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Resolución No. DM-0138-2025 - Por la cual se aprueba la Guía de Buenas Prácticas Ambientales (GBPA) para Obras Complementarias en el Mantenimiento de Vías Públicas Existentes

Made 2025-04-25 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Panama
Subjects
Air and atmosphere, Environment, Land and soil, Wild species and ecosystems, Waste and hazardous substances
Keywords
protection of environment, good practices, environmental planning, authorization/permit, procedural matters, pollution control, noise pollution, public participation, capacity building, policy/planning, soil conservation/soil improvement, ecosystem conservation, air quality/air pollution, waste management

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  1. No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 4 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE AMBIENTE RESOLUCIÓN No.1}1 • 0\'°6~·-2t)?S De ~ S de o1,,w ,Q, de 2025 "Por la cual se aprueba la Guía de Buenas Prácticas Ambientales (GBPA) para Obras Complementarias en el Mantenimiento de Vías Públicas Existentes". El suscrito Ministro de Ambiente, en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República de Panamá establece que el Estado y todos los habitantes del territorio nacional tienen el deber de propiciar un desarrollo social y económico que prevenga la contaminación del ambiente, mantenga el equilibrio ecológico y evite la destrucción de los ecosistemas; Que el artículo 1 del Texto Único de·fa Ley41 de 1 dejulio del 998, General de Ambiente de la República de Panamá; que comprende las r~fürmas aprblradaspor la Ley 18 de 2003, la Ley 44 de 2006, la Ley 65 de 201 O Y' í~ .. :µey 8 d6 20-15; señala q~e lá adfuinistración del ambiente es una obligación del Estado; .p~r tanto, ,esta Ley ,establece ,los principios .y normas básicas para la .. /.. i ,· ,. ' i. -., •• • .,,, :·, ' .. protección, conservación y 11eé1Jperacióh del ar:nbiente, • promoviendo .; el uso sostenible de los recursos naturales e iJt~grando-'Ía gestfüí:J.• áihfuiehtal~~iói obj~tivos sociales y económicos, con el • / '.i ,· .. : 1 . - ~,.~ - . ' '•.-,:·· : ·-~;, . ·-1 ~'-' • ..• '··: '-i•:,·: . ., . ' -fin de lograr el desai¡rolfo l1µmano so.steniblejiífiel,país.;:>··· • r; • • : .;:·.- ,· ;: " :r<;¡t:--:J.·::'! / :,:::~r ····./L.... • .. • ........ , ¡: Que el artículo 2 d~l Jexto TJnico d~ la:L~y,41 d~ 1998;:Geheral de Afll.biente de la República de ; .. ~ · ./ : f . ~ 1 ··: ... . ,. ::: i. . ',, ;· . : : . ! f . •• • : ' Panamá, comprende las reformas aprobadas .. potJa L(:yJ8 ;dé 2003, la,Ley-44 de 2006, la Ley 65 1 . •• • ·: i t-w::,. ;:. ,-~:·-··:: "'~<::' ~, ; .· l de 2010 y la Ley 8 -,de 20J5,\define eqrno 1Gu(as de Bu~:\1,as 1PrácticasAmbient.ales el conjunto de 11 \\-·· ... \ ). i :. , ·;-.-~~: ... ::~ ;::-:.·.;-;-::-::: ... ,:-:--.-::-.-:-- -' , ; ,/ -. -, herramientas que incorporan las variables·án?,l>cieI¡I¡tates Y:'sociales co:t;ripfotñentárias a la regulación vigente, estableciendo ~c¿lon~s de 'preyétiei◊~;! TTi.itigic'ió.P:, corr~cción o/ compensación para minimizar los daños· anibié~!~~~S-9Je ldi ~~fátofi~ dé u.n,proy~ct'o/ obra o actividad de desarrollo implementen, a fin -de·:garanti?ar la::prótecciói:i ;y P.J."evend6n, de daños en los factores ambientales; • .., ,'. ·- ·- •. ,•· • 1 ' -~ (' Que el artículo 4 del Texto Único de laLey 4(4i} 928, General de Ambiente de la República de Panamá, que comprenden las reformas aprobadas por la Ley 18 de 2003, la Ley 44 de 2006, la Ley 65 de 2010 y la Ley 8 de 2015, establece como uno de los principios y lineamientos de la Política Nacional de Ambiente, dar prioridad a los mecanismos e instrumentos de prevención de la contaminación y restauración ambiental en la gestión pública y privada, divulgando información oportuna para promover el cambio de actitud; Que el artículo 8 del Texto Único de la Ley 41 de 1998, General de Ambiente de la República de Panamá, que comprenden las reformas áprobadás por la Ley 18 de 2003, la Ley 44 de 2006, la Ley 65 de 2010 y la Ley 8 de 2015, dispone que las actividades, obras o proyectos públicos o privados que, por su naturaleza, características, efectos, ubicación o recursos y con base en los criterios de protección ambiental pueden generar riesgos ambientales bajos o moderados, esto es, que generen impactos ambientales negativos no significativos y que no conlleven riesgos ambientales negativos, previos a su ejecución, podrán optar por Guías de Buenas Prácticas Ambientales que les sean aplicables siempre que estas hayan sido reglamentadas por el Minister· de Ambiente (MiAMBIENTE); ~ 1 MINIS'l'EIUO D! REPÚCU:A t.:.. ,•.;.M~,.. Alw61itl'iU - GOBIERNO NACIONAL - . FIEL COPIA DE SU ORIGINAL -~:. ~~-· ~~........., - - ~ecn~tario General FecnaY 9 ABR 202:, No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 5 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 Que mediante la Ley 8 de 25 de marzo de 2015, se creó el Ministerio de Ambiente como entidad rectora del Estado en materia de protección, conservación, preservación y restauración del ambiente, así como el uso sostenible de los recursos naturales, para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes, los reglamentos y la Política Nacional del Ambiente; Que la Resolución No. DM-350-2016 de 9 de junio de 2016 "Que reglamentó los párrafos tercero y cuarto del Articulo 23-A de la Ley 41 de 1 de julio de 1998 adicionados mediante la Ley 65 de 26 de octubre de 2010, en la cual se reglamenta el contenido de los avisos de consulta pública y su proceso; Que el Decreto Ejecutivo No. 111 de 25 de agosto de 2016, "Que aprueba el Reglamento del Proceso de Elaboración y Adopción de las Guías de Buenas Prácticas Ambientales previsto en el artículo 23-A del Capítulo II, Título IV de la Ley 41 de 1 de julio de 1998, General de Ambiente de la República de Panamá", establece entre otros, los requisitos a cumplir para la elaboración de las Guías de Buenas Prácticas Ambientales; Que según nota SG-SAM-1049-20Z4; recibida el 24 ,de octubre de 2024, el Ministerio de Obras Públicas (MOP) hace entrega ,de i~ éopia Impresa d~l;borrador de la "Guía de Buenas Prácticas Ambientales para Proyect(!s de Co~s(tllcdtó~~de ·Vad~s. Vehip ulares, Cajón Pluvial Simple, Doble y Triple, Zarzos Peatonales, Pu~nte,,Colgante Yehic.ular, ·Puentes VehicZ:tlares de Viga Losa de Hormigón, Puentes P/atónales có~ Estribo; y. su;erestructura Metálica, Puente Peatonal de Hormigón, Puentes Tf~hic ylare,l~ipQ §exeh,c{'j·P i;pniff Yehtq l:IJClreS Modulares"' elaborado por el Ministerio de Obras/Pibiicas., Adiciorta:1; .sólicitaj{ revisión 'dei Ministerio. ~e Ambiente, en virtud a lo establecido par~ tales··~¡ectos ertietD~~¡-~()-~j~~titóN~.111 de 25 de agosto de 2016 (ver fojas 1 a la 62 del e~pediente)' ¡': '· . ::;· > :' .••..• ; < · ·,; • 1:::: : '. 1-"--.... ·• ' : ' ¡ "· ',,!: ;! . '•' [¡< ' : í l \ ... ~ --·----~;::~-· ··-·--·--i~: .... e• / i En base a lo establecidó,en el MEMORANl).(}:.l)CVC4.~627.,.2024, r~ctbido el 8 de noviembre de \ I, -•. i •--··., ., •.• •. • >-:.·:-: • - ': :. : .. ·"'"· .'•-•::?r:1· f .. • / !. - • 2024, la Dirección de -Verificación del D.e,sei:Jipe,ñ,ó Arnb.iental (DIVEDA) remite, a través de un •.. -~ ' ', ' \ ·-¡, ·, '----.. -':·,, ¡ ( --:.i-. '¡:",'.,. ~· /:' ..... ' , . ·, : / disco compacto (CD); prnpµest~ de la "Guia <4,tBuerias Practicas Ambientafes para Proyectos de Construcción de Vados V{hfiu/rjres, 'Qajó7'!::~1fay~fli§i~p1e, Dpble yi,Triple, Zarzos Peatonales, Puente Colgante Vehicular, P~eht,es-Vehiculares1de Viga Losa.de Hormjgón, Puentes Peatonales con Estribos y Superestru~tur.d Metálica,'.PúentePeatónaÍ de Hdfmigón, Puentes Vehiculares tipo Cercha y Puentes Vehiculares Modulares" y spÜcita una convocé'.ltoi-ia a reunión para el día 13 de noviembre de 2024 a la 1 :00 p.m., ·con ~l fin de· kjecutat: el-proceso de revisión y validación del documento presentado (ver fojas 63 y 64 deiexpécfierÍt~); Que, en el Registro de Asistencia del 13 de noviembre de 2024, queda constancia de la reunión realizada con técnicos de la Dirección de Verificación del Desempeño Ambiental (DIVEDA), la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental (DEIA) y Asesoría Legal, a fin de tratar temas relacionados con la "Guía de Buenas Prácticas Ambientales, para Obras Complementarias en el Mantenimiento de Vías Públicas Existentes" (ver foja 65 del expediente); Que, mediante la nota DEIA-062-2024, de 15 de noviembre de 2024, la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental, en atención a nota SG-SAM-1049-2024, informa al MOP sobre la reunión programada el martes 19 de noviembre d'e 2024 a las 9:00 a.m. en el salón de reuniones de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental, con el fin de tratar temas relacionado con la Guí de Buenas Prácticas Ambientales (ver foja 66 del expediente); República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No.Tu-0\3?, Fecha ~S-<.j- ;;>m..$ pág.2 de;?O~S ~ 1 MINlffllltO DI REPÚCLt:.A L;. ,•.:.h,-'~.,,. 1 Atwtli:NU - GOBll:RNO NACIONAL - 1 . FIEL COPIA oe su ORIGINAL - . •-: ~.k...11-~~ ~ --'--'-r-- u , ílí'J ri2rj ::,ecrttiarío General Fecna; hr,i, •J No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 6 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 Que, en el registro de asistencia del 19 de noviembre de 2024, se deja constancia de la reunión realizada con el Secretario General y técnicos del Ministerio de Obras Públicas (MOP), la Dirección de Verificación del Desempeño Ambiental (DIVEDA), Asesoría Legal (OAL) y la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental (DEIA), do]).de se conformó una mesa de trabajo con el fin de tratar temas relacionados con la Guía de Buenas Prácticas Ambientales. Entre los acuerdos, se incluye el ajuste del nombre de la Guía de Buenas Prácticas Ambientales de "Guía de Buenas Prácticas Ambientales para Proyectos de Construcción de Vados Vehiculares, Cajón Pluvial Simple, Doble y Triple, Zarzos Peatonales, Puente Colgante Vehicular, Puentes Vehiculares de Viga Losa de Hormigón, Puentes Peatonales con Estribos y Superestructura Metálica, Puente Peatonal de Hormigón, Puentes Vehiculares tipo Cercha y Puentes Vehiculares Modulares", hacia el nuevo nombre propuesto: "Guía de Buenas Prácticas Ambientales, para Obras Complementarias en el Mantenimiento de Vías Públicas Existentes"; el cual fue aceptado en la reunión (ver foja 67 del expediente); Que, mediante la nota DEIA-067-2024, de 25 de noviembre de 2024, la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental (DEIA), en atención aJa .. riot¡i SG-SAM-1049-2024 de 24 de octubre de 2024, solicita formalmente presentar el do.cumento ajustado aL contenido definido en el artículo 9 del Decreto Ejecutivo No. 111, de 25 de agosto 2016/''Que aprueba el Reglamento del Proceso de Elaboración de Guías de 13üenas Prác.tfoa~ Ambientales, previsto en el artículo 23-A del Capítulo II, Titulo IV de la Ley 4lde 1 de julio el.e 1 99 8; G~ner~t de-Ambiente d~ la República de Panamá" (ver foja 68 del expediente); ,> . .- ..•• ,, . •• - 1 . . • '/ ' --,~:::. •• ;•t;'.' i t/i •. - -• . :· e;··· ''• .. ' Que, mediante el MEM'OIUNDQ .. UEIA.:.$43'-?'024; de 29 ae noviembre de, 2024, la Dirección / -- --.,' ·~---.·. ··. ' ,., ..... ,~~- ,·' .. /· ''• :, ... ~. ,/. . ';, -~ de Evaluación de limpactó Ambien.taF-;(.Plr)IA;}' cpl'.ls:aj,t;:i., a ]a: :()ficina' de Ases9ría Legal sobre la , L ... --, 1 i>- . -: : .... • ... :• -~ ... --·,:.'-~: <---. . -· · ¡ aplicación del conten!4<tde~ artícul~ '12,~~1-D,ec~eto Eje9utiv6 No. 111 del}5 fie agosto de 2016, relativo al proces~ de··e1ab,oración:de1dhias"~dé1.Bu.