q. Las demás funciones que se establezcan en el CAPÍTULO II Decreto Legislativo N° 1228 y su Reglamento.” PRECISIONES EN LA DENOMINACIÓN, Artículo 3.- Precisiones respecto a la naturaleza COMPETENCIAS, FUNCIONES Y NATURALEZA y la función educativa del Centro de Formación en DE ENTIDADES POR ACTUALIZACIÓN DE SU Turismo - CENFOTUR NORMATIVA 3.1 Precísase que el Centro de Formación en Turismo- Artículo 2.- Modificación de los artículos 1, 2 y CENFOTUR es un organismo público ejecutor adscrito 4 del Decreto Legislativo N° 92, Ley del Instituto al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo facultado Tecnológico Pesquero a otorgar los grados y títulos a nombre de la nación y
110 NORMAS LEGALES Domingo 16 de setiembre de 2018 / El Peruano otros certificados equivalentes a los emitidos por las “Artículo 9.- (…). Está integrado por un representante escuelas e institutos de educación superior, pudiendo de: desarrollar modalidades del servicio educativo y enfoques de formación en alianza con instituciones públicas y/o a. Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas privadas; asimismo, se encuentra facultado a implementar por el Estado, quien lo presidie. programas de formación continua. Dichas facultades se b. Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente. desarrollan en cumplimiento de su normativa interna, c. Viceministerio de Turismo del Ministerio de así como de la normativa emitida por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Educación, en lo que fuera aplicable. d. Gobiernos Regionales. 3.2 La obtención de los grados académicos, títulos (…).” y certificados correspondientes que el CENFOTUR se encuentra facultado a otorgar, se realiza de acuerdo a “Artículo 10.- (…), pueden participar en el Consejo las exigencias académicas y administrativas establecidas un representante de las direcciones especializadas de los conforme a su normativa interna, así como a la normativa siguientes Ministerios: emitida por el Ministerio de Educación; lo cual es aplicable también para los programas académicos, formativos, a) Ministerio de Cultura convalidación y complementariedad académica, sea (…) con entidades nacionales e internacionales. Los c) Ministerio de la Producción mencionados grados y títulos se inscriben en los registros (…).” correspondientes. Artículo 8.- Modificación de los literales a) y b) del Artículo 4.- Precisiones en el penúltimo párrafo artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto del artículo 25, en el numeral 34.2 del artículo 34 y en Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de la Sexta Disposición Final y Transitoria de la Ley N° Residuos Sólidos 28806, Ley General de Inspección del Trabajo Modifícanse los literales a) y b) del artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que 4.1 Precísase que en el penúltimo párrafo del artículo aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, 25, en el numeral 34.2 del artículo 34 y en la Sexta en los términos siguientes: Disposición Final y Transitoria de la Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, donde dice “Artículo 17.- Servicio de Certificación Ambiental Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo debe para las Inversiones Sostenibles (SENACE) decir Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral El SENACE es la autoridad competente para: -SUNAFIL. a) Conducir el proceso de evaluación del impacto 4.2 De acuerdo con lo señalado en el numeral ambiental, a través de la clasificación, evaluación y precedente, precísase que en la Sexta Disposición Final y aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental Transitoria de la Ley N° 28806, Ley General de Inspección Detallados (EIA-d), que incluye sus respectivas del Trabajo, donde dice resolución ministerial debe decir modificaciones y actualizaciones, las solicitudes de resolución de superintendencia. clasificación, los Términos de Referencia y el Plan de Participación Ciudadana, el acompañamiento en la Artículo 5.- Precisiones en el primer y tercer elaboración de Línea Base, la administración del Registro párrafo del artículo 56 del Decreto Ley N° 25593, Ley Administrativo de Certificaciones Ambientales, así como de Relaciones Colectivas de Trabajo los demás actos o procedimientos vinculados a dichas Precísase en el artículo 56 del Decreto Ley N° 25593, funciones, de proyectos de inversión pública y privada de Ley de Relaciones Colectivas del Trabajo: infraestructuras de residuos sólidos de gestión municipal, si el servicio se brinda a dos o más regiones. a) En el primer párrafo, donde dice “Ministerio de b) Conducir el proceso de evaluación del impacto Trabajo y Promoción del Empleo, a través de una oficina ambiental, a través de la clasificación, evaluación y especializada”, debe decir “Autoridad Administrativa aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental Detallados de Trabajo, de ámbito nacional o regional, según (EIA-d), que incluye sus respectivas modificaciones corresponda”. y actualizaciones, las solicitudes de clasificación, los b) En el tercer párrafo, donde dice “Oficina Términos de Referencia y el Plan de Participación especializada” debe decir “Autoridad Administrativa de Ciudadana, el acompañamiento en la elaboración de Trabajo” y, donde dice “Comisión Nacional Supervisora Línea Base, la administración del Registro Administrativo de Empresas y Valores (CONASEV)”, debe decir la de Certificaciones Ambientales, así como los demás “Superintendencia del Mercado de Valores (SMV)”. actos o procedimientos vinculados a dichas funciones, de proyectos de inversión pública y privada de infraestructuras Artículo 6.- Modificación del artículo 1 de la Ley de residuos sólidos de gestión no municipal y mixta, en N° 27692, Ley de creación de la Agencia Peruana de el caso que estos se localicen fuera de las instalaciones Cooperación Internacional - APCI industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del Modifícase el artículo 1 de la Ley N° 27692, Ley titular del proyecto o sean de titularidad de una Empresa de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Operadora de Residuos Sólidos.” Internacional - APCI, en los términos siguientes: Artículo 9.- Modificación del penúltimo párrafo “Artículo 1.- Creación de la Agencia Peruana de del artículo 19 de la Ley N° 28806, Ley General de Cooperación Internacional-APCI Inspección del Trabajo Créase la Agencia Peruana de Cooperación Modifícase el penúltimo párrafo del artículo 19 de la Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, en Internacional - APCI, como un organismo público ejecutor. los términos siguientes: Está adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores. Goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y “Artículo 19.- Estructura orgánica administrativa”. (…) En aplicación de los principios de especialización, CAPÍTULO III trabajo programado y en equipo, pueden crearse unidades y equipos de inspección especializados, PRECISIONES POR TRANSFERENCIA DE por áreas funcionales, materiales o por sectores de FUNCIONES, PROCESOS DE FUSIÓN O CREACIÓN actividad económica, de acuerdo a las necesidades de DE ENTIDADES DISPUESTOS POR LA NORMATIVA funcionamiento de los órganos desconcentrados de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral. Artículo 7.- Modificación de los literales a), b), c) y (…).” d) del artículo 9 y los literales a) y c) del artículo 10 de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas Artículo 10.- Modificación del numeral 7.1 del Modifícanse los literales a), b), c) y d) del artículo 9 y artículo 7 de la Ley N° 27470, Ley que Establece los literales a) y c) del artículo 10 de la Ley N° 26834, Ley Normas Complementarias para la Ejecución del de Áreas Naturales Protegidas, en los términos siguientes: Programa del Vaso de Leche El Peruano / Domingo 16 de setiembre de 2018 NORMAS LEGALES 111 Modifícase el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Artículo 13.- Modificación del literal c) del artículo N° 27470, Ley que Establece Normas Complementarias 21 y los literales d) y g) del artículo 23 del Decreto para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche, en los Legislativo N° 1278, que aprueba la Ley de Gestión términos siguientes: Integral de Residuos Sólidos Modifícanse el literal c) del artículo 21 y los literales d) “Artículo 7.- De los índices de distribución y g) del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1278, que (…) aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, en los términos siguientes: 7.1 El Ministerio de Desarrollo e inclusión Social-MIDIS aprueba mediante Resolución Ministerial, los índices “Artículo 21.