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Decreto Legislativo Nº 1339 - Modifica el Decreto Legislativo Nº 1126, sobre medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas

Made 2017-01-05 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Act
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Energy, Environment
Keywords
hazardous substances, hazardous waste, public health, internal trade, international trade, soil pollution/quality, use restrictions, registration, pollution control, oil, transport/storage
Categories
*, energy

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  1. Artículo 1º.- Modifican diversos artículos del Decreto Legislativo Nº 1126 Modifícanse, la definición de usuario y el segundo párrafo de artículo 2, los artículos 4, 5, 6, 7, 9, 10, 12, 16 y 17, el quinto párrafo del artículo 18, el primer párrafo del artículo 19, los artículos 27, 32 y 34, el primer párrafo del artículo 36, y los artículos 47 y 48 del Decreto Legislativo Nº 1126 Decreto Legislativo que establece medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas, y normas modificatorias, en los términos siguientes:

  2. “Artículo 2.- Definiciones Para efectos del presente decreto legislativo, se entiende por: DECRETO LEGISLATIVO Nº 1339 (...) Usuario: A la persona natural o jurídica, sucesiones EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA indivisas u otros entes colectivos que desarrollan una o más actividades señaladas en el artículo 3, que cuenten POR CUANTO: o no con inscripción en el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados. Que, mediante Ley Nº 30506, Ley que delega en (...) el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia Mediante decreto supremo, a propuesta de la SUNAT, de reactivación económica y formalización, seguridad refrendado por el titular del Ministerio de Economía y ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento Finanzas y el Ministerio del Interior, se especifican las y reorganización de Petroperú S.A., el Congreso de la partidas y sub partidas arancelarias de las maquinarias y República ha delegado la facultad de legislar en un plazo equipos objeto de control.” de noventa (90) días calendario; Que, mediante el literal d) del numeral 2) del artículo “Artículo 4.- Competencias en el registro, control 2º de la misma Ley, se otorga facultades para legislar en y fiscalización materia de seguridad ciudadana, a fin de adoptar medidas Corresponde a la SUNAT: de prevención social de la delincuencia y participación ciudadana, sin afectar los derechos fundamentales de la a) Implementar, desarrollar y mantener el registro, persona humana; así como ejercer el control y fiscalización de los bienes Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1126, Decreto fiscalizados, para lo cual ejerce todas las facultades que Legislativo que establece medidas para el registro, control le otorgan el presente decreto legislativo y demás normas y fiscalización de los Bienes Fiscalizados (incluyendo vinculadas. Dicho control incluye, entre otros, el ingreso, maquinarias y equipos) que, directa o indirectamente, permanencia, transporte o traslado y salida de bienes puedan ser utilizados en la elaboración de drogas ilícitas; fiscalizados, así como la distribución, hacia y desde el Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1126 territorio aduanero y en el territorio nacional, sin perjuicio establece las condiciones para ejercer actividades de las competencias de otras entidades del Estado, de sujetas a control; sin embargo, no prevé las limitaciones conformidad con la legislación vigente. para otorgar autorizaciones para el funcionamiento b) Encargarse del control y fiscalización, entre otros, de empresas de este tipo en zonas sujetas a régimen de la documentación que contenga la información sobre el especial; empleo de los bienes fiscalizados y de aplicar sanciones Que, asimismo resulta conveniente modificar el administrativas. Decreto Legislativo N.º 1126, a fin de fortalecer el Registro c) Atender las consultas sobre el sentido y alcance para el Control de Bienes Fiscalizados ampliando las del presente decreto legislativo, en los temas de su causales de suspensión y baja del mismo, así como para competencia. dictar disposiciones para mejorar el control de los referidos bienes a efecto de evitar su desvío para la producción de Las consultas se presentan por escrito ante la SUNAT drogas ilícitas que debe dar respuesta en un plazo no mayor de noventa Que, en consecuencia, resulta necesario regular días hábiles computados desde el día hábil siguiente a su el supuesto indicado a efectos de poder combatir presentación. La falta de contestación en el citado plazo debidamente la elaboración y comercialización de drogas no implica la aceptación de los criterios expresados en el ilícitas; referido escrito. 68 NORMAS LEGALES Viernes 6 de enero de 2017 / El Peruano La presentación de la consulta no exime del precisa en quienes recae la responsabilidad del manejo cumplimiento de las obligaciones establecidas por de los bienes fiscalizados. el presente decreto legislativo, su reglamento, las 3. Los establecimientos en los que se realicen resoluciones de superintendencia y otras normas actividades vinculadas al presente decreto legislativo, se vinculadas, ni interrumpe los plazos establecidos en las encuentran ubicados en zonas accesibles de acuerdo a lo referidas normas para dicho efecto. que establece el reglamento. El usuario no puede interponer recurso alguno contra 4. Los establecimientos en los que se realicen la contestación de la consulta, pudiendo hacerlo, de ser el actividades con bienes fiscalizados, con excepción de caso, contra el acto o actos administrativos que se dicten los derivados de hidrocarburos, vinculadas al presente en aplicación de los criterios contenidos en ella.” Decreto Legislativo, no podrán estar ubicados en las zonas sujetas a régimen especial. El reglamento establece las

