Resolución Nº 38-ARAP ─ Modifica la Resolución Nº 41-ARAP, que concede un término a todas las embarcaciones que mantienen permisos de pesca artesanal ribereña vencidos o que presenten solicitudes de nuevos
Made 2019-08-12 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Panama
- Subjects
- Fisheries and aquaculture
- Keywords
- marine fisheries, legal proceedings/administrative proceedings, authorization/permit, fishing vessel, artisanal fisheries, fishing area, fishery management and conservation
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No. 28845 Gaceta Oficial Digital, viernes 23 de agosto de 2019 1 REPÚBLICA DE PANAMÁ AUTORIDAD DE LOS RECURSOS ACUÁTICOS DE PANAMÁ RESOLUCTÓN ADM/ARAP N°038 (ü e 12 de agosto de 2019) "Por la cual se modifica la Resolución ADM/ARAP N°041 e.le01 de noviembre de 201 8" LA ADMlNISTRADOR GENERAL en uso de sus facultades legales, CONSIDERAN![)O : Que la Ley 44 de 23 de noviembre de 2006, crea la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá, como entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y la aplicación de las leyes y políticas nacionales de pesca y acuicultun. Que confom:ie lo previsto en el numeral l O del artículo 21 de la Ley 44 de 2006, COITesponde al Administrador General, autotizar la aprob<:tción, modificación, revocación y anulación de los permisos, relativos a la pesca. Que el numeral 1 5 del artículo 21 de la Ley 44 de 2006, dispone que son funciones del Administrador General, entre otras, estabJecerJa organización de la Autoridad y, en general, adoptar todas las medidas que estime C})nvenie?tes-.Pfila, 41 organización y el funcionarniemo del sector pesquero y acuícola~ lf - ' / ~ ~<. )) -- ~} / ,'y °""'-.... ? Que mediante ResoJúciób, AD!v11 AR,AP 'Nº041 'de .ITT'-cte nov,i~ ~re de 2018, se dictaron disposiciones parn~tab~ecer me~idas q~e lleyasen a -~sta ~c>~d\a contar con un registro actualizado de la .flota pe~uer -ar:tesanal,-e0 '· el fig;~a-esala~~ la p sea ilegal. . . . í /uf¡¿ / ~.~~· dj" l!'d1 .• e~~-·~~ \d~wb d . d Que 1ruc1ada. lafin:p.le~entacro~'a~', cu~ resoJ.~~· .· '.l ' ~u~~r' au a . et~rilllila ~ que se reqw~re rcah~ ~Jus¡es e~ la rfti1~~~· co~,:t próJJJ>ff},ft\e ag1uz.r-19s u1111111es relativos a la mat~na, y ofrecer al ~s~1ano w sd-vt1c10 mas;:expecfit ; ·er conseruenc1a¡ \ l 1 \ - ,1 ' J \ 1 \~ ,· \ RE~lJEL~: . J'J) I fA ' I PR~MERO: Mod~~'§J'Jlltíc~Ib s~ptitÍ: ?~(la Re;;Ól~c)óp~M/~RAP No.041 de 0 1 de noviembre de 2018, el,~unl q~a~s1: / \ ~ / "SÉPTLV[O: La AUt Qridad cance)ará de oficio todo permiso de pesca ribereña que pemrnnezca sin re:aóvación por un período de cinco (5) años consecutivos". SEGUNDO; La presente resolm:iún entrará en vigencia a partir de su promulgación en Gaceta Oficial. http://www.tcpdf.org