- Gobiernos Regionales de distribución aplicables a partir del año 2020 de los recursos que se destinan para financiar el Programa del (…) Vaso de Leche de las municipalidades distritales a nivel c) Aprobar los instrumentos de gestión ambiental nacional. La ejecución y gestión del Programa del Vaso complementarios del SEIA de infraestructura de residuos de Leche se mantiene a cargo de las municipalidades, sólidos de gestión municipal, pública o privada, incluyendo así como las condiciones para la elegibilidad de sus los de recuperación o reconversión de áreas degradadas beneficiarios, fijadas por ley. por la acumulación inadecuada de residuos, cuando (…).” sirvan a dos o más provincias. (…).” CAPÍTULO IV “Artículo 23.- Municipalidades Provinciales PRECISIONES EN EL ALCANCE DE DETERMINADAS COMPETENCIAS O FUNCIONES PARA SU MEJOR (…) CUMPLIMIENTO d) Supervisar, fiscalizar y sancionar el manejo y la prestación de los servicios de residuos sólidos que realicen Artículo 11.- Modificación del numeral 2 del las Municipalidades Distritales y Empresas Operadoras artículo 5 de la Ley N° 29196, Ley de promoción de la de Residuos Sólidos a excepción de las infraestructuras producción orgánica o ecológica de residuos sólidos, que es una competencia del OEFA. Modifícase el numeral 2 del artículo 5 de la Ley N° (…) 29196, Ley de promoción de la producción orgánica o g) Aprobar los instrumentos de gestión ambiental ecológica, en los términos siguientes: complementarios del SEIA de infraestructura de residuos sólidos de gestión municipal, pública o privada, incluyendo “Artículo 5.- Competencias los de recuperación o reconversión de áreas degradadas, cuando sirvan a uno o más distritos.” (…) 2. El Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA Artículo 14.- Precisión en el artículo 7 del Decreto es la autoridad nacional encargada de la fiscalización de la producción orgánica a nivel nacional y propone la Legislativo N° 1100, Decreto Legislativo que regula la tipificación de infracciones administrativas y sanciones interdicción de la minería ilegal en toda la República y para dar garantía del producto orgánico al mercado establece medidas complementarias nacional e internacional. Precísase que las acciones de interdicción realizadas (...).” por la Policía Nacional del Perú a las que se refiere el artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1100, también están Artículo 12.- Incorporación de los literales d) y e) orientadas a realizar acciones de inteligencia destinadas a al artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto identificar las actividades de minería ilegal y las personas Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de que las realizan. Residuos Sólidos Incorpóranse los literales d) y e) al artículo 17 del Artículo 15.- Modificación del segundo párrafo del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que artículo 10 de la Ley N° 26366, Ley de creación del aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, Sistema Nacional y la Superintendencia Nacional de en los términos siguientes: los Registros Públicos Modifícase el segundo párrafo del artículo 10 de la Ley “Artículo 17.- Servicio de Certificación Ambiental N° 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los para las Inversiones Sostenibles (SENACE) Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en los términos siguientes: (…) d) Conducir el proceso de evaluación del impacto “Artículo 10°.- ambiental, a través de la clasificación, evaluación y (…) aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental La Superintendencia tiene por objeto dictar las políticas semidetallados (EIA-sd), que incluye sus respectivas y normas técnico-administrativas de los Registros Públicos modificaciones y actualizaciones, las solicitudes de estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, clasificación, los Términos de Referencia y el Plan de coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los Participación Ciudadana, la administración del Registro actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Administrativo de Certificaciones Ambientales, así como Sistema Nacional. Asimismo, está habilitada para regular los demás actos o procedimientos vinculados a dichas procedimientos administrativos de inscripción registral y funciones, de proyectos de inversión pública y privada de sus requisitos, que incluye también establecer plazos del infraestructura de residuos sólidos de gestión municipal, procedimiento registral. si el servicio se brinda a dos o más regiones. (…).” e) Conducir el proceso de evaluación del impacto ambiental, a través de la clasificación, evaluación y Artículo 16.- Precisiones en los artículos 4, 13, 23, aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental 28, 29 y la Cuarta Disposición Complementaria Final semidetallados (EIA-sd), que incluye sus respectivas de la Ley N° 29632 Ley para erradicar la elaboración y modificaciones y actualizaciones, las solicitudes de comercialización de bebidas alcohólicas informales, clasificación, los Términos de Referencia y el Plan de adulteradas o no aptas para el consumo humano Participación Ciudadana, la administración del Registro Precísase que en los artículos 4, 13, 23, 28, 29 y la Administrativo de Certificaciones Ambientales, así como Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° los demás actos o procedimientos vinculados a dichas 29632, Ley para erradicar la elaboración y comercialización funciones, de proyectos de inversión pública y privada de bebidas alcohólicas informales, adulteradas o no aptas de infraestructura de residuos sólidos de gestión no para el consumo humano, cuando se hace referencia a las municipal y mixta, en el caso que estos se localicen fuera direcciones regionales de producción, estas comprenden de las instalaciones industriales o productivas, áreas también a las unidades de organización que hagan sus de la concesión o lote del titular del proyecto o sean de veces, del Gobierno Regional de Lima, del Gobierno titularidad de una Empresa Operadora de Residuos Regional del Callao y de la Municipalidad Metropolitana Sólidos.” de Lima.
112 NORMAS LEGALES Domingo 16 de setiembre de 2018 / El Peruano Artículo 17.- Incorporación de un párrafo final al “Artículo 8.- Despacho Viceministerial de Orden artículo 9 de la Ley N° 30299, Ley de armas de fuego, Interno municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil (…) Incorpórase un párrafo final al artículo 9 de la Ley N° 3) Dirigir, coordinar, y evaluar la gestión de la 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, información de orden interno y orden público. productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso (…) civil, en los términos siguientes: 8) Planificar y coordinar las relaciones del Sector con las rondas campesinas y comunidades campesinas y “Artículo 9.- Competencias nativas; en el ámbito del orden público. (…) (…)”. El Ministerio de la Producción es competente conforme al Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Artículo 22.- Incorporación del numeral 2-A) al Organización y Funciones del Ministerio de la Producción artículo 8 y del numeral 5-A) al artículo 9 del Decreto y la Ley N° 23407 Ley General de Industrias.” Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior Artículo 18.- Incorporación del literal g) en el Incorpóranse el numeral 2-A) al artículo 8 y el numeral artículo 15 de la Ley N° 27181, Ley General de 5-A) al artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Transporte y Tránsito Terrestre Organización y Funciones del Ministerio del Interior, en los Incorpórase el literal g) en el artículo 15 de la Ley N° términos siguientes: 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en los términos siguientes: “Artículo 8.- Despacho Viceministerial de Orden Interno “Artículo 15.- De las autoridades competentes (…) (…) 2-A) Coordinar, orientar y supervisar las acciones g) El Ministerio de la Producción.” sectoriales para prevenir e investigar la comisión de delitos relacionados con el empleo de sustancias químicas, Artículo 19.- Modificación del tercer párrafo del incluidos los insumos químicos, productos y subproductos artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1158, Decreto o derivados, maquinarias y equipos utilizados para la Legislativo que dispone medidas destinadas al elaboración ilegal de drogas y minería ilegal. fortalecimiento y cambio de denominación de la (…).” Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud “Artículo 9.