Resolución Nº 398 - Requisitos para la inscripción en el Registro de auditores ambientales
Made 2004-09-24 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Caribbean Community (CARICOM)
- Country
- Panama
- Subjects
- Environment
- Keywords
- environmental audit, institution, registration, legal proceedings/administrative proceedings, governance
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AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE (ANAM) RESOLUCION ~ AG-0398-2004 (De 24 de aeptlembre de 2004) "Que e$tablece las Requisitos p;m1. la lnscripcion en el Registro de Auditores Ambientales de la Autoridad Nacional del Ambiente" LA ADMINISTRADORA GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONA'L DEL AMBIENTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES CONSIDERANDO: Que el Articulo 41, de la Ley 41 de I de julio de 1998, establece que las inspeccioncs y Auditorias Ambientales podran ser aleatorias o confonne a programas aprobados por la Autoridad Nacional dcl Ambiente, y solo podran ser realizadas por personas naturales o juridicas dcbidamcntc ccrtificadus por la Autoridad. Quicncs prcstcn servicios de inspcctorias o Auditoria A111hic11tal, cs.l .ll'an somctidos. p.1r.i cslos d'cctos . .i las responsabili<ladcs prcvistas en la lcgislaci6n vigcntc. Que el articulo 6t. parrafo segundo del Decreto Ejecutivo 59 de 16 de marzo de 2000, por medio del cual se aprueba el reglarnento del proceso de Evaluacion de lmpacto Ambiental, indica que, la Autoridad Nacional del Ambiente certificara mediante Wl registro, a los auditores arnbientales que desarrollaran las evalnacioncs correspondicntcs N° 25,185 Gaceta Oficial, viernes 26 de noviembre de 2004 y apoyaran el programa de seguimiento. vigilancia y control, siempre y cuando 6stos cumplan con los requisitos que para tat efecto, dictara la Autoridad Nacional del Ambience mediante Resoluci6n Administrativa. Que la Resoluci6nAG 0267-2000 de 29 de septiembre de 2000, establece los requisitos minimos que deben cumplir las personas naturales o jurldicas que deseen rcalizar Auditorias Ambientales y Programas de Aclecuaci6n y Manejo Ambiental, requisitos estos que, con la experiencia obtenida en esta materia, requieren ser fortalecidos a fin de que los profesionales inscritos en el registro de auditores ambientales cumplan con los mas altos niveles de calidad en los servicios prestados. Que el aiticulo 10 <lei Dccreto Ejecutivo N° 57 del IO de agosto de 2004. establece que la ANAM, creara un Registro de Auditores Ambientales habilitados para elaborar Auditorias Ambic111alcs y Programas de Adccuaci6n y Manejo Ambiental (PAMA's). RESUELVE: ARTiCULO I: Establecer los requisitos para la inscripcion en el Registro de Auditores Ambientales, habilitados para realizar Auditorias Ambientales y Programas de Adecuacion y Manejo Ambiental. Oicho registro sera manejado por la Direcc::i6n Nacional de Protecci6n de la Calidad Ambiental de la Autoridad Nacional del Ambientc. ARTiCULO 2: Las Auditorias Ambientales y los Programas de Adecuaci6n y Manejo Ambicntal scran claborados por un cq~ipo interdisciplinario, confonnado de acuerdo a l.1 comph:j id;1J J1.