én~s Prá,cticas Ambientales, en virtud a lo • • ; .-•-- ' • ' • ¡; ·-...,.'.~ '~;.-~---7: .. ,,.,:\:,:. ' • ' : : '. s1gmente: • • \ ~~,s ·: ·• • ;<,,..., • :1 • !--....... , .. ' ... : .. - - "El Decreto\F;Jecur(v~ No. l11it26 '4elbi~stlde 2016, que'aprueba el Reglamento del Proceso de Élabordéió~· de Guias ·if't;úiue;1ras· :Práctica~ AmbÚniales, establece en su ' ' ' ' '•, . ' ' • -•>> ' ' ¡;(/ i ,, ' ·-·-~ -·' ' ' •• ' • ' artículo 12: "Participql:ión de Actdre's:'-El A{ini'st{¿rio 'de Ambiente, como entidad competente, someterá iá; Propuestcirde-Guíás de Bu~nas .Prácticas Ambientales a la participación de todos los sectores repr~~fmtados en la (;omisión Consultiva Nacional de '. 1 ' Ambiente. • i • • El Decreto Ejecutivo No. 3 de 6 de mayo de 2024, "Que reglamenta el Capítulo III del Título I de la Ley 8 del 25 de marzo de 2015, sobre las comisiones consultivas de Ambiente y dictan otras disposiciones", dispone lo concerniente a la conformación y funcionamiento de la Comisión Consultiva Nacional de Ambiente ... " (ver fojas 69 a la 70 del expediente); Que según nota SG-1195-2024, recibida el 04 de diciembre de 2024, el Ministerio de Obras Públicas (MOP), en seguimiento a nota DEIA-067-2024, fechada el 25 de noviembre de 2024, entrega formalmente al Ministerio de Ambiente la Guía de Buenas Prácticas Ambientales (GBPA) con las adecuaciones establecidas en la reunión técnica el día 19 de noviembre de 2024 (ver fi • s 71 a la 134 del expediente); República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No. DM- O\ 3 'il- de la2$ Fecha JS- 1..\.-:;)Q?.S pág. 3 ~ 1 MINlfflR10 DE REPÚELl:.A L ; ,•...:.h,,.\P,o" ,· ·• Alvlll!llcNlE - GOBIERNO NACIONAL - . FIEL COPIA DE SU ORIGINAL No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 7 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 Qué, según el registro de asistencia del 20 de enero de 2025, se deja constancia de la reunión realizada con técnicos de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental (DEIA) y del Ministerio de Obras Públicas (MOP), con el fin de tratar temas relacionados con la "Guía de Buenas Prácticas Ambientales, para Obras Complementarias en el Mantenimiento de Vías Públicas Existentes" (ver foja 135 del expediente); Que, según el correo electrónico emitido el 21 de enero de 2025, se solicitó a los técnicos de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental (DEIA) y Asesoría legal apoyo en el proceso de la elaboración de la "Guía de Buenas Prácticas Ambientales, para Obras Complementarias en el Mantenimiento de Vías Públicas Existentes" (ver foja 136 del expediente); Que, según el registro de asistencia del 22 de enero de 2025, queda constancia de la reunión realizada en el salón de reuniones de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental, en conjunto con personal de Dirección de Verificación del Desempeño Ambiental, la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental (DEIA), la Oficina de Asesoría Legal y Dirección de Seguridad Hídrica (DSH), en seguimiento a la nota SG:.~AM-10~?-2024, recibida el 24 de octubre de 2024. En esta reunión se conformó una .mesa de,trabajo e,n la cual.los técnicos emitieron su criterio técnico para revisión de la gµía.' Entre lbs pµntos ,de5.t~cados-de la reunión se mencionan los siguientes: ajuste en la deséripcióh. de' l~s-definiciones de la-guía, tipología de las estructuras, ajuste en cuanto a las re.sfricciones en áreas cotnarcales y áreas dentro de la cuenca del Canal de Panamá y referente a \l aplicaciqri de las rh¡didas que ·~stas se'an próporcionales a la duración de / • ' ' ' . ..,. ,' ' ....... • ' ' ' ' ' ,' . la actividad (ver foja,13,7.del e1pedi~i:i te);- '/ ·. • ••••• / J...¡/'/ / .) ...... :,;: ~r//. : · . --~: ; i Que, según el corre,b ~leiii~.hico eWt1dq::et2-fd#é;~rP.q~2Q[Z5 por Lilfan Bemard, dirigido a el personal del Ministerló:dtj Óbras PttbhciJl~e:se~ala Jo.sigtiiehte "En ~teñcion a lo conversado el f" . ' ' '. ¡ .. ! : ' ' , ~,.- • ' ' : ' :·: • • ~" • • día lunes, remitimds para revisión y cpmentariiJs' el '/Jorrador 'de la GBPA con criterios técnicos- legales unificados por ,jx:1rt~ de MiA.,;,,bii~tJ•:i~ie. igüal m~~ra se le Invita á participar de una ' ·, .·, , •• ,, ., . '· ·1 ~:.· ·.', :: ... .-.. :· -~--~ f •• ~ i .' · reunión el día lunes 2ideenero de 202$,,:par~·valt4adatgunasimedidás/itnp1ementación y alcance , . , ,:' • ..... · ·\ ,:,: :,:I ".:.!. ,, de la guia (ver foJa 138 del·exped1ente); i~/-: :! • • · .. ·.' ,,, •. •···· '- \ . '·"{)i< ' . ' , ' Que, según el registro de asi~tétjcfadel 27 dé-briero ·de 2025., queda constancia de la reunión realizada en el salón de reuniÓnes de la ·Dirección de· Eválu~dón .dé Impacto Ambiental, con personal de DEIA y del MOP, en la cual se di~éa!ieron los comehtarios u observaciones emitidos por mesa de trabajo con participacfón-de los téén'icos d e DIVEDA, DEIA, DSH, Asesoría Legal (ver foja 139 del expediente); Que, mediante la nota DEIA-003-2025, de 27 de enero de 2025, la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental (DEIA) informa al Ministerio de Obras Públicas (MOP) que, el 24 de enero de 2025, mediante correo electrónico, se le envió la "Guía de Buenas Prácticas Ambientales, para Obras Complementarias en el Mantenimiento de Vías Públicas Existentes", según lo establece el Decreto Ejecutivo No. 111 del 2016, con las observaciones y comentarios realizadas en la mesa de trabajo (ver foja 140 del expediente); Que, en el correo electrónico recibido el 30 de enero de 2025, Eligia De León del MOP adjunta la guía atendiendo los comentarios y observaciones realizadas durante la reunión realizada el día lunes 27 de enero de 2025, e informa que la misma será enviada de manera formal el 31 de ·enero de 2025 (ver foja 141 a la 142 del expediente administrativo); República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No. :::or+ O\':)~ - de~ Fecha J-S- l\- ').(21. ~ pág.4 ~ \ MINISTERtO DE REPÚCLl:A e,;,. .• ,:."'"'P.iÁ I AM61tl'lllE - GOBl~RNO NACIONAL - , . FIEL COPIA DE SU ORIGINAL 1~;~ L ~. ~ch-::: ... "Y~ -·-'!""'···a' . ~ tD~\ lülJ ::,ecrtií.élrio \.:ieneral f ecna. 1o-.::...-.a..=~ No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 8 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 Que, en el correo electrónico recibido el 31 de enero de 2025, el ingeniero Juan Miguel Jaén de DIVEDA, presenta sus comentarios y observaciones sobre la Guía de Buenas Prácticas Ambientales (ver fojas 143 a la 146 del expediente); Que, mediante la nota SG-SAM-101-2025, recibida el 31 de enero de 2025, el Ministerio de Obras Públicas (MOP), en seguimiento a la nota No. DEIA-003-2025, remite la Guía de Buenas Prácticas Ambientales, en la cual atendieron los comentarios realizados en la reunión del pasado 27 de enero de 2025 (ver fojas 147 a la 185 del expediente); Que, el día 3 de febrero de 2025, se somete a consulta pública la "Guía de Buenas Prácticas Ambientales, para Obras Complementarias en el Mantenimiento de Vías Públicas Existentes", publicada en la página web del Ministerio de Ambiente; la consulta fue publicada en el periódico La Prensa, con las siguientes fechas de publicación: la primera el 3 de febrero de 2025, la segunda el 4 de febrero de 2025 y la tercera el 5 de febrero de 2025 (ver fojas 186 a 188 del expediente); Que, mediante nota DEIA-005-2025, de 4 de febrero de 2025, la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental (DEIA) extiende 1a·-invitación a las Unidades Ambientales Sectoriales a participar del proceso de consulta publica de las · "GUIAS DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES PARA OBRAS COMPLEMENTARIAS EN EL MANTENIMIENTO DE VÍAS EXISTENTES'. La mismá que desde el 3 de febrero de 2025 está disponible en la página web del Ministerio de Ambie°:té y" que dichos comentarios u observaciones de la guía se podrían enviar al correo electrónico: gppa-obras@miarnbiente:gob.pa(ver foja 189 del expediente); ' ' .- ' '; . ' ' ~-: :-~ Que, mediante correo elec;trónico .dtf, 5 :4e0febréro , de 2025; se les informó a las Unidades Ambientales Sectbdá1e·s: que la ''Guí~/- dé : : BÚe~~; Prácticas 'AmbientCJles para Obras Complementarias en' el Mantenimiento d e,:flía~ .Existe'~tes", estaban disponibles desde el 3 de '. ! -. ,¡ ,-·:::·. ', .. ' ,-·-.. , "4 • febrero de 2025 en la :página web cleHMinist~rfo de Ambiepte (www.miambiente.gob.pa) para brindar sus comentarr9s u' observaciones de igual manera' las sugerericias y aportes se podrían enviar al correo electrórifoo {gbpa~obra~@miJmb1eri:té.gob.pa) (ver foja 190 del expediente administrativo); ·- • --· • • • • ~, ~ Que, mediante MEMORANDO-DEIA~-083'-2025, recibido e~ la Oficina de Asesoría legal el 13 de febrero de 2025, la Direc~ión de Evaluación de Impacto Ambiental informa que el documento actualizado de "Guías de Buenas Pr<icticas .Ambientale s para Obras Complementarias en el mantenimiento de vías Públicas existentes'\ se·ericuentra en proceso de consulta pública y está disponible en la página web del Ministerio de Ambiente. Además, señala que los comentarios, aportes o sugerencias sobre el referido documento deben enviarse vía correo electrónico (ver foja 191 del expediente); Que, mediante nota 14.120.4-024-2025, fechada 12 de febrero de 2025, el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT), en seguimiento a la nota DEIA-005-2025, referente a emitir comentarios, aportes o sugerencias a la guía, señala lo siguiente: " ... le informamos que la autoridad en el caso que nos solicita emitir comentarios, aportes o sugerencias es el Ministerio de Obras Públicas. Por lo tanto, le recomendamos canalizar su solicitud a dicha entidad. No tene observaciones adicionales por nuestra parte" (ver foja 192 del expediente); República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No. '.Dt+0\32- de~ Fecha 'JS- L\. - :}O:}$ pág. 5 ~ 1 MINlfflRIO fJE REPÚCLl:A L;. .-,:.1\."'P.ill ,·.. .Alvl61é:l'fl I! - GOBIERNO NACIONAi. - . FIEL COPIA DE SU ORIGINAL No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 9 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 Que, una vez realizado el análisis técnico del instrumento de gestión ambiental propuesto, la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental (DEIA) y la Dirección de Verificación del Desempeño Ambiental (DIVEDA) del Ministerio de Ambiente, mediante informe técnico No. 04- 3103-2025, de 31 de marzo de 2025, que reposa en el expediente administrativo respectivo, concluyen que la propuesta de la Guía de Buenas Prácticas Ambientales contempla las medidas, controles y buenas prácticas ambientales para el desarrollo de las actividades propuestas dentro del alcance de la guía, objeto de este informe, cumpliendo con los principios y normas básicas establecidas en el Decreto Ejecutivo No. 111 de 25 de agosto de 2016 y recomiendan aprobar la Guía de Buenas Prácticas Ambientales (GBPA), para Obras Complementarias en el Mantenimiento de Vías Públicas Existentes; RESUELVE: ARTÍCULO l. APROBAR la Guía de Buenas Prácticas Ambientales para Obras Complementarias en el Mantenimiento de Vías Públicas Existentes, para la implementación de las acciones de prevención, corrección y mitigación y/o compensación que pueden ejecutarse en estas actividades de desarrollo público, a fin de garantizar la protección y prevenir daños en los factores ambientales de la región, la cual se encuentra adjunta en el Anexo I y forrna parte integral de esta Resolución. ARTÍCULO 2. Esta resolución empezará a regir a partirde su promulgación. FUNDAMENTO DE DEREC,HO: Constitución Política de la República de Panamá, Texto Único de la Ley 41 de 1998, Ley 65 del 26 de ochibre de 2010,Ley .8 de 25 de marzo de 2015, Decreto Ejecutivo No. 111 de.25 de;agÓsto de.2ó16 y\Í~má§ normas concordantes y complementarias. 