- Despacho Viceministerial de Modifícase el tercer párrafo del artículo 9 del Decreto Seguridad Pública Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de (…) denominación de la Superintendencia Nacional de 5-A) Proponer, coordinar y supervisar acciones de Aseguramiento en Salud, en los términos siguientes: prevención contra la violencia hacia la mujer y población vulnerable, así como el tratamiento de las víctimas, en el “Artículo 9.- Funciones de la Superintendencia marco de las competencias del sector. Nacional de Salud referidas a las Empresas de (…).” Seguros y AFOCAT (…) Artículo 23.- Precisión de las funciones asignadas La Superintendencia Nacional de Salud tiene a los Despachos Viceministeriales del Ministerio del competencia para conocer y resolver quejas y/o denuncias Interior sobre todos aquellos temas vinculados a su competencia. Precísase que las funciones de los numerales 7) (…).” y 8) del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, Artículo 20.- Incorporación de los sub numerales se encuentran asignadas al Despacho Viceministerial de 3-A) y 8-A) al numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Orden Interno del Ministerio del Interior. Legislativo N° 1266 Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior Artículo 24.- Modificación de los numerales 6) y 14) Incorpóranse los subnumerales 3-A) y 8-A) al numeral del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de la Policía Nacional del Perú Organización y Funciones del Ministerio del Interior, en los Modifícanse los numerales 6) y 14) del artículo 2 del términos siguientes: Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, en los términos siguientes: “Artículo 5.- Funciones “Artículo 2.- Funciones (…) 5.2. Funciones específicas: (…) 6) Brindar seguridad y protección al Presidente de la (…) República en ejercicio o electo, a los Jefes de Estado en 3-A) Coordinar, orientar y supervisar las acciones visita oficial, a los Presidentes de los Poderes Públicos y sectoriales para prevenir e investigar la comisión de delitos de los organismos constitucionalmente autónomos, a los relacionados con el empleo de sustancias químicas, Congresistas de la República, Ministros de Estado, así incluidos los insumos químicos, productos y subproductos como a diplomáticos, dignatarios y otras personalidades o derivados, maquinarias y equipos utilizados para la que determine el reglamento correspondiente. elaboración ilegal de drogas y minería ilegal. (…) (…) 14) Fiscalizar el cumplimiento de las normas de 8-A) Planear y coordinar las relaciones del Sector con tránsito por parte de los usuarios de la infraestructura las rondas campesinas y las Comunidades Campesinas y vial, y de manera subsidiaria las normas de transporte Nativas, conforme a las políticas públicas y la normatividad en la red vial nacional; así como garantizar, mantener y especial sobre la materia”. restablecer el libre tránsito y seguridad vial. (…)”. Artículo 21.- Modificación de los numerales 3) y 8) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Artículo 25.- Incorporación de los numerales 7-A) y Organización y Funciones del Ministerio del Interior 15-A) al artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley Modifícanse los numerales 3) y 8) del artículo 8 del de la Policía Nacional del Perú Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Incorpóranse los numerales 7-A) y 15-A) al artículo 2 Funciones del Ministerio del Interior, en los términos del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional siguientes: del Perú, en los términos siguientes: El Peruano / Domingo 16 de setiembre de 2018 NORMAS LEGALES 113 “Artículo 2.- Funciones “Artículo 13.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional conduce los Registros de las entidades (…) nacionales y extranjeras que apoyan cualesquiera de 7-A) Prevenir e investigar la comisión de delitos las modalidades de Cooperación Técnica Internacional, relacionados con el empleo de sustancias químicas, identificadas en la presente Ley. incluidos los insumos químicos, productos y subproductos La Agencia Peruana de Cooperación Internacional o derivados, maquinarias y equipos utilizados para la conduce el Registro Nacional de Organizaciones No elaboración ilegal de drogas y minería ilegal. Gubernamentales de desarrollo, receptoras de la 15-A) Garantizar el cumplimiento del Código cooperación técnica internacional.” Administrativo de Contravenciones de la Policía. (…).” CAPÍTULO V Artículo 26.- Precisión del artículo 2 de la PRECISIONES EN LA REGULACIÓN PARA Ley N° 28875, Ley que crea el Sistema Nacional COADYUVAR A SU MEJOR APLICACIÓN Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable Artículo 30.- Incorporación de un párrafo final al Precísase el artículo 2 de la Ley N° 28875, Ley que artículo 8 de la Ley N° 29196, Ley de promoción de la crea el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación producción orgánica o ecológica Internacional No Reembolsable, en los términos Incorpórase un párrafo final al artículo 8 de la Ley N° siguientes: 29196, Ley de promoción de la producción orgánica o ecológica, en los términos siguientes: “Artículo 2.- Ente rector El Ministerio de Relaciones Exteriores como ente “Artículo 8.- Certificación de los productos rector de la Cooperación Técnica Internacional, dirige y orgánicos articula el SINDCINR y prioriza las necesidades de los (...) actores públicos y privados, realizando el seguimiento, Los organismos de certificación de pequeños supervisión y evaluación de los programas, proyectos y productores se constituyen conforme a la definición de actividades. “Sistema de garantía participativo”, pudiendo registrarse Las atribuciones y responsabilidades de las bajo dicha denominación”. unidades orgánicas y/o dependencias encargadas de la cooperación internacional no reembolsable, necesarias Artículo 31.- Modificación de los numerales 7.1.1, para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en la presente 7.1.3 y 7.3 del artículo 7, el numeral 8.2 del artículo Ley, son establecidas por la legislación vigente.” 8 y los artículos 11 y 12 del Decreto Legislativo N° 1275, que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Artículo 27.- Modificación del primer y segundo Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y párrafo del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° Gobiernos Locales 27692, Ley de creación de la Agencia Peruana de Modifícanse los numerales 7.1.1, 7.1.3 y 7.3 del artículo Cooperación Internacional - APCI 7, el numeral 8.2 del artículo 8 y los artículos 11 y 12 del Modifícanse el primer y segundo párrafo del numeral Decreto Legislativo N° 1275, Decreto Legislativo que 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27692, Ley de creación de aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en los términos siguientes: en los términos siguientes: “Artículo 7. Adopción de Medidas Correctivas “Artículo 3.- Objeto (…) 3.1 La APCI está a cargo de ejecutar, programar y 7.1.1 El incumplimiento de las reglas fiscales organizar la cooperación técnica internacional, también establecidas en los literales a) y b) del artículo 6. llamada cooperación internacional no reembolsable, que (…) se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes 7.1.3 El incumplimiento de la remisión al Ministerio de del exterior de carácter público y/o privado, en función Economía y Finanzas del Compromiso de Ajuste Fiscal de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente - CAF establecido en el artículo 11, en la forma y plazos gozan de los beneficios tributarios que la ley establece establecidos en el reglamento de la presente norma, o de Se encuentran excluidas del ámbito normativo de la su evaluación favorable. presente Ley, las entidades que gestionan cooperación (…) internacional sin la participación de los organismos del Estado; salvo que hagan uso de algún privilegio, beneficio 7.3 Las medidas correctivas surten efecto hasta el 14 tributario, exoneración, utilicen de alguna forma recursos de mayo del año fiscal siguiente o hasta la publicación estatales nacionales como extranjeros o que la entidad de la Resolución Ministerial que determine las medidas cooperante originaria sea un organismo bilateral o correctivas aplicables en el año fiscal siguiente.” multilateral del que el Estado es parte. (…).” “Artículo 8. Tipos de Medidas Correctivas Artículo 28.