Decreto Legislativo Nº 1260 - Decreto Legislativo que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú
Made 2016-12-07 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Peru
- Subjects
- Environment
- Keywords
- hazards, institution, legal proceedings/administrative proceedings, hazardous waste, hazardous substances, early warning system, biosafety, capacity building, community management, fire management, governance
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Artículo 1.- Objeto ocasionadas con materiales peligrosos que pongan en La presente norma regula la adecuación del organismo riesgo la vida humana, el medio ambiente y/o el patrimonio público ejecutor “Cuerpo General de Bomberos Voluntarios público o privado. del Perú” a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, modifica e) Atender emergencias médicas y atención pre- su denominación por Intendencia Nacional de Bomberos hospitalaria de conformidad con la normativa emitida por del Perú y regula el Cuerpo General de Bomberos el Sector Salud. Voluntarios del Perú. f) Participar en las acciones de primera respuesta en desastres naturales o desastres antropogénicos, de
Artículo 2.- Bomberos conformidad con las normas y lineamientos del Sistema Para efectos del presente Decreto Legislativo se Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. consideran las siguientes definiciones de Bomberos: g) Brindar asistencia técnica, capacitación, y emitir opinión técnica a entidades públicas o privadas que lo a) Bomberos Activos.- Son personas naturales que soliciten, en materias relacionadas a sus funciones en cumplen con los requisitos, procedimientos y normas que coordinación con la Intendencia Nacional de Bomberos regulan el ingreso y permanencia en el Cuerpo General del Perú. de Bomberos Voluntarios del Perú. h) Proponer reglamentos, normas, lineamientos, b) Bomberos Asimilados.- Son personas naturales que procedimientos o directivas, sobre prevención, control prestan servicios profesionales en apoyo a las funciones y y extinción de incendios e incidentes con materiales actividades del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios peligrosos, y emitir opinión respecto de los existentes de del Perú. El Reglamento Interno de Funcionamiento oficio o a requerimiento. determina las profesiones que pueden acceder a i) Acreditar a sus miembros ante el CENEPRED para esta categoría, los requisitos y procedimiento para su que colaboren con dicha entidad en la verificación del incorporación. cumplimiento de las normas de seguridad, conforme a lo c) Bomberos en situación de retiro.- Son las personas establecido en el primer párrafo del literal b) del numeral 7 naturales que han dejado de ser Bomberos Activos, del artículo 4° de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de conforme a las causales dispuestas en la presente norma. Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. j) Realizar estudios sobre las causas y desarrollo de TÍTULO II los incendios atendidos para prevenir, prevenir, capacitar RÉGIMEN DEL CUERPO GENERAL DE BOMBEROS y mejorar sus técnicas operacionales. VOLUNTARIOS DEL PERÚ k) Usar de manera correcta y diligente los bienes, servicios, equipos, recursos y materiales otorgados para Capítulo I el cumplimiento de sus funciones. Marco general l) Otras que se establezcan por Ley.
Artículo 3.- Cuerpo General de Bomberos Artículo 6.- Uso de los bienes y servicios otorgados Voluntarios del Perú al CGBVP El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Los bienes afectados en uso y los servicios contratados Perú, cuya sigla es CGBVP, está conformado por los para el cumplimiento de las funciones del CGBVP se bomberos voluntarios en actividad, los bomberos realizan conforme a lo dispuesto por el Reglamento de asimilados y los bomberos en situación de retiro, que administración de los bienes y servicios aprobado por la prestan servicio público de manera voluntaria y ad Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, además de honorem. No son considerados como funcionarios ni las reglas siguientes: servidores públicos. Los requisitos para su ingreso, permanencia, ascenso, a) Los bienes muebles e inmuebles afectados en uso deberes y derechos, entre otros, se establecen en el se sujetan a las normas de administración de los bienes Reglamento Interno de Funcionamiento del CGBVP. nacionales. Los bienes que estén afectados no pueden ser destinados a otra función ni ser compartidos con otras