  3. “Artículo 5. Insumos químicos y productos actividades a que se refiere del presente numeral fiscalizados 5. El usuario, sus directores y representantes legales Los insumos químicos, productos y sus subproductos no tengan sentencia condenatoria firme vigente por haber o derivados, que puedan ser utilizados para la elaboración presentado documentación y/o información falsa para de drogas ilícitas, son fiscalizados, cualquiera sea su obtener la incorporación, renovación, modificación o denominación, concentración, forma o presentación. actualización de la información en el registro. Mediante decreto supremo, a propuesta de la SUNAT, refrendado por el titular del Ministerio del Interior y del Para estos efectos, se puede requerir el apoyo de Ministerio de Economía y Finanzas en el marco de sus parte de la PNP para la verificación de los requisitos competencias, se especifican los insumos químicos, señalados en el presente artículo. productos y sus subproductos o derivados, objeto de El usuario que realiza actividades fiscalizadas de control. acuerdo al presente Decreto Legislativo y que, de En el referido decreto supremo se debe indicar las acuerdo a las normas del subsector hidrocarburos, deba denominaciones que se utilizan en el ámbito nacional o encontrarse inscrito en el Registro de Hidrocarburos internacional para referirse a cualquiera de estos insumos y habilitados en el Sistema de Control de Órdenes de químicos, productos y sus subproductos o derivados Pedido - SCOP para operar, debe contar con la inscripción que figuran en el Sistema Armonizado de Designación vigente en el registro a fin de mantener su inscripción en y Codificación de Mercancías (SA) de la Organización el Registro de Hidrocarburos y su habilitación en el SCOP. Mundial de Aduanas (OMA).” La inscripción en el registro es personal e intransferible.”

