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Laws of Peru

Decreto de Urgencia Nº 038-2011 ─ Modifica el Decreto de Urgencia Nº 010-2004, que crea el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo

Made 2011-07-20 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Act
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Peru
Subjects
Energy
Keywords
institution, energy conservation/energy production, oil, special fund, internal trade, international trade, governance
Categories
*, energy

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  1. 4 Ha dado la l ey siguien te: LEY N° 29759 EL PRESID ENTE DE LA REPUBLICA LEVQUE DECLARA DE NECESIDADPUBLICA E INTERES NACIDNAL LA EJECUCI6 N DEL PORCUANTO : PROVECTD DE TRASVASE DEL Rio MARAN6N La Comisi6n Permanente del Congreso VEL REPRESAMI ENTD V LA DERIVACI6N DEL Rio de Ia RepUblica Ha dado la Ley siguiente: HUALLAGA PARA FINES HIDROENERGEnCD V AGRiCOLA LA COMISION PERMANENTE DEL CO NGRESO DE LA REPUBLICA; A rti culo 1. Objeto de Ia Ley Oed.iIrase de neces idad pUblica e interes nacceer Ha dado Ia ley siguiente : Ia ejecuci6n del megaproyedo de trasvase de las aguas exceceotes del rio Ma rafi6n y el represamientoy Ia denvaci6n de los excecentes del rio Huallaga haoa Ia LEV QUE MQDIFICA ELINCISO D) DELARTiCULO cuenca del rio Santa . con la finalidad de promover er 25-0 DEL TEXTO UNICD DRDENAOQ DE LA LEV desa rrollo hidroenergetico y agricola del pais DEL SISTEMA PRIVAOQ DE ADMINISTRACI6 N DE A rticu lo 2. Enca rg o de acci o nes Enca rgase a la ereeeeoce de l ConseJo de Mlnistros. FONDOS DE PENSIONES, APRDBAOQ MEDIANTE los gobiemos reg ionales 'J los gobiemos lOCales de ta zona de innuencia del proyecto ta adopciOO de las DECRETD SUPREMO 054·9H F acciones necesarias para er acecoa oc curopjrmentc de 10 establecido en la presente l ey_ A rt ic ulo Un jco . Moc;lificaci6n de l inclso d) de l arti cu lo 25-0 del t este u nrec Ord enado de la Ley del A rti cu lo J . Vlg encla de la Ley Sistema Prlv ado de Ad m in is trac i6 n de Fon dos de La presenle Ley entra en vigencia er dla siguiente de Pensio nes , ap roba do m edi ante Decr et o Supre mo 054· su pubncecion en el diane cneet EI Peruano. 97·EF . Modificase el inciso d) de l articulo 25-0 del Texto Comuniquese at senor Presidente de ra Republica Unico Orden ado de te l ey del Sistema Privado de para su promulgaci 6n. Adm inistraci6n de Fenc es de Pensiones , aprobado En lima, a los veinte eras del mes de Julio de cos mil media nte De cretc Supremo 054-97-EF, con e r texto once . sigu iente : CESAR ZUMAE TA FLORES ' d) La suma de las inversiones en instrumentos Presidente del Cong reso de la Republica em,tidos par gobiemos, entidades anaoceras y no nnance ras cuya aClividad econ 6mica AlDA LAZO mosDE HORNUNG mayorrtariame nte se realice en er exte rior como Sequnda VlCepreSidenta del Congreso maxmo Cincuenta par cento del valor del rooco. de 13 Repubtca El limite operative seguira sercc fiJ ado par el Al SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIO NA L Banco Centra l de Reserv a." DE LA REPUBLICA Comuniqvese a t seMr Presidente de la RepUblica PORTANTO para su promulga ci6n . Mando se publlQue y ccrnpta . En lima, a los dieciocho ores del mes de julio de dos Dado en la Casa de Gobiemo. en lima , a los veinte mil once eras del mes de julio del ar.o cos mil once CESARZUMAETA FlORES ALAN GAR CIA pt;REZ Presdente del Congreso de la Republica Presidente Constrtuciona l de ta secceuce ALEJANDRO AGUI NAGA RECUENCO ROSAR IO DEL PILAR FERN ANDEZ FIGUEROA Primer vicepreedente del Congreso de te Republica Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Jusnca ~~ ThNR~~~~~~~ENTE CONSTITUC IONAl 6685 50-4