· la i.:mpresa. de pmrcsiom,les inscritos en el Registro de Auditores Ambicntalcs de la ANAM. Los Auditores AmbientaJes deberim ser pcrsonas indepcndicntes de b empresa titular del!a actividad, obra o proyecto. ARTiCULO 3: Para inscribirse en el rcgistro de Auditores Ambientales, es preciso que la persona natural o juridica, cumpla con los siguientes requisitos: A. Para inscribirse como persona natural: I. Pn:~i;ntar nota habilitada dirigida a cl (la) Administrador(a) General aolicitando su inscripci6n. 2. Posecr un titulo universitario Je licenciatura, ingenieria, PoStgrado, maestrla, o doctorado en las siguientes areas: calidad de agua, aire, ruido, suelo, residuos, flora. fauna, desechos, produccion mas limpia, gesti6n ambiental, riesgo ambicntal, seguridad e higiene industrial, obras civilcs, procesos tecnologicos o sociologia. 3. Fotocopia autcnticadu de la idoneidad profesional eri aquellas profesiones que cucntcn l·u11 un.i rc~ul.icion. cm,;i1 contra.-io, co1>ia Jc tifulo univ...:rsil.iriu. 4. Para los cfoc11.>s Jc los r~uisitos•<lc capacilaci6n cspccilica o i.:xpl!l'icncia ...:n 4,:I tema, se consideraran tres opciones: Opci6n l : Haber participado y irobado ochenta (80) horas en cursos te6ricos practicos sobre Auditorias Ar:nbie tales y Programas de Adecuacion y Manejo Ambiental, estructurados en base reglamento (Decreto No.57 del l 0 de agosto de 2004). · ., 11 ., 12 Gaceta Oftcial, viemes 26 de noviembre de 2004 N° 25,185 . Opcion 2: Haber participado y aprobado cuarenta (40) horas en cursos te6ricos practicos sobre Auditorias Ambientales y Programas de Adecuaci6n y Manejo Ambiental, estructurados en base al reglamento ( Decreto No.S7 del 10 de agosto de 2004 ), ademas de presentar certificaci6n por parte de empresas auditadas o personas naturales 6 juridicas inscritas como auditores ambientales, donde conste la participaci6n en la realizaci6n de al menos dos (2) Auditorias Ambientales como Auditor Ambiental o personal de apoyo, cuyos Programas de Adecuaci6n y Manejo Ambiental hayan sido aprobados por la ANAM. Opci6n 3: Haber participado. y aprobado cuarenta (40) horas en cursos te6rico pn:\.cticos sobrc Auditorias Ambicntalcs y Programas de Adecuacion y Manejo Ambient.ii, cslruclur.1dus cn b.1sc al m1cvo rcglamcnlu ( D1..:crclu Nu.57 J~I IO <le agosto de 2004 ), ademas de presentar los certificados autenticados o para cotejar, de participaci6n en los cursos de gesti6n ambiental, calidad de agua, aire, ruido, suelo, residuos, desechos, producci6n mas limpia, ahorro energetico, uso eficiente del agua, riesgo ambiental y procesos tecno16gicos, realizados en. el marco de! Proyecto de lnstrumentos de Gesti6n Ambiental y Participaci6n Empresarial en la Produccion Limpia, Los cuales seran considerados para el Cijmplimiento de este requisito siempre y cuando los mismos sumen un total de cuarenta (40) horas. Tambien seran considerados los cursos sobre los temas citados, ofrecidos por otros organismos o centros educativos, siempre y cuando estos sean avalados por la Direcci6n Nacional de Protecci6n de la Calidad Ambiental del Autoridad Nacional del Ambiente. En todos los casos, pura lo:s cursos nuevos y Jo:s de actualiz:acion :sob,rc Auditorias Ambientales y Programas de Adecuaci6n y Manejo Ambiental, asi como para aquellos rel-acfonados con nuevas nonnativas ambientales o modi~caciones al re gJ.amento, sus contenidos, instructores, material didactico, metodologia de evaluaci6n, etc., debl.!ran ser previamente presentados a la Autoridad Nacional