  4. “Artículo 6. Registro Créase el Registro para el Control de los Bienes “Artículo 9. Baja definitiva de la inscripción en el Fiscalizados que contiene toda la información relativa registro a los bienes fiscalizados, así como del usuario y sus La SUNAT procede a la baja definitiva de la inscripción actividades. en el registro, cuando se presente alguno de los supuestos La SUNAT es la responsable de la implementación, siguientes: del desarrollo y del mantenimiento del registro. Para tal efecto, puede suscribir convenios de cooperación con las 1. El usuario, alguno de sus accionistas, socios instituciones que estime pertinentes. o integrantes, representantes legales, directores o La información del Registro de Hidrocarburos responsables del manejo de los bienes fiscalizados, administrado por el Organismo Supervisor de la Inversión tenga sentencia condenatoria firme vigente por delito de en Energía y Minería - OSINERGMIN forma parte del comercio clandestino vinculado a los referidos bienes o registro. por delito de tráfico ilícito de drogas o delitos conexos. La SUNAT, mediante resolución de superintendencia, 2. El usuario, alguno de sus accionistas, representantes establece: legales, directores o responsables del manejo de los bienes fiscalizados, tenga sentencia condenatoria 1. La información, las condiciones, características, firme vigente por haber presentado documentación requisitos y niveles de acceso al registro por parte de y/o información falsa para obtener la incorporación, la Policía Nacional del Perú - PNP y terceros. Para la renovación, modificación o actualización de la información autorización del acceso a la PNP, se tiene en cuenta en el registro. lo señalado en el artículo 3º, numeral 3.3 del Decreto 3. El usuario incurre en la misma causal de suspensión Legislativo Nº 1241, Decreto Legislativo que fortalece la de inscripción en el registro por tres veces dentro del lucha contra el tráfico ilícito de drogas. período de dos años calendario. 2. Los procedimientos, plazos y demás condiciones, así como los requisitos que debe cumplir el usuario para La baja de la inscripción en el registro obliga al cese la incorporación, renovación y permanencia en el registro. inmediato de las actividades relacionadas con los bienes 3. Los supuestos en los cuales de oficio, procede fiscalizados.” a la inscripción, suspensión, baja y modificación o actualización de la información en el registro.” “Artículo 10. Suspensión de la inscripción en el registro

  5. Artículo 7.- De las condiciones para ejercer Como medida precautelatoria, a solicitud de la SUNAT actividades sujetas a control o del Ministerio Público, el juez penal competente puede El usuario, para desarrollar cualquiera de las disponer la suspensión de la inscripción en el registro actividades fiscalizadas en el presente decreto legislativo, cuando el usuario o alguno de sus accionistas, socios requiere contar con su inscripción vigente en el registro. e integrantes, representantes legales o directores y Para ser incorporado al registro, así como para responsables del manejo de los bienes fiscalizados, mantenerse en él, se requiere previamente que el usuario se encuentren involucrados en una investigación por se encuentre activo y con condición diferente a “no comercio clandestino vinculado a bienes fiscalizados o habido” en el Registro Único de Contribuyentes y reúna, tráfico ilícito de drogas o delitos conexos. entre otros, los siguientes requisitos: La SUNAT también procede a suspender la inscripción en el registro, cuando se presente alguno de los supuestos 1. Cumplir las condiciones y controles mínimos de siguientes, cuando: seguridad sobre los bienes fiscalizados tendientes a evitar el desvío hacia actividades ilícitas. 1. En el proceso de evaluación previa o controles 2. El usuario, sus directores, representantes legales posteriores, se verifique el uso de instrumento falso y responsables del manejo de los bienes fiscalizados no o presentación de información falsa, para obtener tengan o no hayan tenido sentencia condenatoria firme por la incorporación, renovación, o la modificación o tráfico ilícito de drogas o delitos conexos. El reglamento actualización de la información del registro. El Peruano / Viernes 6 de enero de 2017 NORMAS LEGALES 69 2. El usuario no permita el ingreso de los funcionarios 2. El usuario de gasolinas, gasoholes, diesel y sus públicos encargados del control y fiscalización de los mezclas con biodiesel, surtidas por los establecimientos bienes fiscalizados a sus establecimientos, inscritos o de venta al público de combustibles directamente desde no, hasta por dos veces dentro del período de dos años el surtidor y/o dispensador al tanque de la nave o vehículo calendario. automotor para el transporte terrestre, fluvial y lacustre, 3. La inscripción del usuario en el Registro de de acuerdo a las necesidades inherentes de la actividad Hidrocarburos y la habilitación en el SCOP se encuentre que desarrollan.” suspendida. 4. El usuario no presenta la información relativa a los “Artículo 17. Autorización para el ingreso y salida registros de operaciones o sin cumplir con las condiciones de bienes fiscalizados establecidas. El ingreso y salida del territorio nacional de bienes 5. Se verifique, en los controles posteriores, fiscalizados requieren de autorización. la presentación de información falsa referida a las La SUNAT otorga la autorización al usuario que se operaciones u ocurrencias que se informan al registro de encuentre en el registro y que hubiere cumplido con operaciones. presentar la información de sus operaciones a que se 6. El usuario no presenta o exhibe la información o refiere el artículo 12. documentación requerida por la SUNAT en el ejercicio de La autorización se requiere, inclusive, en el caso que las funciones de control y fiscalización. los bienes fiscalizados ingresen o salgan del territorio 7. El usuario omita el registro diario de operaciones o nacional por envío postal, envíos de entrega rápida u otros lo lleve con retraso por dos veces dentro del período de declarados bajo el régimen simplificado de importación o dos años calendario. exportación y material de uso aeronáutico. 8. El usuario no actualice la información del registro La SUNAT, mediante resolución de superintendencia, conforme las condiciones establecidas. establece la forma, plazo y condiciones para el 9. El usuario realice actividades fiscalizadas referidas otorgamiento de la autorización.” a los bienes fiscalizados con usuarios no inscritos en el registro. “Artículo 18. Facultad de denegar, cancelar o 10. El comerciante minorista, que realice operaciones suspender la autorización de venta directa al público en las zonas geográficas bajo régimen especial, no exija la presentación del documento (...) de identidad al público adquiriente de bienes fiscalizados, Asimismo, la SUNAT deniega o suspende la por dos veces dentro del período de dos años calendario. autorización cuando el usuario o alguno de sus accionistas, 11. El usuario no comunica las operaciones inusuales representantes legales o directores y responsables del de bienes fiscalizados que tome conocimiento durante el manejo de los bienes fiscalizados se encuentre sometido desarrollo de sus actividades por dos veces dentro del a investigación fiscal o proceso judicial por tráfico ilícito de período de dos años calendario. drogas o delitos conexos, o cuando se encuentren indicios razonables del posible desvío de bienes fiscalizados El usuario que incurra en alguno de los supuestos como resultado de las notificaciones previas a la que hace mencionados en el párrafo anterior es suspendido en el referencia el artículo 24. registro hasta que subsane las causales que la originaron, (...)” de ser el caso, o las causales se extingan. Cuando se realice la suspensión de un usuario en “Artículo 19. Margen de tolerancia en las el registro, debe realizarse también la suspensión de autorizaciones la inscripción en el Registro de Hidrocarburos y de la Para el ingreso y salida de bienes fiscalizados al habilitación en el SCOP.” territorio nacional solo se permite un margen de tolerancia de hasta el 5% del peso total autorizado para mercancías

