Resolución Nº 53 - Modifica la Resolución Nº 29, Manual de organización institucional y funciones de la Autoridad Marítima de Panamá
Made 2008-08-28 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Caribbean Community (CARICOM)
- Country
- Panama
- Subjects
- Fisheries and aquaculture, Sea, Environment
- Keywords
- marine pollution, pollution control, institution, landing, harbour, fishing vessel, legal proceedings/administrative proceedings, fishery management and conservation, governance, navigation
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RESOLUCIÓN J.D. No.053-2008 LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ, en uso de sus facultades legales y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Ley No.7 de 10 de febrero de 1998, "Se creó la Autoridad Marítima de Panamá y se unificaron las distintas competencias marítimas de la administración pública". Que la Autoridad Marítima de Panamá, como entidad rectora del sector marítimo, tiene entre sus objetivos principales, administrar, promover, regular, proyectar y ejecutar las políticas, estrategias, normas legales y reglamentarias, planes y programas que están relacionados de manera directa, indirecta o conexa, con el funcionamiento y desarrollo del Sector Marítimo. Que a través del Decreto Ley No.7 de 10 de febrero de 1998, se estipula como función de la Autoridad Marítima de Panamá, la de recomendar políticas y acciones, ejercer actos de administración, y hacer cumplir las normativas legales y reglamentarias relativas al Sector Marítimo. Que conforme al artículo 18 del Decreto Ley No.7 de 10 de febrero de 1998, le corresponde a la Junta Directiva de esta Institución, establecer la organización de la Autoridad y en general, adoptar todas las medidas que estime conveniente para la organización y funcionamiento del Sector Marítimo. Que mediante Resolución J.D. No. 029-2008, de 29 de abril de 2008, la Junta Directiva de la AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ, aprobó el Manual de Organización Institucional y Funciones de La Autoridad Marítima de Panamá, acorde con el Decreto Ley No.7 de 1998, y a su vez, deja sin efectos las Resoluciones J.D. No. 010-98-ADM de 21 de julio de 1998, J.D. 003-2003 de 25 de febrero de 2003, J.D. No. 029-2005 de 24 de noviembre de 2005, J.D. No. 006-2007 de 17 de septiembre de 2007, y cualquier otra disposición que le fuese contraria. Que por error involuntario, quedó plasmado en el Manual de Organización Institucional y Funciones de La Autoridad Marítima de Panamá, aprobado mediante Resolución J.D. No. 029-2008, de 29 de abril de 2008, la denominación de "Departamento de Control y Prevención de la Contaminación de Puertos", en lugar de "Departamento de Prevención y Control de la Contaminación de Puertos". Que mediante la Nota No. OP-0395-2008, de la Oficina de Planificación de la Autoridad Marítima de Panamá, dirigida a la Dirección de Desarrollo Institucional del Estado, del Ministerio de Economía y Finanzas, se expone el error involuntario en la denominación de la citada unidad administrativa dentro del Manual de Organización Institucional y Funciones de La Autoridad Marítima de Panamá. Que mediante Nota No. DDIE/D/11, de 14 de julio de 2008, la Dirección de Desarrollo Institucional del Estado, del Ministerio de Economía y Finanzas; se da respuesta a la Nota No.OP-0395-2008; indicándose, que puesto que la Estructura Organizacional, fue aprobada por la Junta Directiva de la Autoridad Marítima de Panamá, le corresponderá a la misma, aprobar mediante resolución, el cambio de la denominación de la citada unidad administrativa. Que mediante Resolución de Gabinete No. 34, de 16 de abril de 2008, se aprobó el Manual Institucional de Clases Ocupacionales de la Autoridad Marítima de Panamá e incorpora a la Institución al Régimen de Carrera Administrativa. Que al momento de elaborarse el Manual de Organización Institucional y Funciones de la Autoridad Marítima de Panamá, el Ministerio de Economía y Finanzas solicitó, que para sustentar la existencia de cada unidad administrativa, se indicara la cantidad de funcionarios con sus respectivos cargos. Que al momento de remitirse al Ministerio de Economía y Finanzas el Manual de Organización Institucional y Funciones para su aprobación, algunos de los cargos señalados no son los que finalmente fueron aprobados en el Manual Institucional de Clases Ocupacionales. Por lo tanto, se requiere que todos los cargos plasmados en el Manual de Organización Institucional y Funciones se adecuen a los existentes en el Manual Institucional de Clases Ocupacionales aprobado mediante Resolución de Gabinete No. 34, de 16 de abril de 2008. Que una de las funciones y atribuciones de la Junta Directiva de la Autoridad Marítima de Panamá, es adoptar las políticas administrativas, científicas y tecnológicas que promuevan y aseguren la competitividad y la rentabilidad del Sector Marítimo, y el desarrollo de sus recursos humanos, así como establecer la organización de esta Institución Marítima y, en general, adoptar todas las medidas que estime conveniente para la organización y funcionamiento del Sector Marítimo. Que para fomentar los planes, programas y estructuras marítimas, se requiere contar con un Organigrama Institucional, que coadyuve al funcionamiento del sector marítimo nacional; RESUELVE: 1No 26144 Gaceta Oficial Digital, viernes 10 de octubre de 2008 ARTÍCULO PRIMERO: Modificar en su artículo PRIMERO, la Resolución JD No. 029-2008 del 29 de abril de 2008, donde se aprueba el "Manual de Organización Institucional y Funciones de la Autoridad Marítima de Panamá", quedando el mismo con el siguiente tenor: ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el "Manual de Organización Institucional y Funciones de la Autoridad Marítima de Panamá" y modificar dentro del mismo, la denominación de la unidad administrativa instituida como "Departamento de Control y Prevención de la Contaminación de Puertos", perteneciente al Nivel Operativo, Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares; cambiando la denominación de dicho departamento a la siguiente: "Departamento de Prevención y Control de la Contaminación de Puertos". ARTÍCULO SEGUNDO: Confirmar, que de acuerdo al Manual Institucional de Clases Ocupacionales de la Autoridad Marítima de Panamá, aprobado mediante Resolución de Gabinete No. 34 de 16 de abril de 2008, los únicos cargos existentes, aprobados y vigentes, aplicables a las áreas de Gestión de Calidad de las Direcciones Generales de la Autoridad Marítima de Panamá son: Analista de Sistema de Calidad (Supervisor). Analista de Sistema de Calidad. Todos los cargos indicados en el Manual Institucional de Clases Ocupacionales de la Autoridad Marítima de Panamá, aprobado mediante Resolución de Gabinete No. 34 de 16 de abril de 2008, serán los únicos aplicables y prevalecerán sobre cualquier otro cargo contrario existente. ARTÍCULO TERCERO: Mantener en todas sus partes el resto del contenido de la Resolución J.D. No.029-2008 de 29 de abril de 2008, de la Autoridad Marítima de Panamá. ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución regirá a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial. FUNDAMENTO DE DERECHO: Decreto Ley No.7 de 10 de febrero de 1998. Resolución J.D. No.029-2008, de 29 de abril de 2008 de la Autoridad Marítima de Panamá. Resolución de Gabinete No.34 de 16 de abril de 2008. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dada en la Ciudad de Panamá, a los veintiocho (28) días del mes de agosto del año dos mil ocho (2008). EL PRESIDENTE DILIO ARCIA TORRES MINISTRO DE LA PRESIDENCIA EL SECRETARIO FERNANDO A. SOLÓRZANO A. ADMINISTRADOR DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ 2No 26144 Gaceta Oficial Digital, viernes 10 de octubre de 2008 • •