Resuelto Nº 6/ALP - Restringe el uso de Paraquat
Made 1999-02-02 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Caribbean Community (CARICOM)
- Country
- Panama
- Subjects
- Cultivated plants
- Keywords
- plant protection, pesticides, toxicity/poisoning, internal trade
- Categories
- agriculture
Where to read it
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Text
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MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO RESUELTO N11 ALP-006-ADM (De 2 de febrero de 1999) EL MINISTRO DE DESARROLLO AGROPECUARIO en uso de sus facultades legates, y CONSIDERANDO: Que el Grupo Tecnico de Trabajo sobre Plaguicldas para Uso en la Agriculture, conformado por funcionarlos del Ministerio de Desarrollo Agropecuario y el Minlsterlo de Saluci,. rea\iz6 el martes 17 de noviembre de 1998, reuni6n de evaluaclon conjunta, para determinar sl los ingredientes actlvos PARAQUAT y DIQUA T, debieran o no ser lncluldos en el llstado de lnsumos fl\osanltarios de uso restringido. Que en dicha reunion sa le dio la oportunidad a Mlembros de le lndustrla, representados por la empress ZENECA PANAMERICANA, S.A., para presentar argumentos que suatentaran que dichos lnsumos fitosanitarios no debieran ser incluldos en el listado de uso restringldo. Que et personal tecnico del Ministerio de Salud y del Ministerlo de Oesarrollo Agropecuario, miembros del Grupo Tecnico de Trabajo sobre Plaguicldas para Uso en la Agricultura, conjuntamente, 11cucharon, anallzaron y reallzaron la respectlva dellberacl6n, concluyendo en un acuerdo tecnico que fue remitido a este Despacho. ARTICULO PRIMERO: ARTICULO SEGUNDO: RESUELVE: lncluir el ingrediente activo PARAQUAT en el listado de insumos flto1anltarl01 ~ · re1tr1ngld01 en activldadea de venta, uso, manejo y dlstrlbucl6n. Cada una de las actividades sei'laladas en el articulo anterior, deberan ser supervisadas por un Asesor Tecnico Fitosanitario, aprobado por la Direcci6n Nacional de Sanidad Vegeta\. ARTICULO TERCERO: El lngradlente acuvo DIQUAT1 no ••r• lncluldo en el llltado de lrtsumoa Fltotanltarlos r•trtngldo• y continuali como de uao general, slguiando las recomendaclones de uso del formulador y la legislac16n nacional vlgente. ARTfCULO CUARiO El preaent, ,. .. u,lto etnpazara a reg/r • partJr dt la· fecha de su pubflcao/On Regfatrtaa y C&'impl••• Dado In II Cludad di Panam•, a IOI 2 dlll dtl fflll chi €eere;e de mll nov1011nto1 nov1nt1 y nu1v1. MANUIL MIRANDA IANTAMAAIA Mlnl1tro d1 DIHrrollo A1ropeou1r10 OLMIDO IIPINO Vlo1mlnl1tro d1 0111rrollo Agrop1cutrlo