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Laws of Panama

Resolución Nº 5 - Medidas fitosanitarias para la importación de manzanas originarias de Chile

Made 2007-04-13 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Caribbean Community (CARICOM)
Country
Panama
Subjects
Food and nutrition, Cultivated plants
Keywords
hygiene/sanitary procedures, fruits/edible nuts, international trade, food safety and quality, plant protection, pests/diseases
Categories
*, agriculture

Where to read it

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  1. Digitalizado par la Asamblea Nacional 6 Gaceta Oficial, viernes 27 de julio de 2007 AUTORIDAD PANAMEM DE SEGURIDAD DE ALiMENTOS RESOLUCION AUPSA - CTI.Q05-2007 (de 13 de abril de 2007) "Por mediodel cualse aplican Medidas Fitosanitarias, por Ia detecdbn de plagas en manzana'S (Malus domestica) frescas, paraconsumohumano y/o transfonnaci6n, importadasde Chile.... LA COMISION TEcNICA INSTITUCIONAL, en usa de sus 6wuJtades legales CONSIDERANDO: Que el Decreta Ley 11 de 22 de febrero de 2006 crea Ia Autoridad Panarne& de Seguridad de Alimentos, como enti.dad rectora del Estado paraasegurar el eumplimientoy aplicaeioode las Ieyes y regJamentos en materia de seguridad de introduccion de alimentos al territorio nacioual. bajo criterios estrictamentecientificos y tecniccs. Que 1aAutoridad Panameiia de Seguridad de Alimentos tiene como objetivo principal el prate8CJ" la salud bnmana, et patrimonio animal y vegetal del pais, mediante la aplicacioo de las medidas sanitarias y fitosanitarias aplicables a la mtroduccion de alimentos aJterritorionacional. Que el Resuelto AUPSA~DINAN~012-2006de 22 de Diciembre de 2006, estabtece que las manzanas (Malus domestica) frescas, deben estar amparadas por un certificado fitosanitario, expedido por la Organizacion Nacional de Protecci6n Fitosanitaria (ONPF) del pais de origen, e) euaJ se certifique que el embarque procede de areas libres de plagas euarentenarias para Panama y esta libre de insectos vivos de cualquier tipo, asi como tambien de otros contaminantes biologicos, quimicos y fisicos. Que el Certi.ficado Fitosanitario ~ 0000015341 emitido por el Servicio Agricola y Ganadero de Chile (SAG), establece que las manzanas enviadas en el contenedor identificado con No. MAEU580435-4 y verificado con la notificaci6n~ 22648 del dia 4 de abril de 2007, "han sido debidamente inspecciooadas y/o analizadas con los procedimientos oficiales adecuados y se consideraron libres de plagas cuarenteoarias. eumpliendo con el n:quisito fitosanitario exigido por Panama. incluyendoto relativoa plaps 110 cuan:nteoarias reglamentadas". 'r o Digitalizado par la Asam blea N acional Gaceta Oficial, viernes 27 de julio de 2007 7 Que el Programa de Maestria en Entomologia de Ia Universidad de 'Pamuna. quien analizO los especfmenes adultos remitidos. CODfinno que se tnda de c:ochiniUas Pseudococcus longisptnus y especimenes de Eriosoma Iantge1'llm. Que los resultados de las pruebas entomolOgicas. practi<:adu pot la Direcci6n de AniJisis y Control de Alimentos Importados de Ia Autoridad Panaroeiia de Seguridad de Alimentos. realizados el dia 12 de abril de 2007. a las muestras de manlaQiUI (MQ1us domestica) ftescas. respectivamente, tomadas del contenedor No. MAEUSB04354. indica Ia pn:sencia de cochinillas Pseudococcus longtspinus y especimenes adultos deEriosoma Ianige1'llm (Plaga cuarentenaria para Panama). Que el articulo 32 del Decreto Ley 11 de 2006. crea Ja Comisi6n T6cnica Institucional de la Autoridad Panaroeila de Alimentos que esta .integrada poT el Administrador General, el Director Nacional de Normas para la hnportacion de Alimentos. el DirectorNacional de Veri.ficacion de lmportaeion de Alimcntos y el Director Nacional de Analisis y Control de Alimentos Importados. Que segUn 10 establecido en el articulo 33 del Decreto Ley 11 de 2006. se asigna a la Comisi6n Teenica InstitucionaJ Ia funcion de adq)tar las medidas de emergencia sanitaria y/o fitosanitaria para los aJimentos importados con base en las disposiciones legales vigeutes y los tnUados ratificados por la Republica de Panarnli. De iguaI forma. se taeulta para aprobar el rechazo, devolucion at pais de origen, reexportacion. decomiso, destrucciOn y/o liberaci6n at ambiente de a1imentos introdueidos at territorio naciooa!. que representen un peligro para fa salud humana y el patrimonio animal y vegetal del pais. Que mediante resoJuci6n AUPSA-Cn..()()4-2007 de 5 de abril de 2007 se adoptaron medidas fitosanitarias, entre las cua1es se giro instrucciones a los inspectores de la Direccion Nacional de Analisis y Control de Alimentos Importados de intensificar los muestreos a los contenedores de peras y manzanas originarias de Chile, que en ese momenta se encontraban anibando al pais, deteetandose una mayor incidencia de las plagas previamenle interceptadas, 10 que nos indica que dicbos alimentos proceden de areas infestadas de EriosolftQ lamgerum (Plaga cuarentenaria para Panama). Que luego de lasconsideraciones antesexpuestas, RESUELVE: Articulo 1. Aplicar las siguieDleS medidas fitosaDitarias. debido a fa deteecion de pIagas cuarentenarias en D180741D8S (Malus domesuca) fn::scas. importadas de Chile: a) Ratificar Ia medida fitosanitaria, emitida en la R.esolucion AUPSA - en - 004 - 2007, en la coal se dcjaba sin efeeto, temporalmente. el Resuelto DINAN~12-2006 por medic del cual se emite el requisito fitosanitario de 1JliUl7aDU fresc:as, originarias de Chile. b) Girar instrucciones a los inspectores de la DirecciOn Nacional de Verificacion. para que se dewelva at pais de origen, el cootenedor de manzan's identificado con el No. MAEU5B043S4. el cuaI se cncuentra aetuaImentee:n el Puerto de Balboa en paoama. c) Devolvcr cualquicr otto contenedor con peru y mao m D8S origiDarias de Chile. que se encueotreo con destino a Panama. basta que la Organizaci60 Naciaaal de Proteccion FitosanUaria (SAG) de Chile, adopte lasmedidas fitosanitarias c.orrectivas que garanticen el curnplimiento delasdisposiciones Yrequisitos fitosanitarios exigidos por Panama. Articulo 2: El prescnte Resuelto empez.aril a regir a partir de su firma y debeta sec publicado inmediata:mcnte en 1& Oac:eta Oficial. 8 Gaceta Ofidal, viernes 27 de julio de 2007 FUNDAMENTO DE DERECHO: Decreto Ley 11 de 22 de febrero de2006. Ley 23 de IS de julio de 1991 LeyNO 41 de 9 de julio de 1996 COMUNiQUESEY CUMPLASE. GILBERTO REAL Administrador General de Ja Autoridad Panamefta DeSeguridadde Alimentos ""~ I""'L.0#-- \.~ f1 .I ..... ,..;,) --. -- O' J1 UDEZ eNbl:mas ~~Kr1ffiTERc Directo Nacional de Ve· cacion para ]a Importation de Alimentos / ,c:. It ~~~X; Director Nacional de Analisis y Control De AlimentosImportados o Digitalizado par la Asam blea N acional

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