- Precisión del numeral 3.3 del artículo (…) 3 de la Ley N° 27692, Ley de creación de la Agencia 8.2 Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales Peruana de Cooperación Internacional- APCI sujetos a medidas correctivas deben remitir al Ministerio Precísase en el numeral 3.3 del artículo 3 de la Ley de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la N° 27692, Ley de creación de la Agencia Peruana de República, antes del 31 de julio de cada año, el documento Cooperación Internacional - APCI que, cuando dice “está “Compromisos de Ajuste Fiscal” (CAF), con arreglo a lo a cargo del Director Ejecutivo de la APCI” debe decir “está dispuesto en el reglamento de la presente norma. a cargo de la APCI”.” (…).” Artículo 29.- Modificación del primer párrafo del “Artículo 11. Compromisos de Ajuste Fiscal artículo 8 y del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional 11.1 El documento “Compromisos de Ajuste Fiscal” Modifícanse el primer párrafo del artículo 8 y el artículo (CAF) es un instrumento de gestión fiscal emitido por 13 del Decreto Legislativo N° 719, Ley de Cooperación los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales sujetos Técnica Internacional, en los términos siguientes: a medidas correctivas, por haber incumplido las reglas fiscales establecidas en los literales a) y b) del artículo “Artículo 8.- La Gestión es la etapa en la cual, el 6 en el año fiscal previo, con el objeto de establecer Ministerio de Relaciones Exteriores, negocia, con el apoyo compromisos fiscales en coordinación con el Ministerio de de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, Economía y Finanzas, para lo cual realizan los ajustes en según sus competencias, las acciones y/o proyectos con la formulación presupuestal y las acciones de saneamiento las Fuentes Cooperantes. fiscal necesarias para converger al cumplimiento de las (…).” reglas fiscales.
114 NORMAS LEGALES Domingo 16 de setiembre de 2018 / El Peruano 11.2 Los Compromisos de Ajuste Fiscal son indicadores del Sistema Integrado de Información de la aprobados por el Consejo Regional o Concejo Municipal Educación Superior Universitaria, a cargo del Ministerio según corresponda y remitidos al Ministerio de Economía de Educación, de acuerdo a los parámetros que esta y Finanzas y a la Contraloría General de la República, entidad establece.” antes del 31 de julio de cada año. El contenido y forma de envío del documento “Compromisos de Ajuste Fiscal” “Décimo Primera.- Regulación de creación de (CAF), entre otros, se establecen en el reglamento de la universidades públicas presente norma. El Ministerio de Educación, en coordinación con 11.3 El Ministerio de Economía y Finanzas brinda la el Ministerio de Economía y Finanzas y la SUNEDU, asistencia técnica a los Gobiernos Regionales y Gobiernos aprueba las disposiciones que resulten necesarias para Locales según corresponda para la elaboración y remisión regular la creación de universidades públicas.” del documento “Compromisos de Ajuste Fiscal” (CAF).” Artículo 34.- Modificación de los artículos 3, 6 y “Artículo 12. Publicación de los Compromisos de de los numerales 9.4 y 9.5 del artículo 9 del Decreto Ajuste Fiscal Legislativo N° 1100, Decreto Legislativo que regula la interdicción de la minería ilegal en toda la República y 12.1 El documento “Compromisos de Ajuste Fiscal” establece medidas complementarias (CAF) es publicado en el portal institucional del Ministerio Modifícanse los artículos 3, 6 y los numerales 9.4 y de Economía y Finanzas y en el portal del Estado 9.5 del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1100, Decreto Peruano dentro de los veinte (20) días calendario luego Legislativo que regula la interdicción de la minería ilegal en de finalizado el plazo para su remisión por parte de los toda la República y establece medidas complementarias, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. en los términos siguientes: 12.2 El Ministerio de Economía y Finanzas, realiza el seguimiento mensual a los compromisos fiscales “Artículo 3.- Minería Ilegal.- Actividad minera ejercida del documento “Compromisos de Ajuste Fiscal” (CAF) por persona, natural o jurídica que realiza sin contar con mediante el Sistema Único de Información Fiscal la autorización de la autoridad administrativa competente Subnacional (SUIFS).” o sin encontrarse dentro del proceso de formalización minera integral impulsado por el Estado. Sin perjuicio de Artículo 32.- Modificación del artículos 26 y de la lo anterior, toda actividad minera ejercida en zonas en las Octava Disposición Complementaria Final de la Ley que esté prohibido su ejercicio, se considera ilegal.” N° 30220, Ley Universitaria “Artículo 6.- Información para la ejecución de Modifícanse el artículo 26 y la Octava Disposición acciones de interdicción Complementaria Final de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, en los términos siguientes: 6.1 De forma previa a la ejecución de las acciones de interdicción para una determinada zona, el Ministerio “Artículo 26. Creación de universidades Público, la Policía Nacional del Perú o el Ministerio de Las universidades públicas se crean mediante ley y Defensa, deben solicitar la siguiente información: las universidades privadas se constituyen por iniciativa de sus promotores. a) Al Ministerio de Energía y Minas: La relación Los proyectos de ley de creación de universidades detallada de las personas que se encuentren en proceso públicas debe contar con opinión técnica favorable del de formalización minera de la zona de interés. Ministerio de Educación y del Ministerio de Economía y b) A las Direcciones Regionales de Energía y Minas Finanzas, a fin de asegurar su pertinencia, financiamiento o las que hagan sus veces: La relación detallada de y sostenibilidad”. los titulares mineros de su competencia que cuenten con la autorización respectiva, así como la relación de “Octava. Representantes de las universidades maquinaria autorizada para tal fin y sus propietarios. ante órganos colegiados Precísase que toda referencia efectuada a la ANR para En el caso de Lima Metropolitana, se considera que designe o proponga representantes ante órganos como autoridad competente a la Dirección General de colegiados, según la legislación vigente, debe entenderse Minería del Ministerio de Energía y Minas, en tanto no realizada a los rectores de las universidades públicas y se transfieran tales funciones en el marco del proceso de privadas, quienes participan del proceso de elección con descentralización. votación secreta o designación de representantes, que para tal efecto convoque el Ministerio de Educación, en 6.2 Esta información debe ser remitida a la entidad su calidad de ente rector de la Política de Aseguramiento solicitante encargada de las acciones de interdicción, en de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, a un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a pedido de los referidos órganos colegiados. El Ministerio partir de la solicitud, bajo responsabilidad y con carácter de Educación, coordina con la Oficina Nacional de de Declaración Jurada. Procesos Electorales - ONPE la asistencia técnica 6.3 La relación de maquinarias autorizadas que indica necesaria para el desarrollo de los procesos de elección el presente artículo es exigible una vez que se implemente que correspondan, así como para la elaboración de los el Registro de Maquinarias que dispone el artículo 12 del reglamentos de elecciones. Decreto Legislativo N° 1100. Para el caso de la minería en Los representantes ante órganos colegiados vías de formalización, será exigible una vez que culmine designados antes de la implementación de lo dispuesto el plazo de vigencia del proceso de formalización minera en el primer párrafo, que se encuentren ejerciendo dicha integral establecido en el artículo 6 del Decreto Legislativo representación, continuarán en sus funciones hasta la N° 1293.” culminación de las mismas. Sin perjuicio de lo antes señalado, las universidades “Artículo 9.- Acciones del Estado para el públicas y privadas pueden crear e integrar las asociaciones Ordenamiento de la minería en pequeña escala de universidades que consideren conveniente.” (…) Artículo 33.