1 ,; ,, l. .• . ·~' , Dada en la ciudad, de . Panamá, a los :/~ --~~~· ~----·; del año dos mil, veiqticinco{20~5). COMUNÍQUESE Y CÚMl>LASE. República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No.'br+ O\~ - de ~s Fecha JS -Y - :).Q~S pág. 6 • Ministro de Ambiente ~ 1 MINISTIRIO DE REPÚCLl:.A t;;. ,.,:.i.,,.,,.¡"' l. Al'llilllcwiE - GOBIERNO N .CIONAL - . FIEL COPIA DE SU ORIGINAL de No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 10 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 ANEXOI l. GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES PARA OBRAS COMPLEMENTARIAS EN EXISTENTES. EL MANTENIMIENTO DE VÍAS PÚBLICAS Esta guía establece los lineamientos dirigidos a los promotores (Instituciones públicas) para el desarrollo de las actividades de rehabilitación, construcción, reemplazo o mejoramiento de las obras y sus actividades típicas, que se encuentren afectadas por temas de vulnerabilidad climática y/o estructural o que forman parte del programa de mejoramiento de las vías públicas y la conectividad entre comunidades. 2. OBJETIVOS Y ALCANCE DE LA GUÍA. 2.1 Objetivo General. Establecer directrices para la protección del ambiente mediante la implementación de las medidas de prevención, corrección, mitigación, minimización o compensación, a cumplir estrictamente por el promotor (Institución pública) para aquellas acciones propias de las actividades, obras o proyectos de riesgos ambientales bajo y que generen impactos ambientales negativos no significativos a los aspectos socioambientales en el entorno donde se ejecuten. 2.2 Objetivos Específicos. • • • • Crear un instrumento ambiental ainiga:ble, sencillo, útil, de fácil aplicación que permitan mejorar el desempeño ambiental de los próyectos; obras y actividades mediante la aplicación de mecanismos constructivos amigables al ambiente. Capacitar a los actores claves del proceso sobre la importancia de proteger el medio ambiente y cómo pueden contribuir en ello durru;lte la ejecución de las obras. Promover un desarrollo social y ecpnómi,co que preveng.;i la destrucción de los ecosistemas y el equilibrio ecológico. • . - ·•. • . • .. · Garantizar estructuras que bdndert ¡ segilridad de úso y tránsito para el mejoramiento de la vialidad pública existente. • 2.3 Alcance. , .. . . . . .. . . . . . Esta Guía de Buenas Prácticas Ambieñtalés (GláPA) podrá ser implementada en las actividades, obras o proyectos en vías ,públicas. existep.tesii doµp.e • se busque la rehabilitación, reemplazo, construcción o mejoramiento, siempre .. que · est~n.' ,ubicados: en servidumbre vial pública existente, constituida y generen impactos ambientales riegatjv()sno significativos y riesgos bajos. . - \ El alcance de esta GBPA está definido en l~-. Tabla No.1, donde se describe la tipología de estructuras que pueden ser afectadas por vulnerabi~idad climática y/o estructural: .Tabla No. l :. Tipologíasde.estructuras.en.vías.póblicas .existentes·-···--··-- ·-- ---·-------··---- ·--· .! . Vadovehicular. -----·---·· ·-··-·-------·--•-···--··-·-·····-·------ ----·----- ·---- .. ·-·--····---• .. --. -·- ·-• g lljón pluvial simple, doble y triple.. (ancho .entre 2 my 12. m) ··----·----- - •-- Zarzo peatonal.-·----·----·------------·· --·-·----·--- ·--· ·-----·· ........ ---.-........... -........ .. • . Estructuras sin a¡myo central o queno.afecten el cauce de los cuerpos.de ag u <1: ·--· . •• . . . . o. Puente colgante vehicular. ·-·--- ·······-···---· ···--· .. .. .. ----·- -· -- -·--º Puente vehicular.de viga losa. de hormigón. . .. . --·· ··-··--···--· ......... -·-··-·· ·--·--···-··-·-·----······· o. Puente peatonal con estribos de hormigóny superestructurnmetálica. =~~: : .:. : .... :?. ... J>~e.~te peatonal de hormigón. . • ·~·-· --·-·-·---·. ... -·-- . -····--··-·-·---·-- o Puente vehicular cercha. ·- ..... ...... ., ,. ·-· ... , .. - ---,. ------···--·--·-··--·---------',, , ··--·-·-··----·-·-·· ----. -·--•-,--•·-····--·- --·--·-··--- o Puente vehicular modular Para el acogimiento a esta GBPA "Obras complementarias sobre vías públicas existentes", promotor (Institución pública) deberá contar con las siguientes autorizaciones previas: República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No. ::DM • OL3~ - de~ Fecha?,,~~ t..J-;),Q'LS pág. 7 ~ 1 MINlfflRIO l)E REPÚEU:A t.:.,.,.;."'"'~'" ,·. Ah'l61el'f1E - GOBIERNO NACIONAL - . FIEL COPIA DE SU ORIGINAL No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 11 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 • Autorización por parte de la Autoridad competente para el desarrollo de actividades en sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y/o perteneciente al patrimonio cultural. • Autorización del Ministerio de Ambiente para el desarrollo de actividades dentro de áreas protegidas, ecosistemas marino costeros o zonas especiales de manejo marino costeros. • En los casos de áreas comarcales y áreas dentro de la cuenca del Canal de Panamá establecidas por ley, deberán contar con las respectivas autorizaciones por las Autoridades competentes. • Contar con la certificación de servidumbre vial constituida. • Diseños aprobados por el Ministerio de Obras Públicas o Autoridad competente. No aplica el acogimiento de esta GBPA en los siguientes casos: • Nuevas vialidades, caminos o carreteras que incluyan las tipologías descritas en la tabla 1. • El desarrollo de estructuras distintas a lo indicado en la tabla No.1. • Áreas que no cuenten con servidumbre vial existente y constituida. • La construcción o instalación de elementos dentro de los cauces de los cuerpos de agua. • Los proyectos que estén en ejecución y fueron aprobados a través de un Estudio de Impacto Ambiental. No es aplicable a actividades, obr as ó prqyectos, que produzcan impactos ambientales negativos significativos en su área de influen~iá' y qu~ C()mO nlsult~do. de SÚ ejecución, generan o presentan alteración o modificación a las características -o-circunstancias previstas en uno o más de los criterios de protección a~biental e$tab.leddos enJa norma vigerite que reglamenta el Capítulo III del Título II del Texto Úni,co de -~e)'.,41 delül 'de julió' de .1998 sobre el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, y ~e dictan otras disposiciones. . • .i .- . •. •" - --·--· ~·-· .;;::., ',·-:,.,.' .·./•': 3. »IsPosicioNEs 'GltN~RAL~-~:·n~ Ll-:~lfr,r .. .•· .. La Guía de Buenas Pri,íctkas,Ambientalés :paráobras~·owpkrnentarias\en el mantenimiento de vías públicas existentes iné}ü.ye; él mejoramientó de obras q~e ga"r:anticen la éortectividad mediante el tránsito seguro entre Ías· 6oinunidades y , ra::e~tábilida:cl -· de: la I red vial públíca. Las obras y sus actividades típicas sé des:criben en la I'abla:~:cl:é ~ste dócumentq. ' \ \ ( : ~. •• · \; ., • c- - ·~.T '.··-~: .... ~{ .. : • ·-:.¿.; • 1 ·' El promotor deberá oh.tener la aprobac;ió~ :ae laDirec:ción/Regfonal correspo~diente, previo al inicio del proyecto, obra o actividad detallada.e,n et:·fuertiqrial de a,c'ogida· deJa Guía de Buenas Prácticas Ambientales e iniciará su ejecución en el pia~tPa.~ttth:Cl) .ifio corttado•a,·µ·artir de la presentación del memorial de acogida. · ,· ' • W•·-· -•·· •• ' • ••• Asimismo, el promotor info~ará a la Dirección/Regional correspondiente la fecha en que inicie la ejecución del proyecto, obra o actividad, la cual -deberá culminar en un periodo de 12 meses. En caso de que, por razones fortuitas, no se culmine-la obra en plazo previamente establecido, el promotor (Institución pública) podrá solicitar por una sola vez una prórroga de hasta 6 meses, la cual debe ser solicitada previo a su vencimiento. Con las medidas ambientales establecidas en esta Guía, se busca que las actividades, obras o proyectos se diseñen y operen de una forma armonizada y equilibrada con el ambiente. Por ello, se hace énfasis en que, desde el inicio de la obra, el promotor (Institución pública) debe implementar los mecanismos y metodologías constructivas propuestas en este documento, los cuales deben generar impactos ambientales bajos no significativos y riesgo ambiental bajo. Para cumplir con los objetivos descritos en los párrafos anteriores, se requerirá efectuar mecanismos constructivos amigables al ambiente, además de capacitación ambiental a los colaboradores (trabajadores), con la finalidad de que se genere conciencia ambiental y de seguridad, para que en todo momento estos desempeñen sus labores bajo premisas de conservación ambiental y de seguridad para consigo mismos y las comunidades o pobladores del entorno. República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No.Tu• Ol3g - de~ Fecha 1.':i ~ 4 - :l.Q';l.S pág. 8 ~ ' MINIIQRIO DE R!Pl'.leu:A L-;. ..... , .. "',.;"' 1 Alw61&:NiE - GOBIERNO NACIONA, - . FffL COPIA DE SU ORIGINAL No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 12 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 En los casos que las actividad, obras o proyectos sean ejecutadas por Contratistas del promotor (Institución pública) los mismos serán solidariamente responsables de la aplicación de los programas de control de las buenas prácticas ambientales en las distintas fases de su ciclo de vida. 3.1 Definiciones. -Ambiente: conjunto o sistema de elementos naturales y artificiales de naturaleza física, química, biológica o sociocultural, en constante interacción y en permanente modificación por la acción humana o natural, que rige y condiciona la existencia y desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones. -Autoridad competente: persona o organización que, por mandato legal, ejerce los poderes, la autoridad y las funciones especializadas, relacionados con aspectos parciales o componentes del medio ambiental o con el manejo sostenible de los recursos naturales. -Cajones pluviales: son estructuras de hormigón reforzado de forma cuadrada o rectangular, utilizadas en sistemas de drenaje para manejar cauces de ríos o quebradas de tirantes máximos entre 0.3m a 3.5m de altura, con anchos de entre 2m y 12m. • Cajón Fluvial o Pluvial Simple :.este'tipo tiene una·sola cámara y se utiliza para recoger y canalizar el agua de lluvia Cl déq1;1ebntqas de árefa$péqueñ,as; Es ideal para zonas con un bajo volumen de escorrentía. , : ,· . r ' • • • • • • Cajón Fluvial o Pluviaf Dóble: es{~ modelo cuenta con dos cámaras, lo que permite una mayor capacidad de almacc;,namiento" y un m,ejor rhartejó del agua, Es útil e11 áreas con un volumen moderado de escmt~ntíi ya·que puede separar-diferentes tipos deaguas o aumentar la eficiencia del drenaje. 1 ' ,'. •. \ / 1 ~-:--:- ·:: :;·ij;,',"t;' >;'," .- ... , , ... • Cajón Fluvial o 1Plu:via, Triple:1-cón·tte.s·c41Aát~s/este caj;ón es ~l más grande y se utiliza en áreas con un alto yol 1.1men de a:~a;' P~!]llite ,Úna.•:ge~tiót{Jrlás efectiva del\agua, reduciendo el riesgo de inundaci~nes y mejorahcloF tatc~iid~d-def~gµá al permitir up.a rrienor sedimentación ~ : •··;--· • , 1 ! - ·--..l ... ~ q :;p-·; -- , y una meJor filtrac1on. , • •• ·-.. • ¡ --- '· ¡ ·<; ~j:~~~·~~~--: , ~,-~ . / -Conservación: conj~to 'de 'actividdae~ htit'itª1i4:~. cily ~,finalid,ad es gar~ntizar ,el uso sostenible del ambiente, incluyendri1 las medid,as para la·p'reseryijción, inaritepimie!}to;rehab~Íitación, restauración, manejo y mejoramiento dttlos recursos natuial~s,:del ~ntórrio .. · • : I \ : ,' ' .. • '·;~~/¡''."tf1 , "~-• .. · < . -Construcción: es el pr:ocesp I de ·ereación, ( ',reforma, repán¡,qióri o ampliación de obras de ingeniería (incluidas carretera,s; puéntes, entre-@tros.) y-mejora'.d.