  6. “Artículo 12. Obligación de registrar sus a granel y hasta el 2% para mercancías envasadas. operaciones (...)” El usuario debe llevar y mantener el registro de sus operaciones de ingreso, egreso, producción, uso, “Artículo 27. Guía de remisión que sustenta el transporte y almacenamiento de los bienes fiscalizados, traslado de bienes fiscalizados dependiendo de la actividad económica que desarrolle, El transporte o traslado de bienes fiscalizados requiere con excepción de la persona que en virtud a su actividad de la guía de remisión, debiendo quien lo efectúe: educativa de investigación o científica, requiera por única vez utilizar bienes fiscalizados, en las cantidades a) Mantenerla en su poder mientras dure el transporte establecidas y siempre que justifiquen el uso lícito de o traslado; o, estos y de los importadores de muestras de insumos b) En caso de documentos emitidos y otorgados químicos, solo cuando tienen por finalidad demostrar electrónicamente, facilitar a la SUNAT, a través de sus características, pudiendo ser estas con o sin valor cualquier medio, y en la forma y condiciones que aquella comercial. señale mediante la resolución de superintendencia, la Mediante resolución de superintendencia, la SUNAT información que permita identificar en su base de datos, establece la forma, plazos y demás condiciones, para los documentos que sustentan el traslado, durante este o la presentación y preservación de la información de incluso después de haberse realizado. sus operaciones, así como los demás registros de operaciones que resulten pertinentes, y la forma, plazo Para efecto de lo señalado en el párrafo anterior, y condiciones para la aplicación de las excepciones es aplicable lo establecido en el Reglamento de establecidas.” Comprobantes de Pago u otras normas que emita la SUNAT.