de) Ambiente para su aprobacion por parte de la Direccion Nacional de Protecci6n de la Calid:id Ambiental. Una vez aprobados, la Direcci6n Nacional de Protecci6n de Calidad Ambiental de ANAM, asignara un numero de control al curso en cuesti6n, mismo que debera aparecer en los certificados respectivos. La ANAM. a traves de la Direcci6n Nacional de Protecci6n de la Calidad Ambiental, podra solicitar al ente organizador de! curso, sin costo alguno. de hasta dos (2} cupos por.E! rso, para la capacitacion exclusiva de su personal o funcionarios dcl Sistema Jnterinstitucional del Ambientc (SIA) que manejan dicho tema. 5. Fotocopia autcnticada de la cedula de identidad persona!,: 6. Paz y sah o l'mitido por la .-\utoridad Nacional uel Ambii.:1111.: 7. Hoja di.: Yida dd suli1.:1La1111.:. 8. Fotocopia aulcnticad.i de los titulos universitarios o bicn prcs,.;ntar copias simples junto con originales para su cotejo. 9. Fotocopia y original para su rotejo del certiticado de aprobaci6n de los cursos. a que hace referencia el numeral 4. N° 25,185 Gaceta Oficial, viernes 26 de noviembre de 2004 10. Presentar original o copia del rt:i.:ibu <le pago por el servicio de cvaluaci6n de la. solicitud de inscripci6n. B. Para inscribirsc como personajuridica: 1. Presentar nota habilitada dirigida a el (la) Administrador(a) General. finnada por el representante legal de la empresa, solicitando la inscripci6n. Dicha solicitud dcbcra contener la las datos generales de la empresa (direcci6n, telefono, fax, correo clectr6nico, etc.) Fn1,wnpia autcn1icada de la ccdula de idcntH..lad personal dcl representantc legal. :; Pn:scntar (\:rtiiic~tdo de cx1stcnci.i kgal de la emprcsa cxpcdido por el Rcgistro P(iblico (original o bicn copia simple para su cotcjo con cl original). 4. Paz y sa)\'O cxpedido por la Autoridad Nacional de! Ambiente. 5. Cupia lh: Rcsolucion Jc inscripcion como Auditores Ambientales, de los profcsionaks ,iuc intcgran el cquipo tecnico de la empresa. (>. Carlas Jc .:ompromiso Jc caJa µno de los profesionales quc integran el equipo t..:cnico de la cmprcsa. en la cual sc seiiale el a:-ea en la cual se desarrollara cada prnksion.11. Prt:scmar original o copia Jd r\.tibo de pago por el servicio de evaluacion de la Sl)linlull de inscripcion. ARrin TU 4: l'uamk, .s.: tr.lie lk p.:rsllll.ls juridicas, se e ntiende que cumplen con los n:~1uisi1os . .:uanJo m,mt.:ag.m Jcntrv J,: su c-.iuipo ,i:~ni1;u, ..:i11..:•J 15) profca1ionaks ~n Jil\."rcnh:s Jm·iplinas rd;1cionaJas .:on: c,11iJad Jcl agua. ruido. suelo. aire, residuos, Jcs1..-chos. prnJm:l·ion mas limpi,l. ricsgo ambicm.al. flora. fauna. gcstion ambiental. scgurid.1d c higicnl.' in,lus1ri;1l. l)lir.is. civiks. procesos tccnologicos o sociologia. Estos proti::-.ion;1lcs Jcbi.;.11 cs.tar pn:viani.:ntc inscritos cum~\ :\uJit(m:s AmbiemaJcs. ARTiCULO 5: Los audilllTCS .unbiclllah:s. si:,m cstos p.:-r;:;onas natur;.al~i ..-,. jurid.ica., debcran actualizar su inscripcion caJa dos (2) i.l.fu.ls. En tal scn1id") i.c cstablece lo siguienti:: l. L,,s ;nnlihm:s ;11nhi,:111ah.·s y 1.·,,1i:-ulh11\:., :unhicnt.1ks h,1h1ht,L\11)s o4uc haym1 p,,ni.:ip.ulo 1.·11 al 1111.:nv:- 11n.1 , I l ;1uJi1'-,ria ,unhicn1.1l y u programa dc adcn1acit)ll ,. manci'-) ambicntal anu;1l. sohcit;1ran a l.1 Autoridad Nacional dd :\mhicntl.'. su a·ctu.lli1:,u:i'-~n .. .