~t~rrenos de naturaleza ingenieril. -Mejora: conjunto de obras o ref6tm~~ que set~ ~(izan en una.estructura para aumentar su valor, su vida útil o su capacidad. • • -Reemplazo: acción constructiva donde se retiran los materiales existentes y colocan productos nuevos y actualizados lo cual que se implementa cuando una estructura ha llegado al final de su vida útil o su costo de reparación es muy alto. -Rehabilitación: conjunto de acciones que se realizan para reparar los elementos estructurales de una construcción. El objetivo es recuperar la funcionalidad y la seguridad de la estructura, y extender su vida útil. -Riesgo ambiental bajo: probabilidad baja de producir consecuencias negativas sobre el ambiente debido a una acción humana. -Vado vehicular: es un sistema compuesto por tubos de hormigón que tienen la función de conducir los cauces de ríos y quebradas, por lo que, con un relleno adecuado y una losa de concreto sobre los tubos de hormigón, permiten el transito seguro de vehículos y peatones. Los tubos de hormigón se República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No. :1JH-Ol3~ - de dQ2S Fecha d-S·- 4 - ')Q~S pág. 9 ~ 1 MINIIYIRIO DE REPOl!U:A L;. ,,,; ,-,,;,l\,iiil. ,. . Al'llfllaNl 1 - GOBteRNO Ni\C:IQNÁL - . FIEL COPIA DE SU ORIGINAL • .Ac... • ~A- 4~rh ..,..-­-- , ,-- ·tg. Afü~ "íl~,. ~ecreuirio benera Fecna: --=-~~'-'--l •• /l No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 13 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 colocan linealmente y la cantidad depende del alto del relleno y el ancho de la calzada que se desea obtener. La cantidad de líneas y el diámetro de los tubos son diseñados tomando en cuenta el caudal del afluente en cuestión. -Puente colgante vehicular: son puentes colgantes que se construyen para que las personas cuenten con el acceso vehicular sobre ríos de forma segura. Se componen de un sistema de cables que sostienen la calzada vehicular por medio de péndolas y cargadores transversales. Dichos cables son anclados en ambos extremos por bloques de hormigón que se diseñan con un volumen para soportar entre ambos toda la carga muerta del puente y la carga viva de diseño. El sistema está comprendido por torres que pueden ser de hormigón o metálicos, los cuales su geometría dependerá del diseño de cada proyecto. -Puente vehicular de viga losa de hormigón: es un tipo de construcción para vehículos, que se conforma por estribos, vigas longitudinales y rodadura, que dependiendo del diseño pueden ser metálicas y/o de hormigón y/o madera. -Puente peatonal con estribos de hormigón y superestructura metálica: estructura de obra civil que permite el paso de peatones sobre barreras u obstáculos naturales como cuerpos de agua, valle en las montañas o un acantilado, vías de.tráfiéo··gue dificilltanla accesibilidad de un lugar a otro. -Puente peatonal de hormigón:-sÓJ1 víaf ~eguras para el tránsito de personas diseñadas para facilitar el movimiento peatonal, es:tm;-·puerites' se conitruyen • co11 materiales resistentes y técnicas estructurales avanzadas. G1;1Tantizan la seguridact··oe fos peatones, promoviendo la movilidad y la accesibilidad. Conformado por estribos de hormigón y calzada de hormigórt. ... ;, ' .,.. .... ; 1 ~~· -Puente vehicular tip~ Ce rcÍí~~-peimite la, tfiu;iifereñíiia de peso de inahera·segura, por lo que se usa como base para c,on~trµ,if estruct~fai. g;ó~f9rffl~dfr pcf estti9os, c.alZl:!-da de hormigón y cerchas laterales de acero. 1 - ' ··~- .,~ ' ' ' ,,. ,.. .. • ( - • ' 1,,.. í' ¡ ->· .. ~::·.:. .• -.: ' •i¡-;:-.~,:.-'·-~i :-.·-.. <,"·" : , ' ' ,···.···· .: . -Puente Vehicular¡l\1odµlar: son estni()t-ti,ras prefabricagas qÜe se col).stiúyen a partir de módulos estandarizados de acer~ que s·e ensamblan érr.·erlugár ~~Ja obra! ' • • \ • •.• / º .. ,. \ \, \ t."/?· ·? ,,I~-·~. , ,11 • . · . • -. . -Zarzo peatonal: soq puentes colgantes,¡q:ue: se qo!1stt4yfn para qu~ las pen¡'onas cuenten con el acceso caminando pa~a cq1~r ríos d~ fortr'l~ §e-Sui-a:.:·-;se'.couiponen de un sistema de cables que sostienen la calzada peatoq.áLpor·medio de p~~dQ~ryi;,árgf1-dores tr¡insyersales. Dichos cables son anclados en ambos extremos p~ríoioqu~s de-hori¡q. i!,?;6~ que·s·e ~ise~an p~;ra soportar entre ambos toda la carga muerta del puente y la' cafga viva .de diseño. El-sistema\ está comprendido por torres que pueden ser de hormigón o metál~cos, los cuales .. s~~geometría depe~i:lerá del diseño de cada proyecto 3.2 Tipología de obras: ..... La siguiente tabla identifica las tipologías a las·quéhace referencia esta guía que será implementada por Instituciones públicas para las actividades de rehabilitación, reemplazo, construcción o mejoramiento sobre vías públicas existentes: Tabla No. 2 Tipología de obras, alcances y actividades típicas TIPO LOGIA Vado vehicular República de Panamá Ministerio de Ambiente OBJETIVO / ALCANCE Obras para el manejo de las aguas naturales y pluviales que permiten garantizar la conectividad a la red vial pública de la región. ACTIVIDADES TIPICAS* • Colocación de sistema de líneas de alcantarillas. • Construcción de cabezales • Construcción de losa de acceso • Colocación de barreras de resguardo Resolución No. Tu, Ol3S( - de "JflZ5 Fecha J,S-Y r ':>-OlS ~ 1 M1Nlrtlll10 DE lt!PO!U:A t.;. ,.,;.",.1,t.i" 1 AMlllal'tll pág. 10 - GOBIERNO NACIONAL - . FtEL COPIA DE SU ORIGINAL ,Al,,<;'\ ', ~~ A· ~~!35 'lil"-~r' . .. "--'' 1, ,.ul 1 ::>l!cr~-¡ano bener Fecna. ----- No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 14 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 TIPOLOGÍA Cajón Pluvial Simple, Doble y Triple Zarzo Peatonal/ Puente colgante vehicular Puente vehicular de viga losa de hormigón OBJETIVO/ ALCANCE ACTIVIDADES TIPICAS* • Confección de drenajes y zampeados • Colocación de caseta tipo D. • Construcción de estructura de hormigón reforzado tipo cajón sencillo, doble o triple. • Construcción de cabezal • Mejoramiento de los accesos • Colocación de barreras de resguardo • Confección de drenajes y zampeados • Colocación de caseta tipo D. • Construcción de estribos. Obra con bajo desarrollo de • infraestructura que permiten el • cruce seguro sobre cuerpos de • agua de forma peatonal y • Construcción del bloque de anclaje Construcción de la torre Superestructura Confección de drenajes y zampeados ( cuando sea requerido). vehículos livianos para salvaguardar la vidahuriiaria- "-, • Colocación de barreras de resguardo. 1 • .• ~olpcación de caseta tipo D. • · ·'Construcción de estribos. • • Losa.de hormigón • Confección de drenajes y zampeados , ... • : . i' • • • Lbsas de acc~$o. ,Obiás con ;; clé$alT()llt{ de: .. ~ ·· .. :Co.Jocáción de barreras de resguardo. infrae·structura q;e·¡,ermiten,'~1 ·•-, •1Colocación,de caseta tipo D. ~---------1 ' . ' ' Puente vehicular cruce peatonal,-vehicul~'Y! de ,(·; Cbfistrucción de estribos. 1-t i~po C e rc h a -i eqlii~o ! pesad\> > d~ , •• for¡tna I:. : " G~Íifección de: drenaj ~s y zampeados. segura.'. ' \ ----,, :; > ·• Losás de acdesos. • Puente Vehicular Modular ,!.~)}tj,: 1 ~.,; Colpcación de barreras de resguardo. - ¿ • ·\ , Cbtbcació11'qe 'esttupturas tipo cercha .. . . ' ' •· Colocación. de caseta tipo D. .. -.-,.,· ~ ., .. ,/ , • lr,1stalación de.puente modular. !---------.....-~~--"'---~----'-'-'-~ Obra quF,l?~nníte salvag~fu.fiar' • Construccióll de estribos. Puente peatonal con estribos de hormigón y superestructura metálica la vida d~:.peatones y. .. cQn .eL -• CoQstr~cciónde la superestructura cruce seguro de un sen,tjdo • Superestructura hacia el otro de la vía públic~:- • Confección de drenajes y zampeados. ' ! ' • Losas de accesos. Puente peatonal La misma se construye sobre • Colocación de barreras de resguardo. de hormigón una vialidad pública existente • Colocación de caseta tipo D. *La descripción del alcance de las actividades típicas se describe en el apartado 5 de este documento. 3.3 Responsabilidades del Promotor (Institución pública) • El promotor (Institución pública) será responsable del contenido del memorial que deberá entregar al Ministerio de Ambiente, con el cual se acoge a la aplicación de la guía de buenas prácticas ambientales. • Está obligado a entregar al Ministerio de Ambiente los informes de cumplimiento periódicos. • Tiene la obligación de cumplir con la legislación a la que está sujeta la actividad, obras o proyecto y no lo exime de la tramitación de los debidos permisos aplicables para la activida a ejecutar según lo establecido en el apartado 4. República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No. DM · O L3is' - de d{);).$' Fecha ?S-Y- QO;l..S pág. 11 ~ t MINlfflRIO DE RIPÜIU:.A L;. ,,.;.h-t41'ti• 1 AIVl61í&Nll - GOBIEliNO NACIONAL - . FIEL COPIA DE SU ORIGINAL -.~~-~- ~~'-''' Zdl1 ::secr~u;srio bene~~ F.ecna: '" ,,.,¡\ No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 15 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 • Deberá contemplar la cercanía de las obras con actores sensibles y/o vulnerables y tomar las medidas más eficientes y oportunas. • Es responsable de la reparación de cualquier daño ocurrido a terceros durante el proceso de construcción y deberá actuar en buena fe para resolver conflictos que pueda generar en las comunidades circundantes y/o con actores claves. 3.4 Normativas a considerar durante la construcción El promotor (Institución pública) debe cumplir con las normativas vigentes en la República de Panamá, adicional, considerar las normativas de especificaciones para diseño y/o construcción y en el Manual de Seguridad Vial, como las siguientes: • Especificaciones Técnicas Generales para la Construcción y Rehabilitación de Carreteras y Puentes • Procedimientos para Tramitar Permisos y Normas para la Ejecución de Trabajos en las Servidumbres Públicas de la República de Panamá. • Control del Tránsito durante la Ejecución de Trabajos de Construcción y Mantenimiento en Calles y Carreteras. • Especificaciones Ambientales • Normas ambientales, de seguridad y c.omplementarias que le apliquen. .. •• ·-,. 4. MEcAN1sMos DE cooimíÑAc1dN Y oBTk~c11ó~JJEPERM1sos. El promotor (Institución Pública) 4ebetá ge-iHonar. lQS sigqi~iltes permisos una vez se encuentre acogida la GBPA y previo .. áÍ inído de l¡i.s áétividades: • • • El Ministerio de ,Án: it,ienJ¡, . •• •• .. l ~ 11 ;•. "' ,. . . o Los permisos at,litables d µra11~e ,la~ ,diversas etapas • de' las actividades, obras o proyectD (,ala, p0éla, desaiaj-gµq}ti~~'tfnip.i:n:il<Iél agua, entre otros) . ., l. :· : ,. , ,. ,., 1:-: ~ - 1P •. -~~-!</};:\·~~t V:/~*-\ -~~-,: '.:/••4~ -- • Los Municipfo~ co.rr~spondient~s, :: \ ,{i'>·¡; > > .. ·. ;, 1 : • .• o Permis0s ép1e le aplique se~1ila ác*vidadf~bfa-o proyecto á ejecutar. • La Autoridaq deTránsito y Tr;anspot fé'.Téliestre•y:ia'Policía Nacional, : º Permí~os :Y planes req~~ido~:,·p1rf ~l ti~ spotte /~e materi~~s, insumos y equipos, así como la señáliiación en la~ qo:ras=v:i~les, deges temporales y permanentes. . .. . . '~:;~\•;-> r"':., /·/ • • •··· .. 5. REQUISITOS DE ESJ>ECIFICACIONES.TÉCNICAS Y OPERATIVAS DETALLADAS DE PROYECTOS, OBRAs··,.o ACT1VIYÁ'.DES IfN sus DISTINTAS FASES DE su CICLO DE VIDA. Se trata del desarrollo de los aspectos básicn~ieo,Jlstructivos qué comprenden o están incluidos, según la naturaleza del proyecto, en las actividac;l.esá obras y proyectos a realizar con la presente Guía de Buenas Prácticas Ambientales para·· obras---complementarias en el mantenimiento de vías existentes. 