Artículo 4.- Objetivos del CGBVP entidades públicas o privadas. El CGBVP tiene los siguientes objetivos: b) Todos los bienes afectados en uso o los servicios contratados para el cumplimiento de las funciones del a) Promover, realizar y coordinar acciones de CGBVP deben ser empleados exclusivamente para los fines prevención de incendios y accidentes en general, que que se hubieren otorgado, debiendo dar cuenta en la forma puedan poner en peligro la vida de las personas, el medio y oportunidad que determine la Intendencia Nacional de ambiente y la propiedad privada o pública, Bomberos del Perú, así como facilitar su control e inspección. b) Desarrollar acciones que permitan combatir, c) A través del Seguro Obligatorio de Accidentes de controlar y extinguir incendios, rescatar y salvar personas Tránsito, se asegura la reposición de los materiales e insumos expuestas a peligro por incendios o accidentes en general, biomédicos que emplee el CGBVP en el caso de atenciones atendiendo las emergencias derivadas de los mismos y prehospitalarias, con ocasión de accidentes de tránsito. prestando atención y asistencia oportuna en la medida de d) Los bienes y recursos de la Intendencia Nacional sus posibilidades, de Bomberos del Perú que son destinados al CGBVP son c) Participar en las acciones de primera respuesta intangibles e inembargables. en salvamento de las personas en caso de desastres de origen natural o antropogénico, bajo los lineamientos Artículo 7.- Niveles del CGBVP establecidos en el Sistema Nacional de Gestión del Los bomberos conforman un orden jerárquico, y su Riesgo de Desastres y el Sistema Nacional de Seguridad prelación es el principio de la disciplina institucional, y Ciudadana. tienen la siguiente estructura: 606038 NORMAS LEGALES Jueves 8 de diciembre de 2016 / El Peruano a) Oficiales Generales: g) Los Bomberos del CGBVP son incorporados al Seguro Integral de Salud (SIS) conforme a lo señalado 1. Brigadier General en la Ley N° 29695 y están incluidos en el régimen 2. Brigadier Mayor subsidiado según lo establecido en la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud. b) Oficiales Superiores:
Artículo 10.- Licencias laborales y prohibición de 1. Brigadier limitar derechos por la calidad de Bombero 2. Teniente Brigadier 10.1 Los Bomberos, para la extinción de incendios, c) Oficiales: accidentes y rescates tienen derecho a que se les otorgue permisos y/o licencias de sus empleadores. El 1. Capitán Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo dicta las 2. Teniente disposiciones correspondientes. 3. Subteniente 10.2 La condición de Bombero o la ejecución de actividades propias de un Bombero según el presente d) Personal subalterno: Decreto Legislativo, no pueden ser consideradas por ninguna entidad pública o privada para el establecimiento 1. Seccionario de condiciones contractuales diferenciadas, que generen 2. Aspirante exclusión de beneficios, descalificación o cualquier otro trato discriminatorio. Los ascensos en sus diferentes niveles se otorgan de conformidad al Reglamento Interno de Funcionamiento Artículo 11.- Uniformes, insignias, emblemas, del CGBVP. estandarte e himno Los uniformes, insignias, estandarte, emblemas, himno
Artículo 8.- Causales de Pase a retiro y Expulsiones y lema del CGBVP, son de uso y diseño exclusivos; sus del CGBVP características las determina el propio CGBVP. Ninguna persona ni entidad pública o privada podrá emplearlos sin 8.1. Los Bomberos Activos pasan al retiro por autorización del CGBVP. El uso indebido o sin la autorización cualquiera de las causales siguientes: respectiva acarrea responsabilidad civil, penal o administrativa. a) Haber cumplido 70 (setenta) años de edad. Artículo 12.- Día institucional y Lema Institucional b) Encontrarse con incapacidad física o mental Reconócese el 5 de diciembre de cada año como permanente. el “Día del Bombero Voluntario del Perú”; y el lema del c) A su solicitud. Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú: “Dios, Patria, Humanidad”. 8.2. El Bombero en retiro sólo puede asumir cargos o funciones de instrucción, o formar parte de las comisiones Artículo 13.- Procedimiento de elección del o grupos de trabajo. Comandante General del CGBVP 8.3 Son causales de expulsión del CGBVP y están impedidos de reingresar al mismo. 13.1 La elección del Comandante General del CGBVP se realiza mediante votación personal y secreta de los a) Tener sanción expulsión como medida disciplinaria oficiales generales activos y de los delegados elegidos con calidad de cosa decidida, conforme a las normas por cada una de las Compañías de Bomberos del CGBVP; internas disciplinarias del CGBVP. para tal efecto, cada Compañía elige un delegado entre b) Tener sentencia condenatoria con calidad de cosa sus miembros. juzgada por delito doloso. 13.2 Es elegido como Comandante General el candidato que obtenga la mitad más uno de los votos