-n ,:I rcgistro. pr!!S\.'llt~mdo . .,·idencia de la n.:aliza'-·ilill dc ;1udi1l,rias ,1111b11.·111aks y \ ) Pr .. ,granus dc :\dccu,icion Y ;\lancjo :\mbicntal aprobad(is pur A'.\ ·\'.\I. " Los auditores ambicntalcs y consullores ambientales habilitados que no cumplan con cl numeral anterior, podr;in pcm1anccer en el registro prcsentando ccrtificaci6n de habcr participado y aprobado un (1) curso de actualizacion de cuarcnta ( 40) horn.s sobrc Auditorias Ambientalcs Y Prograrnas de Adccu~1ci611 ~- '.\fo.ncjo Ambiental. 13 14 Gaceta Oficial, viernes 26 de noviembre de 2004 N° 25,185 3. De surgir nuevas nonnas ambientales o modificaciones al reglamento de auditorias ambientales y programas de adecuaci6n y manejo ambiental establecidos por la Autoridad Nacional de! Ambiente, los auditores ambientales y consultorcs ambientales habilitados, sin excepci6n, debera.n tomar el curso respectivo a fin de solicitar la actualizacion de su registro. 4. Prcs~ntar hoja de vida actualizada S. Pa7. y Salvo de la ANAM 6. Fotocopia autenticada de los titulos universitarios o. bien copias · simples junta con originales para su cotejo, si han ingresado en carreras de postgrado, maestria o doctorado. 7. Fotocopia autenticada de seminarios o cursos de actualizacion o copias simples para su cotejo, que sean aplicables de conformidad con los puntos 2 y 3 del presente articulo. 8. Presentar original o copia del recibo de pago por el servicio de actualizaci6n de la i11scripci611. ARTICULO 6: Los Auditores Ambientales inscritos actualmente en el Registro de Auditores Ambientales de la Autoridad Nacional de! Arnbiente en base a la Resoluci6n N° AG 0267-2000 de 29 de septiembre de 2000, contaran con un plaza de un (1) af'lo cunta<lu a partir de la publicaci6n de la prcscntc Rcsoluci6n, para cumplir con los nuevos rcquisitos. Los Auditores Ambientales que no cumplan con este requisito en la fccha prcvista, seran excluidos automaticamente del registro. ARTiCCLO 7: Los Consultorcs Ambientales rcgistrados para rcalizar Estudios de lmpacto Ambiental que deseen ser habilitados para realizar los Programas de Adecuaci6n y Manejo Ambiental, deberan cumplir con los siguientes requisitos: A. Para inscribirsc como persona natural: I. Pn.:!>cntar nota lrnbilitada <liri~ida u cl (la) Administrador(a) General solicitando su inscripci6n. 2. Posi:er un titulo universitario de licenciatura, ingenieria, postgrado, maestria, o doctorado en las siguientes areas: la calidad de agua, aire, ruido, suelo, residuos, desechos, producci6n mas limpia, riesgo ambiental, flora, fauna, gcstion ambiental, seguridad e higiene industrial, obras civiles, procesos tr.:cnologicos o socio logia. 3. 1 loja de \'ida dd so!ic.:11anlc. 4. Fotocopia autenticada <le las titulos profesionales o bicn presentar copias simples junto con originalC's para su cotcjo. 5. Prcsentar copia de Resoluci6n de inscripc16n como Consultor Ambiemal. N° 25,185 Gaceta OfklaJ, viemes 26 de noviembre de 2004 6. Fotocopia autenticada de la idoneidad profesional en aquellu profcsiones q1ic cuentcn con una · regulaci6n, caso contrario, copia autenticada de tftulo univcrsitario. 7. Paz y salvo expedido por la Autoridad Nacional del Ambiente. 8. Haber participado y aprobado cuarenta (40) horas de cursos te6rico-practicos sobre Programas de- Adecuaci6n y Manejo Ambiental, para lo cual se debe presentar copia simple del certificado para cotejarla. 