5.1 Instalaciones Provisionales de Construcción. El promotor (Institución pública) preparará, en caso de que sea necesario, una instalación sencilla y removible, para uso provisional dentro del polígono de la obra que realizarán. Puede ser un sitio para usos diversos como almacén para insumos, materiales de construcción y/o herramientas, oficinas, baños o letrinas portátiles, vestidores, sitios para comedores del personal, áreas de carga y descarga de materiales, sitios temporales para los desechos en general. El área de construcción deberá estar debidamente delimitada y con cerca perimetral. 5.1.1 Espacio de Oficina de campo temporal. Dentro del polígono propuesto, según se necesiten para sus operaciones, el promotor (Institución pública) habilitará dentro de la zona una oficina de campo. República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No. ])M, Q\3"&- de am..5 Fecha ;J. S • L\ -'1@-'S" pág. 12 ~ t MINlffl~IO DE RIPOtu:.A e,;.,.,.,""~"~ 1 Affl61e:N"II - <i0811iffNO NACIONAL - . FIEL COPIA DE SU ORIGINAL No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 16 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 En los casos que sea necesario, se instalará una caseta tipo "D", transportable de 20 pies de largo, en el sitio aprobado por el Ingeniero, para uso de la inspección del Ministerio de Obras Públicas, de acuerdo a lo estipulado en esta especificación. Esta caseta tipo "D", transportable, consistirá de un contenedor estándar de 20'(pies) de largo, forrado internamente y en su totalidad, con material aislante y madera machimbrada acabada de pinotea, con tres divisiones; dos para cubículos de oficinas y la tercera en el medio, para servir de servicio sanitario ( con lava manos e inodoro solamente). Se le adaptarán ventanas y tendrá una sola puerta con una escalera lateralmente. La caseta deberá poseer sistema de luces de tránsito para la carretera. El contratista proveerá la base en la colocación de la caseta, en el sitio que escoja el Ingeniero en la obra. El Contratista deberá ejecutar, para acondicionar el contenedor, todos los aspectos especificados en detalles de planos. 5.1.2 Área de Almacenaje temporal. El promotor (Institución pública) establecerá un área de almacenaje que no interfiera con las actividades que se llevan a cabo en el sitio de trabajo y podrá almacenar materiales y equipos, de forma que, una vez se inicie el trabajo, se pueda terminar sin interrupción. Los materiales y equipos no se coloc arán o-almacenarán fue,:a del área del polígono del proyecto. Esta área deberá estar señ.alizada· dentro /qel predio' ~eJ ,proyécto y protegida de la lluvia para garantizar que no se constituyan en riesgo deprolifera6íón de ve~tores-o alimañas. ,.,.· '( •• ' . ' . . .--~~ - -- ... - .. . -, . • El equipo móvil, tal como 'equipos "de le~antan:iiento en rued~s, pick-up~ camiones y semejantes, será estacionado dentro del ~rea·desÜnada, al concluir cada día de trabajo. Sólo se permite reparaciones y mecánica menor dentro qel área de-trabajo-si:~$ta1iñ,v.ólricradouso y"surriinistro de hidrocarburos. • 1 /-,,/ / ,:--~::.-;·: • : •. :t:·c:r1.-< ,J.· < - ~-, . 5.1.3 Area temporul de Disposición· ¡fe titii.(~tia.l pqra (a.<:,otJstrucción (arena, piedra, tosca y otros) ! •"~-:· . , > · :,:;,'.:' ; :¡ ·-- ,.'.·:,' -. : . . . ' Sitio o lugar dentro: d~l. ptóiecto selfcdon~de p~~ áhru\.CéharÜnsumo~ propios; de la construcción, como lo son: arena, piedra, tosca, otr6sf :;·:"~?'=-~'. • • >. ~" .. ; -' • • i i--,~--.\ · .\ '.\ · <':f:--~-~--.~ .. -~·>; 1 i: / ,' . :' Todo con su debida ciulierta q~e evite,J1 diJi:ersicfo 4fp~J~uf;]s y el aiTéistteldd sedimentos. ' . ' ' • \-/~•<·; i!' , . ;:: , . /• ,- • ' 5.1.4 Desmantelamientoy demolición de &tru,t,jra$, .- --- : - Esta actividad comprende ~1 d~sill~I?-tel~ienté>lMfañ:inación de:~ sthlcsm~s existe~tes que no v~yan a formar parte del proyecto e. igu~mente la.liwpieza de.l área d otjde se va: a constrmr. Este trabaJo es realizado manualmente y no in9l'uye el uso de ·e-~pio-sivos, equipo~ pesádos, ni martillos hidráulicos y/o similares. --·' '· • , Se incluye la reutilización del material que se-desmant~la, para ello se selecciona de acuerdo a sus usos y necesidades. El resto del material a desechar, se acopia en los lugares definidos y señalizados dentro del área de construcción, para luego ser descartado o dispuesto finalmente en sitios autorizados. No se permite la quema de basura ni arrojar este tipo de desperdicio a las fuentes hídricas ni su abandono a orillas de los caminos. En caso de residuos tipificados como "peligrosos" como asbestos, plomo, sustancias químicas, incluyendo hidrocarburos entre otras, la misma deberá contar con el manejo especial para su disposición final. 5.1.5 Desperdicios de la construcción. Se trata de los materiales y restos de insumos usados en el proceso constructivo, como desechos de solventes y pinturas, brochas, trapos, rodillos y latas de pintura vacías, aguas aceitosas desperdici s metálicos, desechos domésticos, caliche, encofrados (formaletas), herramientas deterioradas, re os de soldaduras, plomería, electricidad y otros desperdicios. República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No.1)J:1,Q\)~- de~ Fecha '.t,e';,-'-\.r #Q"J.-5 pág. 13 ~ ' MINISTERIO DE REPÚCU~ c.;, .• .;.,,,"'P,iA I AM61111NlE - GOBIERNO NACIONAL - . FIEL COf'IA DE SU ORIGINAL -- ·fL' ~ ~í:A~. k~a f rg 2Yt" ") ~ecrtitarío 1,;ener.iÍ Fecna: . ,~ ·' -" No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 17 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 Estos serán recogidos y se almacenarán temporalmente en un solo lugar, para su posterior disposición final en sitios autorizados, considerando protegerlos de exposición a la lluvia donde pueden generar aguas estancadas. 5.1.6 Preparación y nivelación del Terreno para la Construcción. Esta actividad incluye la limpieza y eliminación de la vegetación (gramíneas, pastizales, algunos arbustos y poda de árboles). También se incluye la niv'1lación del terreno y su compactación, propiciando que las aguas de escorrentías superficiales pluviales fluyan por sus drenajes naturales sin que se produzca el arrastre de suelos y las fuentes hídricas naturales y su posíble sedimentación. No se permitirá la acumulación de aguas en el área de trabajo y sus alrededores. 5.1. 7 Fundaciones y Excavaciones. Se trata de las excavaciones manuales o mediante el uso de retroexcavadoras en el terreno para la cimentación o base de las estructuras (paredes y columnas) que se vayan a construir de acuerdo a las regulaciones vigentes aplicables. También se incluyen las excavaciones para las obras sanitarias de acuerdo a sus especificaciones, dimensiones y el soterramiento de tuberías sanitarias y/ó eléctricas. La capa del suelo fértil deberá apartarse y depositarse en el sitio señalado para tal efecto, para posteriormente ser reutilizado sobre sµelos • désiiüdos. • En-caso de que sea necesario disponer de material edáfico sobrante, el mismo 4eberi;í. ser dispu~stó en ias áreas alejadas de cuerpo de agua naturales permanentes e intermitentc;s; di:en~j'es;'cumpfiendó las di~posiciones requeridas. ' . -·• • • . . 5.1.8 Construcción de Sistema dé Líneas deAlcantarillas. • El sistema de alcantaril}a~ é~tara cohfol]llaclo por tubos de;h~rmigón tefr;irzado que serán colocados de manera consecutiva/y Jineal'paraeLp'asodélas:agua,s.Las'tnisrna:s se instalarán sobre una capa de material selecto en el l~chcú,;n;iilena~ii~:con:w\ter:ial selec;to;;>< / ·~-.• / / '('~;,. •~,:~;--.~1,)-' /. ,··,; ... '.,: ,·,• 5.1. 9 Construcció1 efe cabe;zal /: •• :·r,J:: ·: ( . . > .. , . . El cabezal se constnai# có11 normigóti. refo~:2:adQ y,¡b:dridatála ptotección a-las tuberías de la presión del agua durante las bréci<.las y la confortdió:rii ij.eift{atéti¡i} .. ; • ; ; ' • \ ; ; , ,. \ '., .. [~:e·:::;) f ;-;;;¡ ¡ - 5.1.10 Construcción•,dé.cajónpluvial' ·-.)< i ··-·· • 1,., ,- . Los cajones pluviales··.poq~áp. ser sen~iUo~~-{~Q~Jq~ •• o tr{pl~s según .fo ,que se/ indique en el diseñ.o hidráulico en la estructura pafa>e} caudaj,de1 cií.ú(:;#t'~e ejecute e11-sitio ut ilizando hormigón y acero de refuerzo. Los trabajos se ~e.ali:z¡~ e:ri: sitio dé~f:i'~fícauce. , • • 1 .· ·-.. • 5.1.11 Confección de drenajesyzampeado. ., .·· Serán de piedra y mortero de concreto, cuya ,,áf¿é;r se extenderá hasta la cota promedio de aguas máximas, en los taludes de contactos para su i,tJtecció11,. el· área total de cada zampeado de los estribos estará en dependencia también de fa fopogfafía de cada sitio y de la altura de los rellenos para los accesos a los puentes. 5.1.12 Losas de acceso. El contratista dise:ñará y construirá 30 m (treinta metros) de doble sello adicionales en los accesos de cada puente, condicionado sobre una terracería debidamente conformada, compactada, asentada y con una capacidad de soporte o CBR mínimo de 80% en la base, y de 30% en la sub-base, de acuerdo al método AASHTO T-193 o ASTM D-1883. La construcción de losas de accesos de cada uno de los puentes incluye el suministro y colocación de la capa base, material selecto y la construcción del canal pavimentado ambos armados y vaciados en sitio con concreto clase A de 281 kg/cm2. Cada losa de acceso será objeto de imprimación y doble sello, la cual será empalmada a la losa acceso de hormigón a cada lado del puente. Luego la colocación de un primer sello y segundo s o República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No.~0\3:& - Fecha :>s -Y . r pág. 14 de d-ÜJ. 5 ~ 1 MINISTIRIO DE IIEPÓtU:it. t.;. ,• .;.,.,..,PriA I Atwlfsl~.O E - GOBIERNO NACIONAL - . FIEL COPIA OE Stt ORIGINAL -~: -~. k.~-=--• r· ;~ lr.,l' 2,,..,. ~ecr~1atio uene Fecna;::;r > A¡JL) No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 18 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 y cumplir con las especificaciones correspondientes. Entre los materiales necesarios son: material selecto para sub-base, capa base de agregado pétreo (piedad de cantera), asfalto MC -250 para riego de imprimación de primer y segundo sello y polvillo para sello final. 5.1.13 Losa de hormigón. La losa será diseñada para cumplir con los estándares de la AASHTO en construcción de puentes y será construida en sitio con hormigón reforzado con formaletas que no incurren en estructuras temporales en el río 5.1.14 Barreras de resguardo; La colocación de las barreras de resguardo, también forman parte de las infraestructuras a desarrollar, su uso y colocación también estarán condicionada a la topografía de cada sitio y la altura de la terracería colocada para los accesos a los puentes, es decir en aquellos sitios que resulten necesarios para la seguridad vial, conforme al siguiente criterio: Aislamiento de objetos fijos, donde sean requeridas; En los tramos en que la altura de los rellenos y la inclinación de los declives sean superiores a 1.5 m; En las aproximaciones a pu~ntes vehiculares. Las barreras de protección de viguetas metálicas a utilizar, deberiin s~r so~~tidas a l~s revisiori.es y aprobaciones correspondientes, los cuales deberán inc\uir las'ce~ificaciones conesponclie11tes del cumplimiento del nivel de contención, según l¡is normas'A:ASHTO "Manual Jor Aisessing Safety Hardware MASH o NCHRP Report 3 $0. ·- • . . El nivel de contenci~n deberá ser TL- 4. / -·"•, /. :· •.• "."' '.• ; .. , :,., .:·,· " :;..-·:~ 5.1.15 Colocación dd estrµc}turas tipif'Ceri;h. ti(/{:(\ , :(" : <:'.j·~, . . La colocación de uqa ésttuctµra tipp cerch1ts.~:r~h:lj:ia en. sittd y se emplea equipo pesado para la manipulación de la ~strnctura. Dicha,:t:il..stafa~iótI s'~ -~{fa.liza'. sin ~structuras temporales o permanentes en el cauce. ' ' ' i i i • -~ .,j • · •• ;; '.-~-•• • •·• ¡ -~ .. ~ .. , ... , ... i : .,,, .. J: • \•: i 5.1.16 Colocación de esiru,cturas tipo,',,.oJii<i~:~;:¿,:::I%J · , / , .