Artículo 9.- Beneficios válidamente emitidos. Los Bomberos Activos del CGBVP tienen de los 13.3 El Reglamento Interno de Funcionamiento siguientes beneficios: establece la conformación del Comité Electoral, el acto eleccionario y el escrutinio. a) Subvención única con cargo al Fondo de Invalidez 13.4 De no obtener ningún candidato la mayoría y Protección de los Bomberos Voluntarios del Perú, requerida, se procede a una segunda votación entre los conforme a lo previsto en la Quincuagésima Quinta dos candidatos que obtuvieron las votaciones más altas. Disposición Complementaria Final de la Ley 30518, Ley En la segunda votación es elegido al candidato que de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2017. obtuvo mayoría simple de votos. b) Una pensión de gracia excepcional y temporal para Bomberos o sus herederos, en caso de incapacidad 13.5 El acto de proclamación se realiza en ceremonia permanente o fallecimiento, a ser otorgada por el Ministerio pública ante los miembros del CGBVP. del Interior. Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Interior, a Capitulo II propuesta de este último, se establecerá el monto de la pensión Instancias Funcionales de gracia, su temporalidad, características, beneficiarios, requisitos y demás condiciones para su otorgamiento. Artículo 14.- Funcionalidad del CGBVP c) El Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo Son instancias funcionales del CGBVP las siguientes: (PRONABEC) del Ministerio de Educación, considera a los Bomberos y sus hijos para el otorgamiento de becas y se a) Comando Nacional. les otorga un puntaje adicional en la etapa de asignación b) Consejo de Oficiales Generales. de las becas, siempre que cumplan los requisitos exigidos c) Consejo Nacional de Disciplina. por dicha entidad. d) Comandancias Departamentales. d) Pase libre en vehículos de transporte público. e) Compañías de Bomberos. e) Los Bomberos del CGBVP que no se encuentren f) Los demás órganos que disponga su Reglamento asegurados bajo las modalidades establecidas en la Interno de Funcionamiento. Ley Nº 26790, tienen derecho a recibir las prestaciones asistenciales de salud a cargo al Seguro Social de Artículo 15.- Comando Nacional Salud – ESSALUD sin costo alguno, así como la El Comando Nacional tiene sede en la Capital de hospitalización, en los casos de accidentes producidos la República y sus disposiciones son de cumplimiento como consecuencia de los actos de servicio. Las obligatorio para los Bomberos, sin perjuicio de las prestaciones se proporcionan hasta la total recuperación atribuciones de dirección del Comandante General. Lo y/o rehabilitación del accidentado. conforman: El Peruano / Jueves 8 de diciembre de 2016 NORMAS LEGALES 606039 a) El Comandante General, quien lo dirige. rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales b) El Director General de Operaciones. peligrosos. c) El Director General de Instrucción. d) El Director General de Prevención e Investigación Artículo 23.- Funciones de Incendios. La Intendencia Nacional de Bomberos del Perú ejerce las siguientes funciones:
Artículo 16.- Comandancia General del CGBVP La Comandancia General del CGBVP está a cargo del a) Proponer, al Ministerio del Interior, la Política Comandante General quien es el responsable de dirigir y Nacional del servicio público de Bomberos. supervisar las actividades de los integrantes que forman b) Proporcionar, conforme al presupuesto institucional, parte del mismo. Es elegido por un periodo de tres años y los bienes y servicios necesarios que requiera el CGBVP no puede ser reelecto. para el cumplimiento de sus funciones establecidas en el presente decreto legislativo, entre otras que requiera la
