Resuelto Nº 45 - Requisitos fitosanitarios para la importación de tomates originarios de Colombia
Made 2007-01-18 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Caribbean Community (CARICOM)
- Country
- Panama
- Subjects
- Food and nutrition, Cultivated plants
- Keywords
- hygiene/sanitary procedures, vegetables/legumes, international trade, food safety and quality, plant protection, pests/diseases
- Categories
- *, agriculture
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Digitalizado par la Asamblea Nacional 10 Gaceta Oficial, viernes 27 de ahril de 2007 AUTORIDAD PAN.AMENA DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS RESUELTO AUPSA- DINAN- 045 - 2007 (De 18 de Enero de 2007) "Por medio del cual se emite el Requisite Fitosanitario para la importacion de Tomates (LycopersicQn esculenmm) frescos 0 refrigerados, para consume humane y/o transformacion, originario de Colombia." £1DIRECTORNACIONALDE NORMASPARA LA IMPORTACION DE . ALlMENTOS, en usa de 'sus facultades legales CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 crea la Autoridad Panamena de Seguridad de Alimentos, como entidad rectora del Estado para asegurar e) cumplimiento y aplicaci6n de las teyes y reglamentos en materia de seguridad de introducei6n de atimentos at territorio nacional, bajo criteriosestrietamentecientificosy teenicos. Que la Autoridad Panamefta de Seguridad de Alimentos tiene como objetivo principal el proteger la salud humans, el patrimonio animal y vtgetal del pais, mediante la aplicacion de las medidas sanitarias y frto~~s aplicables Ii la' lntf64Uecion de alimentos al tenitorio nacional. . " ;., Gaceta Oficial, viernes 27 de abril de 2007 Digitalizado par la Asamblea Nacional 11 Que el articulo 38. numeral '1 del Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 dicta que es funci6n de la Direccion Nacional de N0!Was para l~ Importacionde 'Alimentos. emitir los requisitos sanitanos y fitosanitanoa, que deben cU~I~. los alimenfoS' para so introduccion al te~torio nacional~,en el alm~cenaje en ZOO~S~lJbr~ zona P~?ra. importacion, transite y/o trasbor~o=)'i !\ '. :..' <: \ Que la Autoridad Panamena de Seguridad de AIimentos ha cdnSiderado pertinente la • , J I.' emision del Requisit61.fitosanitari~. con el fin de complementar ~os-aspeetossanitarios, de inocuidad y calidad 'para la importacion' 'de tomales (Lyropersiron escu/entum) frescos, para consumo humane ,y~<o transformacion, originarios de Colom~i~;?,1 I Que el pais, lugar y sitio deproduccion ha sido reconocido como area libre de plagas de interes euarentenario, por la Autoridad Panameiia de Seguridad de AJimentos 0 en 8U defecto reconoce la declaracion avalada por la Direcci6n Nacional de Sanidad Vegetal del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, en base' al Articulo 77 del Decreta Ley II de 22 de febrero de 2006. Que el incumpJimiento de las buenas practices agricolas y de manejo de estos alimentos puede ocasionar la aparicion 0 prevalencia contaminantes biologicos, quimicos 0 fisicos, afeetando la salud de los consumidores y es responsabiJidad de la Autoridad Panameiia de Seguridad de Alimentos, verificar que los mismos no sobrepasen los niveles adecuados de proteccion de la salud publica. Que luego de las consideraciones antes expuestas, RESUELVE: Articulo 1: Emitir los Requisites Fitosanitarios para la Importaoion de Tomates (Lycopersicon escu/entum) frescos, para consume humane y/o transformacion, originario de Colombia, descrita en la siguiente fraccion del Arancel Nacional de Importacion; Fraccion Arancelaria Descripcion del producto alimenticio Fitosanitaria 0702.00.00 Tomates (Lycopersicon escu/entum) frescos 0 refiigerados. Articulo 2 