- , Los puentes modulares\.poseen un si~\ema/dij 'ariíj.:á,"dÓ eñ:sitfo:, El amíaclq se r~aliza con personal y siguiendo los manuales df;:< ,ínst~ación indi9~~9-~ ¡ ~dJZi¼?s:pro veedor~s de los.· elementos metálicos. Dicha instalación se realizá sfn>estructul'.as temc}'iQ:t:ál~~~-o .permanentes e:q ~~J; cauce. \." : ', ',,. :::J·J"'¡ \~-- • • • 5.1.17 Construcción de e'st,:ihdi.'. > .. , "··1 ••• .• , , / Los estribos del puente modular serán diseñadoi·con las dimensiones necesarias para proteger los rellenos de los accesos de la vía y de los accesbs -peatonales laterales. Se deberá considerar en el -- 1 ' diseflo la continuidad peatonal fuera del .área de lbs pueJ?:tes para que las personas puedan poseer el espacio necesario para la circulación hasta la:-Íirialización de la sección típica de 30 metros planteada en la entrada y salida de cada uno de los puentes. Los estribos de los puentes modulares serán diseñados con una capacidad suficiente para que cumpla con los requisitos de seguridad y servicio que rigen el diseflo de puentes, según las especificaciones de la Norma AASHTO vigente. 5.1.18 Construcción del bloque de anclaje. El bloque de anclaje se construirá según diseño detrás de los estribos y podrá ser de hormigón ciclópeo que permita anclarse en tierra y soportar la carga de los cables de acero de la estructura. 5.1.19 Construcción de torre. Las torres deberán ser diseñadas para soportar carga axial y momento de torsión relacionadas a este tipo de estructura. Sobre la torre pasaran los cables que se sujetan a los bloques de anclajes a ca extremo del río. República de Panamá Ministerio de Ambiente t") Resolución No. l)M-0\ s~ - Fecha 25 -Y - :).Qa.S pág. 15 de d-CÜ5 ~ 1 MINISTERIO DE REPÚE!U::A L;. .-,,..,~"'p.;.. ,-.- ÁM6laN,E - GOBIERNO NACIONAL - . FIEL COPIA DE SU ORIGINAL ~~~~~-k~ :;ecnti.ílrio be~~- Fecna: 4iJ:eR ?025 No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 19 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 5.1.20 Superestructura. Se ejecutará en base al diseño aprobado para su instalación y Dicha instalación se realiza sin estructuras temporales o permanentes en el cauce. 5.1.21 Construcción de la superestructura. Se diseñará y construirá al largo solicitado y estará constituida en la superestructura por elementos metálicos que serán armados en sitios y soldados para su colocación en el lugar. Dicha instalación se realiza sin estructuras temporales o permanentes en el cauce. 5.1.22 Obras que prevengan la erosión y sedimentación. Se deberán aplicar medidas eficientes y oportunas para el control de la erosión y sedimentación, durante el proceso constructivo. Las medidas temporales para el control de la erosión, deslizamientos y sedimentación, tales como barreras muertas, disipadores de energía, drenajes para desagüe a cuencas de sedimentación que sea necesario, serán proporcionadas y conservadas hasta que sean terminados y estén en operación los medios permanentes de drenaje y control de la erosión. 5.1.23 Limpieza del Área. El promotor (Institución pública)deberá estar compro~etido a.;restaurar de manera funcional el área donde se ha trabajado. Se trata de lintpiar, flavar el sitio d~ tah:nanera que quede libre de restos de materiales, polvo y suciedád; ·c:omo sµbproduct~ ·de - la actividad constructiva. Esto incluye la limpieza de vías y drenajes que.hayan sido ·afectados producto de la actividad, obra o proyecto. Igualmente restaurar los terrenos con actividades de revegetacióii, arborización cuando sea ( ,, ' . ~ \ - . necesario. • • · -. ·~--: · . , ,·.:. : . .,,.i · ·• · - · '/,¡;/ .. ,'•:.;., (\:-·:;.>:1 .--,,, ,:· 5.1.24 Cierre de la/ase cohstructivo°iq,:ba,~~e)J,-<>¡4el.a"·o,~.r~-:: ,>' . En esta fase el prorifotor, (InstituciótJ ,P(l~rica)l ! desrri~telai• elimina y dispone finalmente las 1 ', , • 1 ,' ·.·,, -· ,' •' , ', • ,' ,, , - , , estructuras y de la$ tn:stilfa~iones prov'isip11ale.s i!de la ieonstrucción. ;En .. estas tareas se incluye también, los sitios de almacenamiento;de d~s'e.cffp{cfüe\lebeñ' $er eliminados, saneados y recogidos de todo tipo de mat~riaL >Estos sitids,tempbrales,y-lÍ'mism~ consti¡uccíón terminada; deben ser saneados y restaurados-:pára ., que pqedan\sei~utÚii,áJos:sin.riesgoalgunó y que no ocasionen perjuicios secundarios\e indítedos al arnbi~ntb-i' ~ fa/salu'd htiínana. Qe ser necesario, se fumigarán con productos amigabl~~ cc,jl}el·ambienttl'(pire~i4,ei,fydecbajo pode:rtesidual. ', - i ', ', ----- - {¡ 1 'i' ,, , , , , , Para esta labor, no se corite~pi~''la ~~ema.gt~~s~chos: El:ptÓP1ot~r (Institución pública) debe disponer integralmente de ellos de manera que se encuentren fuera ~el área de trabajo y dispuestos finalmente en sitios autorizados por ~utoridad coµipetente. . .,-·· ... \ Igualmente, se debe garantizar que el escurrimiento de -las aguas pluviales y lluvias fluyan sin que se produzca acumulación de agua, fango o lodazales en el sitio donde se realiza la labor constructiva. Las tareas de cierre comprenden también retirar los equipos, herramientas, el resto de insumos sobrantes del proceso constructivo, la señalización de la construcción y otros aditamentos que no serían o fueron utilizados en la construcción. Una vez finalizados los trabajos el promotor (Institución pública) procederá a dejar el lugar totalmente despejado y limpio de desechos. 6 PROGRAMAS DE CONTROL DE LAS BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES EN LAS DISTINTAS FASES DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD Y SEGÚN CRITERIOS DE PROTECCIÓN. A continuación, se describen las medidas ambientales que deberán ser implementadas de forma cabal y oportuna, según les aplique, en atención a la naturaleza de la actividad, obra o proyecto: República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No.1)M~Ql'3g- de~ Fecha ::25 -4, -::)O;}$ pág. 16 ~ 1 MINIIYIRIO DE 1t11"(Jeu:.A t,;. , ... 1-.4"tMA ,- Afflf,st,~11 - GOIIIIRNO NACIONAL - . FIEL COPIA DE SU ORIGINAL No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 20 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 6.1 Programa de control de la calidad del clima, aire, ruido y vibraciones 6.1.1 Calidad del aire a. Realizar humedecimiento de la superficie de suelo expuesto en temporada seca de manera frecuente y durante la temporada lluviosa cuando sea necesario, pero sin formar lodo. b. Los camiones que transporten material particulado deberán colocar lonas protectoras sobre la carga. La flota vehicular del promotor (Institución) deberá cumplir con la velocidad establecida de forma que no generen partículas al ambiente. El promotor (Institución pública) debe instalar letreros dentro del área del proyecto, donde se visualicen las velocidades previamente establecidas. c. Se prohíbe la quema de cualquier tipo de desecho, recipientes, contenedores de material artificial o sintético como caucho, plásticos, poliuretano, cartón, entre otros; como medio de tratamiento de residuos sólidos. d. Brindar el mantenimiento adecuado del equipo de construcción para maximizar la eficiencia de la combustión y minimizar la emisión c:le contaminantes en talleres ubicados fuera del área del proyecto. Mantener un registfode manteriimient9 periódico de los equipos pesados y vehículos. Apagar los equipó~.y maquinaria liviana y pesada de combustión interna cuando no estén en uso. •• •• -• · •• • • - • J • e. Cubrir y confina/lpsn;ia.té~ial~s sws6eptibl~s al viento y·aquellosproductos del movimiento de tierras para ~vitar sq·árrastre·pqr la,-a.cción-i;lel viento y lallu\iia. 6.1.2 Ruido /;. '!(/ /,·· . '<· :---:I?}~,Yr,.-··.---· .. :·,:- ·•.· ,· a. Realizar ;lo~ trabajos de·· l:i?iÍ~ttJitt9i611~ ·si~lllpl,'e:· q\ae sea posible, én horarios diurnos. Evitar l~s· fujqo~ innecesari~f~ génerados pot ;silbatos, ': bocirtas~ pitos y motores b. c. d. e. encendidps' de eqµipos qu~ no eJt~n,.:eJ1J1so .. : : . . 1 1 •• ; Comunic~ y cootdinar oporluriatllerité coi-receptores sensibles el desarrollo de alguna actividad \qué;séa 'requeri~a.y qJe;;prqduzeiÍ ltdsi:niveles·1 d~ ruido. Asegurar que los equipos estacionariós y generad,ore.s dfi ~ido/ ~éan ubicadJ)S kjós 'di receptores sensibles. Cumplir CO}l tbdas }as norml,ll3, regulaciones: y ordenam;as gubernamentales en referencia al control de ~velés ¡ifru..ido óe,Úpa6J'ci~«Í)' funbien \al: En el caso del ruido ocupacional, el personal que lab'ora t,n el pi,:oyectd (operado!~s} éieb'erá utilizar el equipo de seguridad y protectores de oídos' (orejeras)a·fin·de mítigar el ruido según su tiempo de exposición según lo dispuesto por la normativa., . , ' Aplicar medidas de seguif!1iento, /vigilancia y ,,control tales como inspecciones y monitoreo de los niveles de ruido; cada seis· (6) meses durante la fase de construcción. Para los proyectos cuya fase de ejecución comprenda seis (6) meses o menos, deberán realizar dos (2) monitoreos, uno a mediados y otro al final de la obra. Los mismos deberán anexarse en el informe de seguimiento presentado al Ministerio de Ambiente. En caso de que los niveles de ruido estén por encima del límite máximo permisible, afectando a los moradores de las viviendas o comunidades vecinas, se utilizarán pantallas amortiguadoras para minimizar el efecto del mismo. 6.1.3 Vibraciones a. Evitar pasar equipo pesado en lugares sensibles o no establecidos para la ejecución del proyecto. República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No. T:'M-0\38 - de d-DU Fecha ?-S-Y-~S pág. 17 ~ 1 MINISTERtO DE REP(leu::.A L:.. ·•-h..-\Pi-~ 1 AM6l11:Nl E - GOBIE~NO NACIONAL - . FIEL COf'IA DE SU ORIGINAL -~~--~~.~~ f'~\ 11l ¡1"¡·~ ~ecr~·¡ario üenehí!' Fecna; " · • .... •= iJ i No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 21 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 6.2 Programa de Protección de Agua y Suelos 6.2.1 Erosión, sedimentación y compactación de los suelos a. Proteger con material estabilizador las áreas donde se realicen movimientos o remociones de suelos durante la estación lluviosa y cubrir con grama de alta densidad y rápido crecimiento, las áreas sujetas a la erosión tan pronto sean posible. b. Realizar la implementación de técnicas eficientes de ingeniería para control de erosión. l. Se deberán proveer sistemas de drenaje (cunetas, alcantarillas, sub-drenajes, o cualquier otro aplicable) para la captación, conducción y desalojo de las aguas de escorrentía, y así mismo, proveer el mantenimiento (limpieza) de los existentes. 2. Pavimentar las cunetas y contracunetas que se amplíen o adicionen al sistema de drenaje pluvial. 3. Utilizar estructuras de contención de flujos de agua como zampeados y empedrados a las entradas y salidas de las estructuras de drenaje. 4. Construir filtros de roca para la decantación de sedimentos, en áreas que lo ameriten. 5. Velar que sean construidos disipadores de energía en los canales pavimentados y en los cauces de entrada y salida de las alcantarillas. 6. Diseñar el proyecto tomando en cuenta la topografía y la escorrentía natural del sitio. 7. Realizar hidrosiembra, colocació11 <:le gaviones, trincheras o geotextiles y muros de contención, para el control dé fa erosión erllader.as y la estabilización de taludes. 