  7. “Artículo 16. Excepciones a la obligación de La SUNAT, mediante resolución de superintendencia, inscripción en el registro puede establecer controles especiales al transporte Están exceptuados de lo previsto en el artículo 6: o traslado de bienes fiscalizados. Entre los referidos controles, se puede disponer que cuando la guía de 1. El comercio minorista para uso doméstico y remisión sea otorgada electrónicamente, quien efectúe artesanal de los bienes fiscalizados, salvo en los casos el transporte o traslado debe portar la representación que expresamente se indique lo contrario. impresa de ese documento.” En el decreto supremo a que se refiere el artículo 5 se definen los bienes fiscalizados que son considerados Artículo 32. Bienes fiscalizados involucrados en la de uso doméstico y artesanal, así como las cantidades, comisión de delitos frecuencias, volúmenes y grado de concentración en que La SUNAT procede a la incautación de los bienes pueden ser comercializados para este fin. fiscalizados, así como de los medios de transporte 70 NORMAS LEGALES Viernes 6 de enero de 2017 / El Peruano utilizados para su traslado cuando en el ejercicio de sus 4. Nombre de quien recibe y su firma, o la constancia funciones de control y fiscalización detecte la presunta de la negativa. comisión de los delitos previstos en los artículos 272 y 5. Fecha en que se realiza la notificación. 296-B del Código Penal, debiendo comunicar a la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público para las acciones La notificación efectuada conforme al presente correspondientes.” dispositivo y la contemplada en el inciso e), efectuada en el domicilio legal, se considera válida mientras el

  8. Artículo 34.- Régimen Especial para el control de usuario no haya comunicado el cambio del mencionado Bienes Fiscalizados domicilio. Establézcase que en las áreas ubicadas en zonas La notificación con certificación de la negativa a geográficas de producción cocalera, se implemente un la recepción se entiende realizada cuando el usuario o Régimen Especial para el control de Bienes Fiscalizados. tercero a quien está dirigida la notificación o cualquier El régimen especial comprende medidas complementarias persona mayor de edad y capaz que se encuentre en el a las establecidas en el presente Decreto Legislativo domicilio legal del destinatario rechace la recepción del vinculadas al control de actividades detalladas en el documento que se pretende notificar o, recibiéndolo, Reglamento sobre Bienes Fiscalizados. se niegue a suscribir la constancia respectiva y/o no Mediante Decreto Supremo, refrendado por el proporciona sus datos de identificación, sin que sea Ministerio del Interior, se fijan las zonas geográficas bajo relevante el motivo de rechazo alegado. este Régimen Especial, detallando el ámbito provincial o b) Por medio de sistemas de comunicación distrital, según cada zona. electrónicos, siempre que se pueda confirmar la entrega por la misma vía.

  9. “Artículo 36. Control de hidrocarburos en las zonas Tratándose del correo electrónico u otro medio geográficas bajo Régimen Especial electrónico aprobado por la SUNAT que permita la Establézcase que la inscripción en el Registro de transmisión o puesta a disposición de un mensaje de Hidrocarburos del OSINERGMIN tiene un plazo de datos o documento, la notificación se considera efectuada vigencia máximo de un año, para los usuarios que realizan al día hábil siguiente a la fecha del depósito del mensaje actividades con hidrocarburos en las zonas geográficas de datos o documento. sujetas al Régimen Especial establecido en el presente La SUNAT, mediante resolución de superintendencia, decreto legislativo. establece los requisitos, formas, condiciones, el El Ministerio de Energía y Minas y el Ministerio de procedimiento y los sujetos obligados a seguirlo, así como Economía y Finanzas pueden establecer las cuotas de las demás disposiciones necesarias para la notificación hidrocarburos que cada usuario podrá comercializar en por los medios referidos en el segundo párrafo del las zonas geográficas sujetas al Régimen Especial, para presente inciso. lo cual solicitará opinión técnica al OSINERGMIN. c) Por constancia administrativa, cuando por cualquier (...)” circunstancia el usuario, su representante o apoderado, se haga presente en las oficinas de la SUNAT.