Artículo 17.- Requisitos para ser elegido participación de los integrantes del CGBVP. Comandante General del CGBVP c) Coordinar con el CGBVP la elaboración del Para ser candidato a Comandante General del CGBVP presupuesto del pliego para cubrir los requerimientos de se requiere: bienes y servicios. d) Aprobar, a propuesta del CGBVP, las normas a) Ser Oficial General peruano con no menos de cinco técnicas, sobre control y extinción de incendios y rescate años de antigüedad en el grado. urbano. b) No tener sentencia condenatoria con calidad de e) Determinar y uniformizar, a propuesta del CGBVP, cosa juzgada, por delito doloso. los criterios técnicos de los procedimientos, equipos, c) Tener formación profesional o técnica. indumentaria y especificaciones técnicas que se utilizan d) No tener sanción disciplinaria con calidad de cosa para la prestación del servicio público de Bomberos. decidida, conforme a las normas internas disciplinarias f) Administrar los bienes y servicios otorgados al del CGBVP. CGBVP. e) No estar registrado en el Registro de Deudores g) Formular advertencias, recomendaciones, Alimentarios Morosos del Poder Judicial. recordatorios de sus deberes legales a las entidades públicas o privadas, para la adopción de medidas
Artículo 18.- Consejo de Oficiales Generales preventivas o correctivas, según corresponda. El Consejo de Oficiales Generales del CGBVP h) Participar en la ejecución de la Política Nacional de está conformado por todos los Brigadieres Generales Seguridad Ciudadana de acuerdo a sus competencias y y Brigadieres Mayores en actividad, que no tengan colabora en su preservación. sentencia condenatoria con calidad de cosa juzgada i) Aprobar el Reglamento sobre la administración de por delito doloso, sanción disciplinaria vigente impuesta bienes y servicios otorgados al CGBVP. por el Consejo Nacional de Disciplina, ni se encuentren j) Otras funciones asignadas por norma expresa. registrados en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Poder Judicial. Sus funciones son reguladas Artículo 24.- Estructura orgánica por el Reglamento Interno de Funcionamiento del CGBVP. La Intendencia Nacional de Bomberos del Perú cuenta con la siguiente estructura orgánica:
Artículo 19.- Consejo Nacional de Disciplina El Consejo Nacional de Disciplina del CGBVP investiga, a) Alta Dirección, conformada por la Jefatura y la determina e impone sanciones a los Bomberos en el Secretaría General. ejercicio de sus funciones, por la comisión de infracciones b) Los Órganos de línea. previstas. Lo dirige un Bombero en actividad con jerarquía c) Los Órganos de administración interna. de Oficial General. Las normas internas disciplinarias del Los demás órganos de la estructura orgánica CGBVP y el Reglamento Interno de Funcionamiento del se establecen en su Reglamento de Organización y CGBVP, según corresponda, establecen su composición, Funciones. funcionamiento, procedimientos, infracciones y sanciones aplicables. Artículo 25.- Titular de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú
Artículo 20.- Comandancias Departamentales El Jefe de la entidad se denomina Intendente Las Comandancias Departamentales del CGBVP Nacional. Es la más alta autoridad de la entidad, ejerce están a cargo del Comandante Departamental. Dependen las funciones ejecutivas de dirección de la Intendencia jerárquica y funcionalmente del Comandante General Nacional de Bomberos del Perú, es el titular del pliego del CGBVP. Es designado por el Comandante General y ejerce la representación legal de la entidad. conforme a los requisitos que establezca el Reglamento El Comandante General del CGBVP o quien Interno de Funcionamiento del CGBVP. este proponga, será designado como Intendente Nacional, mediante resolución suprema refrendada
Artículo 21.- Compañías de Bomberos por el Ministro del Interior; su cargo es de confianza, Las Compañías de Bomberos constituyen las unidades remunerado y a dedicación exclusiva, con excepción funcionales básicas del CGBVP. Dependen jerárquica y de la docencia. funcionalmente de las Comandancias Departamentales. Son dirigidas y representadas por el Comandante de Artículo 26.- Causales de vacancia del Intendente Compañía designado por el Comandante Departamental Nacional conforme a los requisitos que establezca el Reglamento Son causales de vacancia del cargo: Interno de Funcionamiento del CGBVP. a) Renuncia. TÍTULO III b) Haber cumplido 70 años de edad. INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERÚ c) Fallecimiento. d) Incapacidad permanente declarada por autoridad