9. Tener experiencia en la realizaci6n de al menos dos (2) estudios de impacto ambiental categoria II o Ill, de acuerdo a lo establecido en la reglamentaci6n vigente del proceso de evaluaci6n de cstudios de impacto ambiental, y que hayan sido aprobados por la Autoridad Nacional de! Ambienle 10. Presentar original o copia del recibo de pago por el servicio de evaluaci6n de la solicitud de inscripci6n. B. Para inscribirse como personajuridica: I. Presentar nota habilitada dirigida a la Adrninistradora General, finnada por el,. representante legal de la empresa, solicitando la inscripci6n. Dicha solicitud dcbera contener la las datos generales de !a empresa (direcci6n, telefono, fax, correo electr6nico, etc.) 2. Fotocopia autenticada de la cedula de identidad personal del representante legal. 3. Pn.:scnlar Ce, Lifil:.tdo de existencia legal de la emprcsa cxpedido por el Registro Pl'.1blico (original o bien copia simple para su cotejo con el original) 4. Paz y salvo expedido por la Auforidad Nacional del Ambiente. 5. Prcscntar copia de la Rcsoluc;• · n <le Consultor Ambiental quc lo habilitu para claborar Programas de Adecu cion y Manejo Ambiental (PAMA's) para cada uno lie los profesionales 4ur;; 1,;u 1fu1man cl equipo tC1;nico: 6. Las empresas juridicas, se enhende que cumplen con los requisitos, cuando mantengan dentro de s.u equido tecnico. cinco (5) profesionales en diferentes disciplinus relacionadas con: !alidad dcl agua, ruido, suelo, aire, residuos, desechos, producci6n mas I mpia, riesgo ambiental, flora, fauna, gesti6n ::1111biental, seguridad c higiene ndustrial. obras civiles. pro~csos tecnologicos o sociologia. Estos profesionales deben estar previamente inscritos como personas naturales, en el registro de Consultores Ambientales habilitados para la elaboraci6n de Programas de Adecuaci6n y Manejo Ambiental (PAMA's) . .. 7. Hoja de vida de los profesionales que integran el equipo tecnico de la empresa, los cuales deben estar inscritos !en el Registro de Consultores Ambientales. q~e los habilita para la claborac•6n de Programas. de Adecuaci.6.n y M.anejo Ambiental (PAMA's) .. I! 16 Gaceta Oficial, viernes 26 de noviembre de·l004 8. Cartas de compromiso originales de cada uno de los profesionales que integran el equipo tecnico de la empresa, en la cual se sei'lale el area en la c.ual se desarrollara cada profesional. 9. Presentar original o copia del recibo de pago por. el servicio de evaluacion de la soHcitud de inscripci6n. · Paragrafo: Tanto las personas naturales y jtiridicas aque se refiere este articulo, estaran sujetas a la renovaci6n de su registro cada d~s-{2} ai'los. ta! como lo sei'lala el articulo 5 de la prcscmc rcso\111,;icm. AR Tieu LO 8; La pr!!s.:nh.: Rcsoluc ion Adntinistraliva deroga la Resoluci6n AG-026 7 2000, del -29 de septiembre de 2000 en todas sus partes. · ·· ARTICULO 9: Esta Resolucion comenzara a regir a partir de su publicacion en la gaceta oficial. FUN0AMENTO DE DERECH0; Ley 41 de 1 de julio de 1998, Decreto Ejec11tivo N° 59 de 16 demarL.o de 2000, Decreto Ejecutivo:N~ 57 de 10 de agosto de 2004 y demas nonnas concordantes y complementarias. · · Dado en Par,arna a Los vcinLicuaLro (24) dias de! mes de septiembre de 2004. PUBLiQUESE Y CUMPLAS"S LIGIA CASTRO OE DOENS Adminlstradora General N°25,185 ·