  10. “Artículo 47. Infracciones y sanciones El acuse de notificación por constancia administrativa El incumplimiento de las obligaciones señaladas en el debe contener, como mínimo, los datos indicados en el presente decreto legislativo, constituye infracción a este, segundo párrafo del inciso a) y señalar que se utilizó esta independientemente de las acciones de naturaleza civil o forma de notificación. penal a que hubiere lugar. d) Cuando el usuario tenga la condición de no hallado La sanción aplicable a las referidas infracciones es la o no habido, de acuerdo a las normas tributarias, la incautación. SUNAT realiza la notificación de la siguiente forma: Mediante decreto supremo, a propuesta de la SUNAT, refrendado por el titular del Ministerio de Economía y 1. Mediante acuse de recibo, entregado de manera Finanzas en el marco de sus competencias, se establece personal al usuario, al representante legal o apoderado, la tabla de infracciones y sanciones administrativas por el o con certificación de la negativa a la recepción efectuada incumplimiento del presente decreto legislativo, así como por el encargado de la diligencia, según corresponda, en el procedimiento sancionador respectivo a cargo de la el lugar en que se los ubique. Tratándose de personas SUNAT.” jurídicas o empresas sin personería jurídica, la notificación puede ser efectuada con el representante legal en el

  11. “Artículo 48. Órgano sancionador lugar en que se le ubique, con el encargado o con algún La SUNAT aplica las sanciones a las infracciones dependiente de cualquier establecimiento del usuario o establecidas en el reglamento del presente decreto con certificación de la negativa a la recepción, efectuada legislativo.” por el encargado de la diligencia. 2. Mediante la publicación en la página web de la

  12. Artículo 2º.- INCORPORACIÓN DE ARTÍCULOS SUNAT o, en el diario oficial o, en el diario de la localidad Y DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA AL DECRETO encargado de los avisos judiciales o en su defecto, en uno LEGISLATIVO Nº 1126 de mayor circulación de dicha localidad. Incorpóranse los artículos 6-A y 6-B, dos últimos párrafos al artículo 11, y el artículo 39-A al Decreto La publicación, en lo pertinente, debe contener el Legislativo Nº 1126 y normas modificatorias, en los nombre, denominación o razón social de la persona términos siguientes: notificada, el número de RUC o número del documento de identidad que corresponda, la numeración del documento