Artículo 22.- Intendencia Nacional de Bomberos competente. del Perú e) Inhabilitación para ejercer cargo o función pública. El organismo público ejecutor regulado por la Ley f) Sentencia condenatoria firme por delito doloso o Nº 27067, Cuerpo General de Bomberos Voluntarios culposo. del Perú, modifica su denominación por “Intendencia g) Falta grave con calidad de cosa decidida. Nacional de Bomberos del Perú” - INBP, la misma que h) Otras que se establezcan en el Reglamento del adecua su estructura orgánica y funciones conforme a la presente Decreto Legislativo. presente norma. La INBP ejerce rectoría en materia de prevención, Artículo 27.- Funciones del Intendente Nacional control y extinción de incendios, atención de accidentes, El Intendente Nacional ejerce las siguientes funciones: 606040 NORMAS LEGALES Jueves 8 de diciembre de 2016 / El Peruano a) Representar a la INBP y, en su calidad de Comandante DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES General al CGBVP, de ser el caso, ante los órganos del Estado y entidades públicas y privadas nacionales e internacionales, Primera.- REGLAMENTO pudiendo delegar esta función de manera motivada. El Poder Ejecutivo reglamenta la presente norma b) Proponer al Ministerio del Interior para su en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendarios aprobación, las normas relacionadas con las materias posteriores a la publicación del Decreto Legislativo. de su competencia, de acuerdo al marco legal; y los documentos de gestión de la entidad a su cargo. Segunda.- APROBACIÓN DE DOCUMENTOS DE c) Aprobar la propuesta de presupuesto institucional GESTIÓN del pliego a su cargo, conforme a la normatividad aplicable Mediante Decreto Supremo, se aprueba el Reglamento d) Gestionar la obtención de cooperación técnica de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional y financiera, nacional e internacional, en el marco de la de Bomberos del Perú, en un plazo máximo de noventa legislación especial sobre la materia. (90) días a partir de la aprobación del Reglamento e) Conducir la gestión de los recursos humanos, del Presente Decreto Legislativo; así como los demás tecnológicos y financieros para el logro de los objetivos y documentos de gestión, hasta la implementación de lo funcionamiento de la INBP. establecido en la Cuarta Disposición Complementaria f) Velar por el correcto manejo de los recursos públicos Final de la Ley Nº 30057 Ley del Servicio Civil. asignados al pliego. g) Cumplir y hacer cumplir el Código de Ética de la Tercera.- RÉGIMEN DE SERVICIOS Función Pública. El régimen de servicios del personal de la Intendencia h) Establecer el control interno previo, simultáneo y Nacional de Bomberos del Perú es el establecido por la Ley posterior institucional y aplicar las medidas preventivas y Nº 30057 Ley del Servicio Civil. El personal administrativo correctivas necesarias, según corresponda. remunerado que viene prestando servicios en el Cuerpo i) Aprobar los lineamientos para la gestión, operación General de Bomberos del Perú, cuyo nombre en virtud y prestación de servicios en coordinación con el CGBVP. a la presente norma cambia a Intendencia Nacional de j) Aprobar los criterios técnicos de los equipos, Bomberos del Perú, mantendrá su régimen laboral, hasta procedimientos, indumentaria, vehículos y la implementación de la Ley Nº 30057 - Ley del Servicio especificaciones técnicas que se utilizan para la Civil. prestación del servicio público de Bomberos a propuesta del CGBVP; y las normas técnicas que sobre control y Cuarta.- NORMAS NO APLICABLES AL CGBVP extinción de incendios, y atención de emergencias no No es de aplicación al CGBVP ni a sus miembros fueren de competencia de otro organismo del Estado. en tanto forman parte de este, la Ley Nº 27444, Ley del k) Expedir o emitir normas y resoluciones de Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 28175, Intendencia, en el ámbito de su competencia. Ley Marco de Empleado Público, la Ley Nº 30057, Ley del l) Designar y remover a los funcionarios públicos de Servicio Civil y otras normas de similar naturaleza, por no confianza de la INBP. tratarse de servidores públicos. m) Suscribir convenios con instituciones públicas o privadas, nacionales y extranjeras en materia prevención, Quinta.- LICENCIA DE CONDUCIR control y extinción de incendios y atención de emergencias. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones n) Delegar aquellas funciones que no sean privativas reglamenta la expedición de licencias de conducir para de su cargo. los Bomberos, conforme a los exámenes de conducción o) Las demás funciones que se le asignen por norma elaborados según la clase y características de los expresa. vehículos de uso del CGBVP.