  2. POR TA NTO: PODER EJEaJTI va Mando se pubtique y cumcla . Dado en ta Casa de Gobierno. en l ima, a los veinte d ias del mes de julio del afio dos mil once . DECRETOS DE URGENCIA AlAN GARCIA PEREZ DECRETO DE URGENCIA Preside nte Constitucional de la Republica N° 038-2011 ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA DECRETD DE URG ENCIA QUE AMPLiA LA Preside nta de l Con se;o de Mlnistros y Mlnistra de Justicia VIGENCIA DEL DECRETO DE URGENCIA N' 010-2004 V NORMASMDDIFICATORIAS, V 6685 50-3 DISPONE LATRANSFERENCIA DE RECURSOS LEY N° 29760 PARA ELF1NANCIAMIENTD DEL FONOQ PARA LA ESTABILIZACI6N DE LOS PRECIOS DE LOS El PRESIDENTE DE LA REPUBLICA COMBUSTIBLES DERIVAOQS DEL PEm 6LEO PORCUANTO' EL PRESIDENTE DE LA REPUBLI CA El Congreso de la Republica CO NSIDERA NOO: Ha dado la l ey Siguiente' Que . mediante er Decreta de Urgencia NO Ot0-2004 El CONGRESO DE LA REPUBLICA ; se cre6 el Fondo para la Estabilizaci6n de Preccs de 5 los Combust ibles Derivados del Petroieo. como Fonda coenta en la que corresponde: oepoeaar el saldo del monte intang ible destinado a evnar que ra alta votannoao de los destinado a compensar las irrcortacones de GLP dispuestc precios del pelr61eo cruoc y sus derivados en el merceec por el Decreta de Urgencia N"011-2007. asi como los recarsos mtemaccnar, se trastaoe a los consumocresdel pais; a que se reflere Ia Primera neccsccn corcerrentere del Que, a naves del Decreta de Urgencia N" 027-2010 se ctaoo Decreto de umerce. tenendo en consceraccn que modiflC6 el Decreto de Urgencia N" 010..2004 cctancose med iante et Decreto de Urgencia N"029-2009 se dedar6 la medidas para ra mejOf aplicaci6n del Fonda para la terminaci60 de ta srtuaci6n de emergenda de! rrerceoc de Estabilizaci6n de Precos de los Combustibles Derivados GLP; 'I que mediante Resoluci6n Drrectorar N"0 73-2009-EMI del Petr61eo, a fin de proteger al consumidor local de la alta DGH se dej6 sin efedo el fador GLP; vcieuceo delpreco depetroleo enermercado Internaconaf. Que, las medidas propuestas resuean urgentes y asr como atenuar su rnpado sobre las cuentas nsceee. necesarias a fin de evaar cenccce economcos y sociales que evitando la generaci6n de desequil ibrios en las finanzas de! podrian suscitarse de no adoptarse una adecuada y oportuna Estado y el incumplirniento de lasreglas fiscaes quepodnan intervenci6n en reracon con el Force para la Estabilizaoon de afectarsignificativamentea la econonts : Preoos de los Combustibles oervaoosdel Petroreo: Que, et Decreta de Urgencia N" 083-2010 ampli6 la En uso de las facultades conferidas per el numeral 19) vqenca del Dec-etc de Urgencia N° 010-2004 Y normas del articulo 118° de ra Constituci6n Politica del Peru; mcomcatoras. hastaer at de agosto de 2011: Con et vote ecrcoetcnc del Consejo de M inistros; 'I, Que , de acuerdo er amilisis efectuado scbre el Fondo Con cargo a dar cuen la al Congreso de la Republica; para ta Estabilizacon de Precos de los Combustibles cenvecos del Petroleo se ha determinado que este DECRETA: cons tituye un mecanisme cenencicso para la economia porque ha vendc absorbiendo e! aza de precoe de los Arti cul o 1°,_Ampliac i6n de ta v igencia de l Decret o combustibles cuanoo er preco lntemaciona t del petrolec de Ur gen c ia N° 01 0-2004 Ynorm as mocmcst ortas se encuentra en niveles eteveoos 'I puede percibir Amp liar la vigencia del Decreto de Urgenda N° 010- aportaciones cuando el memo aicarce nive les cejce. 200 4 y normas mcomcetcnee, hasta el 31 de diciembre log rando asi atenuar e! efecto de la volatilidad exteme. de 2011 . contribuyendo a que el pais reg istre una baja inflaci6n ; Que, debido a que el preco mtemaccoat promedio del Arti cul o 2 ~ - rran steren cta extraordfn ana de petr61eo ha pasado de US$ 79 per barril en el aac 2010 a recurso s a la cu enta sefla lada en el numer al 7.3 del un promedio de US$ 98 por barril en 10 que va del presente art ic ulo 7" del Decreto de Ur genci a N° 010 -2004 Y ano. ecanzaooo un njvel maximo de US$ 114 por barril norm as m odifi cat oria s a fines del mes de abril, el Fondo para la EstabiHzaci6n de Autorizar a la Direcci6n General de Endeudamienlo y Preece de los Combustibles Oerivados del Petr61eo ha Tesoro Publico para que de manera extraordinaria en el aM venoc acumnanoc coosoeretses cosaeccres con los fiscal 2011 transf iera a la cuenta senaraoa en el numeral productores '110 importadores de combustibles, por 10 cual el 7.3 del articulo 7° del Decetc de Urgenda N" 010-2004 Y Estado ha efeduado importantes pagos para atender didlas normas modificetorias . adicionalmen le a 10establecidc en oblqacooes. eveeroccon ella que los problemas de liquidez las normas vigentes . la suma de CIEN MILLONES Y001100 en las empresas productoras e importadoras generen e! DE NUEvas SOLES (51. 