  13. “Artículo 6-A. Notificación en el que consta el acto administrativo, así como la La notificación de los actos administrativos se realiza, mención a su naturaleza y a otros actos a que se refiere indistintamente, por cualquiera de las siguientes formas: la notificación. 3. Por las formas establecidas en los incisos b), c) y e) a) Por correo certificado o por mensajero, en el del presente artículo. domicilio legal con acuse de recibo o con certificación de Cuando la notificación no pueda ser realizada en el la negativa a la recepción efectuada por el encargado de domicilio legal del usuario por cualquier motivo imputable la diligencia. a este distinto a las situaciones descritas en el primer El acuse de recibo debe contener, como mínimo: párrafo de este inciso, puede emplearse la forma de notificación a que se refiere el numeral 1. Sin embargo, 1. Apellidos y nombres, denominación o razón social en el caso de la publicación a que se refiere el numeral del usuario. 2, esta debe realizarse en la página web de la SUNAT y 2. Número de RUC del usuario o número del además en el diario oficial o en el diario de la localidad documento de identificación que corresponda. encargado de los avisos judiciales o, en su defecto, en 3. Número de documento que se notifica. uno de mayor circulación de dicha localidad. El Peruano / Viernes 6 de enero de 2017 NORMAS LEGALES 71 e) Cuando en el domicilio legal no hubiera persona “Artículo 39-A. Abandono capaz alguna o estuviera cerrado, se fija un cedulón en Si no fuera posible identificar o señalar a quién se le dicho domicilio. Los documentos a notificarse se dejan en devuelve los bienes fiscalizados, estos son considerados sobre cerrado, bajo la puerta, en el domicilio legal. en situación de abandono, lo cual debe consignarse en El acuse de la notificación por cedulón debe contener, la resolución judicial, disposición fiscal o resolución de la como mínimo: SUNAT respectiva, según corresponda. Procede también el abandono de los bienes 1. Apellidos y nombres, denominación o razón social fiscalizados si la persona señalada no cumple con del usuario. recogerlos en un plazo de veinte días hábiles de haber 2. Número de RUC del usuario o número del notificado la SUNAT la puesta a disposición. documento de identificación que corresponda. En estos casos, los bienes fiscalizados son adjudicados 3. Número de documento que se notifica. al Estado actuando la SUNAT en su representación, la 4. Fecha en que se realiza la notificación. que puede disponer de los mismos aplicando lo señalado 5. Dirección del domicilio legal donde se realiza la en el artículo 39º.” notificación. 6. Número de cedulón. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES 7. El motivo por el cual se utiliza esta forma de notificación. PRIMERA.- VIGENCIA 8. La indicación expresa de que se ha procedido a fijar El presente Decreto Legislativo entrará en vigencia a el cedulón en el domicilio legal, y que los documentos a los treinta (30) días de su publicación en el Diario Oficial notificar se han dejado en sobre cerrado, bajo la puerta. “El Peruano”, excepto la Segunda, Tercera Disposición Complementaria Final y todas las disposiciones En caso que en el domicilio no se pudiera fijar el complementarias modificatorias, las cuales entran en cedulón ni dejar los documentos materia de la notificación, vigencia al día siguiente de la publicación. la SUNAT notifica conforme a lo previsto en el inciso d). Cuando el usuario hubiera fijado un domicilio procesal SEGUNDA.- BAJA EN EL REGISTRO PARA EL y la forma de notificación a que se refiere el inciso a) no CONTROL DE BIENES FISCALIZADOS pueda ser realizada por encontrarse cerrado, hubiera A la fecha de entrada en vigencia del presente decreto negativa a la recepción, o no existiera persona capaz para legislativo, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de la recepción de los documentos, se fija en el domicilio Administración Tributaria (SUNAT) procede a dar de baja procesal una constancia de la visita efectuada y se en el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados: procede a notificar en el domicilio legal. Existe notificación tácita cuando no habiéndose a) La inscripción de los usuarios que solo tengan verificado notificación alguna o esta se hubiere realizado establecimientos ubicados en las zonas geográficas sin cumplir con los requisitos legales, la persona a quien sujetas al Régimen Especial para el control de Bienes ha debido notificarse una actuación efectúa cualquier acto Fiscalizados, en los que realicen actividades con o gestión que demuestre o suponga su conocimiento. Se bienes fiscalizados, con excepción de los derivados de considera como fecha de la notificación aquella en que se hidrocarburos. practique el respectivo acto o gestión. b) A los establecimientos en los que se realicen Tratándose de las formas de notificación referidas actividades con bienes fiscalizados, con excepción de en los incisos a), b), e) y la publicación señalada en el los derivados de hidrocarburos, ubicados en las zonas numeral 2) del primer párrafo y en el segundo párrafo del geográficas sujetas al Régimen Especial para el control inciso d) del presente artículo, la SUNAT debe efectuar de Bienes Fiscalizados.” la notificación dentro de un plazo de quince días hábiles contados a partir de la fecha en que emitió el documento TERCERA.- PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN materia de la notificación, más el término de la distancia, PREVIA CON SILENCIO NEGATIVO de ser el caso.” Los procedimientos de inscripción, modificación o actualización y renovación de los registros a cargo de la