Artículo 28.- Régimen económico y financiero Sexta.- FINANCIAMIENTO Son recursos de la entidad: La implementación del presente decreto legislativo se financia con cargo a los presupuestos asignados a) Los que se asignan en la Ley Anual de Presupuesto a los pliegos Intendencia Nacional de Bomberos del del Sector Público. Perú y Ministerio del Interior, según corresponda y b) Los que provienen de la cooperación nacional e demás entidades involucradas, sin demandar recursos internacional de conformidad a la normatividad especial adicionales al Tesoro Público sobre la materia. Autorízase al Ministerio del Interior a realizar c) Las donaciones, legados y otras contribuciones de modificaciones presupuestarias en el nivel institucional personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, a favor de la Intendencia Nacional de Bomberos del gobiernos u organismos internacionales, a favor del Perú, a efectos de complementar el financiamiento de servicio público de Bomberos; en todos los casos referidos lo establecido en los literales a) y b) del artículo 9º del los recursos deben ser asignados a la Comandancia presente decreto legislativo. Dichas modificaciones Departamental o a la Compañía de Bomberos para la que presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo hayan sido destinados expresamente, de ser el caso. refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas y d) Los recursos directamente recaudados. Ministerio del Interior, a propuesta de éste último.” e) El importe de las multas por la aplicación de la Ley Nº 29924, Ley que sanciona la realización de DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS llamadas malintencionadas a las centrales telefónicas de TRANSITORIAS emergencia y urgencias. f) Los demás establecidos por Ley. PRIMERA.- DESIGNACIÓN DEL COMANDANTE GENERAL INTERINO DEL CGBVP
Artículo 29.- Escuela de Bomberos Mediante Resolución Ministerial del Sector Interior La Intendencia Nacional de Bomberos del Perú se designa al Comandante General Interino del CGBVP cuenta con un órgano de línea dedicado a la instrucción, encargado de implementar lo dispuesto en la presente capacitación, especialización, calificación y certificación de norma. los Bomberos y Aspirantes, para su ingreso, permanencia El Comandante General designado ejerce sus y perfeccionamiento en la institución. funciones y la representación del CGBVP conforme a lo dispuesto en el presente Decreto Legislativo, reglamento
Artículo 30.- Deber de colaboración y demás normas. Toda entidad pública o privada que intervenga o pueda intervenir en la atención de una emergencia, en el marco SEGUNDA.- ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DE de lo dispuesto por la presente norma, está obligado REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL a colaborar con el cumplimento de las funciones del CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS CGBVP, incluyendo la utilización temporal de cualquier DEL PERÚ bien o espacio público o privado que facilite la atención En un plazo no mayor de quince (15) días calendario, oportuna de dicha emergencia. posteriores a la vigencia del presente Decreto Legislativo, El Peruano / Jueves 8 de diciembre de 2016 NORMAS LEGALES 606041 el Comandante General del CGBVP conforma una “Artículo 7.- Miembros del Consejo Nacional de comisión redactora encargada de elaborar el Reglamento Seguridad Ciudadana Interno de Funcionamiento institucional. Esta Comisión Redactora está integrada por siete (7) El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana está miembros designados por él, de los cuales tres (3) son integrado por: Oficiales Generales y cuatro (4) Oficiales Superiores, del CGBVP, quienes elaborarán el Reglamento Interno - El Presidente del Consejo de Ministros. de Funcionamiento institucional en un plazo no mayor - El Ministro del Interior. de ciento veinte (120) días contados desde la fecha de instalación. - El Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dentro de los diez (10) días calendario de entregado el - El Ministro de Educación. Reglamento Interno de Funcionamiento formulado por la - El Ministro de Salud. Comisión Redactora, el Comandante General del CGBVP - El Ministro de Economía y Finanzas. convoca al Consejo de Oficiales Generales para consulta - El Ministro de Transportes y Comunicaciones. y aprobación del proyecto. El CGBVP podrá solicitar a la Intendencia - El Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Nacional de Bomberos del Perú apoyo técnico para la - La Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. elaboración del Reglamento Interno de Funcionamiento - El Ministro de Desarrollo e Inclusión Social. institucional, demás normas y reglamentos internos del - El Presidente del Poder Judicial. CGBVP. - El Fiscal de la Nación. TERCERA.