100 000 000 ,00) con cargo al desabastecrniento de combustibles en el mercado neccoat mayor nivel de recarsos ord inarios considerado en las Que, de otro rado. er numeral 7,3 del articulo 7" del proyecciones del Marco Macroecon6mico Mullianual2012- Decreto de Urgencia N" 010-2004, incorporado porel Decreto 2014 para el presente ario 'I que financia el incremento del de Urgenda N" 027-2010. establece que wando existan mvet de gaslo destinado a cub rir el pago al Fondo para la saldos posjfvosen el Fonoo para la Estabilizad6n de Precios Estab ilizaci6n de Precios de los Combustibles Derivados de los Combustibles Derivados de! Petr61eo , el Administrador del Petr6leo . debera proceder a la Iransrerenda de hasta un Setenta y Cinco por cienlo (75%) de los mismos a la w enta que Arti cul o 3°,- Autorizac i6n de in corporaci 6n d e determineel Ministerio de Economia y Finanzas , a travesde la recurso s v ia c red ito s upleme nta r io Direcci6n Nacional del Tesoro Publico, hoy Direcei6n General La incorporaci6n de los recursos a que se feflere el de Endeudamiento 'I Tesoro PUblico. con una periodicidad articulo 2·del presente Decre to de Urgencia se efectuaril bimeslral, para 10 cual autoriza a didla Direcci6n General a vi a crectilo suplementario en el Pliego Ministerio de transferir a la rererida cuenta olros recursos exlraordinarios a Energia 'I Minas de acue rdo al procedimienlo establecido ser esbmados segun la metodologia, crrterios. porcentajes 'I por el articulo 4'del Decre to de Urgencia NO 017-2011 . hasta por et monto maximo dispuesto en el reglamento del Decreto de Urgencia N" 010-2004 Y normas modmcatorias; Artic ulo 4~- Exced entes de l mecani sm e de Que, el Marco Macroecon6mico Multianual 2012 - com pe nsac i6n c reado por el Decreto de Ur gen c ia N" 2014 , aprobado en Sesi6n del Consejo de M inislros del 011-2007 25 de mayo del 2011. estableci6 para e! ario 2011 una EI saldo del monte destin ado a compensar las meta de un supe rilvit fiscal de al menos 02% del PBI, la importaciones de GLP dispuesto por el Decreto de Urgencia cual considera una ampliaci6n en el nivel de gasto para N" 011-2007, asi como los recursos a que se refi ere la este ario que se destinaria a cubrir los mayores pagos Prime ra Disposici6n Complementaria de! crtado Decreto asoc iados con el Fondo para la Estabilizaci6n de Precios de Urgenda, se deposrtan en la cuenta que determine la de los Combustibles Derivados del Petr61eo y eventuales Direcci6n General de Endeu-damiento y Tesoro Publ ico operaciones de cobertura contra alzas abruptas de la cotizaci6n internacional del petr6leo: Articul o 5~- Refrend o Que , en ese sentido resulta necesario adoptar medidas EI presenle Decreto de Urgencia sera refrendado por exlrao rdinarias en materia econ6mica 'I financiera de inte res la Pres identa del Consejo de Ministros, el Ministro de nadonal que permi tan trans ferir a la cuen ta sef'ialada en Economia y Finanzas y et Ministro de Energia 'I Minas . el numeral 7.3 del articulo 7" del Decreto de Urgencia N° 010-2004 'I normas modificatorias. adiciona lmente a 10 Dado en la Casa de Gob ierno , en Lima , a los veinte establecido en dicho Decreto de Urgencia, una parte de dias del mes de julio del ana dos m il once los recursos ordinarios considerados en las proyecciones del presente ario en el Marco Macroecon6mico Multianual ALAN GARCiA P~REZ 2012-20 14'1 que flnanda el incremento del nivel de gas to Presidente Constilucional de la Republica destinado a cubrir el pago al Fondo para la Estabilizaci6n de Precios de los Combustibles Derivados del Petr61eo ROSARIO OEL PILAR FERNAN OEZ FIGUEROA pa ra que la nueva administraci6n no asuma las deudas Presidenta del Consejo de Ministros y generadas por este concepto ; Ministra de Juslicia Que , asimismo. debido a que las condiciones para la creaci6n del Fondo para la Estabilizaci6n de Precios de ISMAEL BENAV IDES FERREYROS los Combustibles Derivados del Petr61eo se mant ienen al Ministro de Economia 'I Finanzas observa rse una alta volatilidad de los precios de! petr61eo crudoy sus der ivados en el mercado internacional , resulta PEDRO SANCHEZ GAMARRA convenienle ampliar su vigencia ; Ministro de Energia y Minas Que. por otro lado, es necesario autorizar a la Direcci6n General de Endeudamiento 'I Tesoro Publico a determinar Ia 66 8551-1

Decreto de Urgencia Nº 038-2011 ─ Modifica el Decreto de Urgencia Nº 010-2004, que crea el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo · Nelum