8. Retirar el sedimetito· ietenidb, en los si~,eqi~s p?ra control de erosión dentro de los drenajes y cun~tás. El rnaierial removido s~rá dispµesto en los sitios autorizados para tal fin Limpiar pennaneÍíteménte, l~s ·;edünentos retenidos. c. Realizar inspecciones p'erm:ánenteS d~spuésde fuertes lluvias' para evidenciar y verificar el correcto funcio.i1amiento ,,de los sistema.i de,coJÍ.ttol de:.erosión. - - / ::: :/ / . /~: -.,)>};,\:?:/::·, ;,. ,.;, <·" 6.2.2 Progr¡ama de protcc~~pn,~~~-s-~~l9'.,:,::: ,< . a. Las sustancias qiifrnicas debe:riser 1a}ma~ep.ada~i-~rr'norias de contención con capacidad del 110% del volumed,ci>ntenido( Debin utiÚzarse ret:ipidntes inert~s,.con;tapa, identificados, protegidos de la intemperie, 6n sitiós:témphríilei(l.decu~dos de almacenamiento con miras a su posterior d'esál,ojo. y.elimin~ci6n ,ió'funáEmprisa :aµtorizada,por lª A~toridad competente. El piso en área s de manipulación de-hici.rJ~irbµr~::,pebe 1?er impénileable. b. Localizar las \ instalaciones provi$i◊11~es/ e:n • zo~s intervenidas, alejadas de áreas ambientalmente.frági,leS, cu~rposide,agiit]i;rz9 ii~ cle prote~ci9n, y ptefériblemente alejadas de poblaciones, y cumplieµqc(con)as norma'¡¡ i;~rrespondientes. ••• , c. La maquinaria pesada (pala, retroexcavªciºrª, compactador~ grúas, entre otros) deben contar con paños absorbentes~trapos, bandejas re9olectoras, bois¡,dle: plástico, material absorbente u otros, para el control inicial en caso de;ci~rrames. Los ,.residuos deben ser recolectados de inmediato, incluyendo las capás de.sµ~l ':)1 afectadas.---- • • d. Vigilar que los equipos con fugas de acehes ·o lubricantes sean retirados inmediatamente de la obra para su reparación. e. Contar con lugares autorizados, por la autoridad competente, donde será depositado el material excedente de las actividades constructivas del proyecto. f. Cubrir con grama de crecimiento estolonífero los sitios descubiertos 6.2.3 Programa de la protección del recurso agua. a. Las aguas residuales deberán ser recogidas en el sistema letrina portátil que se alquilará para este fin y cwnpliendo con el respectivo reglamento técnico para la adecuada descarga de las aguas residuales. Instalar un baño portátil por cada veinte personas o menos que laboren en el proyecto. Las aguas residuales generadas durante el uso de los baños portátiles, instalados temporalmente en el proyecto, no podrán ser dispuestas en cuerpos o cursos de agua superficial. El promotor (Institución pública) deberá contratar una empresa especializada e la recolección de las aguas residuales, la cual deberá dar el mantenimiento, mínimo, establecido según normativa vigente. República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No. 1)\1 - 0\3-Q - de~ Fecha 25-Y -~5 pág. 18 ~ 1 MINlfflR1O DE ite:POl!U:.A t.:. ,,,...,.,.,,t,, . 1 AM611111111i & - GOBIE~NO NACION-'IL - . FIEL COPIA ue su ORIGINAL -iA~J=..lJ\-~~~ r~:;i 2Jí·'} ~ecrt1U1no üen~~i¡- Fecna: -~ • \ No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 22 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 b. Aplicar medidas efectivas de ingeniería para evitar que los sedimentos caigan en los cuerpos o cursos de agua superficial que se ubiquen dentro del área de influencia directa de la actividad, obra o proyecto. Prohibir el apilado de materiales sólidos en áreas donde se afecte el flujo normal de las aguas de escorrentía. No almacenar los desechos orgánicos ni de construcción cerca de la fuente hídrica. c. Se prohíbe lavar equipos dentro o cerca de la fuente hídrica. d. Realizar monitoreo de la calidad del agua superficial de los cuerpos existentes dentro del área de influencia directa del proyecto, cada seis (6) meses durante la fase de construcción. Para los proyectos cuya fase de ejecución comprenda seis (6) meses o menos, deberán realizar dos (2) monitoreos, uno a mediados y otro al final de la obra. Los mismos deberán anexarse en el informe de seguimiento presentado al Ministerio de Ambiente. e. Colocar rejillas en la entrada de los sistemas de alcantarillados sanitarios y pluviales para evitar que los residuos de las actividades, obras o proyectos, caigan directamente a los cuerpos de aguas superficiales o afecten algún sistema de procesamiento de las aguas. Considerar para la separación entre las varillas de las rejillas los lineamientos que establezca la autoridad competente. f. De ser necesario el uso de agua de una fuente natural para la ejecución de la actividad, obra o proyecto, solicitar el permiso de uso de agua correspondiente al Ministerio de Ambiente. ~---· , ...... ~ -., . 6.3 Programa de Protección de la Élora¡y'Fauna /i 6.3 .1 Protección de cobértur,a vegetal-. ' 1 . a. Utilizar diseños y ipla.J1os que permifari talar µriicarh~nte aquellos árboles que sean estrictamente necesarios para la realización. ele las obras, solicitando los permisos o autorizaciones ele tála necesarios y obtenerlos antes 'de iniciarla 1¡1ctividad de remoción de la vegetación. Cutnplir óÓtf eL pago de {{iJm-ifa ·t,or .i;ndempi.Z:ación 'ecológica de acuerdo a la Resolución re~p~<.:tiya.: :<~·< ·>~·, Lr ,'': ' .· : ~,.,.. . . ,- . b. Contar con lds respectivos pei;rojso{cliitnfüo~ieiji;i y p~r~onal experimei;itado (motosierrista) para las activ,'idades de tala deJ\)S atpofo~:-Pirígitla caída de los á;boles hacia áreas con poca , i l '. . i , ,•. • •.• - '. ~.:' ,· :- i: ... . ! .•. :¡: ; - . . vegetación p~ra no d<;1.ñar los árbo'les xemaµ,entes,; evitar, la caída de Ios árboles en los cauces ¡ ...... ,., ·: . ':1 -.. 1· .' . ! • ' • de agua. Nq se debe removena ¡vet~tacioii c:O:ttquetna o fuego controlado. c. Rehabilitar iqu.ellas., á reas qu~ dux~tKia:f~&~:qe ,cpm;strucci9n fueron desprovistas de su cubierta vegetal;,.:pero qµe no (uefori'.paviitjeiifadai - Las zona~· dollde' sJ realizó remoción de la cobertura v~geta,Lserán comperts'adi~.poi etprtirimtor (Institución p4blica), de acuerdo a lo establezca la Diteó;:1ó,nRegional-·d~L~~t~tiQ:de Aníbie~te, :·· :, ,' d. Bajo ninguna circunstanci~ se dépos-itátiNéih~ción en áreás donde se obstruyan canales de drenaje. ' • • ----···-- .. · · ,,. ,. e. El promotor (Institución pública) deberá obtener los¡ permisos con las autoridades competentes para la disposivión final def9iomasa vegetai talada. !-·-· .. : 6.3.2 Protección de la Fauna a. Se deberá considerar que en caso de que ingrese un animal silvestre al área de la actividad constructiva, aislar el mismo de ser posible y comunicarse con la Policía Ambiental, Rural y Turística y/o Ministerio de Ambiente para su rescate. b. Dirigir las luces, si se labora durante la noche, hacia los sitios específicos de trabajo, evitando la iluminación del hábitat de la fauna. c. Evitar los ruidos innecesarios generados por silbatos, bocinas, sirenas, pitos, motores encendidos, etc., en la obra que puedan perturbar a la fauna silvestre existente. d. Colocar letreros de aviso en el área donde se desarrollará la actividad, obra o proyecto, que indiquen que se prohíbe la cacería, molestia y maltrato a los animales silvestres y mantener controles de velocidad y colocar letreros de advertencia áreas de posible cruce de animales a <25 km/h. e. Capacitar a los empleados en temas ambientales, orientados a prohibir la caza, venta, extracción o maltrato a la vida silvestre. República de Panamá Ministerio de Ambiente . .f) Resolución No.l)Y-Ü \3-25 - de ~5 Fecha ;;J.S-Y - :::::un..s pág. 19 ~ 1 MINlfflRIO DIE REPOeu:.A r..;. .• .;."'~"~ 1· AMfllél'flE - GOBIERNO NAC)ONIIL - . FIEL COPIA DE SU ORIGINAL No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 23 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 6.4 Programa de Manejo de Residuos a. Definir áreas seguras para la disposición de desechos sólidos de forma temporal, hasta el momento del retiro utilícese bolsas negras y recipientes con tapa para la deposición de la misma. Los recipientes deben estar debidamente señalizados para la segregación de los residuos b. En caso de contratar una empresa para el reciclaje de los residuos generados en el proyecto, la misma deberá contar con los permisos vigentes de las Autoridades competentes. c. Realizar inducción o capacitación, en disposición adecuada de los residuos al personal de la obra, sub contratistas y particulares que visiten la misma. Llevar registro de las capacitaciones. d. Realizar la limpieza del sitio de trabajo, alimentación, vestidores, letrina y otras áreas correspondientes al proyecto; recogiendo los desperdicios en sus respectivos recipientes diariamente. Disponer los materiales provenientes de las excavaciones en los sitios temporales seleccionados para tal fin, tales como vertederos municipales o sitios debidamente autorizados por la autoridad competente. e. No permitir la acumulación de residuos en sitios no autorizados. Mantener la servidumbre vial libre de residuos y con la vegetación podada. f. En caso de requerir el manejo de residuos de concreto hidráulicos y asfaltos, metales, retaso de varillas, acero, alambre y clcw.os:· implementar-las medidas de mitigación establecidas en el Manual de EspecificacioJ1eS Ambtentales delíMOP .•• ,, . •• '. i..: '.. 1 / ; ' 6.5 Programa Socioecon9mico .. a. Antes de dar inicio a las labor.es de coi;i,stn.1cei9n,. se debe definir los derechos de paso o uso de las servidumbres y las-'posiblestésiricciones qÜe'es.tas ·conllevan, b. En los casos q4~ aplique/ciebeiá.realizat únJeYfU1taµiíentq ih situ de las afectaciones (postes ' ' 1. •. ' ., '-.·• ~- ..... '-'/"' .,., -,.~.,- •.• .,.--~, • de luz, cercas, 1el,em,t¡ntos de dfenajes::y ;~str'µ~wr.as de.enti:-adas· a dmnicilios ), para realizar las , . • . I 1 - r.·. .., ~ , ,,., ~: ... -. i', •• - - · ··r. . .: . -· - ¡ reposiciones o cómpensacione~.-qµe :coq:~iip911dari y, ,,t!n, atención a las ·normas establecidas por las Autotiqades correspo~difu~ ,,X~l'-pidhlotót:'(Ín~.~itución p(ll;,lica) \ deberá elaborar un plan para la;~~-p~acipn inm~diáta¡¡d,~:d ~~s·e~ :estru¿iuras pr~vadi:is·•y:en infraestructuras públicas. (Coordinar con los, af;ectados la~ -~t~mativas a.·• posibles, desvíos o cierres temporales de vtás . de ¡acceso á ~us résiditiieias"{itc;tividades com'erciales 6 comunidades. Con el fin de evitar\demotas en ·.,ia: ej:~11cióü(deT·pfqyecfo y mfo illlizar foterrupciones a los servicios públiyOS, el' prpmotcr (1nstit4~i~n<p9blíoa) solicitará a las agencias operadoras, previo inicio de la. obr~, • 1a reubieacióñ,Y)9,wqq:tpin:ip9rtuna de estos servicios. c. Potenciar el impactó positjyo-con·la eot(f~i~i&n,de persó:paldel á:i;.ea de influencia. Utilizar en la medida que sea pbsi:bíe, losmat(:riales'áe CClpstrúccióh disponibles localmente (siempre y cuando cumplan COtl las especificaciories·-ae· la actividad; pbra o proyecto vial a realizarse), así como los recursos, mano de obra y hab!lidades locales. '."' d. Señalizar e informar a la có"mun idad ádbte el q~svió • temporal que se estará utilizando mientras dure la a construcción y erisarnbl-i:!.jé. de las estructuras. Colocación de señales preventivas, informativas y reglamentarias en el frente de obra. Establecer señalización antes y después del sitio en el que se ejecuta la obra según los permisos de la Autoridad competente. e. Después de finalizado la construcción; el área directa del proyecto deberá entregarse en buenas condiciones de higiene, seguridad y en ningún caso podrán desmejorar sus servicios. 6.5.1 Protección del patrimonio cultural a. En caso de encontrar vestigios arqueológicos, el promotor (Institución pública) debe detener inmediatamente las actividades en un radio de al menos 50 metros medidos desde el punto del hallazgo; y notificar a la Dirección Nacional del Patrimonio Cultural del Ministerio de b. Realizar capacitación sobre el procedimiento a seguir en caso de que ocurra un hallazgo Cultura, que indicará el procedimiento a seguir para rescatar y preservar los hallazgos. ~ arqueológico. El temario debe incluir como mínimo: 1. Posibles hallazgos en el área de influencia del proyecto. República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No. Tu-0\'3i~ - de~ Fecha ?S -'-l- ?:Q~S pág.20 No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 24 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 2. Precaución en la operación de la maquinaria para evitar daños al hallazgo. 