Resuelto Nº 2 - Requisitos fitosanitarios para la importación de arvejas originarias de Canadá
Made 2013-02-01 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Caribbean Community (CARICOM)
- Country
- Panama
- Subjects
- Food and nutrition, Cultivated plants
- Keywords
- hygiene/sanitary procedures, vegetables/legumes, international trade, food safety and quality, plant protection, pests/diseases
- Categories
- *, agriculture
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Text
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1No 27324 Gaceta Oficial Digital, viernes 5 de julio de 2013 REPUBLICA DE PANAMA. AUTORIDAD PANAMENA DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS RESUEL TO A UPSA - DINAN - 002 - 2013 (De 01 de frbrero de 2013) "Por medio del cual se deroga el resuelto AUPSA-DINAN--114-2007 y, se establecen los Requisitos Fitosanitarios para la importacion de Arvejas (Pisum salivum) en granos, para consumo humano, originaria de Canada" EL DIRECTOR NACIONAL DE NORMAS PARA LA IMPORTACION DE ALIMENTOS, en uso de sus facultades legales CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 crea La Autoridad Panamefia de Seguridad de Alimcntos, como entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y aplicaci{m de las leyes y reglamentos en materia de seguridad de introduccion de alimcntos al territorio nacional, bajo criterios estrictarnente cientificos y tecnicos. Que La Autoridad Panamefia de Scguridad de Alimentos fame como o~jetivo principal el protcger la salud humana, el patrimonio animal y vegetal del pais, mediante la aplicacion de las medidas sanitarias y fitosanitarias aplicables a la introduccion de alimentos al territorio nacional. • Que el articulo 38, numeral 1 del Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 dicta que es funci6n de la Direccion Nacional de Normas para la lmportacion de Alimentos, establecer los rcquisitos sanitarios y fitosanitarios, que deben cumplir Los alimcntos para su introducci6n a1 territorio nacional. Que La Autoridad Panamefia de Seguridad de Alimentos ha considerado pertinente la emisi6n de los Requisitos Fitosanitarios, con el fin de complementar los aspectos sanitarios, de inocuidad y calidad para la importacion de Arvejas (Pisum sativum) en granos, para consumo humano, originaria de Canada. Que el pais, lugar y sitio de produccion debe haber sido reconocido como area libre de plagas de interes cuarentenario, por la Autoridad Panamefia de Seguridad de Alimcntos o en su defecto reconoce la dcclaraci6n avalada por La Direcci6n Nacional de Sanidad Vegetal del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, en base al Articulo 77 de] Dccreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006. Que el incumplimiento de las buenas practicas agricolas y de rnancjo de estos alimentos puede ocasionar la aparicion o prevalencia de contaminantes biol6gicos, quimicos o fisicos, afectando la salud de los consumidores y es responsabilidad de La Autoridad Panamefia de Seguridad de Alimentos, verificar que los mismos no sobrepasen los niveles adecuados de proteccion de la salud publica. Que luego de las consideraciones antes expuestas, RESUELVE: Artfculo 1: Emitir los reqms1tos fitosanitarios para la importacion de Arvejas (Pisum sativum) en granos, para consumo humano, originaria de Canada, cu.ya fracci6n arancelaria sera anexada a la presente resolucion (Ver Anexo). 2No 27324 Gaceta Oficial Digital, viernes 5 de julio de 2013 Artfculo 2: El importador esta obligado a comunicar a La Autoridad Panamciia de Seguridad de Alimentos, a traves de! formulario de notificaci6n de importacion, por via electronica, en un tiempo minimo de 48 horns, previa a la llegada del producto al punto de ingreso. Articulo 3: Las Arvejas (Pisum sativum) dcben estar arnparadas por un certificado fitosanitario, expedido por La Organizaci6n Nacional de Proteccion Fitosanitaria (ONPF) del pais de origen, en el que se certifique el cumplimiento de los siguientes requisitos: Que: 3.1 Las Arvejas (Pisum sativum) han sido cultivadas, proccsadas y, embaladas en Canada. 