- Incorporación de un último párrafo 9.4 El otorgamiento de la autorización de inicio/ al artículo 11 y una Décimo Primera Disposición reinicio de operaciones mineras sin el cumplimiento de Complementaria Final a la Ley N° 30220, Ley los requisitos del otorgamiento del derecho minero, la Universitaria Certificación Ambiental o aprobación del instrumento Incorpóranse un último párrafo al artículo 11 y una de gestión ambiental aplicable; el derecho de usar el Décimo Primera Disposición Complementaria Final terreno superficial correspondiente al área en donde se a la Ley N° 30220, Ley Universitaria, en los términos ejecutan las actividades mineras; así como otros permisos siguientes: y autorizaciones que sean requeridos en la legislación vigente, determina la responsabilidad funcional de la “Artículo 11. Transparencia de las universidades autoridad correspondiente. (…) 9.5 Para ser calificado Pequeño Productor Minero Las universidades públicas y privadas brindan o Productor Minero Artesanal, el titular minero debe información confiable y oportuna vinculada a los presentar la declaración jurada bienal ante la Dirección El Peruano / Domingo 16 de setiembre de 2018 NORMAS LEGALES 115 General de Formalización Minera o la que haga sus veces “Segunda.- Los titulares de los derechos otorgados del Ministerio de Energía y Minas, señalando cumplir con por el SERNANP realizan una retribución al Estado, que las condiciones establecidas en el artículo 91 del Texto puede ser monetaria a través del pago por derecho de Único Ordenado de la Ley General de Minería aprobado vigencia y/o de aprovechamiento y no monetaria como por Decreto Supremo N° 014-92-EM.” contraprestación de servicios. La recaudación por el aprovechamiento de los recursos naturales renovables Artículo 35.- Modificación de los literales g), k) y del recurso natural paisaje deben ser invertidos en y m) del artículo 2 de la Ley N° 26834, Ley de Áreas acciones de conservación y monitoreo del recurso y sus Naturales Protegidas medidas de adaptación y mitigación del cambio climático; Modifícanse los literales g), k) y m) del artículo 2 de la así como en acciones de gestión, mantenimiento de Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, en los infraestructura, seguridad, entre otros relacionados a términos siguientes: la mejora de los servicios al visitante del Área Natural Protegida (ANP) en donde se generaron. “Artículo 2.- La protección de las áreas a que se Los criterios para el establecimiento de la retribución, refiere el artículo anterior tiene como objetivos: forma, plazos de pago y la distribución de lo recaudado a las ANP que lo generaron, son fijados por el SERNANP (…) mediante resolución del SERNANP.” g. Mantener la base de recursos, incluyendo los genéticos, que permita desarrollar opciones para Artículo 37.- Modificación de los literales a), b) mejorar los sistemas productivos, encontrar medidas de y c) del artículo 16 del Decreto Legislativo N° 1278, adaptación que aseguren la conservación a largo plazo Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas frente a los efectos del Integral de Residuos Sólidos cambio climático y servir de sustento para investigaciones Modifícanse los literales a), b) y c) del artículo 16 del científicas. Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que (…) aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, k. Proporcionar oportunidades para la recreación y el en los términos siguientes: esparcimiento al aire libre, así como para un desarrollo turístico sostenible basado en las características naturales “Artículo 16.- Organismo de Evaluación y y culturales del país. Fiscalización Ambiental (OEFA) (…) (…) m. Restaurar ecosistemas degradados. (…).” a) Regular el ejercicio de sus funciones de supervisión, fiscalización y sanción del manejo de residuos sólidos Artículo 36.- Incorporación del artículo 17-A y la aplicables a los titulares de infraestructuras de residuos Segunda Disposición Complementaria a la Ley N° sólidos, sean estos Municipalidades Provinciales y/o 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas Distritales de acuerdo a sus competencias o Empresas Incorpóranse el artículo 17-A y la Segunda Disposición Operadoras de Residuos Sólidos. Complementaria a la Ley N° 26834, Ley de Áreas b) Supervisar, fiscalizar y sancionar el manejo Naturales Protegidas, en los términos siguientes: de residuos sólidos que realicen los titulares de infraestructuras de residuos sólidos, sean estas “Artículo 17A.- Los derechos otorgados por el municipalidades provinciales y/o distritales de acuerdo a SERNANP tienen los siguientes plazos de vigencia: sus competencias o Empresas Operadoras de Residuos 17A.1 Con relación al aprovechamiento del recurso Sólidos, en el caso que ésta se localice fuera de las natural paisaje: instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto. Cuando se a) Concesión para el aprovechamiento del recurso trate de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos, la natural paisaje con fines turísticos, hasta por cuarenta presente disposición es aplicable a éstas, se encuentren (40) años renovables. o no inscritas en el Registro de Empresas Operadoras de b) Contratos de servicios turísticos, hasta por diez (10) Residuos Sólidos. años renovables. c) Supervisar, fiscalizar y sancionar el cumplimiento c) Autorización para el desarrollo de actividades de los Instrumentos de Gestión Ambiental para las turísticas en predios de propiedad privada, por el plazo de operaciones de recuperación y reconversión de las áreas vigencia del proyecto turístico o plan de acción aprobado. degradadas por residuos sólidos, sea que estén bajo d) Acuerdos para la prestación de servicios turísticos, responsabilidad del sector público o privado. hasta por dos (02) años renovables. (…).” e) Permiso para actividades eventuales con fines turísticos y recreativos, por el periodo que dure la Artículo 38.- Precisiones en los numerales 32.1 del actividad, no pudiendo ser mayor a quince (15) días. artículo 32; 43.1 del artículo 43; 50.2 del artículo 50; 57.1, 57.3 y 57.5 del artículo 57; 78.1 del artículo 78; en el literal 17A.2 Con relación al manejo y aprovechamiento c) del artículo 92; en el numeral 96.1 del artículo 96; en sostenible de los recursos de flora y de fauna Silvestre el literal d) del numeral 119.1 y en el numeral 119.3 del en ANP: artículo 119; en el numeral 123.2 del artículo 123; en el artículo 128 y en el numeral 136.2 del artículo 136 de la a) Contrato para el aprovechamiento sostenible de Ley N° 27809, Ley General del Sistema Concursal recursos de flora y fauna silvestre, hasta por veinte (20) años renovables. 38.1 Precísase que las publicaciones a las que hacen b) Acuerdo de actividad menor, hasta por cinco (05) referencia los numerales 32.1 del artículo 32; 43.1 del años renovables. artículo 43; 50.2 del artículo 50; 57.1, 57.3 y 57.5 del c) Autorización para realizar caza deportiva en las artículo 57; 78.1 del artículo 78; el literal c) del artículo áreas naturales protegidas, hasta por cinco (05) años 92; el numeral 96.1 del artículo 96; el literal d) del numeral renovables. 119.1 y el numeral 119.3 del artículo 119; el numeral 123.2 d) Autorización para el aprovechamiento de árboles del artículo 123; el artículo 128 y el numeral 136.2 del caídos naturalmente sin fines comerciales, hasta por tres artículo 136 de la Ley N° 27809, Ley General del Sistema (3) meses no renovable. Concursal, se realizan en el Boletín Concursal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección 17A.3 Para investigaciones: de la Propiedad Intelectual - Indecopi. 38.2 De acuerdo con lo dispuesto en el numeral a) Autorización para investigación al interior de Áreas precedente, se precisa con relación al Boletín Concursal Naturales Protegidas de administración nacional, hasta del Indecopi que: por dos (02) años renovables. Los criterios para determinar la vigencia de los 1. Es el medio de difusión de los actos a los que se derechos otorgados para cada caso y las causales de refiere el numeral 38.1, salvo que la propia Ley General del la perdida de los derechos otorgados, son establecidos Sistema Concursal establezca una forma de publicación mediante resolución del SERNANP. distinta.