EI importador esta obligado a informar a Ia Autoridad Panamefia de Seguridad de Alimentos, a traves del Formulario de Notificacion de Importacion, en forma manual 0 via electronica, en un tiempo minimo de 48 horas, previa a la llegada del producto al punto de ingreso Articulo 3 Los Tomates (Lycopersicon escu/entum) frescos. deben estar amparados por un certificado fitosanitario, expedido por la Organizacion Nacional de Proteccion Fitosanitaria (ONPF) del pais de origen, en el que se certifique el cumplimiento de los siguientes requisites: Que: L Los Tomates (LycQpersicon escu/entum), han sido cultivados y embalados en Colombia. Digitalizado par la Asamblea Nacional 12 Gaceta Oticial, viernes 27 de ahril de 2007 2. E1 errsb.arqtre p.-ocede de a.-eas y luga.-es de p.-oducci6n Iib.-es de plagas de inten!is cua.--entena.-io pa.-a la Republica de Panama oj Thrips palnti· bJ Spodoplera a/bula c) /.iriomyza huidobrenvis d) e) J) MaconeJli,-,occlIS htr.sutu» Frankliniel/a schultzei Tnra ahsolute. 3 4. :'5. 6, 7. 8. 9. • Plaga reg/anumtada(A-2), halo corrrro] C!ftdal. Las areas y luga.-es de pi~ducci6n han sido sujetas a irtspebci6n, por parte de 1a Organizaci6n N/lciohal de P.-otecci6n Fjtosanjul.-ia (ONPFi del' pais de origen, durante el per-iodo de c.-eCirniento activo y cosecha del cultivo;. . ., . I !.-'., < " " Fl ernbar'que .-~cibi?tltratamientc> !Cua.rente.oario.'contra 'ins.ectos~·en ~~ lugar de origen, registrando el '~atarniento utilv1l do> asi como el t.iernpo, tfrpperatura y humedad prescntes dura~te ef rniarno. " J r , Fl. embarque vlere\'i~rede irrseceoa yivos de cualqui~r lipo, asir~rri,o tambien de <onros contaminantcs b'016gieos. quinticos y tiskos ' , <' , ; .\ . " Bl embalaje utilizait"J'~~rE)sistenle a la ~anipulaci6nv ei>ta<d~{;:ificado con el e6digo del pais de origen, DUm~de planta crnpacado.-a y c6digo,qe lates. Los rnateriales utilizados para et embalaje y/o amortiguaci6n no contengan fibras vcgetales u otro material hospede.-o de plagas. Los contenedorcs, previo al embarque, han sido lavados y desinfectados internamente. Los contenedores han sido precintados (marcharnados, flejados) y scHados, de marrer'a que dichos sellos 8610 pueden sel' l'etirados porIa Autoridad Panantefia de Segu.-idad de Altrnersros, at momento de Uega.- al territori.o naeional. Articulo 4: E1 ornbar'que debe estar arnparado con la siguiente dOCUlllentaci6n Cornp.-obatoria, en cada errvto: 1. Copia del FormuJario de Notificaci6n de Irnportaci60. 2. Certificado fitosanitario del pais de urige" del producto. 3. Copis de factura corne.-cial del producto. 4. Pre-dectarecron de aduanas. DISPOSICIONES ADICIONALES: I . La Antori.dad Panamei\a de Seguridad de Alimentos se reserva el derecho de tomar las muestras requetidas a su iogr-eso y/o en cualquier punto de la cadena alimentaria, a objeto de poder reali.zar los aualisis correspondientes: entoDlol6gico, Inicrobiol6gico, caracteri.sticas organoh~pticas,flsico--quinticos y residuos t6xicos, 2. Estos requisitos fitosanitartos son especificos para la importaci6o de Tomates (Lycopersicon esculentum) frescos, no obstante. no exime del curnpliIniento de otras nonnas nacionales para su corner-ciali2".aci6n en el territorio nacional. Articulo S: Este Resuelto deroga toda disposicion que Ie sean contreria. Articulo 6: EI presente Resuelto empezara a l'egir a partir de su finna y debera ser publicado inrnediatamente en la Gaceta Oficial. FUNDAMENTO DE DERECHO: Decreto Ley 1 t de 22 de £ebre.-o de 2006. l ey23 de 15 de julio de 1997 COMUNiQUESE V CUMPLASE. ~'-o 0> --..--:~~ HUMBFRTO A. HFRMt.IDEZ R I:>irector Nacional de Nonnas para Ia hnport.aci6n de Alimentos \,./J-----~~.~.ft;/.. .-lJERRA'M· Gerieral