3.2 Las Arv~jas (Pisum sativum) proceden de areas y lugares de produccion sujetas a inspecci6n por parte de la Organizaci6n Nacional de Protecci6n Fitosanitaria (ONPF) del pais de origen, durante el periodo de crccimiento activo, cosecha y embalaje de! alimento. 3.3 El certificado fitosanitario oficial, debe incluir una declaraci6n adicional, en la que se certifique que: 3 .3. l El envio de Arvejas (Pisum sativum) se inspeccion6 y se encontr6 libre de: a) Delia platura ~) Bruchus pisorum Artfculo 4: El envio debe venir libre de insectos vivos de cualquier tipo, asi como tambien de otros contaminantes biol6gicos, quimicos y fisicos, incluyendo semillas de plantas. Artfculo 5: La produccion, cosecha y el cmbalaje de estos alimentos, destinados para cl consumo humano, se debe realizar en el marco de las buenas practicas agricolas (BPA) y de buenas practicas de manufactura (BPM) ... Artfculo 6: El empaque utilizado debe ser rcsistcnte a la manipulaci6n y estar identificado con el c6digo de! pais de origen, numero de planta empacadora y codigo de lotes. Articulo 7: Los materiales utilizados para el cmbalajc y/o amortiguaci6n no dcben contcncr fibras vegetales u otro material hospedero de plagas. Articulo 8: Los contenedores, previo al embarque, deben ser inspeccionados y desinfectados internamente. Articulo 9: Los contenedores dcben ser precintados (marchamados, flejados) y scllados, de manera que dichos sellos solo puedan ser retirados por La Autoridad Panamcfia de Seguridad de Alimentos, al momento de llegar al territorio nacional. Articulo 10: Al momento del arribo del embarque al puerto de ingreso al pais, la partida debe estar amparada con la siguiente documentaci6n comprobatoria: a) Formulario de notificaci6n de importacion. b) Certificado fitosanitario del pais de origen del producto. c) Copia de factura comercial del producto. d) Declaraci6n o Pre-declaraci6n de aduanas. 3No 27324 Gaceta Oficial Digital, viernes 5 de julio de 2013 Articulo 11 : Al ingreso del alimento al pais, La Autoridad Panamefia de Seguridad de Alimentos procedera a realizar el muestreo para el analisis de cntomologia, y se reserva cl derecho de tomar otras muestras, en ese momento o en cua\quier punto de la cadena alimentaria, a objeto de realizar otros analisis: Microbiol6gico, micotoxinas, caracteristicas organolepticas, fisico-quimicos y residuos t6xicos. El costo de estos analisis debera ser sufragado por el interesado. Articulo 12: Estos requisitos fitosanitarios son exclusivos para la importaci6n de Arvejas (Pisum sativum) en granos, para consumo humano, originaria de Canada, no obstante, no exime <lei cumplimiento de otras nonnas nacionales para su comercializacion en el territorio nacional. Articulo 13: Las fracciones arancelarias, anexadas a la presente resoluci6n, pod ran ser actualizadas cuando sea rcquerido, siempre y cuando no contravengan las normas ya existentes. Articulo 14: Este Resuelto deroga el Resuclto AUPSA-DlNAN-114-2007 y toda disposici6n que le sea contraria. Articulo 15: El presente Resuelto cmpezara a regir a partir de su firma. PARAGRAFO: Las notificaciones que se encucntren pendientes y/o en tramite al momento de la firma del presente Resuelto, deberan cumplir con el Resuelto AUPSA-DINAN-114 2007. FUND AMENTO DE DERECHO: Decreto Ley N° l l de 22 de tebrero de 2006. Ley N° 23 de 15 de julio de 1997 Ley N°4 7 de 9 de julio de 1996 COMUNJQUESE Y CUMPLASE. ~"'Rl~½Q HUMBERTO A. BERMlJDhl R. Director Nacional de Normas para la Irnportaci6n de Alirnentos ~~~ EMILIO CASTILLO VASQUEZ. Secretario General 4No 27324 Gaceta Oficial Digital, viernes 5 de julio de 2013 ANEXO (De 01 de FEBRERO de 2013) RESUELTO AUPSA - DINAN - 002 - 2013 (DE 01 DE FEBRERO DE 2013) "Por medio del coal se deroga el resuelto AUPSA-DlNAN-114 2007 y, se establecen los Requisitos Fitosanitarios para la importacion de Arvejas (Pisum sativum) en granos, para consumo humano, originaria de Canada" Fraccion Arancelaria 0713.10.90 Descripcion del producto alimenticio . . .. Guisantes /arvejas / chich~os (Pisum sativum) de vaina secas desvainadas, aunque esteri inondadas o partidas.