116 NORMAS LEGALES Domingo 16 de setiembre de 2018 / El Peruano 2. Se publica con la periodicidad que corresponda de acuerdo al trámite de los procedimientos y está disponible, Artículo 42.- Precisión respecto al órgano del de forma permanente, libre y gratuita a través del portal Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a cargo web institucional del Indecopi. del Registro Nacional de Empresas y Entidades que 3. Con la publicación en el Boletín Concursal a que Realizan Actividades de Intermediación Laboral se refiere el artículo 38.1, se considera que toda persona Precísase que toda mención a la Dirección de Empleo y toma conocimiento de los actos contenidos en dicha Formación Profesional de ámbito nacional en la Ley 27626, publicación. Ley que regula la actividad de las empresas especiales 4. La publicación en el Boletín Concursal no reemplaza de servicios y de las cooperativas de trabajadores, su a las modalidades de notificación de actos administrativos Reglamento y en normas complementarias, se refiere a la previstas en el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Dirección General de Trabajo o la que haga sus veces del Ley del Procedimiento Administrativo General. Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 39.- Incorporación de la definición de Artículo 43.- Incorporación de la Cuarta “Función inspectiva” en el artículo 1 y del artículo Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29831, 10-A en la Ley N° 28806, Ley General de Inspección Ley de Organización y Funciones del Ministerio de del Trabajo Trabajo y Promoción del Empleo Incorpóranse la definición de “Función inspectiva” Incorpórase la Cuarta Disposición Complementaria en el artículo 1 y el artículo 10-A en la Ley N° 28806, Final de la Ley N° 29831, Ley de Organización y Funciones Ley General de Inspección del Trabajo, en los términos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en los siguientes: términos siguientes: “Artículo 1.- Objeto y definiciones “Cuarta.- Recursos de revisión previstos con (…) anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Función inspectiva, es la actividad que comprende Legislativo N° 1272 el ejercicio de la vigilancia y exigencia del cumplimiento Precísase que subsiste el recurso administrativo de del ordenamiento sociolaboral y de seguridad y salud en revisión, en los casos previstos en normas de rango infra el trabajo, así como de brindar orientación y asistencia legal expedidas con anterioridad a la entrada en vigencia técnica.” del Decreto Legislativo N° 1272, Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento “Artículo 10-A. Acciones previas al inicio de Administrativo General y deroga la Ley N° 29060, Ley del las actuaciones inspectivas de investigación o Silencio Administrativo”. comprobatorias La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral Artículo 44.- Modificación del literal a) del numeral (SUNAFIL) previo al inicio de las actuaciones inspectivas 29.1 del artículo 29 de la Ley N° 28131, Ley del Artista de investigación o comprobatorias, puede practicar Intérprete y Ejecutante diligencias preliminares para obtener el cumplimiento de Modifícase el literal a) del numeral 29.1 del artículo 29 la obligación objeto de la investigación.” de la Ley N° 28131, Ley del Artista Intérprete y Ejecutante, en los términos siguientes: Artículo 40.- Modificación de la definición de “Sistema de Inspección del Trabajo” y de la “Artículo 29.- Requisitos para la actuación del denominación y definición del “Procedimiento artista extranjero administrativo sancionador en materia socio laboral” contenidas en el artículo 1 de la Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo 29.1 El artista extranjero, para actuar en el país, debe Modifícanse la definición de “Sistema de Inspección acreditar lo siguiente: del Trabajo” y la denominación y definición del “Procedimiento administrativo sancionador en materia a) Contrato de trabajo artístico puesto en conocimiento socio laboral” contenidas en el artículo 1 de la Ley N° de la Autoridad Administrativa de Trabajo competente. 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, en los (...).” términos siguientes: Artículo 45.- Modificación del literal a) del artículo “Artículo 1.- Objeto y definiciones 7 de la Ley N° 29981, Ley que crea la Superintendencia (…) Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), modifica Sistema de Inspección del Trabajo, es un sistema la Ley 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, y único, polivalente e integrado, constituido por el conjunto la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales de normas, órganos, servidores públicos y medios que Modifícase el literal a) del artículo 7 de la Ley N° contribuyen al adecuado cumplimiento de la normativa 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de sociolaboral, de seguridad y salud en el trabajo y cuantas Fiscalización Laboral (SUNAFIL), modifica la Ley 28806, otras materias le sean atribuidas. Ley General de Inspección del Trabajo, y la Ley 27867, (…) Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en los términos Procedimiento administrativo sancionador en la siguientes: inspección del trabajo, es el procedimiento administrativo especial que se inicia siempre de oficio con la notificación “Artículo 7. Estructura orgánica del documento de imputación de cargos, que comprende La Superintendencia Nacional de Fiscalización los actos y diligencias conducentes a la determinación de Laboral, para el cumplimiento de sus fines, cuenta con la la existencia o no de la responsabilidad administrativa en estructura orgánica básica siguiente: la comisión de infracciones en materia socio laboral y a la labor inspectiva, así como por infracciones en materia a) Alta dirección: Consejo Directivo y Superintendencia. de seguridad y salud en el trabajo advertidas mediante (…).” las actas de infracción derivadas de actuaciones de investigación o comprobatorias de la inspección del Artículo 46.- Modificación del numeral 13) del trabajo. artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la (…).” Policía Nacional del Perú Modifícase el numeral 13) del artículo 5 del Decreto Artículo 41.- Precisión en la Ley N° 29381 sobre el Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, Viceministerio del Ministerio de Trabajo y Promoción en los términos siguientes: del Empleo a cargo de la materia migración laboral Precísase que la materia de migración laboral señalada “Artículo 5.- Derechos del personal policial en la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de (…) competencia exclusiva y excluyente del Ministerio de 13) Reconocimiento de beneficios económicos por Trabajo y Promoción del Empleo, se encuentra a cargo de cambio de residencia cuando pase a la situación de retiro, su Viceministerio de Trabajo. En el ámbito externo, este con excepción de que este sea por medida disciplinaria, coordina con el Ministerio de Relaciones Exteriores.” insuficiencia profesional, sentencia judicial con pena El Peruano / Domingo 16 de setiembre de 2018 NORMAS LEGALES 117 privativa de la libertad efectiva, u otra causal que se Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales establezca en el reglamento de la ley. y de Fauna Silvestre (…)”. Modifícanse los artículos 6 y 7 del Decreto Legislativo N° 1085, Ley que crea el Organismo de Supervisión de los Artículo 47.- Precisiones en el Decreto Legislativo Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, en los términos N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú respecto a siguientes: la denominación de los órganos de la Policía Nacional del Perú “Artículo 6.- Jefe del OSINFOR 47.1 Precísase en el Decreto Legislativo N° 1267, Ley 6.1 El OSINFOR, está a cargo de un Jefe. Los de la Policía Nacional del Perú, que donde dice: mecanismos de concurso para su elección se aprueban mediante decreto supremo. Para ser Jefe de OSINFOR a) “Alta Dirección”, debe decir “Alto Mando”. se requiere como mínimo: b) “Dirección General”, debe decir “Comandancia General”. a) Ser profesional con no menos de diez años de c) “Sub Dirección”, debe decir “Sub Comandancia ejercicio, General”. (…) d) “Comité de Asesoramiento”, debe decir “Estado Mayor General”. 6.2 Incompatibilidades para ser designado Jefe No puede ser Jefe de OSINFOR: 47.2 Lo dispuesto en el numeral precedente no modifica ni afecta la estructura orgánica de la Policía Nacional, ni las (…).” competencias, funciones ni atribuciones de sus unidades de organización. Tampoco genera grados policiales. “Artículo 7.- Estructura administrativa básica El OSINFOR tiene la siguiente estructura administrativa Artículo 48.- Precisiones en el artículo IX del Título básica: Preliminar, el numeral 9) del artículo 5, el numeral 2) del artículo 6 y en los artículos 23 y 39 del Decreto 7.1 Órganos de Alta Dirección: Jefatura y Gerencia Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú General. (…)”. 48.1 Precísase que los símbolos y distintivos institucionales a los que hace referencia el artículo IX Artículo 52.- Incorporación de párrafos en los del Título Preliminar del Decreto Legislativo N° 1267, literales e) y f) del artículo 8 de la Ley N° 27332, Ley corresponden a todo el personal policial. Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión 48.2 Precísase que el asesoramiento y defensa legal Privada en los Servicios Públicos regulada en el numeral 9) del artículo 5 y en el artículo Incorpóranse un segundo párrafo en los literales e) y 39 del Decreto Legislativo N° 1267, tiene alcance para la f) del artículo 8 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los jurisdicción militar policial. Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los 48.3 Precísase que la prohibición para emitir opiniones Servicios Públicos, en los siguientes términos: o declaraciones en nombre de la Policía Nacional del Perú a la que se refiere el numeral 2) del artículo 6 del Decreto “Artículo 8.- Incompatibilidades para ser designado como miembro del Consejo Directivo Legislativo N° 1267, incluye opiniones o declaraciones sobre asuntos de índole personal utilizando el uniforme o (…) distintivos institucionales, salvo autorización expresa del e) (…) comando. Precísase que el plazo al que se refiere el párrafo 48.4 Precísase que los Frentes Policiales a los que anterior, no aplica para viceministros y directores hace referencia el artículo 23 del Decreto Legislativo N° generales de los ministerios o funcionarios de rango 1267, dependen de la Sub Comandancia General de la equivalente, que se hayan desempeñado en subsectores Policía Nacional del Perú o la que haga sus veces. que no guardan afinidad con el organismo regulador. f) (…) Artículo 49.- Precisión en el numeral 8.6 del artículo Lo dispuesto en el párrafo anterior no es de aplicación 8 de la Ley N° 30435, Ley que crea el Sistema Nacional para aquellos servicios prestados que no están vinculados de Focalización (SINAFO) directamente con la materia de regulación del Organismo Precísase que la Clasificación Socio Económica Regulador. En el Reglamento del concurso público para certificada por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la selección de los postulantes al cargo de Presidente establecida en el numeral 8.6 del artículo 8 de la Ley N° y miembros del Consejo Directivo de los Organismos 30435, no es de aplicación a lo dispuesto en la Ley N° 27829, Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Ley que crea el Bono Familiar Habitacional su Reglamento Públicos se regula lo señalado en el presente párrafo.” aprobado por Decreto Supremo N° 013-2007-VIVIENDA y Reglamentos Operativos correspondientes. Artículo 53.- Precisión del literal d) del artículo 7 de la Ley N° 27692, Ley de creación de la Agencia Artículo 50.- Incorporación de un tercer párrafo Peruana de Cooperación Internacional - APCI al artículo 122 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Precísase el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 27692, Concesiones Eléctricas Ley de creación de la Agencia Peruana de Cooperación Incorpórase un tercer párrafo al artículo 122 del Decreto Internacional - APCI, en los siguientes términos: Ley, Ley de Concesiones Eléctricas, en los términos siguientes: “Artículo 7.- Funciones Son funciones del Consejo Directivo: ““Artículo 122.- (…) (…) Si durante el procedimiento de otorgamiento de d) Aprobar el Plan Estratégico Institucional. concesión definitiva o autorización, se presenten casos (…).” de integración vertical que no califican como actos de concentración conforme a la normatividad de la materia, el Artículo 54.- Modificación del artículo 10 del Ministerio de Energía y Minas evalúa el otorgamiento del Decreto Legislativo N° 719, Ley de Cooperación respectivo derecho eléctrico, conforme a las condiciones Técnica Internacional definidas mediante decreto supremo refrendado por el Modifícase el artículo 10 del Decreto Legislativo N° Ministro de Energía y Minas y el Ministro de Economía y 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, en los Finanzas.” siguientes términos: Artículo 51.- Modificación de los artículos 6 y “Artículo 10.- Las organizaciones responsables de la 7 del Decreto Legislativo N° 1085, Ley que crea el ejecución de los proyectos de Cooperación de carácter No
118 NORMAS LEGALES Domingo 16 de setiembre de 2018 / El Peruano Gubernamental, diseñan mecanismos de programación, “Artículo 29.- Tipos de Calidades Migratorias. Son gestión, administración, seguimiento y evaluación, en el tipos de Calidades Migratorias, las siguientes: marco de las normas jurídicas que se establezcan.” 29.1. Temporal: Permite el ingreso y permanencia de Artículo 55.- Modificación del artículo 8 y 10 de la un extranjero en el territorio de la República, sin ánimo Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del de residencia. Son Calidades Migratorias Temporales las Ministerio de Comercio Exterior y Turismo siguientes: Modifícanse los artículos 8 y 10 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de (…) Comercio Exterior y Turismo, en los términos siguientes: j. Consular “Artículo 8.- Del Ministro Para el extranjero a quien el Ministerio de Relaciones El Ministro es la más alta autoridad política del Exteriores del Perú le reconoce la Calidad Migratoria Sector, formula las políticas nacionales en su sector, consular acreditada ante el Estado Peruano. ejecuta y supervisa su aplicación en armonía con la Es otorgada por el Ministerio de Relaciones política general de gobierno. (…)”. Exteriores. El plazo de permanencia lo establece el Ministerio de “Artículo 10.- De la Secretaría General Relaciones Exteriores. La Secretaría General está a cargo del Secretario General, quien es la más alta autoridad administrativa k. Diplomático del Ministerio, pudiendo asumir por delegación expresa del Ministro las materias que correspondan a éste y que Para el extranjero a quien el Ministerio de Relaciones no sean privativas de su función de Ministro de Estado”. Exteriores del Perú le reconoce la Calidad diplomática acreditada ante el Estado Peruano. Artículo 56.- Precisión del epígrafe del artículo 17 Es otorgada por el Ministerio de Relaciones del Decreto Legislativo N° 1272, Decreto Legislativo Exteriores. que aprueba la Ley de Gestión de Residuos Sólidos El plazo de permanencia lo establece el Ministerio de Precísase el epígrafe del artículo 17 del Decreto Relaciones Exteriores.” Legislativo N° 1272, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión de Residuos Sólidos, en los siguientes Artículo 59.- Refrendo términos: El presente Decreto Legislativo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. “Artículo 17.- Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES (SENACE)” Primera.- Adecuación de normas reglamentarias CAPÍTULO VI Los ministerios competentes adecúan las normas reglamentarias que correspondan conforme las PRECISIONES EN LA REGULACIÓN CONFORME A precisiones efectuadas en el presente decreto legislativo, ESTÁNDARES, RECOMENDACIONES O CONVENIOS en un plazo no mayor a ciento veinte (120) días. INTERNACIONALES Segunda.- Adecuación de Reglamentos de Artículo 57.- Modificación del penúltimo párrafo Organización y Funciones del numeral 7 del artículo 3 del Decreto Ley N° 26126, Los ministerios y organismos públicos del Poder Ley orgánica de la CONASEV Ejecutivo, gobiernos regionales y municipalidades, de Modifícase el penúltimo párrafo del numeral 7 del corresponder, adecúan sus reglamentos de organización artículo 3 del Decreto Ley N° 26126, Ley Orgánica de la y funciones conforme a las precisiones de competencias CONASEV, en los términos siguientes: y funciones efectuadas en el presente decreto legislativo que les sean aplicables, en un plazo no mayor a ciento “Artículo 3. Atribuciones del Superintendente del veinte (120) días. Mercado de Valores Tercera.- En el plazo máximo de noventa (90) días (…) calendario siguientes a la publicación del presente 7. Disponer investigaciones e inspecciones previa decreto legislativo, el Consejo Directivo del Indecopi notificación, o sin la misma. emite la Directiva que regule la implementación de la (…) modalidad de publicación en el Boletín Concursal que La SMV puede adicionalmente recibir el testimonio de precise los órganos del Indecopi responsables del Boletín terceras personas y solicitarles la exhibición de libros y Concursal, el contenido de la publicación, el régimen documentos. En el marco de la celebración de convenios de Fe de Erratas; así como las otras disposiciones y/o para el cumplimiento de sus fines institucionales, la necesarias para su aplicación. Lo dispuesto en el artículo SMV como autoridad del mercado de valores puede, 38 del presente Decreto Legislativo entra en vigencia dentro o fuera de una investigación o inspección, requerir a los noventa (90) días calendarios siguientes de su a cualquier sociedad de auditoría, la documentación publicación en el Diario Oficial El Peruano. relacionada con la auditoría o revisión de estados Cuarta- El tercer párrafo del artículo 122 del financieros que éstas hubieran realizado, incluyendo Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, copias de cualquier información o documentación incorporado por el artículo 50 del presente decreto relacionada con este servicio, de cualquier persona legislativo, entra en vigencia al día siguiente de la jurídica o patrimonio autónomo, aun cuando éstas no publicación de su reglamentación, la cual es aprobada participen en el mercado de valores. Dicha información en un plazo no mayor a treinta (30) días. puede ser compartida con otras autoridades en el Quinta.