- ELECCIÓN DE NUEVO COMANDANTE - El Defensor del Pueblo. GENERAL - El Presidente de la Asociación de Presidentes Para la elección del nuevo titular del CGBVP, el Regionales. Comandante General Interino convoca a elecciones - El Alcalde Metropolitano de Lima. dentro de los tres días útiles posteriores a la aprobación - El Presidente de la Asociación de Municipalidades del Reglamento Interno de Funcionamiento del CGBVP. del Perú (AMPE). En el mismo plazo, por Resolución Ministerial, se - El Director General de la Policía Nacional del Perú. designa al Comité Electoral compuesto por tres miembros. - El Presidente del Sistema Penitenciario Nacional. El Comité Electoral es el encargado de conducir - El Presidente del Consejo Nacional de la Prensa. el proceso y cronograma de elección del nuevo - El Presidente de la Sociedad Nacional de Seguridad. Comandante General. Quienes hubiesen ejercido el cargo - El Comandante General del Cuerpo General de de Comandante General interino a partir de la vigencia de Bomberos Voluntarios del Perú. la presente norma, se encuentran impedidos de participar en éste proceso eleccionario. SEGUNDA.- MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 18° DE LA LEY N° 29664, LEY QUE CREA EL SISTEMA CUARTA.- VIGENCIA DEL DECRETO LEGISLATIVO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES El presente Decreto Legislativo entra en vigencia al día (SINAGERD) siguiente de su publicación, con excepción de lo previsto Modificase el numeral 18.4 del artículo 18° de la Ley en el Título III de la presente norma, que entrará en N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión vigencia a la aprobación del Reglamento de Organización del Riesgo de Desastres (SINAGERD), el cual queda y Funciones correspondiente. redactado de la siguiente manera: QUINTA.- VIGENCIA DEL ROF “18.4 La participación ciudadana se da a través de las En tanto no se apruebe el Reglamento de Organización organizaciones sociales y de voluntariado, que constituyen y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del la base social de organizaciones tales como la Cruz Roja Perú se mantendrá vigente para esta el Reglamento de Peruana, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios Organización y Funciones aprobado mediante Decreto del Perú, juntas vecinales, comités parroquiales, de Supremo Nº 063-2013-PCM, y las demás normas instituciones educativas y empresariales.” complementarias. TERCERA.- MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 5° DE SEXTA.- VIGENCIA DEL TUPA LA LEY N° 29420 En tanto no se apruebe el Texto Único de Modifícase el artículo 5 de la Ley N° 29420, el cual Procedimientos Administrativos - TUPA de la Intendencia queda redactado de la siguiente manera: Nacional de Bomberos del Perú se mantendrá vigente el TUPA actual del organismo público ejecutor “Cuerpo “Artículo 5.- Instituto Nacional Penitenciario (Inpe) General de Bomberos Voluntarios del Perú” cuya La presente Ley, sus normas complementarias y denominación es modificada por la presente norma, así reglamentarias también se aplican para el personal del como demás normas complementarias. Instituto Nacional Penitenciario (Inpe) de conformidad con las directivas que esta institución emita. El seguro de SETIMA.- REFERENCIA A LA INTENDENCIA vida o compensación extraordinaria se financia con cargo NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERÚ al presupuesto institucional del Pliego Instituto Nacional A la vigencia de la presente norma, toda disposición Penitenciario, sin demandar recursos adicionales del que haga mención al organismo público ejecutor “Cuerpo Tesoro Público.” General de Bomberos Voluntarios del Perú”, se considera referida a la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA OCTAVA.- APLICACIÓN DE ARTÍCULOS Única.- Deróganse las siguientes leyes: Lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la presente norma tendrá vigencia hasta la aprobación del 1. Ley 27067 Ley del Cuerpo General de Bomberos Reglamento Interno de Funcionamiento del CGBVP. Voluntarios del Perú. 2. Ley 27140, Ley que modifica la Ley 27067 - Ley del DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. MODIFICATORIAS 3. Ley 27227 Ley que adiciona un numeral al Artículo 7 y modifica una Disposición Transitoria de la Ley 27067 PRIMERA.- MODIFICACIÓN DE ARTÍCULO DE LA - Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del LEY N° 27933 Perú. Modifícase el artículo 7° de la Ley N° 27933, Ley 4. La Octava Disposición Final, Transitoria y del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en los Complementaria de la Ley N° 28976, Ley marco de términos siguientes: licencia de funcionamiento. 606042 NORMAS LEGALES Jueves 8 de diciembre de 2016 / El Peruano POR TANTO: Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1461978-5