3. Comunicación durante un hallazgo arqueológico. 4. Suspensión del frente de trabajo y delimitación del hallazgo arqueológico. 5. Notificación a las autoridades 7 BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Este punto contribuye a prevenir, mitigar y cuando sea necesario; y en atención a las normas establecidas por las Autoridades correspondientes, compensar los efectos adversos que se pueden generar en los espacios sociales de actuación, tanto de naturaleza ambiental, como social y económica, reduciendo los riesgos potenciales de conflictos. 8 a. Promover un ambiente de transparencia donde la información sobre proyectos se comparta de manera clara y accesible al inicio de la obra. Esto incluye la publicación de documentos relevantes y la organización de sesiones informativas en diferentes formatos, como reuniones con Autoridades locales y/o Tradicionales, reuniones comunitarias, publicaciones en línea y redes sociales de la institución. b. Establecer y promover mecanismos accesibles durante la ejecución de la obra para que la ciudadanía pueda presentar quejas, sug~ren~ias o inquietudes relacionadas con las obras. Esto puede incluir líneas telefónicas, éorreos eh~9tiónicos y plataformas digitales. c. Publicar periódicamente en' la>págÍna web Y/~ed,e~ sQciales de la institución información sobre el avance de los pfoyectos .. y elnianejo de lasfoquietµdes.planteadas por la comunidad. d. Respetar las costumores locale·s y evitar quefos trabajadores o contratistas asuman actitudes o comportamient9s que generen conflictos cdnfacomuni~ad. ,; .'/ ,1'/ / !I .. , " / .-~-'.• J\ .. -. .(::~.- ·-:··; 2,./·::.:f;·~/ ~;°; "¡·,::-. , • .• ,' ;:-·. •·: '. " Para lograr un buep. hiá?~J? ambié~tal• d;é:)a:s ,,9bi;~s; :~s r1epesario qu~ el personal conozca las prácticas ambiental~s/ q:U:e ~e necesitaµ:~!ayridaµdo eo~ :ello a logr:ar eL,cumplimiento de las '.. • \ ' ':"9,: ' 1 ••••• ··:··· ···:--"''"•"'."'"~ .::-•···•:--:-·'' - -·'•, ' • •• ' normativas aplicables a las aétividades;-,obi:~s 9·pt1:ry1/ctos, .en eJécuc1ón.; \ ( r '·· \ -, ··. \1 \ · .. -~~~~:~~. . .. ; j / . \ .. ••. .· .. a. Realizar capcrcitaciónes de forrí'iaei;ón:dfrj:gic,J.ó~ /a lós trabajadorés~de.; la actividad, obra o • ..,-•·1 . ). . ·, • ••• , •, . • ¡' .•.\'' •:•;,. • /·' i · }:f o, ./ • proyecto, dond,;: se. pr omueva buenas,ptá,c~1éas.<~h la gestlon· amb1ent~l y el uso responsable de los recursos. ' ••• •• • ••• \ -"~ft:/i 1 1:J: •: • i • ' .. , ,', 1 b. Incluir en el te:qi.ario d¿ fas 6ap~~itaciogel~' ;In Umitarsea~tios, i~s siguientes temas: l. Manejo de Resid'10S. --·:.··--• • - 2. Protección de Flora·y Fauna. • ,, 3. Protección y Manejo dé los.E,~cul'sos H~d:ricos 4. Medidas para prevenir y atender derrames: 5. Salud y Seguridad Ocupacional. 6. Manejo de sustancias químicas 7. Control de Tráfico 8. Cuidado del patrimonio arqueológico y cultural. 9. Respeto de los valores culturales, costumbres y principios de las comunidades vecinas. c. Los temas deben ser desarrollados por un profesional ambiental y/o social idóneos. d. Participar en iniciativas ambientales que sean organizadas por comunidad como actividades de reforestación, limpieza de espacios públicos y talleres de reciclaje, entre otros. Estas actividades pueden ser organizadas en colaboración con escuelas, ONG y grupos comunitarios. República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No.Tu-O\'3>-S- de ~~5 Fecha :lS- Y-'.)O?.S pág.21 ~ ' , MINISYl!RtO DE ltl!POeu:..,. t.;. IM"',.t.i~ 1 Am61t1"41E - GOBIERNO NACIONAL - · FIEL COPIA DE SÚ ORIGINAL """'"'"f.~,.~~.::~ i,C,~ z,¡; 1 No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 25 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 9 BUENAS PRÁCTICAS PARA LA PREVENCIÓN Y RESPUESTA ANTE ACCIDENTES AMBIENTALES. Durante el tiempo que tome la ejecución de las obras se darán riesgos de accidentes en los frentes de trabajo, por ello se debe estar preparado de manera adecuada para dar una pronta respuesta en caso de que ocurran. a. Antes de iniciar cualquier proyecto, llevar a cabo un análisis de riesgos ambientales para identificar posibles amenazas y establecer medidas preventivas adecuadas a cada actividad. Esta evaluación, según sea requerido, debe ser actualizada a medida que avancen las obras. b. Implementar planes de respuesta ante emergencias que incluyan protocolos claros para la gestión de incidentes ambientales, como derrames de sustancias contaminantes. Estos planes deben ser específicos para cada tipo de riesgo y contemplar acciones a seguir en caso de accidentes. c. Proporcionar formación al personal involucrado en las obras sobre cómo prevenir y responder a situaciones de emergencia-ambientaj. En los casos que aplique, se incluye ejercicios prácticos y simul~cros qu<¡l preparen ~l equipo para actuar rápidamente en caso de incidentes. ! ; • • • d. El promotor (Institución pábUci) deberá cumplir con las disposiciones legales que le sean aplicables a la acÜvídad/inéluyendo'la Resolución·No, DM 0427::-2021 donde se establece el procedimiento /Nra c·ómÚni9ar:Ja·;.ó9Ürr<;'ll}c1á.'d:e incidentes /accidentes ambientales o su versión vigentb. / -! ,:.-} ., ' ··•.,: < }:.}.;,,¡ ;','/ ·( • ,:~,;-.. • ' • / . '": ~.: :. \,l. ;: :·" ~ ,·•,,\ ' l ·;,·,. . . ,! ' ,• ',·' ... 9.1 Prevención de r~esgo$ ambiental~~- f'>)¡ . . ¡: .. ·,>:~,¡. , ; '' , '· l i • í ! ; ·,... . . I ~ s • '. < •• , -•, •¡': . •• · : a. Mantener actualizado; de los tepq~s :de. l~s co11.d!icfones meteorológicas, y alertas según las Autoridades ~ompetentes. Ei;i las áre~§''e91j cá~ci,s tercanos, es~ablecer reglas de alerta para evitar cabezas ,'de .agua e {nuq.dt{d6"nes/ '''.Eit(las. ionas efe ,,posibles deslizamiento o desplazamienfo -~ientaterial ha:cfa lo{cur'so{di. agtta:, se)deben colbcai bárreras de contención al pie de talud 1(pacas; .hileras d~ banibú; ~n¡¡Óta:dós; ·~aviones il otro). Mantener los cauces de agua libre de sedim~ht<>s y·qe ctla;iqüi~r.,m~t~rtal que 9bstrµy<J. eipaso de las aguas. - ¡' -: / ·-- . ·; -· ··i : r -• ,, . / •. ··• • b. Contar con material c,le'cóntrol de-derrames en las áre~ qe campamento, equipos pesados o en zonas cercanas a la,~· actividades. ·---·.Recoger cualquier .tipo de derrame o liqueo en cualquier área del proyeéto, con materi~Íeir absorbentes, dé'positarlo en tanques de 55 gls, mantenerlos bajo techo y luego ... tratarlbs por m,edio de una empresa autorizada para su disposición final. - .. • • •• 10 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO 1. El Ministerio de Ambiente, a través de la Sección de SEVEDA de las Direcciones Regionales, recibirá el Memorial y la Declaración Jurada donde el promotor (Institución pública) indica que adopta las guías de buenas prácticas ambientales "GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES PARA OBRAS COMPLEMENTARIAS EN EL MANTENIMIENTO DE VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES". 2. El Memorial de Adopción debe estar acompañado de las notas y/o autorizaciones previas indicadas en el apartado 2.3 de este documento. 3. El Ministerio de Ambiente verificará que la actividad constructiva a realizar se encuentra dentro del marco del alcance de esta guía de buenas prácticas ambientales basándose en 1 descrito en la Tabla No. l de esta GBP A. República de Panamá Ministerio de Ambiente ResoluciónNo.DM.-0\'3."2? ·de ~5 Fecha ~S-4- ~S: pág,22 ~ I MINlfflRIO l)E ltl!ll\)CU:A t,;. ,•~l"-"l'tt,. ,. Aiw(flr:lllt E - GOBIERNO NIIC:ONA, - . FIEL COf'IA DE SU ORIGINAL --t-o~~~.1~c,k ~- ~eCt'tfi.arío beneral Fecna: Q. Q ID~ 2;)?) No. 30268 Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de abril de 2025 26 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO68124C154BDF1 4. La solicitud de adopción de la GBP A será respondida mediante una nota de aceptación o rechazo emitida por la correspondiente Dirección Regional del Ministerio de Ambiente al Promotor a más tardar ocho (8) días hábiles posteriores a la recepción del documento. 11 CONTENIDO DEL MEMORIAL DE ADOPCIÓN E INFORME DE CUMPLIMIENTO 1. Para que el promotor pueda acogerse a la aplicación de la guía de buenas prácticas ambientales deberá presentar un memorial de adopción dirigido al Ministerio de Ambiente que deberá contener los siguientes puntos: a. Nombre del promotor b. Si el promotor de la actividad, obra o proyecto es persona natural fotocopia de la cédula de identidad personal o pasaporte en caso de los extranjeros; debidamente notariada. c. Domicilio donde se recibirán las notificaciones. Incluir distrito, corregimiento, calle, urbanización, edificio y número de casa/ local. d. Correo electrónico. e. Número de teléfono fijo y celular. f. Descripción de la actividad a realizar. g. Describir los servicios básicos existentes. h. Equipo a utilizar y recurso humano q11~ ~aborará 1. Plano, anteproyecto o diagrama'geñeral de laáctivklad, obra o proyecto a desarrollar. j. Coordenadas del prox.ecto. f ,.: . 1 , . • k. Certificación de Regi stro Públic~ deJ,r,opiedad/ 2. Si el promotor d~l proyecto es pers.ona jurídica deberá rubricar .la petición al representante legal de la promotora.· Ad~más de.la siguie11te infortnación: • a. Fotocopia de la cédnla-d~ .. 1denti~id,pérsonal-o pasaporte.en caso de los extranjeros; debidamente/aute;nticada con el origi;na( · " -, , · • • • • • . . b. Certificación de éxiistencia:de:la Sóciéélad~~~:: -, <: .- . .· c. Represen*adón, legal de lá'.etnpi~-s~·e'ip~dida:'~ór ~~l ~~gistro\Público., : ; ' ' ·.,,' t :• ' • -., ' •• , ,, 3. El promotor; a~~mpafiará el inemoñ~t:i:fe~ic.fopci~n "c~n una Declaración Jurada donde se indique que 1~ iti,fórrp~ción ert,t5.Ygad,$'átMi~§~~r1~ de fmbiente rs veraz y acepta adoptar el programa de control y sµs buep.áspiáétíca~{~bi~nWes; que se lesea!aplicable . • , . ,': . •. <: 1\<: t! -'./ • · - . . . 12 INFORME DE tu~PLIMIE~.TO,';·,QJP' \'(,A . •• GUÍA .PE:' .BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES. ' .·· .'',- • • ·-·•·'.:.,·;}: './;,, ·· ,. .• .••. ' El promotor (Institución publicá} entregará .¡:¡, l~ I>irección' Regional 9él Ministerio de Ambiente correspondiente, un (1) informede cumplimient-9 ·cada seis (6) meses durante la ejecución de los trabajos hasta cuando finalice la• obra y un \lTinforme final de cumplimiento al culminar la actividad, obra o proyecto, que detalle"el cumpli~i~ nt~ de la·Guía de Buenas Prácticas Ambientales. Cada informe debe presentarse en un (1) ejemplar original impreso y una copia en formato digital. Los proyectos cuya fase de construcción comprenda un total de seis (6) meses o menos, solo deben entregar el informe final. Estos informes deberán ser elaborados por un auditor ambiental independiente al promotor, debidamente inscrito y habilitado en el registro de auditores del Ministerio de Ambiente. Nota: En el caso de que alguna de las medidas propuestas no sea aplicable a un proyecto debido a sus características específicas, se deberá presentar una justificación técnica que sustenta lo indicado. Entendiéndose que su aplicabilidad varía según la naturaleza y los requerimientos particulares e cada proyecto. República de Panamá Ministerio de Ambiente Resolución No. 'I)Y-0\38· de dOJ-5 Fecha :-J.~--~ pág.23 ~ 1 MINISYERIO DI RIPÚIU:A L;. ,,,..,. ,,."iÁ AIWl61alll1 E - GOBIERNO NIIC10NAL - . FIEL COPIA oe su ORIGINAL -t"~~~&k~5' -~~ ~w::- :,ec,~wno beneral Fecna: L~a l, t--l

Resolución No. DM-0138-2025 - Por la cual se aprueba la Guía de Buenas Prácticas Ambientales (GBPA) para Obras Complementarias en el Mantenimiento de Vías Públicas Existentes · Nelum