  14. “Artículo 6-B. Efecto de las notificaciones SUNAT, conforme a los Decretos Legislativos Nº 1103 y Las notificaciones surten efectos desde el día hábil 1126, son de evaluación previa siéndoles de aplicación el siguiente al de su recepción, entrega o depósito, según silencio administrativo negativo. sea el caso. En el caso de las notificaciones a que se refiere el DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS numeral 2) del primer párrafo del inciso d) del artículo 6-A MODIFICATORIAS estas surten efectos a partir del día hábil siguiente al de la publicación en el diario oficial, en el diario de la localidad PRIMERA.- MODIFICACIÓN DEL DECRETO encargado de los avisos judiciales o en uno de mayor LEGISLATIVO Nº 1266 circulación de dicha localidad, aun cuando la entrega Incorpórese el numeral 11) al artículo 5º y el Título del documento en el que conste el acto administrativo VII. FACULTAD SANCIONADORA al Decreto Legislativo notificado que hubiera sido materia de publicación, se Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio produzca con posterioridad. del Interior, y modificase el artículo 11º en los términos La publicación señalada en el segundo párrafo del siguientes: inciso d) del artículo 6-A surte efecto desde el día hábil siguiente al de la última publicación, aun cuando la entrega “Artículo 5.- Funciones del documento en que conste el acto administrativo El Ministerio del Interior tiene las siguientes funciones: notificado se produzca con posterioridad. Las notificaciones por publicación en la página 5.1. Funciones rectoras: web surten efectos a partir del día hábil siguiente a su (...) incorporación en dicha página.” 11) Ejecutar coactivamente las sanciones impuestas en materia de garantías personales e inherentes al orden

  15. “Artículo 11. Control y fiscalización público, rifas con fines sociales y colectas públicas.” (...)

  16. “Artículo 11.- Policía Nacional del Perú Cuando la SUNAT presuma la comisión de infracción, La Policía Nacional del Perú es una institución del puede inmovilizar los bienes fiscalizados, los medios de Estado con calidad de órgano ejecutor, dependiente del transporte que se utilizan para su traslado, los libros, Ministerio del Interior. La Constitución Política del Perú, archivos, documentos y registros en general, por un la Ley de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento período no mayor de diez días hábiles, prorrogables por determinan su organización y funciones. un plazo igual. (...) 72 NORMAS LEGALES Viernes 6 de enero de 2017 / El Peruano Título VII FACULTAD SANCIONADORA

  17. Artículo 21.- Facultad sancionadora y de ejecución coactiva El Ministerio del Interior, en cumplimiento de sus funciones, tiene la facultad de sancionar la infracción de los procedimientos administrativos o resoluciones que emita y ejecutar la sanción coactivamente en materia de garantías personales e inherentes al orden público, rifas con fines sociales y colectas públicas.

  18. Artículo 22.- Sanciones El Ministerio del Interior aplica, según la gravedad de la infracción cometida, conforme a su reglamento, las siguientes sanciones: 1) Amonestación escrita; 2) Multa sobre la base de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente y hasta un máximo de cien (100) UIT, de acuerdo con la gravedad de la infracción, según cuadro de infracciones, establecido en el reglamento respectivo. 3) Cancelación de la resolución autoritativa.” SEGUNDA.- INCORPORACIÓN DE DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1266 Incorpóranse la Octava y Novena Disposición Complementaria Final al Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, en los términos siguientes: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES (...) OCTAVA.- TIPIFICACION DE INFRACCIONES La tipificación de infracciones por el incumplimiento del presente decreto legislativo se efectúa mediante Decreto Supremo, de conformidad con lo establecido en el artículo 230 numeral 4) de la Ley Nº 27444. NOVENA.- REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR En un plazo de treinta (30) días hábiles a partir de la vigencia del presente Decreto Legislativo, el Ministerio del Interior aprueba, mediante decreto supremo, el reglamento del procedimiento administrativo sancionador, calificación de infracciones, requisitos para su aplicación, establecimiento de escalas de sanciones y criterios de gradualidad en materia de garantías personales e inherentes al orden público, rifas con fines sociales y colectas públicas.” DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. Deroga artículo del Decreto Legislativo Nº 1126 Derógase el artículo 50º del Decreto Legislativo Nº 1126, Decreto Legislativo que establece medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas; y normas modificatorias. POR TANTO: Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de enero del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1471014-5

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