- En un plazo no mayor de sesenta (60) días marco de los convenios de cooperación recíproca o de publicado el presente decreto legislativo, el Ministerio memorandos de entendimiento de la Organización de Educación aprueba los reglamentos de elecciones a Internacional de Comisiones de Valores a los cuales la los que se refiere la Octava Disposición Complementaria SMV se haya adherido. Final de la Ley N° 30220, modificada por el artículo 32 (…).” del presente decreto legislativo. Artículo 58.- Incorporación de los literales j) y k) en DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA el numeral 29.1 del artículo 29 del Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones Única.-. Derogatoria Incorpóranse los literales j) y k) en el numeral 29.1 Derógase la Segunda Disposición Final de la Ley N° del artículo 29 del Decreto Legislativo N° 1350, Decreto 28875, Ley que crea el Sistema Nacional Descentralizado Legislativo de Migraciones, en los siguientes términos: de Cooperación Internacional No Reembolsable. El Peruano / Domingo 16 de setiembre de 2018 NORMAS LEGALES 119 POR TANTO: 20.1.3 Por publicación en el Diario Oficial o en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional, Mando se publique y cumpla, dando cuenta al salvo disposición distinta de la ley. Adicionalmente, la Congreso de la República. autoridad competente dispone la publicación del acto en el respectivo Portal Institucional, en caso la entidad Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince cuente con este mecanismo. días del mes de setiembre del año dos mil dieciocho. (…) MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO 20.4. El administrado interesado o afectado por el acto Presidente de la República que hubiera consignado en su escrito alguna dirección electrónica que conste en el expediente puede ser CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO notificado a través de ese medio siempre que haya dado Presidente del Consejo de Ministros su autorización expresa para ello. Para este caso no es de aplicación el orden de prelación dispuesto en el numeral 1692078-26 20.1. La notificación dirigida a la dirección de correo DECRETO LEGISLATIVO electrónico señalada por el administrado se entiende válidamente efectuada cuando la entidad reciba la Nº 1452 respuesta de recepción de la dirección electrónica señalada por el administrado o esta sea generada en EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA forma automática por una plataforma tecnológica o sistema informático que garantice que la notificación ha POR CUANTO: sido efectuada. La notificación surte efectos el día que conste haber sido recibida, conforme lo previsto en el Que, el Congreso de la República, mediante numeral 2 del artículo 25. Ley N° 30823, ha delegado en el Poder Ejecutivo la En caso de no recibirse respuesta automática de facultad de legislar en materia de gestión económica recepción en un plazo máximo de dos (2) días hábiles y competitividad, de integridad y lucha contra la contados desde el día siguiente de efectuado el acto de corrupción, de prevención y protección de personas notificación vía correo electrónico, se procede a notificar en situación de violencia y vulnerabilidad y de por cédula conforme al inciso 20.1.1, volviéndose a modernización de la gestión del Estado, por un plazo computar el plazo establecido en el numeral 1 del artículo de sesenta (60) días calendario; 24 de la presente ley. Que, en ese sentido, el literal c.1) del inciso 5, recogido Para la notificación por correo electrónico, la autoridad en el artículo 2 del citado dispositivo legal, establece administrativa, si lo considera pertinente, puede emplear la facultad de legislar en materia de modernización del firmas y certificados digitales conforme a lo estipulado en Estado, con el fin de simplificar trámites administrativos, la ley de la materia. mediante la modificación de la Ley Nº 27444, Ley del La entidad que cuente con disponibilidad tecnológica Procedimiento Administrativo General; puede asignar al administrado una casilla electrónica Que, de conformidad con lo establecido el literal c) del gestionada por esta, para la notificación de actos inciso 5, del artículo 2 de la Ley Nº 30823 y el artículo 104 administrativos, así como actuaciones emitidas en el de Constitución Política del Perú; marco de cualquier actividad administrativa, siempre que Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, cuente con el consentimiento expreso del administrado. Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Mediante decreto supremo del sector, previa opinión Ha dado el Decreto Legislativo siguiente: favorable de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, puede DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA LA aprobar la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica. LEY Nº 27444, LEY DEL PROCEDIMIENTO En ese caso, la notificación se entiende válidamente ADMINISTRATIVO GENERAL efectuada cuando la entidad la deposite en el buzón electrónico asignado al administrado, surtiendo efectos el Artículo 1. Objeto día que conste haber sido recibida, conforme a lo previsto El presente Decreto Legislativo tiene por objeto en el numeral 2 del artículo 25. Asimismo, se establece la implementación de la modificar la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. casilla única electrónica para las comunicaciones y notificaciones de las entidades del Estado dirigidas a los Artículo 2. Modificación de los numerales 20.1 administrados. Mediante Decreto Supremo refrendado y 20.4 del artículo 20, los numerales 34.1 y 34.2 del por la Presidencia del Consejo de Ministros se aprueban los criterios, condiciones, mecanismos y plazos para la artículo 34, el artículo 36, el artículo 36-A, el artículo 36-B, los numerales 37.1, 37.2 y 37.4 del artículo 37, implementación gradual en las entidades públicas de la los numerales 38.1, 38.3, 38.5, 38.7 y 38.8 del artículo casilla única electrónica.” 38, numeral 44.2 del artículo 44, el numeral 45.1 del artículo 45, el numeral 48.2 del artículo 48, el numeral “Artículo 34. Procedimientos de evaluación previa 49.1 del artículo 49, el artículo 49-A, los numerales con silencio negativo 202.3 y 202.5 del artículo 202, el numeral 2 del artículo 233-A, el artículo 237-A de la Ley Nº 27444, Ley del 34.1 Excepcionalmente, el silencio negativo es Procedimiento Administrativo General. aplicable en aquellos casos en los que la petición del Modifíquense los numerales 20.1 y 20.4 del artículo administrado puede afectar significativamente el interés 20, los numerales 34.1 y 34.2 del artículo 34, el artículo público e incida en los siguientes bienes jurídicos: la salud, 36, el artículo 36-A, el artículo 36-B, los numerales 37.1, el medio ambiente, los recursos naturales, la seguridad 37.2 y 37.4 del artículo 37, los numerales 38.1, 38.3, 38.5, ciudadana, el sistema financiero y de seguros, el mercado 38.7 y 38.8 del artículo 38, el numeral 44.2 del artículo 44, de valores, la defensa comercial, la defensa nacional y el numeral 45.1 del artículo 45, el numeral 48.2 del artículo el patrimonio cultural de la nación, así como en aquellos 48, el numeral 49.1 del artículo 49, el artículo 49-A, los procedimientos de promoción de inversión privada, numerales 202.3 y 202.5 del artículo 202, el numeral 2 del procedimientos trilaterales, procedimientos de inscripción artículo 233-A, el artículo 237-A de la Ley Nº 27444, Ley registral y en los que generen obligación de dar o hacer del Procedimiento Administrativo General. del Estado y autorizaciones para operar casinos de juego y máquinas tragamonedas. “Artículo 20. Modalidades de notificación La calificación excepcional del silencio negativo se produce en la norma de creación o modificación del 20.1 Las notificaciones son efectuadas a través de las procedimiento administrativo, debiendo sustentar técnica siguientes modalidades, según este respectivo orden de y legalmente su calificación en la exposición de motivos, prelación: en la que debe precisarse la afectación en el interés público y la incidencia en alguno de los bienes jurídicos (…) previstos en el párrafo anterior.